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DOF: 23/08/2018
ACUERDO por el que se modifica y adiciona el diverso por el que se determina la sede y circunscripción territorial de las Delegaciones y Subdelegaciones Federales, Delegaciones y Subdelegaciones Locales del Instituto Nacional de Migración

ACUERDO por el que se modifica y adiciona el diverso por el que se determina la sede y circunscripción territorial de las Delegaciones y Subdelegaciones Federales, Delegaciones y Subdelegaciones Locales del Instituto Nacional de Migración.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional de Migración.

GERARDO ELÍAS GARCÍA BENAVENTE, Comisionado del Instituto Nacional de Migración, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 17, 17 Bis y 27, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 19 y 20 de la Ley de Migración; 2, Apartado C, fracción III, 70, fracción I y 77 último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su meta nacional "México con Responsabilidad Global", establece que el país debe ser una fuerza positiva y propositiva en el mundo por lo que se debe reafirmar el compromiso con la movilidad internacional de personas de manera segura para recobrar el liderazgo en beneficio de las grandes causas globales;
Que la estrategia 5.4.3 de dicho Plan establece la aspiración de facilitar la movilidad internacional de personas en beneficio del desarrollo nacional, a través del diseño de mecanismos de facilitación migratoria para afianzar la posición de México como destino turístico y de negocio;
Que el Programa Especial de Migración en su Objetivo 3, dispone que la consolidación de una política migratoria integral de Estado implica una gestión migratoria acorde con el proyecto de desarrollo nacional, a fin de lograr el posicionamiento de México como destino turístico y de negocios, así como la facilitación de la movilidad internacional de personas de manera ordenada, segura y ágil, sin menoscabo de la seguridad fronteriza y la seguridad humana;
Que el artículo 19 de la Ley de Migración determina que el Instituto Nacional de Migración es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la propia Secretaría;
Que el artículo 20 de la Ley de Migración prevé como atribuciones del Instituto Nacional de Migración, entre otras, las de instrumentar la política en materia migratoria, así como la de tramitar y resolver sobre la internación, estancia y salida del país de los extranjeros, en los casos señalados en la propia Ley;
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 77, último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración contará con delegaciones y subdelegaciones federales, delegaciones y subdelegaciones locales en las entidades federativas, las cuales ejercerán sus funciones en las circunscripciones territoriales que determine el Comisionado mediante acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación;
Que el 4 de abril de 2013 el Instituto Nacional de Migración publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determina la sede y circunscripción territorial de las Delegaciones y Subdelegaciones Federales, Delegaciones y Subdelegaciones Locales del Instituto Nacional de Migración, con el objeto de otorgar certeza jurídica a los particulares y usuarios, respecto de la ubicación de las instalaciones físicas del Instituto Nacional de Migración en las cuales se prestan los servicios migratorios;
Que el 10 de diciembre de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se determina la sede y circunscripción territorial de las delegaciones y subdelegaciones federales, delegaciones y subdelegaciones locales del Instituto Nacional de Migración, a que se refiere el párrafo precedente, con objeto de adecuar la infraestructura del Instituto Nacional de Migración para lograr una gestión migratoria ágil y expedita;
Que el 29 de enero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, mediante el cual se sustituyó la denominación del Distrito Federal por la de Ciudad de México;
Que el 29 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se fija como lugar destinado al tránsito internacional de personas, el cruce vehicular Chactemal, lugar en el que
se estableció la Subdelegación Estatal Chactemal del Instituto Nacional de Migración;
Que a efecto de armonizar el Acuerdo de referencia con las reformas legislativas y administrativas mencionadas, así como con la estructura orgánica actual del Instituto Nacional de Migración, fortalecer la operación institucional y regular los fenómenos sociodemográficos, resulta necesario modificar el Acuerdo por el que se determina la sede y circunscripción territorial de las Delegaciones y Subdelegaciones Federales, Delegaciones y Subdelegaciones Locales del Instituto Nacional de Migración, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA Y ADICIONA EL DIVERSO POR EL QUE SE DETERMINA LA
SEDE Y CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE LAS DELEGACIONES Y SUBDELEGACIONES
FEDERALES, DELEGACIONES Y SUBDELEGACIONES LOCALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE
MIGRACIÓN
Artículo Único. Se modifica el Artículo 3, Numeral 9, Incisos a) al g); y se adiciona el Artículo 3, Numeral 23, con un Inciso w), del Acuerdo por el que se determina la sede y circunscripción territorial de las Delegaciones y Subdelegaciones Federales, Delegaciones y Subdelegaciones Locales del Instituto Nacional de Migración, para quedar como sigue:
Artículo 3.- ...
DELEGACIÓN O SUBDELEGACIÓN
SEDE
1. a 8. ...
 
9. Delegación Federal en la Ciudad de México
Ciudad de México.
a)    Subdelegación Federal
Ciudad de México.
b)    Subdelegación Federal Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México
Instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
c)     Delegación Local Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Terminal 1 "A"
Instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
d)    Delegación Local Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Terminal 1 "B"
Instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
e)    Delegación Local Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Terminal 2 "A"
Instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
f)     Delegación Local Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Terminal 2 "B"
Instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
g)    14 Subdelegaciones Locales en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México
Instalaciones del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México.
10. a 22. ...
 
23. ...
 
a) a v) ...
 
w)    Subdelegación Local Chactemal
Othón P. Blanco, Quintana Roo.
24. a 32. ...
 
TRANSITORIOS
Primero. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las erogaciones que, en su caso, sean necesarias para cumplir con la entrada en vigor del presente Acuerdo, se realizarán con cargo al presupuesto aprobado del Instituto Nacional de Migración, por lo que no requerirá de recursos adicionales para tales efectos y no incrementará su presupuesto regularizable para el presente ejercicio fiscal.
Dado en la Ciudad de México, a 14 de mayo de 2018.- El Comisionado, Gerardo Elías García
Benavente.- Rúbrica.
(R.- 472328)
 

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