DOF: 21/08/2017
INE/JGE108/2017

INE/JGE108/2017. ACUERDO de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

INE/JGE108/2017. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
ANTECEDENTES
I.     El 14 de diciembre de 2016, en sesión extraordinaria el Consejo General del Instituto Nacional Electoral "INE", mediante Acuerdo INE/CG844/2016 aprobó el Reglamento del INE en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
II.     El 28 de abril de 2017, en sesión extraordinaria la Junta General Ejecutiva "JGE" del INE, aprobó el Acuerdo INE/JGE72/2017 mediante el cual se modificó del Programa de Infraestructura Inmobiliaria 2011-2017 del INE; para quedar como el Programa de Infraestructura Inmobiliaria 2011-2020 del INE.
III.    El 29 de mayo de 2017, en la Quinta Sesión Ordinaria del Comité Central de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del INE, se analizó y aprobó el proyecto de las POBALINES, así como someterlas a consideración de la JGE del Instituto.
CONSIDERANDO
1.     Que las POBALINES tienen el objeto de regular las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, ejecución, administración, control y evaluación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas que lleve a cabo el Instituto, de conformidad con los criterios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia, imparcialidad y honradez que establece el artículo 134 de la CPEUM.
2.     Que el ámbito de aplicación de las presentes POBALINES es de observancia obligatoria para los servidores públicos del INE que intervengan o lleven a cabo la planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto, ejecución y control de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como a las personas físicas o morales que participen en los procesos de contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas del INE.
ACUERDO
PRIMERO.- Se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos del INE en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, las cuales se anexan al presente Acuerdo y forman parte integrante del mismo.
SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que haga del conocimiento de todas las unidades administrativas del INE el presente Acuerdo y se implementen las acciones de capacitación respectivas.
TERCERO.- Se abrogan las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del IFE, aprobadas mediante Acuerdo JGE165/2013 de fecha 21 de noviembre de 2013.
CUARTO.- Los actos y contratos que el INE haya celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, les serán aplicables las disposiciones vigentes al momento de su inicio o celebración.
QUINTO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para iniciar la actualización del Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Central de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, cuyo proyecto deberá presentarse para aprobación ante el propio Comité, en un plazo máximo de 10 (diez) días naturales contados a partir del día siguiente de la entrada en vigor de las Políticas, Bases y Lineamientos objeto del presente Acuerdo.
SEXTO.- El presente Acuerdo y las Políticas, Bases y Lineamientos del INE en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, entrarán en vigor el día de su aprobación por parte de la Junta
General Ejecutiva.
SÉPTIMO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, la Gaceta Electoral, la NormaINE y en el portal de internet del INE.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva celebrada el 13 de junio de 2017, por votación unánime de los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes; de Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor José Rafael Martínez Puón; de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Roberto Heycher Cardiel Soto; de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna; de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Maestro Miguel Ángel Patiño Arroyo; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la JGE, Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y Presidente de la JGE, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
El Consejero Presidente del Consejo General y Presidente de la JGE del INE, Dr. Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo y Secretario de la JGE del INE, Lic. Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
El Acuerdo y su Anexo pueden ser consultados en las siguientes direcciones electrónicas:
Acuerdo: http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/92689/JGEex201706-13re_01P01-01.pdf?sequence=1&isAllowed=y
POBALINES: http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/92689/JGEex201706-13ac_01P02-01x01.pdf?sequence=2&isAllowed=y
Ciudad de México, a 21 de julio de 2017.- El Director Ejecutivo de Administración, Bogart Montiel Reyna.- Rúbrica.
(R.- 454645)
 

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