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DOF: 04/09/2017 |
ACUERDO por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales superficiales en las cuencas hidrológicas Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, R ACUERDO por el que se dan a conocer los resultados del estudio técnico de las aguas nacionales superficiales en las cuencas hidrológicas Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2, pertenecientes a la Región Hidrológica número 19 Costa Grande de Guerrero. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ROBERTO RAMÍREZ DE LA PARRA, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XVIII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I y XV, y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; y 1, 8 primer párrafo y 13 fracciones II, XI, XIII inciso e) bis, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y CONSIDERANDO Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua; Que el artículo 7 BIS fracción IV de la Ley de Aguas Nacionales, declara de interés público el mejoramiento permanente del conocimiento sobre la ocurrencia del agua en el ciclo hidrológico, en su explotación, uso o aprovechamiento, en su conservación en el territorio nacional, y en los conceptos y parámetros fundamentales para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos, así como la realización periódica de inventarios de usos y usuarios, cuerpos de agua, infraestructura hidráulica y equipamiento diverso necesario para la gestión integrada de los recursos hídricos; Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta 4, denominada "México Próspero", establece la estrategia 4.4.2, encaminada a implementar un manejo sustentable del agua, que haga posible que todos los mexicanos accedan a ese recurso, teniendo como línea de acción, ordenar su uso y aprovechamiento para propiciar la sustentabilidad sin limitar el desarrollo; Que la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero está conformada por 28 cuencas hidrológicas, de las cuales sólo en 17 se realiza el presente Estudio Técnico, y en las cuales se encuentran vigentes los instrumentos cuya denominación y fecha de publicación son las siguientes: - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Petatlán, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuca, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Tecpan, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río San Luis La Loma, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Ixtapa, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río La Sabana, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Atoyac, Grande o San Jerónimo, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. - "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuquilla, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 1954. Que el 27 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se dan a conocer los límites de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", incluyendo las 28 cuencas hidrológicas que conforman la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero; Que el 7 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", del cual se toman los valores de la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 17 cuencas hidrológicas pertenecientes a la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, materia de este Estudio: Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2, las cuales cuentan con disponibilidad; Que la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales, se determinó conforme a la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2015; Que el 20 de septiembre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de vigencia de la "Norma Mexicana NMX-AA-159-SCFI-2012, que establece el procedimiento para la determinación del caudal ecológico en cuencas hidrológicas"; Que la Comisión Nacional del Agua procedió a la realización del estudio técnico a que se refiere el artículo 38, primer párrafo, de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, con la finalidad de determinar si se configura alguna de las causas de utilidad e interés público previstas en la Ley de referencia, para sustentar la emisión del ordenamiento procedente, mediante el cual se establezcan los mecanismos para regular la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas superficiales, que permitan llevar a cabo su administración y uso sustentable; Que para la elaboración del estudio técnico referido, la Comisión Nacional del Agua dio participación a los usuarios del Consejo de Cuenca de la Costa de Guerrero, a quienes se les presentaron los resultados del mismo en la novena sesión ordinaria de dicho Consejo, celebrada el 24 de noviembre de 2016, en Acapulco de Juárez, Estado de Guerrero, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO TÉCNICO DE LAS AGUAS NACIONALES SUPERFICIALES EN LAS CUENCAS HIDROLÓGICAS RÍO IXTAPA 1, RÍO IXTAPA 2, RÍO SAN JERONIMITO, RÍO PETATLÁN 1, RÍO PETATLÁN 2, RÍO COYUQUILLA 1, RÍO COYUQUILLA 2, RÍO SAN LUIS 1, RÍO SAN LUIS 2, RÍO TECPAN 1, RÍO TECPAN 2, RÍO ATOYAC 1, RÍO ATOYAC 2, RÍO COYUCA 1, RÍO COYUCA 2, RÍO LA SABANA 1 Y RÍO LA SABANA 2, PERTENECIENTES A LA REGIÓN HIDROLÓGICA NÚMERO 19 COSTA GRANDE DE GUERRERO ARTÍCULO ÚNICO. Se dan a conocer los resultados del estudio técnico realizado en 17 de las 28 cuencas hidrológicas que forman parte de la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero. 1. DELIMITACIÓN GEOGRÁFICA La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero se encuentra localizada en el sureste de la República Mexicana, en la región de la Costa, en el Estado de Guerrero. Esta Región Hidrológica tiene la forma alargada en el sentido Este-Oeste y se encuentra delimitada al Norte y Oeste por la Región Hidrológica Número 18 Balsas; al Sur por el Océano Pacífico y al Este por la Región Hidrológica Número 20 Costa Chica de Guerrero. La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero se localiza entre las coordenadas geográficas 18 °10'38" y 16 °41'29" de Latitud Norte y entre 102 °8'28" y 99 °37'15" de Longitud Oeste (Figura 1). Figura 1. Ubicación de la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero. Fuente: Elaboración Propia (2016). 2. SISTEMA HIDROLÓGICO La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, comprende un total de 28 cuencas hidrológicas, entre las que se encuentran las 17 cuencas hidrológicas que son objeto del presente estudio, a saber: Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2. Estas cuencas hidrológicas tienen una extensión de 8,016.9 kilómetros cuadrados, una precipitación anual promedio de 1,169 milímetros y un escurrimiento medio anual de 4,269.1 millones de metros cúbicos. 2.1 Ríos En la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, se localizan diversas corrientes y ríos que desembocan al Océano Pacífico. Los ríos más importantes del sistema hidrológico de la región son: Ixtapa, Petatlán, Coyuquilla, San Luis La Loma, Tecpan, Atoyac, Coyuca y La Sabana. El río Ixtapa tiene su origen a 8 kilómetros al Este del poblado de Real de Guadalupe en el Municipio de Zihuatanejo de Azueta, a una elevación aproximada de 2,535 metros sobre el nivel medio del mar. El río Ixtapa recorre 81.27 kilómetros con una dirección predominantemente al Suroeste, desde su nacimiento hasta su desembocadura con el Océano Pacífico, muy cerca de la localidad de San José Ixtapa y recibe en su curso varios afluentes de escasa importancia. A 11.44 kilómetros de su desembocadura se encuentra la estación hidrométrica La Salitrera (actualmente fuera de operación), razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: Río Ixtapa 1, desde su origen hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y Río Ixtapa 2, desde dicha estación hasta su desembocadura con el mar. El río Petatlán tiene su origen a una elevación aproximada de 2,400 metros sobre el nivel medio del mar, tiene una longitud de 83.59 kilómetros y desemboca en el estero Boca de San Valentín (Laguna de San Valentín). A 3 kilómetros de su desembocadura, recibe la aportación por la margen derecha del río San Jeronimito, su principal afluente. Así, la cuenca hidrológica de este río se divide en tres partes: Río San Jeronimito desde su origen hasta la estación hidrométrica del mismo nombre, Río Petatlán 1, desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica Petatlán, ubicada en el poblado del mismo nombre, y Río Petatlán 2 formado por la confluencia de ambos ríos hasta su desembocadura en el estero Boca de San Valentín (Laguna de San Valentín), preámbulo a su salida al Océano Pacífico. El río Coyuquilla tiene su origen a una elevación aproximada de 2,472 metros sobre el nivel medio del mar, recorre una distancia de 62.55 kilómetros con una dirección predominante al Sur, desde sus orígenes hasta la desembocadura con el Océano Pacífico, entre el lago El Tular y la localidad Nuevo Amanecer en el Municipio de Petatlán; recibe en su curso varios afluentes de escasa importancia. A 12.19 kilómetros de su desembocadura se encuentra la estación hidrométrica Coyuquilla, razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: Río Coyuquilla 1 desde su origen hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y Río Coyuquilla 2 desde dicha estación hasta su desembocadura con el mar. El río San Luis La Loma nace en el límite Norte de los municipios de Coyuca de Catalán y Tecpan de Galeana a una elevación aproximada de 2,600 metros sobre el nivel medio del mar y a lo largo de su recorrido de 81.24 kilómetros mantiene una dirección predominante al Sur. A 11.38 kilómetros de su desembocadura se localiza la estación hidrométrica San Luis, razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: San Luis 1 desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y San Luis 2 desde dicha estación hasta su desembocadura con el Océano Pacífico. En su trayectoria final atraviesa la cabecera municipal de San Luis de La Loma. El río Tecpan nace a una elevación aproximada de 1,800 metros sobre el nivel medio del mar en el límite Norte del Municipio de Tecpan de Galeana, y a lo largo de su recorrido de 92.4 kilómetros, mantiene una dirección predominante al Sur. A 32.16 kilómetros antes de su desembocadura al mar se ubica la estación hidrométrica Tecpan, razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: Tecpan 1 desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y Tecpan 2 desde dicha estación hasta su desembocadura con el Océano Pacífico, en el sitio conocido como Boca Chica. En su trayectoria final atraviesa la cabecera municipal de Tecpan de Galeana. El río Atoyac nace a una elevación aproximada de 2,800 metros sobre el nivel medio del mar en el límite Norte del Municipio de Atoyac de Álvarez, y a lo largo de su recorrido de 74.13 kilómetros, mantiene una dirección predominante al Sur. A 10.84 kilómetros de su desembocadura se localiza la estación hidrométrica San Jerónimo, razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: Atoyac 1 desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y Atoyac 2 desde dicha estación hasta su desembocadura con el Océano Pacífico. En su recorrido atraviesa las localidades urbanas de Atoyac de Álvarez y San Jerónimo de Juárez. El río Coyuca nace a una elevación aproximada de 3,200 metros sobre el nivel medio del mar en el límite Sur del Municipio de General Heliodoro Castillo, y después de recorrer 1.6 kilómetros, cruza al Municipio Coyuca de Benítez. A 10 kilómetros al Suroeste entra al Municipio de Atoyac de Álvarez por unos 9.2 kilómetros, para ingresar nuevamente a Coyuca de Benítez y volver a salir 12 kilómetros aguas abajo en dirección suroeste y retornar nuevamente en dirección franca Sureste a Coyuca de Benítez. A la altura de la localidad Barrio Nuevo La Laja cambia bruscamente con dirección al Sur y a 13.62 kilómetros de su desembocadura con el mar, se localiza la estación hidrométrica Coyuca de Benítez, razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: Coyuca 1, desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y Coyuca 2 desde dicha estación hasta su desembocadura con el Océano Pacífico. En su recorrido pasa a un costado de la cabecera municipal de Coyuca de Benítez. El río La Sabana nace a una elevación aproximada de 900 metros sobre el nivel medio del mar a 5 kilómetros al Este de la localidad de Xaltianguis del Municipio de Acapulco de Juárez. La trayectoria del río es paralela a la carretera Acapulco-Tierra Colorada, cruza la localidad Kilómetro 30, la cabecera municipal de Acapulco de Juárez y la laguna de Tres Palos, para desembocar al mar en la localidad de Barra Vieja. A 52.78 kilómetros antes de su desembocadura se localiza la estación hidrométrica KM 21+000, razón por la cual la cuenca hidrológica de este río se divide en dos: La Sabana 1 desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica antes mencionada, y La Sabana 2 desde dicha estación hasta su desembocadura con el Océano Pacífico. 2.2 Cuencas hidrológicas La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero comprende 28 cuencas hidrológicas, de las cuales únicamente 17 son objeto del presente estudio, mismas que se describen a continuación: 2.2.1 Cuenca hidrológica Río Ixtapa 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °44'11" y 17 °55'4" de latitud Norte y 101 °27'34" y 101 °21'21" de longitud Oeste; drena una superficie de 837.8 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 61.011 kilómetros desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica La Salitrera (fuera de operación), y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas y por la cuenca hidrológica Río La Unión 1, al Sur por la cuenca hidrológica Río Zihuatanejo, al Este por la cuenca hidrológica Río San Jeronimito y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río La Unión 1 y Río Pontla. 2.2.2 Cuenca hidrológica Río Ixtapa 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °45'4" y 17 °40'5" de latitud Norte y 101 °38'59" y 101 °34'7" de longitud Oeste; drena una superficie de 28.8 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 8.677 kilómetros desde la estación hidrométrica La Salitrera hasta su desembocadura con el mar, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río Pontla, al Sur y al Este por las cuencas hidrológicas Río Zihuatanejo y Río Ixtapa 1, respectivamente, y al Oeste por el Océano Pacífico. 2.2.3 Cuenca hidrológica Río San Jeronimito, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °55'55" y 17 °33'38" de latitud Norte y 101 °27'11" y 101 °5'3.5" de longitud Oeste; drena una superficie de 750.1 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 54.572 kilómetros desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica San Jeronimito, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas y por la cuenca hidrológica Río Ixtapa 1, al Sur por la cuenca hidrológica Río Petatlán 2, al Este por la cuenca hidrológica Río Petatlán 1 y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río Ixtapa 1 y Río Zihuatanejo. 2.2.4 Cuenca hidrológica Río Petatlán 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °47'24" y 17 °31'48" de latitud Norte y 101 °16'56" y 100 °57'37" de longitud Oeste; drena una superficie de 455 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 59.249 kilómetros desde su nacimiento hasta la estación hidrométrica Petatlán, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas, al Sur por la cuenca hidrológica Río Tule, al Este por la cuenca hidrológica Río Coyuquilla 1 y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río San Jeronimito y Río Petatlán 2. 2.2.5 Cuenca hidrológica Río Petatlán 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °38'44" y 17 °28'57" de latitud Norte y 101 °22'46" y 101 °15'27" de longitud Oeste; drena una superficie de 119.5 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 24.349 kilómetros, desde las estaciones hidrométricas San Jeronimito y Petatlán hasta su desembocadura, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río San Jeronimito, al Sur por el Océano Pacífico, al Este por las cuencas hidrológicas Río Petatlán 1 y Río Tule y al Oeste por la cuenca hidrológica Río Zihuatanejo. 2.2.6 Cuenca hidrológica Río Coyuquilla 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °45'25" y 17 °22'51" de latitud Norte y 101 °2'47" y 100 °51'59" de longitud Oeste; drena una superficie de 530.5 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 85.664 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas, al Sur por la cuenca hidrológica Río Coyuquilla 2, al Este por la cuenca hidrológica Río San Luis 1 y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río Petatlán 1 y Río Tule. 2.2.7 Cuenca hidrológica Río Coyuquilla 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °24'59" y 17 °19'38" de latitud Norte y 101 °5'51" y 101 °59'59" de longitud Oeste; drena una superficie de 62.9 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 10.475 kilómetros cuadrados, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río Coyuquilla 1, al Sur por el Océano Pacífico, al Este por la cuenca hidrológica Río Porvenir y al Oeste por la cuenca hidrológica Río Tule. 2.2.8 Cuenca hidrológica Río San Luis 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °43'16" y 17 °16'56" de latitud Norte y 100 °58'43" y 100 °43'51" de longitud Oeste; drena una superficie de 858.4 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 61.633 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas, al Sur por las cuencas hidrológicas Río Porvenir, Río San Luis 2 y Laguna de Nuxco, al Este por la cuenca hidrológica Río Tecpan 1 y al Oeste por la cuenca hidrológica Río Coyuquilla 1. 2.2.9 Cuenca hidrológica Río San Luis 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °16'24" y 17 °13'17" de latitud Norte y 100 °54'20" y 100 °53'57" de longitud Oeste; drena una superficie de 20.1 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 9.516 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río San Luis 1, al Sur por el Océano Pacífico, al Este por la cuenca hidrológica Laguna de Nuxco y al Oeste por la cuenca hidrológica Río Porvenir. 2.2.10 Cuenca hidrológica Río Tecpan 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °40'18" y 17 °15'48" de latitud Norte y 100 °46'31" y 100 °22'35" de longitud Oeste; drena una superficie de 1,190.5 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 59.249 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas, al Sur por la cuenca hidrológica Río Tecpan 2, al Este por la cuenca hidrológica Río Atoyac 1 y al Oeste por la cuenca hidrológica Río San Luis 1. 2.2.11 Cuenca hidrológica Río Tecpan 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °18'24" y 17 °7'54" de latitud Norte y 100 °41'13" y 100 °28'54" de longitud Oeste; drena una superficie de 208.9 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 21.43 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río Tecpan 1, al Sur por la cuenca hidrológica Río El Tular y por el Océano Pacífico, al Este por la cuenca hidrológica Río Atoyac 2 y al Oeste por la cuenca hidrológica Laguna de Nuxco. 2.2.12 Cuenca hidrológica Río Atoyac 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °32'36" y 17 °8'35" de latitud Norte y 100 °30'26" y 100 °8'20" de longitud Oeste; drena una superficie de 822.3 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 63.103 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas, al Sur por la cuenca hidrológica Río Atoyac 2, al Este por las cuencas hidrológicas Río Coyuca 1 y Arroyo Cacaluta y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río Tecpan 1 y Río Atoyac 2. 2.2.13 Cuenca hidrológica Río Atoyac 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °9'46" y 17 °4'12" de latitud Norte y 100 °31'26" y 100 °26'26" de longitud Oeste; drena una superficie de 56.9 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 10.753 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río Atoyac 1, al Sur por el Océano Pacífico, al Este por la cuenca hidrológica Arroyo Cacaluta y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río Tecpan 2 y Río El Tular. 2.2.14 Cuenca hidrológica Río Coyuca 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °28'8" y 17 °0'11" de latitud Norte y 100 °21'35" y 99 °53'1" de longitud Oeste; drena una superficie de 1,284.7 kilómetros; tiene una longitud de 85.664 kilómetros cuadrados, y se encuentra delimitada al Norte por la Región Hidrológica Número 18 Balsas, al Sur por las cuencas hidrológicas Río Coyuca 2 y Laguna de Coyuca, al Este por la Región Hidrológica Número 20 Costa Chica de Guerrero y Río La Sabana 1 y al Oeste por las cuencas hidrológicas Río Atoyac 1 y Arroyo Cacaluta. 2.2.15 Cuenca hidrológica Río Coyuca 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °1'50" y 16 °56'50" de latitud Norte y 100 °8'58" y 100 °4'53" de longitud Oeste; drena una superficie de 29.1 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 11.827 kilómetros y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río Coyuca 1, al Sur por el Océano Pacífico, al Este por la cuenca hidrológica Laguna de Coyuca y al Oeste por la cuenca hidrológica Arroyo Cacaluta. 2.2.16 Cuenca hidrológica Río La Sabana 1, se localiza entre las coordenadas geográficas 17 °10'21" y 16 °57'5" de latitud Norte y 99 °53'37" y 99 °39'10" de longitud Oeste; drena una superficie de 319.4 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 33.464 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte y al Este por la cuenca hidrológica Río Papagayo, al Sur por la cuenca hidrológica Río La Sabana 2 y al Oeste por la cuenca hidrológica Río Coyuca 1 y Laguna de Coyuca. 2.2.17 Cuenca hidrológica Río La Sabana 2, se localiza entre las coordenadas geográficas 16 °58'7" y 16 °41'6" de latitud Norte y 99 °53'50" y 99 °36'57" de longitud Oeste; drena una superficie de 442.1 kilómetros cuadrados; tiene una longitud de 48.695 kilómetros, y se encuentra delimitada al Norte por la cuenca hidrológica Río La Sabana 1, al Sur por el Océano Pacífico, al Este por la cuenca hidrológica Río Papagayo y al Oeste por la cuenca hidrológica Laguna de Coyuca. 3. CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA 3.1 Distribución de la población La población total en la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero es de 276,658 habitantes. El 56% se ubica en 4 cuencas hidrológicas: Río Atoyac 1, Río Coyuca 1, Río La Sabana 2 y Río Tecpan 2. En contraste, la cuenca hidrológica Petatlán 1 es la menos habitada con un 0.7% de la población total. La proporción de hombres y mujeres difiere casi en un 1.41%. La distribución de la población por cuenca hidrológica se muestra en el Cuadro 1. Cuadro 1. Población Cuenca en estudio | Población total (habitantes) | Porcentaje de población | Hombres | Mujeres | No especificado | Río Atoyac 1 | 40,044 | 48.38% | 51.28% | 0.34% | Río Atoyac 2 | 13,575 | 48.60% | 51.23% | 0.16% | Río Coyuca 1 | 36,729 | 48.81% | 50.80% | 0.39% | Río Coyuca 2 | 5,351 | 48.53% | 51.21% | 0.26% | Río Coyuquilla 1 | 3,456 | 49.42% | 46.44% | 4.14% | Río Coyuquilla 2 | 3,101 | 49.40% | 50.31% | 0.29% | Río Ixtapa 1 | 5,346 | 46.88% | 47.38% | 5.74% | Río Ixtapa 2 | 11,760 | 50.43% | 49.49% | 0.08% | Río La Sabana 1 | 23,567 | 48.81% | 51.05% | 0.14% | Río La Sabana 2 | 51,106 | 49.48% | 50.12% | 0.40% | Río Petatlán 1 | 2,004 | 44.56% | 40.57% | 14.87% | Río Petatlán 2 | 24,375 | 49.15% | 50.67% | 0.18% | Río San Jeronimito | 10,314 | 48.63% | 49.28% | 2.08% | Río San Luis 1 | 5,260 | 49.90% | 46.84% | 3.25% | Río San Luis 2 | 9,620 | 48.49% | 51.21% | 0.30% | Río Tecpan 1 | 3,515 | 47.17% | 44.15% | 8.68% | Río Tecpan 2 | 27,535 | 48.99% | 50.68% | 0.33% | Total | 276,658 | 48.90% | 50.31% | 0.79% | Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2010). *En total 139,192 habitantes corresponden al género femenino y 135,291 al masculino. No se especifica el género de 2,175 habitantes. 3.2 Poblaciones urbanas y rurales En la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero se registraron 1,025 localidades (Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2010), de las cuales 19 son consideradas urbanas (se considera urbana cuando tiene más de 2,500 habitantes o es cabecera municipal). El 53% de la población habita en localidades urbanas, entre las cuales destacan Petatlán, Atoyac de Álvarez, Tecpan de Galeana, Coyuca de Benítez y San José Ixtapa (Barrio Viejo). 3.3 Migración El análisis del grado de migración a Estados Unidos de América se realizó con base en los datos publicados en el "Grado de intensidad migratoria por municipio" (Consejo Nacional de Población, 2010). De los 10 municipios que conforman el área de estudio, sólo uno presenta un alto grado de intensidad migratoria, cinco grado medio y cuatro grado bajo (Cuadro 2). Cuadro 2. Grado de intensidad migratoria Grado de intensidad migratoria | Municipio | Alto | Ajuchitlán del Progreso | Medio | Atoyac de Álvarez | Benito Juárez | Coyuca de Benítez | Coyuca de Catalán | Tecpan de Galeana | Bajo | Acapulco de Juárez | General Heliodoro Castillo | Zihuatanejo de Azueta | Petatlán | Fuente: Consejo Nacional de Población (2010). 3.4 Crecimiento poblacional El crecimiento poblacional en el Estado de Guerrero presentó un aumento del 29% en el periodo 1990-2010, mientras que en las localidades que conforman las 17 cuencas hidrológicas de estudio, se registró un crecimiento del 24%, de conformidad con los censos de población y vivienda (Cuadro 3). Cuadro 3. Crecimiento poblacional (Habitantes) Estado | 1990 | 2000 | 2010 | Guerrero | 2,620,637 | 3,079,649 | 3,388,768 | Área de estudio | 223,376 | 252,548 | 276,658 | Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. 3.5 Marginación El análisis del grado de marginación se realizó a nivel de municipio basado en los datos publicados en el "Índice de marginación por entidad federativa y municipio" (Consejo Nacional de Población, 2010). Estos datos reflejan que en el área de estudio, 3 de los municipios cuentan con Muy alto grado de marginación, 1 con Alto grado de marginación, 4 con Medio grado de marginación y 2 con Bajo grado de marginación (Cuadro 4). Cuadro 4. Grado de marginación Grado de marginación | Municipio | Muy alto | Ajuchitlán del Progreso | Muy alto | Coyuca de Catalán | Muy alto | General Heliodoro Castillo | Alto | Coyuca de Benítez | Medio | Atoyac de Álvarez | Medio | Benito Juárez | Medio | Petatlán | Medio | Tecpan de Galeana | Bajo | Acapulco de Juárez | Bajo | Zihuatanejo de Azueta | Fuente: Consejo Nacional de Población (2010). 3.6 Servicios El porcentaje de viviendas particulares con energía eléctrica es del 97.1%; con agua potable es del 64%; con excusado es del 78.3% y con drenaje del 80.8% (Cuadro 5). Cuadro 5. Servicios Cuenca hidrológica | Viviendas particulares | Electricidad | Agua potable | Excusado | Drenaje | Río Atoyac 1 | 10,171 | 96.6% | 79.5% | 87.8% | 89.4% | Río Atoyac 2 | 4,051 | 97.7% | 61.7% | 88.4% | 90.3% | Río Coyuca 1 | 8,808 | 97.0% | 69.0% | 71.2% | 75.4% | Río Coyuca 2 | 1,498 | 98.2% | 25.5% | 85.6% | 87.4% | Río Coyuquilla 1 | 716 | 97.5% | 64.2% | 59.6% | 62.2% | Río Coyuquilla 2 | 754 | 98.3% | 45.5% | 83.8% | 87.1% | Río Ixtapa 1 | 1,196 | 93.7% | 36.9% | 69.0% | 60.2% | Río Ixtapa 2 | 3,004 | 98.3% | 72.0% | 93.7% | 93.0% | Río La Sabana 1 | 5,764 | 98.2% | 37.7% | 69.0% | 71.2% | Río La Sabana 2 | 11,923 | 98.4% | 40.3% | 67.3% | 71.7% | Río Petatlán 1 | 339 | 67.8% | 60.8% | 22.7% | 23.9% | Río Petatlán 2 | 6,215 | 98.7% | 88.9% | 92.1% | 93.2% | Río San Jeronimito | 2,538 | 93.7% | 59.5% | 73.2% | 74.7% | Río San Luis 1 | 1,158 | 96.5% | 39.5% | 52.8% | 62.5% | Río San Luis 2 | 2,704 | 98.9% | 88.2% | 91.5% | 94.9% | Río Tecpan 1 | 681 | 62.6% | 25.1% | 15.9% | 18.6% | Río Tecpan 2 | 7,603 | 97.8% | 85.9% | 85.7% | 88.2% | Total | 69,123 | 97.1% | 64.0% | 78.3% | 80.8% | Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2010). Para estimar el porcentaje de viviendas con electricidad, agua potable, excusado y drenaje se dividió el total de dichas variables entre el total de viviendas particulares. 3.7 Actividades económicas Para fines económicos y productivos, el Estado de Guerrero se dividió en 7 zonas económicas. Las 17 cuencas hidrológicas de las 28 que integran la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero se encuentran en las zonas económicas Costa Grande y Acapulco de Juárez. La economía se centra principalmente en el turismo. Su ubicación privilegiada ha permitido el desarrollo del corredor costero Acapulco-Ixtapa-Zihuatanejo. 4. USOS DEL AGUA 4.1 Aprovechamiento de las aguas nacionales superficiales Los usos del agua superficial concesionada para las 17 cuencas hidrológicas pertenecientes a la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, materia del presente estudio, son: agrícola, público urbano, pecuario, servicios, industrial y doméstico. Los usos agrícola y público urbano son los más comunes en todas las cuencas hidrológicas, siendo el uso agrícola el que más agua consume (94.6%). La cuenca hidrológica Río Ixtapa 2 no cuenta con volúmenes concesionados (Cuadro 6). Cuadro 6. Usos y volúmenes de extracción concesionados (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Agrícola | Doméstico | Industrial | Múltiples | Pecuario | Público urbano | Servicios | Total | Río Ixtapa 1 | 0.222 | | | 0.021 | 0.010 | 0.111 | | 0.365 | Río Ixtapa 2 | | | | | | | | 0.000 | Río San Jeronimito | 3.259 | | | 0.116 | | 0.122 | | 3.497 | Río Petatlán 1 | 0.143 | | | | | 0.060 | | 0.203 | Río Petatlán 2 | 14.846 | | | | 0.002 | 0.025 | | 14.873 | Río Coyuquilla 1 | 9.252 | | | 0.036 | | 0.179 | | 9.467 | Río Coyuquilla 2 | 15.900 | | | | | 0.012 | | 15.912 | Río San Luis 1 | 23.672 | | | | | 0.139 | | 23.811 | Río San Luis 2 | 1.000 | | | | | 0.009 | | 1.009 | Río Tecpan 1 | 0.344 | | | 0.010 | | 0.139 | | 0.493 | Río Tecpan 2 | 34.609 | | | | | 0.054 | | 34.663 | Río Atoyac 1 | 28.950 | | | | | 2.881 | | 31.831 | Río Atoyac 2 | | | | | | 0.018 | | 0.018 | Río Coyuca 1 | 10.324 | | | | | 2.839 | | 13.162 | Río Coyuca 2 | 0.048 | | | | | 0.003 | | 0.052 | Río La Sabana 1 | 0.022 | | 0.000 | | | 1.007 | 0.000 | 1.030 | Río La Sabana 2 | 0.004 | 0.001 | | | | 0.410 | | 0.415 | Total | 142.594 | 0.001 | 0.000 | 0.184 | 0.012 | 8.009 | 0.000 | 150.801 | Fuente: Elaboración propia con datos del Registro Público de Derechos de Agua (2015). 4.2 Aprovechamiento de las aguas nacionales subterráneas Los usos del agua subterránea concesionada en las 17 cuencas hidrológicas de las 28 que integran la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, son: agrícola, industrial, público urbano, servicios, múltiple y pecuario; siendo el agrícola el más significativo con el 34.4%, seguido del industrial con 28.1%, público urbano con 24.5% y el 11.9% para el uso servicios (Cuadro 7). Cuadro 7. Usos y volúmenes de extracción concesionados (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Agrícola | Industrial | Múltiples | Pecuario | Público urbano | Servicios | Total | Río Atoyac 1 | 0.007 | | | | 0.003 | | 0.009 | Río Atoyac 2 | | | | | 0.000 | 0.000 | 0.001 | Río Coyuca 1 | | | | | 0.001 | 0.001 | 0.003 | Río Coyuca 2 | | | | | 0.058 | | 0.058 | Río Coyuquilla 1 | | | | | | | 0.000 | Río Coyuquilla 2 | | | | | 0.001 | | 0.001 | Río Ixtapa 1 | 0.018 | | | | 0.009 | | 0.027 | Río Ixtapa 2 | 0.016 | | | | | | 0.016 | Río La Sabana 1 | | | | | | | 0.000 | Río La Sabana 2 | 0.044 | 0.150 | 0.004 | | | 0.061 | 0.259 | Río Petatlán 1 | 0.013 | | | | | | 0.013 | Río Petatlán 2 | 0.075 | | | 0.001 | | | 0.076 | Río San Jeronimito | 0.010 | | | | 0.017 | | 0.027 | Río San Luis 1 | | | | | 0.004 | | 0.004 | Río San Luis 2 | | | | | | 0.001 | 0.001 | Río Tecpan 1 | | | | | | | 0.000 | Río Tecpan 2 | | | | | 0.037 | | 0.037 | Total | 0.184 | 0.150 | 0.004 | 0.001 | 0.131 | 0.064 | 0.533 | Fuente: Elaboración propia con datos del Registro Público de Derechos de Agua (2015). En el año 2015, el volumen total concesionado de aguas subterráneas fue de 0.533 millones de metros cúbicos, lo cual representa únicamente el 0.35% del volumen total concesionado de aguas superficiales (150.79 millones de metros cúbicos). La mayoría de los aprovechamientos de agua subterránea son empleados por el sector público urbano, aun cuando el volumen mayoritario es empleado en la agricultura. En la cuenca hidrológica Río La Sabana 2, se encuentran ubicados la mayoría de estos aprovechamientos y ésta representa el 49% del volumen total. 5. DISPONIBILIDAD 5.1 Disponibilidad de aguas superficiales El 7 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", del cual se toman los valores de la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 17 de las 28 cuencas hidrológicas que integran la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, dicha disponibilidad fue calculada de conformidad con la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2015, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2015. (Cuadro 8) Cuadro 8. Disponibilidad de aguas superficiales (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | D | Clasificación | Río Ixtapa 1 | 240.871 | Disponibilidad | Río Ixtapa 2 | 244.504 | Disponibilidad | Río San Jeronimito | 325.866 | Disponibilidad | Río Petatlán 1 | 346.290 | Disponibilidad | Río Petatlán 2 | 690.854 | Disponibilidad | Río Coyuquilla 1 | 373.417 | Disponibilidad | Río Coyuquilla 2 | 388.520 | Disponibilidad | Río San Luis 1 | 399.778 | Disponibilidad | Río San Luis 2 | 403.016 | Disponibilidad | Río Tecpan 1 | 1107.956 | Disponibilidad | Río Tecpan 2 | 1158.236 | Disponibilidad | Río Atoyac 1 | 657.933 | Disponibilidad | Río Atoyac 2 | 674.986 | Disponibilidad | Río Coyuca 1 | 348.911 | Disponibilidad | Río Coyuca 2 | 354.283 | Disponibilidad | Río La Sabana 1 | 100.167 | Disponibilidad | Río La Sabana 2 | 203.965 | Disponibilidad | Total | 4118.364 | | D: Disponibilidad de aguas superficiales Fuente: Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, 7 de julio de 2016. 5.2 Disponibilidad de aguas subterráneas En la zona de estudio se ha definido la existencia de 11 acuíferos denominados Ixtapa, Coacoyul, San Jeronimito, Petatlán, Coyuquilla, San Luis, Tecpan, Atoyac, Coyuca, Conchero y La Sabana. En el cuadro 9 se resume la disponibilidad media anual de aguas subterráneas, estimada conforme a la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002, destacando que los acuíferos Coyuca y La Sabana se encuentran también en la Región Hidrológica Número 20 Costa Chica de Guerrero donde ocupan una menor superficie. Cuadro 9. Disponibilidad de aguas subterráneas (Millones de metros cúbicos) Clave | Nombre acuífero | DAS | 1215 | Ixtapa | 4.238 | 1217 | Coacoyul | 5.600 | 1218 | San Jeronimito | 10.269 | 1219 | Petatlán | 4.571 | 1220 | Coyuquilla | 5.810 | 1221 | San Luis | 3.501 | 1222 | Tecpan | 10.323 | 1223 | Atoyac | 33.510 | 1224 | Coyuca | 5.547 | 1225 | Conchero | 7.097 | 1227 | La Sabana | 35.164 | | Total | 125.632 | DAS: Disponibilidad de aguas subterráneas. Fuente: Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 20 de abril de 2015. 6. ESTIMACIÓN DE LA DEMANDA PARA USO PÚBLICO URBANO 6.1 Proyección de crecimiento poblacional Tomando en consideración los censos de población 1990, 2000 y 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se hizo la proyección lineal de las 17 de las 28 cuencas hidrológicas que integran la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero y se aplicó a todas las localidades comprendidas dentro de las mismas. De esta manera se proyectó la población al año 2070, obteniéndose los siguientes resultados: Cuadro 10. Población histórica y proyectada Cuenca hidrológica | Población (habitantes) | 1990 | 2000 | 2010 | 2070 | Río Atoyac 1 | 37,387 | 39,447 | 40,044 | 52,479 | Río Atoyac 2 | 14,374 | 13,879 | 13,575 | 11,294 | Río Coyuca 1 | 32,392 | 35,596 | 36,729 | 53,050 | Río Coyuca 2 | 4,824 | 4,949 | 5,351 | 6,846 | Río Coyuquilla 1 | 3,558 | 4,234 | 3,456 | 3,296 | Río Coyuquilla 2 | 3,723 | 3,431 | 3,101 | 3,392 | Río Ixtapa 1 | 5,626 | 5,395 | 5,346 | 7,156 | Río Ixtapa 2 | 4,702 | 7,531 | 11,760 | 31,811 | Río La Sabana 1 | 17,337 | 20,994 | 23,567 | 39,670 | Río La Sabana 2 | 25,783 | 37,389 | 51,106 | 117,783 | Río Petatlán 1 | 1,243 | 2,207 | 2,004 | 3,016 | Río Petatlán 2 | 20,879 | 22,930 | 24,375 | 35,646 | Río San Jeronimito | 9,883 | 10,608 | 10,314 | 13,896 | Río San Luis 1 | 5,196 | 6,158 | 5,260 | 6,503 | Río San Luis 2 | 9,785 | 9,230 | 9,620 | 10,760 | Río Tecpan 1 | 3,363 | 4,080 | 3,515 | 4,576 | Río Tecpan 2 | 23,321 | 24,490 | 27,535 | 25,197 | Total | 223,376 | 252,548 | 276,658 | 426,369 | Fuente: Instituto Nacional de Estadística y Geografía y Elaboración propia. 6.2 Estimación de la demanda de agua para uso público urbano Una vez estimada la población a satisfacer en el año 2070, se procedió a la determinación de la demanda bajo las siguientes hipótesis: a) Para la población rural, una dotación de 150 litros por habitante por día. b) Para la población urbana de las cuencas de cabecera, una dotación de 200 litros por habitante por día. c) Para la población de las cuencas costeras, primero se dividió la población en rural o urbana (70%) y en turística (30%) y segundo, se le asignó una dotación de 250 litros por habitante por día a la turística, y la dotación correspondiente al resto dependiendo del tipo de población. Tomando en consideración lo anterior, se estimó un volumen demandado de 30.057 millones de metros cúbicos para el abastecimiento a la población futura: Cuadro 11. Demanda de agua superficial para uso público urbano (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Oferta | Población al 2070 (habitantes) | Volumen demandado | Agua superficial | Agua subterránea | Volumen asignado para PU | Rural | Urbana | Zona hotelera | Río Atoyac 1 | 2.881 | 0.003 | 2.884 | 12,659 | 39,820 | | 3.600 | Río Atoyac 2 | 0.018 | 0.000 | 0.019 | 2,396 | 5,509 | 3,388 | 0.843 | Río Coyuca 1 | 2.839 | 0.001 | 2.840 | 24,785 | 28,265 | | 3.420 | Río Coyuca 2 | 0.003 | 0.058 | 0.062 | 4,792 | | 2,054 | 0.450 | Río Coyuquilla 1 | 0.179 | | 0.179 | 3,296 | | | 0.180 | Río Coyuquilla 2 | 0.012 | 0.001 | 0.013 | 2,375 | | 1,018 | 0.223 | Río Ixtapa 1 | 0.111 | 0.009 | 0.121 | 7,156 | | | 0.392 | Río Ixtapa 2 | | | - | 1,505 | 20,762 | 9,543 | 2.469 | Río La Sabana 1 | 1.007 | | 1.007 | 20,025 | 19,644 | | 2.530 | Río La Sabana 2 | 0.411 | | 0.411 | 28,066 | 54,382 | 35,335 | 8.731 | Río Petatlán 1 | 0.060 | | 0.060 | 3,016 | | | 0.165 | Río San Jeronimito | 0.122 | 0.017 | 0.139 | 3,594 | 10,302 | | 0.949 | Río Petatlán 2 | 0.025 | | 0.025 | 2,162 | 22,790 | 10,694 | 2.758 | Río San Luis 1 | 0.139 | 0.004 | 0.143 | 6,503 | | | 0.356 | Río San Luis 2 | 0.009 | | 0.009 | 652 | 6,880 | 3,228 | 0.832 | Río Tecpan 1 | 0.139 | | 0.139 | 4,576 | | | 0.251 | Río Tecpan 2 | 0.054 | 0.037 | 0.091 | 3,798 | 13,840 | 7,559 | 1.908 | Total | 8.010 | 0.131 | 8.141 | 131,356 | 222,194 | 72,819 | 30.057 | Fuente: Registro Público de Derechos de Agua (31 de diciembre 2015) y Elaboración propia 7. ESTIMACIÓN DE LA DEMANDA DE AGUA PARA USO AMBIENTAL O PARA CONSERVACIÓN ECOLÓGICA La Ley de Aguas Nacionales define el uso ambiental o para conservación ecológica como el caudal o volumen mínimo necesario en cuerpos receptores, incluyendo corrientes de diversa índole o embalses, o el caudal mínimo de descarga natural de un acuífero, que debe conservarse para proteger las condiciones ambientales y el equilibrio ecológico del sistema. Es por ello que se elaboró la "Norma Mexicana NMX-AA-159-SCFI-2012, Que establece el procedimiento para la determinación del caudal ecológico en cuencas hidrológicas", cuya declaratoria de vigencia se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 2012, en función de las características hidrológicas naturales de cada cuenca hidrológica, considerando principalmente: la variabilidad estacional, temporal, espacial del ciclo hidrológico, así como la infraestructura instalada; los sistemas acuáticos que se tienen que preservar en la misma; la disponibilidad media anual de las aguas nacionales publicada en el Diario Oficial de la Federación de la cuenca hidrológica en estudio y respetando zonas de vedas, reglamentadas, reservas y el orden de prelación de los usos del agua para la concesión y asignación de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales superficiales. En el cuadro 12 se presentan los resultados de la aplicación de la referida Norma Mexicana para calcular el caudal ecológico en cada una de las 17 cuencas hidrológicas: Cuadro 12. Volumen ecológico (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | EMA | Volumen de reserva | % EMA | Río Ixtapa 1 | 221.475 | 94.389 | 42.62 | Río Ixtapa 2 | 225.108 | 95.954 | 42.63 | Río San Jeronimito | 318.192 | 136.600 | 42.93 | Río Petatlán 1 | 345.127 | 146.504 | 42.45 | Río Petatlán 2 | 682.419 | 289.885 | 42.48 | Río Coyuquilla 1 | 424.469 | 179.687 | 42.33 | Río Coyuquilla 2 | 440.191 | 186.466 | 42.36 | Río San Luis 1 | 328.774 | 138.199 | 42.03 | Río San Luis 2 | 332.020 | 139.565 | 42.04 | Río Tecpan 1 | 1181.496 | 620.381 | 52.51 | Río Tecpan 2 | 1233.240 | 613.000 | 49.71 | Río Atoyac 1 | 596.778 | 252.089 | 42.24 | Río Atoyac 2 | 613.831 | 259.258 | 42.24 | Río Coyuca 1 | 362.124 | 151.998 | 41.97 | Río Coyuca 2 | 367.497 | 154.242 | 41.97 | Río La Sabana 1 | 91.841 | 38.956 | 42.42 | Río La Sabana 2 | 195.850 | 83.150 | 42.46 | Fuente: Elaboración propia (2016) 8. ANTECEDENTES NORMATIVOS Instrumentos normativos de las aguas nacionales superficiales. En las 17 cuencas hidrológicas pertenecientes a la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero objeto del presente estudio, se encuentran vigentes los instrumentos siguientes: a) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Petatlán, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. b) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuca, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. c) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Tecpan, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. d) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río San Luis La Loma, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. e) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Ixtapa, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. f) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río La Sabana, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. g) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Atoyac, Grande o San Jerónimo, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. h) "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuquilla, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 1954. 9. PROBLEMÁTICA Actualmente existen vedas para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas superficiales de los ríos: Ixtapa, Petatlán, Coyuquilla, San Luis La Loma, Tecpan, Atoyac, Coyuca y La Sabana, desde su origen hasta su desembocadura en el Océano Pacífico, mismas que comprenden también las aguas de todos sus afluentes y subafluentes que constituyen su cuenca tributaria. La imposibilidad de otorgar concesiones para aprovechar las aguas superficiales impide el incremento de la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera y, por consiguiente su desarrollo, lo que significa obstaculizar las inversiones productivas y la generación de empleos. De la misma forma sucede en el otorgamiento de concesiones de aprovechamientos para uso industrial, lo cual limita el desarrollo y crecimiento económico; se dificulta el acceso a la inversión en la infraestructura hidráulica y en todo aquello que requiere del agua como insumo, lo cual es un factor destacado en la emigración a otras regiones del país y al extranjero; además impide proporcionar el abastecimiento de los volúmenes de agua superficial requeridos para las diferentes necesidades económicas y sociales en las cuencas de estudio. La Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, particularmente en las 17 de las 28 cuencas hidrológicas que se estudian, cuenta con disponibilidad de agua superficial, anualmente descarga al mar un volumen de agua superficial de 4,118.36 millones de metros cúbicos, volumen que podría ser aprovechado para los diferentes usos. 10. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 10.1 Conclusiones 1. De conformidad con el "ACUERDO por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales de las 757 cuencas hidrológicas que comprenden las 37 regiones hidrológicas en que se encuentra dividido los Estados Unidos Mexicanos", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 07 de julio de 2016, las 17 de las 28 cuencas hidrológicas de la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, cuentan con disponibilidad de agua. Cuadro 13. Disponibilidad en las cuencas de estudio (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Disponibilidad | Río Ixtapa 1 | 240.871 | Río Ixtapa 2 | 244.504 | Río San Jeronimito | 325.866 | Río Petatlán 1 | 346.290 | Río Petatlán 2 | 690.854 | Río Coyuquilla 1 | 373.417 | Río Coyuquilla 2 | 388.520 | Río San Luis 1 | 399.778 | Río San Luis 2 | 403.016 | Río Tecpan 1 | 1107.956 | Río Tecpan 2 | 1158.236 | Río Atoyac 1 | 657.933 | Río Atoyac 2 | 674.986 | Río Coyuca 1 | 348.911 | Río Coyuca 2 | 354.283 | Río La Sabana 1 | 100.167 | Río La Sabana 2 | 203.965 | Total | 4118.364 | Fuente: Diario Oficial de la Federación, 7 de julio de 2016. 2. Las cuencas hidrológicas Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2 se encuentran vedadas mediante los instrumentos jurídicos señalados en el apartado 8 del presente estudio. 3. Dada la necesidad del recurso hídrico que tiene la sociedad en la zona de estudio, se considera que las vedas existentes a la fecha ya no tienen razón de ser, tomando como base los resultados de la disponibilidad media anual que existen de los ríos de la Costa de Guerrero. 4. Las condiciones hidrológicas actuales en las cuencas hidrológicas de estudio han cambiado con respecto a las que prevalecían cuando se expidieron los Acuerdos de veda que surten sus efectos en las mismas, situación que ha frenado el desarrollo socioeconómico. 5. La existencia de las vedas de aguas superficiales no permite impulsar la inversión productiva en la infraestructura hidráulica ni en inversión vinculada al agua como insumo para generar empleos, que es un factor que influye en la emigración a otras regiones y al extranjero. 6. Existe casi la misma proporción de población rural que urbana, pero la población urbana se concentra en 19 localidades de 1,025 existentes dentro de las 17 cuencas hidrológicas de las 28 que conforman la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero. 7. Para el año 2070 se proyecta una población de 426,369 habitantes y una demanda de agua para uso público urbano de 30.057 millones de metros cúbicos anuales; sin embargo, de acuerdo con datos del Registro Público de Derechos de Agua, actualmente en la región se tienen asignados 8.010 millones de metros cúbicos de aguas superficiales y 0.131 millones de metros cúbicos de aguas subterráneas para abastecer a la población, por lo que se requeriría un volumen adicional de 21.916 millones de metros cúbicos. 8. La actividad económica está basada principalmente en el sector primario (agricultura y ganadería). En las zonas costeras existen desarrollos turísticos internacionales, cuyo impacto económico no se refleja en las comunidades locales. 9. Los humedales costeros de la zona son ecosistemas diversos y de gran importancia ecológica que brindan gran variedad de servicios ambientales, por lo que es importante asegurar los requerimientos hídricos necesarios para mantener estos ecosistemas acuáticos. 10.2 Recomendaciones 1. Se recomienda suprimir las vedas previstas en los siguientes instrumentos jurídicos: a. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Petatlán, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. b. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuca, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. c. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Tecpan, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. d. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río San Luis La Loma, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de septiembre de 1954. e. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Ixtapa, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. f. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río La Sabana, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. g. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Atoyac, Grande o San Jerónimo, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 1954. h. "ACUERDO que declara veda por tiempo indefinido para el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas del río Coyuquilla, en el Estado de Guerrero", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de septiembre de 1954. 2. Establecer una zona de reserva para uso público urbano y doméstico dentro de los límites de las 17 cuencas hidrológicas materia del presente, por un volumen de 21.916 millones de metros cúbicos anuales para satisfacer la demanda de la población futura en las cuencas hidrológicas, conforme al siguiente cuadro: Cuadro 14. Volúmenes de reserva de agua superficial para uso público urbano y doméstico (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Volumen de reserva | Río Atoyac 1 | 0.716 | Río Atoyac 2 | 0.824 | Río Coyuca 1 | 0.580 | Río Coyuca 2 | 0.388 | Río Coyuquilla 1 | 0.002 | Río Coyuquilla 2 | 0.210 | Río Ixtapa 1 | 0.271 | Río Ixtapa 2 | 2.469 | Río La Sabana 1 | 1.523 | Río La Sabana 2 | 8.320 | Río Petatlán 1 | 0.105 | Río San Jeronimito | 0.810 | Río Petatlán 2 | 2.733 | Río San Luis 1 | 0.213 | Río San Luis 2 | 0.824 | Río Tecpan 1 | 0.111 | Río Tecpan 2 | 1.817 | Total | 21.916 | Fuente: Elaboración propia (2016). 3. Establecer una zona de reserva para uso ambiental o para conservación ecológica en las cuencas hidrológicas Ixtapa 2, Petatlán 2, Coyuquilla 2, San Luis 2, Tecpan 2, Atoyac 2, Coyuca 2 y La Sabana 2. Cuadro 15. Volúmenes de reserva de agua superficial para uso ambiental o para conservación ecológica (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Volumen de Reserva | Río Ixtapa 2 | 95.954 | Río Petatlán 2 | 289.885 | Río Coyuquilla 2 | 186.466 | Río San Luis 2 | 139.565 | Río Tecpan 2 | 613.000 | Río Atoyac 2 | 259.258 | Río Coyuca 2 | 154.242 | Río La Sabana 2 | 83.150 | Fuente: Elaboración propia (2016) 4. Los volúmenes anuales de caudal ecológico que se recomienda mantener para las cuencas hidrológicas restantes se presentan en el Cuadro 16. Cuadro 16. Volúmenes de gasto ecológico (Millones de metros cúbicos) Cuenca hidrológica | Volumen | Río Ixtapa 1 | 94.389 | Río San Jeronimito | 136.600 | Río Petatlán 1 | 146.504 | Río Coyuquilla 1 | 179.687 | Río San Luis 1 | 138.199 | Río Tecpan 1 | 620.381 | Río Atoyac 1 | 252.089 | Río Coyuca 1 | 151.998 | Río La Sabana 1 | 38.956 | Fuente: Elaboración propia (2016) TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ARTÍCULO SEGUNDO. El estudio técnico que contiene la información detallada, así como los planos, los límites y la delimitación geográfica de las cuencas hidrológicas: Río Ixtapa 1, Río Ixtapa 2, Río San Jeronimito, Río Petatlán 1, Río Petatlán 2, Río Coyuquilla 1, Río Coyuquilla 2, Río San Luis 1, Río San Luis 2, Río Tecpan 1, Río Tecpan 2, Río Atoyac 1, Río Atoyac 2, Río Coyuca 1, Río Coyuca 2, Río La Sabana 1 y Río La Sabana 2, pertenecientes a la Región Hidrológica Número 19 Costa Grande de Guerrero, señalados en el presente Acuerdo, estarán disponibles para consulta pública en el Organismo de Cuenca Pacífico Sur, de la Comisión Nacional del Agua, ubicado en calle Emilio Carranza número 201, Colonia Reforma, C.P. 68050, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, y en la Subdirección General Técnica de la Comisión Nacional del Agua, ubicada en Avenida Insurgentes Sur número 2416, Colonia Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán, C.P. 04340, en la Ciudad de México. Ciudad de México, a los 18 días del mes de agosto de 2017.- El Director General, Roberto Ramírez de la Parra.- Rúbrica.
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