ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, así como mediante el cual se actualiza el Manual General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal, en relación con las funciones de los coordinadores técnicos administrativos, como agentes certificadores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA Y ADICIONA EL SIMILAR QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES, ASÍ COMO MEDIANTE EL CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL GENERAL DE PUESTOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, EN RELACIÓN CON LAS FUNCIONES DE LOS COORDINADORES TÉCNICOS ADMINISTRATIVOS, COMO AGENTES CERTIFICADORES.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO. De conformidad con el artículo 100, primer párrafo constitucional, el Consejo de la Judicatura Federal es un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones;
TERCERO. Es facultad del Consejo de la Judicatura Federal emitir acuerdos generales para el adecuado ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo previsto en los artículos 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
CUARTO. Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal establecer la normatividad y los criterios para modernizar las estructuras orgánicas, los sistemas y procedimientos administrativos internos, de conformidad con el artículo 81, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;
QUINTO. El desafío tecnológico que representa el trámite electrónico del juicio de amparo, las comunicaciones oficiales electrónicas, el sistema penal acusatorio y la interconexión con otras instituciones públicas, hace necesario que se utilicen todos los recursos humanos, materiales y servicios generales con los que cuenta el Consejo de la Judicatura Federal a fin de garantizar el pleno funcionamiento, mantenimiento y supervisión de los sistemas tecnológicos que operan en los órganos jurisdiccionales que administra el referido Consejo; y
SEXTO. Es indispensable que se fortalezcan las estructuras administrativas que forman parte de los servicios tecnológicos que se prestan en los juzgados de Distrito, tribunales de Circuito, y Centros de Justicia Penal Federal, especialmente el área administrativa encargada de la emisión de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación y de la operación de su infraestructura tecnológica, pues es el medio que otorga acceso y seguridad a los servicios en línea del Poder Judicial de la Federación.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforma el artículo 97, fracciones III y IV; y se adiciona la fracción V del artículo 97 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, para quedar como sigue:
"Artículo 97. ...
I. a II. ...
III. Atenderá las instrucciones que le encomiende el titular del órgano jurisdiccional que se relacionen con actividades jurídico-administrativas del propio órgano; entre otras, visitas de inspección, control y manejo de archivo, SISE CB, y videoconferencias. En ese último caso deberán coordinarse con la Dirección General de Tecnologías de la Información;
IV. Fungirá como agente certificador para tramitar la emisión, renovación y revocación de Certificados Digitales de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo y demás disposiciones aplicables, cumpliendo con el rol establecido por la Dirección General de Estadística Judicial; y
V. Cumplirá con las funciones establecidas en los manuales, lineamientos, directrices o instrucciones que determine el Pleno o las Comisiones."
ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma la fracción II, inciso II.2, número 5; y se adiciona el número 6, al inciso II.2, de la fracción II, de la Descripción de Puesto del Coordinador Técnico Administrativo del Manual General de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal, para quedar como sigue:
"I. ...
II. ...
II.1 ...
II.2 ...
1. a 4. ...
5. Fungir como agente certificador para tramitar la emisión, renovación y revocación de Certificados Digitales de la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo y demás disposiciones aplicables, cumpliendo con el rol establecido por la Dirección General de Estadística Judicial.
6. Las demás que le encomiende su jefe inmediato.
II.3 a II.5 ...".
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a los tres días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Publíquese el Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal de Internet del Consejo de la Judicatura Federal.
EL LICENCIADO GONZALO MOCTEZUMA BARRAGÁN, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma y adiciona el similar que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, así como mediante el cual se actualiza el manual general de puestos del Consejo de la Judicatura Federal, en relación con las funciones de los coordinadores técnicos administrativos, como agentes certificadores, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Luis María Aguilar Morales, Felipe Borrego Estrada, Rosa Elena González Tirado, Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Alfonso Pérez Daza, Manuel Ernesto Saloma Vera y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a diez de noviembre de dos mil dieciséis.- Conste.- Rúbrica.