DOF: 09/03/2018
ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación

ACUERDO por el que se modifica el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, 17 y 27, fracciones XXXIII y XLIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Cuarto del Decreto por el que se crea la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur y 130 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como 2, apartado C, fracción XV, 5, fracción XIV, 6, fracción XVI, 21, fracciones I y XII, 26, fracción X y 128-A del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 17, establece que las Secretarías de Estado, para la eficaz atención y despacho de los asuntos de su competencia, podrán contar con órganos administrativos desconcentrados que les estarán jerárquicamente subordinados;
Que el 8 de julio de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se crea la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur, el cual establece en su artículo Cuarto la creación de la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación;
Que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014, establece en su artículo 130 que la coordinación operativa del Sistema Nacional de Protección Integral recaerá en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva;
Que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, confieren a su titular, como facultad indelegable, la adscripción orgánica de órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría mediante acuerdos que serán publicados en el Diario Oficial de la Federación;
Que en términos del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, le corresponde a la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos conocer sobre la política en materia migratoria; así como coordinar, a través de sus unidades administrativas, la planeación para configurar estrategias, proyectos y acciones en dicha materia;
Que derivado de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, le corresponde a la Subsecretaría de Derechos Humanos, a través de sus unidades administrativas, participar en el respeto y difusión de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes;
Que el 4 de abril de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación, y
Que con la finalidad de dar cumplimiento y seguimiento a lo previsto en el decreto por el que se creó la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y en las demás disposiciones administrativas aplicables, he tenido a bien
expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO POR EL QUE SE ADSCRIBEN ORGÁNICAMENTE
LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
ÚNICO.- Se reforman los incisos b) y c), y se deroga el inciso d), de la fracción I; se reforman los incisos b) y c), y se adiciona el inciso d), de la fracción III; y se reforma el inciso a), y se adiciona el inciso b), de la fracción IV, del artículo 1 del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación, para quedar como sigue:
"Artículo 1. ...
I.     ...
a)    ...
b)    Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, y
c)    Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
II.     ...
III.    ...
a)    ...
b)    Secretaría General del Consejo Nacional de Población;
c)    Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, y
d)    Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur.
IV.   ...
a)    Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y
b)    Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
V a VII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2016.
TERCERO. Se derogan todas las disposiciones que contravengan lo establecido en el presente Acuerdo.
Dado en la Ciudad de México, a 7 de marzo de 2018.- El Secretario de Gobernación, Jesús Alfonso
Navarrete Prida.- Rúbrica.
 

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