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DOF: 01/11/2016
CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco

CONVENIO Modificatorio al Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tabasco.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA UNIDADES MÉDICAS MÓVILES, NÚMERO DGPLADES-UMM-CECTR-TAB-01/15, SUSCRITO POR PARTE DEL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO EL DÍA 13 DEL MES DE ENERO DE 2015, Y POR PARTE DEL EJECUTIVO FEDERAL EL DÍA 15 DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2015, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. EDUARDO GONZÁLEZ PIER, SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDO POR EL DR. ALBERTO JONGUITUD FALCÓN, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. AMET RAMOS TROCONIS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS, Y EL LIC. JUAN ANTONIO FILIGRANA CASTRO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO "SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE TABASCO", Y QUE CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.     Que el Programa Unidades Médicas Móviles, forma parte del objetivo "Asegurar el acceso a los servicios de salud" planteado en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, y tiene como misión ampliar la oferta de servicios de salud a la población que habita en localidades de menor índice de desarrollo humano, alta y muy alta marginación, con dispersión poblacional y geográfica, sin acceso o dificultades para obtener atención médica, mediante equipos itinerantes de salud y unidades médicas móviles que ofrecen servicios de prevención y promoción del cuidado de la salud, basado en criterios de calidad, anticipación, integralidad, inclusión y resolutividad.
II.     Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA ENTIDAD", y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD", para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud.
III.    Que en fechas 13 y 15 de enero de 2015, respectivamente, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA", suscribieron el Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles, número DGPLADES-UMM-CECTR-TAB-01/15, por un monto de $10,687,321.12 (DIEZ MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS VEINTIÚN PESOS 12/100 M.N.), en lo sucesivo "EL CONVENIO", con el objeto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, que permita a "LA ENTIDAD" realizar gastos de que se deriven de la operación de veintinueve (29) unidades médicas móviles y el aseguramiento de diecinueve (19) unidades médicas móviles del Programa Unidades Médicas Móviles en el Estado de Tabasco, de conformidad con "EL CONVENIO" y sus Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos, los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA", y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
IV.   Que en la Cláusula CUARTA de "EL CONVENIO" se dispuso que: Los recursos presupuestarios federales que transfiere "LA SECRETARÍA" a que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-agosto), y de manera específica para los gastos que se deriven de la operación de veintinueve (29) unidades médicas móviles y el aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen diecinueve (19) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Tabasco, por parte de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco.
V.    En la Cláusula OCTAVA correspondiente a la vigencia se estableció que "EL CONVENIO" comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción por parte de "LA SECRETARÍA" y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2015.
VI.   Que en la Cláusula NOVENA de "EL CONVENIO", "LAS PARTES" acordaron que "EL CONVENIO"
podría modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio Específico de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
       En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas contingencias. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
VII.   Que "LA SECRETARÍA" de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 3 de diciembre de 2014, cuenta con la disponibilidad presupuestal para hacer frente a las obligaciones derivadas del presente instrumento jurídico.
VIII.  Con la finalidad de atender las necesidades actuales para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en la entidad federativa, es indispensable hacer modificaciones a "EL CONVENIO" en cuanto al incremento del monto del recurso asignado vía subsidio, la distribución del recurso por capítulo de gasto, y ampliar el plazo de ejecución de enero a diciembre de 2015, con la finalidad de cumplir con el objetivo del Programa Unidades Médicas Móviles y las metas programadas, para lo cual resulta necesario modificar las Cláusulas PRIMERA en su primer párrafo y monto citado en el cuadro del tercer párrafo, SEGUNDA en su primer párrafo y en el primer párrafo del apartado de PARÁMETROS, CUARTA en su primer párrafo, SEXTA en su fracción VIII y agregando la fracción XV a la Cláusula Sexta, así como los Anexos 1, 2, 3, 8, 9, y 12, así como se modifica el pie de página de los Anexos 4, 5, 6, 7, 10, y 11 de "EL CONVENIO" a efecto de dar continuidad a su ejecución y alcanzar los objetivos establecidos en el mismo, buscando que éstos se lleven conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
IX.   Que "LA SECRETARÍA" de conformidad con el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 3 de diciembre de 2014, cuenta con la disponibilidad presupuestal para hacer frente a las obligaciones derivadas del presente instrumento jurídico.
DECLARACIONES
De "LAS PARTES":
I.     Que reconocen su personalidad jurídica con la que intervienen en el presente instrumento jurídico, y ratifican todas y cada una de las declaraciones de "EL CONVENIO".
II.     Que es su voluntad el suscribir el presente Convenio Modificatorio en los términos que se planean.
Una vez expuesto lo anterior, "LAS PARTES" están de acuerdo en suscribir el presente instrumento jurídico al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Se modifica en "EL CONVENIO" la Cláusula PRIMERA, para quedar como a continuación se describe:
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico de Colaboración y sus Anexos tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD" para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los gastos que se deriven de la operación de veintinueve (29) unidades médicas móviles y su aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a diecinueve (19) unidades médicas móviles del Programa Unidades Médicas Móviles en el Estado de Tabasco, y coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9 y 13 apartado B de la Ley General de Salud, de conformidad con el presente instrumento jurídico y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, los cuales debidamente firmados por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración, forman parte integrante de su contexto, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA"; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.
 
Los recursos presupuestales que transfiere "LA SECRETARÍA" y los recursos presupuestales que aporta "LA ENTIDAD" se aplicarán al concepto y hasta por los importes que a continuación se mencionan:
CONCEPTO
IMPORTE FEDERAL
IMPORTE ESTATAL
TOTAL
"PROGRAMA
UNIDADES
MÉDICAS
MÓVILES"
$14,942,276.20 (CATORCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 20/100 M.N.).
$1,291,740.51 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA PESOS 51/100 M.N.).
$16,234,016.71 (DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DIECISÉIS PESOS 71/100 M.N.).
 
SEGUNDA.- Se modifica de "EL CONVENIO" el párrafo primero de la Cláusula SEGUNDA, y se agregan en seguida dos párrafos, así como se modifica el primer párrafo del apartado de PARÁMETROS, para quedar como a continuación se describe:
CLÁUSULA SEGUNDA.- TRANSFERENCIA Y APORTACIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "LA SECRETARÍA" con cargo a su presupuesto para el ejercicio fiscal 2015 transferirá a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $14,942,276.20 (CATORCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 20/100 M.N.), de acuerdo con los plazos y calendario que se precisan en el Anexo 2 de este Convenio Específico de Colaboración.
APORTACIÓN DE "LA ENTIDAD". Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico y ejecución del Programa Unidades Médicas Móviles, "LA ENTIDAD" con cargo al presupuesto del estado de Tabasco, se compromete a aportar recursos presupuestarios estatales hasta por la cantidad de $1,291,740.51 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS CUARENTA PESOS 51/100 M.N.).
La aportación de la entidad deberá ser destinada a gasto de capítulo 1000 conforme al Clasificador por Objeto del Gasto.
Ambas aportaciones dan un total de $16,234,016.71 (DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DIECISÉIS PESOS 71/100 M.N.).
...
PARÁMETROS
"LA SECRETARÍA" vigilará, por conducto de la DGPLADES, que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula SEGUNDA, sean destinados únicamente para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el ejercicio fiscal 2015 (enero-diciembre) y realizar los gastos que se deriven de la operación de veintinueve (29) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a diecinueve (19) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Tabasco, unidades médicas móviles otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y el Ejecutivo de la entidad federativa, así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, y por el monto a que se refiere la Cláusula PRIMERA, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y de acuerdo a los siguientes alcances:...
TERCERA.- Se modifica de "EL CONVENIO" el primer párrafo de la Cláusula CUARTA, para quedar como a continuación se describe:
CUARTA.- APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales que transfiere "LA SECRETARÍA", que alude la Cláusula SEGUNDA de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles en el Ejercicio Fiscal 2015 (enero-diciembre), y de manera específica para realizar los
gastos que se deriven de la operación de veintinueve (29) unidades médicas móviles y del aseguramiento (que comprenda los ocupantes, equipamiento, unidades médicas móviles, con cobertura en casos de desastres naturales) que amparen a diecinueve (19) unidades médicas móviles del Programa en el Estado de Tabasco, por parte de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco.
Dichos recursos no podrán traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital.
CUARTA.- Se modifica de "EL CONVENIO" la fracción VIII de la Cláusula SEXTA, para quedar como a continuación se describe:
SEXTA.- OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- "LA ENTIDAD" adicionalmente a los compromisos establecidos en "EL ACUERDO MARCO", se obliga a:
I.     ...
VIII.  La Secretaría de Salud del Estado y/o de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación del Programa Unidades Médicas Móviles y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2015 (enero-diciembre), conforme a los requisitos y profesiograma establecido por "LA SECRETARÍA", y de conformidad con el Anexo 9, el cual debidamente firmado por las instancias que celebran el presente Convenio Específico de Colaboración forma parte integrante de su contexto.
IX.    ...
QUINTA.- Se modifica de "EL CONVENIO" agregando la fracción XV a la Cláusula SEXTA, para quedar como a continuación se describe:
XV. "LA ENTIDAD" se compromete a aportar para la ejecución del programa a través de los Servicios de Salud del Estado de Tabasco, de forma oportuna la cantidad indicada en las cláusulas PRIMERA y SEGUNDA del presente Convenio.
SEXTA.- Se modifican los Anexos 1, 2, 3, 8, 9 y 12 de "EL CONVENIO" relativos al monto asignado vía subsidio, la distribución del recurso por capítulo de gasto, la asignación y distribución del recurso en el capítulo 1000 servicios personales, así como la adición de la aportación estatal, de conformidad con los documentos anexos al presente instrumento jurídico, para todos los efectos procedentes.
SÉPTIMA.- Se modifica el pie de página de los Anexos 4, 5, 6, 7, 10 y 11 de "EL CONVENIO" para quedar en los siguientes términos:
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
OCTAVA.- "LAS PARTES" convienen que salvo lo previsto en el presente instrumento jurídico no se modifican, alteran o innovan las obligaciones pactadas en "EL CONVENIO" por lo que ratifican y subsisten en su totalidad las demás Cláusulas y Anexos de "EL CONVENIO".
NOVENA.- El presente Convenio Modificatorio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial de "LA ENTIDAD".
Enteradas las partes del contenido y consecuencias legales del presente Convenio Modificatorio lo firman por cuadruplicado, a los 21 días del mes de septiembre de 2015, en la Ciudad de México, Distrito Federal.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Eduardo González Pier.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alberto Jonguitud Falcón.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Planeación y Finanzas, Amet Ramos Troconis.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Juan
Antonio Filigrana Castro.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y APORTACIÓN ESTATAL
CAPÍTULO DE GASTO
APORTACIÓN
FEDERAL
APORTACIÓN ESTATAL
TOTAL 2015
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
$14,942,276.20
$1,291,740.51
$16,234,016.71
TOTAL
$14,942,276.20
$1,291,740.51
$16,234,016.71
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CALENDARIO DE MINISTRACIÓN DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y APORTACIÓN ESTATAL
CONCEPTO
ENE.
FEB
.
MAR.
RECURSO
FEDERAL
ABR.
MAY.
JUN
.
JUL.
AGO.
SEPT.
RECURSO
FEDERAL
OCT.
NOV. RECURSO
ESTATAL
DIC.
TOTAL
2015
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.
 
 

$10,687,321.12
 
 
 
 
 

$4,254,955.08
 

$1,291,740.51
 

$16,234,016.71
ACUMULADO
 
 
$10,687,321.12
 
 
 
 
 
$4,254,955.08
 
$1,291,740.51
 
$16,234,016.71
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO,
CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
ASEGURAMIENTO DE 19 UMM CON GASTOS DE
OPERACIÓN PARA 29 UMM
TOTAL 2015
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$14,274,186.00
3700 "SERVICIOS DE TRASLADOS Y VIÁTICOS"
$183,100.00
34501 "SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES"
$484,990.20
SUBTOTAL
$14,942,276.20
 
GASTOS OPERACIÓN PARA 29 UMM APORTACIÓN
ESTATAL
TOTAL 2015
1000 "SERVICIOS PERSONALES"
$1,291,740.51
SUBTOTAL
$1,291,740.51
 
TOTAL APORTACIÓN FEDERAL Y ESTATAL
$16,234,016.71
 
El uso de los recursos económicos para la contratación de seguro de las UMM deberá apegarse a los
lineamientos que se emiten por oficio y deben incluirse la totalidad de UMM que se han entregado en
comodato a la Entidad: UMM Tipo 0, además de las de supervisión y de sustitución, así como las
UMM, tipo 1, 2 y 3
En caso de que se generen rendimientos financieros y/o economías presupuestarias derivadas de los recursos federales transferidos y de la aportación estatal antes señalados en el anexo 1 y del presente anexo, éstos deberán ser devengados al 31 de diciembre de 2015 única y exclusivamente para la contratación de los servicios y/o adquisición de los bienes, señalados en el anexo 8 de este Convenio; bajo las siguientes partidas específicas de gasto: 21101, 26102, 27101, 29501, 29601, 31601, 33401, 35401, 35501 y 39202.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES DGPLADES-UMM-TAB-MODIF-01/15 GASTOS
ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR
CONCEPTO DE:
12101
HONORARIOS
Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVOS.
34501
SEGUROS DE BIENES
PATRIMONIALES
Asignaciones destinadas a cubrir las primas por concepto de seguros contra robos, incendios, y demás riesgos o contingencias a que pueden estar sujetos los materiales, bienes muebles e inmuebles y todo tipo de valores registrados en los activos. Excluye el pago de deducibles previstos en el concepto 3500 Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación, así como los seguros de vida del personal civil y militar o de gastos médicos, previstos en el capítulo 1000 Servicios Personales.
 
37201*
PASAJES TERRESTRES
NACIONALES PARA LABORES EN
CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES
NACIONALES ASOCIADOS A
DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204*
PASAJES TERRESTRES
NACIONALES PARA SERVIDORES
PÚBLICOS DE MANDO EN EL
DESEMPEÑO DE COMISIONES Y
FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA
LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
 
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA
SERVIDORES PÚBLICOS EN EL
DESEMPEÑO DE FUNCIONES
OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y
TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS
RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
37101*
PASAJES AÉREOS NACIONALES
PARA LABORES EN CAMPO Y DE
SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES AÉREOS NACIONALES
ASOCIADOS A DESASTRES
NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES AÉREOS NACIONALES
PARA SERVIDORES PÚBLICOS
DE MANDO EN EL DESEMPEÑO
DE COMISIONES Y FUNCIONES
OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
*PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS ASIGNADAS PARA COORDINADOR Y SUPERVISORES.
EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, CUANDO ÉSTE SEA CONVOCADO POR "LA SECRETARÍA" (DGPLADES), SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DE ESTE CONVENIO PARA CUBRIR SUS GASTOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS.
 
PARTIDAS A EJERCER EN CASO DE QUE SE GENEREN RENDIMIENTOS FINANCIEROS Y/O ECONOMÍAS
PRESUPUESTARIAS DERIVADAS DE LOS RECURSOS FEDERALES
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE
OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: papelería, libretas, carpetas, y cualquier tipo de papel; útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras manuales, sacapuntas; entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES
Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y
FLUVIALES DESTINADOS A
SERVICIOS PÚBLICOS Y LA
OPERACIÓN DE PROGRAMAS
PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos (unidades médicas móviles).
 
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas de vestir: ropa de tela, y a la fabricación de accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS
MENORES DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL
DICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico) de las unidades médicas móviles federales.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS
MENORES DE EQUIPO DE
TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales.
31601
SERVICIO DE
RADIOLOCALIZACIÓN
Asignaciones destinadas al pago de servicios de radiolocalización (GPS), requerido en el desempeño de funciones oficiales de las unidades médicas móviles federales.
33401
SERVICIOS PARA
CAPACITACIÓN A SERVIDORES
PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.9 de la Reglas de Operación 2015.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y
MANTENIMIENTO DE EQUIPO E
INSTRUMENTAL
MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico) de las unidades médicas móviles federales.
35501
MANTENIMIENTO Y
CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS
TERRESTRES, AÉREOS,
MARÍTIMOS, LACUSTRES Y
FLUVIALES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales y su planta de luz o de emergencia.
39202
OTROS IMPUESTOS Y
DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como: tenencias de unidades médicas móviles y cuota de peaje.
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
 
ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PERSONAL EN EL ESTADO DE TABASCO
NIVEL ESTATAL
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
CFMA0001
COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")
1
$47,973.69
$5,330.41
$53,304.10
Ene-Feb
$106,608.20
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A")
3
$33,531.45
$3,725.72
$37,257.17
Ene-Nov
$1,229,486.61
 
 
 
 
 
 
 
$1,336,094.81
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
17
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Ene-Nov
$3,215,565.98
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
17
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Ene-Nov
$2,684,097.02
 
 
 
 
 
 
 
$5,899,663.00
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
1
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
16 Ene-Nov
$180,553.17
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
1
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
16 Feb-Nov
$163,357.63
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Ene-Nov
$157,888.06
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Ene-Jun y 16 Jul-Nov
$150,711.33
 
 
 
 
 
 
 
$652,510.19
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 2
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
6
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
Ene-Nov
$1,749,316.80
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
6
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Ene-Nov
$1,134,905.64
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
6
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Ene-Nov
$947,328.36
 
 
 
 
 
 
 
$3,831,550.80
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 3
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
4
$23,854.32
$2,650.48
$26,504.80
Ene-Nov
$1,166,211.20
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$15,475.99
$1,719.55
$17,195.54
Ene-Nov
$756,603.76
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$12,918.11
$1,435.35
$14,353.46
Ene-Nov
$631,552.24
 
 
 
 
 
 
 
$2,554,367.20
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SUBTOTAL APORTACIÓN FEDERAL
$14,274,186.00
NIVEL ESTATAL
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
CF500000
SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A")
3
$ 33,531.45
$ 3,725.72
$ 37,257.17
Diciembre
$ 111,771.51
 
 
 
 
 
 
 
$ 111,771.51
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 0
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
17
$ 15,475.99
$1,719.55
$ 17,195.54
Diciembre
$ 292,324.18
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
17
$ 12,918.11
$1,435.35
$ 14,353.46
Diciembre
$ 244,008.82
 
 
 
 
 
 
 
$ 536,333.00
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 1
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
1
$ 15,475.99
$1,719.55
$ 17,195.54
Diciembre
$ 17,195.54
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
1
$ 15,475.99
$1,719.55
$ 17,195.54
Diciembre
$ 17,195.54
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$ 12,918.11
$1,435.35
$ 14,353.46
Diciembre
$ 14,353.46
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
1
$ 12,918.11
$1,435.35
$ 14,353.46
Diciembre
$ 14,353.46
 
 
 
 
 
 
 
$ 63,098.00
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 2
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
6
$ 23,854.32
$2,650.48
$ 26,504.80
Diciembre
$ 159,028.80
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
6
$ 15,475.99
$1,719.55
$ 17,195.54
Diciembre
$ 103,173.24
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
6
$ 12,918.11
$1,435.35
$ 14,353.46
Diciembre
$ 86,120.76
 
 
 
 
 
 
 
$ 348,322.80
 
 
 
 
 
 
 
 
UNIDAD MÓVIL TIPO 3
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
No.
SUELDO BRUTO
MENSUAL
PARTE
PROPORCIONAL
DE AGUINALDO
SUBTOTAL
PERIODO DE
CONTRATACIÓN
TOTAL DE
PERCEPCIONES
M01007
CIRUJANO DENTISTA "A"
4
$ 23,854.32
$2,650.48
$ 26,504.80
Diciembre
$ 106,019.20
M02035
ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"
4
$ 15,475.99
$1,719.55
$ 17,195.54
Diciembre
$ 68,782.16
CF40004
PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO "A")
4
$ 12,918.11
$1,435.35
$ 14,353.46
Diciembre
$ 57,413.84
 
 
 
 
 
 
 
$ 232,215.20
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
SUBTOTAL APORTACIÓN ESTATAL
$ 1,291,740.51
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTAL APORTACIÓN FEDERAL Y ESTATAL
$ 15,565,926.51
 
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
ANEXO 12 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES
PROGRAMA DE VISITAS A REALIZAR EN EL ESTADO DE TABASCO
FECHA PROBABLE DE VISITA:
DEL MES DE: JUNIO A DICIEMBRE DE 2015
 
Durante la realización de las visitas especificadas en el párrafo anterior, conforme a lo dispuesto en el inciso b) de los Parámetros y en la Cláusula Séptima fracción IV del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales para gastos de operación del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco, se verificará que los recursos presupuestarios transferidos sean destinados únicamente para la realización del objeto establecido en la Cláusula Primera del Convenio de Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, anteriormente señalado. Por lo que con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Unidades Médicas Móviles.
El presente anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales por la cantidad de $16,234,016.71 (Dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil dieciséis pesos 71/100 M.N.), del Programa Unidades Médicas Móviles, que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, representada por la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Tabasco por conducto de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Secretaría de Salud y Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud del Estado de Tabasco".
Firmas de los anexos 1, 2, 3, 8, 9 y 12 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales, número DGPLADES-UMM-CECTR-TAB-01/15.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, Eduardo González Pier.- Rúbrica.- El Director General de Planeación y Desarrollo en Salud, Alberto Jonguitud Falcón.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Planeación y Finanzas, Amet Ramos Troconis.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud del Estado de Tabasco, Juan Antonio Filigrana Castro.- Rúbrica.
 

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UDIS
8.249107

TIIE 28 DIAS
10.7437%

TIIE 91 DIAS
10.9303%

TIIE 182 DIAS
11.0748%

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