DOF: 24/01/2017
AVISO mediante el cual se da a conocer al público en general la autorización del Patrón Nacional de Rapidez de Kerma en Aire ( ) en la Energía de 60CO para aplicaciones en radioterapia, así como la cédula con la descripción, magnitud, definición, unidad,

AVISO mediante el cual se da a conocer al público en general la autorización del Patrón Nacional de Rapidez de Kerma en Aire () en la Energía de 60CO para aplicaciones en radioterapia, así como la cédula con la descripción, magnitud, definición, unidad, alcance, incertidumbre, ubicación y medidas a las que provee trazabilidad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL LA AUTORIZACIÓN DEL PATRÓN NACIONAL DE RAPIDEZ DE KERMA EN AIRE () EN LA ENERGÍA DE 60CO PARA APLICACIONES EN RADIOTERAPIA, ASÍ COMO LA CÉDULA CON LA DESCRIPCIÓN, MAGNITUD, DEFINICIÓN, UNIDAD, ALCANCE, INCERTIDUMBRE, UBICACIÓN Y MEDIDAS A LAS QUE PROVEE TRAZABILIDAD.
ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o. fracciones XIV y XV, 5o., 11 y 24 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 18 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22 fracciones I, VII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que en los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General de Unidades de Medida es el único legal y de uso obligatorio, el cual se integra, entre otras, con las unidades básicas del Sistema Internacional de Unidades, así como las derivadas de las unidades base y los múltiplos y submúltiplos de todas ellas;
Que el 27 de noviembre de 2002 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la norma oficial mexicana NOM-008-SCFI-2002 "Sistema General de Unidades de Medida", expedida por la Secretaría de Economía, misma que respecto a las Unidades derivadas del Sistema Internacional de Unidades (SI), en su Tabla 15. Magnitudes y unidades de reacciones nucleares y reacciones ionizantes contempla la Magnitud "rapidez de kerma (Gy s-1)".
Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 segundo párrafo y 24 segundo párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el artículo 18 de su Reglamento, corresponde a la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, controlar los patrones nacionales de medición de las unidades de base y derivadas del Sistema General de Unidades de Medida, así como publicar la lista de los patrones nacionales desarrollados por el Centro Nacional de Metrología u otras instituciones, considerando la evidencia que avale la mayor exactitud, estabilidad, repetibilidad y disponibilidad;
Que es indispensable que el estado mexicano cuente con los patrones nacionales autorizados a fin de garantizar el origen de las mediciones y trazabilidad de los instrumentos de medición y de otros patrones que se desarrollen con el fin de otorgar certidumbre y confianza en la realización de transacciones y mediciones exactas en la industria, el comercio, en los trabajos de investigación científica y de desarrollo tecnológico;
Que el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ) dependiente de la Secretaría de Energía, ha desarrollado y materializado el Patrón Nacional de Rapidez de Kerma en Aire () en la Energía de 60CO para Aplicaciones en Radioterapia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como su Reglamento;
Que la Dirección General de Normas a fin de obtener la uniformidad y confiabilidad de las mediciones, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización ha considerado pertinente autorizar el Patrón Nacional de Rapidez de Kerma en Aire () en la Energía de 60CO para Aplicaciones en Radioterapia, desarrollado y materializado por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), conforme al artículo 5o. de la misma Ley.
Que en virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER AL PÚBLICO EN GENERAL LA AUTORIZACIÓN DEL
PATRÓN NACIONAL DE RAPIDEZ DE KERMA EN AIRE () EN LA ENERGÍA DE 60CO PARA
APLICACIONES EN RADIOTERAPIA, ASÍ COMO LA CÉDULA CON LA DESCRIPCIÓN, MAGNITUD,
DEFINICIÓN, UNIDAD, ALCANCE, INCERTIDUMBRE, UBICACIÓN Y MEDIDAS A LAS QUE PROVEE
TRAZABILIDAD
Artículo 1.- Se autoriza el Patrón Nacional de Rapidez de Kerma en Aire () en la Energía de 60CO para Aplicaciones en Radioterapia, desarrollado por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), como Patrón Nacional que regirá en los Estados Unidos Mexicanos.
 
Artículo 2.- La cédula con la descripción, magnitud, definición, unidad, alcance, incertidumbre, ubicación y medidas a las que provee trazabilidad del Patrón Nacional autorizado en el artículo anterior es la siguiente:

 

TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, 9 de enero de 2017.- El Director General de Normas, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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