ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de la Carta Nacional Pesquera ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de la Carta Nacional Pesquera. (Continúa en la Tercera Sección).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones XXI y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 4 fracción XXI, 8, fracciones II, XVIII y XXIX, 29, fracción V, 32, 33 y 34 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 1, 3 y 5, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y
CONSIDERANDO
Que la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables confiere a esta Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Secretaría), por conducto del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA) la facultad para la elaboración y actualización de la Carta Nacional Pesquera, con la participación que les corresponda a las demás unidades administrativas de la Secretaría y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables la Carta Nacional Pesquera es la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria del diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal, cuyo contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables la Carta Nacional Pesquera deberá hacerse del conocimiento del Comité Asesor Técnico Científico del INAPESCA debiéndose publicar ésta en el Diario Oficial de la Federación en forma anual, así como las respectivas actualizaciones de las fichas individuales, sin que el total de la Carta Nacional Pesquera pierda su validez;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Carta Nacional Pesquera y sus actualizaciones, por acuerdo del Titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se aprobarán expedirán y publicarán en el Diario Oficial de la Federación;
Que de conformidad con lo previsto en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales participó en la revisión de la Carta Nacional Pesquera elaborada por
el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura realizando las observaciones conducentes mediante oficio número SFNA/DGSPRNR/22/2017 de fecha 19 de enero de 2017, mismas que fueron solventadas en su totalidad, contando con su conformidad de dicha Secretaría de Estado, tal y como consta en el diverso SFNA/DGSPRNR/59/2018 de fecha 21 de marzo de 2018.
Que la actualización inmediata anterior de la Carta Nacional Pesquera, suscrita por el Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación se hizo del conocimiento del público en general mediante Acuerdo Secretarial publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 24 de agosto de 2012, en atención a lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACION DE LA CARTA NACIONAL
PESQUERA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba la actualización de la Carta Nacional Pesquera, la cual es la presentación cartográfica y escrita, que contiene el inventario de los recursos pesqueros que se encuentran en áreas de jurisdicción Federal, susceptibles de aprovechamiento; determinación del esfuerzo pesquero susceptibles de aplicarse por especie o grupo de especies en un área determinada; los lineamientos, normas, estrategias y demás previsiones para la conservación, protección, restauración y aprovechamiento de los recursos pesqueros; así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros, en aguas de jurisdicción federal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Carta Nacional Pesquera cuyo contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionada con dichos actos administrativos, en su conjunto es el anexo del
presente Acuerdo. Las fichas técnicas que no son objeto de modificación del presente instrumento continúan conservando su vigencia.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 4 de mayo de 2018.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa.- Rúbrica.
ANEXO
CARTA NACIONAL PESQUERA 2017
ÍNDICE
I. PRESENTACIÓN
II. PESQUERÍAS MARINAS Y COSTERAS
a. LITORAL DEL PACÍFICO
b. GOLFO DE MÉXICO Y MAR CARIBE
III. LA PESCA EN LAS AREAS NATURALES PROTEGIDAS
IV. ESPECIES MARINAS PRIORITARIAS SUJETAS A PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN
I. PRESENTACIÓN
El artículo 32 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS) define a la Carta Nacional Pesquera (CNP) como un documento público expedido por el Gobierno Federal, considerando las contribuciones de la sociedad civil y autoridad, en el que se incluye la presentación cartográfica y escrita que contiene el resumen de la información necesaria para el diagnóstico y evaluación integral de la actividad pesquera y acuícola, así como de los indicadores sobre la disponibilidad y conservación de los recursos pesqueros y acuícolas, en aguas de jurisdicción federal, cuyo contenido tendrá carácter informativo para los sectores productivos y será vinculante en la toma de decisiones de la autoridad pesquera en la adopción e implementación de instrumentos y medidas para el control del esfuerzo pesquero, en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de actividades pesqueras y acuícolas, y en la implementación y ejecución de acciones y medidas relacionadas con dichos actos administrativos.
La CNP es uno de los instrumentos para el programa de ordenamiento pesquero definido en el artículo 4o. fracción XXV de la LGPAS, que transparenta la toma de decisiones de la autoridad para garantizar que prevalezca, ante todo, el interés público de la nación para el aprovechamiento, protección y conservación de los recursos naturales, de conformidad con el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Su elaboración, aprobación, publicación y actualización, corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), por conducto del Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA), con la participación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) prevista en el artículo 34 de la LGPAS, la cual deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y podrán publicarse actualizaciones de las fichas individuales, sin que el total de la Carta pierda su validez.
Conforme a lo previsto en el artículo 33 de la LGPAS, la CNP deberá contener:
"I. El inventario de los recursos pesqueros que se encuentran en aguas de jurisdicción federal, susceptibles de aprovechamiento;
II. El esfuerzo pesquero susceptible de aplicarse por especie o grupo de especies en un área determinada;
III. Los lineamientos, estrategias y demás previsiones para la conservación, protección, restauración y aprovechamiento de los recursos pesqueros, para la realización de actividades productivas y demás obras o actividades que puedan afectar los ecosistemas respectivos y las artes y métodos de pesca;
IV. Las normas aplicables en materia de preservación, protección, aprovechamiento de los recursos pesqueros, incluyendo las relativas a la sanidad, calidad e inocuidad de los productos pesqueros, y
V. La demás información que se determine en el Reglamento de la presente Ley"
Derivado de un riguroso análisis técnico del contenido de las fichas de la CNP publicada en el DOF del 24 de agosto de 2012 se consideró que era necesario rediseñar su contenido y fortalecer técnicamente las recomendaciones de administración pesquera. La presente versión contiene nuevas secciones, incluyendo una de relevante importancia como la de "Efectos ambientales y cambio climático". El apartado "Medidas de manejo" de las versiones previas de la CNP ha sido sustituido por la sección "Normatividad e instrumentos
de política y manejo pesquero", en el que se incluye: Norma Oficial Mexicana (NOM), Plan de Manejo Pesquero (PMP), tipo de acceso, talla mínima de captura, artes y métodos de pesca, vedas, cuotas, unidad de pesca, esfuerzo pesquero, zona de pesca. Se incluye además secciones sobre estrategias y tácticas de manejo, y estatus. La sección "Lineamientos y estrategias de manejo" incluida en las publicaciones previas hasta el 24 de agosto de 2012 ha sido sustituida por la sección "Recomendaciones de manejo".
Bajo este contexto, las fichas de la CNP están estructuradas en un encabezado general y siete secciones:
El encabezado incluye el nombre de la pesquería, una imagen representativa de las especies aprovechadas, una imagen del sistema de pesca y un mapa que contiene la representación espacial de la distribución del recurso, las principales zonas de pesca y el porcentaje de captura por especie por Estados.
1. Generalidades, donde se incluye:
a. Nombre común y nombre científico de las especies objetivos.
b. Descripción de la zona de pesca.
c. Descripción de la unidad de pesca
2. Indicadores de la pesquería, la cual contiene una descripción de la importancia de la pesquería, incluyendo un gráfico de la tendencia de la captura por especie por Estados registrada en los avisos de arribo de Comisión Nacional de Pesca y Acuacultura (CONAPESCA). También contiene la información disponible sobre plantas, empleos directos y destino de la producción.
3. Efectos ambientales y cambio climático. Esta es una sección nueva que incluye la información disponible sobre el efecto de los factores ambientales y el cambio climático en la distribución, abundancia y procesos biológicos y fisiológicos relevantes para el manejo y la administración de los recursos pesqueros, como el periodo de reproducción a partir de las cuales se recomiendan los periodos de veda, las temporadas de captura y en algunos casos, las expectativas de captura, como en el camarón del Pacífico mexicano.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero. Esta nueva sección sustituye al apartado "Medidas de manejo" de las versiones previas de la CNP. Consta de 10 subsecciones que dan cabal cumplimiento a lo previsto en el artículo 32 de la LGPAS referente al resumen de la información necesaria para el diagnóstico y la evaluación integral de la actividad pesquera. Con el objeto de orientar a la autoridad pesquera en la resolución de solicitudes de concesiones y permisos para la realización de las actividades pesqueras, se incluyen:
a. Norma Oficial Mexicana
b. Plan de Manejo Pesquero
c. Tipo de acceso
d. Talla mínima
e. Arte de pesca y método de captura
f. Veda
g. Cuota
h. Unidad de pesca
i. Esfuerzo
j. Zona de pesca
5. Estrategias y tácticas de manejo. Esta nueva sección que contiene los lineamientos básicos sobre los controles y puntos de referencia aplicables a cada recurso para su manejo y aprovechamiento sustentable.
6. Estatus. El estatus se deriva de la posición de relativa de una variable o atributo poblacional respecto a un punto referencia objetivo. Por ejemplo, la razón [(biomasa actual) / (biomasa que maximiza la producción excedente)], o la razón [(tasa de aprovechamiento actual) / (tasa de aprovechamiento para lograr el máximo rendimiento)], los cuales en términos ponderados Indican el estatus de las poblaciones que soportan el aprovechamiento comercial. Para fines prácticos en la resolución de permisos de pesca comercial, en esta versión de la CNP el estatus se clasifica en tres categorías:
a. Aprovechado al máximo sustentable, en el cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] = 1, por lo que no se recomienda otorgar más permisos de pesca ni incrementar el esfuerzo, lo que implica no incrementar número de embarcaciones ni el número de artes de pesca en los permisos ya existentes. Las solicitudes de permisos nuevos de pesca comercial pueden ser
resueltos en términos negativos por la autoridad pesquera sin mediar opinión o dictamen técnico del INAPESCA.
b. Con potencial de desarrollo, en el cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] > 1, por lo que es factible, previo dictamen técnico del INAPESCA, otorgar más permisos de pesca o incrementar el número de embarcaciones o artes de pesca en los permisos ya existentes.
c. En deterioro, en el cual el valor de la razón [Actual/Objetivo] < 1, por lo que es necesario instrumentar estrategias y tácticas de manejo para recuperar las poblaciones, las cuales incluyen en principio no incrementar el esfuerzo de pesca ni otorgar más permisos de pesca. Las estrategias y tácticas de manejo para la recuperación de un recurso deteriorado pueden incluir, previo dictamen técnico del INAPESCA, la reducción del número de embarcaciones en los permisos existentes, la reducción de las cuotas captura, el establecimiento o ampliación de vedas, incremento en la talla mínima de captura, la innovación en artes de pesca para favorecer el escape de los organismos juveniles que aún no se han reproducido y el establecimiento de zonas de refugio pesquero para proteger hábitats críticos para las poblaciones y comunidades marinas que favorezca la recuperación del stock deteriorado.
En la próxima versión de la CNP, la sección de Estatus será complementada con un diagrama de Kobe usando como puntos de referencia la biomasa y tasa de aprovechamiento que maximizan la producción excedente.
7. Recomendaciones de manejo, que sustituye a la sección "Lineamientos y estrategias de manejo" incluida en las publicaciones previas de la CNP. Las recomendaciones de manejo se derivan principalmente del estatus, en términos de incrementar o no el esfuerzo, instrumentar estrategias y tácticas de manejo para recuperar poblaciones deterioradas, así como elaborar las normas oficiales mexicanas y planes de manejo aplicables en la sección Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero.
Con el contenido y las funciones que le otorga la LGPAS, la Carta Nacional Pesquera no sustituye a ninguna regulación pesquera existente ni invalida ninguna otra regulación que haya sido aprobada, promulgada o establecida entre la publicación de ésta y la siguiente actualización. La Carta Nacional Pesquera es un instrumento marco en donde se concentra la información sobre los aspectos relativos a la explotación pesquera.
II. PESQUERÍAS MARINAS Y COSTERAS
En este volumen se publican únicamente 35 fichas de las principales especies marinas de importancia comercial, en las cuales se considera cambian sustancialmente las condiciones de la pesquería, el estatus de las poblaciones o la normatividad que regula su aprovechamiento respecto a las fichas publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 24 de agosto de 2012. Por tales razones, las fichas que no se encuentran en este volumen pero que fueron publicadas en la versión anterior de este instrumento no pierden su vigencia y siguen cumpliendo con las funciones establecidas por la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y el Reglamento en vigor.
Las 35 fichas elaboradas por el INAPESCA, 23 corresponden al Pacífico y 12 al Golfo de México y Mar Caribe.
a) Litoral del Pacífico
1 | Abulón | 13 | Erizo de mar |
2 | Almeja catarina | 14 | Jaiba del Pacífico |
3 | Almeja chocolata | 15 | Langosta del Pacífico |
4 | Almeja generosa | 16 | Medusa bola de cañón |
5 | Almeja Roñosa | 17 | Merluza del Pacífico Norte |
6 | Calamar gigante | 18 | Ostión del Pacifico |
7 | Calamar loligo | 19 | Pelágicos menores |
8 | Callo de hacha | 20 | Pepino de mar del Pacífico |
9 | Camarón del Pacífico | 21 | Pulpo del Pacífico |
10 | Caracol, chino, rosa y negro | 22 | Túnidos del Pacífico |
11 | Caracol panocha | 23 | Verdillo |
12 | Curvina golfina | | |
b) Golfo de México y Mar Caribe
1 | Lisa y lebrancha del Golfo de México y Mar Caribe |
2 | Caracoles del Golfo de México y Mar Caribe |
3 | Bagre del Golfo de México |
4 | Jaiba del Golfo de México |
5 | Jurel y cojinuda del Golfo de México |
6 | Pulpo del Golfo de México y Mar Caribe |
7 | Rayas del Golfo de México y Mar Caribe |
8 | Robalo y Chucumite |
9 | Sierra y peto del Golfo de México |
10 | Tiburones del Golfo de México y Mar Caribe |
11 | Mero y negrillo |
12 | Huachinango y pargo del Golfo de México y Mar Caribe |
Adicionalmente, se incorporan un total de 65 fichas técnicas, las cuales corresponden 45 a la Pesca en Áreas Naturales Protegidas y 20 de Especies Marinas Prioritarias Sujetas a Protección y Conservación, ello de conformidad con el oficio SFNA/DGSPRNR/22/2017 de fecha 19 de enero de 2017 emitido por la Secretaría del Medio Ambiente y Recurso Naturales (SEMARNAT):
c) ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS:
1 | Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. Reserva de la Biosfera. (RB) |
2 | Isla Guadalupe. Reserva de la Biosfera (RB) |
3 | Archipiélago de San Lorenzo. Parque Nacional (PN) |
4 | Isla San Pedro Mártir. Reserva de la Biosfera (RB) |
5 | Bahía de los Angeles, canales de Ballenas y de Salsipuedes. Reserva de la Biosfera (RB) |
6 | Islas Marietas. Parque Nacional (PN) |
7 | Islas Marías. Reserva de la Biosfera (RB) |
8 | Marismas Nacionales Nayarit. Reserva de la Biosfera (RB) |
9 | Bahía de Chamela. Santuario (S) |
10 | La Encrucijada. Reserva de la Biosfera (RB) |
11 | Laguna Madre y Delta del Río Bravo. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF) |
12 | Los Petenes. Reserva de la Biosfera. (RB) |
13 | Isla Contoy. Parque Nacional. (PN) |
14 | Arrecifes de Cozumel. Parque Nacional. (PN) |
15 | La porción norte y la franja costera oriental, terrestres y marinas de la Isla de Cozumel. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF) |
16 | Caribe Mexicano. Reserva de la Biosfera (RB) |
17 | Arrecifes de Sian Ka'an. Reserva de la Biosfera (RB) |
18 | Sian Ka'an. Reserva de Biosfera (RB) |
19 | Zonas de reserva y sitios de refugio para la protección, conservación, repoblación, desarrollo y control de las diversas especies de tortuga marina. Santuario (S). |
20 | Sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF) |
21 | Tiburón Ballena. Reserva de la Biosfera. (RB) |
22 | Islas del Golfo de California. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF) |
23 | Archipiélago de Revillagigedo. Reserva de la Biosfera (RB) |
24 | Archipiélago de Espíritu Santo. Parque Nacional (PN) |
25 | El Vizcaíno. Reserva de la Biosfera (RB) |
26 | Bahía de Loreto. Parque Nacional (PN) |
27 | Cabo Pulmo. Parque Nacional (PN) |
28 | Cabo San Lucas. Área de Protección de Flora y Fauna (APFF) |
29 | Isla Isabel. Parque Nacional (PN) |
30 | Lagunas de Chacahua. Parque Nacional (PN) |
31 | Huatulco. Parque Nacional (PN) |
32 | Sistema Arrecifal Veracruzano. Parque Nacional (PN) |
33 | Los Tuxtlas. Reserva de la Biosfera (RB) |
34 | Pantanos de Centla. Reserva de la Biosfera (RB) |
35 | Laguna de Términos. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF) |
36 | Ría Celestún. Reserva de la Biosfera. (RB) |
37 | Arrecifes Alacranes. Parque Nacional. (PN) |
38 | Ría Lagartos. Reserva de la Biosfera. (RB) |
39 | Yum Balam. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF) |
40 | Costa Occidental de Isla Mujeres, Punta Cancún y Punta Nizuc. Parque Nacional. (PN) |
41 | Manglares de Nipchupté. Área de Protección de Flora y Fauna. (APFF) |
42 | Arrecife de Puerto Morelos. Parque Nacional. (PN) |
43 | Banco Chinchorro. Reserva de la Biosfera. (RB) |
44 | Arrecifes de Xcalak. Parque Nacional. (PN) |
45 | Ventilas Hidrotermales de la Cuenca de Guaymas y de la Dorsal del Pacífico Oriental. Santuario. (S) |
d) ESPECIES MARINAS PRIORITARIAS SUJETAS A PROTECCION Y CONSERVACION
Nombre Común | Nombre Científico |
1. Ballena Gris..................... | (Eschrichtius robustus) |
2. Ballena Jorobada.............. | (Megaptera novaeangliae) |
3. Ballena Azul..................... | (Balaenoptera musculus musculus) |
4. Rorcual Común................ | (Balaenoptera physalus) |
5. Delfín Nariz de Botella...... | (Tursiops truncatus) |
6. Vaquita Marina................. | (Phocoena sinus) |
7. Manatí............................ | (Trichechus manatus manatus) |
8. Tortuga Carey.................. | (Eretmochelys imbricata) |
9. Tortuga Caguama............. | (Caretta caretta) |
10. Tortuga Lora.................... | (Lepidochelys kempii) |
11. Tortuga Golfina................. | (Lepidochelys olivacea) |
12. Tortuga Prieta.................. | (Chelonia agassizii) |
13. Tortuga Blanca................. | (Chelonia mydas) |
14. Tortuga Laúd.................... | (Dermochelys coriacea) |
15. Tiburón Ballena................. | (Rhincodon typus) |
16. Tiburón Peregrino.............. | (Cetorhinus maximus) |
17. Tiburón Blanco................. | (Carcharodon carcharias) |
18. Totoaba.......................... | (Totoaba macdonaldi) |
19. Pepino de Mar.................. | (Isostichopus fuscus) |
20. Almeja Pismo................... | (Tivela stultorum) |
1. Abulón
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de la Península de Baja California. La administración pesquera es específica para cada una de las cuatro zonas de pesca establecidas en la NOM-005-PESC-1993 (DOF: 21/12/1993).
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda, participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con arrancador graduado certificado por SAGARPA, con la marca que indica la talla mínima de captura.
1. Generalidades
Especies objetivo |
Nombre común | Nombre científico |
Abulón azul | Haliotis fulgens |
Abulón amarillo | Haliotis corrugata |
Abulón negro | Haliotis cracherodii |
Abulón chino | Haliotis sorenseni |
Abulón rojo | Haliotis rufescens |
2. Indicadores de la pesquería
La biomasa estimada y la captura presentaron una tendencia decreciente de 1990 a 1996. En 1996 se implementó una estrategia de manejo para detener la tendencia negativa e incrementar la biomasa. En el periodo 2000-2009 la biomasa estimada mostró tendencia positiva (de 3,288 t a 4,963 t) lo que sugiere un periodo de estabilidad en las capturas de 2010 a 2015. La captura promedio de callo fresco en el periodo 2000-2015 es de 294 t en B.C.S. y 172 t en B.C.
Desde el 2000, la investigación pesquera se realiza bajo un esquema de corresponsabilidad formalmente establecida (co-manejo) entre el INAPESCA y los usuarios del recurso.
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (Captura en peso callo fresco).
3. Efectos ambientales y cambio climático
El deterioro de las poblaciones de abulón (Haliotis spp.) está asociado a las anomalías positivas de temperaturas del mar por el efecto El Niño. Las capturas también disminuyen por el efecto El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) con mal tiempo (bajas presiones) y estados tormentosos desde Alaska (E.U.A.) hasta Baja California Sur. Los eventos oceanográficos cálidos del norte (La Mancha) ocurridos por primera vez del 2013 al 2015 afectaron negativamente a las poblaciones de abulón de la Península de Baja California al inhibir el transporte de nutrientes y disminuir la producción primaria.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-005-PESC-1993 | DOF: 21/12/1993 |
Plan de manejo pesquero | ´ | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para abulón. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | Zona I â 165 mm: abulón rojo; 150 mm: abulón azul; 140 mm: abulón amarillo y chino; 120 mm abulón negro. Zona II â 145 mm: abulón azul; 135 mm: abulón amarillo y chino; 120 mm: abulón negro. Zona III â 140 mm: abulón azul; 130 mm: abulón amarillo. Zona IV â 120 mm: abulón azul; 110 mm: abulón amarillo. | NOM-005-PESC-1993 |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo semiautónomo tipo "Hooka"; colecta manual con arrancador graduado y certificado por SAGARPA. | NOM-005-PESC-1993 |
Veda | p | Zona I del 1 º de julio al 30 de noviembre de cada año. Zonas II y III del 1 º de agosto al 31 de diciembre de cada año. Zona IV del 1 º de septiembre al 31 de enero de cada año. | DOF: 16/03/1994 |
Cuota | p | Cuota de captura anual variable por especie y zona de pesca. | Dictamen técnico del INAPESCA. |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | NOM-005-PESC-1993 |
Esfuerzo | p | 248 embarcaciones menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de la Península de Baja California, respetando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC) y de la reserva de la Biosfera Isla Guadalupe. | NOM-005-PESC-1993 DOF: 07/12/16 DOF: 17/06/2011 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura anual variable por especie y zona de pesca, estimada con base en objetivos de manejo derivados de puntos de referencia límite y objetivo.
Tácticas: Control del esfuerzo; talla mínima de captura por especie y por zona de pesca; veda reproductiva temporal fija por zona; regulación en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
En deterioro, biomasa actual por debajo de la biomasa que maximiza la producción excedente.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b. No incrementar el esfuerzo en las zonas donde se realiza el aprovechamiento comercial.
c. Considerar como áreas susceptibles de aprovechamiento aquellas donde la densidad de abulón sea mayor que 0.2 individuos/m2, con base en dictamen técnico del INAPESCA.
d. En la franja costera de Baja California, el otorgamiento de cuotas de captura debe ser por bancos, de manera que permita dar certidumbre a la recuperación de las poblaciones de abulón.
e. Fomentar el cultivo comercial y mejoramiento genético de las líneas cultivadas.
f. Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura (CONAPESCA-01-042-M) y observadores a bordo, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo y área por localidad y banco.
2. Almeja Catarina
Zona de captura
Sistemas Lagunares de la Península de Baja California. En fondos arenosos y fangosos de la zona intermareal.
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda con potencia de hasta un máximo de 115 caballos de fuerza y un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka" para el suministro de aire al buzo. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Extracción manual con bolsa de malla llamada "jaba" para la colecta.
1. Generalidades
Especie objetivo | |
Nombre común | Nombre científico |
Almeja catarina | Argopecten ventricosus sinonimia Pecten circularis (Sowerby,1835) |
2. Indicadores de la pesquería
La pesquería inició en 1978 con una tendencia de captura creciente hasta 2002. A partir de ese año la tendencia de captura es negativa. La captura máxima fue registrada en 1990, con alrededor de 28,000 t de peso entero, equivalentes a un aproximado de 3,000 t de callo fresco.
Se comercializa en presentación de "callo"; se tiene registro de 1,920 matadores o desconchadores (cuatro o cinco personas por equipo que desconchan la almeja en los centros de recepción). La pesquería
brinda empleo a aproximadamente 3,000 familias.
Fuente: Subdelegación de Pesca en B.C.S. (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El incremento de la temperatura superficial del mar (TSM) y el debilitamiento de la Corriente de California registrados en 2015 y 2016 afectaron el reclutamiento, sobrevivencia y crecimiento de la almeja catarina en Bahía Magdalena, Baja California Sur. En años La Niña (disminución de TSM) incrementa la abundancia de esta especie.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-004-SAG/PESC-2015 | DOF: 06/10/2015 |
Plan de Manejo Pesquero | x | En proceso de elaboración. |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para almeja catarina. | Numeral 4.3, NOM-004-SAG/PESC-2015 |
Talla mínima | p | 56 mm de longitud de diámetro mayor de la concha para: Lagunas Manuela, Guerrero Negro o Estero San José, Ojo de Liebre, San Ignacio, los canales y esteros de Puerto Adolfo López Mateos y la Ensenada de la Paz. 60 mm de longitud de diámetro mayor de la concha para el resto de las poblacionales de las aguas de jurisdicción federal de los estados de Baja California y Baja California Sur con excepción de las mencionadas anteriormente. | Numeral 4.2.1 y 4.2.2, NOM-004-SAG/PESC-2015 |
Arte de pesca y método de pesca | p | La extracción deberá realizarse manualmente mediante buceo semiautónomo tipo "Hooka", pudiendo auxiliarse con una bolsa ("jaba") para la colecta. | Numeral 4.4.2, NOM-004-SAG/PESC-2015 |
Veda | p | Del 15 de diciembre al 31 de marzo de cada año. | Artículo Segundo, Fracción II, Aviso DOF: 16/03/1994 |
Cuota | p | Tasa de aprovechamiento constante del 60% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor equipada con motor fuera de borda con potencia nominal de hasta 115 caballos de fuerza y un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka" para el suministro de aire al buzo. | NOM-004-SAG/PESC-2015 |
Esfuerzo | p | 154 permisos que amparan a 384 pangas y 1,152 pescadores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Sistemas Lagunares de la Península de Baja California, considerando las disposiciones administrativas y lineamientos de los programas de manejo de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno. | Numeral 4.12.5, NOM-004-SAG/PESC-2015 Numeral 4.1.11, NOM-064-SAG/PESC/SEMARNAT-2013. DOF: 21-01-2015, DOF:01/09/2000 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento constante del 60% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; regulaciones en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Deteriorada en Baja California Sur, al máximo aprovechamiento sustentable en Baja California. No determinado en Sonora (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b. No incrementar el esfuerzo en el complejo lagunar Bahía Magdalena-Almejas y los canales y esteros adyacentes a Puerto Adolfo López Mateos. En el resto de las zonas y estados se podrán autorizar nuevos permisos, previo dictamen del INAPESCA.
c. Las cuotas de captura se autorizan previa evaluación y dictamen técnico del INAPESCA, bajo el siguiente procedimiento:
i. Los usuarios deben realizar una prospección para ubicar los bancos, los cuales, debido a la movilidad de la almeja catarina, cambian de tamaño y posición cada año. Una vez realizada la prospección deberán enviar las coordenadas geográficas al Centro Regional de Investigación Acuícola y Pesquera del INAPESCA (CRIAP-INAPESCA) correspondiente a cada región.
ii. Con la ubicación de los bancos, el INAPESCA, a través del CRIAP correspondiente realizará el estudio de evaluación para estimar el tamaño poblacional y emitir el dictamen técnico con las recomendaciones de manejo.
d. Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042); así como observadores a bordo, que
permita evaluar el impacto de la captura por banco.
e. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
3. Almeja chocolata
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California. La almeja chocolata café, se localiza enterrada en sedimentos arenoso-lodosos hasta los 120 m de profundidad; por seguridad de los buzos se permite la captura hasta los 30 m. La almeja chocolata roja se distribuye desde el intermareal hasta 10 metros de profundidad.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con trinche y bolsa de malla llamada "jaba". Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común | Nombre científico |
Almeja chocolata café | Megapitaria squalida |
Almeja chocolata roja o reina | Megapitaria aurantiaca |
2. Indicadores de la pesquería
A nivel nacional, Baja California Sur registra el 68% de la captura anual promedio. En el periodo 1993-2015 la captura registrada en Sonora, Sinaloa y Baja California permaneció estable en el orden de 1,000 t de peso fresco.
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (Captura en peso entero en concha).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Los bancos de almeja chocolata fueron impactados por anomalías positivas de temperatura y por el debilitamiento de surgencias costeras en 2014, 2015 y los primeros meses de 2016 a consecuencia de La Mancha en el norte y El Niño en el sur. Se está probando hipótesis con índices climáticos locales para explicar la disminución poblacional de almeja chocolata y su relación con estos dos fenómenos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para almeja chocolata. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 64 mm de longitud de concha para M. squalida en la costa oriental del Estado de Baja California Sur. 80 mm de longitud de concha para M. squalida en la costa occidental de Baja California Sur. 97 mm de longitud de concha para M. aurantiaca. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | p | Investigación en desarrollo. Veda temporal de dos años, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo para M. squalida en el sistema Lagunar Bahía Magdalena-Almejas en el Estado de Baja California Sur. | DOF: 21/12/2017 |
Cuota | p | Cuota de captura variable por zona y banco, con base en el 15% del tamaño poblacional de la especie M. aurantiaca y el 20% de M. squalida mayor a la talla mínima de captura. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Permiso de pesca comercial |
Esfuerzo | p | En Baja California: 5 permisos y 17 embarcaciones menores. En Baja California Sur: 74 permisos y 157 embarcaciones menores. 50% de los permisos corresponden a Bahía Magdalena y Laguna Ojo de Liebre. En Sonora: 9 permisos y 17 embarcaciones menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo. | Dictamen técnico del INAPESCA DOF:05/11/2013 DOF: 20/01/2015 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Cuota y tasa de aprovechamiento anual por zona y especies.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva (Investigación en desarrollo); regulaciones en el arte y métodos de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en Baja California Sur, con señales de deterioro en Bahía Almejas. Posible potencial en Baja California, Sonora y Sinaloa en función de la disponibilidad estimada en estudios del INAPESCA.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo en Baja California Sur.
d. En Baja California, Sonora y Sinaloa el esfuerzo pesquero se determinará con base estudios técnicos del INAPESCA.
e. La cuota de captura se autoriza previa evaluación y dictamen técnico del INAPESCA. En zonas donde no se conocen los bancos se aplica el siguiente procedimiento:
i. Los usuarios debe realizar una prospección para ubicar los bancos. Una vez realizada la prospección deberán enviar las coordenadas geográficas al CRIAP-INAPESCA correspondiente a cada región.
ii. Con la ubicación de los bancos, el INAPESCA, a través del CRIAP correspondiente
realizará el estudio de evaluación para estimar el tamaño poblacional y emitir el dictamen con las recomendaciones de manejo.
f. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g. Establecer el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción previo dictamen técnico del INAPESCA.
h. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
4. Almeja generosa
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, costa Occidental de la Península de Baja California (hasta la isóbata de 30 metros) y Bahía Magdalena en Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 20 a 22 pies de eslora, equipada con motor fuera de borda, un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka" y una motobomba para el envío de agua a presión para la remoción del sustrato y extracción manual de los organismos. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común | Nombre científico |
Almeja generosa, almeja de sifón, almeja chiluda | Panopea globosa |
Almeja generosa | Panopea generosa |
Longitud promedio de concha >25 cm, peso promedio 2 kg de la población silvestre. Habita en sustratos
arenosos, arcillosos y limosos con gravilla. Se localiza enterrada a profundidad de un metro. La distribución batimétrica abarca desde la zona intermareal hasta profundidades de 110 m. Por seguridad de los buzos, la captura se realiza a una profundidad no mayor a 30 m.
2. Indicadores de la pesquería
El aprovechamiento comercial en Baja California inició en 2003, en Baja California Sur en 2005 y en Sonora en 2012. El 100% de la captura se comercializa en el mercado asiático (China, Corea, Hong Kong, Japón, entre otros). El 73% de la captura proviene del Golfo de California y el 27% de la costa occidental de la Península de Baja California. El 100% de la captura de Baja California Sur proviene de Bahía Magdalena. En Baja California existen 10 plantas procesadoras que empacan entre 5 y 20 t por mes, empleando en promedio cinco personas por tonelada procesada. En Baja California Sur existen 2 plantas procesadoras ubicadas en Puerto San Carlos.
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso entero vivo)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Las almejas generosas son vulnerables al cambio en el régimen térmico, particularmente al incremento de temperatura. En años El Niño disminuye la proporción de almejas con el sifón expuesto, disminuye su alimentación y pierden peso.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-014-SAG/PESC-2015 | DOF: 25/06/2015 |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea spp.) en las costas de Baja California, México. Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea globosa) en las costas de Sonora, México. | DOF: 23/03/2012 DOF: 07/11/2012 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para almeja generosa. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 130 mm de longitud de concha, conforme a lo establecido en los Planes de Manejo publicados en el DOF. | Numeral 4.2, NOM-014-SAG/PESC-2015 Numeral 6.3.1.3, inciso B, Acuerdos: DOF: 07/11/2012 DOF: 23/03/2012 |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual usando chorros de agua con motobomba de agua, minimizando la alteración al lecho marino. Queda prohibido el buceo nocturno. | Numeral 4.3, incisos B y C, NOM-014-SAG/PESC-2015 DOF: 25/06/2015 |
Veda | x | Investigación en desarrollo. | |
Cuota | p | Cuotas de captura variable por zona y banco, con base en el 1% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura, conforme a lo establecido en el Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea spp.) en las costas de Baja California, México. | Numeral 4.5, Acuerdo DOF: 23/03/2012 |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Numeral 4.3, inciso A, NOM-014-SAG/PESC-2015 |
Esfuerzo | p | 35 permisos con 140 embarcaciones en Baja California. 143 permisos con 166 embarcaciones en Baja California Sur. Padrón cerrado en el sistema lagunar Bahía Magdalena. 8 permisos con 36 embarcaciones en Sonora. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, costa Occidental de la Península de Baja California (hasta la isóbata de 30 metros) y Bahía Magdalena en Baja California Sur, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. | Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015 DOF: 05/11/2013 DOF: 20/01/2015 DOF: 07/12/2016 DOF: 01/09/2000 DOF: 25/09/2009 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento constante, 1% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura en pesca comercial, 0.5% en pesca de fomento (establecida en los Planes de Manejo Pesquero para la Pesquería de Almeja Generosa, DOF: 23/03/2012 y DOF: 07/11/2012).
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva (investigación en desarrollo); regulaciones en el arte y métodos de pesca; zonas de no pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en Baja California, Baja California Sur (Bahía Magdalena) y Sonora. En Sinaloa y Nayarit el potencial se determinará con base en los resultados de los estudios de pesca de fomento.
7. Recomendaciones de manejo
a. No incrementar el esfuerzo en las zonas de captura donde se realiza el aprovechamiento comercial. El incremento de esfuerzo de pesca sólo se podrá autorizar en las zonas o áreas nuevas que se exploren mediante permisos de pesca de fomento, en función de la disponibilidad del recurso.
b. En Baja California, Baja California Sur y Sonora el acceso al recurso requiere permiso de pesca comercial, bajo el siguiente proceso:
i. Estudio de prospección realizado por los solicitantes para localizar las zonas de distribución, con base en el diseño de muestreo definido mediante dictamen técnico del INAPESCA.
ii. Estudio de evaluación para estimar el tamaño y la estructura poblacional realizado por el INAPESCA, del cual se emite dictamen técnico con las recomendaciones de las estrategias y tácticas de manejo pertinentes para cada zona y especie.
c. En las zonas donde no se haya realizado el aprovechamiento comercial, al acceso al recurso se realizará mediante el siguiente procedimiento:
i. Permiso de pesca de fomento con tres fases: 1) Prospección para ubicar bancos, 2) Evaluación bajo supervisión del INAPESCA para estimar el tamaño poblacional y 3) Aprovechamiento del 0.5% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura. En esta fase se deberá instrumentar el programa de monitoreo y seguimiento con base en la de la bitácora de pesca establecida en la NOM-014-SAG/PESC-2015.
ii. El permiso de pesca comercial estará condicionado al cumplimiento de programa de investigación en permiso de pesca de fomento y a la disponibilidad del recurso en valores suficientes para soportar el aprovechamiento sin poner el riesgo la continuidad de la
población.
d. Establecer un punto de referencia límite basado en la densidad mínima que permita el aprovechamiento del recurso sin poner en riesgo la población. El valor del punto de referencia será definido mediante dictamen técnico del INAPESCA.
e. Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado veraz y fidedigno de las bitácoras de captura establecidas en la NOM-014-SAG/PESC-2015 (CONAPESCA-01-042), y observadores a bordo, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo y área por localidad y banco.
f. Instrumentar las estrategias y acciones de manejo e investigación pesquera definidas en el Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea spp.) en las costas de Baja California, México (DOF: 23/03/2012) y en el Plan de Manejo para la Pesquería de Almeja Generosa (Panopea globosa) en las costas de Sonora, México (DOF: 07/11/2012).
g. Establecer el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción previo dictamen técnico del INAPESCA.
h. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
5. Almeja roñosa
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de la Península de Baja California.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual, utilizando ocasionalmente un pequeño trinche para remover la arena y una bolsa de malla llamada "jaba" para la colecta de los organismos. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). La captura se realiza hasta los 10 m de profundidad.
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común | Nombre científico | |
Almeja roñosa o arrocera | Chione californiensis | |
Almeja roñosa | Chione undatella | |
Especies asociadas | |
Nombre común | Nombre científico | |
Almeja chocolata café Almeja blanca Caracol Almeja Almeja Almeja | Megapitaria squalida Dosinia ponderosa Oliva spicata Laervicardium elenense Lucina undatoides Cardita affinis | |
Nombre común Jaiba café Camarón café | Nombre Científico Callinectes bellicosus Fanfantepenaeus californiensis | |
2. Indicadores de la pesquería
Fuente: SIPESCA (Sistema de Información de Pesca y Acuacultura) de la CONAPESCA y datos de la
Subdelegación de Pesca en B.C.S.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La temperatura no es un factor determinante en la distribución y abundancia dado que son especies euritérmicas. Durante eventos El Niño las perturbaciones físicas como marejadas atípicas pueden afectar la distribución y abundancia de la almeja roñosa, debido a su preferencia por sustratos arenosos y arenosos-limosos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | X | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | X | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 30 mm de longitud en Laguna Ojo de Liebre, Guerrero Negro 45 mm de longitud en el resto de B.C.S. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Extracción directa de manera manual, y con buceo semiautónomo tipo "Hooka". | Permiso de pesca comercial |
Veda | X | Investigación en proceso. | |
Cuota | p | Tasa de aprovechamiento del 30 al 40% de la población por arriba de la talla mínima. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor. | Permiso de pesca comercial |
Esfuerzo | p | Bahía Magdalena: 9 permisos que amparan 17 embarcaciones. Laguna de San Ignacio: 3 permisos con 15 embarcaciones. Laguna Ojo de Liebre: 13 permisos con 41 embarcaciones. Sinaloa: 11 permisos con un total de 23 embarcaciones. Baja California: 5 permisos comerciales, bajamar. Sonora: 2 permisos con un total de 2 embarcaciones. | Subdelegación de Pesca por Estado. |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de la Península de Baja California, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. | Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015 DOF: 05/11/2013 DOF: 20/01/2015 DOF: 07/12/2016 DOF: 01/09/2000 DOF: 25/09/2009 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Cuota de captura anual por zona, con período restringido de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; regulación en el arte y método de pesca; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Al máximo aprovechamiento sustentable en Bahía Magdalena (informe técnico del INAPESCA); en el resto del Estado con potencial de desarrollo.
Al máximo aprovechamiento sustentable en Baja California, Sonora y Sinaloa.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo en Bahía Magdalena.
d. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
e. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
6. Calamar gigante
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la parte central del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California.
Unidad de pesca
Embarcación mayor, superior a 10 t de registro bruto, con un máximo de 10 poteras. En barcos con máquinas calamareras automáticas se permite un máximo de 6 máquinas con un límite superior de 24 poteras
por línea.
Embarcación menor con motor fuera de borda y sistema de iluminación adaptado. Las poteras son operadas por línea manual o máquina calamarera con máximo tres poteras. Participan tres pescadores, se permite una potera por pescador.
1. Generalidades
Especies objetivo | | Especie migratoria con alta tasa de crecimiento individual. Puede alcanzar hasta 70 cm de longitud de manto en el primer año de edad. |
Nombre común | Nombre científico |
Calamar gigante | Dosidicus gigas |
2. Indicadores de la pesquería
Durante el periodo 1995-2010 fueron registradas oscilaciones en la captura total anual; en 1996, 1997 y 2002 la captura total superó las 105,000 t. A partir de 2011 la tendencia de captura es negativa. La disminución en captura se relaciona con la disponibilidad del recurso.
Fuente: Avisos de arribo CONAPESCA (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
En el Golfo de California la abundancia del calamar gigante se relaciona con las temperaturas cálidas registradas en verano y otoño. La abundancia disminuye en año El Niño.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ-NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de Manejo Pesquero de Calamar Gigante. | DOF: 14/07/2014 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para calamar gigante. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | x | No aplica. | |
Arte de pesca y método de captura | p | Sistemas de iluminación; poteras (entre 10 y 24 unidades para embarcaciones mayores y máximo 3 para embarcaciones menores), cobrado con máquina calamarera o a mano. | DOF: 14/07/2014 |
Veda | x | No aplica. | |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores y mayores. | DOF: 14/07/2014 |
Esfuerzo | p | 250 embarcaciones mayores y 2,000 embarcaciones menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la parte central del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno. | Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015 DOF: 07/12/2016 DOF: 01/09/2000 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Escape proporcional del 40%.
Tácticas: Control de esfuerzo.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en el Golfo de California.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. No incrementar el esfuerzo en el Golfo de California.
c. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
d. Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
7. Calamar loligo
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de Baja California, hasta los 31 ° de latitud
Norte.
Unidad de pesca
Embarcación mayor con capacidad de 10 t de registro bruto, equipada con red de cerco con jareta y pangón, operada por hasta 10 pescadores. Puede contar con el apoyo de una embarcación adicional con sistema de iluminación de atracción del calamar. La duración de los viajes de pesca es de una noche.
1. Generalidades
Especies objetivo | Especie demersal distribuida desde Oregón, E.U.A. (46 °N) hasta Ensenada, B.C. México (31 °N). Su distribución se asocia con la Corriente de California. Habita áreas someras de la plataforma continental desde 25 m hasta 200 m. Se alimenta de peces y poliquetos. Ciclo de vida corto, de hasta 245 días de edad. En Baja California se han reportado organismos desde 7.5 cm LM hasta 22.0 cm LM, es de resiliencia alta, su población se duplica en un tiempo mínimo de 238 días. |
Nombre común | Nombre científico |
Calamar loligo | Doryteuthis opalescens |
2. Indicadores de la pesquería
Recurso migratorio y variable. Las capturas han fluctuado en función de la disponibilidad del recurso en la zona de pesca (Costas de Ensenada, Baja California). En 2009 se registraron 90 t y en 2013, 7,796 t. El INAPESCA ha documentado que en Ensenada, los mayores rendimientos se presentan durante junio y octubre.
Fuente: Avisos de arribo CONAPESCA (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
La abundancia incrementa en épocas cálidas (verano y otoño) en la región sur de la Península de Baja California. La abundancia disminuye en años Niño. Su presencia en las pesquerías parece guardar relación con los índices climáticos del Pacífico nororiental. En el periodo 2015-2016 no se registraron capturas significativas debido a una disminución de la abundancia relacionada con factores ambientales.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ-NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | x | No tiene. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | x | No aplica. | |
Arte de pesca y método de captura | p | Red de cerco con jareta y pangón. | Permiso de pesca comercial |
Veda | x | No aplica. | |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcación mayor y embarcación adicional con sistema de iluminación. | Permiso de pesca comercial |
Esfuerzo | p | 15 embarcaciones. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa occidental de Baja California, hasta los 31 ° de latitud Norte, respetando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC). | DOF: 07/12/16 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento para proteger el stock reproductor.
Tácticas: Control de esfuerzo mediante permisos de pesca.
6. Estatus
Con potencial de desarrollo en función de la biomasa disponible.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b. Elaborar y publicar Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. Autorizar permisos de pesca comercial a las embarcaciones que cuentan con permisos de pesca de fomento. La autorización de permisos de pesca comercial adicionales requerirá dictamen técnico del INAPESCA.
d. Promover el aprovechamiento integral del recurso.
e. En el caso de observar un porcentaje mayor al 30% de hembras pre-desove, se recomienda no realizar captura, toda vez que se puede poner en riesgo la viabilidad biológica de la población.
f. La potencia de las luces de atracción no deberá superar los 30,000 watts.
g. Promover el sistema de información oportuna de los usuarios al INAPESCA.
8. Callo de hacha
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en Sinaloa.
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda y un compresor de aire para buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con gancho y bolsa de malla llamada "jaba". Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común Hacha larga Hacha china Hacha botijona Hacha lisa | Nombre científico Pinna rugosa Atrina maura Atrina tuberculosa Atrina oldroydii |
2. Indicadores de la pesquería
En Baja California Sur la captura presentó tendencia positiva hasta 2013 con el registro histórico de 1,400 t. En 2014 y 2015 fueron registradas 600 t. En Sonora el registro de capturas en el periodo 2012-2015 mostró tendencia negativa.
Fuente: Avisos de arribo CONAPESCA (captura en peso callo)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Los bancos de callo de hacha son sensibles a las anomalías positivas o negativas registradas en la temperatura superficial del mar. Declives en abundancia poblacional pueden relacionarse con la disminución de nutrientes en zonas de surgencia costera aledañas a los bancos.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para callo de hacha. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 140 mm de ancho de concha para Atrina maura y Atrina tuberculosa. 150 mm de ancho de concha para Atrina oldroydii y Pinna rugosa. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo semiautónomo tipo "Hooka", gancho de acero con forma y dimensión variables. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | x | Investigación en proceso. | |
Cuota | p | Cuota de captura anual variable por zona y banco, con tasa de aprovechamiento entre 20 y 25% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | Baja California Sur: 157 permisos que amparan 314 embarcaciones. Bahía Magdalena concentra el 50% de las embarcaciones. Sin registro en Baja California, Sonora y Guerrero. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal y Sistemas Lagunares del Golfo de California y costa Occidental de la Península de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en Sinaloa, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo. | DOF: 05/11/2013 DOF: 20/01/2015 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento entre el 20 y 25% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control del esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal (investigación en proceso); zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable en Baja California Sur.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. Elaborar y publicar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo en Baja California Sur. En Baja California y Sonora podrán autorizarse nuevos permisos de pesca comercial previo dictamen técnico del INAPESCA bajo el siguiente proceso:
i. Los usuarios deben realizar una prospección para ubicar los bancos. Una vez realizada la prospección deberán enviar las coordenadas geográficas al INAPESCA correspondiente a cada región.
ii. Con la ubicación de los bancos, el INAPESCA, a través de su unidad correspondiente, realizará el estudio de evaluación para estimar el tamaño poblacional y emitir el dictamen con las recomendaciones de manejo.
d. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
e. Establecer el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción previo dictamen técnico del INAPESCA.
f. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
9. Camarón del Pacífico
Zona de captura
Embarcaciones menores en: a) aguas interiores incluyendo sistemas lagunarios-estuarinos del Océano Pacífico, b) aguas marinas costeras en el Centro Norte de Sinaloa y aguas marinas costeras de Sonora, y c) aguas marinas en el Alto Golfo de California.
Embarcaciones mayores en aguas marinas de Jurisdicción Federal, desde el Golfo de California hasta el Golfo de Tehuantepec, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California.
Unidad de pesca
Embarcación menor: eslora inferior a 10.5 m, con o sin motor fuera de borda, con o sin sistema de conservación de la captura a base de hielo y con una autonomía máxima de 3 días. Participan 3 pescadores como máximo. Utiliza atarrayas en sistemas lagunares estuarinos; red suripera en sistemas lagunares estuarinos del centro norte de Sinaloa y Bahía Magdalena-Almejas, Baja California Sur; chinchorro de línea en aguas marinas de Sonora desde el límite con Sinaloa hasta Puerto Peñasco y en sistemas lagunares estuarinos de Sonora y del norte de Sinaloa; red de arrastre en aguas marinas de Sinaloa y red de arrastre "Magdalena I" en sistemas lagunares estuarinos de Bahía Magdalena-Almejas.
Embarcación mayor: eslora superior a 10.5 m, con motor estacionario, cubierta corrida, arboladura (mástil, pluma real, tangones, pescante), área de maniobras de pesca, puente de mando con equipos de navegación, comunicación, ecodetección y localización satelital, autonomía mínima de 20 días. Emplea 2 redes de arrastre. Participan entre 6 y 8 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo | Especies incidentales |
Nombre común | Nombre científico | Nombre común | Nombre científico |
Camarón azul | Litopenaeus stylirostris | Camarón blanco sur | Litopenaeus occidentalis |
Camarón blanco | Litopenaeus vannamei | Camarón siete barbas | Xiphopenaeus riveti |
Camarón café | Farfantepenaeus californiensis | Camarón de roca | Sicyonia disdorsalis |
Camarón cristal | Farfantepenaeus brevirostris | Camarón de roca | Sicyonia penicillata |
| | Camarón cebra | Rimapenaeus faoe |
| | Camarón botalón | Rimapenaeus pacificus |
2. Indicadores de la pesquería
En el periodo 2000-2016 la captura superó 30,000 t anuales, la captura máxima se presentó en la temporada 2011-2012 con 53,347 t. Sinaloa y Sonora aportan el 43% y 38% de la captura, respectivamente. Las embarcaciones mayores contribuyen con 58% de la captura promedio. La composición por especies varía por zona, el camarón azul domina en aguas protegidas y el camarón café en altamar. En la fauna de acompañamiento se identifican 537 especies: 74% peces y 17% crustáceos. El camarón se destina al consumo humano directo (preferentemente congelado). El mercado es regional, nacional e internacional (Estados Unidos, Japón y Francia). El consumo per cápita anual en México es de 1.37 kg. Se cuenta con 57 plantas procesadoras registradas, 82% localizadas en Sonora, Sinaloa y Baja California.
Fuente: Avisos de arribo (captura en Peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Las capturas de camarón azul y blanco disminuyen en años con evento El Niño/Oscilación del Sur (ENOS). La abundancia de camarón café y cristal se incrementa cuando se presentan condiciones cálidas en el medio ambiente marino.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-002-SAG/PESC-2013 | DOF: 11/07/2013 |
Plan de Manejo Pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso comercial o concesión de pesca para camarón. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | x | No aplica. | |
Arte de pesca y método de captura | p | Embarcación mayor: red de arrastre con luz de malla de 50.8 mm (2 pulgadas) y de 38.1 mm (1 ½ pulgadas) en el bolso; con dispositivos excluidores de tortugas marinas (DET) y dispositivos excluidores de peces (DEP). La relinga superior no debe exceder los 36.57 m (120 pies). Embarcación menor: red de arrastre con luz de malla mínima de 44.4 mm (1 ¾ pulgadas), y de 38.1 mm (1 ½ pulgadas) en el bolso; relinga inferior con un máximo de 18.3 m (60 pies). Atarraya con luz de malla mínima de 37.5 mm (1 ½ pulgadas). Red suripera con luz de malla mínima de 31.75 mm (1 ¼ pulgadas). Chinchorros de línea con luz de malla mínima de 63.50 mm (2 ½ pulgadas) y longitud máxima de 200 m, con un encabalgado de entre el 50 y 70%. | Numerales 4.3.2.1 y 4.3.2.3, NOM-002-SAG/PESC-2013 Apéndices normativos "A", "B" y "C" de la NOM-002-SAG/PESC-2013 |
Veda | p | Veda temporal para proteger la reproducción y el crecimiento con fechas variables, generalmente entre marzo y septiembre de cada año. | Numeral 4.4, NOM-002-SAG/PESC-2013 Dictamen técnico del INAPESCA |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones mayores y menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | 850 barcos, 93% concentrados en Sinaloa y Sonora. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Embarcaciones menores en: a) aguas interiores incluyendo sistemas lagunarios-estuarinos del Océano Pacífico, b) aguas marinas costeras en el Centro Norte de Sinaloa y aguas marinas costeras de Sonora, y c) aguas marinas en el Alto Golfo de California; embarcaciones mayores en aguas marinas de Jurisdicción Federal, desde el Golfo de California hasta el Golfo de Tehuantepec, incluyendo la costa occidental de la Península de Baja California. En todos los casos se deberán considerar los lineamientos normativos establecidos en los programas de manejo de las Reservas de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California y Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado; y el Acuerdo mediante el cual se establece el área de refugio para la protección de la vaquita (Phocoena sinus). | NOM-002-SAG/PESC-2013 DOF: 07/12/2016 DOF: 01/09/2000 DOF: 25/09/2009 DOF: 08/09/2005 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Mantener una biomasa mínima reproductora al final de la temporada de pesca.
Tácticas: Control de esfuerzo; veda reproductiva y de crecimiento espacio-temporal variable; regulaciones en el arte de pesca.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b. No incrementar el esfuerzo.
c. Promover el mejoramiento en la calidad de la información proporcionada por los usuarios.
d. Fortalecer las acciones de inspección y vigilancia a efecto de hacer efectivas las medidas de manejo de la pesquería.
e. Fomentar la participación obligatoria de los usuarios en los programas de investigación y muestreo de camarón.
f. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g. Constituir un Comité Pesquero como mecanismo de coordinación y coadyuvancia para la administración.
h. Modificar la NOM-002-SAG/PESC-2013 para incluir la red suripera como arte de pesca autorizado para la pesca de camarón en el Alto Golfo de California.
10. Caracol chino rosa y caracol chino negro
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral del Pacífico mexicano. Hexaplex nigritus se encuentra también en lagunas y esteros en la costa occidental de Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor equipada con motor fuera de borda, participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka".
1. Generalidades
Especies objetivo | Son depredadores activos que se alimentan de vermes (gusanos marinos) y almejas chocolatas, cafés y negras |
Nombre común | Nombre científico |
Caracol chino rosa | Hexaplex erythrostomus |
Caracol chino negro | Hexaplex nigritus |
2. Indicadores de la pesquería
Fuente: Subdelegación de Pesca en B.C.S. Registro Estadística Pesquera y Acuícola de CONAPESCA
(captura en peso entero).
En Baja California y Baja California Sur únicamente se registra la captura de caracol chino negro. Para Baja California, la captura ha oscilado hasta en un máximo de 10 toneladas anuales. En Baja California Sur la captura presenta picos en 2007 y 2015, debidos principalmente a demandas de mercado y no variaciones en la abundancia del recurso. En Sonora y Sinaloa se registra la captura de ambas especies de caracol chino (H. erythrostomus y H. nigritus). En Sonora la captura presenta una tendencia positiva a partir de 2010, con un valor cercano a 2,500 toneladas de peso entero fresco de ambas especies en 2015. En Sinaloa, las capturas se mantuvieron similares desde 2001 hasta 2012, con un aumento a partir de 2013, alcanzando un valor máximo de 544 toneladas en 2016. La información disponible indica que los incrementos a partir de 2013 se deben a un incremento en la demanda del recurso y no variaciones en la disponibilidad.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La temperatura superficial del mar (TSM) y los intercambios de marea, influyen en las poblaciones del caracol chino rosa y negro. En el periodo de mayo a agosto la TSM en la Costa occidental de la Península de Baja California se incrementa de 16.2 a 21.6 °C (Promedio 2002-2011, Satélite MODIS-Aqua, 4km), y en el Golfo de California de 24.0 a 29.8 °C (Promedio 2002-2013, Satélite MODIS-Aqua, 1km); este incremento favorece la maduración y desove en el periodo reproductivo de estos organismos que se presenta a finales de la primavera y a principios del verano.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | x | No tiene. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 90 mm de longitud de concha. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Extracción manual. Buceo semiautónomo tipo "Hooka" y trampas. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | p | No tiene. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Cuota | p | Cuota anual de captura por zona. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | Padrón cerrado. Baja California Sur: 7 permisos que amparan 17 embarcaciones. Con posibilidades de incremento en Baja California y Sonora, en función de la disponibilidad del recurso. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral del Pacífico mexicano. Hexaplex nigritus se encuentra también en lagunas y esteros en la costa occidental de Baja California Sur. En todos los casos se deberán considerar las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. | Numeral 4.11, incisos C y E, NOM-014-SAG/PESC-2015 DOF: 05/11/2013 DOF: 20/01/2015 DOF: 25/09/2009 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento entre el 25 y 30% del tamaño de la población mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; zonas de refugio pesquero.
6. Estatus
Recurso en deterioro en la costa occidental de Baja California Sur, donde la especie dominante es Hexaplex nigritus. En recuperación en la costa oriental de Baja California Sur, donde la especie dominante es Hexaplex erythrostomus. Se desconoce el estatus en el litoral Pacífico.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. Publicar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo en las costas de Baja California Sur. En Baja California y Sonora el incremento del esfuerzo estará en función de la disponibilidad.
d. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería, que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de pesca.
e. Instrumentar el periodo de veda oficial para proteger el periodo de reproducción.
f. Limitar las actividades del buceo a profundidades menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
11. Caracol panocha
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Península de Baja California, desde Bahía Magdalena-Almejas en Baja California Sur, hasta la frontera con Estados Unidos de América.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común | Nombre científico | |
Caracol panocha Caracol panocha | Megastraea undosa Megastraea turbanica | |
Especies asociadas | |
Nombre común | Nombre científico | |
Abulón Azul | Haliotis fulgens | |
Abulón Amarillo | Haliotis corrugata | |
2. Indicadores de la pesquería
Este recurso se aprovecha únicamente en la costa Occidental de la península de Baja California por cooperativas concesionarias del recurso en Baja California Sur y permisos de pesca comercial de Baja
California. Baja California Sur es el Estado con las mayores capturas, con un promedio de 200 toneladas de callo fresco. A partir de 2011 se presenta una tendencia negativa, posiblemente asociada a cambios ambientales con impacto en el hábitat y en los aspectos biológicos claves, como la reproducción y sobrevivencia de larvas y juveniles.
Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso callo fresco)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Cambios en las variables ambientales afectan negativamente la condición y reproducción.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | X | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | X | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial y concesiones pesqueras. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 90 mm Megastraea undosa y 100 mm para Megastraea turbanica | DOF: 02/12/2010 |
Arte de pesca y método de captura | p | Extracción manual, buceo semiautónomo tipo "Hooka" | DOF: 02/12/2010 |
Veda | p | Del 01 de noviembre al 28 de febrero de cada año. | DOF: 02/12/2010 |
Cuota | p | Tasa de explotación anual menor que 20% de la población mayor a la talla mínima de captura. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | DOF: 02/12/2010 |
Esfuerzo | p | Baja California: 67 embarcaciones. Baja California Sur: 129 embarcaciones. | DOF: 02/12/2010 |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Península de Baja California, desde Bahía Magdalena-Almejas en Baja California Sur, hasta la frontera con Estados Unidos de América, respetando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC). | DOF: 07/12/16 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de explotación menor al 20% de la población mayor a la talla mínima de captura por zona de pesca.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva; regulaciones en el arte y métodos de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable en Baja California Sur. En Baja California, estatus poblacional con señales de deterioro a partir de 2015 y 2016.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo.
d. Baja California: Evaluar el estatus de las poblaciones de caracol panocha y definir una estrategia de manejo (objetivos de manejo, puntos de referencia y medidas de manejo). De manera precautoria, no incrementar el esfuerzo nominal actual.
e. Realizar estudios del estado de salud de las poblaciones.
f. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
12. Curvina golfina
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Unidad de pesca
Embarcación tipo panga de fibra de vidrio menor a 10 m de eslora, equipada con motor fuera de borda de 60 a 120 caballos de fuerza. Participan tres pescadores. La curvina golfina se captura de febrero a mayo cuando los organismos incursionan al Delta del Río Colorado para su reproducción.
1. Generalidades
Especie objetivo | Especies asociadas |
Nombre común | Nombre científico | Nombre común | Nombre científico |
Curvina golfina | Cynoscion othonopterus | Chano norteño | Micropogonias megalops |
| | Corvina enana | Cynoscion nannus |
| | Corvina blanca, cabicucho | Atractoscion nobilis |
| | Corvina rayada | Cynoscion reticulatus |
| | Sierra del Pacífico | Scomberomorus sierra |
2. Indicadores de la pesquería
En 2002 se capturaron 5,000 t. La temporada dura cuatro meses, en marzo se registra el 48% de la captura total. En 2015 el 52% de la captura total se registró en Sonora (Golfo de Santa Clara y Puerto Peñasco) y el 48% en Baja California (Puerto de San Felipe y El Zanjón). El recurso es extraído por embarcaciones pertenecientes a cooperativas pesqueras conformadas por grupos indígenas.
Fuente: Subdelegación de Pesca en Sonora y B.C. (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El cambio en la temperatura superficial del mar (TSM) dentro del Golfo de California es de 1.34 °C/mes de invierno a primavera y de -1.355 °C/mes de verano a otoño (Promedio 2002-2013, Satélite MODIS-Aqua, 1km). La disminución en la (TSM) favorece la abundancia y captura de curvina golfina.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-063-PESC-2005 | DOF: 16/08/2007 |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina (Cynoscion othonopterus) del norte del Golfo de California. | DOF: 06/11/2012 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para curvina golfina. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 65 cm de longitud total (con una tolerancia de 35% del número de ejemplares por debajo de dicha talla). | Numeral 4.6, NOM-063-PESC-2005 |
Arte de pesca y método de captura | p | Hasta 2018, red de monofilamento de 14.6 cm (5 ¾ pulgadas) de luz de malla y un máximo de 293 metros (160 brazas) de paño relingado de longitud. Una línea de mano por pescador. Pesca con horario de luz de día. | Numerales 4.2 a) y b), 4.4 y 4.7, NOM-063-PESC-2005 |
Veda | p | Veda temporal en las aguas marinas y estuarinas de jurisdicción federal de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, durante el periodo del 1 de mayo al 31 de agosto de cada año. | Acuerdo DOF: 25/08/2005 |
Cuota | p | Cuota anual variable. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Numeral 4.6, Plan de Manejo Pesquero de Curvina Golfina (Cynoscion othonopterus) del norte del Golfo de California. DOF: 06/11/2012 |
Esfuerzo | p | 737 embarcaciones. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, considerando los lineamientos del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, de acuerdo con las coordenadas límites establecidas en su Decreto de creación del 10 de junio de 1993. | NOM-063-PESC-2005 DOF: 25/09/2009 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Cuota anual variable en función de la disponibilidad del recurso.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima; veda temporal fija.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable (Informe técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a. No incrementar el esfuerzo en San Felipe Baja California, Golfo de Santa Clara y comunidades Cucapá.
b. Fomentar el cumplimiento de las cuotas de captura por parte de la comunidad y organización pesquera.
c. Establecer las acciones necesarias para eliminar la posible interacción de esta pesquería con la vaquita marina.
d. Mejorar los procesos de manejo y conservación post-captura con el fin de dar mayor valor agregado en las tres comunidades donde se aprovecha este recurso.
e. Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería, mediante el llenado veraz y fidedigno de bitácoras de captura (CONAPESCA-01-042-N), que permita evaluar el impacto de la pesquería.
f. Instrumentar las estrategias y acciones de manejo establecidas en el Plan de Manejo Pesquero de curvina golfina.
g. Modificar la NOM-063-PESC-2005 para incluir el sistema de pesca de encierro artesanal, como método de pesca sin interacción con la vaquita marina, en lugar de la red agallera.
13. Erizo de mar
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Costa Occidental de la Península de Baja California, delimitadas en cuatro subzonas administrativas: I) frontera con Estados Unidos a Punta Banda; II) Punta Banda a Punta Colonet; III) Punta Colonet a El Socorro, cerca de Bahía Falsa y IV) Bahía Falsa a Punta Blanca.
Unidad de pesca
Embarcación menor de 10.5 m de eslora con motor fuera de borda con potencia nominal máxima de 115 caballos de fuerza y equipada con un compresor de aire para suministrar aire al buzo. Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista). Equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual con gancho metálico o un "arrancador" para desprender a los organismos del sustrato.
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común | Nombre científico |
Erizo rojo | Strongylocentrotus franciscanus |
Erizo morado | Strongylocentrotus purpuratus |
2. Indicadores de la pesquería
La captura de erizo rojo osciló entre 1,500 y 3,000 t de 2004 a 2014. La captura por unidad de esfuerzo (CPUE) se mantuvo por debajo de los 200 kg por embarcación en 2004-2014.
La densidad poblacional del erizo rojo ha disminuido a menos de un individuo por metro cuadrado en varias zonas de captura comercial, mientras que la densidad del erizo morado ha incrementado. En Baja California operan 18 plantas procesadoras de gónada de erizo que emplean a 735 personas. En 2009 se exportaron 6 t de gónadas de erizo a Estados Unidos con valor aproximado de $1, 270, 000 M.N.
Fuente: Avisos de arribo de CONAPESCA (captura en peso de gónada)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Entre 2013 y 2015 se originó un fenómeno oceanográfico denominado "La Mancha", entre las Aleutianas-Golfo de Alaska, favorecido por la combinación de tres variables hidrometeorológicas: altas presiones atmosféricas, alta radiación solar y poca rapidez del viento sobre la superficie marina. Esto provocó que la superficie del mar se calentara con anomalías positivas extremas. Arrastradas posteriormente al sur por la Corriente de California, se unió al efecto "El Niño" 2015-2016 frente a la Península de Baja California. Debido a que las poblaciones de erizo son dependientes de la producción primaria; de 2013 a 2015 el fenómeno oceanográfico inhibió el transporte de nutrientes en detrimento de la producción primaria, disminuyendo la densidad poblacional de erizo.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-007-SAG/PESC-2015 | DOF: 24/06/2015 |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de Manejo de erizo rojo y erizo morado en la Península de Baja California, México. | DOF: 20/12/2012 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial y concesión de pesca. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 80 mm de diámetro de caparazón para erizo rojo. 45 mm de diámetro de caparazón para erizo morado. Se permite un porcentaje máximo de captura de organismos de erizo morado por debajo de la talla mínima legal de 50% en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico de la Costa Oeste de Baja California, por un periodo de 3 años, contados a partir de su publicación en el DOF. | ACUERDO captura erizo morado, en NOM-007-SAG/PESC-2015, DOF: 22/07/2016 |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo semiautónomo, colecta manual con gancho metálico o un "arrancador" para desprender a los organismos del sustrato. La jornada de pesca se realizará durante el día, con un tiempo aproximado de 4 a 8 horas, quedando prohibido el buceo nocturno. Queda estrictamente prohibido el uso de bombas de succión para la extracción de erizos. | Numerales 4.6, 4.7 y 4.11 de la NOM-007-SAG/PESC-2015 |
Veda | p | Erizo rojo: 1 de marzo al 30 de junio de cada año en aguas de jurisdicción federal del Océano Pacífico, delimitadas entre la línea fronteriza con E.U.A. y el paralelo 28 °30'N. No existe veda específica para el erizo morado. | DOF: 16/03/1994 |
Cuota | p | Variable. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor de 10.5 m de eslora con motor fuera de borda con potencia nominal máxima de 115 caballos de fuerza y equipadas con un compresor de aire para suministrar aire al buzo. | Numeral 4.5, NOM-007-SAG/PESC-2015 |
Esfuerzo | p | 33 permisionarios y 7 concesionarios para erizo rojo y 16 permisionarios para erizo morado. Padrón cerrado en las zonas administrativas I, II, III con excepción de áreas de pesca en las que no existan permisos vigentes. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la Costa Occidental de la Península de Baja California, delimitadas en cuatro subzonas administrativas: I) frontera con Estados Unidos a Punta Banda; II) Punta Banda a Punta Colonet; III) Punta Colonet a El Socorro, cerca de Bahía Falsa, y IV) Bahía Falsa a Punta Blanca, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los Programas de Manejo de la Reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC) y de la Reserva de la Biosfera El Vizcaíno. | NOM-005-PESC-1993 DOF: 21/12/1993 DOF: 07/12/2016 DOF: 01/09/2000 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura y tasa de aprovechamiento a 25% del tamaño poblacional mayor a la talla mínima de captura.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija.
6. Estatus
Erizo rojo deteriorado, captura mayor al máximo rendimiento sostenible (MRS), erizo morado con potencial de desarrollo.
7. Recomendaciones de manejo
a. No incrementar el esfuerzo de pesca en las zonas administrativas I, II, III con excepción de algunas áreas de pesca en las que no existan permisos vigentes, así como la parte sur de la zona IV, desde Punta San Carlos hasta el paralelo 28 previo dictamen del INAPESCA.
b. Instrumentar las estrategias y acciones de manejo e investigación pesquera definidas en el Plan de Manejo de erizo rojo y erizo morado en la Península de Baja California, México.
c. Otorgar permiso de pesca de erizo morado, previo dictamen técnico del INAPESCA, a los permisionarios que lo soliciten y cuenten con permiso de pesca comercial de erizo rojo.
d. Cerrar a la pesca los bancos con densidades menores que dos erizos por metro cuadrado de talla legal. Estos bancos se podrán abrir a la pesca comercial previo dictamen del INAPESCA.
e. Reordenar los polígonos o zonas de pesca para evitar traslapes de dos o más permisionarios en una misma zona en Baja California.
f. Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería mediante el llenado de bitácoras de captura establecidas en la NOM-007-SAG/PESC-2015 (CONAPESCA-01-042-E) y observadores a bordo, bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA, que permita conocer los cambios de la abundancia relativa en unidades de tiempo y área por localidad y banco.
g. Instrumentar un programa de ordenamiento pesquero para promover zonas integrales de pesca de recursos bentónicos de importancia comercial en Baja California, de manera que un solo permisionario u organización pueda aprovechar todos los recursos en una misma zona de pesca en lugar de que diferentes usuarios aprovechen diferentes recursos en una misma zona.
h. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
14. Jaiba del Pacífico
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico mexicano, incluyendo el Golfo de California.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 10.5 m de eslora con motor fuera de borda, sin cubierta; capacidad máxima de carga de 3 t. La captura se realiza con trampas, aros jaiberos o sacadores. Participan 2 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo | |
Nombre común | Nombre científico |
Jaiba verde, guerrera, café o jaibón | Callinectes bellicosus |
Jaiba azul o jaiba cuata | Callinectes arcuatus |
Jaiba negra, gigante o guacho | Callinectes toxotes |
Especies asociadas | | | |
Nombre común | Nombre científico | Nombre común | Nombre científico |
Botete diana | Sphoeroides annulatus | Caracol chino rosa | Hexaplex erythrostomus |
Mojarra | Calamus brachysomus | Caracol chino negro | Muricanthus nigritus |
Pez escorpión | Scorpaena mystes | Pulpo | Octopus spp. |
Cabrilla de roca | Paralabrax maculatofasciatus | Langosta azul | Panulirus inflatus |
Cabrilla pinta | Epinephelus analogus | Cangrejo tanque | Hepatus lineatus |
Rayas redondas | Urobatis spp. y Urolophus spp. | | |
2. Indicadores de la pesquería
En Sonora Callinectes bellicosus representa más del 95% de la captura comercial y C. arcuatus el 5%. En Sinaloa C. bellicosus aporta el 66% de la captura comercial, C. arcuatus el 30% y el resto C. toxotes. En Baja California y Baja California Sur, C. bellicosus constituye el 100% de la captura. Los cuatro estados aportan el 80% de la captura de jaiba registrada en el Pacífico. La captura registrada presenta variación entre estados y años con máximos desfasados de norte a sur en los estados de Sinaloa, Sonora y Chiapas. En Baja California existen dos plantas procesadoras, en Sinaloa 26, en Sonora 34 y en Chiapas una.
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (captura en peso vivo).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Por efectos de acidificación, enfermedades, cambios en la fenología y baja capacidad de adaptación de la mayoría de las comunidades pesqueras, se esperan ligeros cambios negativos (< 1%) en las tasas de crecimiento poblacional y en la biomasa disponible.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-039-PESC-2003 | DOF: 26/07/2006 |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de Manejo Pesquero de jaiba (Callinectes spp.) de Sonora y Sinaloa. | DOF: 15/07/2014 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial de jaiba. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 95 mm de ancho de caparazón para C. arcuatus. 115 mm de ancho de caparazón para C. bellicosus. 120 mm de ancho de caparazón para C. toxotes. | NOM-039-PESC-2003 |
Arte de pesca y método de captura | p | Trampas con estructura rígida tipo Chesapeake con al menos 2 aberturas de escape; dimensión mínima 100 mm de largo y 50 mm de alto. Aros y sacadores con luz de malla igual o superior a 76 mm. Ganchos metálicos de un metro de longitud exclusivamente en Nayarit. Colocación, reposo y recuperación de trampas; lance con aros y forma activa con gancho. | NOM-039-PESC-2003 |
Veda | p | Sonora y Sinaloa: del 1 de mayo al 30 de junio de cada año para ambos sexos de cada especie. Del 1 al 9 de julio de cada año, para hembras de las tres especies. | DOF: 13/06/2014 |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor. Embarcaciones de fibra de vidrio de 10.5 de eslora con motor fuera de borda. | DOF: 15/07/2014 |
Esfuerzo | p | 2,700 embarcaciones menores, el 79% en el Golfo de California. 8,000 trampas en Baja California Sur; 43,600 trampas en Sonora y 70,800 trampas en Sinaloa. Padrón cerrado en Baja California Sur, Sonora y Sinaloa. | NOM-039-PESC-2003 |
Zona de pesca | p | Sistemas lagunares, esteros, bahías y Aguas Marinas de Jurisdicción Federal del Océano Pacífico, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC); Reserva de la Biosfera El Vizcaíno. | NOM-005-PESC-1993 DOF: 07/12/16 DOF: 01/09/2000 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva temporal fija; zonas de refugio; liberación de hembras ovígeras.
6. Estatus
Baja California Sur, Sonora y Sinaloa se encuentran en el máximo sustentable. En el resto de los estados la pesquería tiene potencial de desarrollo (informe técnico del INAPESCA, Plan de Manejo Pesquero de jaiba (Callinectes spp.) de Sonora y Sinaloa).
7. Recomendaciones de manejo
a. No incrementar el esfuerzo nominal actual en las entidades en donde el aprovechamiento está al máximo sustentable.
b. Regular las artes de pesca: límite máximo de 80 trampas o aros, un sacador o un gancho por embarcación.
c. En los estados con potencial de desarrollo, el esfuerzo pesquero se determinará con base en estudios técnicos del INAPESCA, acorde a los lineamientos del Plan de Manejo correspondiente.
d. Implementar el programa de ordenamiento elaborado para Baja California, Baja California Sur, Sinaloa, Sonora, Oaxaca y Chiapas, con participación de los usuarios y los gobiernos estatales.
e. Establecer un programa de buenas prácticas post-captura, así como el regreso al mar de jaibas sub-legales inmediatamente posterior a su captura, para evitar su mortalidad y descarnado.
f. Instrumentar las acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero y considerar la información de las bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042-O).
g. Establecer zonas de refugio pesquero para hembras ovígeras y juveniles de jaiba.
15. Langosta del Pacífico
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral Océano Pacífico mexicano, hasta 60 brazas de profundidad. Conforme a la NOM-006-SAG/PESC-2016, la zona de captura se divide en: I) Península de Baja California; II) Gofo de California (Sonora a Nayarit); III) Pacífico centro-sur (Jalisco a Chiapas), y IV) Archipiélago de Revillagigedo.
Unidad de pesca
Embarcaciones menores de hasta 10.5 m de eslora provistas con motor estacionario o fuera de borda con potencia máxima de 115 caballos de fuerza, participan 2 a 3 pescadores con trampas langosteras, construidas con tiras de madera, malla de alambre galvanizado o plástico.
1. Generalidades
Especies objetivo | P. interruptus se distribuye en la Península de Baja California P. inflatus es endémica del Pacífico mexicano. P. gracilis se distribuye en el Pacífico mexicano. P. penicillatus se encuentra en el Archipiélago de Revillagigedo. |
Nombre común | Nombre científico |
Langosta roja | Panulirus interruptus |
Langosta azul | Panulirus inflatus |
Langosta verde | Panulirus gracilis |
Langosta de Revillagigedo | Panulirus penicillatus |
2. Indicadores de la pesquería
Región I - Representa 92% del total de la captura del Pacífico y 68% del total nacional. En el periodo 1990-2000 la captura promedio anual fue 1,370 t con incremento a 1,820 t en el periodo 2001-2014. El 90% de la captura registrada en Baja California Sur corresponde a langosta roja y 10% a langosta azul y verde.
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca y avisos de arribo de la Subdelegación de Pesca (captura en peso
vivo)
Región II - La captura total promedio en el periodo 2000-2015 fue de 26 t. El 73% de la captura registrada es langosta azul y el 27%, langosta verde.
Región III - La captura total promedio en el periodo 2000-2015 fue de 25 t. 96% de la captura corresponde a langosta azul y 4% a langosta verde.
Región IV - No se cuenta con registros de captura.
Fuente: Anuarios Estadísticos de Pesca (Captura en peso vivo)
3. Efectos ambientales y cambio climático
En el Pacífico Norte, el incremento en la temperatura superficial del mar (TSM) por El Niño reduce la supervivencia y fijación de larvas de langosta roja. La captura de langosta es favorecida en años La Niña. En años El Niño el mal tiempo (tormentas y/o por la cercanía de huracanes en Baja California Sur) reduce los días de pesca. Las anomalías positivas de temperatura favorecen la madurez anticipada en las hembras por parches, mientras que anomalías negativas, tienden a retrasar el proceso de desarrollo. La combinación de dos eventos oceanográficos cálidos, por el norte La Mancha (2013-2015) y por el sur el fenómeno El Niño (2015-2016), provocó extremas anomalías positivas en el Pacífico nororiental frente a la Península de Baja California. La termoclina impidió los pulsos de nutrientes a la superficie, minimizando los mecanismos normales de supervivencia de larvas y puerulos en esa época, provocando retrasos en el desove.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-006-SAG/PESC-2016 | DOF: 07/09/2016 |
Plan de manejo pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permisos y concesiones de pesca comercial de langosta. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 82.5 mm de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud abdominal de 175 mm para hembras y 160 mm para machos de langosta roja (Panulirus interruptus); 82.5 mm de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud abdominal de 159 mm para hembras y 140.5 mm para machos de langosta azul (Panulirus inflatus); 82.5 mm de longitud de cefalotórax equivalente a una longitud abdominal de 175 mm para hembras y 160 mm para machos de langosta verde (Panulirus gracilis); 82.5 mm de longitud de cefalotórax para langosta insular (Panulirus penicillatus) en el Golfo de California y el Océano Pacífico frente a los litorales de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Sinaloa, Nayarit, Jalisco y Colima. 75 mm de longitud de cefalotórax para langosta azul (Panulirus inflatus) y langosta verde (Panulirus gracilis) en el litoral de Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas. | Numeral 4.2.2, NOM-006-SAG/PESC-2016 |
Arte de pesca y método de captura | p | Trampas langosteras con ventana de escape; obligación de revisar las trampas dentro de las 72 horas como máximo, después de su calado. | Numeral 4.5.3, NOM-006-SAG/PESC-2016 |
Veda | p | Zona I: del 16 de febrero al 15 de septiembre de cada año, desde la frontera con Estados Unidos de América hasta los 27 °20' N y 114 °29'O. Zona II: del 1 de marzo al 30 de septiembre de cada año, desde los 27 °20'N y 114 °29'O hasta los 25 °16'30''N y 112 °08'30''O. Zona III: del 16 de mayo al 15 de noviembre de cada año desde los 25 °16'30''N y 112 °08'30''O hasta Cabo San Lucas. Zona IV: del 1 de julio al 30 de octubre de cada año, a lo largo de la costa de Sonora hasta Chiapas. Esta zonificación puede modificarse en función de condiciones ambientales y de biomasa. | DOF: 16/03/1994 DOF: 31/08/2005 |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Permiso de pesca comercial |
Esfuerzo | p | Baja California: 115 embarcaciones, 18 concesiones. Baja California Sur: 410 embarcaciones, 15 concesiones. Sonora: 35 embarcaciones, 12 permisos. Sinaloa: 25 embarcaciones, 4 permisos. Guerrero: 72 embarcaciones, 15 permisos. Jalisco: 10 embarcaciones; 1 permiso. Michoacán: 19 embarcaciones, 2 permisos. Oaxaca: 16 embarcaciones, 2 permisos. Nayarit: 11 embarcaciones, 2 permisos. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Litoral Océano Pacífico mexicano, hasta 60 brazas de profundidad. Conforme a la NOM-006-SAG/PESC-2016, la zona de captura se divide en: I) Península de Baja California; II) Gofo de California (Sonora a Nayarit); III) Pacífico centro-sur (Jalisco a Chiapas) y IV) Archipiélago de Revillagigedo, considerando los lineamientos normativos de los programas de manejo de la Reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC) y de la Reserva de la Biosfera Isla Guadalupe; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno; Red de Zonas de Refugio Pesquero, establecidas en el corredor marino de San Cosme a Punta Coyote, en B.C.S. | NOM-006-PESC-1993, NOM-006-SAG/PESC-2016 DOF: 07/12/16 DOF: 17/06/2011 DOF: 01/09/2000 DOF: 16/11/2012 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategia: Tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; veda reproductiva por zona; regulación del arte y método de pesca; protección a hembras ovígeras.
6. Estatus
Aprovechada al máximo sustentable en las zonas I, II y III. Pesquería certificada como sustentable en la costa occidental de la Península de Baja California.
7. Recomendaciones de manejo
Para todas las regiones:
a. Elaborar y publicar un Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
b. No incrementar el esfuerzo.
c. Instalar Subcomités estatales de administración de las pesquerías de langosta como mecanismo de coordinación para la administración y manejo de esta pesquería, conforme a lo establecido en el numeral 4.7 de la NOM-006-SAG/PESC-1993 (DOF: 07/09/2016).
d. Optimizar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería, a través de las bitácoras de pesca (CONAPESCA-01-042-P), mediante la coordinación entre CONAPESCA e INAPESCA; así como el programa de observadores a bordo, que permita evaluar el impacto de la captura en la zona I, e instrumentarlo en la zona II y III.
Para la región I:
a. Reordenar los polígonos o zonas de pesca para evitar traslapes de dos o más permisionarios en una misma zona.
b. Resolver de manera negativa la solicitud de permiso de pesca comercial de langosta cuando los polígonos solicitados se ubiquen en la "segunda línea", es decir, en la parte externa de un polígono que ya existe en la costa.
Para la región II y III:
a. Promover el aprovechamiento de la langosta mediante el otorgamiento de concesiones pesqueras, con polígonos definidos para cada organización pesquera.
16. Medusa bola de cañón
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California. Con potencial de aprovechamiento comercial en Baja California y Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor a 10 m de eslora, con motor fuera de borda, 1-5 t de capacidad de acarreo. Participan 2-5 pescadores. La red de cuchara permite seleccionar medusas con la talla mínima de captura y excluir organismos de otras especies.
1. Generalidades
Especie objetivo |
Nombre común | Nombre científico |
Medusa, bola de cañón, o aguamala | Stomolophus meleagris |
La abundancia de medusas es variable interanualmente debido a su ciclo de vida con dos fases: bentónica (poliploide) y nectónica (medusoide). Presentan tasas de fecundidad altas y corta longevidad en la fase de medusa (nueve meses). Filtradores y a su vez presas de algunas especies. Organismos dioicos en su fase nectónica. La reproducción sexual se realiza de febrero a mayo, con máximo en abril; la generación de larvas ocurre en otoño y primavera.
Fuente: oficinas de pesca de CONAPESCA (captura en peso entero)
2. Indicadores de la pesquería
Las capturas hasta 2010 se realizaron con permisos de pesca de fomento y a partir de 2011 con permisos de pesca comercial. La pesca se dirige a la fase nectónica de febrero a junio frente a las bocas de los esteros y 10-30 m de distancia de la costa. El recurso se presenta en agregaciones alargadas. Las medusas conforman "venas" o "listones" de unos cuantos a varios cientos de metros de longitud y hasta decenas de metros de ancho. Generalmente se realizan uno o dos viajes por panga por día, dependiendo de la distancia y abundancia del recurso.
El costo por viaje de pesca varía entre $100 a $500 pesos. El 100% de la captura es exportado a Asia, Europa y Estados Unidos. El rendimiento del producto depende del proceso que se aplique; la medusa deshidratada semi-terminada (forma en que se exporta) rinde en promedio un 20%. Para consumo humano directo las medusas son sometidas a dos procesos de deshidratación con rendimiento de 10% del insumo original. Producto dirigido a los mercados de China, Indonesia, Malasia, Corea, Tailandia y Singapur; también cuenta con mercado en algunos países europeos y en Estados Unidos de Norteamérica.
Fuente: Informe técnico del INAPESCA
Con base en la captura registrada en Sonora y Sinaloa se desarrolló un modelo dinámico de Schaefer que sugiere la disminución de biomasa a partir de 2012, y se alcanzó el punto de referencia (1/2 K) en 2015.
3. Efectos ambientales y cambio climático
La abundancia poblacional de la medusa bola de cañón está asociada con la tasa de clorofila a y la temperatura superficial del mar (TSM). En mayo de 2012 se registró incremento de la TSM en el Alto Golfo de California e inusual abundancia de medusas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de manejo pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 110 mm de campana. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Red cuchara mayor 5", recolección manual cerca de la costa. Captura diurna. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | x | Investigación en desarrollo. | |
Cuota | p | Variable. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | 90 permisos en Sonora y 11 en Sinaloa. 520 embarcaciones menores en total. Padrón cerrado. Se realizan entre 1 y 2 viajes por panga al día, dependiendo de la distancia y abundancia del recurso. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California. Con potencial de aprovechamiento comercial en Baja California y Baja California Sur, considerando los lineamientos del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. | DOF: 25/09/2009 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura variable, en función de la disponibilidad del recurso.
Tácticas: Control del esfuerzo; talla mínima de captura.
6. Estatus
Pesquería al máximo sustentable en Sinaloa y Sonora. En Baja California y Baja California Sur podrán otorgarse permisos de pesca comercial en función de la disponibilidad del recurso, con base en dictamen técnico del INAPESCA.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para normar el inicio de temporada, talla mínima de captura, tasa de incidentalidad de organismos menores a la talla mínima y arte de pesca.
b. Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo. No exceder de 520 pangas en el norte de Sinaloa, litoral de Sonora y costa oriental de Baja California. Como medida precautoria se recomienda que las pangas realicen sólo un viaje por día en horario diurno.
d. Suspender toda actividad cuando las condiciones del mar sean adversas, especialmente durante el transporte del producto de los sitios de captura a los de recepción.
e. Con el fin de administrar y ordenar el aprovechamiento sustentable del recurso, se recomienda zonificar las áreas de pesca con base en la captura histórica en cada zona, la capacidad de proceso instalada, la demanda de permisos y la abundancia esperada. Los sitios de arribo deberán especificarse en los permisos comerciales.
f. Las embarcaciones no podrán trasladarse de una zona a otra, excepto en el caso de haber suficiente recurso, previo acuerdo entre comunidades y con autorización de CONAPESCA.
g. Establecer controles estrictos para que se reporte debidamente la captura por viaje de todas las pangas y todos los viajes de pesca.
h. Realizar pausas durante la temporada de pesca con el fin permitir que los juveniles se recluten a la talla de captura.
i. Instrumentar un programa de seguimiento en coordinación con las organizaciones pesqueras para detectar la presencia de medusa.
17. Merluza del Pacífico Norte
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California y costa occidental de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en la costa occidental de la Península Baja California Sur, frente a Bahía Magdalena.
Unidad de pesca
Embarcación mayor con capacidad superior a 10 t de arqueo neto. Red de arrastre escamera, pudiendo ser de doble aparejo y/o arrastre por popa Los viajes de pesca pueden variar entre 1 a 7 días.
1. Generalidades
Especie objetivo | | Se distribuye desde la plataforma continental (12 m) hasta el talud (500 m). Pez carnívoro que se alimenta de peces pelágicos e invertebrados. En el Golfo de California se han reportado organismos de 99 cm de longitud total. Su población se duplica en un tiempo mínimo de 4.5-14 años. |
Nombre común | Nombre científico |
Merluza del Pacífico norte | Merluccius productus |
2. Indicadores de la pesquería
Se captura de diciembre a mayo. El registro de captura en el periodo 2006-2015 presentó tendencia positiva, con 10,000 t en 2014. Estudios de cruceros de prospección del INAPESCA han documentado que la biomasa se concentra en la región central y norte del Golfo de California.
Fuente: Anuario Estadístico de Pesca.
3. Efectos ambientales y cambio climático
No se conocen detalles de los efectos de cambios ambientales.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para merluza. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | x | Investigación en proceso. | |
Arte de pesca y método de captura | p | Embarcación mayor, con red de arrastre escamera, pudiendo ser de doble aparejo y/o o arrastre por popa. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | x | Investigación en proceso. | |
Cuota | x | En proceso de evaluación | |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones mayores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | Esfuerzo óptimo entre 70 y 80 embarcaciones | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California y costa occidental de Baja California, con potencial de aprovechamiento comercial en la costa occidental de la Península Baja California Sur, frente a Bahía Magdalena. | Dictamen técnico del INAPESCA |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento y cuota de captura
Tácticas de manejo: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; regulación en el arte y método de captura; zona de pesca. Se encuentra instalado el Comité Consultivo de Manejo Pesquero del Recurso Merluza (12/11/2015).
6. Estatus
Recurso con potencial de desarrollo.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento del recurso.
b. Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. Propiciar la participación del Comité Consultivo de Manejo Pesquero de la Merluza, instalado en 2015.
d. No incrementar el esfuerzo.
e. Emitir permisos de pesca comercial específicos para merluza.
f. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA
18. Ostión del Pacífico
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico mexicano (excepto el Alto Golfo de California).
Unidad de pesca
Embarcación menor de madera o fibra de vidrio, propulsión con remo o motor fuera de borda hasta con cuatro pescadores; extracción manual mediante buceo libre con una barra de acero (50 cm de longitud terminada en 1 ó 2 puntas) para desprenderlos de las rocas y depositarlos en cámaras inflables, costales o "arpillas".
1. Generalidades
Especies objetivo | *Adherido a las rocas en mar abierto desde Jalisco a Oaxaca. **Zonas estuarinas desde Baja California Sur hasta Nayarit. ***Bahías someras con predominio marino en la Península de Baja California y Sinaloa |
Nombre común | Nombre científico |
Ostión americano | Crassostrea virginica |
Ostión de roca* | Crassostrea iridescens |
Ostión de placer** | Crassostrea corteziensis |
Ostión japonés*** | Crassostrea gigas |
2. Indicadores de la pesquería
La captura se realiza hasta los 10 m de profundidad. Se comercializa en el mercado nacional en presentación fresco, entero en su concha o desconchado y en salmuera. En 2014, la captura total en el Pacífico norte superó 6,200 t y en el Pacífico sur, 1,500 t. Desde 2011 Nayarit registra el mayor volumen de captura con una media anual de 2,500 t. En Baja California, Baja California Sur, Sonora y Nayarit existen cultivos intensivos.
Fuente: Anuarios estadísticos de pesca (captura en peso total)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Entre los impactos del cambio climático destacan la erosión de las playas, las inundaciones en el litoral adyacente, la intrusión salina en cuerpos acuáticos y el arrastre de sedimento continental por lluvias extraordinarias o atípicas. Estos factores afectan sensiblemente a las poblaciones de ostión y, de manera específica, al ostión de placer.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/ NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | X | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | X | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial para ostión de placer y de roca. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | p | 90 mm de longitud de concha. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo libre, colecta manual empleando una barra de acero. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | p | Crassostrea corteziensis: en las aguas marinas y estuarinas del Golfo de California hasta Nayarit del 15 de julio al 15 de noviembre de cada año, exceptuando las ubicadas al sur de la comunidad de Teacapán, Sinaloa, mismas que limitan con el Estado de Nayarit. Las ubicadas al sur de Teacapán, Sinaloa, mismas que limitan con el Estado de Nayarit, y que pertenecen al ecosistema lagunar costero Teacapán Agua Brava, Sinaloa, del 15 de julio de cada año al 15 de febrero del año siguiente. Crassostrea iridescens: del 1 de junio al 31 de agosto de cada año en la zona comprendida del Estado de Sinaloa hasta el Estado de Chiapas, exceptuando el área que abarca desde Pie de la Cuesta (16 °53'33" latitud norte y 99 °57'32" longitud oeste) hasta Playa Revolcadero (16 °47'21" latitud norte y 99 °49'42" longitud oeste) en el estado de Guerrero. Del 1 de junio al 1 de diciembre de cada año a partir de 2016, desde Pie de la Cuesta (16 °53'33" latitud norte y 99 °57'32" longitud oeste) hasta Playa Revolcadero (16 °47'21" latitud norte y 99 °49'42" longitud oeste), incluyendo la Bahía de Acapulco y Puerto Marqués, en el Estado de Guerrero. | Acuerdos publicados en el DOF: 29/11/2013 y DOF: 29/09/2015 Acuerdo por el que se modifica el aviso por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de fauna acuática en Aguas de Jurisdicción Federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 16 de marzo de 1994, para modificar el periodo de veda del ostión de piedra (Crassostrea iridescens) en las Aguas de Jurisdicción Federal del litoral del Océano Pacífico. |
Cuota | p | Cuota de captura anual variable. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | Michoacán: 14 SCPP y 219 pescadores. Guerrero: 17 SCPP y 381 buzos. Jalisco: 8 SCPP. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal y lagunas costeras del litoral del Océano Pacífico mexicano (excepto el Alto Golfo de California), considerando los lineamientos de la reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC). | DOF: 07/12/2016 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Cuota de captura anual variable, en función de la disponibilidad y densidad del recurso.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima; veda reproductiva por zona; zona de refugio pesquero.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b. Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. Incremento del esfuerzo en función de la disponibilidad del recurso, previo dictamen técnico del INAPESCA.
d. Establecer un programa de rotación de bancos.
e. Definir y establecer como refugios pesqueros las áreas con bancos "semilleros".
f. Reconstruir la superficie de los bancos históricos para favorecer el asentamiento y fijación de la semilla.
g. Establecer cuotas de captura por día por pescador, días de pesca a la semana, bajo un esquema de co-manejo y corresponsabilidad con las organizaciones y pescadores de cada zona o región o banco.
h. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
19. Pelágicos menores
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de Baja California y Bahía Magdalena en Baja California Sur. Debido a su amplia movilidad y desplazamiento, la composición por especies en la captura se reporta a nivel Pacífico Norte, incluyendo el Golfo de California.
Unidad de pesca
Embarcación mayor a 10 t de registro bruto, 25-28 m de eslora, 140-180 t de capacidad de bodega y máquina principal de 520 HP. Red de cerco de jareta. Participan máximo de 10 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo | | |
Nombre común | Nombre científico | La composición de especies es variable por puerto. Ensenada (Baja California): anchoveta, macarela, monterrey y charrito. Bahía Magdalena (Baja California Sur): monterrey, crinuda, macarela y bocona. Guaymas y Yavaros (Sonora): crinuda, macarela, monterrey, bocona, anchoveta, japonesa y piña. Mazatlán (Sinaloa): crinuda (las tres especies) y bocona. |
Sardina monterrey | Sardinops sagax |
Anchoveta | Engraulis mordax |
Sardina crinuda | Opisthonema libertate |
Sardina crinuda azul | Opisthonema bulleri |
Sardina crinuda machete | Opisthonema medirastre |
Macarela | Scomber japonicus |
Sardina bocona | Cetengraulis mysticetus |
Sardina japonesa | Etrumeus teres |
Charrito | Trachurus symmetricus |
Sardina piña | Oligoplites refulgens |
2. Indicadores de la pesquería
El peso desembarcado representa hasta 30% de la captura pesquera anual a nivel nacional y 10% del valor económico.
Fuente: Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (captura en peso entero).
3. Efectos ambientales y cambio climático
Recurso oscilante, cuya abundancia y disponibilidad responde a la variabilidad ambiental (régimen climático). En la década de los ochenta y noventa fueron registradas disminuciones drásticas en los volúmenes de captura de anchoveta y sardina Monterrey. En sardina crinuda se ha documentado la disminución en la captura en años El Niño. En sardina bocona, no se observa relación.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-003-PESC-1993 | DOF: 31/12/1993 |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de manejo para la Pesquería de Pelágicos Menores (sardinas, anchovetas, macarela y afines) del Noroeste de México. | DOF: 08/11/2012 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial de pelágicos menores. | Dictamen técnico de INAPESCA |
Talla mínima | p | 150 mm de longitud patrón para sardina monterrey. 160 mm de longitud patrón para crinuda. 100 mm de longitud patrón para anchoveta. La captura total podrá contener un máximo de 20% de organismos menores a la talla mínima. | DOF: 31/12/1993 y acuerdos regulatorios |
Arte de pesca y método de captura | p | Límite en el tamaño de las redes de cerco: <80 t, 366 m; entre 81-120 t, 549 m; entre 121-150 t, 585 m; entre 151-200 t, 604 m; >200 t, 640 m. Luz de malla 13-25 mm. Lances durante el oscuro, alrededor de 20 días centrados en la luna nueva. | DOF: 31/12/1993 DOF: 08/11/2012 |
Veda | x | No tiene. | |
Cuota | x | No aplica. | Dictamen técnico de INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones mayores. | NOM-003-PESC-1993 |
Esfuerzo | p | Padrón cerrado en Pacífico norte. | Dictamen técnico de INAPESCA Carta Nacional Pesquera 2012, DOF: 24/08/2012. |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal del Golfo de California, incluyendo la costa Occidental de Baja California y Bahía Magdalena en Baja California Sur, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la Biosfera El Vizcaíno. | DOF: 05/11/2013 DOF: 20/01/2015 DOF: 07/12/2016 DOF: 01/09/2000 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura por especie; regulaciones en las artes y método de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable (Informe técnico, INAPESCA). Pesquería certificada como sustentable en Sonora y Sinaloa.
7. Recomendaciones de manejo
a. No incrementar el esfuerzo en las zonas de pesca al norte del paralelo 20 °N.
b. Fortalecer y hacer operativos a los Subcomités de Pesca.
c. Explorar nuevas áreas de pesca.
d. Promover un programa de observadores científicos a bordo, para la evaluación del impacto de la pesquería sobre las especies asociadas en las capturas.
e. Explorar la factibilidad de pesca de media agua frente a la Península de Baja California.
f. Mantener el número límite de embarcaciones por Puerto de desembarco, no permitir el movimiento de las flotas entre regiones de la Península de Baja California y las del Golfo de California (Sonora-Sinaloa). Se permitirá el movimiento de embarcaciones por tiempo determinado y mediante autorización expresa de la autoridad pesquera, cuando por razones operacionales y de mantenimiento algunas unidades de pesca dejen de operar y otras unidades puedan ocupar el esfuerzo no utilizado.
g. Instrumentar las líneas investigación establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
h. Actualizar la NOM-003-PESC-1993, incluyendo los temas de regionalización, tallas mínimas, calado de las redes, y áreas de pesca
20. Pepino de mar del Pacífico
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa noroccidental de la Península de Baja California, desde Tijuana, Baja California hasta Punta Abreojos, Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda y equipo de buceo semiautónomo tipo "Hooka". Extracción manual, colecta en bolsa de pesca ("jaba"). Participan tres pescadores (buzo, cabo de vida y motorista).
1. Generalidades
Nombre común | Nombre científico |
Pepino de mar | Parastichopus parvimensis |
La pesquería de pepino de mar inició en Baja California en 1989. En Baja California Sur inició en Isla Natividad como pesca de fomento en 1996 y de manera comercial en 2004. Las presentaciones del producto son deshidratado, peso completo, eviscerado y precocido-salado; se destina al mercado asiático.
2. Indicadores de la pesquería
En Baja California la captura promedio en el periodo 2000-2015 fue 217.6 t; la tendencia en este periodo fue negativa y en 2015 se registró el valor histórico más bajo (54.4 t). En Baja California Sur la captura promedio en el periodo 2000-2015 fue 99 t. La captura presentó una tendencia positiva entre los años 2003-2009; en los últimos 6 años la tendencia fue negativa, con un registro de 31 t en 2015. La biomasa estimada en Baja California Sur mostró tendencia positiva en el periodo 2005-2011 y a partir de este año y hasta el 2015 se presentó una disminución de 2,000 t.
La investigación pesquera se realiza en esquema de co-manejo y corresponsabilidad entre el INAPESCA y los usuarios del recurso.
Fuente: Subdelegación de Pesca de B.C. (captura en peso fresco eviscerado)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El incremento de temperatura superficial del mar (TSM) favorece el desove de esta especie. La falta de nutrientes asociada a El Niño y La Mancha en áreas de surgencia costera puede afectar la fase larvaria y juvenil. El pepino de mar habita zonas someras (0-50 m) con ausencia de corrientes. En años El Niño/Oscilación del Sur (ENOS), la captura por unidad de esfuerzo (CPUE) pudiera resultar afectada debido al aumento de tormentas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de Manejo Pesquero | x | En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial exclusivo para la especie Parastichopus parvimensis. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima de captura | p | Peso mínimo de 200 gr. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Arte de pesca y método de captura | p | Buceo semiautónomo tipo "Hooka", recolección manual. Se prohíbe la pesca nocturna. | Disposición administrativa CONAPESCA |
Veda | x | Investigación en desarrollo. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Cuota | p | Cuota anual variable en función de la disponibilidad y densidad del recurso por zona o banco. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones menores. | Disposición administrativa de CONAPESCA |
Esfuerzo | p | Baja California: 20 permisos de pesca comercial que amparan 100 embarcaciones menores. Baja California Sur: 6 permisos de pesca comercial que amparan 64 embarcaciones menores. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa noroccidental de la Península de Baja California, desde Tijuana, Baja California hasta Punta Abreojos, Baja California Sur, considerando las disposiciones normativas y lineamientos del programa de manejo de la Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California. | DOF: 07/12/2016 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento no mayor al 10% del tamaño poblacional.
Tácticas: Control de esfuerzo; peso mínimo de captura (organismo).
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b. Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo en toda la zona donde se realiza al aprovechamiento comercial.
d. Reordenar los polígonos o zonas de pesca para evitar traslapes de dos o más permisionarios en una misma zona en Baja California.
e. Establecer una veda de febrero a mayo para proteger el proceso reproductivo, previo dictamen técnico del INAPESCA.
f. Implementar un programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería que permita evaluar su impacto bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
g. Instrumentar un programa de ordenamiento pesquero para promover zonas integrales de pesca de recursos bentónicos o semi-sésiles de importancia comercial en Baja California, de manera que un solo permisionario u organización pueda aprovechar todos los recursos en una misma zona de pesca en lugar de que diferentes usuarios aprovechen diferentes recursos en una misma zona.
h. Limitar las actividades del buceo a profundidad menor de 30 metros, con el fin de garantizar la seguridad de los buzos.
21. Pulpo del Pacífico
Zona de captura
Zonas someras y rocosas, con profundidad máxima de 80 m. Específicamente Octopus hubbsorum se pesca desde el "Golfo de Ulloa", Baja California Sur hasta Oaxaca, incluyendo el Golfo de California. En la costa del Pacífico de Baja California Sur con profundidad máxima de 80 m con trampa; y 30 m de profundidad con buceo y gancho desde el Golfo de California hasta Salina Cruz, Oaxaca. Se ha observado que existe una estratificación de tallas donde el pulpo más grande se encuentra en zonas más profundas. Octopus bimaculatus se captura desde Punta Eugenia hasta el Golfo de Ulloa y en el interior del Golfo de California,
principalmente en Bahía de los Angeles y algunos puntos del Norte del Golfo de California. Octopus bimaculoides, se captura en las Lagunas Ojo de Liebre y Guerrero Negro.
Unidad de pesca
Embarcación menor con motor fuera de borda. En la costa Pacífico de la Península de Baja California se emplean trampas y en el Golfo de California hasta Oaxaca se captura con buceo semiautonomo tipo "Hooka" y gancho como arte de pesa. Octupus bimaculoides se captura con jarritos de barro, o tubos de PVC. La especie Octopus bimaculatus se captura durante el invierno, al igual que Octupus bimaculoides; Octopus hubbsorum se captura principalmente durante el verano, cuando las hembras se acercan a la zona rocosa somera a depositar huevos en las oquedades. En Guerrero se captura todo el año, pero la mayor producción es de mayo a agosto. En Sonora existen permisos comerciales a embarcaciones mayores
1. Generalidades
Especies objetivo |
Nombre común | Nombre científico |
Pulpo verde | Octopus hubbsorum |
Pulpo de dos manchas o pulpo café Pulpo ocelado enano | Octopus bimaculatus Octopus bimaculoides |
2. Indicadores de la pesquería
Durante el periodo 1990-2016 la captura anual promedio para el Pacífico mexicano fue de 942 t. La captura por unidad de esfuerzo (CPUE) de pulpo es variable dependiendo de la zona y la temporada de pesca, en el Pacífico centro-sur desde Nayarit hasta Oaxaca oscila entre 40 y 80 kg/viaje/embarcación y en Baja California Sur entre los 10-100 kg/viaje. En Guerrero es de 6 a 32 kg/viaje/embarcación.
Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
El Océano Pacífico en la costa Mexicana tiene peculiaridades oceanográficas, se encuentra bajo la influencia de dos grandes corrientes. La Corriente de California (CC), que propicia condiciones templadas y la Corriente Norecuatorial, de temperaturas cálida. En la Península de Baja California es mayor el efecto de la CC, su mayor influencia está situada en las inmediaciones de Punta Eugenia hasta el complejo lagunar Bahía Magdalena-Almejas, lo que se considera una zona de transición; hasta esta zona se distribuye el pulpo O. bimaculatus, especie de afinidad templada. Y a partir de esa zona hacia el sur se tiene un dominio considerable de la Corriente Norecuatorial, la especie de pulpo dominante en condiciones cálidas es O. hubbsorum. En relación al cambio climático se ha observado que debido a las características ecológicas de los cefalópodos (i.e. ciclo de vida corto, rápido crecimiento, fuerte plasticidad del ciclo de vida); lo que implica una rápida adaptación al cambio se ha observado a nivel mundial un incremento en las capturas de cefalópodos. Durante condiciones oceanográficas La Niña, las poblaciones de pulpo migran, disminuyendo las capturas. Durante El Niño, los organismos se aproximan a la línea de costa siendo vulnerables a la pesca, aumentando su captura y afectando incluso los ciclos reproductivos. Para los estados de Nayarit a Oaxaca la intromisión de la Corriente de California conduce a una baja de temperatura de noviembre a mediados de mayo; posteriormente se incrementa la temperatura en la época de lluvias, de junio a octubre, debido a la influencia de la Corriente Costera de Costa Rica, las capturas comerciales muestran que los valores máximos
de las CPUE coinciden con los meses más cálidos (junio-agosto).
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No tiene. | |
Plan de manejo pesquero | x | No tiene. En proceso de elaboración. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima de captura | x | Para todas las especies de pulpo en Bahía de los Ángeles, Baja California: Para los machos: 124 mm de longitud del manto dorsal o un peso de 757 gr. Para las hembras: 143 mm de longitud del manto dorsal o un peso de 1029 gr. | Acuerdo publicado en el DOF: 01/06/2016 DOF: 07/11/2017 |
Arte de pesca y método de captura | p | Trampas en Baja California Sur y en embarcaciones mayores buceo semiautónomo tipo "Hooka" con gancho en el resto de los estados. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | p | Veda para todas las especies de pulpo en Bahía de los Ángeles, Baja California: A partir de las 00:00 horas del 01 de agosto hasta las 24:00 horas del 30 de noviembre de cada año. | Acuerdo publicado en el DOF: 01/06/2016 |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor y mayor. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | Baja California Sur: 103 permisos para 370 embarcaciones con 10300 trampas; Sonora: 44 permisos para 127 embarcaciones menores y 3 permisos para 3 embarcaciones mayores. Jalisco: 24 permisos; Guerrero: 19 permisos para 105 embarcaciones y 466 socios. Oaxaca: 17 permisos para 97 embarcaciones y 450 pescadores; Michoacán: 12 permisos para 90 embarcaciones y 115 equipos de pesca; Nayarit: 1 permiso para 8 campos pesqueros, 56 buzos; 4 embarcaciones; Colima: 2 permisos | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal, considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la reserva de la biosfera Zona Marina de Bahía de los Ángeles Canales de Ballenas y de Salsipuedes y del Parque Nacional Zona Marina del Archipiélago de San Lorenzo; Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California; Reserva de la biosfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. | DOF: 05/11/2013 DOF: 20/01/2015 DOF: 07/12/2016 DOF: 25/09/2009 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima; veda reproductiva.
6. Estatus
Algunas zonas con aprovechamiento al máximo sustentable y otras con potencial (Informe Técnico del INAPESCA).
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana correspondiente para regular el aprovechamiento, con las siguientes recomendaciones iniciales: talla mínima por especie, veda para proteger el máximo periodo reproductivo y definir las artes de pesca permitidos por región. No permitir el uso de cloro o sustancias tóxicas irritantes.
b. Evaluar y revisar la implementación de tallas mínimas de captura y periodo de veda por zona, mediante Dictamen Técnico del INAPESCA.
c. Publicar e instrumentar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
d. No incrementar el esfuerzo en las áreas o zonas de pesca donde ya existen permisos de pesca comercial.
e. En las zonas donde no exista aprovechamiento se podrán otorgar permisos de pesca comercial o de fomento, previo estudio de disponibilidad y dictamen técnico del INAPESCA. Asignar los permisos de pesca otorgando áreas geográficamente delimitadas, a fin de evitar el traslape de las mismas.
22. Túnidos del Pacífico
Zona de captura
Zona Económica Exclusiva de México. Aguas internacionales del Océano Pacífico Oriental (al norte de los 5 °N hasta los 150 °O).
Unidad de pesca
Barcos cerqueros con capacidad de bodega variable (150-1,540 t), red de cerco de hasta 1,850 m de longitud con 18 paños de altura. También están autorizados barcos, palangreros, vareros y de pesca deportiva.
1. Generalidades
Especies objetivo | Especies asociadas | |
Nombre común | Nombre científico | Nombre común | Nombre científico |
Atún aleta amarilla | Thunnus albacares | Barrilete | Katsuwonus pelamis |
Atún aleta azul | Thunnus orientalis | Albacora | Thunnus alalunga |
| Patudo | Thunnus obesus |
| Barrilete negro | Euthynnus lineatus |
2. Indicadores de la pesquería
En 2003 se registró la captura histórica de 183,000 t. Mazatlán, Sinaloa es el principal puerto de descargas, seguido de Manzanillo, Colima y Puerto Chiapas, Chiapas. Estos puertos acumulan el 80% de las descargas de atún en México. De acuerdo al Registro Regional de Buques actualizado de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), en México existen 64 embarcaciones de cerco y 15 de vara.
A partir de 2004 se observó un descenso en la captura por unidad de esfuerzo (CPUE) de atún aleta amarilla y desde el 2008 se ha observado un ligero incremento de la misma. La pesca de atún aleta azul está enfocada a organismos de edad de 1 a 3 años.
3. Efectos ambientales y cambio climático
Cambios en la distribución y abundancia de pelágicos menores, afectan de manera directa a las poblaciones de atún dado que constituyen su principal fuente de alimento.
Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso entero).
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesqueros
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | p | NOM-001-SAG/PESC-2013 NOM-022-SAG/PESC-2015 | DOF: 16/01/2014 DOF: 12/06/2015 |
Plan de Manejo Pesquero | p | Plan de manejo pesquero de atún aleta amarilla (Thunnus albacares) del Océano Pacífico Mexicano. | DOF: 16/07/2014 |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | x | Investigación en proceso. | |
Arte de pesca y método de captura | p | Red de cerco con paño de seguridad. La altura del paño de seguridad no podrá ser menor a 22 m. Tres embarcaciones auxiliares para emplearse durante la maniobra. Vara de bambú, acrílico o fibra de vidrio con una longitud de 2.5 a 3 m y anzuelos con dimensiones mínimas de 68 mm de largo por 33.5 mm de ancho. Máximo 20 varas por embarcación. | Numeral 4.2, NOM-001-SAG/PESC-2013 Numeral 4.8, NOM-022-SAG/PESC-2015 |
Veda | p | Temporal variable para atún aleta amarilla (Thunnus albacares), patudo o atún ojo grande (Thunnus obesus) y barrilete (Katsuwonus pelamis). | Resolución de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT). Dictamen técnico del INAPESCA |
Cuota | p | Atún aleta amarilla: cuota de captura anual variable sin rebasar 6,600 t. Atún aleta azul: cuota de captura bianual variable sin rebasar 6,600 t. | Resolución de CIAT. Dictamen técnico del INAPESCA |
Unidad de pesca | p | Embarcaciones mayores cerqueras, vareras y de pesca deportiva. | Permiso de pesca comercial |
Esfuerzo | p | 64 embarcaciones mayores con red de cerco. 15 embarcaciones mayores con vara. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Zona Económica Exclusiva de México. Aguas internacionales del Océano Pacífico Oriental (al norte de los 5 °N hasta los 150 °O), considerando las disposiciones normativas y lineamientos de los programas de manejo de la Reserva de la biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California. | DOF: 07/12/2016 |
5. Estrategias y tácticas de pesca
Estrategias: Cuota de captura variable.
Tácticas: Control de esfuerzo; veda temporal variable; talla mínima de captura.
6. Estatus
Atún aleta amarilla: Aprovechado al máximo sustentable.
Atún aleta azul: Sobreexplotado.
7. Recomendaciones de manejo
a. No incrementar el esfuerzo. Prohibir el ingreso de nuevos buques, definidos como aquellos no incluidos en el registro de la flota cerquera del Océano Pacífico Oriental, excepto para reemplazar buques eliminados del registro siempre y cuando la capacidad del buque o buques sustitutos no supere la del buque o buques reemplazados.
b. Instrumentar las estrategias y acciones establecidas en el Plan de Manejo Pesquero.
c. Determinar y regular las tallas mínimas de captura.
d. Implementar estrategias para reducir la captura de organismos menores de dos años de edad o 12 kg.
23. Verdillo
Zona de captura
Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa Occidental de la Península de Baja California, desde Ensenada, Baja California hasta Bahía Magdalena, Baja California Sur.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio de 6.5 a 9 m de eslora, con motor fuera de borda. Participan 2 ó 3 pescadores. El 95% de la captura se obtiene con trampa; el 5% utiliza línea de mano.
1. Generalidades
Especies objetivo | Especies incidentales |
Nombre común | Nombre científico | Nombre común | Nombre científico |
Verdillo, cabrilla verde | Paralabrax nebulifer | Curricata, cabrilla arenera | Paralabrax maculatofasciatus |
Cabrilla de roca, pierna | Caulolatilus princeps | Cabrilla sargacera, calico | Paralabrax clathratus |
| | Cabrilla extranjera | Paralabrax auroguttatus |
| | Mero manchado | Hyporthodus niphobles |
| | Vieja de California | Semicossyphus pulcher |
2. Indicadores de la pesquería
En el periodo 2002-2016 la captura total promedio superó las 3,000 t; 97% de la captura total anual proviene de Baja California Sur. Durante el año 2016 se publicó el Acuerdo por el que se establece la zona de refugio pesquero y nuevas medidas para reducir la posible interacción de la pesca con tortugas marinas en la costa occidental de Baja California Sur (DOF, 23/06/2016), el cual prohíbe la pesca durante los meses de mayor captura de verdillo (23 de junio al 30 de septiembre), causa principal de que el volumen desembarcado en el año 2016 sea menor al de años anteriores.
La trampa verdillera puede capturar peces entre 190 y 610 mm de longitud total (LT), el 50% entre los 300 y 342 mm LT; la línea de mano captura organismos entre 210 y 560 mm LT, el 50% entre los 340 y 408 mm LT. La talla de primera madurez reportada para hembras es 301 mm y para machos es 290 mm LT.
Fuente: Anuario Estadístico de Pesca (captura en peso entero)
3. Efectos ambientales y cambio climático
Las especies de escama marina son afectadas negativamente por el incremento de la temperatura superficial del mar (TSM). El Niño/Oscilación del Sur (ENOS) provoca disminución en la captura debido a cambios en las condiciones del mar y tormentas.
4. Normatividad e instrumentos de política y manejo pesquero
CONTROL DE MANEJO | SÍ/NO | DISPOSICIONES | SUSTENTO |
Norma Oficial Mexicana | x | No existe. | |
Plan de manejo pesquero | x | En revisión. | |
Tipo de acceso | p | Permiso de pesca comercial de escama. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Talla mínima | x | Investigación en proceso. | |
Arte de pesca y método de captura | p | Trampa verdillera: Luz de malla 5x5 cm (2x2"), dependiendo la localidad las dimensiones y modelos son variables, comúnmente de 107 cm de largo (42.12"), 76 cm de ancho (29.92") y 46 cm de alto (18.11"),; 8 trampas por embarcación, 5-10 lances por trampa, 20-45 minutos de reposo en profundidades de 23.7 a 65.8 m. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Veda | x | Investigación en proceso. | |
Cuota | x | No aplica. | |
Unidad de pesca | p | Embarcación menor. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Esfuerzo | p | 569 permisos de escama, 142 cuentan con autorización para usar trampas verdilleras. No incrementar el esfuerzo pesquero. | Dictamen técnico del INAPESCA |
Zona de pesca | p | Aguas marinas de Jurisdicción Federal de la costa Occidental de la Península de Baja California, desde Ensenada, Baja California hasta Bahía Magdalena, Baja California Sur., considerando los lineamientos del Programa de Manejo de la Reserva de la Biosfera Islas del Pacífico de la Península de Baja California (RBIPPBC). | DOF: 07/12/16 |
5. Estrategias y tácticas de manejo
Estrategias: Tasa de aprovechamiento.
Tácticas: Control de esfuerzo; talla mínima de captura; regulación en el arte de pesca.
6. Estatus
Aprovechado al máximo sustentable.
7. Recomendaciones de manejo
a. Elaborar y publicar la Norma Oficial Mexicana para regular el aprovechamiento.
b. Publicar e implementar el Plan de Manejo Pesquero para ordenar el aprovechamiento del recurso.
c. No incrementar el esfuerzo.
d. Implementar el programa de monitoreo y seguimiento de la pesquería bajo la coordinación y supervisión del INAPESCA.
e. Publicar el acuerdo para establecer la veda reproductiva.
f. Sobre el uso correcto de las trampas, éstas no deben dejarse en reposo durante la noche, no utilizar material que impida la salida de organismos de talla menor. No utilizar trampa a media agua para evitar capturar organismos en desove.
1. Lisa y lebrancha del Golfo de México y Mar Caribe
Zona de captura
Aguas marinas costeras de Jurisdicción Federal, sistemas lagunares y desembocadura de ríos del Golfo de México.
Unidad de pesca
Embarcación menor de fibra de vidrio con motor fuera de borda (75 caballos de fuerza). Red de enmalle. Participan 2 ó 3 pescadores.
1. Generalidades
Especies objetivo |
Nombre común | Nombre científico |
Lisa Lebrancha | Mugil cephalus Mugil curema |
Especies asociadas | |
Nombre común | Nombre científico | Nombre común | Nombre científico |
Trucha pinta Trucha blanca Corvina ocelada o roja Croca Gurrubata, tambor Tambor, tontón Sargo, mojarra negra | Cynoscion nebulosus Cynoscion arenarius Sciaenops ocellatus Leiostomus xanthurus Micropogonias undulatus Pogonias cromis Archosargus probatocephalus | Mojarra blanca Mojarra rayada Mojarra plateada Ronco amarillo Robalo blanco Chucumite Guabina de río Ratón del golfo | Diapterus auratus Eugerres plumieri Eucinostomus argenteus Conodon nobilis Centropomus undecimalis Centropomus parallelus Eleotris pisonis Menticirrhus americanus |
2. Indicadores de la pesquería