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DOF: 24/08/2017
MANUAL de Organización General de la Policía Federal

MANUAL de Organización General de la Policía Federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Policía Federal.

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL POLICÍA FEDERAL
MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, SECRETARIO DE GOBERNACIÓN, con fundamento a lo dispuesto por el Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA POLICÍA FEDERAL
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
I.     ANTECEDENTES
II.     MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO
III.    ATRIBUCIONES
IV.   MISIÓN Y VISIÓN
V.    ESTRUCTURA ORGÁNICA
VI.   ORGANIGRAMA
VII.   OBJETIVO Y FUNCIONES POR ÁREA
Comisionado General
División de Inteligencia
Coordinación de Servicios Técnicos
Dirección General del Centro de Monitoreo Técnico
Dirección General del Centro de Alertas y Atención de Riesgos
Dirección General del Desarrollo y Operación de Coberturas
Coordinación de Operaciones Encubiertas
Dirección General de Operaciones e Infiltración
Dirección General de Reclutamiento y Manejo de Fuentes de Información
Dirección General de Supervisión y Vigilancia
Coordinación de Análisis y Enlace Internacional
Dirección General de Análisis y Estadística
Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales
Dirección General de Indicadores de Integración de la Información
División de Investigación
Coordinación de Investigación de Gabinete
Dirección General de Análisis Táctico
Dirección General de Fichas y Registros Delictivos
Dirección General de Manejo de Crisis y Negociación
Coordinación de Investigación de Campo
Dirección General de Investigación de Delitos Contra la Seguridad e Integridad de las Personas
Dirección General de Investigación de Delitos de Alto Impacto
Dirección General de Investigación de Delitos Federales
Coordinación de Investigación Técnica y Operación
Dirección General de Operaciones Técnicas
Dirección General de Inteligencia Operativa
Dirección General de Apoyo Táctico
 
División de Seguridad Regional
Dirección General de Personal
Dirección General de Información
Dirección General de Operaciones
Dirección General de Logística y Adiestramiento
Dirección General de Planes y Supervisión
Dirección General de Control Operativo
Coordinaciones Estatales (32)
División Científica
Coordinación para la Prevención de Delitos Electrónicos
Dirección General de Prevención de Delitos Cibernéticos
Dirección General del Centro Especializado en Respuesta Tecnológica
Dirección General de Laboratorios en Investigación Electrónica y Forense
Coordinación de Innovación Tecnológica
Dirección General de Tecnologías de Información Emergentes
Dirección General de Infraestructura e Implementación de Procesos Tecnológicos
Dirección General de Innovación y Desarrollo
Coordinación de Criminalística
Dirección General de Criminalística de Campo
Dirección General de Laboratorios
Dirección General de Especialidades
División Antidrogas
Coordinación de Investigación de Gabinete Antidrogas
Dirección General de Análisis Táctico Antidrogas
Dirección General de Fichas y Registro de Narcotráfico y Delitos Conexos
Dirección General de Enlace y Cooperación Interinstitucional
Coordinación de Investigación de Campo y Técnica Antidrogas
Dirección General de Operación Técnica Antidrogas
Dirección General de Inteligencia Operativa Antidrogas
Dirección General de Apoyo Táctico Contra Narcotráfico y Delitos Conexos
Coordinación de Investigación de Recursos de Procedencia Ilícita
Dirección General de Análisis Táctico de Delitos Contra el Sistema Financiero
Dirección General de Inteligencia Financiera para la Prevención
Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
División de Fuerzas Federales
Coordinación de Restablecimiento del Orden Público
Dirección General de Fuerzas de Protección
Dirección General de Rescate y Apoyo a la Protección Civil
Dirección General de Traslados y Apoyo Penitenciario
Coordinación de Reacción y Alerta Inmediata
Dirección General de Seguridad Física
 
Dirección General de Reacción y Operación
Dirección General de la Unidad Canina
Coordinación de Operaciones Especiales
Dirección General de Intervención
Dirección General de Explosivos
Dirección General de Equipos Especiales
División de Gendarmería
Coordinación de la Gendarmería
Dirección General de Planeación y Logística de la Gendarmería
Dirección General de Operaciones Estratégicas y Unidades Especiales de la Gendarmería
Dirección General de Proximidad Social de la Gendarmería
Secretaría General
Coordinación de Servicios Generales
Dirección General de Recursos Humanos
Dirección General de Recursos Financieros
Dirección General de Recursos Materiales
Coordinación de Operaciones Aéreas
Dirección General de Operaciones
Dirección General de Mantenimiento
Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea
Coordinación de Soporte Técnico
Dirección General de Informática
Dirección General de Telecomunicaciones
Dirección General de Instalaciones Técnicas y Mantenimiento
Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial
Dirección General de Control de Confianza
Dirección General de Servicio Profesional de Carrera y Régimen Disciplinario
Dirección General de Formación y Profesionalización
Unidad de Asuntos Internos
Dirección General de Vigilancia y Supervisión Interna
Dirección General de Investigación Interna
Dirección General de Responsabilidades
Dirección General de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Enlace
Dirección General de Comunicación Social
Órgano Interno de Control
VIII.  GLOSARIO
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
INTRODUCCIÓN
La Policía Federal (PF) es un Órgano Administrativo Desconcentrado (OAD), adscrito al Comisionado Nacional de Seguridad (CNS), dependiente de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) del Poder Ejecutivo
Federal, con atribuciones específicas en materia de prevención y de combate de delitos, conforme a lo establecido el Artículo 123 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
Con base en lo anterior y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); 7 fracción XXIII, 47 fracción VI, 48 fracción X, 57 fracción XVI, 70 fracción X del RISEGOB; así como los artículos 10 fracción VII de la Ley de la Policía Federal (LPF); 6 fracción XXXI y XXXII, 18 fracción VII, 36, fracciones V y VI del Reglamento de la Ley de la Policía Federal (RLPF), el Órgano Administrativo Desconcentrado Policía Federal (OADPF) ha elaborado el presente Manual de Organización General (MOG), en razón de la importancia que reviste contar con una herramienta de referencia y consulta que oriente a los servidores públicos que se adscriben al OADPF sobre la organización y funcionamiento del mismo.
La finalidad de este documento es proporcionar información referente a la estructura organizacional del OADPF; asimismo, se mencionan los objetivos y funciones de cada uno de los puestos que forman parte de la Estructura Orgánica, a efecto de que sirvan de guía en las labores encomendadas al personal y coadyuven al logro de los objetivos institucionales.
En este sentido, el MOG se encuentra integrado principalmente por los apartados de: Antecedentes; Marco Jurídico-Administrativo; Atribuciones; Misión y Visión; Estructura Orgánica; Organigrama; Objetivo y Funciones de las Áreas que conforman a la PF; Glosario y Disposiciones Transitorias.
Para la elaboración del presente Manual intervinieron el Comisionado General de la Policía Federal, la Secretaría General, la Unidad de Asuntos Internos, las Divisiones con sus respectivas Coordinaciones y sus Direcciones Generales, y el Órgano Interno de Control.
Finalmente, es importante señalar que, a fin de mantener permanentemente actualizado este MOG, se deberán realizar revisiones periódicas por parte del personal responsable de las áreas a las que sirve, para que, en caso de que la estructura orgánica se modifique, y/o el RISEGOB, la LPF o el RLPF sufran cambios que repercutan directamente con las atribuciones conferidas a este OAD, se efectúen las modificaciones a que haya lugar.
I. ANTECEDENTES
El 4 de enero de 1999, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F) la Ley de la Policía Federal Preventiva, mediante la cual se crea la Policía Federal Preventiva (PFP) OAD dependiente de la SEGOB que entre sus atribuciones tendría a su cargo salvaguardar la integridad y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos federales, así como garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos en los términos de las leyes respectivas.
La conformación de la Estructura Orgánica y Ocupacional de la PFP, se realizó con la parte correspondiente a los recursos de las Policías Federales de Caminos, de Migración y Fiscal Federal, y su integración se llevó a cabo con el propósito de unificar esfuerzos y acciones, además de optimizar las actividades en materia de seguridad pública, previniendo y respetando la delimitación de atribuciones y responsabilidades entre las diferentes corporaciones involucradas.
Por ello, la PFP se regiría por su Ley de creación, la cual era reglamentaria del Artículo 21 Constitucional en lo relativo a la seguridad pública a cargo de la Federación; de orden público; así como de aplicación en todo el territorio nacional; teniendo por objeto regular la organización y funcionamiento de la PFP.
En diciembre de 1999, la Unidad de Servicio Civil de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dictaminó la conformación integral de la Estructura Orgánica y Ocupacional de la PFP, misma que quedó constituida por un total de 1,231 plazas de mando, de las cuales 56 correspondían a puestos de estructura, 5 a puestos homólogos por norma, 149 puestos homólogos por autorización específica, y 1,021 a puestos de alto nivel de responsabilidad.
El 30 de noviembre de 2000, mediante Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LOAPF, se creó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), teniendo como propósitos fundamentales el desarrollo de las políticas de seguridad pública, así como proponer la política criminal en el ámbito federal, para controlar y disminuir los delitos y lograr una sociedad mexicana viva en un clima de confianza, mediante la preservación del orden y la paz públicos en estricto apego al respeto de los derechos humanos.
En consecuencia, se reformó el Artículo 2 de la Ley de la PFP y se transfirió como OAD a la SSP, dictaminándose favorable por parte de la SHCP y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, su incorporación a la estructura orgánica básica de esa Dependencia con vigencia a partir de la publicación de su
Reglamento Interior en el D.O.F., publicándose éste el 6 de febrero de 2001.
En el mes de septiembre de 2001, la PFP propuso la actualización de la denominación de las áreas que conformaban la estructura orgánica básica de dicho OAD, a fin de que hubiera correspondencia con lo establecido en el Artículo 9 del Reglamento de la PFP, así como las modificaciones en su estructura ocupacional básica y no básica, lo cual fue dictaminado administrativa y funcionalmente favorable por parte del C. Oficial Mayor de la SSP.
En el Programa Sectorial de Seguridad Pública 2007-2012 se contempló la implementación del Nuevo Modelo Policial, basado en la aplicación de métodos de investigación e inteligencia; fortalecimiento de acciones de prevención e investigación del delito; la homologación de procedimientos sistemáticos de operación y la coordinación en los tres niveles de gobierno.
Dentro de este contexto el 18 de junio de 2008 se publicó en el D.O.F., la reforma al Artículo 21 constitucional el cual expone las siguientes consideraciones: "La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función", "La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta Constitución". Asimismo, se reconoció la facultad de la policía para la investigación preventiva, a efecto de evitar la comisión de actos ilícitos y preservar la seguridad pública.
Derivado de ello, se promulgó por decreto presidencial la LPF, publicado en el D.O.F., el 1 de junio de 2009, mediante la cual se creó la PF como OAD dependiente de la SSP que entre sus atribuciones tendría:
I.     Salvaguardar la vida, integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos;
II.     Aplicar y operar la política de seguridad pública en materia de prevención y combate de delitos, diseñada por la Secretaría de Seguridad Pública;
III.    Investigar la comisión de delitos bajo la conducción del Ministerio Público de la Federación, en términos de las disposiciones aplicables;
IV.   Prevenir la comisión de los delitos mediante la investigación y persecución para hacerla efectiva.
La PF se regirá por la LPF, reglamentaria del Artículo 21 Constitucional en lo relativo a la Seguridad Pública a cargo de la Federación y por el RLPF, que le otorga sus atribuciones en materia de investigación y combate de los delitos cometidos, conforme a dicho precepto constitucional.
Por otra parte, se publicó en el D.O.F. del 22 de agosto de 2014, el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del RLPF, para incorporar a la estructura orgánica básica de este OAD, conforme a su Artículo 5, a la División de Gendarmería, por lo cual la estructura orgánica básica quedó conformada por un total de 135 plazas, como a continuación se indica:
1 Comisionado General;
7 Divisiones: Inteligencia, Investigación, Seguridad Regional; Científica, Antidrogas, Fuerzas Federales y Gendarmería;
1 Secretaría General;
1 Unidad de Asuntos Internos;
20 Coordinaciones;
66 Direcciones Generales;
6 Direcciones Generales en auxilio de la División de Seguridad Regional;
32 Coordinaciones Estatales en el ámbito regional; y
1 Titular del Órgano Interno de Control.
II. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO
De manera enunciativa mas no limitativa se indican las siguientes disposiciones que sustenten las
atribuciones del Órgano Administrativo Desconcentrado Policía Federal.
-      Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
       D.O.F. 05-II-1917, y sus reformas.
-      Convención sobre Extradición.
       D.O.F. 25-IV-1936.
-      Carta de las Naciones Unidas.
       D.O.F. 17-X-1945, y sus reformas.
-      Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.
       Aprobadas por el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas. Resoluciones 663C (XXIV) del 31 de julio de 1957 y 2076 (LXII) del 13 de mayo de 1977.
-      Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. Adoptado por Asamblea General de las Naciones Unidas mediante en su resolución 34/169 de 17 de diciembre de 1979.
-      Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica".
       D.O.F. 07-V-1981, y sus reformas.
-      Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
       D.O.F. 12-V-1981, Fe de Erratas D.O.F. 18-VI-1981, y sus reformas.
-      Plan de Acción de Milán. Aprobado en el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado del 26 de agosto al 6 de septiembre de 1985.
-      Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing). Adoptadas por la Asamblea General resolución 40/33, de 28 de noviembre de 1985.
-      Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
       D.O.F. 06-III-1986, Fe de Erratas D.O.F. 28-IV-1986, y sus reformas.
-      Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
       D.O.F. 11-IX-1987.
-      Conjunto de Principios para la Protección de todas las Personas Sometidas a cualquier Forma de Detención o Prisión.
       Adoptado por Asamblea General de Naciones Unidad en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988.
-      Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de hacer Cumplir la Ley.
       Adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
-      Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas No Privativas de Libertad (Reglas de Tokio). Adoptadas por la Asamblea General en su resolución 45/110, de 14 de diciembre de 1990.
-      Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad). Adoptadas y proclamadas por la Asamblea General en su resolución 45/112, de 14 de diciembre de 1990.
-      Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad. Adoptadas por la Asamblea General en su resolución 45/113, de 14 de diciembre de 1990.
-      Tratado Modelo sobre el Traspaso de Vigilancia de los Delincuentes Bajo Condena Condicional o Libertad Condicional. Adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 45/119, de 14 de diciembre de 1990.
-      Convención sobre los Derechos del Niño.
       D.O.F. 25-I-1991, y sus reformas.
-      Declaración de las Naciones Unidas sobre el Delito y la Seguridad Pública. Aprobada por la Asamblea General en su resolución 51/60, de 12 de diciembre de 1996.
-      Convención Interamericana contra la Corrupción.
       D.O.F. 09-I-1998.
-      Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem Do Pará".
 
       D.O.F. 19-I-1999.
-      Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
       D.O.F. 12-III-2001.
-      Protocolo de Estambul. Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Publicado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Nueva York y Ginebra, octubre 2001.
-      Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
       D.O.F. 14-XII-2005.
-      Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte.
       Adopción: Asunción, Paraguay, el 6 de agosto de 1990.
       D.O.F. 09-X-2007.
-      Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas no Privativas de la Libertad para las Mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok). Aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 21 de diciembre de 2010.
LEYES
-      Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B), del Artículo 123 Constitucional.
       D.O.F. 28-XII-1963, y sus reformas.
-      Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
       D.O.F. 11-I-1972, y sus reformas.
-      Ley General de Población.
       D.O.F. 07-I-1974, y sus reformas.
-      Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
       D.O.F. 31-XII-1975, y sus reformas.
-      Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 29-XII-1976, y sus reformas.
-      Ley Federal de Deuda Pública.
       D.O.F. 31-XII-1976, y sus reformas.
-      Ley del Impuesto al Valor Agregado.
       D.O.F. 29-XII-1978, y sus reformas.
-      Ley de Planeación.
       D.O.F. 05-I-1983, y sus reformas.
-      Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.
       D.O.F. 24-XII-1986, y sus reformas.
-      Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
       D.O.F. 28-I-1988, y sus reformas.
-      Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.
       D.O.F. 27-XII-1991, y sus reformas.
-      Ley Sobre la Celebración de Tratados.
       D.O.F. 02-I-1992.
-      Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
       D.O.F. 29-VI-1992, y sus reformas.
-      Ley de Aguas Nacionales.
       D.O.F. 01-XII-1992, y sus reformas.
-      Ley de Puertos.
       D.O.F. 19-VII-1993, y sus reformas.
-      Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
 
       D.O.F. 22-XII-1993, y sus reformas.
-      Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
       D.O.F. 04-VIII-1994, y sus reformas.
-      Ley de Aviación Civil.
       D.O.F. 12-V-1995, y sus reformas.
-      Ley Aduanera.
       D.O.F. 15-XII-1995, y sus reformas.
-      Ley de Aeropuertos.
       D.O.F. 22-XII-1995, y sus reformas.
-      Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
       D.O.F. 07-XI-1996, y sus reformas.
-      Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
       D.O.F. 04-I-2000, y sus reformas.
-      Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
       D.O.F. 04-I-2000, y sus reformas.
-      Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
       D.O.F. 11-VI-2003, y sus reformas.
-      Ley General de Bienes Nacionales.
       D.O.F. 20-V-2004, y sus reformas.
-      Ley del Registro Público Vehicular.
       D.O.F. 01-IX-2004, y sus reformas.
-      Ley de Seguridad Nacional.
       D.O.F. 31-I-2005, y sus reformas.
-      Ley Federal de Procedimiento Contencioso-Administrativo.
       D.O.F. 01-XII-2005, y sus reformas.
-      Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
       D.O.F. 30-III-2006, y sus reformas.
-      Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
       D.O.F. 02-VIII-2006, y sus reformas.
-      Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
       D.O.F. 01-II-2007, y sus reformas.
-      Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
       D.O.F. 31-III-2007, y sus reformas.
-      Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
       D.O.F. 02-I-2009, y sus reformas.
-      Ley de la Policía Federal.
       D.O.F. 01-VI-2009, y sus reformas.
-      Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
       D.O.F. 30-XI-2010, y sus reformas.
-      Ley de Migración.
       D.O.F. 25-V-2011, y sus reformas.
-      Ley Federal de Archivos.
       D.O.F. 23-I-2012.
-      Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
       D.O.F. 14-VI-2012, y sus reformas.
-      Ley Federal de Justicia para Adolescentes.
       D.O.F. 27-XII-2012, y sus reformas.
 
-      Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
       D.O.F. 17-X-2012.
-      Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
       D.O.F. 02-IV-2013, y sus reformas.
-      Ley del Impuesto Sobre la Renta.
       D.O.F. 11-XII-2013, y sus reformas.
-      Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
       D.O.F. 14-VII-2014, y sus reformas.
-      Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
       D.O.F. 04-XII-2014.
-      Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
       D.O.F. 04-V-2015.
-      Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
       D.O.F. 09-V-2016.
-      Ley Nacional de Ejecución Penal.
       D.O.F. 16-VI-2016.
-      Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
       D.O.F. 18-VII-2016.
-      Ley General de Responsabilidad Administrativa.
       D.O.F. 18-VII-2016.
-      Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
       D.O.F. 18-VII-2016.
-      Ley de Ingresos de la Federación.
       Para el ejercicio fiscal correspondiente.
-      Presupuesto de Egresos de la Federación.
       Para el ejercicio fiscal correspondiente.
CÓDIGOS
-      Código Civil Federal.
       D.O.F. Publicado en cuatro fechas 26-V, 14-VII, 3 y 31 VIII, todos de 1928, y sus reformas.
-      Código Penal Federal.
       D.O.F. 14-VIII-1931, y sus reformas.
-      Código Federal de Procedimientos Penales.
       D.O.F. 30-VIII-1934, y sus reformas.
-      Código Federal de Procedimientos Civiles.
       D.O.F. 24-II-1943, y sus reformas.
-      Código Fiscal de la Federación.
       D.O.F. 31-XII-1981, y sus reformas.
-      Código Nacional de Procedimientos Penales.
       D.O.F. 05-III-2014, y sus reformas.
REGLAMENTOS
-      Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
       D.O.F. 06-V-1972.
-      Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal.
       D.O.F. 04-X-1999.
-      Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
       D.O.F. 11-VI-2003.
-      Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social.
       D.O.F. 06-IV-2006.
 
-      Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
       D.O.F. 28-VI-2006, y sus reformas.
-      Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
       D.O.F. 04-XII-2006, y sus reformas.
-      Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
       D.O.F. 11-III-2008, y sus reformas.
-      Reglamento para el otorgamiento de pensiones de los trabajadores sujetos al régimen del artículo décimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
       D.O.F. 21-VII-2009.
-      Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
       D.O.F. 26-X-2009.
-      Reglamento de la Ley de la Policía Federal.
       D.O.F. 17-V-2010, y sus reformas.
-      Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
       D.O.F. 28-VII-2010.
-      Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
       D.O.F. 28-VII-2010.
-      Reglamento del Complejo Penitenciario Islas Marías.
       D.O.F. 30-XI-2012.          
-      Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
       D.O.F. 02-IV-2013, y sus reformas.
-      Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
       D.O.F. 02-IV-2014.
-      Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo.
       D.O.F. 13-XI-2014.
-      Reglamento del Servicio de Protección Federal.
       D.O.F. 16-I-2015.
-      Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
       D.O.F. 08-X-2015, y sus reformas.
DECRETOS
-      Decreto por el que se establece el Calendario Oficial.
       D.O.F. 06-X-1993, y sus reformas.
-      Decreto del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.
       D.O.F. 24-XII-2002.
-      Decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.
       D.O.F. 14-IX-2005.
-      Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 10-XII-2012, y sus reformas.
-      Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
       D.O.F. 20-V-2013.
-      Decreto por el que se declara el 13 de julio de cada año como el "Día del Policía Federal".
       D.O.F. 12-VII-2013.
-      Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y no Discriminación contra las Mujeres 2013-2018.
       D.O.F. 30-VIII-2013.
 
-      Decreto por el que se aprueba el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018.
       D.O.F. 30-VIII-2013, Fe de Erratas D.O.F. 04-X-2013 y su reforma.
-      Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Gobernación 2013-2018.
       D.O.F. 12-XII-2013.
-      Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Seguridad Pública 2014-2018.
       D.O.F. 30-IV-2014.
-      Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018.
       D.O.F. 30-IV-2014.
-      Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional para la Igualdad y no Discriminación 2014-2018.
       D.O.F. 30-IV-2014.
-      Decreto por el que se establece la regulación en materia de Datos Abiertos.
       D.O.F. 20-II-2015.
-      Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año.
       Para el ejercicio fiscal correspondiente.
ACUERDOS
-      Acuerdo por el que se determinan los servidores públicos que deberán presentar declaración de situación patrimonial en adición a lo que se señala en la ley de la materia.
       D.O.F. 04-IV-1997, y sus reformas.
-      Acuerdo para la difusión y transparencia del marco normativo interno de la gestión gubernamental.
       D.O.F. 06-XII-2002.
-      Acuerdo que establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo, cargo o comisión, para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a su cargo y de los recursos que tengan asignados.
       D.O.F. 13-X-2005, y sus reformas.
-      Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la Homologación, Implantación y uso de la firma electrónica avanzada en la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 24-VIII-2006.
-      Acuerdo que tiene por objeto fijar los criterios para la correcta aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos en lo relativo a la intervención o participación de cualquier servidor público en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión de contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios o que pueda derivar alguna ventaja o beneficio para él o para sus parientes consanguíneos o por afinidad o civiles a que se refiere esa Ley.
       D.O.F. 22-XII-2006.
-      Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad.
       D.O.F. 25-VIII-2008.
-      Acuerdo por el que se establecen las normas para la operación del registro de servidores públicos sancionados y para la expedición por medio de medios remotos de comunicación electrónica de las constancias de inhabilitación, no inhabilitación, de sanción y de no existencia de sanción.
       D.O.F. 03-XII-2008.
-      Acuerdo que determina como obligatoria la presentación de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos federales, por medios de comunicación electrónica, utilizando para tal efecto, firma electrónica avanzada.
       D.O.F. 25-III-2009, y sus reformas.
-      Acuerdo A/ 015 /09 del C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal, mediante el cual se establecen los lineamientos a los que deberá sujetarse la actuación del Ministerio Público en los casos en que se encuentren relacionados miembros de las fuerzas armadas nacionales, de las Policías Federales y de los cuerpos de seguridad pública del Distrito Federal que al actuar en el ejercicio de sus funciones resulten involucrados en hechos que probablemente constituyan un delito.
       G.O.D.F. 29-VII-2009.
 
-      Acuerdo por el que se emite el Clasificador por Tipo de Gasto.
       D.O.F. 10-VI-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo 02/2010 del Comisionado General de la Policía Federal, por el que se autoriza al Secretario General y Jefes de División de la Policía Federal, la facultad de realizar los cambios de adscripción de sus respectivas áreas.
       Fecha de suscripción 14-VI-2010.
-      Acuerdo 001/2010 del Comisionado General de la Policía Federal, por el que delega en el Jefe de la División de Inteligencia de la Policía Federal, la facultad para presenciar la destrucción de la información resultado de las intervenciones de comunicaciones privadas.
       D.O.F. 07-VII-2010.
-      Acuerdo 05/2010 del Secretario de Seguridad Pública por el que se expide el Manual del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal.
       D.O.F. 07-VII-2010.
-      Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la integración, captura, revisión y envío del Informe Policial Homologado (IPH), previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
       D.O.F. 08-VII-2010.
-      Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera.
       D.O.F. 12-VII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en Materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.
       D.O.F. 12-VII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección.
       D.O.F. 12-VII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Financieros.
       D.O.F. 15-VII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales.
       D.O.F. 16-VII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo 01/2010 del Titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal, por el que se delega en el Director General de Responsabilidades la facultad de suscribir las solicitudes de inicio de procedimientos ante el Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal.
       D.O.F. 03-VIII-2010.
-      Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
       D.O.F. 09-VIII-2010.
-      Acuerdo por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
       D.O.F. 09-VIII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican.
       D.O.F. 10-VIII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo 01/2010 del Titular de la División de Seguridad Regional de la Policía Federal, por el que se expiden Lineamientos de operación para la imposición de sanciones por violación a las disposiciones legales en materia de tránsito, autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado.
       D.O.F. 19-X-2010.
-      Acuerdo 09/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se delega la facultad de organizar la administración y operación de academias e institutos de formación penitenciaria.
       D.O.F. 03-XI-2010.
 
-      Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental.
       D.O.F. 22-XI-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo 12/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se determina que las evaluaciones en materia de control de confianza que se practiquen a los aspirantes a ingreso y al personal de la Secretaría de Seguridad Pública y de sus órganos administrativos desconcentrados, serán realizadas por la Dirección General de Control de Confianza de la Policía Federal.
       D.O.F. 16-XII-2010.
-      Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 28-XII-2010, y sus reformas.
-      Acuerdo Tercero tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su tercera sesión ordinaria, celebrada el dieciocho de junio de dos mil diez, relativo a la regulación de los cambios de adscripción de una División a otra de los integrantes de esa Institución Policial.
       D.O.F. 04-II-2011.
-      Acuerdo Único tomado por la Comisión del Régimen Disciplinario, en su segunda sesión ordinaria, celebrada el veintitrés de junio de dos mil diez, por el que se determina como establecimiento de la sede de la Comisión del Régimen Disciplinario el ubicado en el mezzanine del inmueble conocido como Torre Pedregal II, sito en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines 3648, colonia Jardines del Pedregal, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01900, Ciudad de México, Distrito Federal, y la planta baja del citado domicilio para la Oficialía de Partes de dicha Comisión.
       D.O.F. 04-II-2011.
-      Acuerdo Cuarto tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial en su primera sesión ordinaria, celebrada el primero de junio de dos mil diez, por el que se aprueba que las sesiones ordinarias del Consejo Federal de Desarrollo Policial tengan lugar cada viernes a las nueve de la mañana; asimismo, se aprueba el establecimiento del domicilio legal del Consejo Federal de Desarrollo Policial, y se establece la planta baja del mismo domicilio para efecto de oír y recibir toda clase de notificaciones, acuerdos, documentos y valores, lugar donde se establecerá la Oficialía de Partes común al Consejo Federal de Desarrollo Policial.
       D.O.F. 04-II-2011.
-      Acuerdo Quinto tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su segunda sesión ordinaria, celebrada el once de junio de dos mil diez, por el que se crean y otorgan facultades a las Comisiones y Comités del Consejo Federal de Desarrollo Policial.
       D.O.F. 04-II-2011.
-      Acuerdo 01/2011 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se determinan las circunscripciones territoriales en las que tendrán competencia las coordinaciones estatales de la Policía Federal.
       D.O.F. 15-II-2011.
-      Acuerdo A/016/11 del Procurador General de la República por el que delega en el Titular de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, la facultad para autorizar la infiltración de agentes de las policías federales.
       D.O.F. 11-III-2011.
-      Acuerdo por el cual se crean seis Comités Técnicos para substanciar los procedimientos administrativos por infracciones al Régimen Disciplinario y por incumplimiento a los requisitos de permanencia.
       D.O.F. 05-IV-2011.
-      Acuerdo del Consejo Federal de Desarrollo Policial por el que se precisa el término de la vigencia de los grados homólogos.
       D.O.F. 20-VII-2011.
-      Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera.
       D.O.F. 29-VIII-2011, y sus reformas.
-      Acuerdo Séptimo tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su segunda sesión ordinaria, celebrada el once de junio de dos mil diez, por el que se crea y otorgan facultades al Órgano Auxiliar del Consejo Federal de Desarrollo Policial.
       D.O.F. 20-IX-2011.
 
-      Acuerdo Noveno tomado por el Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su tercera sesión ordinaria, celebrada el dieciocho de junio de dos mil diez por el que se habilita a los Enlaces Jurídicos de las Coordinaciones Estatales como notificadores del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal.
       D.O.F. 11-X-2011.
-      Acuerdo del Comité de Información de la Policía Federal, por el que se establece que en la documentación dirigida, directa o indirectamente, a dependencias o entes públicos, así como a personas físicas o morales, se omitirán los nombres de los integrantes de la Policía Federal que se encuentren clasificados como reservados.
       Fecha de suscripción 08-XI-2011.
-      Acuerdo 03/2012 del Comisionado General de la Policía Federal, por el que se crea el Centro Nacional de Atención Ciudadana.
       Fecha de suscripción 08-II-2012, y sus reformas.
-      Acuerdo 02/2012 del Comisionado General de la Policía Federal por el que se crea la Instancia Cultural a través de la cual coadyuvará en la difusión y fomento de la participación ciudadana en la prevención del delito.
       D.O.F. 17-II-2012.
-      Acuerdo 01/2012 del Comisionado General de la Policía Federal, por el que se adscriben funcionalmente las unidades administrativas de la Policía Federal.
       D.O.F. 29-II-2012.
-      Acuerdo 04/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la Secretaría de Seguridad Pública.
       D.O.F. 23-IV-2012.
-      Acuerdo 05/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para poner a disposición de las autoridades competentes a personas u objetos.
       D.O.F. 23-IV-2012.
-      Acuerdo 06/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del procesamiento de indicios y cadena de custodia en la Secretaría de Seguridad Pública.
       D.O.F. 23-IV-2012.
-      Acuerdo a través del cual se pretende regular el procedimiento a seguir en contra de los integrantes de la Policía Federal que no asistan o se retiren de las evaluaciones de control de confianza, así como la vigencia de dichas evaluaciones.
       D.O.F. 23-V-2012, y sus reformas.
-      Acuerdo 04/2012 por el que se adscribe el Centro Nacional de Atención Ciudadana a la Oficina de la Comisionada General de la Policía Federal.
       Fecha de suscripción 06-VI-2012.
-      Acuerdo 05/2012 de la Comisionada General de la Policía Federal, por el que se determinan las atribuciones de la Unidad de Informes de Gestión.
       Fecha de suscripción 06-VI-2012.
-      Acuerdo 001/2013 del Subsecretario de Planeación y Protección Institucional, por el que se emiten los formatos de Boleta de Infracción, Amonestación Escrita, Acta- Convenio y Dictamen Técnico de Hecho de Tránsito, para el cumplimiento del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.
       D.O.F. 18-II-2013.
-      Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación.
       D.O.F. 04-IV-2013, y sus reformas.
-      Acuerdo 01/2013 por el que se Emiten los Lineamientos para Dictaminar y dar Seguimiento a los Programas Derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.
       D.O.F. 10-VI-2013.
 
-      Acuerdo por el que se establece el procedimiento para la recepción y disposición de obsequios, donativos o beneficios en general, que reciban los servidores públicos de la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 28-VI-2013.
-      Acuerdo General que crea el Reglamento de la Academia Superior de Seguridad Pública y Planteles Académicos de la Policía Federal.
       D.O.F. 13-XI-2013.
-      Acuerdo 06/2013 del Comisionado General de la Policía Federal, mediante el cual se crean las coordinaciones regionales de zona de la Policía Federal con las facultades que se indican.
       D.O.F. 05-XII-2013.
-      Acuerdo 01/2013 del Comisionado General de la Policía Federal, mediante el cual se adscribe el Museo de la Policía Federal al Centro Nacional de Atención Ciudadana, y se modifica el diverso 03/2012 por el que se crea el Centro Nacional de Atención Ciudadana.
       D.O.F. 10-XII-2013.
-      Acuerdo que tiene por objeto emitir las políticas y disposiciones para la Estrategia Digital Nacional, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y en la de seguridad de la información, así como establecer el Manual Administrativo de Aplicación General en dichas materias.
       D.O.F. 08-V-2014, y sus reformas.
-      Acuerdo que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.
       D.O.F. 20-VIII-2015.
-      Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos de los Procedimientos de Protección de Derechos, de Investigación y Verificación, y de Imposición de Sanciones.
       D.O.F. 09-XII-2015.
-      Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos que establecen los procedimientos internos de atención a solicitudes de acceso a la información pública.
       D.O.F. 12-II-2016.
-      Acuerdo que tiene por objeto emitir las Disposiciones generales en las materias de archivos y transparencia para la Administración Pública Federal y su Anexo Único.
       D.O.F. 03-III-2016.
-      Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos Generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.
       D.O.F. 15-IV-2016.
-      Acuerdo por el que se expide el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
       Para el ejercicio fiscal correspondiente.
DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS
-      Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a datos personales que formulen los particulares, con exclusión de las solicitudes de corrección de dichos datos.
       D.O.F. 25-VIII-2003, y sus reformas.
-      Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para notificar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública los índices de expedientes reservados.
       D.O.F. 09-XII-2003.
-      Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de corrección de datos personales que formulen los particulares.
D.O.F. 06-IV-2004, y sus reformas.
 
-      Normas Generales para el registro, afectación, disposición final y baja de bienes muebles de la Administración Pública Federal Centralizada.
       D.O.F. 30-XII-2004.
-      Lineamientos para la elaboración de versiones públicas por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 13-IV-2006.
-      Manual para el Otorgamiento y Comprobación de Pasajes y Viáticos Nacionales e Internacionales en la Policía Federal Preventiva.
       Oficio No. DGPOP/0988/06. 08-VIII-2006.
-      Lineamientos que habrán de observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la publicación de las obligaciones de transparencia señaladas en el Artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
       D.O.F. 01-XI-2006, y sus reformas.
-      Lineamientos Generales para el acceso a información gubernamental en la modalidad de consulta directa.
       D.O.F. 28-II-2012.
-      Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 30-I-2013.
-      Lineamientos para la Elaboración y Actualización de Manuales de Organización.
       Normateca Interna SEGOB 30-V-2014.
-      Manual de Organización General de la Secretaría de Gobernación.
       D.O.F. 25-VI-2015.
-      Lineamientos por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
       D.O.F. 22-II-2016.
-      Código de Conducta de la Secretaría de Gobernación.
       Consultable en http://www.gobernacion.gob.mx/es_mx/SEGOB/codigo-de-conducta.
III. ATRIBUCIONES
LEY DE LA POLICÍA FEDERAL
D.O.F. 01-VI-2009 y sus reformas.
ARTÍCULO 8. La Policía Federal tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
I.          Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las leyes federales;
II.         Intervenir en materia de seguridad pública, en coadyuvancia con las autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes;
III.        Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:
a)   Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.
      La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;
b)   Los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos;
c)   Los espacios urbanos considerados como zonas federales, así como en los inmuebles, instalaciones y servicios de entidades y dependencias de la Federación;
 
d)   Todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, conforme a lo establecido por las leyes respectivas, y
e)   En todo el territorio nacional en el ámbito de su competencia.
IV.        Realizar investigación para la prevención de los delitos;
V.         Efectuar tareas de verificación en el ámbito de su competencia, para la prevención de infracciones administrativas;
VI.        Recabar información en lugares públicos, para evitar el fenómeno delictivo, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarias para la generación de inteligencia preventiva. En el ejercicio de esta atribución se deberá respetar el derecho a la vida privada de los ciudadanos. Los datos obtenidos con afectación a la vida privada carecen de todo valor probatorio;
VII.       Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de delitos. El Reglamento definirá con precisión los lineamientos mínimos para el ejercicio de esta atribución;
VIII.      Realizar análisis técnico táctico o estratégico de la información obtenida para la generación de inteligencia;
IX.        Realizar bajo la conducción y mando del Ministerio Público las investigaciones de los delitos cometidos, así como las actuaciones que le instruya éste o la autoridad jurisdiccional conforme a las normas aplicables;
X.         Informar a la persona al momento de su detención sobre los derechos que en su favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XI.        Poner a disposición sin demora de las autoridades competentes, a personas y bienes en los casos en que por motivo de sus funciones practique alguna detención o lleve a cabo algún aseguramiento de bienes, observando en todo momento el cumplimiento de los plazos constitucionales y legales establecidos;
XII.       Verificar la información que reciba sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito para, en su caso, remitirla al Ministerio Público;
XIII.      Recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delitos, en términos de lo dispuesto por el artículo 3 del Código Federal de Procedimientos Penales y las demás disposiciones aplicables;
XIV.      Participar en la investigación ministerial, en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que el Ministerio Público considere se encuentren relacionados con los hechos delictivos, así como practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los delitos y la identidad de los probables responsables, en cumplimiento de los mandatos del Ministerio Público;
XV.       Efectuar las detenciones conforme lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Procedimientos Penales;
XVI.      Inscribir de inmediato la detención que realice en el Registro Administrativo de Detenciones del Centro Nacional de Información, así como remitir sin demora y por cualquier medio la información al Ministerio Público;
XVII.     Preservar el lugar de los hechos y la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, dando aviso de inmediato al Ministerio Público. Las unidades facultadas para el procesamiento del lugar de los hechos, deberán fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física al Ministerio Público, conforme al procedimiento previamente establecido por éste y en términos de las disposiciones aplicables;
XVIII.    Solicitar al Ministerio Público que requiera a las autoridades competentes, informes y documentos para fines de la investigación;
XIX.      Garantizar que se asiente constancia de cada una de sus actuaciones, así como llevar un control y seguimiento de éstas. Durante el curso de la investigación ministerial deberán elaborar informes sobre el desarrollo de la misma, y rendirlos al Ministerio Público, sin perjuicio de los informes que éste le requiera;
XX.       Emitir los informes, partes policiales y demás documentos que se generen, con los requisitos de fondo y forma que establezcan las disposiciones aplicables, para tal efecto se podrán apoyar en los conocimientos que resulten necesarios;
 
XXI.      Proporcionar atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito; para tal efecto deberá:
a)   Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
b)   Garantizar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria;
c)   Adoptar las medidas que se consideren necesarias tendentes a evitar que se ponga en peligro su integridad física y psicológica, en el ámbito de su competencia;
d)   Preservar los indicios y elementos de prueba que la víctima y ofendido aporten en el momento de la intervención policial y remitirlos sin demora al Ministerio Público encargado del asunto para que éste acuerde lo conducente, y
e)   Asegurar que puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin riesgo para ellos.
XXII.     Dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión y demás mandatos ministeriales y jurisdiccionales de que tenga conocimiento con motivo de sus funciones;
XXIII.    Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación en caso de flagrancia o por mandato del Ministerio Público, en términos de las disposiciones aplicables. De las entrevistas que se practiquen se dejará constancia y se utilizarán meramente como un registro de la investigación, que para tener valor probatorio, deberán ser ratificadas ante la autoridad ministerial o judicial que corresponda;
XXIV.    Reunir la información que pueda ser útil al Ministerio Público que conozca del asunto, para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado, conforme a las instrucciones de aquél;
XXV.     Incorporar a las bases de datos criminalísticas y de personal de la Secretaría y del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública, la información que pueda ser útil en la investigación de los delitos, y utilizar su contenido para el desempeño de sus atribuciones, sin afectar el derecho de las personas sobre sus datos personales;
XXVI.    Colaborar, cuando así lo soliciten otras autoridades federales, para el ejercicio de sus funciones de vigilancia, verificación e inspección que tengan conferidas por disposición de otras leyes;
XXVII.   Coordinarse en los términos que señala el Sistema Nacional de Seguridad Pública, con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, para el intercambio de información contenida en documentos bases de datos o sistemas de información que sea útil al desempeño de sus funciones sin menoscabo del cumplimiento de las limitaciones que establece el artículo 243 del Código Federal de Procedimientos Penales;
XXVIII.  Solicitar por escrito, previa autorización del juez de control en los términos del artículo 16 Constitucional, a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y todas aquellas comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones, de sistemas de comunicación vía satélite, la información con que cuenten, así como georreferenciación de los equipos de comunicación móvil en tiempo real, para el cumplimiento de sus fines de prevención de los delitos. La autoridad judicial competente, deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de doce horas a partir de su presentación;
XXIX.    Solicitar por escrito ante el juez de control, en términos del capítulo XI de la presente Ley, la autorización para la intervención de comunicaciones privadas para la investigación de los delitos. La autoridad judicial competente deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de doce horas a partir de su presentación;
XXX.     Colaborar, cuando sean formalmente requeridas, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes, en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos;
XXXI.    Participar en operativos conjuntos con otras autoridades federales, locales o municipales, que se lleven a cabo conforme a lo dispuesto en la legislación relativa al Sistema Nacional de Seguridad Pública;
XXXII.   Obtener, analizar y procesar información así como realizar las acciones que, conforme a las disposiciones aplicables, resulten necesarias para la prevención de delitos, sea directamente o mediante los sistemas de coordinación previstos en otras leyes Federales;
 
XXXIII.  Vigilar e inspeccionar, para fines de seguridad pública, la zona terrestre de las vías generales de comunicación y los medios de transporte que operen en ellas;
XXXIV.  Vigilar, supervisar, asegurar y custodiar, a solicitud de la autoridad competente, las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión, readaptación y reinserción social, con apego a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal;
XXXV.   Levantar las infracciones e imponer las sanciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como a la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación;
XXXVI.  Ejercer, para fines de seguridad pública, la vigilancia e inspección sobre la entrada y salida de mercancías y personas en los aeropuertos, puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, en las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros; así como para los mismos fines sobre el manejo, transporte o tenencia de dichas mercancías en cualquier parte del territorio nacional.
           La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables;
XXXVII. Colaborar, a solicitud de las autoridades competentes, con los servicios de protección civil en casos de calamidades, situaciones de alto riesgo o desastres por causas naturales;
XXXVIII.Ejercer en el ámbito de su competencia, y en coordinación con el Instituto Nacional de Migración, las facultades que en materia migratoria prescriben la Ley General de Población, su Reglamento y demás disposiciones legales;
XXXIX.  Prestar apoyo al Instituto Nacional de Migración para verificar que los extranjeros residentes en territorio nacional cumplan con las obligaciones que establece la Ley General de Población;
XL.       Apoyar el aseguramiento que realice el Instituto Nacional de Migración y, en su caso, resguardar a solicitud del Instituto las estaciones migratorias a los extranjeros que violen la Ley General de Población, cuando el caso lo amerite;
XLI.      Estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de combate a la delincuencia;
XLII.     Realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la Red Pública de Internet sobre sitios web con el fin de prevenir conductas delictivas;
XLIII.    Desarrollar, mantener y supervisar fuentes de información en la sociedad, que permitan obtener datos sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos;
XLIV.    Integrar en el Registro Administrativo de Detenciones y demás bases de datos criminalísticos y de personal, las huellas decadactilares y otros elementos distintos a las fotografías y videos para identificar a una persona, solicitando a las autoridades de los tres órdenes de gobierno la información respectiva con que cuenten;
XLV.     Suscribir convenios o instrumentos jurídicos con otras instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno y organizaciones no gubernamentales para el desempeño de sus atribuciones, en el marco de la ley;
XLVI.    Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, en el ámbito de su competencia, y
XLVII.   Las demás que le confiera la Ley de la Policía Federal y otras disposiciones jurídicas.
IV. MISIÓN Y VISIÓN
MISIÓN:
Prevenir y combatir la comisión de delitos, en apego al marco jurídico, con personal comprometido y calificado, en coordinación con los tres órdenes de gobierno que privilegie la participación ciudadana, para salvaguardar la integridad y derechos de las personas e instituciones, mediante programas y acciones desarrollados con esquemas de inteligencia y tecnología de vanguardia, que den confianza y certidumbre a la sociedad.
VISIÓN:
Ser una Institución comprometida con la sociedad en la prevención del delito y combate a la delincuencia, que preserve la integridad y el patrimonio de las personas, la paz y el orden públicos, así como el Estado de Derecho, cuya actuación esté apegada a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo y honradez, con pleno respeto a los derechos humanos.
 
V.    ESTRUCTURA ORGÁNICA
1.
Comisionado General
 
1.1.
División de Inteligencia
 
 
1.1.1.
Coordinación de Servicios Técnicos
 
 
 
1.1.1.1.
Dirección General del Centro de Monitoreo Técnico
 
 
 
1.1.1.2.
Dirección General del Centro de Alertas y Atención de Riesgos
 
 
 
1.1.1.3.
Dirección General del Desarrollo y Operación de Coberturas
 
 
1.1.2.
Coordinación de Operaciones Encubiertas
 
 
 
1.1.2.1.
Dirección General de Operaciones e Infiltración
 
 
 
1.1.2.2.
Dirección General de Reclutamiento y Manejo de Fuentes de Información
 
 
 
1.1.2.3.
Dirección General de Supervisión y Vigilancia
 
 
1.1.3.
Coordinación de Análisis y Enlace Internacional
 
 
 
1.1.3.1.
Dirección General de Análisis y Estadística
 
 
 
1.1.3.2.
Dirección General de Asuntos Policiales Internacionales
 
 
 
1.1.3.3.
Dirección General de Indicadores de Integración de la Información
 
1.2.
División de Investigación
 
 
1.2.1.
Coordinación de Investigación de Gabinete
 
 
 
1.2.1.1.
Dirección General de Análisis Táctico
 
 
 
1.2.1.2.
Dirección General de Fichas y Registros Delictivos
 
 
 
1.2.1.3.
Dirección General de Manejo de Crisis y Negociación
 
 
1.2.2.
Coordinación de Investigación de Campo
 
 
 
1.2.2.1.
Dirección General de Investigación de Delitos contra la Seguridad e Integridad de las Personas
 
 
 
1.2.2.2.
Dirección General de Investigación de Delitos de Alto Impacto
 
 
 
1.2.2.3.
Dirección General de Investigación de Delitos Federales
 
 
1.2.3.
Coordinación de Investigación Técnica y Operación
 
 
 
1.2.3.1.
Dirección General de Operaciones Técnicas
 
 
 
1.2.3.2.
Dirección General de Inteligencia Operativa
 
 
 
1.2.3.3.
Dirección General de Apoyo Táctico
 
1.3.
División de Seguridad Regional
 
 
 
1.3.0.1.
Dirección General de Personal
 
 
 
1.3.0.2.
Dirección General de Información
 
 
 
1.3.0.3.
Dirección General de Operaciones
 
 
 
1.3.0.4.
Dirección General de Logística y Adiestramiento
 
 
 
1.3.0.5.
Dirección General de Planes y Supervisión
 
 
 
1.3.0.6.
Dirección General de Control Operativo
 
 
1.3.0.
Coordinaciones Estatales (32)
 
1.4.
División Científica
 
 
1.4.1.
Coordinación para la Prevención de Delitos Electrónicos
 
 
 
1.4.1.1.
Dirección General de Prevención de Delitos Cibernéticos
 
 
 
1.4.1.2.  
Dirección General del Centro Especializado en Respuesta Tecnológica
 
 
 
1.4.1.3.
Dirección General de Laboratorios en Investigación Electrónica y Forense
 
 
1.4.2.
Coordinación de Innovación Tecnológica
 
 
 
1.4.2.1.
Dirección General de Tecnologías de Información Emergentes
 
 
 
1.4.2.2.
Dirección General de Infraestructura e Implementación de Procesos Tecnológicos
 
 
 
1.4.2.3.
Dirección General de Innovación y Desarrollo
 
 
1.4.3.
Coordinación de Criminalística
 
 
 
1.4.3.1.
Dirección General de Criminalística de Campo
 
 
 
1.4.3.2.
Dirección General de Laboratorios
 
 
 
1.4.3.3.
Dirección General de Especialidades
 
1.5.
División Antidrogas
 
 
1.5.1.
Coordinación de Investigación de Gabinete Antidrogas
 
 
 
1.5.1.1.
Dirección General de Análisis Táctico Antidrogas
 
 
 
1.5.1.2.
Dirección General de Fichas y Registro de Narcotráfico y Delitos Conexos
 
 
 
1.5.1.3.
Dirección General de Enlace y Cooperación Interinstitucional
 
 
1.5.2.
Coordinación de Investigación de Campo y Técnica Antidrogas
 
 
 
1.5.2.1.
Dirección General de Operación Técnica Antidrogas
 
 
 
1.5.2.2.
Dirección General de Inteligencia Operativa Antidrogas
 
 
 
1.5.2.3.
Dirección General de Apoyo Táctico Contra Narcotráfico y Delitos Conexos
 
 
1.5.3.
Coordinación de Investigación de Recursos de Procedencia Ilícita
 
 
 
1.5.3.1.
Dirección General de Análisis Táctico de Delitos Contra el Sistema Financiero
 
 
 
1.5.3.2.
Dirección General de Inteligencia Financiera para la Prevención
 
 
 
1.5.3.3.
Dirección General de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
 
1.6.
División de Fuerzas Federales
 
 
1.6.1.
Coordinación de Restablecimiento del Orden Público
 
 
 
1.6.1.1.
Dirección General de Fuerzas de Protección
 
 
 
1.6.1.2.
Dirección General de Rescate y Apoyo a la Protección Civil
 
 
 
1.6.1.3.
Dirección General de Traslados y Apoyo Penitenciario
 
 
1.6.2.
Coordinación de Reacción y Alerta Inmediata
 
 
 
1.6.2.1.
Dirección General de Seguridad Física
 
 
 
1.6.2.2.
Dirección General de Reacción y Operación
 
 
 
1.6.2.3.
Dirección General de la Unidad Canina
 
 
1.6.3.
Coordinación de Operaciones Especiales
 
 
 
1.6.3.1.
Dirección General de Intervención
 
 
 
1.6.3.2.
Dirección General de Explosivos
 
 
 
1.6.3.3.
Dirección General de Equipos Especiales
 
1.7
División de Gendarmería
 
 
1.7.1.
Coordinación de la Gendarmería
 
 
 
1.7.1.1.
Dirección General de Planeación y Logística de la Gendarmería
 
 
 
1.7.1.2.
Dirección General de Operaciones Estratégicas y Unidades Especiales de la Gendarmería
 
 
 
1.7.1.3.
Dirección General de Proximidad Social de la Gendarmería
 
1.8.
Secretaría General
 
 
1.8.1.
Coordinación de Servicios Generales
 
 
 
1.8.1.1.
Dirección General de Recursos Humanos
 
 
 
1.8.1.2.
Dirección General de Recursos Financieros
 
 
 
1.8.1.3.
Dirección General de Recursos Materiales
 
 
1.8.2.
Coordinación de Operaciones Aéreas
 
 
 
1.8.2.1.
Dirección General de Operaciones
 
 
 
1.8.2.2.
Dirección General de Mantenimiento
 
 
 
1.8.2.3.
Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea
 
 
1.8.3.
Coordinación de Soporte Técnico
 
 
 
1.8.3.1.
Dirección General de Informática
 
 
 
1.8.3.2.
Dirección General de Telecomunicaciones
 
 
 
1.8.3.3.
Dirección General de Instalaciones Técnicas y Mantenimiento
 
 
1.8.4.
Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial
 
 
 
1.8.4.1.
Dirección General de Control de Confianza
 
 
 
1.8.4.2.
Dirección General de Servicio Profesional de Carrera y Régimen Disciplinario
 
 
 
1.8.4.3.
Dirección General de Formación y Profesionalización
 
1.9.
Unidad de Asuntos Internos
 
 
 
1.9.0.1.
Dirección General de Vigilancia y Supervisión Interna
 
 
 
1.9.0.2.
Dirección General de Investigación Interna
 
 
 
1.9.0.3.
Dirección General de Responsabilidades
 
 
 
1.0.0.1.
Dirección General de Asuntos Jurídicos
 
 
 
1.0.0.2.
Dirección General de Enlace
 
 
 
1.0.0.3.
Dirección General de Comunicación Social
 
 
 
1.0.0.4.
Órgano Interno de Control
 
VI.   ORGANIGRAMA
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
COMISIONADO NACIONAL DE SEGURIDAD
POLICÍA FEDERAL
ESTRUCTURA ORGÁNICA
VIGENCIA: 22 DE AGOSTO DE 2014


 


 

 


 


 


VII. OBJETIVO Y FUNCIONES POR ÁREA
COMISIONADO GENERAL
OBJETIVO
 
Salvaguardar la vida, la integridad, la seguridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos; aplicar y operar la política de seguridad pública en materia de prevención y combate de delitos; investigar para prevenir los delitos y en la comisión de los mismos bajo la conducción y mando del Ministerio Público Federal, en términos de las disposiciones aplicables y en coordinación con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno, en apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, y el respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de brindar y fortalecer la seguridad pública y el bienestar de la sociedad en el país.
FUNCIONES
-      Prevenir la comisión de delitos y las faltas administrativas que determinen las leyes federales.
-      Intervenir en materia de seguridad pública, en coadyuvancia con las autoridades competentes, en la observancia y cumplimiento de las leyes.
-      Salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos, en:
a)   Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, los puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.
       La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la Ley de la Policía Federal y las demás disposiciones legales aplicables;
b)   Los parques nacionales, las instalaciones hidráulicas y vasos de las presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos.
c)   Los espacios urbanos considerados como zonas federales, así como en los inmuebles, instalaciones y servicios de entidades y dependencias de la Federación.
d)   Todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal, conforme a lo establecido por las leyes respectivas, y
e)   En todo el territorio nacional en el ámbito de su competencia.
-      Realizar investigación para la prevención de los delitos.
-      Efectuar tareas de verificación en el ámbito de su competencia, para la prevención de infracciones administrativas.
-      Recabar información en lugares públicos, para evitar el fenómeno delictivo, mediante la utilización de medios e instrumentos y cualquier herramienta que resulten necesarias para la generación de inteligencia preventiva. En el ejercicio de esta función se deberá respetar el derecho a la vida privada de los ciudadanos. Los datos obtenidos con afectación a la vida privada carecen de todo valor probatorio.
-      Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención de delitos. El Reglamento de la Ley de la Policía Federal definirá con precisión los lineamientos mínimos para el ejercicio de esta función.
-      Realizar análisis técnico, táctico o estratégico de la información obtenida para la generación de inteligencia.
-      Realizar bajo la conducción y mando del Ministerio Público las investigaciones de los delitos cometidos, así como las actuaciones que le instruya éste o la autoridad jurisdiccional conforme a las normas aplicables.
-      Informar a la persona al momento de su detención sobre los derechos que en su favor establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
-      Poner a disposición sin demora de las autoridades competentes, a personas y bienes en los casos en que por motivo de sus funciones practique alguna detención o lleve a cabo algún aseguramiento de bienes, observando en todo momento el cumplimiento de los plazos constitucionales y legales
establecidos.
-      Verificar la información que reciba sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito para, en su caso, remitirla al Ministerio Público.
-      Recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delitos, en términos de lo dispuesto por el artículo 3 del Código Federal de Procedimientos Penales y las demás disposiciones aplicables.
-      Participar en la investigación ministerial, en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que el Ministerio Público considere se encuentren relacionados con los hechos delictivos, así como practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los delitos y la identidad de los probables responsables, en cumplimiento de los mandatos del Ministerio Público.
-      Efectuar las detenciones conforme lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Procedimientos Penales.
-      Inscribir de inmediato la detención que realice en el Registro Administrativo de Detenciones del Centro Nacional de Información, así como remitir sin demora y por cualquier medio la información al Ministerio Público.
-      Preservar el lugar de los hechos y la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito, dando aviso de inmediato al Ministerio Público. Las unidades facultadas para el procesamiento del lugar de los hechos, deberán fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física al Ministerio Público, conforme al procedimiento previamente establecido por éste y en términos de las disposiciones aplicables.
-      Solicitar al Ministerio Público que requiera a las autoridades competentes, informes y documentos para fines de la investigación.
-      Garantizar que se asiente constancia de cada una de sus actuaciones, así como llevar un control y seguimiento de éstas. Durante el curso de la investigación ministerial deberán elaborar informes sobre el desarrollo de la misma, y rendirlos al Ministerio Público, sin perjuicio de los informes que éste le requiera.
-      Emitir los informes, partes policiales y demás documentos que se generen, con los requisitos de fondo y forma que establezcan las disposiciones aplicables, para tal efecto se podrán apoyar en los conocimientos que resulten necesarios.
-      Proporcionar atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito; para tal efecto deberá:
a)   Prestar protección y auxilio inmediato, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
b)   Garantizar que reciban atención médica y psicológica cuando sea necesaria.
c)   Adoptar las medidas que se consideren necesarias tendentes a evitar que se ponga en peligro su integridad física y psicológica, en el ámbito de su competencia.
d)   Preservar los indicios y elementos de prueba que la víctima y ofendido aporten en el momento de la intervención policial y remitirlos sin demora al Ministerio Público encargado del asunto para que éste acuerde lo conducente, y
e)   Asegurar que puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin riesgo para ellos.
-      Dar cumplimiento a las órdenes de aprehensión y demás mandatos ministeriales y jurisdiccionales de que tenga conocimiento con motivo de sus funciones.
-      Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento para la investigación en caso de flagrancia o por mandato del Ministerio Público, en términos de las disposiciones aplicables. De las entrevistas que se practiquen se dejará constancia y se utilizarán meramente como un registro de la investigación, que para tener valor probatorio, deberán ser ratificadas ante la autoridad ministerial o judicial que corresponda.
-      Reunir la información que pueda ser útil al Ministerio Público que conozca del asunto, para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del imputado, conforme a las instrucciones de aquél.
-      Incorporar a las bases de datos criminalísticas y de personal de la Secretaría y del Sistema Nacional de Información de Seguridad Pública, la información que pueda ser útil en la investigación de los
delitos, y utilizar su contenido para el desempeño de sus atribuciones, sin afectar el derecho de las personas sobre sus datos personales.
-      Colaborar, cuando así lo soliciten otras autoridades federales, para el ejercicio de sus funciones de vigilancia, verificación e inspección que tengan conferidas por disposición de otras leyes.
-      Coordinarse en los términos que señala el Sistema Nacional de Seguridad Pública, con las autoridades, de los tres órdenes de gobierno, para el intercambio de información contenida en documentos bases de datos o sistemas de información que sea útil al desempeño de sus funciones sin menoscabo del cumplimiento de las limitaciones que establece el artículo 243 del Código Fiscal de Procedimientos Penales.
-      Solicitar por escrito, previa autorización del juez de control en los términos del artículo 16 Constitucional, a los concesionarios, permisionarios, operadoras telefónicas y todas aquellas comercializadoras de servicios en materia de telecomunicaciones, de sistemas de comunicación vía satélite, la información con que cuenten, así como georreferenciación de los equipos de comunicación móvil en tiempo real, para el cumplimiento de sus fines de prevención de los delitos. La autoridad judicial competente, deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de doce horas a partir de su presentación.
-      Solicitar por escrito ante el juez de control, en términos del capítulo XI de la Ley de la Policía Federal, la autorización para la intervención de comunicaciones privadas para la investigación de los delitos. La autoridad judicial competente deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de doce horas a partir de su presentación.
-      Colaborar, cuando sean formalmente requeridas, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con las autoridades locales y municipales competentes, en la protección de la integridad física de las personas y en la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro, cuando se vean amenazadas por situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente; prevenir la comisión de delitos, así como garantizar, mantener y restablecer la paz y el orden públicos.
-      Participar en operativos conjuntos con otras autoridades federales, locales o municipales, que se lleven a cabo conforme a lo dispuesto en la legislación relativa al Sistema Nacional de Seguridad Pública.
-      Obtener, analizar y procesar información así como realizar las acciones que, conforme a las disposiciones aplicables, resulten necesarias para la prevención de delitos, sea directamente o mediante los sistemas de coordinación previstos en otras leyes federales.
-      Vigilar e inspeccionar, para fines de seguridad pública, la zona terrestre de las vías generales de comunicación y los medios de transporte que operen en ellas.
-      Vigilar, supervisar, asegurar y custodiar, a solicitud de la autoridad competente, las instalaciones de los centros federales de detención, reclusión, readaptación y reinserción social, con apego a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal.
-      Levantar las infracciones e imponer las sanciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como a la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Ejercer, para fines de seguridad pública, la vigilancia e inspección sobre la entrada y salida de mercancías y personas en los aeropuertos, puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional, en las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros; así como para los mismos fines sobre el manejo, transporte o tenencia de dichas mercancías en cualquier parte del territorio nacional.
-      La Policía Federal actuará en los recintos fiscales, aduanas, secciones aduaneras, garitas o puntos de revisión aduaneros, en auxilio y coordinación con las autoridades responsables en materia fiscal o de migración, en los términos de la Ley de la Policía Federal y las demás disposiciones legales aplicables.
-      Colaborar, a solicitud de las autoridades competentes, con los servicios de protección civil en casos de calamidades, situaciones de alto riesgo o desastres por causas naturales.
-      Ejercer en el ámbito de su competencia, y en coordinación con el Instituto Nacional de Migración, las
facultades que en materia migratoria prescriben la Ley General de Población, su Reglamento y demás disposiciones legales.
-      Prestar apoyo al Instituto Nacional de Migración para verificar que los extranjeros residentes en territorio nacional cumplan con las obligaciones que establece la Ley General de Población.
-      Apoyar el aseguramiento que realice el Instituto Nacional de Migración y, en su caso, resguardar a solicitud del Instituto las estaciones migratorias a los extranjeros que violen la Ley General de Población, cuando el caso lo amerite.
-      Estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de combate a la delincuencia.
-      Realizar acciones de vigilancia, identificación, monitoreo y rastreo en la Red Pública de Internet sobre sitios web con el fin de prevenir conductas delictivas.
-      Desarrollar, mantener y supervisar fuentes de información en la sociedad, que permitan obtener datos sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos.
-      Integrar en el Registro Administrativo de Detenciones y demás bases de datos criminalísticos y de personal, las huellas decadactilares y otros elementos distintos a las fotografías y videos para identificar a una persona, solicitando a las autoridades de los tres órdenes de gobierno la información respectiva con que cuenten.
-      Suscribir convenios o instrumentos jurídicos con otras instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno y organizaciones no gubernamentales para el desempeño de sus atribuciones, en el marco de la ley.
-      Colaborar y prestar auxilio a las policías de otros países, en el ámbito de su competencia, y
-      Las demás que le confieran la Ley de la Policía Federal, otras leyes o disposiciones jurídicas, el Comisionado Nacional de Seguridad o el Secretario.
DIVISIÓN DE INTELIGENCIA
OBJETIVO
Establecer líneas de acción en materia de inteligencia policial, mediante el uso de tecnología y manejo de fuentes de información, para realizar el análisis e intercambio de información con instituciones policiales nacionales e internacionales para generar las agendas de riesgo que permitan la oportuna toma de decisiones.
FUNCIONES
-      Establecer, coordinar y dirigir un centro de inteligencia que, conforme a las atribuciones de la Institución, le permita cumplir con los fines previstos en el artículo 5 de la Ley.
-      Ordenar la realización de operativos de la Institución, en el ámbito de su competencia.
-      Dirigir acciones en materia de inteligencia para la prevención y, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, combate a la delincuencia mediante los sistemas de coordinación previstos en otras leyes federales.
-      Instrumentar, operar y resguardar las bases de datos de información de la Secretaría, para la adopción de estrategias en materia de seguridad pública.
-      Realizar las acciones necesarias que permitan garantizar el suministro, intercambio, sistematización, consulta, análisis y actualización de la información que diariamente se genere sobre seguridad pública para la toma de decisiones del Gobierno Federal.
-      Consolidar estrategias y mantener vínculos de Inteligencia y de cooperación en materia de información sobre seguridad pública con organismos nacionales e internacionales.
-      Desarrollar acciones sistematizadas para la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de la información para la prevención y combate a los delitos, bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal.
-      Implementar, en el ámbito de su competencia, la protección a las instalaciones estratégicas del Estado Mexicano, mediante los instrumentos y mecanismos tecnológicos necesarios.
 
-      Establecer un sistema destinado a la coordinación y ejecución de los métodos de análisis de información para generar inteligencia operacional que permita identificar a personas, grupos delictivos o estructuras de la delincuencia organizada, con el fin de prevenir y, en el ámbito de su competencia, combatir la comisión de delitos.
-      Diseñar, integrar y proponer sistemas y mecanismos de análisis de la información estratégica de seguridad pública, en el ámbito de su competencia.
-      Recabar la información necesaria para operar tareas de inteligencia en materia de seguridad pública, en el ámbito de su competencia.
-      Planear y recopilar, en el ámbito de su competencia, la información que se genere en materia de seguridad pública para su análisis y explotación.
-      Detectar los factores que incidan en las amenazas o en los riesgos que atenten contra la preservación de las libertades de la población, el orden y la paz públicos y proponer medidas para su prevención, disuasión, contención y desactivación.
-      Entregar al Secretario y al Comisionado General las agendas de riesgo que se deriven del análisis y valoración de la información.
-      Suministrar oportunamente a la Secretaría, la información que se recabe para el desempeño de sus atribuciones.
-      Informar al Comisionado General sobre el cumplimiento del suministro y actualización de la información de los sistemas de información de la Institución.
-      Prestar auxilio técnico a cualquiera de las instancias de gobierno, en el marco de las disposiciones aplicables o, en su caso, de los convenios que al efecto se suscriban.
-      Actualizar los sistemas de información estadística y de análisis necesarios para el desempeño de sus funciones.
-      Proponer investigaciones a través de sistemas homologados de recolección, clasificación, registro, análisis, evaluación y explotación de información a las Divisiones.
-      Diseñar y establecer, en el ámbito de su competencia, los procedimientos de intercambio de información policial, entre la Institución y las agencias policiales extranjeras, con base en los instrumentos internacionales cuyos datos sean materia de investigación y persecución de delitos ordenados por las autoridades competentes.
-      Establecer, en el ámbito de su competencia, mecanismos de comunicación con las agencias policiales extranjeras representadas ante la Institución a fin de privilegiar las tareas de cooperación internacional en materia de intercambio de información policial.
-      Consolidar la debida integración de fichas criminales de personas, grupos y organizaciones criminales de todo el país.
-      Poner a disposición sin demora de la autoridad competente dentro de los plazos legales a los detenidos o bienes asegurados o que estén bajo su custodia y que sean objeto, instrumento o producto del delito, tratándose de flagrancia o detenciones realizadas en los casos en que sea formalmente requerida para ello, rindiendo el parte de novedades y levantando las actas correspondientes y cumpliendo las disposiciones constitucional y legalmente aplicables.
-      Verificar la información de las denuncias presentadas ante la Policía.
-      Proponer al Ministerio Público, para fines de la investigación, que requiera a las autoridades competentes, informes y documentos, cuando se trate de aquellos que sólo pueda solicitar por conducto de éste.
-      Reservar la información que ponga en riesgo alguna investigación, conforme a las disposiciones aplicables.
-      Integrar y operar las bases de datos de Plataforma México en el ámbito de sus atribuciones.
-      Dirigir, coordinar y operar sistemas de recolección, clasificación, registro, análisis, explotación y evaluación de información para generar inteligencia operacional, prevenir, y, en el ámbito de su competencia, investigar, perseguir y combatir delitos. así como, conformar una base de datos a nivel nacional que sustente el desarrollo de programas y estrategias que sirvan para la toma de decisiones, la instrumentación y la conducción de operativos.
 
-      Estudiar, planificar y ejecutar los métodos y técnicas de combate a la delincuencia, en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Diseñar y coordinar el análisis estratégico de la información de inteligencia.
-      Establecer políticas y lineamientos para la implementación de métodos y técnicas de recolección de información.
-      Establecer en la Institución, criterios y políticas, para el uso de equipos e instrumentos técnicos especializados para la investigación de los delitos federales.
-      Determinar métodos de comunicación y redes de información policial para el acopio y clasificación oportuna de datos relacionados con las formas de organización y modos de operación de las organizaciones criminales, así como la sistematización de la información mediante el uso de tecnología de punta, requiriendo la información a los tres órdenes de gobierno.
-      Implementar métodos, técnicas y procedimientos para la identificación, recopilación, clasificación y análisis de datos, imágenes y demás elementos de información.
-      Determinar las vigilancias, seguimientos y procedimientos técnicos, empleando tecnología de punta, para la recopilación de información relacionada con personas, grupos delictivos y estructuras de la delincuencia organizada.
-      Implementar, previo acuerdo del Comisionado General y del Secretario, operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención del delito, en términos de la normatividad aplicable.
-      Establecer la coordinación y realización de acciones policiales, operaciones encubiertas y de usuarios simulados, que aseguren la obtención, el análisis y explotación de información de inteligencia, para ubicar, identificar, disuadir, prevenir y, en el ámbito de su competencia, combatir la comisión de los delitos.
-      Designar a los Integrantes que desarrollarán las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención del delito.
-      Establecer políticas para el manejo de fuentes en la sociedad que permita generar inteligencia policial en apoyo a las distintas áreas de la Institución en términos de los lineamientos internos que al efecto se establezcan.
-      Solicitar al Comisionado General, cuando se considere necesario, que requiera a la autoridad jurisdiccional, la autorización de intervención de comunicaciones en términos de las disposiciones aplicables.
-      Rendir, previo acuerdo con el Comisionado General, los informes sobre los resultados de las intervenciones de comunicaciones privadas ante la autoridad judicial a que se refiere el artículo 52 de la Ley.
-      Dicho informe será del conocimiento del Ministerio Público correspondiente, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Establecer disposiciones tendientes a garantizar el levantamiento de actas circunstanciadas de toda intervención de comunicación, que contendrá fecha de inicio y término de la intervención, un inventario pormenorizado de los documentos, objetos y las cintas de audio o video que contengan los sonidos o imágenes captadas durante la misma; la identificación de quienes hayan participado en las diligencias, así como los demás datos relevantes para la investigación.
-      Proporcionar a los Integrantes infiltrados, en caso de ser necesario, de identidad de cobertura y nueva identidad, dotándolos para tal efecto de la documentación correspondiente, en coordinación con las autoridades que resulte necesario.
-      Coadyuvar en la coordinación de las autoridades competentes con los organismos y grupos internacionales que tengan relación con la investigación de los delitos que conozca la Institución en ejercicio de sus funciones.
-      Proponer al Comisionado General el otorgamiento de gratificaciones conforme al sistema autorizado, por llevar a cabo acciones de inteligencia y combate a delitos en el ámbito de su competencia.
-      Tomar las medidas preventivas que señala el RLPF para salvaguardar la seguridad del personal que se encuentre bajo su mando, cuando se ponga en peligro su integridad física o comprometa los resultados de una investigación.
 
-      Coordinar y organizar agregadurías y enlaces de la Policía Federal acreditados en el extranjero, en términos de las instrucciones del Secretario, del Comisionado General, las disposiciones legales aplicables y la disponibilidad presupuestaria.
-      Procesar información de instituciones policiales extranjeras que permita la ubicación y aseguramiento en el territorio nacional de personas que cuenten con órdenes de detención, con fines de extradición.
-      Aplicar los métodos de comunicación que, en términos de las disposiciones aplicables, se implementen con las instituciones policiales extranjeras, a fin de privilegiar las tareas de cooperación internacional en materia de información policial.
-      Diseñar y operar los procedimientos de intercambio de información con instituciones policiales extranjeras, tendientes a la localización y recuperación fuera del territorio nacional de vehículos, aeronaves y embarcaciones robadas o en materia de disposición ilícita.
-      Fungir como enlace con instituciones policiales extranjeras a fin de intercambiar información policial tendiente a la localización de prófugos de la justicia mexicana fuera de territorio nacional.
-      Diseñar, coordinar y ejecutar, en el ámbito de su competencia, los mecanismos de enlace e intercambio de información institucional con autoridades nacionales o extranjeras.
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, el intercambio de información policial con instituciones policiales extranjeras encaminadas a la localización de personas extraviadas y menores de edad, siempre que exista la presunción de que se encuentran fuera del territorio nacional.
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, las tareas de intercambio de información policial con instituciones policiales extranjeras, encaminadas a la localización, recuperación y repatriación de obras de arte, monumentos arqueológicos, históricos y artísticos que hayan sido sustraídos ilegalmente del territorio nacional.
-      Coordinar la realización de las acciones policiales correspondientes para el traslado de prófugos respecto de los cuales se haya concedido su extradición.
-      Dirigir la Oficina de Enlace Nacional Interpol-México, en las relaciones con otras autoridades nacionales y dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y, en su caso, representar a la misma ante instituciones policiales internacionales, en el ámbito de su competencia.
-      Colaborar en el cumplimiento de las solicitudes de asistencia recíproca de policía criminal y demás compromisos contraídos con la Organización Internacional de Policía Criminal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
-      Colaborar con las instituciones policiales de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México y de los Municipios, respecto del cumplimiento de los compromisos de carácter internacional en materia de asuntos policiales internacionales.
-      Supervisar, en el ámbito de su competencia, la actualización de los bancos de datos relacionados con la información criminal policial de carácter internacional.
-      Realizar acciones para la prevención y combate de los delitos, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS
OBJETIVO
Coordinar el desarrollo y operación de acciones de asistencia técnica especializada para las unidades operativas de la Policía Federal y autoridades competentes, mediante el uso de tecnologías avanzadas de vigilancia y monitoreo, con la finalidad de contribuir en la prevención e investigación de delitos.
FUNCIONES
-      Diseñar y sistematizar las acciones de apoyo técnico en asuntos relevantes que requieran las áreas operativas de la Institución, así como de otras instituciones públicas, en el marco del Sistema y de conformidad con las normas y políticas institucionales.
-      Supervisar el apoyo en los operativos que realiza la Institución brindando soporte con la tecnología con que se cuente.
-      Alertar sobre objetivos para la intercepción aérea, marítima y terrestre, así como la cobertura de puntos de vigilancia establecidos en tiempo real.
 
-      Diseñar y aplicar los métodos de análisis técnico y clasificación de información táctica que permita combatir a la delincuencia con mayor eficiencia y eficacia.
-      Coordinar los sistemas de captación y administración de información, mediante el uso de equipo tecnológico.
-      Diseñar y promover el desarrollo tecnológico e intercambio de información, para la oportuna prevención, detección e investigación de la delincuencia, en coordinación con las áreas operativas de la Institución.
-      Analizar e identificar modos de operación criminal.
-      Establecer líneas de investigación policial a partir del análisis de la información de la estructura y los modos de operación criminal.
-      Dirigir el apoyo a las diferentes áreas de la Institución en la recopilación de información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo.
-      Coordinar la ejecución de las autorizaciones dictadas por la autoridad judicial sobre las intervenciones de comunicaciones privadas para la prevención de delitos y, por instrucciones del Ministerio Público, para la investigación de los delitos.
-      Realizar la intervención de comunicaciones privadas, en los términos de la autorización judicial, y levantar acta circunstanciada que contendrá fecha de inicio y término de la intervención, un inventario pormenorizado de los documentos, objetos y las cintas de audio o video que contengan los sonidos o imágenes captadas durante la misma; la identificación de quienes hayan participado en las diligencias así como los demás datos relevantes para la investigación.
-      Determinar la instalación y operación de equipo técnico especial para las tareas de investigación y prevención del delito que lleven a cabo las áreas sustantivas de la Institución.
-      Establecer las directrices para el monitoreo de instalaciones estratégicas con el propósito de captar información que permita identificar posibles hechos delictivos.
-      Supervisar acciones especializadas en manejo de fuentes de información en la sociedad para la generación de inteligencia que desarrollen o amplíen líneas de investigación que permitan la prevención y desarticulación de bandas delictivas.
-      Asegurarse que se asiente constancia de cada una de las actuaciones y llevar un estricto control y seguimiento de las intervenciones de comunicaciones privadas autorizadas en términos de la Ley, a fin de que éstas cumplan con las especificaciones de dicha autorización.
-      Informar de manera periódica a la División de Inteligencia los avances y resultados, así como remitir los informes y demás documentos que se generen en la materia de su competencia.
-      Establecer y operar métodos de comunicación y redes de información policial, para acopio y clasificación oportuna de los datos que requiera la Institución, de conformidad con las normas aplicables.
-      Participar con otras instituciones o corporaciones policiales de las entidades federativas y municipales, a efecto de implementar acciones policiales y operativos conjuntos.
-      Operar e integrar la información de las bases de datos a que se refieren la fracción XLIV, del artículo 8, de la Ley.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE MONITOREO TÉCNICO
OBJETIVO
Dirigir los mecanismos de operación de sistemas tecnológicos y medios de comunicación en tiempo real, con base en las solicitudes institucionales y mandamientos de autoridad competente, a efecto de generar información de inteligencia para la prevención y combate del delito.
FUNCIONES
-      Establecer estrategias y mecanismos para captar, analizar y aprovechar la información pública de medios de comunicación alámbricos e inalámbricos que sean requeridos en la prevención y combate de delitos federales de acuerdo a solicitudes específicas de las autoridades.
-      Apoyar a la investigación policial mediante la captación, clasificación y análisis de información generada, en tiempo real, en las diferentes instalaciones estratégicas del país.
 
-      Operar los sistemas de captación de información de equipos móviles en tiempo real, autorizados por la autoridad judicial competente, para la prevención de delitos.
-      Implementar y administrar los sistemas tecnológicos que permitan la vigilancia, supervisión, aseguramiento y custodia de las instalaciones de los Centros Federales de detención, reclusión, reinserción y readaptación social, a solicitud de la autoridad competente y con apego a los derechos humanos reconocidos en las normas jurídicas aplicables.
-      Organizar y operar redes de comunicación que permitan captar oportunamente información referente a la delincuencia organizada.
-      Determinar los mecanismos que deberán establecerse para controlar fuentes de información videográfica que permitan generar información de inteligencia para la prevención y combate al delito a solicitud de las autoridades competentes.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO DE ALERTAS Y ATENCIÓN DE RIESGOS
OBJETIVO
Coordinar las acciones estratégicas para la identificación, seguimiento y evaluación de objetivos aéreos, terrestres y marítimos que puedan ser generadores de delitos, a través del uso de equipo tecnológico especializado, con el propósito de apoyar en la creación de productos de inteligencia operativa.
FUNCIONES
-      Implementar acciones estratégicas para identificar el tráfico aéreo ilícito y potenciales objetivos aéreos que puedan ser generadores de delitos.
-      Establecer, planear y coordinar tareas de monitoreo del espacio aéreo nacional mediante equipo satelital para captar información en tiempo real de vuelos dentro del territorio nacional.
-      Coordinar acciones operativas, en el ámbito de su competencia, con diferentes autoridades nacionales para identificar e interceptar objetivos aéreos, terrestres y/o marítimos.
-      Establecer la coordinación de acciones, en el ámbito de su competencia, con corporaciones policiales a nivel internacional para identificar e interceptar objetivos aéreos y/o marítimos dentro del territorio nacional.
-      Obtener, analizar y utilizar información, en el ámbito de su competencia, mediante los medios tecnológicos de vanguardia que permita la detección, seguimiento, difusión y coordinación operativa relacionada con potenciales objetivos aéreos, marítimos y/o terrestres.
-      Coordinar acciones, en el ámbito de su competencia, entre las diferentes corporaciones policiales y autoridades competentes que permitan la intercepción terrestre de probables responsables de la comisión de un delito.
-      Contribuir con la información de inteligencia operativa para poner en marcha acciones policiales para la detención de delincuentes y el combate al delito.
-      Realizar reconocimiento aéreo y acciones de inspección, en el ámbito de su competencia, en puntos estratégicos con tecnología aérea de punta y sistemas de radar.
-      Operar, en el ámbito de su competencia, los sistemas de comunicación que se establezcan para enlazar las diferentes unidades de intercambio de información policial entre países cooperantes para identificar potenciales blancos.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DEL DESARROLLO Y OPERACIÓN DE COBERTURAS
OBJETIVO
Coordinar el apoyo a las áreas de la Policía Federal en el desarrollo de operativos, mediante la aplicación de tecnologías fijas y móviles, a fin de generar información gráfica y videográfica que permita la investigación, prevención y combate al delito.
FUNCIONES
-      Colaborar con las diferentes áreas de la Institución en el desarrollo de operativos de prevención y, en el ámbito de su competencia, combate del delito mediante la obtención de información gráfica y videográfica, con tecnologías de vanguardia.
 
-      Apoyar los operativos de revisión en puntos estratégicos con la utilización de tecnologías móviles que permitan detectar probables hechos delictivos en el ámbito de su competencia.
-      Generar información gráfica derivada del monitoreo en puntos estratégicos que se realice con los diferentes equipos tecnológicos de punta, a solicitud de autoridades competentes.
-      Administrar la información gráfica y videográfica generada en los distintos operativos de la Institución que den cuenta del desarrollo de éstos, dentro del marco de la ley y con respeto a los derechos humanos.
-      Asegurar el adecuado funcionamiento del equipo de captación y procesamiento de información gráfica.
-      Desarrollar mecanismos para la instalación de equipo tecnológico para vigilancias en puntos fijos y móviles.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE OPERACIONES ENCUBIERTAS
OBJETIVO
Coordinar técnicas especializadas de investigación, a través de la realización de operaciones encubiertas, usuarios simulados y manejo de fuentes de información bajo la conducción y mando del Ministerio Público, con el propósito de obtener, analizar y explotar la información de inteligencia policial que contribuya en la prevención y combate en la comisión de delitos.
FUNCIONES
-      Dirigir la realización de operaciones encubiertas y de usuarios simulados con el objeto de asegurar la obtención, análisis y explotación de información con el propósito de prevenir y, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, combatir la comisión de delitos.
-      Diseñar y operar métodos para llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados, que tengan por objeto asegurar la obtención, análisis y explotación de información con la finalidad de prevenir y, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, combatir la comisión de delitos.
-      Establecer estrategias de prevención, acción y de movilización de recursos, a través de operaciones encubiertas y de usuarios simulados, con el propósito de evitar la comisión de probables hechos delictivos.
-      Estudiar, planificar y ejecutar métodos y técnicas de operaciones encubiertas y de usuarios simulados previo acuerdo del Comisionado General y del Secretario para la prevención del delito.
-      Establecer esquemas de investigación preventiva a través de la infiltración de agentes para la obtención de información de estructuras criminales, formas de operar y ámbitos de actuación en términos de las normas aplicables.
-      Fortalecer la prevención primaria de la criminalidad, a través de acciones encubiertas y de usuarios simulados, con el fin de obtener información.
-      Supervisar el desarrollo de los sistemas de acopio de información de inteligencia policial que permitan la prevención e identificación de bandas delictivas.
-      Administrar, en el ámbito de su competencia, la utilización de metodologías de recolección, clasificación y evaluación de la información de inteligencia policial que proporcionen las evidencias necesarias de la comisión de hechos delictivos y los presuntos responsables.
-      Diseñar las estrategias de identificación y desarticulación de estructuras criminales.
-      Dar cumplimiento a los ordenamientos judiciales y ministeriales.
-      Dirigir, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, la recopilación de pruebas para determinar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados.
-      Coordinar con las demás áreas de la División de Inteligencia los criterios y políticas de recopilación e intercambio de información vinculada a un hecho o elemento de investigación.
-      Orientar la investigación de las operaciones encubiertas y de usuarios simulados que implemente la Institución para el cumplimiento de sus fines.
 
-      Fortalecer mecanismos de cooperación y coordinación con las autoridades, dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno y fomentar la corresponsabilidad interinstitucional en las operaciones a su cargo.
-      Dirigir y sistematizar, operaciones encubiertas o de usuarios simulados que implemente la Institución para el cumplimiento de sus fines.
-      Previo acuerdo con el titular de la División, autorizar a los Integrantes de la Institución a actuar bajo identidad supuesta, así como, en el ámbito de su competencia, adquirir y transportar los objetos, efectos e instrumentos del delito y diferir la incautación de los mismos.
-      Supervisar acciones especializadas en manejo de fuentes de información en la sociedad.
-      Informar de manera periódica a la División de Inteligencia los avances y resultados, así como remitir los informes y demás documentos que se generen en la materia de su competencia.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES E INFILTRACIÓN
OBJETIVO
Dirigir los procesos de planeación y organización de las operaciones encubiertas y de usuarios simulados, mediante la coordinación del trabajo de campo y el uso de equipo técnico que permitan la recopilación y análisis de datos sustantivos, para la implementación de esquemas de prevención y de combate al delito.
FUNCIONES
-      Obtener datos que aporten información sustantiva sensible de aquellos casos determinantes en la prevención y, en el ámbito de su competencia, combate al delito.
-      Realizar trabajo de campo con personal y equipo técnico que permita la obtención de información sustantiva para la prevención y, en el ámbito de su competencia, combate al delito.
-      Ejecutar los métodos para llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados.
-      Planear las operaciones encubiertas y/o usuarios simulados para la prevención de los delitos.
-      Dirigir la estrategia necesaria para la creación de usuarios simulados.
-      Dirigir estrategias de prevención, acción y movilización de recursos necesarios para operaciones encubiertas.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECLUTAMIENTO Y MANEJO DE FUENTES DE INFORMACIÓN
OBJETIVO
Definir criterios para el reclutamiento y manejo de fuentes de información, mediante procesos de recopilación de información que permitan desarrollar líneas de investigación respecto a los modos de operación criminal, a fin de contribuir en la generación de inteligencia policial encaminada a la prevención del delito.
FUNCIONES
-      Identificar mediante las técnicas de investigación, las fuentes que proporcionen información relacionada con la comisión de delitos.
-      Diseñar y supervisar las acciones para la recolección y manejo de fuentes de información.
-      Supervisar el desarrollo del acervo documental derivado de la información extraída mediante las fuentes de información.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA
OBJETIVO
Dirigir el control y la supervisión de las operaciones encubiertas, usuarios simulados y fuentes de información, a través de los mecanismos definidos para las operaciones de alto impacto, a efecto de garantizar los resultados de las investigaciones y salvaguardar la integridad física del personal que participa dentro de las investigaciones y en torno a ellas.
 
FUNCIONES
-      Elaborar y aplicar controles a las operaciones encubiertas, usuarios simulados y fuentes de información en la sociedad para la prevención del delito.
-      Definir los mecanismos de control para la supervisión de operaciones encubiertas, usuarios simulados y fuentes de información humana para la prevención del delito.
-      Tomar medidas preventivas para salvaguardar la seguridad del personal que realice operaciones encubiertas y de usuarios simulados, cuando se ponga en peligro su integridad física o comprometa los resultados de una investigación.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE ANÁLISIS Y ENLACE INTERNACIONAL
OBJETIVO
Dirigir la implementación de políticas y estrategias que permitan el intercambio de información y cooperación con gobiernos, instituciones, agencias u organismos internacionales o nacionales, mediante la recopilación, análisis, sistematización e intercambio de información de inteligencia policial, a fin de establecer y dar seguimiento a indicadores estratégicos de la Institución que apoyen las tareas de investigación y prevención del delito.
FUNCIONES
-      Operar procedimientos para el intercambio de información policial entre la Institución y las agencias policiales extranjeras, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Establecer el proceso de la información de inteligencia que permita ubicar y asegurar en territorio nacional a prófugos que cuenten con órdenes de detención provisional con fines de extradición internacional e informar a la División de Investigación para su operación.
-      Aplicar procedimientos de intercambio de información con el propósito de localizar fuera del país vehículos, aeronaves y embarcaciones robados y proceder a su recuperación a través de las instancias correspondientes.
-      Intercambiar, en coordinación con la autoridad competente, información con agencias extranjeras a fin de localizar prófugos de la justicia mexicana fuera del territorio nacional.
-      Intercambiar, en términos de las disposiciones aplicables, información con agencias extranjeras a fin de coordinar el traslado de reos mexicanos que se encuentren compurgando condenas en territorio extranjero.
-      Intercambiar, en coordinación con otras autoridades, información a efecto de ubicar personas extraviadas y menores de edad respecto de los cuales exista la presunción de que se encuentran fuera de territorio nacional.
-      Realizar, en el ámbito de competencia de la Institución, tareas de intercambio de información destinadas a localizar, recuperar y repatriar patrimonio cultural que haya sido sustraído ilegalmente del país.
-      Coordinar y colaborar, en el ámbito de su competencia, con las instituciones policiales de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México y de los Municipios respecto del cumplimiento de los compromisos de carácter internacional en materia de asuntos policiales internacionales.
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, la actualización de información en los bancos de datos con la información generada a través del intercambio con agencias policiales internacionales, operando los sistemas de comunicación existentes.
-      Diseñar, en el ámbito de su competencia, las metodologías de análisis de la información para generar inteligencia preventiva que permita la identificación de personas, grupos u organizaciones vinculados con la delincuencia organizada.
-      Proponer, emitir y evaluar, conjuntamente con las áreas operativas competentes, los lineamientos para la captación, sistematización, procesamiento de datos, generación de información estadística, georreferida en mapas e indicadores sobre los procesos de la Institución, a fin de contribuir a la mejora estratégica de la Institución.
 
-      Diseñar, integrar e implementar, en el ámbito de competencia de la Institución, sistemas y mecanismos de análisis de la información relativa al fenómeno de la delincuencia.
-      Solicitar a las autoridades competentes, conforme a las disposiciones aplicables, la información relativa a la identificación y evolución de las actividades y modos de operación de la delincuencia.
-      Suministrar oportunamente a las áreas operativas de la Institución la información disponible que requieran para el desempeño de sus funciones, de conformidad con las políticas institucionales, a través de mecanismos ágiles y seguros.
-      Desarrollar y operar sistemas de procesamiento de información, entre otras, sobre incidencia delictiva, para la investigación preventiva y combate a la delincuencia, en el ámbito de su competencia.
-      Operar y coordinar la aplicación de métodos de comunicación que, en términos de las disposiciones aplicables, se implemente con las instituciones policiales extranjeras.
-      Operar, en el ámbito de competencia de la Institución, procedimientos de intercambio de información con instituciones policiales extranjeras.
-      Fungir como enlace con instituciones policiales extranjeras a fin de intercambiar información policial tendiente a la localización de prófugos de la justicia mexicana fuera de territorio nacional, en coordinación con la Agregaduría correspondiente.
-      Proponer mecanismos de enlace con instituciones policiales extranjeras a fin de intercambiar información policial.
-      Efectuar las acciones policiales correspondientes para el traslado de prófugos respecto de los cuales se haya concedido su extradición.
-      Atender, en el ámbito de su competencia, solicitudes de asistencia recíproca de policía criminal y demás compromisos contraídos con la Organización Internacional de Policía Criminal, de conformidad con las disposiciones aplicables.
-      Intercambiar información en identificación de cadáveres de personas que se suponen nacionales y que hayan fallecido en territorio extranjero y que se encuentren catalogadas como "no identificadas".
-      Implementar, en el ámbito de su competencia, mecanismos de coordinación y colaboración en materia de seguridad pública con los gobiernos, instituciones, agencias y organismos internacionales.
-      Coordinar el enlace institucional con organismos policiales gubernamentales y no gubernamentales homólogos, nacionales y extranjeros, que se relacionen con el ámbito de sus atribuciones.
-      Intercambiar información con otros países de fichas internacionales de difusión de la Organización Internacional de la Policía Criminal, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Informar de manera periódica a la División de Inteligencia los avances y resultados, así como remitir los informes y demás documentos que se generen en la materia de su competencia.
-      Coordinar, la actualización de los bancos de datos de la Institución relacionados con la información criminal policial de carácter internacional.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS Y ESTADÍSTICA
OBJETIVO
Implementar las políticas, criterios y procedimientos de recopilación, sistematización y análisis cuantitativo y cualitativo de información en materia delictiva, con base al estudio de las estructuras de las organizaciones delictivas e identificación de riesgos que atenten contra la seguridad de la ciudadanía, con la finalidad de generar productos de inteligencia que permitan combatir la comisión de delitos.
FUNCIONES
-      Establecer canales de consulta de las bases de datos de la Institución, vinculadas con el intercambio de información con instituciones policiales extranjeras.
-      Analizar y sistematizar, en el ámbito de su competencia, la información dirigida a la identificación de riesgos para la seguridad pública.
-      Emitir, en el ámbito de su competencia, los diagnósticos regionales, estatales y municipales en materia de seguridad pública.
 
-      Proponer líneas de investigación sobre personas y/u organizaciones para prevenir la comisión de delitos o, en el ámbito de su competencia, para combatirlos con base en la información captada de los enlaces de la Institución en el extranjero.
-      Proporcionar seguimiento puntual, en el ámbito de su competencia, a las peticiones de información de las diversas agencias extranjeras.
-      Tramitar ante las instituciones de gobierno federal, en el ámbito de su competencia, las solicitudes de colaboración para atender las peticiones de información de las agencias extranjeras.
-      Identificar, conforme a las disposiciones aplicables, organizaciones vinculadas con la delincuencia organizada, mediante la administración de la captación y recolección de información obtenida por medios técnicos y humanos que devenguen en líneas estratégicas a efecto de identificar organizaciones vinculadas a los delitos federales.
-      Realizar intercambio de información interinstitucional y, en el ámbito de su competencia, detección de necesidades de información táctica básica para la identificación y ubicación de personas y/o grupos vinculados con organizaciones criminales.
-      Asegurar la clasificación y análisis oportuno de la información proporcionada por fuentes internas y externas de la Institución, para generar información de inteligencia que permita la prevención y el combate del delito en el ámbito federal.
-      Establecer sistemas de clasificación y registro de información policial conforme a la dirección y conducción del análisis estratégico que arroje información sustantiva para la realización de operativos en coadyuvancia con las diferentes áreas de las Divisiones.
-      Generar información de inteligencia para desarrollar análisis prospectivo sobre situaciones de seguridad pública vinculadas a acciones de delincuencia organizada, a fin de determinar estrategias de mediano plazo en materia de prevención y combate del delito en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Aplicar la metodología de análisis de información que permita interrelacionar el mayor número de variables para generar productos de inteligencia que estén sustentados en modelos de razonamiento lógico.
-      Generar las estrategias de análisis de información que permitan identificar y determinar situaciones críticas o de riesgo para la seguridad pública vinculados con la delincuencia, en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Consolidar la información de inteligencia que se derive del análisis para apoyar, conforme a las disposiciones aplicables, el establecimiento de líneas de investigación que lleven a la identificación de estructuras de las organizaciones delictivas que operan en el país y que estén vinculadas con organizaciones delictivas internacionales, para asegurar resultados.
-      Intercambiar información, de conformidad con las disposiciones aplicables, con las diferentes policías nacionales e internacionales para fortalecer los análisis de situaciones coyunturales que lleven a detectar posibles hechos delictivos o a prevenirlos.
-      Dirigir la alimentación de información en el Sistema Único de Información Criminal de Plataforma México, en el ámbito de su competencia.
-      Elaborar redes de información que, conforme a las disposiciones aplicables, permitan la ubicación, operación y detención de grupos delictivos y personas vinculadas con hechos ilícitos.
-      Difundir conforme a las disposiciones aplicables, a los enlaces de la Institución en el extranjero la información obtenida por diversas fuentes de información institucional.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS POLICIALES INTERNACIONALES
OBJETIVO
Coordinar las acciones de cooperación e intercambio de información en materia de seguridad pública con los organismos y agencias policiales internacionales, mediante el establecimiento y operación de canales de comunicación que faciliten el procesamiento y análisis de datos de inteligencia, para contribuir a los esfuerzos nacionales en el combate a la delincuencia organizada.
 
FUNCIONES
-      Obtener y generar información internacional confiable en temas de interés estratégico para los fines de la Institución.
-      Operar procedimientos para el intercambio de información policial con las agencias policiales internacionales, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Procesar la información de inteligencia que permita ubicar y asegurar en territorio nacional a prófugos que cuenten con órdenes de detención provisional con fines de extradición internacional e informar a la División de Investigación para su intervención.
-      Proponer y aplicar procedimientos de intercambio de información con el propósito de localizar fuera del país vehículos, aeronaves y embarcaciones robados y proceder a su recuperación a través de las instancias correspondientes.
-      Intercambiar, en términos de las disposiciones aplicables, información con agencias internacionales a fin de localizar prófugos de la justicia mexicana fuera del territorio nacional y turnarla a las autoridades competentes de investigación para que se proceda a su extradición.
-      Ubicar personas extraviadas respecto de las cuales exista la presunción de que se encuentran fuera de territorio nacional.
-      Realizar tareas de intercambio de información destinadas a localizar, recuperar y repatriar bienes propiedad de la nación que hayan sido sustraídos ilegalmente del país.
-      Mantener actualizados, en términos de las disposiciones aplicables, los bancos de datos relacionados con la información criminal policial de carácter internacional.
-      Actualizar la integración de la información de personas, grupos y organizaciones presumiblemente o declaradas delictivas, en el ámbito de su competencia.
-      Proponer a su superior jerárquico la difusión de mensajes según corresponda a temáticas internacionales.
-      Proponer y desarrollar mecanismos de intercambio de información con autoridades internacionales para garantizar un margen de efectividad en cuanto a la mecánica y vínculos de operación de grupos y/o personas vinculadas con delitos federales.
-      Revisar los protocolos existentes con agencias internacionales para el intercambio de información relacionada con el robo de documentos de viajes, identificación de cadáveres y otros en el ámbito de su competencia.
-      Facilitar, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Procuraduría General de la República y demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la interlocución internacional de la Policía Federal para la ejecución de acciones en el ámbito de su competencia.
-      Proponer vínculos con representantes extranjeros acreditados en el país para el manejo de temas de seguridad pública.
-      Coordinar, en el ámbito de su competencia, las actividades relativas a la agenda internacional de seguridad pública.
-      Previo acuerdo con su superior jerárquico, establecer y operar canales de comunicación y vinculación con agencias gubernamentales y policiales extranjeras, para facilitar el flujo internacional de información y realizar estudios comparados en materia de seguridad pública.
-      Elaborar proyectos de convenios, acuerdos, tratados internacionales relacionados con la seguridad pública y demás actos jurídicos que se sometan a consideración de la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
-      Promover, en coordinación con los agregados y enlaces de la Secretaría acreditados en el extranjero, la cooperación en materia de seguridad pública, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales.
-      A través de los agregados y enlaces:
a)   Representar a la Policía Federal ante las autoridades, instituciones, agencias y organismos internacionales;
b)   Dar seguimiento y vigilar el cumplimiento de los compromisos internacionales que correspondan a la Institución en el ámbito de sus funciones;
 
c)   Elaborar estudios de carácter internacional y promover la celebración de instrumentos internacionales en materia de seguridad pública, y
d)   Proponer a su superior jerárquico la posición que deba asumir la Secretaría en foros y organismos internacionales.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDICADORES DE INTEGRACIÓN DE LA INFORMACIÓN
OBJETIVO
Dirigir el diseño, implementación, análisis y evaluación de los indicadores de integración de la información de la Policía Federal, mediante el desarrollo del proceso de integración y unificación de los datos generados por la Institución, para la elaboración de informes comparativos en materia de seguridad pública que contribuyan en la mejora del desempeño de la actividad policial.
FUNCIONES
-      Establecer los parámetros para la generación de indicadores de gestión de la información contenida en los sistemas de información de la Institución.
-      Diseñar los procedimientos para carga, suministro, consulta, actualización, resguardo y certificación de la información contenida en los sistemas de información de la Institución.
-      Vigilar y supervisar los procesos relativos a la carga, suministro, consulta, actualización, resguardo y certificación de la información contenida en los sistemas de información de la Institución.
-      Elaborar los protocolos de seguridad de la información contenida en los sistemas de información de la Institución.
-      Dar seguimiento a la vigencia de los informes que emitan las unidades operativas de la Institución en materia de integración de la información.
-      Sistematizar y evaluar periódicamente los informes de indicadores estratégicos de la Policía Federal.
-      Informar al superior jerárquico sobre el cumplimiento que den las unidades de la Institución a los procedimientos de carga, suministro, consulta, actualización, resguardo y certificación de la información contenida en los sistemas de información de la Institución, en los respectivos ámbitos de su competencia.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIVISIÓN DE INVESTIGACIÓN
OBJETIVO
Implementar investigaciones de campo y gabinete que permitan la obtención de productos de inteligencia, mediante técnicas, métodos y estrategias de investigación de hechos y recopilación de indicios, con la finalidad de realizar acciones policiales operativas que ayuden a prevenir y combatir los delitos del orden federal.
FUNCIONES
-      Diseñar, dirigir y operar los sistemas de recopilación, clasificación, registro y explotación de información policial, para conformar bancos de datos que sustenten el desarrollo de acciones contra la delincuencia.
-      Desarrollar acciones sistematizadas para la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de información para la prevención y, en el ámbito de su competencia, para el combate a los delitos, bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a las garantías individuales de la Constitución Federal.
-      Suministrar información a las unidades de la Institución encargadas de la generación de inteligencia para la prevención e investigación de los delitos federales.
-      Diseñar y aplicar los métodos de análisis y clasificación de información táctica que permita prevenir y combatir a la delincuencia.
-      Crear, dirigir y aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación de los hechos y recopilación de los indicios de conformidad con las disposiciones legales.
 
-      Establecer y operar métodos de comunicación y redes de información policial para acopio y clasificación oportuna de los datos que requieran las unidades de la Institución, de conformidad con las normas respectivas.
-      Analizar e identificar las estructuras y los modos de operación de las organizaciones delictivas para su combate, en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, la detección, identificación, ubicación y prevención de las actividades delictivas de organizaciones, grupos o individuos que intenten alterar el orden y la paz públicos.
-      Coordinar y realizar acciones policiales específicas que aseguren la obtención, el análisis y explotación de información de inteligencia, para ubicar, identificar, disuadir, prevenir y combatir la comisión de los diversos delitos.
-      Participar en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que las autoridades competentes consideren se encuentren relacionados con hechos delictivos, observando las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
-      Reunir la información que pueda ser útil al Ministerio Público, conforme a sus instrucciones, para acreditar que se ha cometido un hecho calificado por la Ley como delito y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión.
-      Establecer líneas de investigación policial a partir del análisis de la información respecto de estructuras y modos de operación de las organizaciones criminales, en cumplimiento de los mandamientos ministeriales o judiciales.
-      Aplicar, en el ámbito de competencia de la División de Investigación, los procedimientos de intercambio de información policial, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Asesorar y supervisar a las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas que así lo soliciten, en el trámite de los asuntos que les corresponda atender.
-      Proponer al Comisionado General, la intervención de comunicaciones y operaciones encubiertas, en coordinación con la División de Inteligencia.
-      Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención o, en el ámbito de competencia de la Institución, el combate de los delitos.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE GABINETE
OBJETIVO
Determinar el método de análisis táctico y técnicas específicas para la investigación de delitos federales, mediante la sistematización y administración de la información sustantiva policial y su integración a las bases de datos institucionales, para generar líneas de investigación tendientes a la desarticulación de las estructuras criminales y la delincuencia organizada.
FUNCIONES
-      Recopilar, clasificar, registrar y explotar los sistemas de información policial, para conformar bancos de datos que sustenten el desarrollo de acciones contra la delincuencia.
-      Realizar acciones sistematizadas para la planeación, recopilación, análisis y aprovechamiento de la información para la prevención y combate a los delitos, en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Desarrollar los métodos de análisis y clasificación de información táctica que permita prevenir y, en el ámbito de su competencia, combatir a la delincuencia.
-      Analizar e identificar las estructuras y los modos de operación de las organizaciones delictivas.
-      Examinar la información de la estructura y los modos de operación de las organizaciones delictivas a fin de poder determinar, en el ámbito de su competencia, líneas de investigación policial.
-      Analizar y clasificar la información táctica que permita combatir a la delincuencia con mayor eficiencia y eficacia.
-      Ejecutar métodos de comunicación y redes de información policial, para acopio y clasificación oportuna de los datos que requiera la Institución de conformidad con las normas y políticas institucionales.
 
-      Elaborar las propuestas de procedimientos para el trámite y manejo de documentación e información dentro de la Institución, a fin de evitar fugas de información.
-      Proporcionar información policial a autoridades federales, de la Ciudad de México, estatales y municipales, de conformidad con la normatividad y los convenios celebrados por la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE ANÁLISIS TÁCTICO
OBJETIVO
Dirigir el desarrollo y aplicación del método de análisis táctico, a través del empleo de nuevas técnicas de investigación, sistematización de información y líneas de investigación para el estudio de la estructura delictiva, a fin de que en coordinación con el área de campo se realice su desarticulación para prevenir y combatir los delitos federales, en el ámbito de su competencia.
FUNCIONES
-      Plantear y llevar a cabo las bases y directrices generales, así como diseñar los procesos tendientes a la generación de inteligencia táctica que permita la prevención de delitos del ámbito federal, a través del ciclo de inteligencia.
-      Aplicar procesos de sistematización de información policial mediante el uso de tecnología que fomente el desarrollo de técnicas y métodos de análisis táctico.
-      Proponer y ejecutar los métodos de análisis de información para generar inteligencia operacional que permita identificar a personas, grupos, organizaciones, zonas prioritarias y modos de operación, vinculados con los delitos del fuero federal, con el fin de prevenir y, en el ámbito de su competencia, combatir la comisión de los mismos.
-      Recopilar y solicitar, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, información relativa a la comisión de algún delito de ámbito federal a diversas instituciones y fuentes, que sirva para establecer posibles líneas de investigación policial.
-      Recolectar, clasificar, registrar, evaluar y analizar, conforme a las disposiciones aplicables, la información obtenida que guarde relación con personas y organizaciones nacionales o extranjeras radicadas en el territorio nacional que presumiblemente tengan algún nexo delictivo.
-      Coadyuvar con otras autoridades que desarrollen funciones de investigación de gabinete.
-      Diseñar, dirigir y operar los sistemas de recopilación, clasificación, registro y explotación de información policial, conforme a las disposiciones aplicables, para conformar bancos de datos que sustenten el desarrollo de acciones preventivas y de combate al delito.
-      Generar líneas de acción táctica, conforme a las disposiciones aplicables, contra personas, grupos y organizaciones dedicadas a la comisión de delitos federales, para fortalecer el trabajo de las áreas operativas y coadyuvar a la definición de estrategias y toma de decisiones.
-      Ejecutar acciones, en el ámbito de su competencia, dirigidas a conocer patrones de estructura, logística, modus operandi y vínculos delictivos, a fin de detectar, ubicar e identificar actores y organizaciones delictivas dedicados a los delitos de fuero federal.
-      Proponer y aplicar, en el ámbito de su competencia, actividades específicas que permitan detectar e identificar a personas u organizaciones delictivas radicadas en el territorio nacional, vinculadas con delitos federales.
-      Realizar acciones policiales específicas, en el ámbito de su competencia, que aseguren la obtención, el análisis y explotación de información de inteligencia, para ubicar, identificar, disuadir, prevenir y combatir la comisión de delitos.
-      Recabar, con apego a las disposiciones legales aplicables, información necesaria en registros, bancos de datos y otras fuentes para generar inteligencia para la prevención de los delitos.
-      Proponer y desarrollar los mecanismos de enlace e intercambio de información institucional, para el desarrollo de operaciones en apoyo a diversas autoridades de los tres niveles de gobierno de conformidad con los ordenamientos legales aplicables.
-      Integrar y resguardar en el ámbito de su competencia la base de datos que sustente el desarrollo de programas y estrategias que sirvan para la toma de decisiones, la instrumentación y la conducción de operativos.
 
-      Diseñar estrategias y dirigir las acciones de prevención y detección de delitos y faltas administrativas, en el ámbito de la competencia de la Institución.
-      Desarrollar, mantener y supervisar fuentes de información que permitan obtener datos sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos.
-      Generar información para llevar a cabo acciones de prevención de delitos a partir de los datos aportados por las investigaciones.
-      Examinar y procesar la información recabada para que sea utilizada en la implementación de acciones preventivas de delitos de atención prioritaria.
-      Mantener bajo reserva las investigaciones que por su relevancia sean de carácter confidencial.
-      Reservar la información que ponga en riesgo alguna investigación conforme a las disposiciones aplicables.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE FICHAS Y REGISTROS DELICTIVOS
OBJETIVO
Administrar bases de datos de información táctica de personas y organizaciones criminales, mediante fichas y registros que se integren al Sistema Único de Información Criminal, para facilitar su consulta a otras áreas de la Institución y autoridades competentes que la soliciten, así como generar productos de inteligencia que apoyen el desarrollo de líneas de investigación en la prevención y combate de los delitos del orden federal.
FUNCIONES
-      Generar fichas y registros delictivos con todos aquellos datos que permitan identificar y desarticular organizaciones de la delincuencia, en el ámbito de su competencia.
-      Elaborar y resguardar las fichas de personas y organizaciones delictivas que contengan información referente a sus miembros que permitan su identificación y detección, a fin de prevenir la comisión de los delitos.
-      Implementar y operar una base de datos conformada con información sustantiva para generar inteligencia operacional que permita identificar a personas, grupos, organizaciones, antecedentes, evolución criminal y modos de operación vinculados con diversos delitos con el fin de prevenir su comisión.
-      Elaborar documentos en los que se asienten los datos de las personas que presumiblemente tienen nexos criminológicos.
-      Analizar la información obtenida por la Institución para utilizarla en la implementación de acciones preventivas de delitos.
-      Registrar, actualizar y resguardar las bases de datos que contengan los ficheros criminalísticos y demás elementos necesarios para la identificación de las personas y organizaciones relacionadas con actividades delictivas, a efecto de prevenir la comisión de los delitos.
-      Proporcionar, en términos de las disposiciones aplicables, la información de fichas y registros criminales que obren en sus bases de datos, y que soliciten otras áreas de la Institución o las autoridades competentes.
-      Procesar la información obtenida para realizar, conforme a las disposiciones aplicables, acciones encaminadas a la detección, identificación, ubicación y prevención de las actividades de organizaciones delictivas.
-      Proponer líneas de investigación a partir del análisis de la información de la estructura y los modos de operación de las organizaciones delictivas.
-      Integrar y consultar las bases de datos que contenga el Sistema Único de Información Criminal.
-      Proporcionar apoyo a autoridades federales, de la Ciudad de México, estatales y municipales, de conformidad con la normatividad y los convenios celebrados por la Secretaría y la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
 
DIRECCIÓN GENERAL DE MANEJO DE CRISIS Y NEGOCIACIÓN
OBJETIVO
Definir estrategias en el manejo integral de situaciones de crisis y negociación de secuestros, terrorismo y toma de rehenes en coordinación con otras instancias de gobierno y las personas afectadas, a través de técnicas específicas de obtención, sistematización y análisis de información, para aumentar las probabilidades de solución y generación de líneas de investigación, así como la atención integral a víctimas y acciones de prevención del delito.
FUNCIONES
-      Brindar asesoría a las personas que así lo requieran para el manejo de crisis en situación de rehenes, secuestro, terrorismo y otros delitos que impliquen riesgo a las personas o instituciones.
-      Elaborar los estudios para analizar y evaluar la información y el perfil psicológico del probable delincuente que permita conducir las negociaciones con la mayor probabilidad de éxito.
-      Proponer y ejecutar los lineamientos generales de actuación policial en materia de orientación ciudadana.
-      Operar los mecanismos para la recepción de información ciudadana sobre la posible comisión de delitos federales.
-      Proponer y ejecutar los procedimientos para verificar la información de las denuncias que le sean presentadas directamente.
-      Desarrollar, mantener y supervisar fuentes de información en la ciudadanía, que permitan obtener datos sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos.
-      Coadyuvar con otras autoridades que realicen funciones relativas al manejo de crisis.
-      Proponer y aplicar los mecanismos para la atención de personas afectadas por la incidencia de algún delito en proceso, a fin de evitar la consumación del mismo y, en su caso, prevenir la ocurrencia o recurrencia de nuevas conductas delictivas.
-      Implementar los mecanismos para la obtención de información relativa a eventos delictivos históricos que permitan establecer líneas de investigación policial.
-      Entrevistar, en términos de las disposiciones legales aplicables, a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención del delito.
-      Controlar el flujo de la información del delito y los sistemas documentales de la misma, a fin de evitar la fuga de información.
-      Adoptar las medidas necesarias para evitar que se ponga en peligro la integridad física de las víctimas, ofendidos, familiares y testigos de delitos.
-      Adoptar las medidas correspondientes para que los Integrantes bajo su mando proporcionen auxilio inmediato a las víctimas, ofendidos o testigos del delito, en términos de la ley.
-      Mantener bajo la más estricta confidencialidad los datos de identificación de las víctimas, ofendidos, familiares y testigos de delitos.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE CAMPO
OBJETIVO
Implementar investigaciones de campo para lograr la identificación, ubicación, detección del modus operandi de personas u organizaciones vinculadas con la comisión de delitos federales, mediante la aplicación de técnicas y tácticas policiales, con la finalidad de lograr su detención y posterior desarticulación, coadyuvando con la autoridad ministerial en la acreditación de la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados.
FUNCIONES
-      Suministrar información y medios de prueba a las unidades de la Institución encargadas de la generación de inteligencia para la prevención de los delitos federales e investigación de los mismos en el ámbito de su competencia.
 
-      Recolectar, clasificar, registrar, analizar, explotar y evaluar la información para generar inteligencia operacional, prevenir, investigar y, en el ámbito de su competencia, combatir delitos, así como, alimentar y resguardar la base de datos que sustente el desarrollo de programas y estrategias que sirvan para la toma de decisiones, la instrumentación y la conducción de operativos.
-      Ejecutar las técnicas, métodos y estrategias de investigación policial, en el ámbito de su competencia, para recabar las pruebas necesarias, y auxiliar a las autoridades competentes en el ejercicio de sus facultades legales.
-      Sistematizar registros, bancos de datos y otras fuentes la información necesaria, para generar inteligencia para la prevención de los delitos.
-      Detectar, identificar y ubicar las actividades de organizaciones, grupos delictivos o individuos vinculados con la delincuencia, que permitan la prevención de los delitos.
-      Realizar las investigaciones, en el ámbito de su competencia, a través de sistemas homologados de recolección, clasificación, registro, análisis, evaluación y explotación de información.
-      Participar en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que las autoridades competentes consideren se encuentren relacionados con los hechos delictivos, observando las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
-      Reunir la información que, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, pueda ser útil para probar la comisión de un hecho delictivo y la probable responsabilidad de los indiciados.
-      Proponer la intervención de comunicaciones privadas, en términos del Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
-      Verificar la información de las denuncias que le sean presentadas directamente a la Institución, y remitirlas, en su caso, al Ministerio Público.
-      Asesorar, previa solicitud de las unidades de investigación de las entidades federativas, en el trámite de los asuntos que le corresponda.
-      Elaborar las propuestas para las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención del delito.
-      Entrevistar a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención o el combate de los delitos, en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS
OBJETIVO
Dirigir la aplicación de técnicas, métodos y estrategias de investigación de campo enfocadas a los delitos contra la seguridad e integridad de las personas, mediante el uso de herramientas tecnológicas que permitan la identificación, ubicación y detección del modus operandi de personas u organizaciones delictivas, a fin de coadyuvar en la investigación policial con otras autoridades federales, estatales y municipales que lo requieran, de conformidad con las disposiciones aplicables.
FUNCIONES
-      Prevenir e investigar en el ámbito de su competencia los delitos que atenten contra la seguridad e integridad de las personas.
-      Aplicar la metodología y estrategias de investigación de campo que permitan explotar las líneas de investigación y recabar las evidencias necesarias para la identificación, detección de organizaciones delictivas, conforme a las disposiciones aplicables.
-      Implementar, en el ámbito de su competencia, directrices en la investigación y operación para la identificación, ubicación y captura de presuntos responsables en la comisión de los delitos de su competencia.
-      Crear, dirigir y aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación policial, en el ámbito de su competencia, que permitan recabar la información necesaria para la prevención y el combate de acciones de personas u organizaciones dedicadas a los delitos de su competencia.
 
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, los mecanismos de investigación de manera eficiente para recabar las pruebas que tiendan a la acreditación de los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de las personas o miembros de organizaciones dedicadas a la comisión de delitos federales.
-      Coadyuvar en la investigación policial con otras autoridades federales, estatales y municipales que lo requieran, de conformidad disposiciones aplicables.
-      Suministrar información y medios de prueba a las áreas de la Institución encargadas de la generación de inteligencia para la prevención de delitos.
-      Realizar investigaciones en el ámbito de su competencia, que permitan recopilar información para detectar, ubicar, identificar y prevenir conductas de índole delictiva.
-      Desarrollar las acciones necesarias que permitan obtener información en lugares públicos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
-      Realizar, en términos de las disposiciones legales aplicables, entrevistas a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención y el combate de los delitos.
-      Participar, cuando sea formalmente requerida de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con autoridades de los tres órdenes de gobierno, en la prevención e investigación de delitos del orden federal.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE ALTO IMPACTO
OBJETIVO
Dirigir acciones para la investigación de campo de los delitos que por su naturaleza representen un impacto político y/o social al país; a través del diseño y desarrollo de metodologías y estrategias, para recabar evidencias que permitan la identificación, ubicación y detección de modus operandi de personas u organizaciones que afecten la seguridad pública en el territorio nacional.
FUNCIONES
-      Prevenir e investigar, en el ámbito de su competencia, los delitos que por sus efectos, trascendencia y elevada incidencia afecten gravemente la seguridad pública.
-      Diseñar y dirigir la metodología y estrategias de investigación de campo que, en el ámbito de su competencia, permitan explotar las líneas de investigación y recabar las evidencias necesarias para la identificación y combate a grupos delictivos.
-      Implementar, conforme a las disposiciones aplicables, directrices en la investigación y operación para la identificación, ubicación y captura de presuntos responsables en la comisión de los delitos a que se refiere la primera función.
-      Crear, dirigir y aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación policial que permitan recabar la información necesaria para la prevención y el combate de acciones de personas u organizaciones criminales dedicadas a la comisión de los delitos a que se refiere la primera función.
-      Aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación policial que permitan el desarrollo de estrategias de prevención delictiva.
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, los mecanismos de investigación de manera eficiente para recabar las pruebas que tiendan a la acreditación de los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de las personas o miembros de las organizaciones dedicadas a la comisión de delitos federales.
-      Coadyuvar en la investigación policial con otras autoridades de los tres órdenes de gobierno, de conformidad con las disposiciones aplicables.
-      Suministrar información y medios de prueba a las unidades de la Institución encargadas de la generación de inteligencia para la prevención de delitos.
-      Realizar investigaciones en el ámbito de su competencia, que permitan recopilar información para detectar, ubicar, identificar y combatir a las organizaciones delictivas.
-      Desarrollar las acciones necesarias que permitan obtener información en lugares públicos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
 
-      Realizar, en términos de las disposiciones legales aplicables, entrevistas a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención y el combate de los delitos.
-      Participar, cuando sea formalmente requerida, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con autoridades de los tres órdenes de gobierno, en la prevención e investigación de delitos del orden federal, y
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE DELITOS FEDERALES
OBJETIVO
Dirigir acciones para la investigación de los delitos de su competencia, a través del diseño y desarrollo de metodologías y estrategias aplicables implementados por los elementos de campo para recabar evidencias que permitan la identificación, ubicación y detección de modus operandi de personas u organizaciones dedicadas a cometer delitos federales, a fin de contribuir a su prevención y combate.
FUNCIONES
-      Prevenir e investigar, en el ámbito de su competencia, los delitos que por su naturaleza, ámbito de ejecución y características particulares le corresponda conocer a la Federación.
-      Diseñar y dirigir, en el ámbito de su competencia, la metodología y estrategias de investigación de campo que permitan explotar las líneas de investigación y recabar las evidencias necesarias para la identificación y combate de las organizaciones delictivas.
-      Implementar, conforme a las disposiciones aplicables, directrices en la investigación y operación para la identificación, ubicación y captura de presuntos responsables en la comisión de los delitos de su competencia.
-      Crear, dirigir y aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación policial que permitan recabar la información necesaria para la prevención y, en el ámbito de su competencia, el combate a los delitos de su competencia.
-      Aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación policial que permitan el desarrollo de estrategias de prevención delictiva.
-      Dirigir, en el ámbito de su competencia, los mecanismos de investigación de manera eficiente para recabar las pruebas que tiendan a la acreditación de los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de las personas o Integrantes de organizaciones criminales dedicadas a la comisión de delitos federales.
-      Coadyuvar en la investigación policial con otras autoridades federales, estatales y municipales que lo requieran, de conformidad con las disposiciones aplicables.
-      Suministrar información y medios de prueba a las unidades de la Institución encargadas de la generación de inteligencia para la prevención de delitos.
-      Realizar investigaciones en el ámbito de su competencia, que permitan recopilar información para detectar, ubicar, identificar y combatir los delitos de su competencia.
-      Desarrollar las acciones necesarias que permitan obtener información en lugares públicos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
-      Realizar, en términos de las disposiciones legales aplicables, entrevistas a las personas que pudieran aportar algún dato o elemento en la investigación para la prevención y el combate de los delitos.
-      Participar, cuando sea formalmente requerida, de conformidad con los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, con autoridades de los tres órdenes de gobierno, en la prevención e investigación de delitos del orden federal.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
 
COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN TÉCNICA Y OPERACIÓN
OBJETIVO
Coordinar las técnicas de investigación que permitan la generación de información, a través de los informes proporcionados por las áreas competentes de la Institución, para la localización de personas o grupos de personas relacionadas con conductas delictivas, así como para la ubicación de inmuebles vinculados con los delitos y la ejecución de acciones operativas tendientes a la detención de organizaciones criminales.
FUNCIONES
-      Determinar las herramientas tecnológicas para cada tipo de investigación, atendiendo a la elección del método y técnicas en los procedimientos específicos.
-      Sugerir técnicas de investigación que sirvan de apoyo para la obtención de un mayor número de datos.
-      Coordinar la elaboración de lineamientos para el manejo y mantenimiento de los instrumentos de investigación.
-      Instrumentar los lineamientos aplicables a las investigaciones técnicas y de operación.
-      Dirigir la implementación y actualización de los procedimientos sistemáticos de operación para el manejo de informantes y fuentes de información en la sociedad, que sirvan de apoyo a las labores de vigilancia y seguimiento.
-      Aprobar, en el ámbito de su competencia, los servicios de vigilancia para la localización de personas o grupos de personas relacionadas con conductas delictivas, así como para la ubicación de inmuebles vinculados con los delitos.
-      Recopilar los informes de las Direcciones Generales de Operaciones Tácticas, Vigilancia y Seguimiento y de Apoyo Táctico para la implementación de técnicas de investigación que permitan la generación de información.
-      Fijar los criterios para la ejecución de acciones operativas tendientes a la detención de organizaciones delictivas.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES TÉCNICAS
OBJETIVO
Conducir la implementación de sistemas o procedimientos especializados en seguridad pública en el marco al combate a la delincuencia, mediante el uso de herramientas de alta tecnología para registrar información, monitoreo y apoyo técnico especializado en materia de comunicación, a fin de establecer coberturas técnicas, que sustenten las investigaciones de gabinete y de campo y aporten datos que coadyuven en el esclarecimiento de hechos delictivos que en el ámbito de su competencia le corresponda conocer.
FUNCIONES
-      Proveer las herramientas tecnológicas para cada tipo de investigación, atendiendo a la elección del método y técnicas para un procedimiento específico.
-      Formular, conforme a las disposiciones aplicables, lineamientos para el manejo y mantenimiento de los instrumentos de investigación.
-      Operar, conforme a las disposiciones aplicables, instrumentos de recolección en materia de técnica de datos.
-      Diseñar, en el ámbito de su competencia, la creación de sistemas y procedimientos relacionados con la seguridad pública y el combate a la delincuencia mediante tecnologías que permitan acceder de forma segura, oportuna y eficaz a la información sustantiva.
-      Brindar apoyo logístico en materia de comunicación a las áreas de la División de Investigación.
-      Diseñar, dirigir y operar un centro de monitoreo técnico que permita observar el comportamiento de individuos, internos u organizaciones cuyos actos puedan incurrir en la comisión de delitos, de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
-      Proponer la intervención de comunicaciones privadas en términos del Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
 
-      Elaborar propuestas de modificación a los lineamientos técnicos que deban observarse para lograr una correcta cadena de custodia en el manejo de los indicios y pruebas.
-      Proporcionar servicios de fotografía, video y cualquier otro medio de registro técnico y científico para la recopilación de información de eventos relacionados con actividades delictivas.
-      Implementar equipos especiales de vigilancia para el monitoreo técnico, ubicación y localización con datos de georreferenciación de personas y vehículos, a fin de establecer coberturas técnicas para la investigación de campo.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA OPERATIVA
OBJETIVO
Dirigir las técnicas y procedimientos para la recopilación y obtención de información sustantiva en campo para la generación de inteligencia, a través de la vigilancia, seguimiento y cobertura policial, con la finalidad de apoyar las investigaciones que permitan la ubicación de personas o grupos, así como inmuebles relacionados con delitos del fuero federal.
FUNCIONES
-      Realizar acciones de inteligencia operativa y de campo para la recopilación y obtención de información sustantiva para la generación de inteligencia.
-      Efectuar servicios de vigilancia para lograr la ubicación de personas o grupos relacionados con algún delito federal.
-      Realizar servicios de vigilancia que permitan la ubicación de inmuebles vinculados a delitos de fuero federal.
-      Desarrollar servicios de vigilancia para lograr la localización de testigos, obtención de evidencia o corroboración de información.
-      Llevar a cabo servicios de seguimiento en cualquiera de sus modalidades: fija, a pie o motorizada, para vigilar a distancia personas o vehículos presumiblemente vinculados con algún delito federal.
-      Diseñar y ejecutar servicios de cobertura de acción o de fondo, que proporcionen al Integrante herramientas para el mejor desempeño de sus funciones.
-      Elaborar los procedimientos sistemáticos de operación para el manejo de informantes y fuentes vivas de información, que sirvan de apoyo a las labores de vigilancia y seguimiento.
-      Implementar sistemas para el manejo confidencial de la información recabada de los servicios de vigilancia y seguimiento.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO TÁCTICO
OBJETIVO
Participar en la planeación de estrategias de acción para los grupos de apoyo táctico en las operaciones policiales que sean requeridas, mediante el análisis de procedimientos de intercambio de información, así como la definición de los medios y recursos que deben ser utilizados, para detener, ubicar o combatir a las organizaciones delictivas, en apoyo a otras áreas facultadas, conforme a las disposiciones aplicables.
FUNCIONES
-      Realizar acciones operativas, en apoyo al personal de la Coordinación de Investigación, para detener, ubicar o combatir a las organizaciones delictivas conforme a las disposiciones aplicables.
-      Coordinar la ejecución de acciones operativas, basadas en el desarrollo de la investigación de gabinete, de campo, del análisis táctico e intercambio de información interinstitucional para detener, ubicar o combatir a las organizaciones delictivas, conforme a las disposiciones aplicables.
-      Participar, cuando así le sea solicitado, en los operativos implementados por otras áreas facultadas para ello en materia de prevención y combate a delitos federales.
-      Participar, en auxilio de las autoridades competentes, en operativos conjuntos con otras instituciones policiales federales, de las entidades federativas o municipales que se lleven a cabo conforme a lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos aplicables.
 
-      Participar en la detención de personas y en el aseguramiento de bienes que se encuentren relacionados con los hechos delictivos, observando las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
-      Elaborar las propuestas para las operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención del delito.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIVISIÓN DE SEGURIDAD REGIONAL
OBJETIVO
Diseñar las políticas de los dispositivos de investigación, operación, inspección, seguridad, verificación y vigilancia, mediante la aplicación de esquemas de inteligencia estratégica, investigación de campo e intervención operativa, con la finalidad de reducir índices delictivos, mantener el orden y garantizar la seguridad pública en todos aquellos lugares, zonas o espacios del territorio nacional sujetos a la jurisdicción federal en las entidades federativas que conforman la República Mexicana.
FUNCIONES
-      Mantener informado al Comisionado General de la situación de la seguridad pública en el territorio nacional, en el ámbito de competencia de la institución, a través del diagnóstico permanente, debiendo establecer los procedimientos correspondientes.
-      Diagnosticar permanentemente la situación de la seguridad pública, en los espacios federales a que alude el artículo 8, fracción III, de la Ley.
-      Establecer los procedimientos para elaborar un diagnóstico del estado de la seguridad pública en el territorio nacional en el ámbito de su competencia y mantener oportuna e integralmente informado al Comisionado General sobre el particular.
-      Establecer los sistemas de información que se requieran para apoyar las tareas y actividades de las Coordinaciones Estatales.
-      Establecer mecanismos para el intercambio de información en materia de infracciones, con autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno.
-      Diseñar las políticas para el uso y seguridad de la información que se requieran para generar inteligencia estratégica en las Coordinaciones Estatales que permita prevenir y, en el ámbito de su competencia, combatir la comisión de delitos, así como apoyar las tareas de la Institución.
-      Coordinar la elaboración, análisis y evaluación del Programa de Desarrollo Estratégico de la Institución en las Coordinaciones Estatales; analizar y evaluar sus resultados, así como interpretarlos para mantenerlos actualizados.
-      Planear y programar las operaciones y la prestación de servicios de las Coordinaciones Estatales, estableciendo y adecuando los mecanismos que permitan su óptimo desarrollo; asimismo, elaborar planes de contingencia para casos específicos de seguridad pública, que orienten y apoyen al Comisionado General en la toma de decisiones.
-      Ordenar los cambios de adscripción de los Integrantes en las Coordinaciones Estatales, así como su asignación en las unidades e instalaciones en el territorio nacional que, por naturaleza propia de sus funciones y las necesidades del servicio, se requieran.
-      Realizar en forma permanente la supervisión del despliegue operativo y funcional de los Integrantes de la Institución en las Coordinaciones Estatales.
-      Establecer con los gobiernos locales y municipales, a través de los operativos coordinados, los mecanismos de supervisión, control y aprovechamiento de los recursos, con la finalidad de homogeneizar los trabajos policiales de las Coordinaciones Estatales.
-      Captar, requerir, coordinar y procesar la información, así como realizar los estudios y proyectos para el cumplimiento de sus atribuciones.
-      Transformar las decisiones y directivas del Comisionado General en órdenes específicas y supervisar su estricto cumplimiento en las Coordinaciones Estatales.
-      Dar seguimiento a los acuerdos derivados de la firma de convenios de colaboración con otras autoridades.
-      Diseñar y evaluar los métodos de análisis de información para generar Inteligencia estratégica en las Coordinaciones Estatales, que permita prevenir y combatir la comisión de delitos.
 
-      Diseñar las políticas de seguridad en cuanto al manejo de la información y coordinar los mecanismos de control en las Coordinaciones Estatales.
-      Establecer las políticas y estrategias que garanticen la seguridad y funcionamiento de las instalaciones estratégicas ante eventos de origen natural o intencional que signifiquen riesgo para las mismas, proponiendo la incorporación de criterios básicos de seguridad en el manual correspondiente.
-      Expedir los lineamientos de operación conforme a los cuales los Integrantes, bajo el mando de las Coordinaciones Estatales, impondrán las sanciones por violación a las disposiciones que regulan el tránsito en caminos y puentes federales, así como la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Establecer los procedimientos para la adecuada aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito y seguridad en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Establecer, con el área de Asuntos Jurídicos, los criterios y lineamientos que las Coordinaciones Estatales deberán aplicar para resolver los recursos de revisión que se interpongan con motivo de la imposición de sanciones.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL
OBJETIVO
Auxiliar a las Coordinaciones Estatales en la elaboración de propuestas referentes a mecanismos, estrategias y realización de despliegues operativos de los Integrantes de la Institución en los aeropuertos, puertos y puntos fronterizos, mediante la definición y aplicación de métodos y técnicas operativas, para que el Jefe de la División de Seguridad Regional ponga a consideración del Comisionado General dichas propuestas.
FUNCIONES
-      Contribuir a la planeación de las acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia en los aeropuertos, puertos y fronteras, con base en los convenios de colaboración suscritos con otras autoridades, para que el Jefe de la División de Seguridad Regional ponga a consideración del Comisionado General dichas propuestas.
-      Participar en operativos conjuntos y coordinados con otras autoridades federales, estatales o municipales, conforme a lo dispuesto en los instrumentos jurídicos aplicables y dentro de su ámbito de competencia.
-      Proponer los planes y programas de prevención, seguridad y vigilancia en los aeropuertos, puertos y fronteras, para la aprobación del Titular de la División de Seguridad Regional.
-      Difundir entre los integrantes desplegados en los aeropuertos, la normatividad que en materia de aeronáutica civil sea aplicable, para su observancia, en el ámbito de sus atribuciones.
-      Someter a consideración del Titular de la División de Seguridad Regional los dispositivos permanentes y no permanentes de seguridad, así como los planes de contingencia que se requieran, a fin de preservar el orden y la paz públicos en los aeropuertos, puertos y fronteras.
-      Proponer en coordinación con las Coordinaciones Estatales las acciones y operaciones en materia de seguridad de aeropuertos, puertos y fronteras, a fin de propiciar la eficiencia de los dispositivos de inspección, verificación y vigilancia que ayuden a prevenir y combatir actos ilícitos.
-      Difundir en la División de Seguridad Regional, las estrategias y tácticas operativas para la prevención y combate de delitos en los aeropuertos, puertos y fronteras.
-      Proponer los lineamientos para realizar el análisis de los resultados estadísticos que permitan elaborar diagnósticos del estado de la seguridad, para que la División de Seguridad Regional o, en su caso, el Comisionado General de la Policía Federal tomen las medidas preventivas y operativas que permitan disminuir los índices de delitos e incidentes en los aeropuertos, puertos y fronteras.
-      Coordinar las acciones que permitan fortalecer la presencia de la Institución en los aeropuertos, de acuerdo al índice delictivo, flujo turístico y de mercancías, en colaboración con las Coordinaciones Estatales.
 
-      Proponer a las Coordinaciones Estatales los mecanismos para la vigilancia, supervisión e inspección en los recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros, para atender las determinaciones del Comisionado General.
-      Rendir informes del rendimiento operativo de los integrantes de la Institución que se encuentren en los aeropuertos, puertos y fronteras, a partir del establecimiento de mecanismos, para verificar que su actuación se apegue a la normatividad y técnicas policiales.
-      Proponer al Jefe de la División de Seguridad Regional las estrategias para la supervisión del despliegue de integrantes de la Institución, así como las acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia en los aeropuertos, puertos y puntos fronterizos, para que el Titular de la División de Seguridad Regional, lo someta a autorización del Comisionado General.
-      Promover que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Personal, para mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMACIÓN
OBJETIVO
Coordinar el flujo de información en tiempo real, mediante la implementación de canales de comunicación que den a conocer los eventos ocurridos en el ámbito territorial de su competencia, a fin de propiciar la captación de los insumos para la generación de líneas de investigación e inteligencia que oriente y apoye al Comisionado General en la toma de decisiones.
FUNCIONES
-      Proponer las políticas para el uso y seguridad de los canales de comunicación, así como de los sistemas de información, a fin de apoyar en las tareas y actividades tanto de las Coordinaciones Estatales como de las Direcciones Generales.
-      Coordinar los mecanismos para requerir, captar, actualizar y resguardar la información que proporcionen los elementos, que permitan realizar estudios y proyectos para el cumplimiento de las atribuciones de la División de Seguridad Regional.
-      Someter a consideración del Titular de la División, los métodos de análisis de información, así como los parámetros para el uso y creación de sistemas de información, a fin de generar inteligencia estratégica en apoyo a las Coordinaciones Estatales.
-      Coordinar la aplicación de las políticas que permitan la actualización, carga, consulta e intercambio de información en los sistemas institucionales de la Institución.
-      Solicitar periódicamente los reportes de resultados a las Coordinaciones Estatales, para la integración de informes de indicadores que permitan la toma de decisiones a las autoridades competentes.
-      Realizar informes sobre la carga, suministro, consulta, actualización y resguardo de la información contenida en los sistemas de información institucionales, en el ámbito de su competencia, a fin de contribuir a la toma de decisiones.
-      Participar en el diseño de los mecanismos para la generación de reportes estadísticos de los resultados de hechos ilícitos y de siniestralidad que se den como resultado de las acciones de registro, clasificación, análisis y proceso de la información generada por las Coordinaciones Estatales.
-      Dirigir los procedimientos de supervisión y control en tiempo real de la información generada en las Coordinaciones Estatales derivada de las acciones operativas.
-      Coordinar con base en los convenios de colaboración con otras autoridades, los mecanismos de enlace e intercambio de información institucional, dentro del ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional.
-      Formular los protocolos de actuación para la atención de denuncias ciudadanas, para someterlos a consideración del Titular de la División.
-      Impulsar los mecanismos que permitan captar las denuncias ciudadanas.
 
-      Proponer los procedimientos para canalizar y dar seguimiento a las denuncias ciudadanas, turnándolas a las Coordinaciones Estatales, para que sean verificadas y, en su caso, remitidas a las autoridades correspondientes.
-      Promover que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Información, para mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES
OBJETIVO
Proponer las acciones, estrategias y el despliegue operativo del personal de las Coordinaciones Estatales, mediante la aplicación de métodos y técnicas operativas, para prevenir y combatir la incidencia delictiva en carreteras, vías ferroviarias, centrales camioneras y demás zonas de jurisdicción federal.
FUNCIONES
-      Proponer la planeación de acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia en las Coordinaciones Estatales, dentro del ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional, para aprobación de las autoridades competentes.
-      Coordinar la implementación de acciones operativas de prevención, seguridad y vigilancia desarrolladas por las Coordinaciones Estatales, con base en los convenios de colaboración suscritos con otras autoridades, para preservar el orden y la paz públicos.
-      Participar en operativos conjuntos y coordinados con otras autoridades federales, estatales o municipales, conforme a lo dispuesto en los instrumentos jurídicos aplicables y dentro del ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional.
-      Proponer los planes y programas de operaciones, así como los dispositivos permanentes y no permanentes y los planes de contingencia para casos específicos que se requieran en las Coordinaciones Estatales, para aprobación de las autoridades competentes.
-      Participar en la coordinación del despliegue operativo y funcional de las Coordinaciones Estatales, para homogeneizar los trabajos policiales.
-      Coordinar los dispositivos de seguridad que se implementen en carreteras, vías ferroviarias y centrales camioneras.
-      Proponer al Titular de la División las ubicaciones en las carreteras de jurisdicción federal, para el establecimiento de puntos de atención ciudadana.
-      Coordinar con las Coordinaciones Estatales el control de los dispositivos especiales de seguridad que se implementen, a fin de mantener informado al Titular de la División de Seguridad Regional para la toma de decisiones.
-      Auxiliar al Titular de la División de Seguridad Regional en el despliegue de los Integrantes de la Institución para brindar apoyo a las Coordinaciones Estatales en la detención de personas y el aseguramiento de bienes que se encuentren relacionados con los hechos delictivos, con observancia irrestricta a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
-      Promover que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Operaciones, para mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA Y ADIESTRAMIENTO
OBJETIVO
Proponer sistemas y flujos de información que ayuden a detectar las necesidades operativas, administrativas y tecnológicas de la División de Seguridad Regional, mediante el análisis, la evaluación e interpretación de los resultados que en materia de programas institucionales, capacitación, sistemas tecnológicos y control de documentos se atiendan, con la finalidad de generar instrumentos y estrategias que faciliten la toma de decisiones.
 
FUNCIONES
-      Participar en los comités institucionales encomendados y coordinar las acciones que en materia de seguimiento y cumplimiento a los acuerdos derivados de los mismos, sean de la competencia de la División de Seguridad Regional, a fin de informar a las autoridades competentes para la toma de decisiones.
-      Conducir la elaboración, análisis, interpretación, seguimiento y evaluación de resultados e indicadores relativos al PDE, para supervisar el cumplimiento de metas y objetivos en las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional.
-      Proponer los criterios y lineamientos para que la División de Seguridad Regional ordene los cambios de adscripción y asignación de servicio de los integrantes en las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la citada División.
-      Proponer los mecanismos y herramientas para mantener actualizadas las bases de datos del estado de fuerza, a fin de orientar la toma de decisiones de la División de Seguridad Regional, respecto a los cambios de adscripción y asignación de servicios.
-      Coordinar la elaboración y actualización de los manuales de organización, así como de los procedimientos sistemáticos de operación de las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional, para someterlos a autorización de las instancias competentes.
-      Promover la actualización de políticas, procesos, funciones y procedimientos, para dar cumplimiento a los objetivos y metas de las Direcciones Generales, así como de las Coordinaciones Estatales de la División de Seguridad Regional.
-      Proponer las políticas y procedimientos para asegurar que las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional, remitan la información en materia de transparencia y acceso a la información, a fin de atender los requerimientos de la Dirección General de Enlace.
-      Participar en la elaboración de los lineamientos institucionales para la clasificación documental y manejo de la información, que deberán observar las Coordinaciones Estatales y las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional.
-      Colaborar con la Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial, en la organización de cursos de capacitación y adiestramiento para la profesionalización del personal de la División de Seguridad Regional y el desarrollo de sus capacidades y habilidades.
-      Someter a consideración del Titular de la División, las líneas de acción que permitan solventar las necesidades tecnológicas, en materia de desarrollo e instrumentación de sistemas informáticos, de las Coordinaciones Estatales y Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional, para el cumplimiento de sus funciones y objetivos.
-      Coordinar las acciones para la determinación de especificaciones, necesidades de operación, instalación y mantenimiento de los equipos de cómputo y comunicaciones de las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales de la División de Seguridad Regional, para presentarlas a la Coordinación de Soporte Técnico para su visto bueno.
-      Presentar al Titular de la División, la propuesta de requerimientos técnicos de las Coordinaciones Estatales y Direcciones Generales, a fin formular la solicitud correspondiente a la Coordinación de Soporte Técnico para la adquisición de bienes y servicios informáticos, equipos tecnológicos y servicios de transmisión de voz, datos e imágenes.
-      Asesorar al Titular de la División de Seguridad Regional y a los integrantes de la misma, a fin de apoyar el desarrollo de sus atribuciones.
-      Emitir opiniones sobre proyectos de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, manuales, convenios y contratos relacionados con la competencia de la División de Seguridad Regional, para la consideración del Titular de dicha División.
-      Promover que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Logística y Adiestramiento, para mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
 
-      Participar como enlace de la División de Seguridad Regional con organismos internacionales, para llevar a cabo operaciones policiales en el ámbito de su respectiva competencia.
-      Proponer acciones que garanticen la integridad del personal adscrito a la División de Seguridad Regional, mediante la aplicación de herramientas psicosociales y psicoemocionales, para aprobación del Titular de la División.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANES Y SUPERVISIÓN
OBJETIVO
Coordinar las acciones de mejora continua en la aplicación de las disposiciones legales y reglamentarias, relativas al tránsito y seguridad en caminos y puentes federales, así como la verificación de los recursos asignados a las Coordinaciones Estatales y Direcciones Generales, a través de la implementación de planes y programas que supervisen el cumplimiento de la operación y el desahogo de las observaciones emitidas por las instancias auditoras y órganos facultados para emitir recomendaciones a la División de Seguridad Regional.
FUNCIONES
-      Coordinar el registro de observaciones y acciones de mejora emitidas por los órganos fiscalizadores, a través el sistema de control determinado, a fin de dar seguimiento e informar a las autoridades competentes para la toma de decisiones.
-      Proponer las políticas y lineamientos para la atención de observaciones y acciones de mejora pendientes de solventar por parte de la División de Seguridad Regional.
-      Proponer los planes y programas para implementar las acciones de mejora formuladas por los órganos fiscalizadores, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones normativas y la adecuada disposición de los recursos humanos, financieros y materiales en las Direcciones Generales y Coordinaciones Estatales.
-      Difundir en las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional y en las Coordinaciones Estatales, los planes y programas emitidos para la implementación de las acciones de mejora y el cumplimiento a las observaciones de auditorías.
-      Acordar con el Titular de la División la realización de visitas de verificación, para el control y seguimiento al cumplimiento de las observaciones y acciones de mejora emitidas por los órganos fiscalizadores.
-      Auxiliar en la realización de las visitas de verificación para el control y seguimiento al cumplimiento de las observaciones y acciones de mejora emitidas por los órganos fiscalizadores, para emitir los informes de resultados correspondientes.
-      Emitir periódicamente los resultados de las acciones de mejora y observaciones de auditoría de las Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional y las Coordinaciones Estatales, para presentarlos a las autoridades competentes para la toma de decisiones.
-      Formular los programas, planes y lineamientos en materia de infracciones administrativas de tránsito terrestre, para someterlos a consideración del Titular de la División.
-      Participar conjuntamente con la Dirección General de Asuntos Jurídicos en la elaboración de opiniones técnico-jurídicas, para la emisión de los programas y estrategias de operación en materia de infracciones administrativas de tránsito terrestre.
-      Coordinar el control de las boletas de infracción en las Coordinaciones Estatales, a fin de asegurar su permanente suministro, así como evitar el uso inadecuado de las mismas.
-      Proponer las políticas de administración, consulta e intercambio de información contenida en las herramientas tecnológicas de registro de infracciones levantadas y de imposición de sanciones por violaciones a las disposiciones legales que regulan el tránsito en carreteras y puentes de jurisdicción federal, para aprobación de las autoridades competentes.
-      Proponer canales de enlace y vinculación con otras instituciones de los tres niveles de gobierno, así como con organizaciones de la iniciativa privada y representantes de la sociedad civil, a fin de recabar información que contribuya a desarrollo de las atribuciones de la División de Seguridad Regional.
 
-      Participar en las diligencias y audiencias del Comité de Substanciación del Consejo Federal de Desarrollo Policial, para realizar el desahogo de procedimientos administrativos de los integrantes de la División de Seguridad Regional, levantados por incumplimiento a los requisitos de permanencia o por incumplimiento al régimen disciplinario.
-      Promover que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Planes y Supervisión, para mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
-      Formular planes y programas en materia de seguridad del tránsito de los usuarios en las vías generales de comunicación, para someterlos a consideración de las autoridades competentes.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL OPERATIVO
OBJETIVO
Proponer las acciones para la prevención y combate al delito en las Coordinaciones Estatales, a través de la implementación de investigaciones, planeación y organización de esquemas de reacción operativa, cumpliendo con el manejo y preservación del lugar de los hechos, a fin de identificar, ubicar y neutralizar personas y estructuras vinculadas a actividades delictivas.
FUNCIONES
-      Proponer los conductos para detectar, en el ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional, la existencia de hechos y eventos que sean probablemente constitutivos de delitos.
-      Proponer la implementación de técnicas especiales de investigación para la prevención e investigación de delitos.
-      Participar conforme a las normas aplicables en la investigación de delitos bajo la conducción y mando de las autoridades competentes.
-      Proponer directrices para la investigación y operación que permita la identificación, ubicación y captura de presuntos responsables en la comisión de los delitos de su competencia.
-      Difundir en el ámbito de su competencia, los mecanismos de investigación para recabar las pruebas que tiendan a la acreditación de los elementos de tipo penal y la probable responsabilidad de las personas o miembros de organizaciones criminales dedicadas a la comisión de delitos federales.
-      Colaborar con las autoridades federales, estatales y municipales que así lo requieran, en la investigación policial de delitos, de conformidad con los convenios de colaboración y cooperación celebrados por la Institución, y en apego a la normatividad correspondiente en la materia.
-      Proponer los lineamientos para suministrar e integrar a las bases de datos del CNS, la información sustantiva recabada durante la realización de tareas de investigación.
-      Auxiliar en al Titular de la División de Seguridad Regional en la conducción de las investigaciones que permitan recopilar información para detectar, ubicar, identificar y neutralizar objetivos de índole delictiva.
-      Proponer las líneas de investigación estratégica, estudios y proyectos a partir del procesamiento de la información captada por las Coordinaciones Estatales y demás Direcciones Generales de la División de Seguridad Regional.
-      Conducir la generación de inteligencia estratégica, a partir del análisis de la información emitida por las Coordinaciones Estatales, que se encuentre relacionada con delitos investigados por la División de Seguridad Regional, a fin apoyar a las autoridades competentes en la toma de decisiones.
-      Participar en la elaboración de los esquemas de reacción operativa, dentro del ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional.
-      Someter a consideración del Titular de la División la planeación del esquema táctico de los operativos especiales de alto riesgo, en los que participe la División de Seguridad Regional y las Coordinaciones Estatales, a fin de llevar a cabo la supervisión del despliegue operativo y funcional de los integrantes que participen en los mismos.
-      Fomentar acciones tácticas operativas que lleven a cabo la División de Seguridad Regional con los gobiernos estatales y municipales, a través de vinculaciones institucionales para el establecimiento de mecanismos de supervisión y control de los mismos.
 
-      Participar, en el ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional, en las acciones tácticas operativas para la prevención de delitos y en aquellas en que las autoridades competentes instruyan la detención de personas y el aseguramiento de bienes relacionados con hechos delictivos.
-      Proponer al Titular de la División de Seguridad Regional, las visitas para la supervisión de las acciones táctico operativas desplegadas por los integrantes de las Coordinaciones Estatales.
-      Participar, en el ámbito de competencia de la División de Seguridad Regional, en la elaboración de planes de contingencia y reacción para casos específicos de seguridad pública de las Coordinaciones Estatales, que apoyen y orienten al Comisionado General de la Policía Federal y a la División de Seguridad Regional en la toma de decisiones.
-      Proponer mecanismos y procedimientos para la atención, asesoría y enlace con la ciudadanía.
-      Asesorar a los integrantes de la Institución bajo la conducción y designación de la División de Seguridad Regional en la aplicación de técnicas de preservación, procesamiento y análisis de indicios.
-      Promover que las políticas de uso y protocolos de seguridad de la información se apliquen en la Dirección General de Control Operativo, para mantener la integridad de la misma y evitar un riesgo a las operaciones, instalaciones y personal de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIONES ESTATALES (32)
OBJETIVO
Coordinar las acciones de investigación y seguridad preventiva en la circunscripción territorial correspondiente, supervisando el desempeño de las operaciones coordinadas de gabinete y campo, así como el funcionamiento de los dispositivos de vigilancia e inspección que mantengan el orden público en aeropuertos, puertos, fronteras y carreteras federales de manera conjunta con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, con el fin de prevenir y combatir los delitos en las zonas federales.
FUNCIONES
-      Ejercer el mando, dirección y disciplina sobre las unidades que se encuentran en la circunscripción territorial a su cargo, informando al Jefe de la División de Seguridad Regional con la periodicidad que éste determine.
-      Garantizar la ejecución de las órdenes emanadas del Comisionado General y Jefe de la División de Seguridad Regional, así como el cumplimiento de la Ley y Reglamento que normen la vida de la Institución y la correcta actuación de las unidades adscritas a su mando.
-      Establecer los operativos en conjunto o coordinados que el Comisionado General o el Jefe de la División de Seguridad Regional instruyan con la finalidad de prevenir y combatir los delitos, en el ámbito de competencia, o bien, brindar apoyo a las autoridades federales, locales y municipales.
-      Establecer, operar y supervisar los sistemas de información de la Institución.
-      Implementar el intercambio de información en materia de infracciones, en término de las disposiciones aplicables.
-      Registrar e integrar al sistema de información de la Institución la información generada en su circunscripción territorial.
-      Elaborar y mantener actualizado los diagnósticos de incidencias delictivas, modo de operación, estructuras criminales y análisis delictivo georreferenciado.
-      Registrar en el sistema de información de la Institución la información relativa a las bases de datos criminalísticos, huellas dactilares, fotografías, videos y demás elementos que sirvan para identificar a las personas que hayan sido aseguradas o detenidas, incluyendo los internos de los centros penitenciarios de su circunscripción, coordinándose con las autoridades competentes en los casos de centros locales.
-      Coordinar y supervisar el funcionamiento de los dispositivos de vigilancia e inspección permanentes, así como de los operativos que se requieran para garantizar el estricto cumplimiento de la normatividad.
 
-      Establecer los dispositivos y operativos no permanentes a efecto de prevenir los delitos y disminuir los accidentes en la carreteras federales, así como aquellos que sean necesarios en los aeropuertos, puertos y puntos fronterizos.
-      Preservar el orden público en los puertos, fronteras y aeropuertos, y de los puntos fijos de verificación e inspección, en el ámbito de su competencia.
-      Conducir en los estados fronterizos, las operaciones de vigilancia a efecto de salvaguardar la vida de los migrantes y combatir a las bandas dedicadas al tráfico de indocumentados y a la delincuencia organizada en general, así como instrumentar las acciones de rescate cuando la situación así lo amerite.
-      Verificar la ejecución de las políticas institucionales tendientes a prevenir la introducción ilegal de armas, el contrabando y el narcotráfico.
-      Recibir y tramitar los avisos sobre denuncias que los particulares formulen ante las autoridades competentes sobre robo de vehículos y expedir las constancias correspondientes.
-      Proponer al Comisionado General, por conducto del Jefe de la División de Seguridad Regional, el despliegue operativo en los aeropuertos, puertos y puntos fronterizos, así como puntos de revisión de acuerdo al índice de delictivo, flujo vehicular, turístico y de mercancías, con la finalidad de fortalecer la presencia de la Institución.
-      Coordinar y supervisar la actuación de los Integrantes adscritos a la coordinación estatal, e inspeccionar permanentemente las unidades bajo su mando.
-      Representar al Comisionado General en las reuniones de los grupos de Coordinación Interinstitucional donde sea necesaria la presencia de la Institución.
-      Proponer al Jefe de la División de Seguridad Regional para su planeación y aprobación, operaciones conjuntas o coordinadas en apoyo a otras autoridades de los tres órdenes de gobierno, con el fin de disminuir, disuadir y combatir los delitos en las zonas federales y en apoyo a las autoridades estatales y municipales.
-      Establecer programas e indicadores que coadyuven al cumplimiento de los programas de Desarrollo Estratégico y Operativo Anual, en el ámbito de su competencia.
-      Resolver sobre las impugnaciones que presenten los particulares con motivo de la imposición de sanciones por violaciones a la normatividad que regule el tránsito en caminos y puentes federales, así como aquéllas en materia de operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Coordinar acciones de investigación del delito conforme a los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás leyes aplicables.
-      Coordinar la ejecución de órdenes de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, presentación, cateos, detención en casos urgentes, cuando la autoridad competente se lo solicite.
-      Supervisar las actividades relacionadas con el aseguramiento, preservación y control de la evidencia que constituyan elementos de prueba en el lugar de los hechos de conformidad con las normas aplicables y políticas institucionales.
-      Evaluar las acciones de investigación del delito conforme a los lineamientos establecidos y demás disposiciones aplicables.
-      Vigilar que las unidades bajo su mando establezcan mecanismos eficientes de cooperación y coordinación con las autoridades locales, en cuya circunscripción territorial ejerzan sus funciones.
-      Establecer mecanismos para la recepción de información ciudadana sobre la posible comisión de delitos federales y canalizarlos a las áreas o autoridades competentes.
-      Establecer mecanismos para el uso adecuado del sistema de información.
-      Rendir informes del ámbito de su competencia, al Jefe de la División de Seguridad Regional.
-      Observar y hacer cumplir las políticas y medidas de seguridad para el manejo de información de la Coordinación Estatal a su cargo.
-      Cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas y administrativas.
 
-      Desarrollar, mantener y supervisar fuentes de información en la sociedad, que permitan obtener datos, sobre actividades relacionadas con fenómenos delictivos.
-      Establecer y supervisar mecanismos y acciones de cooperación y enlace permanente con la sociedad, en el ámbito de su circunscripción territorial, con el propósito de prevenir delitos y evaluar el desempeño de los Integrantes bajo su mando.
-      Instrumentar las acciones encaminadas a garantizar la seguridad y funcionamiento de las instalaciones estratégicas ante eventos de origen natural o intencional que signifiquen riesgo para las mismas, proponiendo la incorporación de criterios básicos de seguridad en el manual correspondiente.
-      Vigilar, mantener el orden, garantizar la seguridad pública, combatir el delito y prestar el servicio de prevención en los caminos y puentes de jurisdicción federal, los medios de transporte que operen en ellos y de sus servicios auxiliares, previstos en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
-      Ordenar y organizar para fines de seguridad pública, dispositivos de inspección, seguridad y vigilancia para supervisar el tránsito de personas, vehículos y mercancías en el ámbito de competencia señalado en la fracción anterior.
-      Conocer, en el ámbito de su competencia, de los hechos y accidentes de tránsito, formular el dictamen técnico o reporte correspondiente, así como proporcionar informes, orientación y auxilio a los usuarios en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Establecer los mecanismos para que los Integrantes rindan peritajes, a solicitud de las autoridades competentes, en su caso, auxiliándose con los servicios de la División Científica.
-      Ordenar la vigilancia para evitar se destruyan o maltraten las carreteras, puentes federales, servicios conexos, señales y demás bienes de la Nación que se encuentren en los caminos federales o en sus derechos de vía.
-      Cumplir con las órdenes de verificación, vigilancia e inspección que expida el Comisionado General y Jefe de la División de Seguridad Regional de conformidad con el Reglamento.
-      Ejercer, en el ámbito de su competencia las atribuciones que sobre migración le confiere la Ley General de Población.
-      Proponer a la superioridad el establecimiento de las líneas estratégicas y las tácticas nacionales para cumplir operativamente con la misión de inspección, seguridad, verificación, vigilancia, prevención del delito y combate a la delincuencia, en el ámbito de competencia de la Institución, en los caminos y puentes federales y en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Transmitir información a las Divisiones de Investigación, Inteligencia, Antidrogas y Científica.
-      Aplicar lineamientos de operación conforme a los cuales los Integrantes bajo su mando impongan las sanciones por violación a las disposiciones que regulan el tránsito en caminos y puentes federales, así como la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación.
-      Supervisar que los Integrantes adscritos a la Coordinación Estatal, cualquiera que sea su jerarquía o categoría, en ejercicio de las funciones de inspección, seguridad, verificación, vigilancia, prevención del delito y, en el ámbito de su competencia, combate a la delincuencia, y de conformidad con las disposiciones aplicables:
A.   Realicen tareas para la prevención de faltas administrativas a través de la investigación necesaria para hacerla efectiva;
B.   Ordenen a los conductores de vehículos que detengan su circulación y exhiban la documentación que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias aplicables;
C.   Impongan las sanciones, cuando tenga conocimiento de la comisión de violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito en los caminos y puentes federales, así como la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación;
D.   Requisiten la Boleta de Infracción, estableciendo la motivación, así como los preceptos legales y reglamentarios que hayan sido violados y los demás que sirvan de fundamentación, entregando copia autógrafa al conductor;
 
E.   Retiren los vehículos de la circulación en los supuestos que establezcan las disposiciones aplicables, y los remitan a los depósitos autorizados;
F.   Remitan a las autoridades competentes a las personas y objetos relacionados con hechos delictivos;
G.   Procuren la conciliación de las partes involucradas en un hecho de tránsito en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, en su caso, mediante la celebración de un Acta-Convenio, en términos de las disposiciones aplicables, y
H.   Incorporen al sistema de acopio de información de la Institución, los datos sobre tránsito en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, a fin de generar las estadísticas, los dictámenes y las propuestas que tiendan a mejorar el orden y la seguridad.
-      Formular las liquidaciones por las sanciones administrativas de carácter pecuniario que no hayan sido cubiertas en el plazo correspondiente y turnarlas a la autoridad fiscal competente para su cobro.
-      Ordenar, en términos de las disposiciones aplicables, la liberación de los vehículos que hayan sido remitidos por los Integrantes a los depósitos autorizados.
-      Aplicar los procedimientos en materia de tránsito y seguridad en caminos y puentes federales, así como en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, con la aprobación del Jefe de la División de Seguridad Regional.
-      Aplicar los criterios y lineamientos para resolver los recursos de revisión que se interpongan con motivo de la imposición de sanciones, con la aprobación del área jurídica.
-      Implementar acciones y operaciones en materia de seguridad en los aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos, a fin de prevenir y combatir actos ilícitos en el ámbito de su competencia, así como supervisar y brindar la seguridad en los mismos y en su área perimetral, en coordinación con las autoridades competentes.
-      Supervisar e inspeccionar la entrada y salida de personas, y el manejo, transporte y tenencia de mercancías y objetos en las vías férreas, aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos, en cualquier parte del territorio de su adscripción, para prevenir y combatir los delitos, en el ámbito de su competencia.
-      Establecer los procedimientos y la seguridad para revisión de equipaje en aeropuertos, puertos marítimos y puntos fronterizos, así como las medidas de seguridad y control de las vialidades federales de ingreso y salida en los mismos, con el fin de prevenir y combatir los delitos, en término de las disposiciones aplicables.
-      Aplicar los métodos de análisis y clasificación de información táctica que permita prevenir y combatir a la delincuencia.
-      Aplicar técnicas, métodos y estrategias de investigación policial que permitan, en el ámbito de su competencia, recabar pruebas y auxiliar a las autoridades competentes en sus facultades legales.
-      Operar métodos de comunicación y redes de información policial, para acopio y clasificación oportuna de los datos que requieran las unidades de la Institución, de conformidad con las normas respectivas.
-      Analizar e identificar las estructuras y los modos de operación de las organizaciones delictivas para su combate, en el ámbito de su circunscripción territorial.
-      Ejecutar, en el ámbito de su competencia, los mecanismos para la atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito en términos de las disposiciones aplicables.
-      Vigilar e inspeccionar, para fines de seguridad pública, la entrada y salida de mercancías en los aeropuertos, puertos marítimos autorizados para el tráfico internacional y los puntos fijos de verificación que determine el Comisionado General. Asimismo, en las aduanas, recintos fiscales, secciones aduaneras, garitas y puntos de revisión aduaneros en coordinación con la autoridad competente.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
 
DIVISIÓN CIENTÍFICA
OBJETIVO
Establecer los mecanismos, lineamientos, políticas, protocolos y procedimientos que permitan la aplicación de herramientas técnico-científicas en las funciones que desarrolla la Institución, mediante la selección e implementación de tecnologías a los procesos y los servicios en especialidades de criminalística, investigación de delitos electrónicos y seguridad de sistemas de información, y aquellos en los que se requiera la aplicación de tecnología en operaciones policiales, para contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Policía Federal.
FUNCIONES
-      Utilizar los conocimientos y herramientas científicas y técnicas en la investigación para la prevención de los delitos.
-      Coordinar, supervisar y operar el funcionamiento de los servicios científicos y técnicos de la Institución.
-      Auxiliar a las unidades de la Institución y a las autoridades competentes que lo soliciten, en la búsqueda, preservación y obtención de indicios y medios de pruebas necesarios en la investigación de delitos.
-      Identificar y preservar, en el ámbito de su competencia y conforme a las disposiciones aplicables, la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito.
-      Preservar el lugar del hecho delictuoso, fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física a las autoridades competentes, conforme al procedimiento previamente establecido por éstas y en términos de las disposiciones aplicables.
-      Proporcionar la información que requieran las autoridades competentes, a fin de apoyar el cumplimiento de las funciones constitucionales de investigación para la prevención y combate de los delitos.
-      Vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de los lineamientos de la cadena de custodia, con la finalidad de preservar la integridad de los indicios, evidencias y pruebas.
-      Establecer los lineamientos internos que deban observarse, para la emisión de opiniones conforme a la normatividad de la materia.
-      Dictar las políticas y procedimientos institucionales para la actuación de los servicios de apoyo técnico-científico.
-      Coordinar el funcionamiento de los laboratorios criminalísticos de la Institución, cuyo objeto es analizar los elementos químicos, biológicos, tecnológicos y mecánicos, que apoyen la investigación para la prevención de delitos y en el esclarecimiento de hechos delictuosos bajo la conducción y mando del Ministerio Público.
-      Supervisar la actualización de las bases de datos criminalísticos y de personal de la Institución, con datos de utilidad en la investigación de delitos, sin afectar el derecho de las personas sobre sus datos personales.
-      Establecer los mecanismos para la participación y comunicación con organismos y autoridades nacionales e internacionales, relacionados con las atribuciones de su competencia.
-      Incorporar huellas dactilares, fotografías, videos y otros elementos que sirvan para identificar a una persona, a las bases de datos de la Institución y de la Secretaría, en términos de las fracciones XVII y XXV del artículo 8 de la Ley.
-      Supervisar que las opiniones cumplan con las formalidades científicas y técnicas aplicables y acaten la normativa vigente.
-      Proponer al Comisionado General, la intervención de comunicaciones y operaciones encubiertas, en coordinación con la División de Inteligencia.
-      Vigilar, identificar, monitorear y rastrear la red pública de Internet, para prevenir conductas delictivas.
-      Establecer registros de la información obtenida con motivo de sus investigaciones, así como instituir mecanismos y protocolos para garantizar la confidencialidad e integridad de los datos.
 
-      Implementar los mecanismos que impulsen la investigación científica en áreas de oportunidad que deriven en metodologías y herramientas para la modernización continua de las diversas áreas de la Institución.
-      Participar, en coordinación con la División de Inteligencia, en las operaciones encubiertas y de usuarios simulados.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE DELITOS ELECTRÓNICOS
OBJETIVO
Conducir las acciones de investigación de las conductas delictivas que utilicen medios electrónicos para su comisión, así como aquellas que representen amenazas y ataques a los sistemas de información, a través de la respuesta a solicitudes de colaboración, monitoreo de la red pública de Internet y aplicación tecnológica, electrónica, informática y de telecomunicaciones, desarrollada por los laboratorios de innovaciones, para prevenir y combatir aquellas conductas posiblemente constitutivas de delito en el territorio nacional.
FUNCIONES
-      Seleccionar y actualizar permanentemente los conocimientos y herramientas electrónicas para apoyar a la investigación para la prevención de delitos.
-      Supervisar el funcionamiento de los mecanismos que, conforme a las disposiciones aplicables, se establezcan para prevenir los delitos en los que se utilicen medios electrónicos, cibernéticos y tecnológicos para su comisión.
-      Establecer y supervisar medidas de protección de la información derivada de investigaciones, así como de la información operativa interna de la Institución.
-      Desarrollar políticas, procedimientos y lineamientos de uso de las herramientas electrónicas empleadas en la Institución.
-      Observar los procedimientos de cadena de custodia para preservar la integridad y confidencialidad de las evidencias, indicios y pruebas contenidas en medios electrónicos.
-      Alimentar las bases de datos criminalísticos y de personal de la Institución, con datos de investigaciones electrónicas, conforme a los procedimientos establecidos en la Institución.
-      Establecer alianzas de cooperación con organismos y autoridades nacionales e internacionales relacionados con la prevención de delitos electrónicos.
-      Establecer acuerdos de colaboración y auxilio con instituciones policiales extranjeras, en acciones derivadas por delitos cibernéticos o electrónicos.
-      Vigilar, identificar, monitorear y rastrear la red pública de Internet con el fin de prevenir conductas delictivas.
-      Operar laboratorios de innovaciones tecnológicas, electrónica, informática, telecomunicaciones y demás que resulten necesarios para prevenir la comisión de delitos señalados en la segunda función.
-      Asegurar la información de la Institución contenida en sistemas y equipos informáticos, y detectar la posible vulneración a su seguridad, así como la contenida en aquellos sistemas y equipos que sean objeto, producto o instrumento del delito, en caso flagrante o por instrucciones del Ministerio Público o la autoridad judicial competente.
-      Recibir y verificar la información sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito o infracciones administrativas, materia de su competencia, conforme a la normatividad aplicable.
-      Supervisar las acciones necesarias para la investigación de los delitos electrónicos cometidos, requeridas por la autoridad competente.
-      Facilitar las innovaciones tecnológicas que requieran las áreas operativas de investigación de la Institución, o de quien lo requiera conforme a las disposiciones aplicables.
-      Gestionar, conforme a las disposiciones aplicables, la cooperación con empresas proveedoras del servicio de Internet para neutralizar sitios y páginas electrónicas que atenten contra la seguridad pública, así como para prevenir y combatir los delitos en los que se utilizan medios electrónicos para su comisión.
 
-      Promover la cultura de la prevención de los delitos en los que se utilizan medios electrónicos para su comisión, así como la difusión del marco legal que sanciona los mismos.
-      Proponer la realización de operaciones encubiertas e intervenciones de comunicaciones privadas para prevenir la comisión de los delitos en los que se utilizan medios electrónicos para su comisión.
-      Generar estadísticas de los delitos en los que se utilicen medios electrónicos, cibernéticos y tecnológicos para su comisión, y sistemas de medición para considerar el desempeño y eficiencia de la Coordinación.
-      Capacitar y profesionalizar al personal bajo su mando en el uso de las nuevas tecnologías para identificación, monitoreo, auditoría, rastreo, custodia y protección de indicios y evidencias e información de las investigaciones.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS CIBERNÉTICOS
OBJETIVO
Dirigir las acciones y procedimientos basados en el análisis de la información de la operación de actores o grupos delictivos, así como hechos delictivos en cuya comisión se utilicen medios cibernéticos, mediante el uso de herramientas especializadas para la vigilancia, monitoreo y rastreo de la red pública de Internet, así como la identificación, recolección y análisis de la información contenida en indicios digitales, con la finalidad de prevenir e investigar los delitos en coadyuvancia con las áreas de la Institución y autoridades competentes conforme a las disposiciones aplicables.
FUNCIONES
-      Implementar políticas y procedimientos para la difusión de acciones preventivas respecto a la identificación y denuncia de los delitos cibernéticos.
-      Vigilar, identificar, monitorear y rastrear la red pública de Internet con el fin de prevenir conductas delictivas.
-      Establecer y operar laboratorios de innovaciones tecnológicas de la Institución para prevenir la comisión de delitos, asegurando y resguardando la información de la Institución contenida en sistemas y equipos informáticos institucionales y detectar su posible vulneración.
-      Preservar los indicios, huellas o vestigios, los instrumentos, objetos o productos del delito materia de su competencia; recolectar, levantar, embalar técnicamente y etiquetarlos, describiendo la forma en que se haya realizado la recolección y levantamiento respectivos, así como las medidas tomadas para asegurar la integridad de los mismos, todo ello en términos del Código Federal de Procedimientos Penales.
-      Aplicar las técnicas científicas y analíticas especializadas en la recuperación de evidencias o indicios digitales.
-      Practicar las acciones necesarias requeridas por la autoridad competente para la investigación de los delitos electrónicos cometidos.
-      Detectar rutas de acceso que puedan generar daño a los sistemas informáticos, programas, datos o archivos que circulan por la red pública de internet.
-      Desarrollar aplicaciones avanzadas como soporte a la identificación encaminada a las inspecciones técnico-policiales para prevenir la comisión de delitos.
-      Auxiliar a las autoridades competentes en el rastreo y análisis de correos electrónicos relacionados en la investigación y prevención de delitos.
-      Promover y gestionar ante las instancias correspondientes la atención de las denuncias para la prevención y combate de los delitos que se cometen utilizando medios electrónicos y tecnológicos, así como aquellos hechos ilícitos en cuya comisión se hayan utilizado dichos medios.
-      Implementar procesos tecnológicos basados en inteligencia para el análisis de los modos de operar de la delincuencia que utilizan medios electrónicos y tecnológicos para cometer hechos delictivos.
-      Realizar el análisis de sistemas y equipos informáticos y de telecomunicaciones que hayan sido utilizados indebidamente para reproducir, sustraer, destruir, modificar o perder información contenida en los mismos, con la finalidad de obtener evidencia sobre el delito cometido y, en su caso, hacerlo del conocimiento de las autoridades competentes, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
 
-      Coadyuvar con autoridades competentes en el establecimiento de métodos técnicos para la fijación, recopilación, resguardo, embalaje y traslado de evidencias tecnológicas y electrónicas, observando las disposiciones aplicables en materia de cadena de custodia.
-      Proporcionar, en el ámbito de sus atribuciones, la información que le sea solicitada por las autoridades competentes.
-      Analizar los sistemas y equipos informáticos, electrónicos y tecnológicos, vinculados con cualquier hecho ilícito, a efecto de prevenir su comisión o investigarlo de conformidad con las disposiciones aplicables.
-      Implementar, en el ámbito de su competencia, acciones de usuarios simulados para prevenir y combatir los delitos que se cometen utilizando medios electrónicos o tecnológicos, así como los hechos ilícitos en cuya comisión se hayan utilizado medios electrónicos y tecnológicos.
-      Solicitar, por conducto de la División de Inteligencia, la intervención de comunicaciones privadas para prevenir la comisión de delitos electrónicos y tecnológicos, así como aquellos hechos ilícitos en cuya comisión se hayan utilizado dichos medios.
-      Operar el equipo de respuesta a incidentes de seguridad informática en la infraestructura informática crítica de la Institución, colaborando con los diferentes órdenes de gobierno y actores sociales en la conformación de un centro de respuesta a incidentes informáticos nacionales.
-      Solicitar, conforme a las disposiciones aplicables, la baja de información, sitios o páginas electrónicas que representen un riesgo, amenaza o peligro para la seguridad pública.
-      Detectar rutas de acceso que puedan generar daño a los sistemas informáticos, programas, datos o archivos que circulan por la red.
-      Adquirir herramientas de informática forense, programas y dispositivos tecnológicos que permitan verificar los datos informáticos en programas o medios magnéticos.
-      Evaluar y documentar la operación técnica de amenazas electrónicas relacionadas con delitos que se cometen utilizando medios electrónicos o tecnológicos, así como aquellos hechos ilícitos en cuya comisión se hayan utilizado dichos medios.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO ESPECIALIZADO EN RESPUESTA TECNOLÓGICA
OBJETIVO
Coordinar las respuestas a incidentes de seguridad informática en la estructura informática crítica de México, en colaboración con los diferentes órdenes de gobierno y actores sociales, mediante la aplicación de técnicas científicas para la identificación y mitigación de incidentes cibernéticos, así como de métodos avanzados de investigación y análisis, a fin de prevenir y combatir delitos que se cometan utilizando medios electrónicos o tecnológicos.
FUNCIONES
-      Promover políticas y procedimientos de manejo de la información electrónica, derivada de investigaciones realizadas en la Institución o proporcionada por autoridades nacionales o extranjeras.
-      Evaluar normas técnicas y estándares para su aplicación e implementación en la infraestructura tecnológica.
-      Generar y emitir normas técnicas y estándares internos para definir los lineamientos basados en buenas prácticas de la seguridad informática.
-      Implementar normas técnicas, estándares y buenas prácticas de seguridad informática y tecnológica en la infraestructura crítica.
-      Incorporar las tecnologías emergentes que resuelvan los problemas y potenciales de la seguridad tecnológica, informática y electrónica.
-      Analizar los elementos electrónicos a efecto de ubicar la información materia de la investigación, así como determinar el lugar donde se almacena, comunica o procesa.
-      Evaluar técnicamente los riesgos asociados a las tecnologías de la información y comunicación.
-      Diseñar e implementar mecanismos de protección para la infraestructura informática crítica de la Institución.
 
-      Supervisar el seguimiento de las políticas y lineamientos de manejo de la información derivada de las investigaciones.
-      Realizar pruebas de efectividad de los mecanismos de protección de la información derivada de las investigaciones.
-      Realizar los procedimientos de almacenamiento y resguardo de la información, en el ámbito de su competencia.
-      Diseñar y proponer un plan de continuidad para los equipos y sistemas vinculados con actividades de alto riesgo.
-      Implementar campañas de difusión para la prevención y denuncia de los delitos que se cometen utilizando medios cibernéticos, electrónicos o tecnológicos.
-      Asesorar y capacitar a otras áreas en materia de seguridad informática.
-      Operar el equipo de respuesta a incidentes de seguridad informática en la infraestructura informática crítica de México, colaborando con los diferentes órdenes de gobierno y actores sociales.
-      Analizar y proponer esquemas de seguridad para los dispositivos móviles empleados en la Institución.
-      Establecer políticas y procedimientos contra fuga de información por medios de almacenamiento móviles, dispositivos móviles, correo electrónico, video u otros.
-      Diseñar e implementar mecanismos de protección para la infraestructura informática crítica de los centros Regionales.
-      Coordinarse, en términos de la Ley General, con las instituciones de seguridad pública de los diversos órdenes de gobierno para prevenir y combatir los delitos que se cometen utilizando medios electrónicos o tecnológicos, así como aquellas conductas en las que se utilicen dichos medios o aquellos que lleguen a desarrollarse.
-      Colaborar con instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno a efecto de implementar canales seguros que permitan compartir información para la prevención y combate de delitos electrónicos, tecnológicos y aquellos que lleguen a desarrollarse.
-      Elaborar estudios e informes en materia de tecnologías de la información, de las comunicaciones y de otras tecnologías que lleguen a desarrollarse y que resulten necesarias para lograr los fines de la Institución en la prevención de los delitos.
-      Desarrollar, por sí o a través de instituciones públicas o privadas, proyectos de investigación en materia de seguridad informática, tecnológica, electrónica y de avances científicos, para los fines de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS EN INVESTIGACIÓN ELECTRÓNICA Y FORENSE
OBJETIVO
Determinar los mecanismos de protección para la infraestructura informática crítica del país en tiempo real, a través de la operación de los laboratorios en investigación electrónica y forense, con la finalidad de implementar canales seguros para el intercambio de información de las investigaciones, con organismos homólogos nacionales y extranjeros conforme a las disposiciones aplicables.
FUNCIONES
-      Recopilar la información producto de las investigaciones en una Base de Datos que permita su correlación y análisis, y que sirva para el uso y generación de inteligencia por parte de las diferentes Coordinaciones de la Institución.
-      Desarrollar los sistemas y bases de datos para poder consultar, de manera flexible, la información de las investigaciones y poder generar datos estadísticos, relaciones temporales, similitudes de motivos, modos de operación de la delincuencia y ubicaciones, respetando los estándares definidos para plataforma México.
-      Colaborar, en términos de las disposiciones aplicables, con instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno a efecto de implementar canales seguros que permitan compartir información para la prevención y combate de los delitos que se cometen utilizando medios electrónicos, tecnológicos y aquéllos que lleguen a desarrollarse.
 
-      Cooperar con organismos homólogos, nacionales y extranjeros en acciones derivadas de la prevención y combate de delitos electrónicos, tecnológicos y aquéllos que lleguen a desarrollarse.
-      Establecer una infraestructura de operación y correlación de seguridad informática y tecnológica, con el fin de identificar y monitorear amenazas tecnológicas, electrónicas, y de otras tecnologías que lleguen a desarrollarse.
-      Establecer un centro de operaciones de seguridad electrónica interno para dar soporte en tiempo real referente a situaciones de rastreo contra el crimen cibernético, a situaciones de análisis de información y a la protección de la información derivada de las investigaciones o generada por inteligencia.
-      Establecer un mecanismo de observación en seguridad informática y tecnológica con el fin de monitorear e identificar amenazas a la infraestructura informática estratégica del País.
-      Coordinar el desarrollo de aplicaciones avanzadas como soporte a la identificación encaminada a las inspecciones para prevenir y combatir la comisión de delitos de la materia.
-      Establecer, en colaboración con las áreas de Inteligencia e Investigación, los laboratorios para evaluar las nuevas tecnologías para vigilancia de comunicaciones privadas y los protocolos asociados.
-      Elaborar esquemas de rastreo satelital, celular o radio de personal y equipo que se encuentre en situaciones de riesgo.
-      Emitir opiniones en materia de tecnologías que le sean solicitadas por las demás áreas de la Institución.
-      Facilitar las innovaciones tecnológicas que requieran las áreas operativas de investigación, integrándolas al esquema de correlación y análisis en tiempo real.
-      Participar en el diseño e implementación de mecanismos de protección para la infraestructura informática crítica de Plataforma México.
-      Generar y emitir normas técnicas y estándares internos para definir los lineamientos basados en buenas prácticas de la seguridad informática que permita la prevención de los delitos.
-      Implementar y evaluar normas técnicas y estándares para su aplicación e implementación en la infraestructura tecnológica.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
OBJETIVO
Coordinar las actividades orientadas a la prospección de implantación de tecnologías para la Policía Federal, mediante el desarrollo de actividades de investigación, análisis, diseño, desarrollo, monitoreo y evaluación de tecnologías para la operación policial, con la finalidad de innovar los procesos de operación e infraestructura tecnológica que apoye al desarrollo de las funciones institucionales para la prevención, investigación, reacción e investigación científica de los delitos del ámbito federal.
FUNCIONES
-      Proveer, dentro del ámbito de su competencia, los recursos tecnológicos que permitan acelerar, hacer más eficiente y dar confiabilidad a los procesos de investigación, monitoreo y combate al delito.
-      Investigar y analizar las nuevas tecnologías asociadas al análisis forense enfocadas a equipos de cómputo, comunicaciones, dispositivos móviles y cualquier elemento electrónico o mecánico que permita obtener evidencias para la labor de las áreas de investigación y criminalística.
-      Analizar y evaluar las nuevas tecnologías que permitan el estudio de evidencias biológicas, materiales, muestras físicas y de información que faciliten la labor de los laboratorios especializados, de las áreas de investigación y criminalística.
-      Investigar y analizar las tendencias respecto a las teorías sociales, análisis de la información, semántica, comunicación y comportamiento social que permitan el desarrollo de nuevos procesos para la investigación y criminalística.
-      Evaluar las tecnologías existentes en las diferentes áreas a efecto de garantizar su vigencia conforme a los estándares mundiales, para la prevención y el combate del delito, previniendo la obsolescencia y la disminución en el desempeño de los procesos de las áreas.
 
-      Establecer los procesos de incorporación, reemplazo y actualización de las tecnologías empleadas en los diferentes laboratorios y áreas de seguridad informática, manteniendo el servicio, calidad y confiabilidad de la operación sin interrupciones.
-      Analizar y evaluar procedimientos para el flujo de información y resultados entre las diferentes áreas de la Institución, desarrollando nuevas estrategias que faciliten las funciones de prevención y de combate del delito.
-      Vincularse con autoridades de seguridad pública, de investigación y académicas, a nivel nacional e internacional, para acceder a la información y tecnologías en desarrollo que puedan incorporarse a los procesos de innovación tecnológica de la Institución.
-      Coordinar, conforme a las disposiciones aplicables, la elaboración de mecanismos para efectuar tareas de investigación científica orientadas a las áreas de la Institución.
-      Promover la cooperación con los grupos de investigación científica nacionales o extranjeros para la adopción de tecnologías existentes o su desarrollo específico.
-      Coordinar, conforme a las disposiciones aplicables, el funcionamiento de los laboratorios de investigación científica para el desarrollo de metodologías y herramientas útiles para las diversas áreas de la Institución.
-      Documentar y elaborar los reportes acerca de las mejores prácticas y resultados derivados de implantación de nuevas estrategias, procesos y tecnologías, estableciendo una base de conocimiento que facilite la normatividad y certificación de los diferentes procedimientos.
-      Participar en los procesos de desarrollo de aplicaciones e implantación de nuevas tecnologías que requieran las diferentes áreas de investigación, criminalística y operación, así como en la capacitación respectiva del personal de la Institución.
-      Implementar las políticas y procedimientos para la difusión del uso ético y eficiente de la tecnología como una herramienta que facilite las labores de investigación y prevención al delito.
-      Auxiliar a las autoridades competentes, en el análisis y evaluación de tecnologías, procesos y tendencias mundiales relacionados con la investigación y prevención de delitos.
-      Impulsar la cooperación con empresas proveedoras de tecnología que permita la incorporación, desarrollo y fortalecimiento de los recursos tecnológicos que soportan las labores de investigación, criminalística y operación en la Institución.
-      Promover la cultura tecnológica en términos de las disposiciones legales aplicables.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN EMERGENTES
OBJETIVO
Dirigir la evaluación y prospección de nuevas tecnologías emergentes de información y comunicaciones aplicadas a las necesidades de operación de las áreas de la Policía Federal, a través de la investigación, recopilación de información, desarrollo de estudios y planes de inversión, viabilidad e impacto operativo, mecanismos de pruebas, escenarios, simulaciones y entornos donde se consideren los principios rectores, para las labores al combate y prevención del delito.
FUNCIONES
-      Investigar y recopilar información relativa a las nuevas tecnologías, respecto a los programas, equipos de comunicaciones y sistemas informáticos que permitan hacer más eficientes y confiables las labores de combate al delito cibernético.
-      Examinar y desarrollar pruebas sobre las nuevas tecnologías de información y telecomunicaciones aplicadas al combate al delito informático y a la salvaguarda de la información de la Institución.
-      Establecer procesos que permitan, en forma sistemática, hacer la evaluación confiable de las nuevas tecnologías de información y telecomunicaciones susceptibles de ser empleadas en el combate a los delitos que se cometen a través de medios electrónicos, tecnológicos o cibernéticos.
-      Establecer mecanismos de colaboración para los fines de evaluación, desarrollo de conceptos y pruebas piloto, con las direcciones afines en la Institución.
 
-      Generar y elaborar los reportes asociados a la investigación, evaluación y prospección de nuevas tecnologías de información y telecomunicaciones, que permitan difundir el conocimiento acerca de las nuevas tendencias en el área.
-      Elaborar los planes de inversión, viabilidad e impacto operativo asociados a la prospección de implantación de nuevas tecnologías, a partir de los resultados satisfactorios de la evaluación de tecnologías emergentes de información y telecomunicaciones.
-      Diseñar e implantar mecanismos de pruebas, escenarios, simulaciones y entornos que permitan la evaluación de nuevas tecnologías relativas a sistemas de información, programas y telecomunicaciones.
-      Establecer vínculos de colaboración y cooperación con los líderes en tecnologías de información y telecomunicaciones, incluyendo fabricantes, integradores tecnológicos, centros de investigación y universidades.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA E IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS TECNOLÓGICOS
OBJETIVO
Orientar a las autoridades competentes de la Institución en la toma de decisiones para la adquisición e implantación de tecnologías nuevas y emergentes asociadas a equipamiento e infraestructura, mediante la prestación de servicios tecnológicos en operaciones policiales en campo que proporcionen información que permita establecer vínculos de colaboración y cooperación con líderes en tecnologías de cualquier especialidad, para apoyar las funciones de prevención, investigación, reacción e investigación científica de los delitos.
FUNCIONES
-      Investigar y recopilar información relativa a las nuevas tecnologías, asociadas a laboratorios, equipamiento y espacios de trabajo que permitan hacer más eficientes y confiables las labores de análisis de evidencias para la prevención y combate al delito en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Probar y desarrollar pruebas de concepto acerca de las nuevas tecnologías y equipamientos aplicables a las ramas de biología, química, física, mecánica y cualquier otra que apoye las áreas de investigación y criminalística.
-      Establecer procesos que permitan, en forma sistemática, hacer la evaluación confiable del equipamiento necesario para la labor de investigación, análisis, procesamiento y salvaguarda de evidencias físicas vinculadas a la prevención y combate del delito.
-      Establecer mecanismos de colaboración para los fines de evaluación, desarrollo de conceptos y pruebas piloto, en el ámbito de su competencia, con las direcciones de la Institución.
-      Generar y elaborar los reportes asociados a la investigación, evaluación y prospección de nuevas tecnologías que permitan difundir el conocimiento acerca de las nuevas tendencias en las áreas de química, forense, física, materiales, mecánica, electrónica, genómica y cualquier rama que fortalezca las labores de la Institución.
-      Investigar y recopilar información relativa a los procesos de evaluación de nuevas tecnologías, así como los resultados asociados con la pertinencia, eficiencia y adaptabilidad a los procesos de la Institución.
-      Establecer los perfiles de formación y capacitación del personal involucrado con la implantación de las nuevas tecnologías.
-      Generar y elaborar los reportes asociados al impacto, eficiencia operativa y detección de nuevas oportunidades en la implantación de tecnologías emergentes.
-      Elaborar los planes de inversión, expansión, capacitación, espacios, instalaciones y rediseño de procesos derivados de la implantación de nuevas tecnologías.
-      Establecer vínculos de colaboración y cooperación con los líderes en tecnologías, incluyendo fabricantes, integradores tecnológicos, centros de investigación y universidades.
 
-      Generar informes y reportes asociados con el desarrollo de nuevas normas y/o propuestas de certificación relativas a procesos de implantación, operación y gestión de nuevas tecnologías en materia científica aplicada a la seguridad.
-      Elaborar los planes de inversión, viabilidad e impacto operativo asociados a la prospección de implantación de nuevas tecnologías, a partir de los resultados satisfactorios de la evaluación de las tecnologías emergentes.
-      Diseñar e implantar mecanismos de pruebas, escenarios, simulaciones y entornos que permitan la evaluación de nuevas tecnologías relativas a equipamiento, infraestructura física y espacios de trabajo, conforme a los estándares y preservación de las condiciones de análisis de las evidencias a procesar.
-      Emitir dictámenes acerca de las propuestas tecnológicas emergentes respecto a laboratorios, infraestructura y procedimientos de análisis de evidencias.
-      Establecer vínculos de colaboración y cooperación con los líderes en desarrollo de equipamiento en áreas de biología, química, física, identificación, genómica, entre otras, incluyendo fabricantes, integradores tecnológicos, centros de investigación y universidades.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO
OBJETIVO
Conducir el establecimiento de metodologías y herramientas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Policía Federal, mediante el desarrollo de investigación científica en campo y laboratorio dirigido a las áreas de oportunidad identificadas, con la finalidad de apoyar al cumplimiento de las funciones policiales de prevención, investigación, reacción e investigación científica de los delitos.
FUNCIONES
-      Investigar y recopilar información para efectuar investigación científica a fin de establecer metodologías y herramientas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Institución.
-      Aplicar los mecanismos para efectuar tareas de investigación científica orientada a las áreas de oportunidad convenientes para la Institución.
-      Establecer los vínculos, para el desarrollo de soluciones y metodologías, con instituciones de educación superior y centros de investigación nacionales y extranjeros.
-      Auxiliar a las diferentes áreas de la Institución para la solución de problemas tecnológicos.
-      Establecer metodologías y herramientas para la innovación, modernización y desarrollo tecnológico de la Institución.
-      Impulsar la innovación, modernización y desarrollo de tecnologías existentes.
-      Operar laboratorios de investigación científica para el desarrollo de metodologías y herramientas útiles para las diversas áreas de la Institución.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE CRIMINALÍSTICA
OBJETIVO
Coordinar la investigación, análisis y emisión de opiniones o dictámenes de los indicios y elementos de prueba para el esclarecimiento de los delitos, mediante la elaboración, aplicación, evaluación y validación de métodos, procedimientos y técnicas para su análisis en campo y laboratorio, así como el aseguramiento de la cadena de custodia, a fin de auxiliar al cumplimiento de los objetivos institucionales orientados a la prevención y combate del delito, bajo la conducción y mando de las autoridades competentes.
FUNCIONES
-      Procesar y aplicar los descubrimientos obtenidos dentro de los servicios policiales en cada especialidad, mediante una metodología científica.
-      Determinar los procedimientos de búsqueda de indicios y evidencias en el lugar de los hechos, conforme a la normatividad aplicable.
 
-      Establecer los métodos para el manejo adecuado de las evidencias físicas que eviten su contaminación, deterioro o destrucción, en cumplimiento de la normatividad relativa a cadena de custodia.
-      Desarrollar métodos y técnicas para examinar el material sensible que apoye a la investigación para la prevención de los delitos, así como el relacionado con presuntos hechos delictuosos, conforme a las instrucciones del Ministerio Público y en observancia a la normatividad de cadena de custodia, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, con el fin de aportar elementos que permitan determinar su existencia, reconstruirlos o bien, señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.
-      Supervisar el empleo de métodos de recolección de evidencia según la escena del delito en la que se trabaje, conforme a la normatividad de la materia.
-      Vigilar la operación de laboratorios de identificación, de técnica policial, de innovaciones tecnológicas, de analítica, así como de medicina legal y los que resulten necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones.
-      Coordinar la aplicación de los conocimientos y herramientas científicas en la investigación preventiva de los delitos.
-      Dirigir las acciones que resulten necesarias para el análisis de las pruebas e indicios en la escena del delito, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales.
-      Supervisar la información generada en la aplicación de los métodos, así como la contenida en los protocolos de investigación.
-      Auxiliar a las unidades de la Institución, al Ministerio Público y a las autoridades competentes que lo soliciten, en la búsqueda, preservación, y obtención de indicios y pruebas necesarias en la investigación de delitos.
-      Emitir opiniones en aquellos casos que se requieran conocimientos especiales, técnicos o científicos conforme a las disposiciones aplicables.
-      Elaborar propuestas respecto de los lineamientos técnicos que deban observarse para una correcta cadena de custodia en el manejo de los indicios y pruebas, y someterlos a consideración de la autoridad competente.
-      Desarrollar especialidades forenses cuyo contenido, ejemplos prácticos, modelos de informes y opiniones puedan ser consultadas por los Integrantes adscritos a las unidades operativas de investigación.
-      Elaborar proyectos de guías y manuales técnicos internos que deban observarse, conforme a las disposiciones aplicables, en la formulación de opiniones que requieran las autoridades competentes, dentro del marco de la autonomía técnica de estos servicios.
-      Planificar los procedimientos internos y acciones que permitan dar cumplimiento al análisis científico de los indicios y escenarios vinculados con un presunto hecho delictuoso conforme a las disposiciones aplicables.
-      Supervisar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de investigación, calidad y seguridad en la operación de los equipos para el análisis de cada elemento de estudio.
-      Vigilar y supervisar el resguardo de los elementos de estudio, así como, conforme a las disposiciones aplicables, el aseguramiento de la cadena de custodia.
-      Vigilar el cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad, higiene y legalidad en cada operación de estudio.
-      Presentar propuestas innovadoras sobre la optimización de procesos para el ejercicio con calidad en cada investigación.
-      Establecer, conforme a las disposiciones aplicables, procedimientos sistemáticos de operación internos con estándares internacionales encaminados a obtener la verdad histórica de los delitos a través de avances científicos y tecnológicos.
 
-      Actuar como vínculo de la Institución ante los organismos de certificación de laboratorios y de otros organismos internacionales relacionadas a las labores propias de la Policía Científica.
-      Elaborar los procedimientos, conforme a las disposiciones aplicables, entre las demás áreas de la Coordinación para una gestión adecuada en el proceso técnico científico.
-      Coordinarse con las áreas competentes de la Institución, a fin de establecer los programas de capacitación y entrenamiento científico altamente especializado y la actualización continua del personal a cargo de la Coordinación.
-      Intercambiar información institucional con las autoridades en los tres órdenes de gobierno, en materia de investigaciones y trabajos de carácter técnico y científico para la prevención de los delitos.
-      Proponer políticas y procedimientos institucionales para la actuación de los servicios de apoyo técnico-científico.
-      Asesorar científica y técnicamente en los aspectos de criminalística a las unidades de la Institución.
-      Coordinar la elaboración de estadísticas que presenten los estudios realizados y permitan evidenciar tendencias en la comisión de ilícitos.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE CRIMINALÍSTICA DE CAMPO
OBJETIVO
Dirigir la participación del personal en las operaciones policiales de preservación y procesamiento del lugar de intervención y/o investigación, y la conservación de indicios y elementos de prueba para su análisis técnico-científico, mediante la aplicación de procedimientos y protocolos relacionados a la cadena de custodia que permitan su manejo, a fin de asesorar y colaborar con las áreas de la Institución y autoridades competentes en las investigaciones para la prevención y persecución de los delitos del ámbito federal.
FUNCIONES
-      Dirigir, coordinar y suministrar el funcionamiento y actividades de los integrantes adscritos a la División Científica dentro del área del lugar de hechos.
-      Coordinarse con las autoridades competentes de los tres órdenes de gobierno para preservar, recolectar y conservar el lugar de los hechos o escena de algún delito de carácter federal.
-      Mantener la custodia de los objetos e indicios sujetos a los procesos de análisis y científicos aplicados a la investigación policial.
-      Llevar a cabo la preservación, búsqueda y obtención de indicios y la aplicación de técnicas necesarias en la investigación de delitos.
-      Apoyar a las unidades de la Institución y a las autoridades competentes que lo soliciten, en la búsqueda, obtención, preservación y conservación de indicios, evidencias y pruebas relacionadas con la investigación preventiva y persecución de los delitos en el ámbito de su competencia.
-      Elaborar los proyectos de lineamientos técnicos que deban observarse para alcanzar una correcta cadena de custodia en el manejo de los indicios y pruebas, y aplicarlos conforme a la normatividad establecida para tal efecto.
-      Participar en los talleres de capacitación en la materia de búsqueda, obtención, preservación y conservación de indicios, evidencias y pruebas relacionadas con la investigación preventiva, así como en la cadena de custodia de la prueba.
-      Actualizar las bases de datos que para estos fines se utilicen conforme a los lineamientos establecidos.
-      Entregar con su debida cadena de custodia, documentos, armas de fuego, explosivos, vidrios, drogas, fotográficos, maderas y demás materiales, objetos o cualquier tipo de compuestos que se encuentren en el lugar de los hechos hasta su entrega recepción en los laboratorios correspondientes de acuerdo a sus características físicas, químicas y biológicas.
-      Garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de investigación, calidad y seguridad con base en los manuales de procedimientos establecidos.
-      Procesar el lugar de los hechos, para ello deberá fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física al Ministerio Público, conforme a las instrucciones de éste y en términos de las disposiciones aplicables.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
 
DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS
OBJETIVO
Dirigir el análisis técnico-científico de indicios y elementos de prueba de los delitos, en el ámbito de su competencia, así como de los elementos que permitan la identificación de personas, mediante el desarrollo, operación y supervisión de los procesos de trabajo en los laboratorios para la emisión de los informes, opiniones o dictámenes correspondientes, con la finalidad de apoyar a las áreas de la Institución y autoridades competentes en las investigaciones para la prevención y combate de delitos.
FUNCIONES
-      Examinar los objetos, materiales o cualquier elemento que se le remita para la investigación preventiva de los delitos que sean materia de competencia de la Institución.
-      Analizar, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, los elementos de prueba, indicios y evidencias que les sean sometidos a su estudio.
-      Identificar personas mediante el análisis de las características físicas, mecánicas y biológicas particulares, conforme a las disposiciones aplicables, apoyándose de procesos técnicos y científicos.
-      Interpretar en el ámbito de su competencia los resultados de laboratorio y emitir el informe, opinión o dictamen correspondiente conforme a las disposiciones legales aplicables.
-      Desarrollar análisis técnicos, científicos y aquéllos que resulten necesarios para la prevención de los delitos, y para la persecución de los mismos conforme a las instrucciones del Ministerio Público en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, que permita llegar a la verdad de los hechos.
-      Validar los procedimientos de acuerdo a las normativas aplicables de calidad.
-      Mantener los programas de aseguramiento de la calidad para la adecuada realización y reporte de los resultados.
-      Proporcionar, en el ámbito de su competencia, la información para actualizar las bases de datos que en materia de laboratorios se utilicen conforme a los lineamientos establecidos.
-      Organizar los laboratorios que dependen de la Dirección General para ofrecer resultados expeditos y con la calidad de estándares internacionales.
-      Aplicar los manuales de procedimientos de operación para asegurar que las funciones se realicen según las normativas internacionales vigentes.
-      Actualizar las bases de datos que se utilicen conforme a los lineamientos establecidos por el Centro Nacional de Información.
-      Aplicar las guías y manuales técnicos que deban observarse en la formulación de opiniones que requieran las autoridades competentes dentro del marco de la autonomía técnica de estos servicios.
-      Analizar los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, así como los instrumentos, objetos o productos del delito conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, los procedimientos establecidos y las normas aplicables.
-      Desarrollar, operar y supervisar laboratorios técnicos especializados en seguridad informática, tecnológica, electrónica, y
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
DIRECCIÓN GENERAL DE ESPECIALIDADES
OBJETIVO
Implementar los procesos para la investigación de los delitos de alto impacto, explosiones e incendios, contra el ambiente y accidentes en vías generales de comunicación, mediante el análisis técnico-científico especializado que sustente los informes, opiniones o dictámenes correspondientes, con la finalidad de apoyar a las áreas de la Institución y autoridades competentes en las operaciones para la prevención y combate de delitos.
 
FUNCIONES
-      Desarrollar y aplicar los procesos necesarios, conforme a las disposiciones aplicables, para apoyar técnica y científicamente la labor de investigación policial.
-      Canalizar los servicios solicitados por la autoridad competente de acuerdo a la especialidad correspondiente.
-      Diseñar lineamientos que se deban observar para la emisión de opiniones y dictámenes conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de la materia.
-      Desarrollar análisis técnicos y científicos conforme a las disposiciones aplicables, que resulten necesarios en la investigación preventiva, en caso de delitos cometidos, se realizarán bajo la conducción y mando del Ministerio Público.
-      Desarrollar y aplicar los procesos necesarios, conforme a las disposiciones aplicables, para la investigación de causas de accidentes en las vías generales de comunicación, en el ámbito de competencia de la Institución.
-      Realizar las labores científicas especializadas, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, en delitos de alto impacto y los cometidos contra instituciones federales.
-      Aplicar y desarrollar los procesos necesarios, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, para analizar los delitos cometidos contra el medio ambiente.
-      Aplicar y desarrollar los procesos necesarios, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, a fin de establecer la causa de explosiones e incendios a partir del estudio técnico de los indicios.
-      Determinar, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, el punto de inicio, la trayectoria y los daños producidos en explosiones e incendios.
-      Desarrollar análisis técnicos y científicos en el ámbito de su competencia, y conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, para determinar el tipo de sustancia causal de explosiones e incendios.
-      Garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de investigación, calidad y seguridad de delitos de alto impacto.
-      Emitir los informes, partes policiales y demás documentos que se generen, con los requisitos de fondo y forma que establezcan las disposiciones aplicables, para tal efecto se podrán apoyar en los conocimientos científicos y técnicos que resulten necesarios.
-      Implementar, conforme a las disposiciones aplicables, un sistema emergente de atención médica y psicológica a víctimas de delitos de alto impacto.
-      Realizar análisis técnicos y científicos especializados, bajo la conducción y mando del Ministerio Público y conforme a las disposiciones aplicables, sobre objetos relacionados con la comisión de delitos de alto impacto.
-      Actualizar las bases de datos que para los fines de esta Dirección General se utilicen, conforme a los lineamientos establecidos.
-      Aplicar las guías y manuales técnicos que deban observarse en la formulación de opiniones que requieran las autoridades competentes, dentro del marco de la autonomía técnica de estos servicios.
-      Aplicar los manuales de procedimientos de operación para asegurar que las funciones se realicen según las normativas internacionales vigentes.
-      Analizar, conforme a las instrucciones del Ministerio Público, en términos del Código Federal de Procedimientos Penales, los elementos de prueba, indicios y evidencias que les sean sometidos a su estudio.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
 
DIVISIÓN ANTIDROGAS
OBJETIVO
Establecer los lineamientos, políticas, protocolos, procedimientos y métodos de investigación y análisis de la información que sustente la operación policial, mediante el diseño de estrategias que permitan organizar o participar en acciones implementadas por la Institución o en coordinación con autoridades de los tres órdenes de gobierno, para la prevención y el combate a los delitos contra la salud, así como los derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita, falsificación y alteración de moneda, en el territorio nacional.
FUNCIONES
-      Combatir la producción, tenencia, tráfico y otros actos relacionados con estupefacientes, psicotrópicos, para la prevención de delitos contra la salud, así como los derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita, falsificación y alteración de moneda, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Conocer y dar cumplimiento, en el ámbito de su competencia, a las disposiciones relativas a los delitos contra la salud enunciados en la normatividad aplicable.
-      Diseñar, coordinar, operar sistemas de recolección, clasificación, registro, evaluación y análisis de información, conformando una base de datos que sustente el desarrollo de programas y acciones que sirvan para la toma de decisiones, elaboración de programas, conducción y ejecución de operativos para la prevención y combate de delitos en el ámbito de su competencia.
-      Ejecutar, en coordinación con las unidades competentes de la Institución, los métodos de análisis de información para generar inteligencia operacional que permita identificar a personas, grupos, organizaciones, zonas prioritarias y modos de operación, vinculados con los diversos delitos de su competencia con el fin de prevenir y combatir la comisión de los mismos.
-      Efectuar las investigaciones relacionadas con delitos materia de su competencia, de conformidad con las normas aplicables.
-      Efectuar las detenciones en caso de urgencia y flagrancia, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Código Federal de Procedimientos Penales.
-      Supervisar, en el ámbito de su competencia, que los Integrantes preserven el lugar de los hechos, así como la integridad de los indicios, huellas o vestigios del hecho delictuoso, incluyendo los instrumentos, objetos o productos del delito, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Auxiliar a las unidades administrativas que lo soliciten, así como a la autoridad que lo requiera en la búsqueda, preservación y obtención de indicios y pruebas, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de sus funciones constitucionales de investigación para la prevención de los delitos.
-      Realizar bajo la conducción y mando de las autoridades competentes las investigaciones relativas al combate de los delitos cometidos, así como las actuaciones que en esa materia le instruyan éstas, conforme a las normas aplicables.
-      Coordinar y organizar a los Integrantes de su área en la realización de operativos conjuntos con otras instituciones o autoridades federales locales o municipales, en el ámbito de su competencia.
-      Colaborar, en coordinación con las autoridades y unidades competentes de la Institución, con los organismos y grupos internacionales, que tengan relación con la investigación de los delitos materia de su competencia.
-      Coordinar y realizar acciones encaminadas a la captación de información de carácter policial para combatir la delincuencia organizada.
-      Sistematizar y ejecutar los métodos de análisis de información para generar inteligencia que permita identificar a personas, grupos, organizaciones delictivas, zonas prioritarias y modos de operación vinculados con los delitos de su competencia.
-      Fomentar la política de denuncia ciudadana para la aportación de pruebas que permita:
a)   Aseguramiento de drogas o sustancias prohibidas;
b)   Detención de distribuidores y/o vendedores;
c)   Identificación y prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, falsificación y alteración de moneda, y
d)   Desarticulación de redes de narcotraficantes.
 
-      Proponer al Comisionado General la intervención de comunicaciones y operaciones encubiertas, en coordinación con la División de Inteligencia.
-      Coordinar las acciones relativas al aseguramiento de los bienes relacionados con los delitos de tráfico de drogas y los derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
-      Las demás que le confieran otras disposiciones aplicables o su superior jerárquico.
COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN DE GABINETE ANTIDROGAS
OBJETIVO
Coordinar las acciones y métodos que permitan la sistematización de la información policial, mediante la recopilación, clasificación, registro y análisis de datos vinculados con los delitos contra la salud, a fin de generar estrategias que sustenten el desarrollo de investigaciones y acciones policiales, orientadas a la identificación y detención de personas, grupos u organizaciones delictivas en el territorio nacional.
FUNCIONES
-      Obtener, recopilar, analizar y procesar en el ámbito de su competencia, la información que se obtenga con motivo de la producción, tenencia, tráfico y otros actos relacionados con estupefacientes y psicotrópicos, para la prevención y persecución de delitos contra la salud, en términos de las disposiciones aplicables.
-      Generar información para inteligencia a través del análisis técnico, táctico o estratégico de los datos que obtenga para identificar las estructuras y los modos de operación de la delincuencia y las organizaciones delictivas, así como proponer las acciones que permitan su detención.
-      Sistematizar y ejecutar métodos de análisis de información para generar inteligencia estratégica, permitiendo la identificación de personas, grupos, organizaciones delictivas, zonas prioritarias y modos de operación vinculados con los delitos contra la salud y delincuencia organizada.
-      Elaborar proyectos de programas que permitan desarrollar, instrumentar y aplicar técnicas especializadas en investigación para la prevención de las operaciones con recursos de procedencia ilícita, así como su combate en términos de las disposiciones legales aplicables.
-      Diseñar, coordinar y operar los sistemas de recolección, clasificación, registro, evaluación y análisis de la inf