DOF: 30/07/2018
MODIFICACIÓN al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos

MODIFICACIÓN al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.

Al margen un logotipo, que dice: Petróleos Mexicanos.

MODIFICACIÓN AL ESTATUTO ORGÁNICO DE PETRÓLEOS MEXICANOS
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS, con fundamento en el artículo 13, fracción XVI, de la Ley de Petróleos Mexicanos, aprobó la modificación del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos.
ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 4, segundo y tercer párrafos; 10, último párrafo; 23, fracciones V y VI; 42, fracciones II y IX; 81, fracción V; 82, fracciones IV y V; 84, fracciones VIII y IX; 97, fracciones V, VI, XIII y XIV; 99, fracciones XIII y XIV; 102, en su encabezado; 113, fracción IV; 114, fracción I; 115, fracción I; 116, fracción I; 117, fracciones III, XI y XII; 118, fracción IV; 119, fracción I; 120, fracción I; 121, fracción IV; 122, fracción I; 123, fracciones V, VI y VII; 138, fracciones VII, VIII, X y XI; 139, fracción IX; 146, fracciones I y IV; 153, fracciones II, VIII y X; 155, fracciones I, II, III, IV, V, VI y IX; 158, fracciones I y VI; 159, fracciones I y VIII; 160, fracciones I y VIII; 166, fracciones III y V; 167, fracciones IV, VIII y XIII; 168, fracciones III, IV, VIII y XIII; 169, fracciones III, IV, VIII y XIII; 170, fracciones III, IV, VIII y XIII; 190, primer párrafo; 199; 204; se ADICIONAN los artículos 84, fracción X; 97, fracción XV; 99, fracción XV; 123, fracción VIII; 137, fracciones III Bis y III Ter; 138, fracción VIII Bis, y se DEROGAN los artículos 10, fracción XIII; 97, fracción IV; 103; 117, fracción XIII, y 205; del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, para quedar como sigue:
"Artículo 4. ...
Asimismo, estará facultado para nombrar y remover a los titulares de las Empresas Productivas Subsidiarias, así como a los miembros propietarios y suplentes de los consejos de administración de dichas Empresas, de conformidad con las disposiciones aplicables.
En el caso de las Empresas Productivas Subsidiarias Pemex Exploración y Producción, y Pemex Transformación Industrial, estará facultado también para nombrar y remover a los servidores públicos que tengan un nivel jerárquico inmediato inferior al del Director General de dichas Empresas Productivas Subsidiarias.
Artículo 10. ...
I. a XII. ...
XIII. Se deroga.
XIV. a XVI. ...
Son indelegables las atribuciones del Director General señaladas en las fracciones II, IV, V, VI, X, XII y XV, del presente artículo.
Artículo 23. ...
I. a IV. ...
V. Coordinar el establecimiento de políticas, estrategias, procesos, iniciativas, proyectos, acciones, metodologías, mecanismos y sistemas en las materias de Planeación Estratégica Institucional y la Gestión Estratégica Institucional, portafolio de inversiones, Programación Operativa, evaluación del desempeño, Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor, Actividades Reguladas, competencia económica, seguridad industrial, salud en el trabajo, protección ambiental, desarrollo sustentable, eficiencia energética, confiabilidad operacional, gestión del mantenimiento, así como gestión de la calidad de las Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor en Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
VI. Establecer y dirigir la administración del sistema institucional de las Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor, del sistema de gestión de la calidad para las Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor, del sistema de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, así como del sistema de confiabilidad operacional en Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
VII. a IX. ...
Artículo 42. ...
I. ...
II. Analizar la factibilidad de las Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor importantes o trascendentes en cuanto a estimación de costos de inversión, alcance técnico, análisis de riesgos y rentabilidad de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
III. a VIII. ...
 
IX. Diseñar, administrar y promover el sistema de gestión de la calidad para las Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor; importantes o trascendentes de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
X. a XII. ...
Artículo 81. ...
I. a IV. ...
V. Coordinar la estrategia de aseguramiento y afianzamiento de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
VI. a X. ...
Artículo 82. ...
I. a III. ...
IV. Administrar las pólizas de seguros y fianzas contratadas por Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias;
V. Gestionar reclamaciones de seguros contratados por Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias, así como reclamaciones, cancelaciones y devoluciones de fianzas de proveedores, contratistas y clientes a favor de Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias;
VI. a VIII. ...
Artículo 84. ...
I. a VII. ...
VIII. Coordinar las actividades de revelación de información relativa a riesgos financieros;
IX. Coordinar la identificación y valuación de los derivados implícitos en los contratos de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, y
X. Asesorar en el desarrollo e implementación de metodologías para la cuantificación de riesgos que impacten los resultados económicos de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales.
Artículo 97. ...
I. a III. ...
IV. Se deroga.
V. Generar y validar, en coordinación con la Gerencia Fiscal Central, la emisión de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet de los pagos por nómina y separación de los trabajadores y jubilados de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
VI. Proporcionar información y coadyuvar con la Gerencia Fiscal Central, en la atención de promociones para el cumplimiento de las obligaciones tributarias;
VII. a XII. ...
XIII. Proponer y gestionar las adecuaciones al presupuesto de mano de obra y de fondo laboral de Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias;
XIV. Procesar los descuentos de claves asignadas a terceros de nómina, así como la operación del centro de atención a usuarios, y
XV. Administrar las aportaciones y retiros del régimen de pensiones y jubilaciones de los trabajadores de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales.
Artículo 99. ...
I. a XII. ...
XIII. Administrar la operación del sistema integral de remuneraciones del personal de Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias, así como actualizar los tabuladores salariales conforme a los modelos de compensación diseñados por la Subdirección de Recursos Humanos y a las modificaciones por revisiones contractuales y salariales, autorizadas por el Consejo de Administración y en términos de las disposiciones
aplicables;
XIV. Elaborar el proyecto de presupuesto regularizable de mano de obra de Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias, y
XV. Administrar las claves de descuento, los descuentos de los terceros de nómina, y cuotas sindicales.
Artículo 102. Las Gerencias Regionales de Relaciones Laborales y Servicios al Personal Norte, Sur, Sureste y Altiplano, tendrán las funciones siguientes:
I. a IX. ...
Artículo 103. Se deroga.
Artículo 113. ...
I. a III. ...
IV. Coordinar la implementación de las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras de exploración, producción, perforación y servicios;
V. a VIII. ...
Artículo 114. ...
I. Implementar las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras para mantenimiento, confiabilidad y logística marina;
II. a X. ...
Artículo 115. ...
I. Implementar las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras para producción y, en su caso, para mantenimiento, confiabilidad y logística terrestre;
II. a X. ...
Artículo 116. ...
I. Implementar las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras para servicios a la explotación y perforación;
II. a X. ...
Artículo 117. ...
I. y II. ...
III. Implementar las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras de exploración y producción;
IV. a X. ...
XI. Proponer alternativas para la atención de necesidades de Procura y Abastecimiento de las contrataciones para exploración y producción, y
XII. Elaborar los análisis de mercado de los requerimientos de contratación para exploración y producción que determine el Director Operativo de Procura y Abastecimiento.
XIII. Se deroga.
Artículo 118. ...
I. a III. ...
IV. Coordinar la implementación de las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras de transformación industrial, etileno, logística, cogeneración y fertilizantes;
V. a VIII. ...
Artículo 119. ...
I. Implementar las estrategias de contratación de obras y servicios relacionados con las mismas, para proyectos de transformación industrial, etileno, logística, cogeneración y fertilizantes;
II. a X. ...
 
Artículo 120. ...
I. Implementar las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, y servicios para producción, comercialización y confiabilidad de transformación industrial, etileno, logística, cogeneración y fertilizantes;
II. a X. ...
Artículo 121. ...
I. a III. ...
IV. Coordinar la implementación de las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras para servicios de soporte y de salud;
V. a VIII. ...
Artículo 122. ...
I. Implementar las estrategias de contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras para servicios de soporte y de salud;
II. a XI. ...
Artículo 123. ...
I. a IV. ...
V. Elaborar y emitir los análisis de mercado para la concertación de alianzas contractuales;
VI. Integrar y dar seguimiento al programa anual de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras para servicios de soporte y de salud;
VII. Revisar que las iniciativas de contratación para servicios de soporte y salud requeridas por Pemex se encuentren alineadas al presupuesto, y
VIII. Coordinar la integración de iniciativas para la agregación de demanda de las solicitudes de contratación para servicios de soporte para Pemex en conjunto con las Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales.
Artículo 137. ...
I. a III. ...
III Bis. Coordinar la gestión para la solicitud de servicios en materia patrimonial de fedatarios públicos, respecto de bienes muebles e inmuebles propiedad o en posesión de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
III Ter. Coordinar los actos necesarios para la contratación de los servicios de valuación de bienes muebles e inmuebles y justipreciación de rentas, así como aquéllos que se deriven de la administración patrimonial;
IV. a X. ...
Artículo 138. ...
I. a VI. ...
VII. Formalizar los convenios, contratos y cualquier acto jurídico, relacionados con la administración patrimonial respecto de bienes muebles e inmuebles propiedad o en posesión de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, así como aquéllos de carácter patrimonial que deriven de alianzas y nuevos negocios;
VIII. Realizar los actos necesarios para la contratación de los servicios de valuación de bienes muebles e inmuebles y justipreciación de rentas, así como aquéllos que se deriven de la administración patrimonial, y administrar el padrón de valuadores;
VIII Bis. Gestionar los servicios, en materia patrimonial, prestados por fedatarios públicos, relacionados con la administración patrimonial respecto de bienes muebles e inmuebles propiedad o en posesión de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, así como administrar el padrón de fedatarios públicos;
IX. ...
X. Celebrar los contratos de arrendamiento inmobiliario de Pemex y de sus Empresas Productivas Subsidiarias en su calidad de arrendador o arrendatario;
 
XI. Integrar los expedientes de enajenación de bienes muebles e inmuebles, conforme a la normativa en la materia y gestionar la generación de las facturas de las enajenaciones de los mismos, y
XII. ...
Artículo 139. ...
I. a VIII. ...
IX. Integrar en los expedientes, la documentación de la desincorporación de bienes inmuebles que, en su caso, autorice el Consejo de Administración, y
X. ...
Artículo 146. ...
I. Coordinar el diseño e implementación de las estrategias de comunicación corporativa, difusión, relaciones públicas, mercadotecnia, derechos de propiedad intelectual e industrial, de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
II. y III. ...
IV. Coordinar el diseño de campañas de difusión y promoción de la imagen de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales;
V. a XIII. ...
Artículo 153. ...
I. ...
II. Coordinar la atención de consultas de carácter jurídico en las distintas áreas del derecho, y en materia de contratos y convenios de Procura y Abastecimiento, patrimoniales, generales de colaboración o marco, comerciales, de franquicia, los relacionados con las Actividades Reguladas por la Ley de Hidrocarburos, aquéllos entre Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias o entre estas últimas, y en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, que se generen a nivel central, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
III. a VII. ...
VIII. Coordinar la elaboración de modelos de contratos y cláusulas tipo, así como la revisión jurídica de proyectos de contratos y convenios relacionados con Procura y Abastecimiento, patrimoniales, generales de colaboración o marco, entre Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias o entre estas últimas, comerciales, de franquicia, relacionados con las Actividades Reguladas, y aquéllos en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, y otros instrumentos jurídicos; que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
IX. ...
X. Coordinar la gestión para el otorgamiento y revocación de poderes de Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias a nivel nacional, y otros servicios prestados por fedatarios públicos en la Ciudad de México y Estado de México, así como supervisar el mecanismo de control del padrón de fedatarios públicos a nivel nacional;
XI. a XVII. ...
Artículo 155. ...
I. Atender las consultas de carácter jurídico de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en materia de contratos y convenios de Procura y Abastecimiento, patrimoniales, generales de colaboración o marco, comerciales, de franquicia, los relacionados con las Actividades Reguladas, aquéllos entre Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias o entre estas últimas, y en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, que se generen a nivel central, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
II. Asesorar a los directores, titulares de la Unidad de Control Interno Institucional y de Auditoría Interna, subdirectores, coordinadores y gerentes de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en materia de contratos y convenios de Procura y Abastecimiento, patrimoniales, generales
de colaboración o marco, comerciales, de franquicia, los relacionados con las Actividades Reguladas, aquéllos entre Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias o entre estas últimas, y en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
III. Elaborar análisis jurídicos relacionados con contratos y convenios, incluyendo aquéllos en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
IV. Asesorar en los procedimientos de contratación y en actividades previas a los mismos, en los contratos en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean prestadores de servicios, así como en la ejecución de los contratos y convenios que se generen a nivel central, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
V. Revisar jurídicamente los proyectos de contratos y convenios que pretendan celebrar Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, de Procura y Abastecimiento, patrimoniales, generales de colaboración o marco, comerciales, de franquicia, los relacionados con las Actividades Reguladas, y aquéllos en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, que se generen a nivel central, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
VI. Asesorar en la resolución de controversias derivadas de los contratos y convenios, incluyendo aquéllos en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios, y en la celebración de los acuerdos de voluntades que diriman las mismas, que se generen a nivel central, que no se relacionen con los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones o alianzas;
VII. y VIII. ...
IX. Elaborar, a manera de apoyo, modelos de contrato y cláusulas tipo para las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras, que sirvan como guía para los procedimientos de contratación que lleve a cabo el área de Procura y Abastecimiento;
X. a XII. ...
Artículo 158. ...
I. Ejercer la función jurídica institucional en Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, en la asesoría jurídica para:
a) El diseño, coordinación, implementación y ejecución de los proyectos y modelos de negocio, alianzas y asociaciones en materia de exploración y extracción, de transformación industrial y de otras líneas de negocio;
b) La elaboración de los modelos de contratos y convenios y de otros instrumentos jurídicos y en la revisión jurídica de los proyectos de contratos y convenios y otros instrumentos jurídicos y en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios que resulten de los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones y alianzas antes referidas;
c) La negociación y, en su caso, representación jurídica en asuntos en materia regulatoria, seguridad industrial, seguridad operativa y protección ambiental ante las autoridades e instancias competentes, y la asesoría jurídica para la evaluación de su impacto en las actividades de exploración y extracción, de transformación industrial y de otras líneas de negocio, y
d) Atender las consultas jurídicas relacionadas a los ámbitos a que se refieren los incisos anteriores.
II. a V. ...
VI. Determinar, supervisar y establecer la coordinación y las medidas necesarias para el seguimiento a las acciones jurídicas que se desarrollarán en relación con los proyectos y modelos de negocio, alianzas y asociaciones en actividades de exploración y extracción, de transformación industrial y de otras líneas de negocio, con el apoyo de la Subdirección Jurídica de Operación Regional;
VII. a X. ...
 
Artículo 159. ...
I. Brindar asesoría jurídica en el diseño, coordinación, implementación y ejecución de los proyectos y modelos de negocio a Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, así como elaborar los modelos de contratos y convenios y otros instrumentos jurídicos y revisar jurídicamente los proyectos de contratos y convenios y otros instrumentos jurídicos y en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios que resulten de los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones y alianzas antes referidas, y atender las consultas jurídicas relacionadas a dichos ámbitos, excepto en las materias competencia de otras áreas de la Dirección Jurídica;
II. a VII. ...
VIII. Proponer, coordinar y desarrollar las medidas para el apoyo y seguimiento en la implementación de las acciones jurídicas relacionadas con los proyectos y modelos de negocio, alianzas y asociaciones, con el apoyo del área o áreas competentes de la Subdirección Jurídica de Operación Regional;
IX. y X. ...
Artículo 160. ...
I. Brindar asesoría jurídica en el diseño, coordinación, implementación y ejecución de los proyectos y modelos de negocio a Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, así como elaborar los modelos de contratos y convenios y otros instrumentos jurídicos y revisar jurídicamente los proyectos de contratos y convenios y otros instrumentos jurídicos y en los que Pemex o sus Empresas Productivas Subsidiarias sean contratadas para prestar servicios que resulten de los esquemas contractuales o contratos aprobados para la implementación de los proyectos y modelos de negocio y de las asociaciones y alianzas antes referidas, y atender las consultas jurídicas relacionadas a dichos ámbitos, excepto en las materias competencia de otras áreas de la Dirección Jurídica;
II. a VII. ...
VIII. Proponer, coordinar y desarrollar las medidas para el apoyo y seguimiento en la implementación de las acciones jurídicas relacionadas con los proyectos y modelos de negocio, alianzas y asociaciones, con el apoyo del área o áreas competentes de la Subdirección Jurídica de Operación Regional;
IX. a XIV. ...
Artículo 166. ...
I. y II. ...
III. Apoyar a la Subdirección Jurídica de Proyectos y Negocios, en los asuntos que deriven de la ejecución de los proyectos y modelos de negocio y de las alianzas y asociaciones;
IV. ...
V. Coordinar la revisión jurídica de los proyectos de contratos, convenios y otros instrumentos jurídicos, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros en las regiones;
VI. a X. ...
Artículo 167. ...
I. a III. ...
IV. Revisar los proyectos de contratos, convenios, escrituras, poderes, entre otros instrumentos jurídicos, que pretendan celebrar Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros;
V. a VII. ...
VIII. Atender, en coordinación con la Subdirección Jurídica de Proyectos y Negocios, los asuntos que deriven de la ejecución de los proyectos y modelos de negocio y de las alianzas y asociaciones;
IX. a XII. ...
XIII. Asesorar en los procedimientos de contratación y en actividades previas a los mismos, así como en la ejecución de los contratos y convenios, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros.
Artículo 168. ...
 
I. y II. ...
III. Atender los procedimientos judiciales, administrativos, arbitrales, conciliaciones, mecanismos y medios alternativos de solución de controversias o controversias en materia laboral, civil, mercantil, fiscal, administrativa, penal, agraria, seguridad industrial y protección ambiental, así como procedimientos constitucionales, y administrar la cartera correspondiente;
IV. Revisar los proyectos de contratos, convenios, escrituras, poderes, entre otros instrumentos jurídicos, que pretendan celebrar Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros;
V. a VII. ...
VIII. Atender, en coordinación con la Subdirección Jurídica de Proyectos y Negocios, los asuntos que deriven de la ejecución de los proyectos y modelos de negocio y de las alianzas y asociaciones;
IX. a XII. ...
XIII. Asesorar en los procedimientos de contratación y en actividades previas a los mismos, así como en la ejecución de los contratos y convenios, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros.
Artículo 169. ...
I. y II. ...
III. Atender los procedimientos judiciales, administrativos, arbitrales, conciliaciones, mecanismos y medios alternativos de solución de controversias o controversias en materia laboral, civil, mercantil, fiscal, administrativa, penal, agraria, seguridad industrial y protección ambiental, así como procedimientos constitucionales, y administrar la cartera correspondiente;
IV. Revisar los proyectos de contratos, convenios, escrituras, poderes, entre otros instrumentos jurídicos, que pretendan celebrar Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros;
V. a VII. ...
VIII. Atender, en coordinación con la Subdirección Jurídica de Proyectos y Negocios, los asuntos que deriven de la ejecución de los proyectos y modelos de negocio y de las alianzas y asociaciones;
IX. a XII. ...
XIII. Asesorar en los procedimientos de contratación y en actividades previas a los mismos, así como en la ejecución de los contratos y convenios, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros.
Artículo 170. ...
I. y II. ...
III. Atender los procedimientos judiciales, administrativos, arbitrales, conciliaciones, mecanismos y medios alternativos de solución de controversias o controversias en materia laboral, civil, mercantil, fiscal, administrativa, penal, agraria, seguridad industrial y protección ambiental, así como procedimientos constitucionales, y administrar la cartera correspondiente;
IV. Revisar los proyectos de contratos, convenios, escrituras, poderes, entre otros instrumentos jurídicos, que pretendan celebrar Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros;
V. a VII. ...
VIII. Atender, en coordinación con la Subdirección Jurídica de Proyectos y Negocios, los asuntos que deriven de la ejecución de los proyectos y modelos de negocio y de las alianzas y asociaciones;
IX. a XII. ...
XIII. Asesorar en los procedimientos de contratación y en actividades previas a los mismos, así como en la ejecución de los contratos y convenios, incluidos aquéllos en los que Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias presten servicios a terceros.
Artículo 190. El sistema institucional para las Inversiones Vinculadas a la Cadena de Valor será obligatorio para Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales y permitirá
contar con el sustento para las diferentes fases de los proyectos de inversión de capital, las asociaciones y alianzas estratégicas, desinversiones y proyectos productivos desarrollados por terceros a solicitud de Pemex, sus Empresas Productivas Subsidiarias y, en su caso, Empresas Filiales.
...
...
Artículo 199. La normativa interna de Pemex y sus Empresas Productivas Subsidiarias deberá contar con la revisión y sanción jurídica, por parte de la Dirección Jurídica, la cual revisará que dicha normativa guarde congruencia con las disposiciones jurídicas aplicables, y con las demás normas de Pemex y de sus Empresas Productivas Subsidiarias. Asimismo, dicha normativa contará con un dictamen de apego al Sistema de Control Interno y al proceso regulatorio, emitido por la Unidad de Control Interno Institucional.
Artículo 204. El Director General, los directores corporativos, el Director Jurídico, el Titular de la Unidad de Control Interno Institucional, el Director Operativo de Procura y Abastecimiento, los subdirectores, coordinadores y gerentes, en el ámbito de su competencia, designarán por escrito a los servidores públicos que deban suplir las ausencias temporales de su personal.
La designación a que se refiere este artículo deberá recaer en servidores públicos que se encuentren adscritos al área del personal al que suplan.
Artículo 205. Se deroga."
TRANSITORIO
ÚNICO. La presente modificación al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La presente modificación al Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos fue aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el artículo 13, fracción XVI, de la Ley de Petróleos Mexicanos, en sesión 929 Ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2018, mediante Acuerdo CA-114/2018.
Ciudad de México, a 24 de julio de 2018.- Suplente por ausencia del Titular de la Dirección Jurídica según Acuerdo DG/262/2018, la Subdirectora de Consultoría Jurídica, Silvia Oropeza Querejeta.- Rúbrica.
(R.- 471276)
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 06/06/2023

DOLAR
17.4732

UDIS
7.773047

TIIE 28 DIAS
11.5000%

TIIE 91 DIAS
11.5055%

TIIE DE FONDEO
11.19%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

113

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2022