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DOF: 23/11/2018 |
ACUERDO CCNO/23/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas ACUERDO CCNO/23/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos. ACUERDO CCNO/23/2018 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA EXCLUSIÓN DE TURNO DE NUEVOS ASUNTOS AL TERCER TRIBUNAL UNITARIO DEL DECIMONOVENO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN REYNOSA, TAMAULIPAS. CONSIDERANDO PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones; SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes; TERCERO. El artículo 81, fracción XXIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal, para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los Tribunales de Circuito o de los Juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; CUARTO. El Acuerdo General 12/2018 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funciones del Sexto Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Unitarios del Circuito y residencia indicados y a la creación de la oficina de correspondencia común que les prestará servicio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de junio de dos mil dieciocho. El artículo 4 del citado Acuerdo establece que los nuevos asuntos que se presenten ante la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, del uno al treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, se remitirían al Sexto Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas. QUINTO. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos advierte que el número de asuntos radicados en los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito con sede en Reynosa, Tamaulipas, a la fecha no se ha equilibrado. Por tanto, considera oportuno decretar la exclusión temporal del turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas. Por ello, a fin de evitar que la determinación de instalar el Sexto Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, pierda eficacia, se determina una medida de exclusión del turno de nuevos asuntos que comprenderá del veintiséis de noviembre al diez de diciembre de dos mil dieciocho, la cual coadyuvará razonablemente al equilibrio de las cargas de trabajo entre los mismos. Por lo anterior, se expide el siguiente: ACUERDO Artículo 1. Se excluye temporalmente del turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, del veintiséis de noviembre al diez de diciembre de dos mil dieciocho. Artículo 2. Los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, en el periodo de exclusión del veintiséis de noviembre al diez de diciembre de dos mil dieciocho, se remitirán al Sexto Tribunal Unitario del referido Circuito y residencia a través del sistema computarizado de recepción y distribución que se utiliza para esos efectos, con excepción de los asuntos relacionados en términos de lo previsto en los artículos 45, fracción II y 46 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, que serán turnados al Tribunal que cuente con los antecedentes. Artículo 3. Al concluir el periodo de exclusión, los nuevos asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, se distribuirán a través del sistema computarizado de recepción y distribución de asuntos que se utiliza para esos efectos entre los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas. Artículo 4. Los titulares de los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito, con sede en Reynosa, Tamaulipas, deberán informar a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la conclusión del periodo de exclusión de turno indicado, los datos señalados en el cuadro siguiente: MOVIMIENTO TOTAL DE ASUNTOS. PERIODO DEL 26 DE NOVIEMBRE AL 10 DE DICIEMBRE DE 2018. ÓRGANO | EXISTENCIA INICIAL | INGRESO | EGRESO | EXISTENCIA FINAL | TRÁMITE | PENDIENTES DE RESOLVER | | | | | | | Artículo 5. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos podrá concluir anticipadamente o ampliar la medida propuesta. Artículo 6. La Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, podrá interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación de este Acuerdo, en el ámbito de su competencia. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en internet. TERCERO. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Unitarios del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, fijará avisos en lugar visible con relación a la medida objeto del presente Acuerdo. EL MAGISTRADO JOSÉ MANUEL VILLEDA AYALA, SECRETARIO EJECUTIVO DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/23/2018 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la exclusión de turno de nuevos asuntos al Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, con residencia en Reynosa, Tamaulipas, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria de doce de noviembre de dos mil dieciocho, por los señores Consejeros: Presidenta Martha María del Carmen Hernández Álvarez, Felipe Borrego Estrada y J. Guadalupe Tafoya Hernández.- Ciudad de México, a doce de noviembre de dos mil dieciocho.- Conste.- Rúbrica.
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