DOF: 26/12/2016
ASIGNACIÓN de funciones a CFE Suministrador de Servicios Básicos hasta en tanto se expide su Estatuto Orgánico

ASIGNACIÓN de funciones a CFE Suministrador de Servicios Básicos hasta en tanto se expide su Estatuto Orgánico.

Consejo de Administración.- CFE Suministrador de Servicios Básicos.

Acuerdo
CASSB-07/2016
ASIGNACIÓN DE FUNCIONES A CFE SUMINISTRADOR DE SERVICIOS BÁSICOS HASTA EN TANTO SE EXPIDE SU ESTATUTO ORGÁNICO
Con fundamento en el artículo 14 fracciones II y IX del Acuerdo por el que se crea CFE Suministrador de Servicios Básicos, y a propuesta del Presidente del Consejo, el Consejo de Administración:
PRIMERO.- Aprobó que los titulares de las Gerencias Divisionales, de las Superintendencias de Zona y de los Departamentos Jurídicos Divisionales de la Subdirección de Distribución asignados a la Empresa Productiva Subsidiaria CFE Suministrador de Servicios Básicos, ejerzan en representación de dicha empresa las siguientes funciones:
I.     Expedir los avisos-recibo;
II.     Notificar, en su caso, los ajustes en la facturación;
III.    Instruir al Transportista o Distribuidor que ejecute, por conducto del personal que en cada caso se designe por el Transportista o Distribuidor, la suspensión o corte del servicio o suministro de energía eléctrica;
IV.   Recibir, sustanciar y resolver los recursos materia de su competencia;
V.    Celebrar los contratos, convenios y actos jurídicos que sean indispensables para la operación de las áreas a su cargo, conforme a los respectivos mandatos que se expidan a su favor;
VI.   Rescindir administrativamente los contratos que así procedan;
VII.   Proporcionar la información solicitada por autoridad competente o por unidades administrativas de Comisión Federal de Electricidad o de CFE Suministrador de Servicios Básicos y expedir constancias de los documentos que obren en sus archivos. Asimismo, expedir, a petición del interesado, copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de las respectivas unidades administrativas de CFE Suministrador de Servicios Básicos, en términos de lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 124 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y
VIII.  Defender los intereses jurídicos de CFE Suministrador de Servicios Básicos y representarlo en los juicios, procedimientos y recursos administrativos, judiciales o arbitrales laborales o administrativos en que sea parte o tenga interés jurídico.
Las funciones señaladas en las fracciones anteriores se ejercerán hasta en tanto este Consejo apruebe y expida el Estatuto Orgánico que contendrá la estructura, organización básica y las funciones que correspondan a las distintas áreas de la empresa.
El numeral PRIMERO del presente Acuerdo entrará en vigor el 01 de enero de 2017, previa su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sesión Ordinaria.- 8 de diciembre de 2016.- El Secretario, Roberto Martínez Espinosa.- Rúbrica.
 
(R.- 443144)
 

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