DOF: 05/01/2017
ESTATUTO Orgánico de Pemex Perforación y Servicios

ESTATUTO Orgánico de Pemex Perforación y Servicios.

Al margen un logotipo, que dice: Petróleos Mexicanos.

EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS, con fundamento en el artículo 12, fracción VI, del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Perforación y Servicios, aprobó las reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de Pemex Perforación y Servicios.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 4, fracciones II, XI, XV, XVIII y XXIV; 5, primero, segundo y tercer párrafos, fracciones I, II y IV y quinto y sexto párrafos; 6, fracciones I y II; 8, primer párrafo; 9, fracción X; 10, fracciones V, VI y VII; 14; 16, fracciones II y IV; 17, primer párrafo y fracción II; 19; 20, primero, tercero y cuarto párrafos; 21, primer párrafo; 23; 29; 30, segundo párrafo; 32, primer párrafo, fracción II y segundo párrafo; 33; 34; 35, fracciones VIII, IX, XII, XIII, XVII, XVIII, XXI, XXII, XXIV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXXII, XXXIV, XXXVI, XXXVII, XL, XLIV, XLVI, XLVIII, LI, LVII, LVIII y segundo párrafo; 36; 38; 39; 40, fracciones IV, V, VIII, IX, X, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXVIII, XXX, XXXVII, XXXIX, XL, XLI, XLVII, XLVIII y segundo párrafo; 42, fracciones V, X, XI, XXI, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXX, XXXV, XXXVII, XXXIX, XL, XLV, XLVI, XLVII y segundo párrafo; 43, primer párrafo; 45, fracciones III, V y VIII; 46, fracción I; 47, fracciones III, V y VI; 48, fracciones IV y V; 49, fracciones III, IV y X; 50, fracciones I, II, V, VI y VII; 51, fracciones I, II, III, VI, VII y VIII; 52, fracciones I, II, IV, VI y VIII; la denominación del Título Quinto; 54, primer párrafo; 55; 58, primer párrafo; 60, primer párrafo; 61 y 63; se ADICIONAN los artículos 10, fracciones V BIS y VII BIS; 16, cuarto y quinto párrafos; 35, fracciones VI BIS, XV BIS, XVIII BIS, LIV BIS y LVII BIS; 40, fracciones XXVII BIS, XXVII TER, XLI BIS, XLI TER, XLVII BIS y XLVII TER; 42, fracciones XXXIX BIS, XL BIS, XL TER, XLVI BIS y XLVI TER; 45, fracción VII BIS; 50, fracciones II BIS, III BIS y VII BIS; 51, fracciones IV BIS y VII BIS; 52, fracciones II BIS, II TER y V BIS; 54, segundo párrafo; 58, tercer párrafo; 58 BIS; 58 TER, y 58 QUATER, y se DEROGAN los artículos 9, fracción IX; 10, facción I; 35, fracciones XXXVIII y LV; 40, fracciones XVIII, XXIX; 42, fracción XXIX; 44, numeral 4 de la fracción III; 48, fracción VI; 49, fracción II, y 53, del Estatuto Orgánico de Pemex Perforación y Servicios, para quedar como sigue:
ESTATUTO ORGÁNICO
PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS
Artículo 4. ...
I. ...
II. Cadena de Valor: Las actividades de perforación, terminación y reparación de pozos, así como la ejecución y servicios a pozos;
III. a X. ...
XI. Intervenciones a Pozos: Las actividades de perforación, terminación y reparación de pozos;
XII. a XIV. ...
XV. Pemex Perforación y Servicios: La empresa productiva del Estado subsidiaria de Pemex, creada mediante acuerdo por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
XVI. a XVII. ...
XVIII. Portal del Consejo: El portal informático por el que se convoca y se hace llegar, a los Consejeros e invitados permanentes del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos y de los consejos de administración de sus Empresas Productivas Subsidiarias, la información de los asuntos que se van a someter a consideración de ese órgano colegiado en las sesiones;
XIX. a XXIII. ...
XXIV. Sistema de Control Interno: El conjunto de políticas, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación establecidos conforme a los lineamientos que apruebe el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, en términos del artículo 56 de la Ley;
XXV. a XXVI. ...
Artículo 5. De conformidad con el modelo institucional establecido en la Ley y el Reglamento, así como en el Acuerdo de Creación, las áreas de Pemex Perforación y Servicios deberán ejercer sus funciones con sujeción a la conducción central, dirección estratégica y coordinación de Pemex y en congruencia con las funciones de sus direcciones, así como de las áreas competentes en las materias de vigilancia y auditoría y
de responsabilidades, que les confiere el Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
En estos términos, corresponde a las áreas de Pemex Perforación y Servicios, participar en su caso, en el diseño y elaboración, así como ejecutar, implementar, aplicar, cumplir y dar seguimiento a las propuestas, estrategias, programas, planes, proyectos, inversiones, sistemas, directrices, criterios, acuerdos, mecanismos, iniciativas y demás disposiciones e instrumentos institucionales que determine el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, el Director General de Pemex o sus direcciones, así como el área competente en materia de control interno, en términos de las funciones que les confiere el Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos y demás disposiciones aplicables.
Los servidores públicos de todas las áreas de Pemex Perforación y Servicios deberán observar las disposiciones, lineamientos, criterios, políticas, acuerdos, bases y demás normativa que establezca el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, en lo que les resulte aplicable.
...
I. Realizar las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Negocios;
II. Proporcionar la información operativa, técnica y administrativa que les sea requerida por el Director General y por las direcciones corporativas de Pemex, en la forma y términos solicitados; así como la información sobre los avances y resultados y, en su caso, presentar medidas de mejora;
III. ...
IV. Presentar por conducto del Director General, al Director General de Pemex para su resolución, los conflictos que se susciten entre Pemex Perforación y Servicios y otras Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales, con excepción de aquellas que deban ser atendidas por las áreas de Pemex, en términos del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
Las funciones de soporte para Pemex Perforación y Servicios en las materias de recursos humanos, salud, financiera y de seguros y administración de riesgos, aduanal, salvaguardia estratégica, administración patrimonial, aprovechamiento y mantenimiento inmobiliario, procura y abastecimiento, jurídica, de tecnología de información y las del proceso de dirección del negocio, se llevarán a cabo por las áreas de Pemex, conforme al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
Tratándose de las funciones relacionadas con alianzas y nuevos negocios, procesos de negocio y tecnología de información, así como planeación, coordinación y desempeño, éstas se realizarán por las áreas de Pemex, en términos del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, con la participación que corresponda a Pemex Perforación y Servicios.
Artículo 6. ...
I. Aprobar la normativa aplicable a Pemex Perforación y Servicios, o sus modificaciones, requerida para el cumplimiento de su objeto, siempre y cuando su emisión y autorización no corresponda a otras instancias o áreas de Pemex, en función de la conducción central y dirección estratégica de Pemex;
II. Aprobar conforme a las políticas establecidas por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, el otorgamiento de garantías solidarias, corporativas o financieras, para respaldar obligaciones contraídas por Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y Empresas Filiales, y
III. ...
Artículo 8. El Consejo de Administración contará con un Secretario y un Prosecretario, quienes serán designados por el propio Consejo de Administración y asistirán a las sesiones con voz, pero sin voto. La propuesta de designación del Secretario corresponderá al Presidente y la del Prosecretario al Director General.
...
Artículo 9. ...
I. a VIII. ...
IX. Se deroga.
X. Expedir constancias y certificaciones de acuerdos y actas, así como de cualquier documento que obre en el archivo de la Secretaría del Consejo de Administración, y
XI. ...
Artículo 10. ...
 
I. Se deroga.
II. a IV. ...
V. Expedir constancias y certificaciones de acuerdos y actas, así como de cualquier documento que obre en el archivo de la Secretaría del Consejo de Administración;
V BIS. Difundir en Pemex Perforación y Servicios los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración, así como darles seguimiento y rendir el informe correspondiente en las sesiones;
VI. Integrar, registrar y clasificar la información que genere u obtenga el Consejo de Administración, en términos de las disposiciones aplicables y considerando las medidas que al respecto adopte el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
VII. Apoyar en la administración del Portal del Consejo, en relación con la sección correspondiente a Pemex Perforación y Servicios;
VII BIS. Ordenar la protocolización de las actas y acuerdos que, en su caso, lo requieran, así como la publicación en el Diario Oficial de la Federación de aquellos asuntos que resulten conducentes;
VIII. a X. ...
Artículo 14. Cuando la urgencia o importancia de algún asunto lo requiera, el Presidente por propia iniciativa, o a petición del Director General o cuando menos dos Consejeros, podrán instruir al Secretario para que convoque a una sesión extraordinaria.
Artículo 16. ...
...
I. ...
II. La documentación soporte de los asuntos incorporados en el orden del día, la cual deberá ser puntual y considerar solamente los elementos indispensables para la toma de decisiones.
La documentación soporte deberá incluir los acuerdos de aprobación u opinión, según corresponda, de las instancias previas necesarias, conforme a la normatividad aplicable.
En caso de que se genere información superveniente relacionada con temas del orden del día de una sesión, la misma se podrá hacer llegar a los Consejeros con una anticipación no menor a dos días hábiles al día de la sesión, en caso de sesiones ordinarias, y de un día hábil, para sesiones extraordinarias;
III. ...
IV. El informe sobre el seguimiento en la atención de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración, que contendrá:
a) Las acciones a seguir, incluyendo un apartado especial para los compromisos adoptados por la Administración en cada sesión del Consejo de Administración;
b) El responsable dentro de la Administración a nivel de Director Corporativo o Director de la empresa productiva subsidiaria o de la empresa filial;
c) Fecha tentativa para su cumplimiento, y
d) El avance del mismo.
V. ...
...
Tratándose de nombramientos de directivos de Pemex Perforación y Servicios que ocupen cargos en la jerarquía inmediata inferior al Director General, se deberá enviar la información referente a las personas propuestas, al mismo tiempo en que se envíe la convocatoria con la finalidad de que pueda analizarse con la debida anticipación.
Sólo se incorporarán en el orden del día los asuntos que cuenten con las aprobaciones u opiniones de las instancias previas, conforme a la normatividad aplicable.
Artículo 17. Para la inclusión de un tema en el orden del día de una sesión, el enlace de Pemex Perforación y Servicios que sea designado por el Director General deberá hacer la solicitud al Secretario, acompañándola con la documentación soporte en un plazo no menor a diez días hábiles antes de las sesiones ordinarias y cinco días hábiles para extraordinarias.
 
...
I. ...
II. En su caso, estar clasificadas de conformidad con lo dispuesto en la legislación en materia de transparencia y demás normativa aplicable. En la clasificación respectiva, se deberá distinguir la información contenida en el documento relativo a la propuesta, así como el contenido del acuerdo propuesto, para efectos de su expedición.
...
Artículo 19. Las sesiones del Consejo de Administración se celebrarán en el domicilio legal de Pemex Perforación y Servicios, sin perjuicio de que, a juicio del Presidente, puedan celebrarse en otro domicilio, el cual deberá quedar establecido en la convocatoria correspondiente.
Artículo 20. Las sesiones del Consejo de Administración se celebrarán a puerta cerrada y a las mismas asistirán los Consejeros, el Secretario, el Prosecretario, los representantes de la Dirección Jurídica, los invitados, así como el personal de apoyo necesario para el desarrollo de las mismas.
...
El Director General podrá ser asistido en las sesiones del Consejo de Administración por directivos de Pemex Perforación y Servicios, cuando la naturaleza del asunto así lo requiera, quienes deberán abandonar la sesión al concluir su intervención.
Tendrán el carácter de invitados, aquellas personas que autorice el Presidente por sí o a propuesta del Director General.
...
Artículo 21. Para la validez de las sesiones, se requerirá como mínimo la asistencia de la mitad más uno de los Consejeros. Dicho quórum se declarará al inicio de la sesión y se deberá mantener durante la misma.
...
Artículo 23. En las sesiones se tratarán los asuntos que hayan sido incorporados en el orden del día notificado con la convocatoria y, sólo en casos urgentes o trascendentes, a petición del Presidente, de algún Consejero o del Director General, el Consejo de Administración podrá autorizar la inclusión en el orden del día de un asunto para que se someta a su consideración el mismo día de la sesión, en el apartado que corresponda, según su naturaleza.
Artículo 29. Para efectos de la difusión de acuerdos y actas del Consejo de Administración, se observará lo dispuesto en la legislación y demás disposiciones aplicables en materia de transparencia.
Artículo 30. ...
En caso de clasificación de acuerdos o actas del Consejo de Administración, corresponderá al Prosecretario la elaboración de la versión pública respectiva, de conformidad con la normativa aplicable.
Artículo 32. Las solicitudes a que se refiere el artículo anterior deberán contener:
I. ...
II. Área de Pemex Perforación y Servicios o de Pemex que, a juicio del Consejero, pueda contar con la información requerida, y
III. ...
La información o documentación solicitada se deberá poner a disposición del Consejero que la requirió, en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud.
Artículo 33. Los Consejeros, Secretario, Prosecretario y los invitados del Consejo de Administración, estarán obligados a guardar la confidencialidad, así como a no revelar, custodiar y cuidar la documentación e información de la que, por razón de su participación en el Consejo de Administración, tengan conocimiento o que esté bajo su responsabilidad, así como impedir y evitar su uso, sustracción, destrucción, ocultamiento o utilización indebidos.
Artículo 34. La interpretación de las reglas de funcionamiento del Consejo de Administración, corresponderá al propio Consejo de Administración, escuchando la opinión del área jurídica de Pemex.
Artículo 35. ...
I. a VI. ...
VI BIS. Dirigir la integración de la estrategia tecnológica y promover su implantación;
 
VII. ...
VIII. Supervisar la ejecución de las inversiones y proyectos de Pemex Perforación y Servicios, así como coordinar la participación de sus áreas adscritas en la definición, seguimiento y evaluación de dichas inversiones y proyectos, así como instruir se informe respecto de los avances e indicadores de desempeño a las áreas respectivas de Pemex;
IX. Designar a los servidores públicos que deberán interactuar en la alineación y coordinación con las direcciones competentes de Pemex en los procesos de dirección de negocio, Cadena de Valor y soporte, conforme a los mecanismos que resulten necesarios respecto de la conducción central y dirección estratégica de Pemex;
X. a XI. ...
XII. Liderar los procesos de negocio que le sean asignados e informar su desempeño a la instancia de Pemex que corresponda;
XIII. Dirigir en Pemex Perforación y Servicios la alineación al MOBAP, en coordinación con lo que establezcan las áreas competentes;
XIV. a XV. ...
XV BIS. Ejercer los derechos corporativos en las sociedades mercantiles nacionales o extranjeras consideradas empresas filiales y en aquellas sociedades en las que Pemex Perforación y Servicios tenga alguna participación accionaria;
XVI. ...
XVII. Participar en grupos de trabajo y comisiones asesoras, así como coordinar la implementación de los acuerdos;
XVIII. Suscribir en coordinación con la dirección corporativa competente de Pemex, los instrumentos jurídicos para la formalización de las alianzas y asociaciones con personas físicas o morales, de conformidad con lo aprobado por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
XVIII BIS. Dirigir la implantación de la estrategia de asociaciones, alianzas y nuevos negocios, en coordinación con la dirección corporativa competente de Pemex, así como administrar la operación de dichas asociaciones, alianzas y nuevos negocios;
XIX. a XX. ...
XXI. Evaluar con Pemex la constitución de reservas contables y requerimientos de inversión, alianzas, asociaciones, nuevos negocios y mercados, que Pemex Perforación y Servicios determine viables;
XXII. Supervisar y, en su caso, aprobar los requerimientos de programación y de presupuesto de Pemex Perforación y Servicios, conforme a las disposiciones que para este efecto emita Pemex;
XXIII. ...
XXIV. Participar en los procedimientos de selección y evaluación del desempeño de los subdirectores y, en su caso, gerentes de Pemex Perforación y Servicios, de conformidad con la normativa que emita el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos y en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios;
XXV. ...
XXVI. Validar la estructura y la plantilla de personal para la operación de Pemex Perforación y Servicios que no corresponda a la estructura orgánica básica prevista en este Estatuto, en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios;
XXVII. Definir, con los directores corporativos de Pemex, los objetivos, indicadores y metas que permitan evaluar el desempeño de los servidores públicos de Pemex Perforación y Servicios, en términos de la normativa que emita el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
XXVIII. Validar las propuestas de requerimientos para la elaboración del programa de capacitación, en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios, así como dar seguimiento a su implementación;
XXIX. a XXXI. ...
XXXII. Establecer las estrategias para la formulación de las bases técnicas de contratación de equipos, materiales y servicios para perforación, terminación, reparación y de servicios a pozos, así como para el mantenimiento de equipos e instalaciones;
 
XXXIII. ...
XXXIV. Dirigir los procesos de planeación, programación, presupuesto, operación y comercialización de Pemex Perforación y Servicios, en coordinación, en su caso, con las direcciones corporativas competentes;
XXXV. ...
XXXVI. Suscribir los convenios conducentes para la prestación de servicios administrativos comunes por parte de Pemex a Pemex Perforación y Servicios, en términos de lo establecido por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
XXXVII. Constituir, disolver y determinar las funciones de grupos de trabajo que se requieran para el cumplimiento del objeto de Pemex Perforación y Servicios, así como designar a los servidores públicos que participarán en dichos grupos de trabajo, de conformidad con la normativa interna que emita Pemex;
XXXVIII. Se deroga;
XXXIX. ...
XL. Participar en la negociación con las instancias competentes en la agenda regulatoria de Pemex Perforación y Servicios;
XLI. a XLIII. ...
XLIV. Coordinar la propuesta de los objetivos y de la definición y evaluación de las estrategias, metas y de los indicadores operativos, de negocio y de confiabilidad;
XLV. ...
XLVI. Instruir la implantación del Sistema de Confiabilidad Operacional para asegurar la eficiencia de la operación y mantenimiento de equipos e instalaciones;
XLVII. ...
XLVIII. Proponer al Consejo de Administración la normativa que de acuerdo con el objeto de Pemex Perforación y Servicios le corresponda y, en su caso, emitir, interpretar, modificar o dejar sin efectos aquella normativa que sea de su competencia;
XLIX. a L. ...
LI. Participar con el área competente de Pemex en la instrumentación de las acciones para el otorgamiento de apoyos en materia de responsabilidad y desarrollo social que otorga Pemex Perforación y Servicios, relacionados con donaciones de bienes muebles e inmuebles de su propiedad, obras de beneficio mutuo y cualquier otro mecanismo análogo, en términos de la Ley y de la normativa que emita para tal efecto el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
LII. a LIV. ...
LIV BIS. Coordinar acciones de seguimiento a los hallazgos y recomendaciones de administración de cambios, revisión de seguridad de prearranque, de equipos y sistemas de seguridad en falla, integridad mecánica, respuesta a emergencia, análisis de riesgo de proceso, de análisis de causa raíz y de auditorías internas y externas, incluyendo las del seguro, en materia de seguridad industrial, salud en el trabajo, protección ambiental y desarrollo sustentable, incluyendo el paro seguro de instalaciones en todas las áreas de Pemex Perforación y Servicios;
LV. Se deroga;
LVI. ...
LVII. Delegar funciones y asignar responsabilidades a los servidores públicos de Pemex Perforación y Servicios, salvo aquellas que sean indelegables;
LVII BIS. Validar la información de Pemex Perforación y Servicios, contenida en el informe anual a que se refiere el artículo 113 de la Ley, y
LVIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su cargo, las que le instruya el Consejo de Administración, el Director General de Pemex, así como aquellas establecidas en otros artículos del Estatuto y en otras disposiciones aplicables.
Son indelegables las atribuciones del Director General correspondientes a las funciones señaladas en las
fracciones I, II, IV, VI, IX, XI, XII, XV, XVIII, XIX, XX, XXIV, XXV, XXVI, XXXVII, XLVIII, LIII, LIV, LVII y LVII BIS, del presente artículo.
Artículo 36. Para el funcionamiento coordinado de las Empresas Productivas Subsidiarias de Pemex previsto en el Acuerdo de Creación, el Director General deberá atender las instrucciones que reciba del Director General de Pemex directamente o a través de las direcciones corporativas, conforme a sus respectivas funciones, para la ejecución y supervisión de las estrategias, políticas, lineamientos y acuerdos aprobados por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos.
Artículo 38. El informe anual que rinda el Director General al Consejo de Administración en términos de la fracción XXI del artículo 15 del Acuerdo de Creación, deberá formularse conforme a la alineación que exista con las distintas áreas de Pemex, incorporando un apartado que permita conocer la contabilidad separada de los servicios administrativos comunes y, en su caso, los servicios especializados prestados por Pemex, así como del sistema de pensiones.
Artículo 39. El Director General solicitará a la Dirección Jurídica de Pemex el otorgamiento y revocación de poderes generales o especiales, facultad que será indelegable.
Artículo 40. ...
I. a III. ...
IV. Supervisar la ejecución de las inversiones y proyectos a su cargo, así como coordinar la participación de sus áreas adscritas en la definición, seguimiento y evaluación de inversiones;
V. Coordinar y supervisar el cumplimiento de las metas operativas, de negocio y de generación de valor económico establecidas en el Plan de Negocios y los programas operativos y financieros correspondientes;
VI. a VII. ...
VIII. Coordinar la planeación, maduración, evaluación y ejecución de proyectos, inversiones y otras iniciativas de negocio conforme a la estrategia institucional de Pemex;
IX. Apoyar en la atención y cumplimiento de la ejecución de los acuerdos de los consejos de administración de Petróleos Mexicanos y de Pemex Perforación y Servicios y demás decisiones conforme a las disposiciones aplicables;
X. Supervisar la implementación de los mecanismos de coordinación, control, evaluación, entrega de información y resultados que en materia de conducción central y dirección estratégica, definan las áreas competentes de Pemex, así como instrumentar las acciones de mejora que se determinen;
XI. a XVII. ...
XVIII. Se deroga;
XIX. a XXIII. ...
XXIV. Coordinar el apoyo para la administración del patrimonio de Pemex Perforación y Servicios, así como en la disposición de los bienes que realice el Director General, conforme a la normativa que emita el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
XXV. Participar en los procedimientos de selección y evaluación del desempeño de los gerentes de Pemex Perforación y Servicios, con base en lo aprobado por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos Pemex y en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios;
XXVI. Formular las propuestas de requerimientos para la elaboración del programa de capacitación en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios, así como dar seguimiento a su implementación;
XXVII. Participar en órganos colegiados o grupos de trabajo, así como coordinar la implementación de los acuerdos;
XXVII BIS. Implantar la estrategia de asociaciones, alianzas y nuevos negocios, en coordinación con la dirección corporativa competente de Pemex, cuando así corresponda;
XXVII TER. Coordinar la administración de la operación de las asociaciones, alianzas y nuevos negocios, así como la ejecución de los instrumentos jurídicos con los que se formalicen las mismas, cuando así corresponda;
XXVIII. Participar en la integración de la estrategia tecnológica y promover su implantación;
XXIX. Se deroga;
 
XXX. Suscribir convenios y contratos y, en su caso, determinar y suscribir la rescisión, suspensión o terminación de los mismos;
XXXI. a XXXVI. ...
XXXVII. Supervisar la implantación del Sistema de Confiabilidad Operacional para asegurar la eficiencia de la operación y mantenimiento de equipos e instalaciones;
XXXVIII. ...
XXXIX. Emitir, modificar o dejar sin efectos la normativa técnica y técnica operativa de Pemex Perforación y Servicios, cuando ello no implique la intervención de otras instancias;
XL. Proponer al Director General la normativa interna de aplicación obligatoria en Pemex Perforación y Servicios;
XLI. Interpretar, previo acuerdo con el Director General, la normativa, en el ámbito de sus funciones;
XLI BIS. Supervisar la participación en la elaboración de estándares técnicos que emitan las áreas de Pemex;
XLI TER. Vigilar la elaboración de las propuestas de aspectos técnicos que se requieran para las contrataciones relacionadas con el objeto de Pemex Perforación y Servicios;
XLII. a XLVI. ...
XLVII. Delegar funciones y asignar responsabilidades a los servidores públicos de las áreas de su adscripción, salvo aquellas que sean indelegables;
XLVII BIS. Coordinar y revisar la propuesta para la atención de los requerimientos que realicen instancias de revisión, supervisión y fiscalización, organismos autónomos de derechos humanos o solicitudes de información en materia de transparencia;
XLVII TER. Proponer las inversiones de su área para su registro en el portafolio de inversiones de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, y
XLVIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su cargo, las que le instruya el Consejo de Administración, el Director General, así como aquellas establecidas en otros artículos del Estatuto y en otras disposiciones aplicables.
Son indelegables las funciones señaladas en las fracciones I, VI, VII, VIII, XII, XVI, XVII, XX, XXV, XXXIX, XL, XLI, XLV, XLVII y XLVII TER, del presente artículo.
Artículo 42. ...
I. a IV. ...
V. Verificar la aplicación de la normativa y metodologías, así como la calidad técnica en el diseño y en la ejecución de proyectos;
VI. a IX. ...
X. Ejecutar las acciones necesarias para llevar a cabo la planeación, maduración, evaluación y ejecución de proyectos y otras iniciativas de negocio;
XI. Apoyar y coordinar la atención y cumplimiento de la ejecución de los acuerdos de los consejos de administración de Petróleos Mexicanos y de Pemex Perforación y Servicios y demás decisiones conforme a las disposiciones aplicables;
XII. a XX. ...
XXI. Elaborar la propuesta de los requerimientos presupuestales;
XXII. a XXIII. ...
XXIV. Apoyar en la administración del patrimonio de Pemex Perforación y Servicios, así como en la disposición de los bienes que realice el Director General, conforme a la normativa que emita el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos;
XXV. Participar en los procedimientos de selección y evaluación del desempeño del personal adscrito a su área, con base en lo aprobado por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos y en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios;
XXVI. Elaborar las propuestas de requerimientos para el programa de capacitación, en coordinación con la Dirección Corporativa de Administración y Servicios, así como llevar a cabo su implementación;
 
XXVII. Participar en órganos colegiados o grupos de trabajo, así como verificar la implementación de los acuerdos;
XXVIII. ...
XXIX. Se deroga;
XXX. Suscribir convenios y contratos y, en su caso, determinar y suscribir la rescisión, suspensión o terminación de los mismos;
XXXI. a XXXIV. ...
XXXV. Implementar las condiciones de seguridad del personal, de los bienes e instalaciones de Pemex Perforación y Servicios;
XXXVI. ...
XXXVII. Implantar el Sistema de Confiabilidad Operacional para asegurar la eficiencia de la operación y mantenimiento de equipos e instalaciones;
XXXVIII. ...
XXXIX. Elaborar emitir, modificar o dejar sin efectos la normativa técnica y técnica operativa de Pemex Perforación y Servicios, cuando ello no implique la intervención de otras instancias;
XXXIX BIS. Elaborar la normativa interna de aplicación obligatoria en Pemex Perforación y Servicios;
XL. Coadyuvar en la interpretación de la normativa, en el ámbito de sus funciones;
XL BIS. Participar en la elaboración de estándares técnicos que emitan las áreas de Pemex;
XL TER. Elaborar las propuestas de aspectos técnicos que se requieran para las contrataciones relacionadas con el objeto de Pemex Perforación y Servicios;
XLI. a XLIV. ...
XLV. Cotejar y expedir constancias de los documentos que obren en los archivos de su área;
XLVI. Delegar funciones y asignar responsabilidades a su personal, salvo aquellas que sean indelegables;
XLVI BIS. Elaborar la propuesta para la atención de los requerimientos que realicen instancias de revisión, supervisión y fiscalización, organismos autónomos de derechos humanos o solicitudes de información en materia de transparencia;
XLVI TER. Elaborar las propuestas de las inversiones de su área para su registro en el portafolio de inversiones de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, y
XLVII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su cargo, las que le instruya el Consejo de Administración, el Director General, su Subdirector, así como aquellas establecidas en otros artículos del Estatuto y en otras disposiciones aplicables.
Son indelegables las funciones señaladas en las fracciones I, III, VIII, IX, X, XIV, XVII, XXV, XXXIII, XXXIX, XLIII, XLIV, XLVI y XLVI TER, del presente artículo.
Artículo 43. El personal de Pemex Perforación y Servicios distinto al señalado en los capítulos precedentes de este Título y que integra la plantilla de personal de confianza, tendrá a su cargo las funciones previstas en los manuales de organización y en la normativa aplicable, así como aquellas que, en los términos del presente Estatuto, les sean asignadas o delegadas, de manera expresa, por sus superiores jerárquicos.
...
Artículo 44. ...
I. a II. ...
III. ...
1. a 3. ...
4. Se deroga.
Artículo 45. ...
I. a II. ...
III. Proponer al Director General las estrategias para Pemex Perforación y Servicios;
IV. ...
 
V. Coordinar el desarrollo y evaluación de la aplicación de las estrategias de Pemex Perforación y Servicios, así como su factibilidad técnica, económica y financiera;
VI. a VII. ...
VII BIS. Coordinar la gestión de la aprobación de las inversiones y proyectos de Pemex Perforación y Servicios, así como la definición, seguimiento y evaluación de inversiones e informar avances e indicadores de desempeño a las áreas de Pemex;
VIII. Coordinar el proceso de formación técnica del personal y tecnológico de la perforación, terminación, reparación y servicios a pozos;
IX. a X. ...
Artículo 46. ...
I. Elaborar las propuestas de estrategias de Pemex Perforación y Servicios;
II. a VI. ...
Artículo 47. ...
I. a II. ...
III. Dar seguimiento a la ejecución de perforación, terminación, reparación y los servicios a pozos bajo estándares de ingeniería;
IV. ...
V. Coordinar el proceso de formación técnica del personal de Pemex Perforación y Servicios, y
VI. Administrar el proceso tecnológico de la perforación, terminación, reparación y servicios a pozos.
Artículo 48. ...
I. a III. ...
IV. Supervisar el cumplimiento de los contratos de equipos, materiales y servicios que requiera Pemex Perforación y Servicios, y
V. Dar seguimiento físico, financiero, operativo y de seguridad a los contratos de Pemex Perforación y Servicios.
VI. Se deroga.
Artículo 49. ...
I. ...
II. Se deroga;
III. Verificar el desempeño técnico, operativo, de confiabilidad y de seguridad de los equipos de perforación, reparación de pozos y de servicios a pozos de Pemex Perforación y Servicios;
IV. Coordinar la operación de las Gerencias de Perforación y Reparación de Pozos Marina y Terrestre y de Servicios a Pozos;
V. a IX. ...
X. Vigilar y evaluar el control y la administración de los inventarios de Pemex Perforación y Servicios, y
XI. ...
Artículo 50. ...
I. Elaborar y proponer los planes y programas de perforación, terminación y reparación de pozos terrestres y lacustres, así como los programas de mantenimiento de los equipos terrestres y lacustres de perforación y reparación de pozos;
II. Llevar a cabo la perforación, terminación y reparación de pozos terrestres y lacustres de acuerdo a los programas autorizados y supervisar el desempeño técnico, operativo, de confiabilidad y de seguridad de los equipos terrestres y lacustres de perforación y reparación de pozos;
II BIS. Ejecutar los programas de mantenimiento de equipos terrestres y lacustres de perforación y reparación de pozos;
III. ...
 
III BIS. Administrar los talleres y centros de servicio de mantenimiento para los equipos de perforación y reparación de pozos;
IV. ...
V. Elaborar los requerimientos para la contratación y adquisición de equipos materiales y servicios para la perforación, terminación y reparación de pozos terrestres y lacustres, así como para el mantenimiento de los equipos terrestres y lacustres de perforación y reparación de pozos;
VI. Verificar el cumplimiento técnico de los contratos en materia de pozos terrestres y lacustres, así como los relacionados a la adquisición y servicios para el mantenimiento de equipos terrestres y lacustres de perforación y reparación de pozos;
VII. Elaborar, actualizar y aplicar los procedimientos operativos y de mantenimiento de equipos para la perforación, terminación y reparación de pozos terrestres y lacustres;
VII BIS. Controlar y administrar los inventarios de Pemex Perforación y Servicios;
VIII. a IX. ...
Artículo 51. ...
I. Elaborar y proponer los planes y programas de perforación, terminación y reparación de pozos marinos, así como los programas de mantenimiento de los equipos marinos de perforación y reparación de pozos;
II. Llevar a cabo la perforación, terminación y reparación de pozos marinos de acuerdo a los programas autorizados y supervisar el desempeño técnico, operativo, de confiabilidad y de seguridad de los equipos marinos de perforación y reparación de pozos;
III. Ejecutar los programas de mantenimiento de equipos marinos de perforación y reparación de pozos;
IV. ...
IV BIS. Administrar los talleres y centros de servicio de mantenimiento para los equipos de perforación y reparación de pozos;
V. ...
VI. Elaborar los requerimientos para la contratación y adquisición de equipos, materiales y servicios para la perforación, terminación y reparación de pozos marinos, así como para el mantenimiento de equipos marinos de perforación y reparación de pozos;
VII. Verificar el cumplimiento técnico de los contratos en materia de pozos marinos, así como los relacionados a la adquisición y servicios para el mantenimiento de equipos marinos de perforación y reparación de pozos;
VII BIS. Controlar y administrar los inventarios de Pemex Perforación y Servicios;
VIII. Elaborar, actualizar y aplicar los procedimientos operativos y de mantenimiento de equipos para la perforación, terminación y reparación de pozos marinos;
IX. a X. ...
Artículo 52. ...
I. Elaborar y proponer los planes y programas de servicios a pozos así como los de mantenimiento y sustitución de los equipos y herramientas de servicios a pozos;
II. Llevar a cabo las operaciones de servicios a pozos de acuerdo a los programas autorizados, y supervisar el desempeño técnico, operativo, de confiabilidad y de seguridad de los equipos y herramientas de servicios a pozos;
II BIS. Ejecutar los programas de mantenimiento de los equipos y herramientas de servicios a pozos;
II TER. Administrar los equipos y la infraestructura para la ejecución de los servicios a pozos;
III. ...
IV. Elaborar los requerimientos para la contratación y adquisición de equipos, materiales y servicios en sus diferentes modalidades, para los servicios a pozos, así como para el mantenimiento de las instalaciones, los equipos y herramientas de servicios a pozos;
 
V. ...
V BIS. Controlar y administrar los inventarios de Pemex Perforación y Servicios;
VI. Elaborar, actualizar y aplicar los procedimientos operativos y de mantenimiento de los equipos y herramientas de servicios a pozos;
VII. ...
VIII. Administrar las tripulaciones de los equipos de servicio a pozos y personal de la Gerencia.
Artículo 53. Se deroga.
TÍTULO QUINTO
DE LA NORMATIVA DE PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS
Artículo 54. El Consejo de Administración y el Director General, emitirán la normativa que conforme a sus funciones les corresponda.
Los subdirectores y gerentes emitirán la normativa técnica y técnica operativa de acuerdo a sus funciones.
Artículo 55. La normativa de Pemex Perforación y Servicios deberá ajustarse a las disposiciones que respecto al proceso regulatorio emita Pemex.
Asimismo, la normativa deberá incorporarse a los sistemas respectivos para su registro, control y difusión.
Artículo 58. El Director, subdirectores y gerentes jurídicos adscritos a la Dirección Jurídica de Pemex, serán representantes de Pemex Perforación y Servicios, para lo cual deberán otorgarse los poderes correspondientes.
...
La Dirección Jurídica de Pemex llevará el registro y control del otorgamiento y revocación de poderes y otros instrumentos notariales de Pemex Perforación y Servicios.
Artículo 58 BIS. El Director Operativo, coordinadores y gerentes adscritos a la Dirección Operativa de Procura y Abastecimiento, serán representantes de Pemex Perforación y Servicios para las funciones de procura y abastecimiento, en términos del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, para lo cual contarán con facultades para actos de administración, pleitos y cobranzas, incluso las que requieran poder o cláusula especial en términos de las disposiciones aplicables, respecto de cualquier acto jurídico relacionado con el régimen de contrataciones en el que participe Pemex Perforación y Servicios, inclusive para determinar la procedencia y llevar a cabo la rescisión o terminación anticipada.
Artículo 58 TER. El Director Corporativo de Administración y Servicios, el Subdirector de Administración Patrimonial y los gerentes adscritos a dicha subdirección, serán representantes de Pemex Perforación y Servicios, para las funciones en materia de administración patrimonial, de conformidad con la normativa expedida por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, en términos del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, para lo cual deberán otorgarse los poderes correspondientes.
Artículo 58 QUATER. Los servidores públicos de Pemex y las demás Empresas Productivas Subsidiarias, que deban realizar actos por cuenta y orden y/o en representación de Pemex Perforación y Servicios, o bien, que tengan asignadas responsabilidades en términos del Estatuto Orgánico respectivo, se considerarán mandatarios de ésta con base en los poderes que se les otorguen.
Artículo 60. El Director General designará por escrito a los servidores públicos que deban suplir a los subdirectores en los casos de ausencia de éstos.
...
Artículo 61. Los servidores públicos que actúen en suplencia en términos de las disposiciones de este Título y las que de ellas emanen, contarán con las funciones y responsabilidades del servidor público al que suplen. En caso de requerirse, se les otorgarán los poderes correspondientes.
Artículo 63. El Titular de Auditoría Interna dependiente del Comité de Auditoría del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos podrá tener un delegado en Pemex Perforación y Servicios, previa aprobación del Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, quien contará con las facultades previstas en la Ley y el Acuerdo de Creación.
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. Las presentes reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de Pemex Perforación y Servicios, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. La estructura orgánica básica autorizada se remitirá, para conocimiento, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de la Ley de Petróleos Mexicanos. La implementación de dicha estructura se realizará mediante movimientos compensados, que no impliquen incremento al presupuesto global de servicios personales o en el número total de plazas de Pemex Perforación y Servicios.
TERCERO. El Director General coordinará que los recursos humanos, materiales y financieros, así como la información, asuntos y documentación a cargo de la entonces Gerencia de Mantenimiento de Equipos, se distribuyan entre las áreas que correspondan conforme a las modificaciones consignadas en este Estatuto.
El Director General de Pemex Perforación y Servicios informará al Consejo de Administración los avances en la implementación de las acciones a que se refiere el presente Transitorio.
CUARTO. Los acuerdos de delegación de funciones y de asignación de responsabilidades, emitidos por Pemex Perforación y Servicios, relacionados con la modificación a la estructura autorizada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, dejarán de tener efectos una vez que las modificaciones al presente Estatuto entren en vigor.
QUINTO. Las referencias que se hagan en otros instrumentos al área que en virtud de las presentes modificaciones se elimina, se entenderán hechas a las áreas a las que se asignaron las funciones, conforme a las presentes modificaciones.
Las presentes reformas, adiciones y derogaciones al Estatuto Orgánico de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Perforación y Servicios, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de Pemex Perforación y Servicios, con fundamento en el artículo 12, fracción VI, del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Perforación y Servicios, en sesión 6 ordinaria celebrada el día 6 de diciembre de 2016, mediante acuerdo número CAEPS-PPS-023/2016.
Ciudad de México, a 27 de diciembre de 2016.- La Subdirectora de Consultoría Jurídica suplente por ausencia del Titular de la Dirección Jurídica, según Acuerdo DG/201606771/2016, Silvia Oropeza Querejeta.- Rúbrica.
(R.- 443374)
 

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