DOF: 25/08/2017
EXTRACTO de la solicitud del gobierno del Estado de Aguascalientes para modificar la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen Mezcal

EXTRACTO de la solicitud del gobierno del Estado de Aguascalientes para modificar la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen Mezcal.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.- Dirección General.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES PARA MODIFICAR LA DECLARACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN "MEZCAL"
I.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 161 y 166 de la Ley de la Propiedad Industrial y Quinto Resolutivo de la Declaración General de Protección de la Denominación de Origen "Mezcal", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 1994, se efectúa la publicación del extracto de la solicitud de modificación a dicha Declaración General de Protección, presentada por el gobierno del Estado de Aguascalientes, mediante escrito de fecha 07 de octubre de 2016, en los siguientes términos:
1.- Nombre, domicilio y nacionalidad del solicitante.
El Estado de Aguascalientes, como parte integrante de la Federación, representado por su Gobernador Constitucional Carlos Lozano de la Torre, de nacionalidad mexicana, señalando como domicilio el ubicado en Plaza de la Patria s/n, Zona Centro, C.P. 20000, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.
2.- Interés Jurídico del solicitante.
El Estado de Aguascalientes presenta su solicitud en términos de la fracción III del artículo 158 de la Ley de la Propiedad Industrial.
3.- Nombre de la Denominación de Origen.
"Mezcal".
4.- Señalamiento de la modificación que se pide y causa que la motiva
a) Señalamiento de la modificación:
Se solicita se incluya dentro de la región geográfica protegida por la Declaración General de Protección, los siguientes municipios pertenecientes al Estado de Aguascalientes: Aguascalientes, Asientos, Calvillo, Cosío, El Llano, Rincón de Romos y Tepezalá.
b) Causas que motivan la modificación:
En la solicitud se indica que, de acuerdo a una revisión exhaustiva de documentos históricos, que se encuentran incluidos en el Estudio Técnico Justificativo realizado por el Centro de Investigación y Asistencia en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco, A.C. (CIATEJ A.C.), se puede determinar evidentemente que el Estado de Aguascalientes ha sido productor de la bebida destilada "Mezcal" desde el siglo XVIII, contando con la tradición y una serie de expresiones culturales que se ha desarrollado en torno a dicho producto por parte de las comunidades rurales del Estado.
Menciona que el Estado de Aguascalientes actualmente cuenta con extensas poblaciones de agave silvestres y el cultivo de diversas especies de agave empleadas en la elaboración de mezcal, como son el Agave salmiana y el Agave angustifolia, sobre todo en la región norte y este del Estado que comprende los municipios de Cosío, Rincón de Romos, Asientos, Tepezalá y El Llano, donde algunas comunidades ejidales y pequeños propietarios, se han encargado de su cuidado y mantenimiento considerando que es un recurso importante que históricamente ha sido aprovechado. Además señala que estos municipios comparten lazos históricos y rasgos culturales con las comunidades de los estados colindantes de Jalisco y Zacatecas, particularmente con este último, que es uno de los principales productores de mezcal a nivel nacional.
Lo anterior, se documenta en el estudio elaborado por el CIATEJ A.C., para sustentar el vínculo existente entre el territorio y la materia prima para la elaboración del producto "Mezcal" y justificar el por qué se deben incluir los municipios arriba señalados en la actual Denominación de Origen.
Descripción general del proceso de elaboración del mezcal:
Como parte del Estudio Técnico Justificativo para promover la integración del Estado de Aguascalientes en la zona de Denominación de Origen Mezcal, elaborado por el CIATEJ, A.C., se describe lo siguiente:
Del análisis a los trabajos de campo realizados se obtuvieron productos elaborados con la misma especie de agave, que en este caso correspondió al A. salmiana, en las zonas aledañas al Estado, así como una planta piloto del CIATEJ colectada de una plantación perteneciente al municipio de Tepezalá, para ser evaluados y comparados entre sí con base a sus características físico-químicas. Cabe mencionar que el proceso practicado en este caso, coincide con el proceso convencional para obtener mezcal que se realiza en estados como Zacatecas, Guanajuato y San Luis Potosí, todos incluidos en la Denominación de Origen
Mezcal.
i. Cosecha: El Estado de Aguascalientes cuenta con 8 especies de agave identificadas como resultado de las revisiones documentales y trabajos de campo realizados. De estas 8 especies de Agave, dos de ellas resaltan por su abundancia y son aptas para la elaboración del Mezcal, Agave angustifolia y Agave salmiana. Este último es utilizado en los municipios de Pinos y Villa García, Zacatecas, el altiplano de San Luis Potosí y los municipios de San Felipe y San Luis de la Paz de Guanajuato, regiones incluidas en la Denominación de Origen, para fabricar Mezcal; estas especies de agave se encuentran de manera silvestre, así como en plantaciones comerciales, apoyadas por programas gubernamentales en los municipios propuestos para su inclusión en la Denominación de Origen.
Los productores del Estado de Aguascalientes, conscientes de que el agave representa la materia prima esencial para la elaboración del mezcal y que es un recurso natural que debe manejarse de manera sustentable para tener un abastecimiento permanente, han desarrollado un esquema de explotación racional basado en la reproducción-repoblación, en el que se realizan actividades de reforestación y el establecimiento de plantaciones apoyados por instancias gubernamentales a nivel federal y estatal.
Se manejan dos esquemas de obtención de plántula de agave a través de los cuales se asegura el abastecimiento de esta materia prima:
·   Reproducción de agave por semilla; los productores obtienen las semillas de plantas maduras que han cumplido con su periodo biológico para la producción de plántula en almácigos y una vez que las plantas emergen y logran el tamaño suficiente, son trasladadas al campo para ser plantadas de forma definitiva.
·   Plantación con hijuelos; son clones con características idénticas a la planta madre y se desarrollan a través de rizomas, emergiendo en su base, de donde son extraídos para su plantación.
En virtud de lo anterior, se cuenta actualmente en el Estado con una superficie de 1163 hectáreas con plantaciones de agave.
ii. Cocimiento: Las piñas cosechadas en Aguascalientes fueron fragmentadas para realizar su cocción mediante vapor de agua a una temperatura promedio de 95 °C.
iii. Molienda, fermentación y destilación: Una vez concluido el cocimiento, se procedió a la obtención de jugo de agave mediante el uso de molino de mazas, el jugo obtenido, fue inoculado con levadura sacharomycces tomada del banco de cepas del CIATEJ, el cual contiene microorganismos aislados de la mayoría de los estados productores de mezcal incluidos en la DOM. El mosto o jugo ya fermentado fue doblemente destilado en alambiques de acero inoxidable y cobre. Para su evaluación sensorial comparativa, el producto fue diluido con agua desmineralizada a un grado alcohólico de 38% Alc. Vol. En la primera destilación se obtuvo un volumen de 14.3 L con un grado alcohólico de 12.7% etanol volumen. La segunda destilación arrojó un volumen de 2.1 L al 70.7% etanol volumen.
iv. Producto terminado: De acuerdo a los análisis realizados, se ha podido determinar que las especificaciones fisicoquímicas y sensoriales de los destilados cercanos al estado de Aguascalientes -que la gran mayoría cumple con la Norma Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-1194, aplicable a la bebida alcohólica Mezcal- y el de la planta piloto del CIATEJ son similares a los que se obtienen en productos de mezcal dentro de la Denominación de Origen.
Factores naturales
Los principales factores de carácter geográfico que determinan la presencia o influyen en el crecimiento y desarrollo de las especies de agave que existen tanto en forma silvestre como inducida, tanto en el Estado de Aguascalientes como en Zacatecas y que son la materia prima para la elaboración del producto sujeto a la inclusión en la Denominación de Origen "Mezcal", y que en la mayoría de los casos son totalmente ajenos a delimitaciones de carácter político administrativo e independientes a la acción del hombre, son las grandes estructuras que conforman el territorio nacional (Provincias Fisiográficas), el clima que trabaja como agente modelador de la topografía, el suelo y los elementos bióticos, en especial los tipos de vegetación, que en conjunto definen las características agroclimáticas propicias para que los agaves se desarrollen de manera adecuada.
La relación directa entre los Estados de Aguascalientes, el de Zacatecas y el de Guanajuato con respecto a la provincia fisiográfica de la Mesa del Centro, los tipos de climas predominantes (Semiseco Templado y Semiseco Semicálido), los cuatro principales tipos de suelo predominantes (Feozem, Durisol, Leptosol y Regosol), así como los tipos de vegetación más representativos (bosque de encino, matorral, pastizal y en
menor proporción la selva baja caducifolia); en este sentido, se confirma que el Estado de Aguascalientes cuenta con elementos y factores geográficos con un alto grado de correlación con los Estados de Zacatecas y Guanajuato, ambos incluidos en la Denominación de Origen "Mezcal".
Geología: El Estado de Aguascalientes tiene una edad geológica que comprende del Triásico al Cuaternario, predominan las rocas ígneas extrusivas ácidas (riolitas y tobas), las cuales se presentan en la mitad del territorio, principalmente en las áreas comprendidas por la Sierra Fría, la Sierra del Laurel, así como la Serranía de Asientos y Tepezalá; las rocas sedimentarias de origen continental (areniscas y conglomerados del Terciario), las cuales se ubican en la zona sur del Valle de Aguascalientes y la zona del Valle de Calvillo; rocas metamórficas (esquistos) del Triásico, que corresponden a las rocas más antiguas de la entidad; y, rocas sedimentarias de origen marino del Cretácico, constituidas por caliza, caliza-lutita y lutita-arenisca, las cuales se han mineralizado, siendo de gran importancia económica para el estado.
Orografía y relieve: El relieve del Estado de Aguascalientes es un paisaje mixto formado por sierras, mesetas, lomeríos, llanuras y valles. Hacia el oriente predomina una topografía plana formada por un amplio valle aluvial (Valle de Aguascalientes), se extiende de norte a sur y contiene la mayor parte de los municipios del Estado, en esta parte se reconocen las serranías aisladas de la Sierra de los Gallos y la Sierra de Tepezalá y Asientos, todas pertenecientes al municipio de Tepezalá. La mitad occidental, que es la más extensa de la entidad, presenta una fisonomía quebrada, formada por varios macizos montañosos y sistemas de mesetas, separados por cañadas profundas y pequeños valles intermontanos, abarca los municipios de San José de Gracia y Calvillo, la mayor parte de Jesús María y Rincón de Romos y, parte del occidente de Cosío, Pabellón de Arteaga y Aguascalientes, en dicha sección se reconocen los sistemas montañosos de la Sierra Fría, Sierra de Pabellón, Sierra de Guajolotes, Sierra del Pinal y Sierra del Laurel.
Clima: Las condiciones climáticas en el Estado de Aguascalientes están muy influenciadas por la altitud, en general, el clima puede considerarse dentro del tipo de los semisecos, que abarcan el 86% de la superficie estatal; y, el 14% restante, pertenece al subgrupo de climas templados, lo anterior, de acuerdo al sistema de clasificación de Kppen modificado por García (1973). Los climas semisecos, tienen como característica que la evaporación excede a la precipitación, están asociados a comunidades vegetales del tipo matorral desértico y vegetación xerófila; por otra parte, los climas templados, se encuentran en bosques de encino y de pino-encino, así como pastizales, su temperatura media anual oscila entre 12.0 ° C y 18.0 ° C.
Suelos: Los suelos del Estado de Aguascalientes son en su mayor parte de tipo semidesértico, característicos de los climas áridos y semiáridos; sus usos son variados, sobresaliendo las actividades de agricultura y ganadería; se encuentran distribuidos en su territorio diez tipos de suelos: Calcisol, Cambisol, Fluvisol, Kastañozem, Luvisol, Planosol, Phaeozem, Leptosol, Durisol y Regosol, siendo los cuatro últimos los más representativos, ya que en su conjunto abarcan más del 80% del territorio estatal, estos mismos tipos de suelos son los que presentan los municipios de Zacatecas, que cuenta con la Denominación de Origen Mezcal.
Vegetación: en Aguascalientes la vegetación natural (primaria y secundaria) ocupa el 54.36% del territorio estatal, destacan los pastizales naturales, los bosques de encino, los matorrales, la selva baja caducifolia y los pastizales inducidos. El área agrícola ocupa el 42.3% del territorio estatal, presentando áreas de riego y de temporal, estas zonas agrícolas se encuentran principalmente en la franja central del territorio, correspondiente al Valle de Aguascalientes, así como en el municipio de El Llano y en el Valle del Calvillo; los bosques se encuentran en la zona de la Sierra Fría, así como al oriente de la Ciudad de Aguascalientes y en la Sierra del Laurel; los pastizales están en los extremos del Valle de Aguascalientes; los matorrales se ubican en la zona central del Estado, así como en el municipio de Calvillo; y, la selva baja caducifolia se observa en el municipio de Calvillo en la Sierra del Laurel o en la profundidad de cañadas muy húmedas.
Factores humanos
En el caso particular del Estado de Aguascalientes, existen diversos antecedentes que han sido documentados sobre la producción de esta bebida, lo que indica que dicha actividad se ha venido realizando en su territorio desde la época posterior a la Colonia, particularmente desde el siglo XVIII. Actualmente en el Estado se cuenta con extensas poblaciones de agave silvestre y plantaciones en algunos de sus municipios y al no estar incluido en la denominación se corre el riesgo de que sean aprovechados por fabricantes de mezcal de otros Estados como ya ha sucedido con plantaciones de A. angustifolia que fueron aprovechadas para elaboración de Tequila por empresas del Estado de Jalisco, en detrimento de la economía de los productores locales y sus comunidades, lo que induce la migración, ante la carencia de oportunidades y escasas opciones de desarrollo.
Actualmente, el agave es considerado como recurso forestal no maderable y un elemento en la biodiversidad para diferentes regiones y ecosistemas, sus usos principales son de tipo alimenticio, tanto en la
elaboración de bebidas fermentadas y destiladas, la preparación de varios platillos regionales (gastronomía), para la obtención de fibra empleada en la elaboración de artesanía, aprovechando para ello las diferentes partes de la planta, de igual manera tiene un uso medicinal y ornamental.
El uso del agave se remonta a épocas prehispánicas, lo cual ha sido documentado en códices y crónicas elaborados después de la Conquista, empleándose tanto en la elaboración de bebidas, platillos y golosinas. Uno de los usos más difundidos que se hace del maguey, es el aprovechamiento de los jugos obtenidos de esta planta en la elaboración de bebidas alcohólicas, que pueden obtenerse mediante la fermentación de su savia (pulque), así como por destilación de un mosto preparado con los azúcares obtenidos de ellas previo proceso de hidrólisis (mezcal). Históricamente, en el Estado de Aguascalientes se han elaborado ambos tipos de bebidas (pulque y mezcal), las cuales se obtienen de dos especies nativas de agave, Agave salmiana y A. angustifolia, ambas incluidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-070-SCFI-1994, que aplica para el mezcal.
II.- El presente extracto no prejuzga ni constituye un pronunciamiento del Instituto sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud presentada y se efectúa para que cualquier tercero que justifique su interés jurídico, formule observaciones u objeciones y aporte las pruebas que estime pertinentes, dentro de un plazo de dos meses, contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 161 de la Ley de la Propiedad Industrial.
III.- El expediente con la documentación a que se refiere el presente extracto se encuentra disponible para su consulta en el archivo de la Dirección Divisional de Marcas del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ubicado en Arenal No. 550, Pueblo Santa María Tepepan, Delegación Xochimilco, Ciudad de México, C.P. 16020, en un horario de atención al público de 8:45 a 16:00 horas, de lunes a viernes.
El presente se signa con fundamento en los artículos 17, 22 y 59 fracciones I y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1o., 6o., 7o., 7o. Bis 1, 7o. Bis 2, 159, 161 y 166 de la Ley de la Propiedad Industrial, y 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, y 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10 de su Estatuto Orgánico.
Ciudad de México, a 14 de agosto de 2017.- El Director General, Miguel Ángel Margáin González.- Rúbrica.
(R.- 455047)
 

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