ACUERDO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas ACUERDO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.
SERGIO JAIME ROCHÍN DEL RINCÓN, Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 84, 84 Ter, 84 Septies, 85, 88 y 95 de la Ley General de Víctimas; 5 y 58 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 25, 29, y 35 del Reglamento de la Ley General de Víctimas, y 21 del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y
CONSIDERANDO
Que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas es un organismo con personalidad jurídica y patrimonio propios; con autonomía técnica, de gestión y contará con los recursos que le asigne el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Que el 3 de enero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas.
Que como parte de dichas reformas a la Ley General de Víctimas se incluyó en el artículo 84 Ter, que la Comisión Ejecutiva cuenta con una Junta de Gobierno y un Comisionado Ejecutivo para su administración, así como con una Asamblea Consultiva, como órgano de consulta y vinculación con las víctimas y la sociedad.
Que en términos del artículo 85 de la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva estará a cargo de un Comisionado Ejecutivo elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, de la terna que enviará el Ejecutivo Federal, previa consulta pública a los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 58 fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales los órganos de gobierno de las entidades tendrán entre sus atribuciones indelegables aprobar el estatuto orgánico tratándose de organismos descentralizados.
Que con fecha 20 de julio de 2017 durante la celebración de la Primera Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se aprobó la reforma al Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL
ESTATUTO ORGÁNICO DE LA COMISIÓN EJECUTIVA DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
ARTÍCULO ÚNICO.- Se REFORMAN.- La fracción III del artículo 3; la fracción II y el párrafo segundo del artículo 5; el artículo 15; la denominación del Capítulo Quinto para quedar como "Del Comisionado Ejecutivo"; el primer párrafo y las fracciones V, VII, XII, y XXII del artículo 21; las fracciones II, VI, VIII, IX, XII, y XV del artículo 23; la fracción XXIII del artículo 24; las fracciones I, III, V, y XXIV del artículo 28; las fracciones I, VIII, XII, XIII, XV, XVI y XVII del artículo 29; la fracción XII del artículo 30; las fracciones I, VII, VIII, y IX del artículo 31; las fracciones VI y XIII del artículo 32; las fracciones I, IV, y VIII del artículo 33; la fracción XX del artículo 34; la fracción XVIII del artículo 35; el último párrafo del artículo 36; la fracción VIII del artículo 37 Bis; las fracciones X, XII, y XIV del artículo 38; el primer párrafo del artículo 43; las fracciones I, II, III, y XXII, y el último párrafo del artículo 44, y las fracciones IX y XII del artículo 45. Se ADICIONA.- El artículo 23 Bis. Se DEROGAN.- Los artículos 12; 18; 19; 20; las fracciones XI, XIV, XVI, XVII, XVIII, y XIX del artículo 21; el último párrafo del artículo 23; la fracción VII del artículo 29; los últimos tres párrafos del artículo 41; del Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para quedar como sigue:
"Artículo 3. ...
I. a II. ...
III. Comisionado Ejecutivo: la persona sobre quien recae la responsabilidad de presidir la Comisión Ejecutiva y dirigir el cumplimiento de las atribuciones de sus unidades administrativas, en términos de los artículos 85 y 95 de la Ley General de Víctimas y 35 de su Reglamento;
IV. a XVII. ...
Artículo 5. ...
I. ...
II. Comisionado Ejecutivo;
III. a XVI. ...
Las Direcciones Generales y la Secretaría Técnica del Pleno contarán y se auxiliarán para el ejercicio de sus funciones de las direcciones de área, subdirecciones, jefaturas de departamento, enlaces y demás personal profesional que autorice el Comisionado Ejecutivo, de acuerdo con el presupuesto autorizado.
...
...
...
Artículo 12. Se deroga.
Artículo 15. Todas las decisiones y funciones de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas son competencia originaria del Comisionado Ejecutivo, en términos de las disposiciones aplicables.
El Comisionado Ejecutivo podrá delegar funciones en unidades administrativas y servidores públicos de la Comisión Ejecutiva, de acuerdo a la Ley, el Reglamento u otras disposiciones legales.
Capítulo Quinto
Del Comisionado Ejecutivo
Artículo 18. Se deroga.
Artículo 19. Se deroga.
Artículo 20. Se deroga.
Artículo 21. Además de las facultades que le confiere el artículo 95 de la Ley, 35 del Reglamento y el capítulo anterior, el Comisionado Ejecutivo ejercerá las siguientes:
I. a IV. ...
V. Representar a la Comisión Ejecutiva ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de las Entidades Federativas y municipios; organismos constitucionales autónomos; los Poderes Legislativo y Judicial tanto federales como estatales;
VI. ...
VII. Proponer a la Junta de Gobierno el nombramiento y remoción de los servidores públicos que ocupen cargos con las dos jerarquías administrativas inferiores a la del Comisionado Ejecutivo;
VIII. a X. ...
XI. Se deroga.
XII. Aprobar el calendario de labores de la Comisión Ejecutiva, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación;
XIII. ...
XIV. Se deroga.
XV. ...
XVI. Se deroga.
XVII. Se deroga.
XVIII. Se deroga.
XIX. Se deroga.
XX. a XXI. ...
XXII. Las demás que le confieren las disposiciones legales y administrativas aplicables.
Artículo 23. ...
...
I. ...
II. Acordar, con el Comisionado Ejecutivo, la resolución de los asuntos relevantes cuya tramitación se encuentre dentro de su área de competencia;
III. a V. ...
VI. Formular el anteproyecto de presupuesto por programas relativos al área a su cargo;
VII. ...
VIII. Representar a la Comisión Ejecutiva en los asuntos que el Comisionado Ejecutivo determine, siempre que no sean atribuciones indelegables;
IX. Ejecutar los acuerdos que dicte el Comisionado Ejecutivo en el ámbito de sus atribuciones;
X. a XI. ...
XII. Presentar al Comisionado Ejecutivo el Programa de Trabajo de la Unidad Administrativa a su cargo, así como ejecutarlo en forma correcta y oportuna;
XIII. a XIV. ...
XV. Las demás que les confieren las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como las que les encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Se deroga.
Artículo 23 Bis. El Comisionado Ejecutivo será suplido en sus ausencias, en los asuntos relativos al acceso de recursos al Fondo, por la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica Federal; en los asuntos administrativos de la Comisión Ejecutiva, por la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas, y en los asuntos en materia jurídica por la persona titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
Los Directores Generales serán suplidos en sus ausencias por sus inferiores jerárquicos inmediatos, ya sean Directores Generales Adjuntos o Directores de Área, de conformidad con los asuntos que tengan a su cargo.
El Coordinador General de Delegaciones será suplido en sus ausencias por su inferior jerárquico inmediato.
Los Delegados serán suplidos en sus ausencias por el servidor público que designe el Coordinador General de Delegaciones.
Los Subdelegados serán suplidos por el servidor público inmediato inferior que de ellos dependa, de conformidad con los asuntos que tengan a su cargo.
El Director General Adjunto de Finanzas será suplido en sus ausencias por el Director de Recursos Humanos.
La ausencia de los Directores de Recursos Humanos; de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Tecnologías de la Información, será suplida por el Director General Adjunto de Finanzas.
La ausencia de los Directores de la Unidad de Género, y de la Unidad de Transparencia será suplida por el servidor público que designe el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 24. ...
...
...
I. a XXII. ...
XXIII. Las demás que sean necesarias para cumplir con el objeto de las funciones de la Asesoría Jurídica Federal, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 28. ...
I. Diseñar y proponer al Comisionado Ejecutivo para su aprobación, el diseño del Formato Único de Declaración bajo los principios de accesibilidad, gratuidad, simplicidad, integralidad, eficiencia y legalidad, a fin de garantizar a las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos el ingreso al Registro para hacer efectivos sus derechos;
II. ...
III. Proponer al Comisionado Ejecutivo los mecanismos para resguardar la información relacionada al padrón de víctimas a nivel nacional, mismo que se establecerá en el Modelo de Atención a Víctimas;
IV. ...
V. Ejecutar los acuerdos del Comisionado Ejecutivo tendentes a la integración y preservación de la información administrada y sistematizar el Registro;
VI. a XXIII. ...
XXIV. Las demás que sean necesarias para cumplir con el objeto de las funciones del Registro Nacional de Víctimas, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 29. ...
I. Ejecutar los acuerdos del Comisionado Ejecutivo;
II. a VI. ...
VII. Se deroga.
VIII. Presentar mensualmente al Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva, previo a la determinación de medidas de ayuda o reparación integral a las víctimas, un informe respecto de la situación financiera del fondo;
IX. a XI. ...
XII. Preparar y presentar al Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva informes sobre el trámite y despacho de los asuntos a su cargo, así como de la aplicación de los recursos que integran el patrimonio del Fondo;
XIII. Presentar para aprobación del Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva los estados financieros del fondo elaborados por el fiduciario y realizar las observaciones a que haya lugar;
XIV. ...
XV. Someter a consideración del Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva la contratación de auditores externos para realizar la auditoría al Fondo de manera anual, y entregar para su conocimiento y aprobación el resultado de la misma;
XVI. Efectuar, en términos de las resoluciones de procedencia que emita el Comisionado Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva, la entrega de los recursos correspondientes para el pago de medidas de ayuda, asistencia y atención, así como para el pago de la compensación subsidiaria para víctimas de delitos del fuero federal y compensación a víctimas de violación de derechos humanos cometidas por autoridades federales, conforme a la Ley, el Reglamento y los Lineamientos para el funcionamiento del Fondo, y
XVII. Las demás que sean necesarias para cumplir con el objeto de las funciones del Fondo, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 30. ...
I. a XI. ...
XII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 31. ...
I. Proponer al Comisionado Ejecutivo un plan de trabajo encaminado a establecer y fomentar vínculos institucionales con las autoridades federales, así como de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de competencia de la Comisión Ejecutiva;
II. a VI. ...
VII. Proponer al Comisionado Ejecutivo y ejecutar la agenda internacional de la Comisión Ejecutiva;
VIII. Proponer al Comisionado Ejecutivo, en coordinación con la Dirección General de Comunicación Social, la elaboración y difusión de materiales de divulgación encaminados a que las personas víctimas y la sociedad en general, tengan conocimiento de las actividades que en materia de vinculación, realiza la Comisión Ejecutiva con otras dependencias y organismos de la administración pública federal, estatal o municipal, así como colectivos o grupos de víctimas;
IX. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 32. ...
I. a V. ...
VI. Someter a la consideración del Comisionado Ejecutivo, las alternativas jurídicas de solucionar los asuntos considerados como relevantes y especiales para la Comisión Ejecutiva;
VII. a XII. ...
XIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 33. ...
I. Proponer y aplicar la política general de comunicación social bajo la conducción del Comisionado Ejecutivo;
II. a III. ...
IV. Ejecutar las campañas de difusión institucionales que le sean instruidas por el Comisionado Ejecutivo;
V. a VII. ...
VIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 34. ...
I. a XIX. ...
XX. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
...
Artículo 35. ...
I. a XVII. ...
XVIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 36. ...
...
Al frente de cada uno de los Comités especializados habrá un Titular que contará con las subdirecciones, jefaturas de departamento, enlaces y demás personal profesional que autorice el Pleno a propuesta del Comisionado Presidente, de acuerdo con el presupuesto autorizado.
37 Bis. ...
I. a VII. ...
VIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 38. ...
I. a IX. ...
X. Elaborar el proyecto de dictamen de compensación y presentarlo al Comisionado Ejecutivo para que resuelva lo conducente;
XI. ...
XII. Elaborar el proyecto de dictamen de medidas de ayuda inmediata y presentarlo al Comisionado Ejecutivo para que resuelva lo conducente;
XIII. ...
XIV. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, así como las que le confieren las disposiciones aplicables y las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
Artículo 41. ...
...
...
...
Se deroga.
Se deroga.
Se deroga.
Artículo 43. Las Delegaciones serán dirigidas por un Delegado, quien será nombrado y removido por el Comisionado Ejecutivo.
...
Artículo 44. ...
I. Coordinar, supervisar y evaluar las tareas que realicen las Delegaciones de la Comisión Ejecutiva, en aspectos que no sean competencia de otras unidades administrativas y de conformidad con los criterios que defina el Comisionado Ejecutivo;
II. Proponer al Comisionado Ejecutivo la creación, modificación o supresión de las Delegaciones y Subdelegaciones;
III. Sugerir al Comisionado Ejecutivo la designación y remoción de los titulares de las Delegaciones y Subdelegaciones;
IV. a XXI. ...
XXII. Las demás que le confieran las disposiciones legales y administrativas aplicables, así como las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
La Coordinación General de Delegaciones estará adscrita al Comisionado Ejecutivo.
Artículo 45. ...
I. a VIII. ...
IX. Informar, por conducto del Coordinador General de Delegaciones, al Comisionado Ejecutivo y, en su caso, a la unidad central que corresponda, sobre el cumplimiento de sus atribuciones, el desempeño de sus actividades y el desarrollo y cumplimiento de sus programas;
X. a XI. ...
XII. Las demás que le confieran las disposiciones aplicables, así como las que le encomiende el Comisionado Ejecutivo.
..."
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La presente reforma al Estatuto Orgánico de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas fue aprobada por la Junta de Gobierno de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, con fundamento en los artículos 84 Septies, fracción II, de la Ley General de Víctimas, y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en su primera sesión ordinaria celebrada el 20 de julio de 2017.
Ciudad de México, a 25 de julio de 2017.- El Comisionado Ejecutivo, Sergio Jaime Rochín del Rincón.- Rúbrica.
(R.- 454096)
En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
|