DOF: 12/10/2016
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar 48/2013 que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en materia penal, con el fin de fortalecer la opera

ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar 48/2013 que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en materia penal, con el fin de fortalecer la operación del Comité Técnico.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL QUE REFORMA EL SIMILAR, 48/2013 QUE CONSTITUYE EL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA QUE IMPLEMENTA LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA PENAL, CON EL FIN DE FORTALECER LA OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. La administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal, con fundamento en los artículos 94, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal expedir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. De conformidad con el artículo 81, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar los sistemas y procedimientos administrativos internos;
QUINTO. Con fecha seis de diciembre del dos mil trece se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo General 48/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, con el fin de hacer frente al reto que representa la implementación de la Reforma Constitucional en Materia Penal, consistente en superar el cambio cultural que implica pasar de un sistema penal mixto, con rasgos del inquisitorio, a un sistema acusatorio y oral, en el que los operadores jurídicos tendrán un rol más participativo y con pleno respeto a los derechos fundamentales del imputado y de la víctima; y
SEXTO. Que ante la necesidad de brindar mayor dinamismo a la operación de los recursos del Fideicomiso, se ha diseñado un esquema de operación que le permita una distribución con mayor oportunidad a efecto de cumplir con los compromisos de crecimiento de los Centros de Justicia Penal y Salas de oralidad en toda la República que demanda la implementación de la Reforma Constitucional en Materia Penal.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma la fracción II del artículo 8, y la fracción VII del artículo 9; del Acuerdo General 48/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en Materia Penal, para quedar como sigue:
"Artículo 8. ...
I. ...
II. Autorizar, previa opinión de la Unidad, los proyectos que se pretendan financiar con cargo a los recursos del fideicomiso y los importes estimados para su inversión; así como la cancelación de los mismos, conforme a lo previsto por la fracción IV del Artículo 12 Bis de este Acuerdo, y en su caso ordenar el reintegro
correspondiente;
III. a VI. ...
Artículo 9. ...
I. a VI. ...
VII. Las demás que determine el Comité Técnico, así como las actividades derivadas de la aplicación de las Reglas de Operación y del Contrato Fiduciario."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los tres días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
TERCERO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Acuerdo.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma el similar, 48/2013 que constituye el fideicomiso para el desarrollo de infraestructura que implementa la reforma constitucional en materia penal, con el fin de fortalecer la operación del comité técnico, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintiuno de septiembre de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Alfonso Pérez Daza y Manuel Ernesto Saloma Vera.- Ciudad de México, a cuatro de octubre de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.
 

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