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DOF: 04/04/2017
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-657/9-5-ANCE-2017

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-657/9-5-ANCE-2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-657/9-5-ANCE-2017, "SISTEMAS HÍBRIDOS Y DE ENERGÍA RENOVABLE-GUÍA PARA LA ELECTRIFICACIÓN DE ÁREAS NO URBANAS DE DIFÍCIL ACCESO-PARTE 9-5: SISTEMA INTEGRADO-SELECCIÓN DE CONJUNTOS DE ILUMINACIÓN INDEPENDIENTES PARA ÁREAS NO URBANAS DE DIFÍCIL ACCESO".
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 de su Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 22 fracciones I, IX, XII y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la Ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C." El texto completo de la Norma que se indica puede ser adquirido en la sede de dicho Organismo ubicado en Av. Lázaro Cárdenas número 869, colonia Nueva Industrial Vallejo, código postal 07700, Ciudad de México, teléfono: 5747 4550 y/o al correo electrónico: vnormas@ance.org.mx., o consultarlo gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
La presente Norma Mexicana NMX-J-657/9-5-ANCE-2017 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20170201125465795.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-657/9-5-ANCE-2017
Sistemas híbridos y de energía renovable-Guía para la electrificación de áreas no urbanas de difícil acceso-Parte 9-5: Sistema integrado-Selección de conjuntos de iluminación independientes para áreas no urbanas de difícil acceso.
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana aplica a aparatos recargables independientes de alumbrado o conjuntos de equipos de alumbrado que pueden instalarse por un usuario normal sin el apoyo de un técnico.
La presente norma proporciona las especificaciones básicas del producto (un marco para interpretar los resultados de la prueba), los métodos de prueba y hojas de especificaciones normalizadas (plantillas para comunicar los resultados de la prueba).
Los usuarios a los que se destina la presente norma se enumeran a continuación. En algunos capítulos y párrafos, se ofrece una descripción de la aplicación de los contenidos del párrafo para ayudar a proporcionar el contexto para cada tipo de usuario:
a)       Programas de apoyo del mercado: son los programas que apoyan el mercado de sistemas de iluminación que no se conectan a la red eléctrica de la compañía suministradora, con financiamiento, educación al consumidor, conciencia y otros servicios. A menudo los programas de apoyo al mercado involucran el acceso a servicios como:
1)     Reducción de gases de efecto invernadero u otros incentivos;
2)     Acceso al financiamiento (comerciales o de consumo);
3)     El uso de un sello de comprador (respaldo institucional gubernamental o no gubernamental, sellos del consumidor o "negocio a negocio");
4)     Participación en una base de datos de información del producto público (por ejemplo: hojas de especificaciones normalizadas);
5)     Acceso a una red de negocios;
6)     Servicios de soporte y desarrollo de servicios;
7)     Acceso a la inteligencia del mercado; y
8)     Participación en campañas de sensibilización del consumidor.
b)       Fabricantes y distribuidores que necesitan comprobar el desempeño de productos de diferentes lotes y socios potenciales de negocios.
c)       Programas de adquisiciones a granel, que facilitan o realizan grandes pedidos de dispositivos de un distribuidor o fabricante. Los programas de adquisiciones a granel pueden proporcionar dispositivos a un grupo particular relativamente pequeño de usuarios finales, con necesidades particulares (por ejemplo: desarrolladores e implementadores de un proyecto de electrificación, que pueden incluir requisitos especiales en la especificación general del proyecto de electrificación (véase
         NMX-J-657/3-ANCE-2013)). Además, puede implementarse un programa de subsidio, hipoteca o donación que sirva a un amplio conjunto de usuarios.
d)       Reguladores comerciales, típicamente son las autoridades de gobierno y funcionarios que elaboran e implementan las políticas comerciales y de impuestos.
Esta Norma Mexicana establece el marco para la creación de una norma de producto. Las normas de producto incluyen los requisitos mínimos relacionados a la seguridad y al desempeño. Los productos se comparan con especificaciones, con base en los resultados de las pruebas y otra información sobre el producto. El marco de trabajo de la especificación de producto es flexible y puede adaptarse a los objetivos de diversas organizaciones e instituciones.
En la presente norma, se describe un amplio espectro de pruebas; algunas son lo suficientemente sencillas para completarse en campo por los desarrolladores del proyecto mientras que otras requieren equipos de laboratorio.
Las hojas de especificaciones normalizadas también pueden utilizarse para comunicar los resultados de la prueba. Combinándose con un conjunto de especificaciones del producto, la información en la hoja de especificaciones normalizada puede informar el uso de una etiqueta de seguridad y/o desempeño.
 
Concordancia con Normas Internacionales
Esta NMX-J-657/9-5-ANCE-2017, Sistemas híbridos y de energía renovable-Guía para la electrificación de áreas no urbanas de difícil acceso-Parte 9-5: Sistema integrado-Selección de conjuntos de iluminación independientes para áreas no urbanas de difícil acceso, NO ES EQUIVALENTE con alguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de elaborar la Norma Mexicana.
Bibliografía
IEC/TS 62257-9-5 ed2.0 (2013-04), Recommendations for small renewable energy and hybrid systems for rural electrification-Part 9-5: Integrated systems-Selection of stand-alone lighting kits for rural electrification.
 
 
Atentamente
Ciudad de México, a 6 de marzo de 2017.- El Director General de Normas y Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alberto Ulises Esteban Marina.- Rúbrica.
 

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