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DOF: 22/02/2019 |
ACUERDO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para presentar las declaraciones de situación patrimonial ACUERDO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para presentar las declaraciones de situación patrimonial. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública. IRMA ERÉNDIRA SANDOVAL BALLESTEROS, Secretaria de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 14 y 37 fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción I, 3, fracciones XXIV y XXV, 4, fracción I, 6, 7, fracciones I, II y III, 9, fracción I, 32, 34 y Tercero transitorio, penúltimo párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 1 y 2, fracción IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y CONSIDERANDO Que la Secretaría de la Función Pública está facultada para normar el registro de servidores públicos de la Administración Pública Federal, en relación con las declaraciones patrimoniales y de intereses que deban presentar, de acuerdo con el artículo 37, fracción XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Que el 29 de abril de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para presentar las declaraciones de situación patrimonial", mismo que contiene el instructivo para su llenado, señalando que los formatos estarán disponibles en el sistema declaraNetplus a través de la dirección electrónica www.declaranet.gob.mx, estableciendo este medio remoto de comunicación electrónica, como el único para presentar la declaración de situación patrimonial ante la Secretaría de la Función Pública. Que el 21 de octubre de 2016, se publicó en el referido órgano de difusión oficial el "Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para presentar las declaraciones de situación patrimonial", a fin de modificar los apartados a requisitar en el sistema declaraNetplus, con el propósito de adecuar los rubros y apartados de dicho sistema. Que con fundamento en el artículo Tercero Transitorio, párrafo sexto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, una vez que entrara en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas y hasta en tanto el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción determinará los formatos para la presentación de las declaraciones patrimonial y de intereses, los servidores públicos de todos los órdenes de gobierno presentarán sus declaraciones en los formatos utilizados en el ámbito federal. Que de conformidad con el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2017 por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer la obligación de presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se establecieron los supuestos de exigibilidad para la presentación de las declaraciones patrimoniales y de conflicto de interés. Que en atención al Segundo Transitorio del "Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones de situación patrimonial y de intereses; y expide las normas e instructivo para su llenado y presentación", se señaló que el formato emitido por el Comité Coordinador sería utilizado por los servidores públicos de manera obligatoria para presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses cuando sea técnicamente posible la interoperabilidad de los sistemas de evolución patrimonial y de declaración de intereses, a que hace referencia la fracción I del artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, con la Plataforma Digital Nacional del Sistema Nacional Anticorrupción; entre tanto, se determinó la utilización de los formatos y la normatividad vigente y utilizable, a través de las plataformas o medios operables al día en que se genere la obligación de presentar la declaración que corresponda por parte de los servidores públicos de todos los órdenes de gobierno, acorde a lo señalado en el Tercero Transitorio del Acuerdo citado. Que es un compromiso de la Secretaría de la Función Pública combatir la corrupción estructural, generando una nueva ética en el gobierno, fomentando la publicidad de los datos patrimoniales y de conflicto de interés de los servidores públicos, lo que exige el rediseño de las declaraciones patrimoniales, con el propósito de evitar la simulación de la transparencia de su patrimonio y enfatizando la separación de los bienes privados de la esfera pública. Que el formato actual prevé supuestos que permiten no hacer públicos en ingresos netos, los recibidos por actividad industrial, y/o comercial, financiera y otros, así como el monto total de los ingresos considerando a los antes citados, en bienes inmuebles, el valor de la contraprestación y moneda, en bienes muebles, el valor de la contraprestación y moneda, en vehículos, el valor de la contraprestación y moneda, en inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores, el saldo y en adeudos, el monto original, el saldo y el monto de los pagos realizados, por lo que a fin de transparentar la totalidad de los rubros por los cuales los servidores públicos por el desempeño de su empleo, cargo o comisión, así como atendiendo al principio de máxima publicidad, es necesario se eliminen del formato dichas reservas parciales. Que en virtud de lo expuesto y en ejercicio de las facultades y atribuciones que le fueron conferidas a esta Secretaría de la Función Pública, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO ARTÍCULO PRIMERO.- Se REFORMA el numeral 3.5 del "INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL"; para quedar como sigue: (...) 3.5. Publicidad de los datos patrimoniales. Para hacer pública su declaración patrimonial, elegir la opción "SI". Al elegir esta opción manifiesta de forma libre, específica e informada hacer pública la siguiente información: . En ingresos netos, los correspondientes a los recibidos por actividad industrial y/o comercial, financiera y otros, así como el monto total de los ingresos. ⢠En bienes inmuebles, el valor de la contraprestación y moneda. ⢠En bienes muebles, el valor de la contraprestación y moneda. ⢠En vehículos, el valor de la contraprestación y moneda. ⢠En inversiones, cuentas bancarias y otro tipo de valores, el saldo. ⢠En adeudos, el monto original, saldo y monto de los pagos realizados. De aceptar hacer pública su declaración patrimonial, los datos de terceros estarán protegidos conforme a las disposiciones de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados. En caso de oposición, seleccionar "NO". (...) TRANSITORIO ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Sufragio Efectivo. No Reelección. Ciudad de México, a 15 de febrero de 2019.- La Secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros.- Rúbrica.
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