ACUERDO por el que el Titular del Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara inhábiles los días 19, 20, 21 y 22 de septiembre de 2017, para la recepción de documentos en la oficialía de partes y la práctica de actuaciones y diligencias que se desarrollan con motivo de sus atribuciones.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
ACUERDO POR EL QUE EL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES DECLARA INHÁBILES LOS DÍAS 19, 20, 21 Y 22 DE SEPTIEMBRE DE 2017, PARA LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS EN LA OFICIALÍA DE PARTES Y LA PRÁCTICA DE ACTUACIONES Y DILIGENCIAS QUE SE DESARROLLAN CON MOTIVO DE SUS ATRIBUCIONES.
CONSIDERANDO
Que el 19 de septiembre de 2017, un sismo afectó a diversas Entidades Federativas, entre ellas la Ciudad de México, lo que obligó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (INSTITUTO), a suspender labores por causa de fuerza mayor, a fin de que las autoridades en materia de protección civil llevaran a cabo la verificación estructural de los inmuebles que ocupa el INSTITUTO en aras de la protección y seguridad de sus trabajadores y de esta manera estar en condiciones de continuar con la prestación de sus servicios;
Que en este sentido, surge la necesidad de que el Órgano Interno de Control (OIC) del INSTITUTO declare inhábiles los días 19, 20, 21 y 22 de septiembre de 2017 y, en consecuencia, se suspenda la recepción de documentos en la oficialía de partes y el cómputo de plazos y términos legales para la práctica de actuaciones y diligencias que se desarrollan con motivo de sus atribuciones y conforme a las disposiciones aplicables;
Que los artículos 35 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y 80 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones establecen que el OIC del INSTITUTO, está dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones; por lo que su Titular, con fundamento artículos 14, 16, 28, párrafo vigésimo, fracción XII y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Los días 19, 20, 21 y 22 de septiembre de 2017 se declaran inhábiles para la recepción de documentos en la oficialía de partes y se suspende el cómputo de plazos y términos legales para la práctica de actuaciones y diligencias que se desarrollan en el Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos al mismo.
SEGUNDO.- Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante el OIC, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente conforme a las disposiciones legales aplicables a cada caso.
TERCERO.- La declaratoria a que se refiere este Acuerdo se realiza sin perjuicio de la facultad que concedan otras disposiciones de carácter general para habilitar días y horas inhábiles para realizar diligencias y actuaciones.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
Ciudad de México, a 25 de septiembre de 2017.- En suplencia por ausencia del Titular del Órgano Interno de Control, en su orden, Enrique Ruíz Martínez, Director de Substanciación y Resolución en ejercicio de las atribuciones previstas para la Dirección General Adjunta de Substanciación y Resolución, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, 82 primer párrafo y 88 en correlación con lo señalado en el Segundo Transitorio del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, reformado el 20 de julio de 2017.- Rúbrica.
(R.- 456706)