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DOF: 20/10/2016 |
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-I-302-NYCE-2016 DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-I-302-NYCE-2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA, NMX-I-302-NYCE-2016 TELECOMUNICACIONES-MEDICIONES DE LA OCUPACIÓN DEL ESPECTRO La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22 fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Normalización y Certificación Electrónica, S.C. (NYCE)" lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la Norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Avenida Lomas de Sotelo número 1097, colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11200, Ciudad de México, teléfono 5395-0777, Fax 5395-0700 y/o al correo electrónico: davila@nyce.org.mx, o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Código Postal 53950, Estado de México. La Norma Mexicana NMX-I-302-NYCE-2016, entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC- 20160919171743040. CLAVE O CÓDIGO | TÍTULO DE LA NORMA | NMX-I-302-NYCE-2016 | Telecomunicaciones-Mediciones de la ocupación del espectro. | Objetivo y campo de aplicación Esta Norma Mexicana establece las mediciones de la ocupación de canal de frecuencias llevadas a cabo normalmente con un receptor o un analizador de espectro. Se almacena la intensidad de la señal de cada paso de frecuencia. Por medio de tratamiento posterior, se determina el porcentaje de tiempo en el que la señal está por encima de un cierto nivel del umbral. Diferentes usuarios de un canal producen a menudo distintos valores de intensidad de campo en el receptor. Esto permite calcular y presentar la ocupación por parte de diferentes usuarios. Las mediciones automáticas de la ocupación del espectro nunca sustituirán completamente a las observaciones manuales, siguen siendo muy adecuadas en la mayoría de los casos. La ocupación de canales de frecuencia, así como la ocupación de las bandas de frecuencias debe tener un cierto nivel de precisión para que puedan compararse o fusionarse si es necesario. Utilizando la técnica y los métodos adecuados es posible lograr un empleo más eficaz de los equipos existentes. | Concordancia con Normas Internacionales Esta Norma es idéntica (IDT) a la Norma Internacional UIT-R SM.1880:2011 Mediciones de la ocupación del espectro (2011-02) | Bibliografía UIT-R SM.1880:2011 Mediciones de la ocupación del espectro. | Ciudad de México, a 23 de septiembre de 2016.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
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