DOF: 12/01/2017
ACUERDO mediante el cual se delega al Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración del Centro Nacional de Control del Gas Natural, la facultad que se indica

ACUERDO mediante el cual se delega al Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración del Centro Nacional de Control del Gas Natural, la facultad que se indica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Centro Nacional de Control del Gas Natural.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGA AL JEFE DE LA UNIDAD DE FINANZAS Y ADMINISTRACION DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DEL GAS NATURAL LA FACULTAD QUE SE INDICA.
DAVID MADERO SUÁREZ, Director General del Centro Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS), organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fundamento en los artículos 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22, fracción I, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 65, fracción X, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23, fracción II, del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control del Gas Natural; numeral 11, inciso a), subinciso i) de los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016.
CONSIDERANDO
Que el CENAGAS es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal y es el encargado de la gestión, administración y operación del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural, a que se refiere la Ley de Hidrocarburos, y tiene por objeto garantizar la continuidad y seguridad en la prestación de los servicios en ese sistema para contribuir con el abastecimiento del suministro de dicho energético en territorio nacional.
Que el artículo 65, fracción X, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria prevé que los ejecutores del gasto, al realizar pagos por concepto de servicios personales, deberán sujetarse a las disposiciones generales aplicables para la autorización de los gastos de representación y de las erogaciones necesarias para el desempeño de comisiones oficiales, a fin de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, conforme lo establece el artículo 1 de dicha Ley.
Que de conformidad con el artículo 23, fracción II, del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control del Gas Natural (Estatuto), corresponde a su Director General conferir facultades delegables a los servidores públicos adscritos a dicho organismo.
Que en términos del artículo 43 del Estatuto, el Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración del CENAGAS tiene facultades para dirigir la administración de los recursos financieros del CENAGAS, así como la coordinación del cumplimiento del ejercicio del presupuesto autorizado, de conformidad con la normativa aplicable.
Que los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016, prevén las disposiciones generales que regula la asignación de viáticos nacionales e internacionales, pasajes, gastos de alimentación, telefonía celular, congresos, convenciones y otros eventos, aplicables a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Que el numeral 11 inciso a) subinciso i) de los Lineamientos antes citados establece que los titulares de las entidades podrán delegar la facultad de autorizar las erogaciones por concepto de viáticos y pasajes para comisiones en el extranjero al Oficial Mayor o equivalente en la Entidad.
Que resulta conveniente para el CENAGAS que las erogaciones que se realicen por concepto de viáticos y pasajes para comisiones en el extranjero, sean autorizadas por el Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
 
ACUERDO
PRIMERO. - Se delega en el Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración del Centro Nacional de Control del Gas Natural la facultad para autorizar la erogación de recursos por concepto de viáticos y pasajes para comisiones en el extranjero.
SEGUNDO.- La autorización que se otorga en el ejercicio de la facultad que se delega deberá constar por escrito y cumplir con las disposiciones que al efecto señalen la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponda, los Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Públicas Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2016 y demás normatividad aplicable.
TERCERO. - El Jefe de la Unidad de Finanzas y Administración deberá rendir un informe trimestral al Director General del Centro Nacional de Control del Gas Natural sobre las autorizaciones otorgadas al amparo del presente Acuerdo, con el fin de mantener la supervisión y control en relación con las operaciones que se realicen.
CUARTO. - La delegación de la facultad a que se refiere el presente Acuerdo, no excluye la posibilidad de su ejercicio directo por parte del Director General del Centro Nacional de Control del Gas Natural.
TRANSITORIO
ÚNICO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 22 de diciembre de 2016.- El Director General, David Madero Suárez.- Rúbrica.
(R.- 443552)
 

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