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DOF: 19/12/2017
AMPLIACIÓN a las Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-STPS-2016, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo

AMPLIACIÓN a las Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-STPS-2016, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

JOSÉ ADÁN IGNACIO RUBÍ SALAZAR, Subsecretario de Previsión Social, en cumplimiento con lo establecido en los artículos 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 33 de su Reglamento, y en representación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por acuerdo del Titular del Ramo hecho en los términos de los artículos 5, fracción II, y 7, fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 21 de febrero de 2017, en cumplimiento al artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-STPS-2016, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, a efecto de que dentro de los 60 días naturales siguientes a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que como consecuencia de lo anterior, presentaron comentarios 48 promoventes, 47 de ellos identificados en las Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-STPS-2016, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, publicado el 21 de febrero de 2017, mismas que fueron dadas a conocer en el Diario Oficial de la Federación de 11 de septiembre de 2017, así como un promovente que se describe en este documento, y
Que en atención a las anteriores consideraciones y en cumplimiento a lo previsto en el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publica la siguiente:
AMPLIACIÓN A LAS RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO
DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-003-STPS-2016, ACTIVIDADES AGRÍCOLAS-
CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Promovente 48. Unión Mexicana de Formuladores y Fabricantes de Agroquímicos A.C.
Comentario 1
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
4.1
No se menciona la definición de "accidente de trabajo".
Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.
Ya que en repetidas ocasiones se hace mención de este término, es indispensable que se incluya la definición. La definición mencionada en esta tabla proviene de la "Ley Federal del Trabajo".
Respuesta 1
Procede el comentario, por lo que se agrega la definición de accidente de trabajo en el capítulo 4, y se recorre la numeración subsecuente, para quedar en los términos siguientes:
4.1   Accidente de Trabajo: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
       Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél.
Comentario 2
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
4.32
No se menciona la definición de "Unidad de verificación"
Unidad de verificación: la persona física o moral que realiza actos de verificación.
Ya que en repetidas ocasiones se hace mención de este término, es indispensable que se incluya la definición. La definición mencionada en esta tabla proviene de la "Ley Federal sobre Metrología y Normalización"
 
Respuesta 2
Procede el comentario, por lo que se agrega la definición de unidad de verificación, en el capítulo 4, y se recorre la numeración subsecuente, para quedar en los términos siguientes:
4.35 Unidad de verificación: La persona física o moral, acreditada y, aprobada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en los términos establecidos por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, que realiza actos de verificación.
Comentario 3
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
4.14
Hoja de datos de seguridad; HDS: La información sobre las características intrínsecas y propiedades de las sustancias químicas o mezclas, así como de las condiciones de seguridad e higiene necesarias, que sirve como base para el desarrollo de programas de comunicación de peligros y riesgos en el centro de trabajo.
Hoja de datos de seguridad; HDS: La información sobre las características intrínsecas y propiedades de las sustancias químicas o mezclas, así como de las condiciones de seguridad e higiene necesarias, que sirve como base para el desarrollo de programas de comunicación de peligros y riesgos en el centro de trabajo, de acuerdo a lo establecido en la NOM-018-STPS-2015, o la que la sustituya.
En el numeral 9 de la NOM-018-STPS-2015 se específica, como deben estar elaboradas y que deben contener las "Hojas de datos de seguridad".
Respuesta 3
No procede el comentario, debido a que una definición no puede contener una obligación, como lo indica en su propuesta, en el sentido de que las hojas de datos de seguridad deben ser acordes a lo dispuesto por la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.
Es conveniente señalar que tal requerimiento está contemplado en el numeral 5.3, inciso c), del Proyecto PROY-NOM-003-STPS-2016.
Comentario 4
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
8.1
Para realizar el manejo de agroquímicos de forma segura se deberá identificar y asentar por escrito los peligros a los que puede estar expuesto el trabajador que realiza esta actividad, con base lo siguiente
Para realizar el manejo de agroquímicos de forma segura se deberá identificar y asentar por escrito los peligros a los que puede estar expuesto el trabajador que realiza esta actividad, con base en lo siguiente:
Regla ortográfica, agregar "en".
 
Respuesta 4
Procede el comentario, por lo que se modifica el numeral 8.1, para quedar en los términos siguientes:
8.1   Para realizar el manejo de agroquímicos de forma segura se deberán identificar y asentar por escrito los peligros a los que puede estar expuesto el trabajador que realiza esta actividad, con base en lo siguiente:
Comentario 5
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
8.2 h)
La cantidad de agroquímicos que maneja (cantidades en existencia), e
La cantidad de agroquímicos que maneja (cantidades en existencia), y
Regla ortográfica, cambiar "e" por "y".
 
Respuesta 5
No procede el comentario, en razón de que el inciso h) termina en la conjunción e, y el inciso inmediato siguiente es i), por lo que la redacción del Proyecto es correcta.
 
Comentario 6
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
8.4 h)
Contar en las áreas de almacenamiento y mezclado preferentemente con regaderas y lavaojos de emergencia, o en su caso, con recipientes con agua corriente para lavarse en caso de algún derrame o salpicadura, e
Contar en las áreas de almacenamiento y mezclado preferentemente con regaderas y lavaojos de emergencia, o en su caso, con recipientes con agua corriente para lavarse en caso de algún derrame o salpicadura, y
Regla ortográfica, cambiar "e" por "y".
 
Respuesta 6
No procede el comentario, en razón de que el inciso h) termina en la conjunción e, y el inciso inmediato siguiente es i), por lo que la redacción del Proyecto es correcta.
Comentario 7
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
8.5 i) 9)
Mantener separados los productos caducos de los demás, y para regresarse al proveedor o disponerse como lo establezca la legislación vigente en la materia, y
Mantener separados los productos caducos de los demás, para regresarse al proveedor o disponerse como lo establezca la legislación vigente en la materia, y
Coherencia en la redacción, eliminar "y" sobrante
 
Respuesta 7
Procede el comentario, por lo que se modifica el numeral 8.5, inciso i), subinciso 9), para quedar en los términos siguientes:
8.5 ...
        ...
i)...
                   ...
9)   Mantener separados los productos caducos de los demás, para regresarse al proveedor o disponerse como lo establezca la legislación vigente en la materia, y
Comentario 8
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
8.7.1
No existe el numeral 8.7.1, en la norma se encuentra como 8.10
8.7.1 Todos los envases vacíos o botellas que hayan contenido agroquímicos deberán ser inutilizados después de someterse a la técnica del triple lavado, conforme a lo siguiente:
a) Realizar el triple lavado de los envases en el mismo lugar donde se prepara la mezcla;
b) Agregar agua a un cuarto de la capacidad del envase; con el tapón cerrado herméticamente y hacia arriba, agitar por treinta segundos y vaciar el contenido al contenedor donde preparo la mezcla;
c) Anadir agua a un cuarto de la capacidad del envase; con el tapón hacia abajo agitar por treinta segundos, vaciar el contenido al contenedor donde se preparó la mezcla;
d) Colocar agua a un cuarto de la capacidad del envase; con el tapón hacia un lado agitar por treinta segundos, vaciar el contenido al contenedor donde se preparó la mezcla, y
e) Perforar el envase en su base para evitar su reutilización; almacenarlo en bolsas o cajas cerradas, y llevarlo a un centro de acopio primario o temporal para su disposición final.
En la norma, en el numeral 8.10 se menciona la técnica del triple lavado, sin embargo, esto se hace después de los apartados "8.7 Para la preparación de la mezcla de los agroquímicos se deberán observar, al menos, las medidas de seguridad siguientes" y el "8.8 El llenado del equipo de aplicación se deberá realizar implementando las medidas de seguridad siguientes". Siendo la técnica del triple lavado parte del proceso de preparación de la mezcla para el llenado del equipo de aplicación, se recomienda crear el numeral 8.7.1 con toda la información contenida en el numeral 8.10 y que este último desaparezca.
 
Respuesta 8
No procede el comentario, en virtud de que, si bien el lavado de los envases que contienen agroquímicos puede ser necesario en diferentes etapas del manejo, el propósito del numeral 8.10 es establecer los aspectos esenciales para realizar dicho lavado, más no determinar el orden en que debe realizarse, lo cual conforme al Proyecto, se deberá realizar siempre que los envases y/o botellas que hayan contenido agroquímicos queden vacíos, para después ser destruidos, sin importar si es durante el llenado o la preparación de la mezcla.
Comentario 9:
Numeral
Proyecto de Norma Oficial
Mexicana PROY-NOM-003-
STPS-2016
Debe decir
Justificación y/o comentarios
8.9 f) 6)
Realizar la aplicación del agroquímico durante las horas más frescas del día, y
Realizar la aplicación del agroquímico durante las horas más frescas del día, e
Regla ortográfica, cambiar "y" por "e".
 
Respuesta 9
No procede el comentario, en razón de que el subinciso 6) termina en la conjunción "y", mientras que el subinciso inmediato siguiente es 7), por lo que la redacción del Proyecto es correcta.
Comentario 10:
Numeral
Proyecto de Norma Oficial Mexicana
PROY-NOM-003-STPS-2016
Debe decir
Justificación
y/o
comentarios
GUÍA DE REFERENCIA II
Centros de información que brindan apoyo en caso de intoxicación por sustancias químicas
Centro de Información Toxicológica-ATOX
Contacto institucional.
Correo electrónico
Dirección
Teléfono
Horario
Dra. Lourdes Garza Ocanas
logarza@live.com.mx
Av. Gonzalitos No. 235 Col. Mitras, C.P. 64460, Monterrey, Nuevo Leon
01 800 000 ATOX (2869
24 horas / 365 días del año
 
Centro de Información Toxicológica-ATOX. UMFFAAC.
Contacto institucional
Correo electrónico
Dirección
Teléfono
Horario
Personal
Dra. Lourdes Garza Ocanas
logarza@live.com.mx
Av. Gonzalitos No. 235 Col. Mitras, C.P. 64460, Monterrey, Nuevo Leon
01 800 000 ATOX (2869
24 horas / 365 días del año
Dr. Pedro Lennon Sáenz Chávez
dr.lennon@gmail.com
Dr. Jesús Triana Verastegui
Jtriana1976@gmail.com
 
 
Adición de "UMFFAAC" y de nombres del personal.
 
 
Respuesta 10
Procede el comentario por lo que se modifica la información de la GUÍA DE REFERENCIA II, Centros de información que brindan apoyo en caso de intoxicación por sustancias químicas, respecto al Centro de Información Toxicológica-ATOX. UMFFAAC, para quedar en los términos siguientes:
Centro de Información Toxicológica-ATOX. UMFFAAC
Contacto institucional
Dra. Lourdes Garza Ocañas
Correo electrónico
logarza@live.com.mx
Dirección
Av. Gonzalitos No. 235 Col. Mitras, C.P. 64460, Monterrey, Nuevo León
Teléfono
01 800 000 ATOX (2869)
Horario
Personal
24 horas / 365 días del año
Dr. Pedro Lennon Sáenz Chávez
dr.lennon@gmail.com
Dr. Jesús Triana Verastegui
jtriana1976@gmail.com
 
-----                     -----
Los comentarios recibidos respecto al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003-STPS-2016, Actividades agrícolas-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, fueron literalmente reproducidos de los documentos remitidos por el promovente.
Derivado de los comentarios procedentes y parcialmente procedentes se realizarán las modificaciones y adiciones en la Norma Oficial Mexicana definitiva, así como en el Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad.
Dado en la Ciudad de México, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.- El Subsecretario de Previsión Social, José Adán Ignacio Rubí Salazar.- Rúbrica.
 

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