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DOF: 11/10/2016 |
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y adiciona el similar 48/2013, que constituye el Fideicomiso para el Desarrollo de Infraestructura que Implementa la Reforma Constitucional en Materia Penal, en relación con el co ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y adiciona el similar 48/2013, que constituye el Fideicomiso para el Desarrollo de Infraestructura que Implementa la Reforma Constitucional en Materia Penal, en relación con el control y transparencia del ejercicio de los recursos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA Y ADICIONA EL SIMILAR 48/2013, QUE CONSTITUYE EL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA QUE IMPLEMENTA LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL, EN RELACIÓN CON EL CONTROL Y TRANSPARENCIA DEL EJERCICIO DE LOS RECURSOS. CONSIDERANDO PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos; QUINTO. Con fecha seis de diciembre del dos mil trece se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo General 48/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, con el fin de hacer frente al reto que representa la implementación de la Reforma Constitucional en Materia Penal, consistente en superar el cambio cultural que implica pasar de un sistema penal mixto, con rasgos del inquisitorio, a un sistema acusatorio y oral, en el que los operadores jurídicos tendrán un rol más participativo y con pleno respeto a los derechos fundamentales del imputado y de la víctima; y SEXTO. Que ante la necesidad de cumplir con la política de modernización y desregulación de la actividad administrativa, se hace necesario evaluar cada uno de los actos que involucran al trámite para la autorización de los proyectos que se realizan con cargo a los recursos de este Fideicomiso o, en su caso, su cancelación, por lo que se considera oportuno llevar a cabo las reformas y adiciones que permitan en un marco de control y transparencia del ejercicio de los recursos y atender con mayor oportunidad la demanda en la construcción de Centros de Justicia Penal y Salas de oralidad en toda la República como lo demanda la consolidación de la Reforma Constitucional en Materia Penal. Por lo anterior, se expide el siguiente ACUERDO ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 8, fracción II; y 12 Bis, fracción IV; y se adiciona un segundo párrafo a los artículos 12 Bis y 15, del Acuerdo General 48/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en Materia Penal, para quedar como sigue: "Artículo 8. ... I. ... II. Instruir al Fiduciario, previa opinión favorable no vinculante de la Unidad, los pagos que deriven del cumplimiento de los fines del Fideicomiso y, en su caso, autorizar la cancelación de los proyectos aprobados conforme a lo previsto en la fracción IV del Artículo 12 Bis de este Acuerdo y ordenar el inmediato reintegro de los recursos; III. a V. ... Artículo 12 Bis. ... I. a III. ... IV. Someter a la autorización del Comité Técnico, la cancelación de los proyectos previamente aprobados, así como el reintegro de los recursos al patrimonio del Fideicomiso, para lo cual se realizarán las adecuaciones presupuestales a los saldos del mismo; V. ... La cancelación a que se refiere la fracción IV del presente artículo, será presentada a la Unidad por las áreas operativas quienes serán las responsables de las valoraciones técnicas y financieras de las propuestas correspondientes. Artículo 15. ... Los recursos del Fideicomiso no quedarán sujetos a los requisitos establecidos para la plurianualidad previstos en el artículo 730 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, toda vez que al presentarse la propuesta de proyecto a que se refiere la fracción IV del artículo 17 de este Acuerdo, se incluye la programación de actividades y los recursos involucrados para su erogación." TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal. TERCERO. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva de Administración llevar a cabo las acciones necesarias para que en las Reglas de Operación, se establezcan los requisitos que deberán cumplir las áreas operativas, para someter ante el Comité Técnico, la solicitud de cancelación de proyectos. CUARTO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo. EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma y adiciona el similar 48/2013, que constituye el Fideicomiso para el Desarrollo de Infraestructura que Implementa la Reforma Constitucional en Materia Penal, en relación con el control y transparencia del ejercicio de los recursos, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de diez de agosto de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a cuatro de octubre de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
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