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DOF: 25/03/2019
ANEXO del Acuerdo número 10/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019, publicado el 6 de marzo de 2019

ANEXO del Acuerdo número 10/02/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas para el ejercicio fiscal 2019, publicado el 6 de marzo de 2019. (Continúa en la Sexta Sección).

(Viene de la Cuarta Sección)
J). - Remitir en forma trimestral a "LA SEP", por conducto de las personas titulares de las áreas responsables del seguimiento de los "PROGRAMAS" señaladas en la cláusula NOVENA, los informes técnicos que emita sobre el ejercicio de los recursos financieros y productos que generen asignados para cada uno de los "PROGRAMAS", con el fin de verificar su correcta aplicación. La documentación original comprobatoria del gasto quedará en poder de (anotar nombre de la Autoridad Educativa Estatal responsable) de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", debiendo ésta remitir copia de dicha documentación a su órgano interno de control, y en su caso, a las áreas responsables de "LA SEP" cuando éstas se lo requieran;
K). - Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos financieros asignados a cada uno de los "PROGRAMAS" así como los productos que éstos hayan generado, que no se destinen a los fines autorizados, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables;
L). - Coordinarse con los/as representantes de las Direcciones Generales de "LA SEP", designadas como responsables de los "PROGRAMAS", para realizar visitas a las instalaciones en donde se realice su operación, con el fin de aportar comentarios y experiencias que fortalezcan la administración y ejecución de éstos;
M). - Brindar las facilidades necesarias para que las diferentes instancias revisoras federales y estatales lleven a cabo la fiscalización de la adecuada aplicación y ejercicio de los recursos públicos materia de este convenio, y
N). - Las demás obligaciones a su cargo establecidas en las "Reglas de Operación".
OCTAVA. - Compromisos Adicionales a cargo de "LA SEP": "LA SEP" a fin de apoyar el desarrollo y operación de los "PROGRAMAS", se compromete a:
A). - Brindar asesoría a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" respecto de los alcances de los "PROGRAMAS" y de sus "Reglas de Operación";
B). - Dar seguimiento, promover y evaluar el desarrollo de las actividades de formación, ejecución y difusión de los "PROGRAMAS";
C). - Realizar las aportaciones de recursos financieros previamente acordados con "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo pactado en la cláusula CUARTA de este convenio;
D). - Coordinar esfuerzos conjuntamente con "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para lograr la participación de otras instituciones públicas y organizaciones privadas y sociales, con base a las necesidades de los "PROGRAMAS";
E). - Realizar las acciones necesarias para la motivación, incorporación, establecimiento y seguimiento de los "PROGRAMAS" en el sistema educativo de la entidad federativa;
F). - Dar vista a las autoridades competentes en caso de detectar omisiones y/o inconsistencias en la información y documentación que remita "EL GOBIERNO DEL ESTADO", y
G). - Las demás obligaciones a su cargo establecidas en las "Reglas de Operación".
NOVENA. - Responsables del seguimiento de los "PROGRAMAS": Para la coordinación de las acciones acordadas en este convenio, "LA SEP" designa a las personas titulares de sus Direcciones Generales conforme se indica a continuación, quienes en el ámbito de sus respectivas competencias serán responsables del seguimiento, evaluación y cumplimiento de los "PROGRAMAS".
Programa
Dirección General Responsable
1.(indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
2.(indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
3.(indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
4.(indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
5.(indicar nombre del programa).
Dirección General de (indicar)
6.(indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" será responsable de llevar a cabo las acciones necesarias
para el correcto desarrollo y operación de los "PROGRAMAS", a través de los/as servidores/as públicos/as que al efecto designe la persona titular de la (anotar nombre de la Autoridad Educativa Estatal responsable), cuyos nombres y cargos hará por escrito del conocimiento de "LA SEP" dentro de los 10 (diez) días siguientes a la fecha de firma de este convenio, comprometiéndose a designar los equipos estatales que estarán a cargo de su desarrollo, los cuales deberán cumplir con las características técnicas exigidas por los "PROGRAMAS", buscando siempre optimizar en lo posible los recursos públicos federales que se asignen.
DÉCIMA. - Titularidad de los Derechos Patrimoniales de Autor: "LAS PARTES" acuerdan que la titularidad de los derechos patrimoniales de autor o cualesquiera otros derechos que se originen con motivo del presente convenio, corresponderá a ambas y podrán ser usados únicamente en beneficio de la educación a su cargo.
DÉCIMA PRIMERA.- Suspensión de subsidios: El subsidio materia de este convenio, podrá ser suspendido por "LA SEP", en el caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO": a).- Destine los recursos que reciba a un fin distinto al establecido en este convenio y/o su Anexo Único; b).- El retraso mayor a un mes contado a partir de la fecha prevista para la entrega de los informes a que se refiere el inciso J) de la cláusula SÉPTIMA de este instrumento; c).- El retraso mayor de dos semanas ante cualquier requerimiento de información que le solicite "LA SEP"; y d).- Cuando opere unilateralmente alguno de los "PROGRAMAS" o incumpla con sus obligaciones establecidas en este convenio, o en las "Reglas de Operación".
DÉCIMA SEGUNDA.- Relación Laboral: "LAS PARTES" acuerdan expresamente que el personal designado por cada una de ellas para la organización, ejecución, supervisión y cualesquiera otras actividades que se lleven a cabo con motivo de este instrumento, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte que lo designó, sin que se entienda en forma alguna, que en la realización de los trabajos desarrollados se pudiesen generar, o haber generado, derechos laborales o de otra naturaleza, con respecto a la otra parte.
Por lo anterior, "LAS PARTES" asumen plenamente la responsabilidad laboral del personal designado por cada una de ellas para la realización de las actividades materia de este convenio y de cada uno de los "PROGRAMAS", por lo que, en consecuencia, no existirá sustitución, subrogación ni solidaridad patronal entre "LAS PARTES" o con el personal adscrito a la otra.
DÉCIMA TERCERA. - Transparencia: "LAS PARTES" acuerdan que para fomentar la transparencia de los "PROGRAMAS", en la papelería y documentación oficial, así como en la publicidad y promoción de los mismos, deberá incluirse de forma clara, visible y audible según el caso, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
DÉCIMA CUARTA.- Contraloría Social: "LAS PARTES" acuerdan promover la participación de los/as beneficiarios/as de los "PROGRAMAS", a fin de verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los mismos, así como, contribuir a que el manejo de los recursos públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, por medio de la integración de Comités de Contraloría Social que coadyuven a transparentar el ejercicio de dichos recursos.
La constitución de los Comités de Contraloría Social podrá realizarse al interior de los Consejos Escolares de Participación Social o sus equivalentes ya establecidos en las escuelas, para fortalecer las formas organizativas de las comunidades educativas y fomentar la participación ciudadana en la gestión y vigilancia de la ejecución de los "PROGRAMAS".
Asimismo, "LAS PARTES" promoverán el establecimiento de las acciones de Contraloría Social, de conformidad a lo que disponen en la materia la Ley General de Desarrollo Social, los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, la Estrategia Marco, y considerando el Esquema de Contraloría Social, el Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social y la Guía Operativa de la Contraloría Social autorizados por la Secretaría de la Función Pública.
Los gastos generados en la promoción y operación de la Contraloría Social en los "PROGRAMAS" se obtendrán de los Gastos de Operación Local determinados en las "Reglas de Operación", en caso de que los mismos sean insuficientes "EL GOBIERNO DEL ESTADO" proporcionará los insumos necesarios de conformidad a lo pactado en la cláusula SEGUNDA de conformidad con la disponibilidad presupuestaria.
 
DÉCIMA QUINTA. - Mantenimiento de puestos Docentes y Directivos: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" procurará mantener estables los puestos del personal docente y directivo en las escuelas donde se desarrollen los "PROGRAMAS" durante las fases de su aplicación, con la finalidad de operar con mayor éxito los mismos y en su caso, reasignará al personal que garantice su continuidad cumpliendo con el perfil requerido.
DÉCIMA SEXTA.- Modificación: Convienen "LAS PARTES" que los términos y condiciones establecidos en el presente convenio, podrán ser modificados o adicionados en cualquier momento durante su vigencia, mediante la celebración del instrumento jurídico correspondiente, que formará parte integrante del mismo, obligándose a cumplir tales modificaciones o adiciones a partir de la fecha de su firma, en el entendido que éstas tendrán la finalidad de perfeccionar o coadyuvar en el cumplimiento de su objeto.
Asimismo, podrá ser concluido con antelación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de "LAS PARTES" con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la otra parte; pero en tal supuesto "LAS PARTES" tomarán las medidas necesarias a efecto de que las acciones que se hayan iniciado en el marco de este convenio, se desarrollen hasta su total conclusión.
DÉCIMA SÉPTIMA. - Vigencia: El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de su firma y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2019.
DÉCIMA OCTAVA.- Interpretación y Cumplimiento: "LAS PARTES" acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, así como, las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre las mismas, acorde con los propósitos de los "PROGRAMAS" y en el marco de lo dispuesto en sus "Reglas de Operación" y demás normativa aplicable, manifestando que cualquier adición o modificación al presente instrumento se hará de común acuerdo y por escrito.
DÉCIMA NOVENA. - Jurisdicción y Competencia: Para la interpretación y el cumplimiento de este convenio, "LAS PARTES" expresamente se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México, renunciando al fuero que en razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
Leído que fue el presente convenio por "LAS PARTES" y enteradas de su contenido y alcances legales, lo firman de conformidad al calce en cada una de sus fojas en cuatro tantos en la Ciudad de México, el (día) de (mes) de 2019.
Por: "LA SEP"
 
Por: "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
(grado académico, nombre y apellidos)
Subsecretario/a de Educación Básica
 
(grado académico, nombre y apellidos) Gobernador/a
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de ____________
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Secretario/a
de Gobierno o equivalente)
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de ____________
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Secretario/a
de Finanzas o equivalente)
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de ____________
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Secretario/a
de Educación o equivalente)
 
 
 
(grado académico, nombre y apellidos)
(Subsecretario/a de Educación Básica o equivalente)
ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO MARCO PARA LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES: (SEÑALAR LOS PROGRAMAS DEL TIPO BÁSICO), CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (NOMBRE DEL ESTADO), CON FECHA (DÍA) DE (MES) DE 2019 (CONSTA DE ANEXO ÚNICO).
 
ANEXO ÚNICO, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO MARCO PARA LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES: (INDICAR LOS PROGRAMAS DEL TIPO BÁSICO), CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (nombre del Estado), CON FECHA (día) DE (mes) DE 2019.
Programas sujetos a Reglas de Operación
Importe Base
Calendario de Ministración
1.(indicar nombre del Programa)
$(colocar en número el monto a ministrar) (colocar con letra el monto a ministrar)
(De acuerdo a la disponibilidad Presupuestaria)
2.(indicar nombre del Programa)
$(colocar en número el monto a ministrar) (colocar con letra el monto a ministrar)
(De acuerdo a la disponibilidad Presupuestaria)
3.(indicar nombre del Programa)
$(colocar en número el monto a ministrar) (colocar con letra el monto a ministrar)
(De acuerdo a la disponibilidad Presupuestaria)
4.(indicar nombre del Programa)
$(colocar en número el monto a ministrar) (colocar con letra el monto a ministrar)
(De acuerdo a la disponibilidad Presupuestaria)
5.(indicar nombre del Programa)
$(colocar en número el monto a ministrar) (colocar con letra el monto a ministrar)
(De acuerdo a la disponibilidad Presupuestaria)
6.(indicar nombre del Programa)
$(colocar en número el monto a ministrar) (colocar con letra el monto a ministrar)
(De acuerdo a la disponibilidad Presupuestaria)
 
Leído que fue el presente Anexo Único por "LAS PARTES" y enteradas de su contenido y alcances legales, lo firman de conformidad al calce en cada una de sus fojas en cuatro tantos en la Ciudad de México, el (día) de (mes) de 2019.
 
Por: "LA SEP"
 
Por: "EL GOBIERNO DEL ESTADO"
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Subsecretario/a de Educación Básica
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) Gobernador/a
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de ________
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Secretario/a de
Gobierno o equivalente)
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de _______
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Secretario/a de
Finanzas o equivalente)
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de _________
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Secretario/a de
Educación o equivalente)
 
 
 
(grado académico, nombre y apellidos) (Subsecretario/a
de Educación Básica o equivalente)
ÚLTIMA HOJA DEL ANEXO ÚNICO, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO MARCO PARA LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS FEDERALES: (SEÑALAR LOS PROGRAMAS DEL TIPO BÁSICO), CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE (NOMBRE DEL ESTADO), CON FECHA (DÍA) DE (MES) DE 2019.
(MES) DE (AÑO) (CONSTA DE ANEXO ÚNICO).
 
LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS: (indicar los programas del tipo básico sujetos a reglas de operación), EN LO SUCESIVO LOS "PROGRAMAS"; QUE ESTABLECEN LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA, EN LO SUCESIVO "LA SEB" REPRESENTADA POR SU TITULAR EL/LA(grado académico, nombre y apellidos) , ASISTIDO/A POR EL/LA (indicar grado académico, nombre y apellidos del/de la director/a general que asista según el programa) DIRECTOR/A GENERAL DE (indicar denominación del cargo del/de la director/a general que asista según el programa), (indicar grado académico, nombre y apellidos del/de la director/a general que asista según el programa) DIRECTOR/A GENERAL DE (indicar denominación del cargo del/de la director/a general que asista según el programa) y (indicar grado académico, nombre y apellidos del/de la director/a general que asista según el programa) DIRECTOR/A GENERAL DE (indicar denominación del cargo del/de la director/a general que asista según el programa) Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO "LA AEFCM", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL/LA (grado académico, nombre y apellidos), ASISTIDO POR EL/LA (indicar grado académico, nombre y apellidos) TITULAR DE (indicar denominación del cargo del/de la funcionario/a que asista) DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LINEAMIENTOS:
ANTECEDENTES
I.- El Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la educación pública de calidad, como lo señala el Artículo 3o. Constitucional en su párrafo tercero, generando para ello las condiciones necesarias para impartir una educación básica pública incluyente y equitativa, a fin de garantizar que niñas, niños y adolescentes mexicanos tengan acceso y culminen en tiempo y forma una educación básica que les otorgue las competencias necesarias para su adecuada incorporación al mundo adulto.
II.- El presente instrumento para el desarrollo de los "PROGRAMAS" sujetos a Reglas de Operación a cargo de "LA SEB", tiene como propósito impulsar el desarrollo educativo en la Ciudad de México, con el fin de fortalecer los aprendizajes de las/os alumnas/os de preescolar, primaria y secundaria, del fortalecimiento de sus docentes.
III.- El Gobierno de México, con objeto de impulsar políticas educativas en las que se promueva la corresponsabilidad entre las entidades federativas, las comunidades escolares y el propio Gobierno de México, ha puesto en marcha diversos programas tendientes a mejorar la calidad escolar y el rendimiento de los educandos en todo el país.
Entre los "PROGRAMAS" a los que se ha comprometido "LA AEFCM" se encuentran los siguientes, cuyos objetivos generales son:
(nombre del programa): (indicar objetivo general)
(nombre del programa): (indicar objetivo general)
(nombre del programa): (indicar objetivo general)
(nombre del programa): (indicar objetivo general)
(nombre del programa): (indicar objetivo general)
(nombre del programa): (indicar objetivo general)
IV.- El Gobierno de México por conducto de la Secretaría de Educación Pública y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, con fecha ___ de___ de 2019, celebraron el "Acuerdo de Traspaso de Recursos Destinados a la Operación de los Programas de Educación Básica sujetos a reglas de operación, mismo en el que se consignaron los montos de los "PROGRAMAS".
V.- De conformidad con lo establecido por el artículo __ del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019 y con objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, los "PROGRAMAS" se encuentran sujetos a Reglas de Operación, en lo sucesivo las "Reglas de Operación", publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días __, __, __, ___ y __ de _________ de 2019.
DECLARACIONES
I.- De "LA SEB":
I.1.- Que es una unidad administrativa de la Secretaría de Educación Pública, a la que le corresponde, entre otras atribuciones: planear, programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades de las unidades administrativas adscritas a la misma, y proponer en el ámbito de su competencia, lineamientos y normas para el mejor funcionamiento de los órganos desconcentrados de la dependencia.
 
I.2.- Que el/la (grado académico, nombre y apellidos), Subsecretario(a) de Educación Básica, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005 y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el día 25 de enero de 2017.
I.3.- Que el/la (grado académico, nombre y apellidos de la/del Director/a), Director/a General de (denominación), asiste en este acto a la/el Subsecretario/a de Educación Básica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
I.4.- Que el/la (grado académico, nombre y apellidos de la/del Director/a), Director/a General de (denominación), asiste en este acto a la/el Subsecretario/a de Educación Básica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
I.5.- Que el/la (grado académico, nombre y apellidos de la/del Director/a), Director/a General de (denominación), asiste en este acto a la/el Subsecretario/a de Educación Básica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo (precisar) del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.
I.6.- Que cuenta con los recursos necesarios para la celebración de este instrumento en el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal de 2019.
I.7.- Que para los efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en la calle de República de Argentina No. 28, primer piso, oficina 2005, Colonia Centro Histórico, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II.- De "LA AEFCM":
II.1.- Que de conformidad con los artículos 1 º. y 3o del "Decreto por el que se reforma el diverso por el que se crea la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, publicado el 21 de enero de 2005" (DECRETO) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2005, y 2o., inciso B, fracción I, 45 y 46 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero del 2005, la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, con autonomía técnica y de gestión, a la que le corresponde ejercer entre otras: las atribuciones que conforme a Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables, corresponden a la Secretaría de Educación Pública en materia de prestación de los servicios de educación inicial, preescolar, básica -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, en el ámbito de la Ciudad de México, salvo aquéllas que las disposiciones legales o reglamentarias atribuyan expresamente al Titular de la Dependencia.
II.2.- Que él/la (grado académico, nombre y apellidos), Titular de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, suscribe los presentes lineamientos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o. fracción IX, del "DECRETO", y el Apartado VII. Funciones, numerales 2, 8 y 22 del "Manual General de Organización de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2005.
II.3.- Que para los efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Parroquia No. 1130, 6o. piso, Colonia Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03310, en la Ciudad de México.
II.4.- Que cuenta con los recursos humanos, materiales y financieros para dar cumplimiento en el ejercicio fiscal de 2019, a los compromisos que adquiere mediante el presente instrumento.
"LA SEB" y "LA AEFCM", en cumplimiento a sus atribuciones y con el objeto de llevar a cabo la operación y desarrollo de los "PROGRAMAS" en la Ciudad de México, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación", suscriben el presente instrumento de conformidad con los siguientes:
LINEAMIENTOS
Primero. - Objeto: Es objeto de estos lineamientos, establecer las bases de coordinación entre "LA SEB" y "LA AEFCM", con el fin de que, en el ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones, unan su experiencia, esfuerzos y recursos para llevar a cabo la operación de los "PROGRAMAS" en la Ciudad de México, de conformidad con las "Reglas de Operación" y con la finalidad de realizar las acciones que permitan el cumplimiento de los objetivos para los cuales fueron creados y documentarlas.
Segundo. - Coordinación: "LA SEB" y "LA AEFCM" acuerdan coordinarse para operar en el ámbito de sus respectivas competencias, los recursos humanos, financieros y materiales asignados para la operación de los "PROGRAMAS", ajustándose a lo establecido en este instrumento y en sus correspondientes "Reglas de Operación", comprometiéndose a lo siguiente:
 
A). - Promover la obtención de apoyos económicos en efectivo y/o en especie, entre los sectores social, público y privado, con objeto de fortalecer el financiamiento de los "PROGRAMAS", que permitan optimizar el cumplimiento de sus objetivos específicos, canalizando los recursos que se obtengan a través de esquemas que "LA AEFCM" tenga establecidos;
B). - Elaborar el Plan Anual de Trabajo o su equivalente, que deberá apegarse a cada uno de los "PROGRAMAS" según corresponda, el cual deberá considerar las acciones al cierre del ciclo escolar vigente y del ciclo escolar siguiente;
C). - Unir esfuerzos para que derivado de la experiencia adquirida en la operación de los "PROGRAMAS", se inicie un proceso de mejora de las "Reglas de Operación", y
D). - Designar, dentro de la unidad responsable de educación básica de "LA AEFCM" a la persona o personas que fungirán como responsables de la operación de los "PROGRAMAS", buscando en ello la integración de equipos de trabajo cuando así se considere conveniente.
Tercero.- "Reglas de Operación": Con objeto de optimizar el desarrollo de cada uno de los "PROGRAMAS" y estandarizar su forma de operación, atendiendo a la naturaleza específica de cada uno de éstos, con base en la experiencia adquirida durante su aplicación, "LA SEB" y "LA AEFCM" se comprometen a colaborar para lograr que los criterios de elaboración de las "Reglas de Operación" se uniformen, con el fin de actualizarlas en sus especificaciones particulares o aspectos administrativos y financieros, ajustándolas a lo previsto por el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, sin menoscabo de llevar a cabo aquellos ajustes necesarios para la optimización de la operación de los "PROGRAMAS".
Para lograr tal objetivo, se comprometen a:
A). - Sujetarse a los lineamientos, políticas y disposiciones generales y específicas que en materia de elaboración de las "Reglas de Operación" determine la Secretaría de la Función Pública, con el objeto de alcanzar los niveles esperados de eficacia, eficiencia, equidad y transparencia de los "PROGRAMAS";
B). - Analizar conjuntamente las "Reglas de Operación", a fin de determinar en cada caso, aquellas normas particulares que habrán de ser de aplicación continua y que en el futuro no requieran tener ajustes de importancia;
C). - Determinar aquellas normas concretas, que por su propia naturaleza sea necesario ajustar, para darle a los "PROGRAMAS" la viabilidad necesaria en materia administrativa y financiera, y
D). - Procurar que los "PROGRAMAS" comiencen a operar al inicio del ejercicio fiscal correspondiente.
Cuarto. - Aportación de "LA SEB": "LA SEB" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2019, aportará a "LA AEFCM" hasta la cantidad de $(cantidad con número) (cantidad con letra Pesos __/100 M.N.), para que la destine y ejerza exclusivamente en la operación y desarrollo de los "PROGRAMAS", de conformidad con la tabla de distribución indicada en el Acuerdo de Traspaso referido en el apartado de ANTECEDENTES de este instrumento.
Dicha cantidad será ministrada como subsidio por "LA SEB" a "LA AEFCM", con base en su disponibilidad presupuestaria, calendario de ministraciones vigente y lo dispuesto para tales efectos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019, de acuerdo a los criterios y requisitos de distribución que establecen las "Reglas de Operación" de cada uno de los "PROGRAMAS".
En caso de que "LA SEB" aporte a "LA AEFCM" recursos adicionales para alguno de los "PROGRAMAS" conforme lo establezcan las "Reglas de Operación", dichas aportaciones se formalizarán mediante la suscripción de un addendum al presente instrumento, en el cual "LA AEFCM" se obligue a destinar y ejercer dichos recursos exclusivamente para el desarrollo y operación de los "PROGRAMAS" respectivos, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" correspondientes.
Quinto. - Destino: "LA AEFCM" se obliga a destinar los recursos que reciba de "LA SEB" exclusivamente al cumplimiento de los compromisos que derivan a su cargo de las "Reglas de Operación" para cada uno de los "PROGRAMAS", observando en todo tiempo lo establecido en las mismas, por lo que, en ningún caso dichos recursos podrán ser destinados a otro fin, que no sea la consecución de los objetivos de los "PROGRAMAS".
Sexto. - Compromisos adicionales a cargo de "LA AEFCM": Toda vez que los recursos que se ministrarán como subsidio por "LA SEB" a "LA AEFCM", acorde con los términos de cada uno de los "PROGRAMAS" son de origen federal, su administración será responsabilidad de "LA AEFCM" en los términos de las "Reglas de Operación", obligándose ésta a:
 
A). - Destinar los recursos financieros que le aporte "LA SEB" y los propios que, en su caso, aporte en los términos de este instrumento, exclusivamente para la operación de los "PROGRAMAS" de conformidad con sus "Reglas de Operación";
B). - Elaborar los informes previstos para los "PROGRAMAS" en sus "Reglas de Operación", así como los que al efecto le solicite "LA SEB";
C). - Proporcionar y cubrir los costos del personal directivo y administrativo que requiera para la operación de cada uno de los "PROGRAMAS";
D). - Establecer una contabilidad independiente para cada uno de los "PROGRAMAS";
E). - Recibir, resguardar y administrar los recursos que con motivo de este instrumento reciba de "LA SEB", de acuerdo con los procedimientos que determine la normatividad aplicable vigente;
F). - Promover la difusión de los "PROGRAMAS" y otorgar las facilidades necesarias para el desarrollo de sus actividades;
G). - Notificar oportunamente a "LA SEB", en su caso, el replanteamiento de las partidas presupuestarias en los recursos que requiera el equipamiento inicial y la operación de los "PROGRAMAS", así como las subsecuentes aportaciones que, en su caso, se efectúen;
H). - Destinar los recursos que reciba de "LA SEB" y los productos que generen, exclusivamente para el desarrollo de los "PROGRAMAS" de conformidad con las "Reglas de Operación", lo establecido en estos lineamientos.
Realizado lo anterior y de persistir economías, se requerirá de la autorización de "LA SEB", a través de las Direcciones Generales designadas como responsables de cada uno de los "PROGRAMAS" indicadas en el lineamiento Octavo, para ejercer dichas economías en cualquier otro concepto relacionado con los "PROGRAMAS" no previsto en este instrumento, siempre y cuando dicha autorización no tenga como fin evitar el reintegro de recursos al final del ejercicio fiscal;
I). - Remitir en forma trimestral a "LA SEB", por conducto de las personas titulares de las áreas responsables del seguimiento de los "PROGRAMAS" señaladas en el lineamiento Octavo, los informes técnicos que emita sobre el ejercicio de los recursos financieros y productos que generen asignados para cada uno de los "PROGRAMAS", con el fin de verificar su correcta aplicación. La documentación original comprobatoria del gasto quedará en poder de "LA AEFCM", debiendo ésta remitir copia de dicha documentación a su órgano interno de control, y en su caso, a las áreas responsables de "LA SEB" cuando éstas se lo requieran;
J). - Reintegrar a la Tesorería de la Federación, los recursos financieros asignados a cada uno de los "PROGRAMAS" así como los productos que éstos hayan generado, que no se destinen a los fines autorizados, de conformidad con lo establecido en las "Reglas de Operación" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables;
K). - Coordinarse con los representantes de las Direcciones Generales de "LA SEB", designadas como responsables de los "PROGRAMAS", para realizar visitas a las instalaciones en donde se realice su operación, con el fin de aportar comentarios y experiencias que fortalezcan la administración y ejecución de éstos;
L). - Brindar las facilidades necesarias para que las diferentes instancias revisoras federales lleven a cabo la fiscalización de la adecuada aplicación y ejercicio de los recursos públicos materia de este instrumento, y
M). - Las demás obligaciones a su cargo establecidas en las "Reglas de Operación".
Séptimo. - Compromisos Adicionales a cargo de "LA SEB": "LA SEB" a fin de apoyar el desarrollo y operación de los "PROGRAMAS", se compromete a:
A). - Brindar asesoría a "LA AEFCM" respecto de los alcances de los "PROGRAMAS" y de sus "Reglas de Operación";
B). - Dar seguimiento, promover y evaluar el desarrollo de las actividades de formación, ejecución y difusión de los "PROGRAMAS";
C). - Realizar las aportaciones de recursos financieros previamente acordados con "LA AEFCM", de conformidad con lo pactado en el lineamiento Cuarto de este instrumento;
D). - Coordinar esfuerzos conjuntamente con "LA AEFCM" para lograr la participación de otras instituciones públicas y organizaciones privadas y sociales, con base a las necesidades de los "PROGRAMAS";
 
E). - Realizar las acciones necesarias para la motivación, incorporación, establecimiento y seguimiento de los "PROGRAMAS" en el sistema educativo de la Ciudad de México;
F). - Dar vista a las autoridades competentes en caso de detectar omisiones y/o inconsistencias en la información y documentación que remita "LA AEFCM", y
G). - Las demás obligaciones a su cargo establecidas en las "Reglas de Operación".
Octavo. - Responsables del seguimiento de los "PROGRAMAS": Para la coordinación de las acciones acordadas en este instrumento, "LA SEB" designa a las personas titulares de sus Direcciones Generales conforme se indica a continuación, quienes en el ámbito de sus respectivas competencias serán responsables del seguimiento, evaluación y cumplimiento de los "PROGRAMAS".
Programa
Dirección General Responsable
1. (indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
2. (indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
3. (indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
4. (indicar nombre del programa)
Dirección General de (indicar)
5. (indicar nombre del programa).
Dirección General de (indicar)
6. (indicar nombre del programa).
Dirección General de (indicar)
 
Por su parte, "LA AEFCM" será responsable de llevar a cabo las acciones necesarias para el correcto desarrollo y operación de los "PROGRAMAS", a través de los/as servidores/as públicos/as que al efecto designe su titular, cuyos nombres y cargos hará por escrito del conocimiento de "LA SEB" dentro de los 10 (diez) días siguientes a la fecha de firma de este instrumento, comprometiéndose a designar los equipos que estarán a cargo de su desarrollo, los cuales deberán cumplir con las características técnicas exigidas por los "PROGRAMAS", buscando siempre optimizar en lo posible los recursos públicos federales que se asignen.
Noveno. - Titularidad de los Derechos Patrimoniales de Autor: "LA SEB" y "LA AEFCM" acuerdan que la titularidad de los derechos patrimoniales de autor o cualesquiera otros derechos que se originen con motivo del presente instrumento, corresponderá a la Secretaría de Educación Pública y podrán ser usados únicamente en beneficio de la educación a su cargo.
Décimo.- Suspensión de Subsidios: El subsidio materia de este instrumento, podrá ser suspendido por "LA SEB", en el caso de que "LA AEFCM": a).- Destine los recursos que reciba a un fin distinto al establecido en este instrumento y/o el Acuerdo de Traspaso; b).- El retraso mayor a un mes contado a partir de la fecha prevista para la entrega de los informes a que se refiere el inciso J) del lineamiento Sexto de este instrumento; c).- El retraso mayor de dos semanas ante cualquier requerimiento de información que le solicite "LA SEB"; y d).- Cuando opere unilateralmente alguno de los "PROGRAMAS" o incumpla con sus obligaciones establecidas en este instrumento, o en las "Reglas de Operación".
Décimo Primero.- Personal: "LA SEB" y "LA AEFCM" acuerdan expresamente que el personal designado por cada una de ellas para la organización, ejecución, supervisión y cualesquiera otras actividades que se lleven a cabo con motivo de este instrumento, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de quien lo designó, sin que se entienda en forma alguna, que en la realización de los trabajos desarrollados se pudiesen generar, o haber generado, derechos laborales o de otra naturaleza, con respecto de una a la otra.
Por lo anterior, cada una asume la responsabilidad laboral del personal designado por cada una de ellas para la realización de las actividades materia de este instrumento y de cada uno de los "PROGRAMAS", por lo que, en consecuencia, no existirá sustitución, subrogación ni solidaridad patronal entre ellas o con el personal adscrito a la otra.
Décimo Segundo. - Transparencia: "LA SEB" y "LA AEFCM" acuerdan que para fomentar la transparencia de los "PROGRAMAS", en la papelería y documentación oficial, así como en la publicidad y promoción de los mismos, deberá incluirse de forma clara, visible y audible según el caso, la siguiente leyenda:
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
 
Décimo Tercero.- Contraloría Social: "LA SEB" y "LA AEFCM" acuerdan promover la participación de los/as beneficiarios/as de los "PROGRAMAS", a fin de verificar el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los mismos, así como, contribuir a que el manejo de los recursos públicos se realicen en términos de transparencia, eficacia, legalidad y honradez, por medio de la integración de Comités de Contraloría Social que coadyuven a transparentar el ejercicio de dichos recursos.
La constitución de los Comités de Contraloría Social podrá realizarse al interior de los Consejos Escolares de Participación Social o sus equivalentes ya establecidos en las escuelas, para fortalecer las formas organizativas de las comunidades educativas y fomentar la participación ciudadana en la gestión y vigilancia de la ejecución de los "PROGRAMAS".
Asimismo, "LA SEB" y "LA AEFCM" promoverán el establecimiento de las acciones de Contraloría Social, de conformidad a lo que disponen en la materia la Ley General de Desarrollo Social, los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, la Estrategia Marco, y considerando el Esquema de Contraloría Social, el Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social y la Guía Operativa de la Contraloría Social autorizados por la Secretaría de la Función Pública.
Los gastos generados en la promoción y operación de la Contraloría Social en los "PROGRAMAS" se obtendrán de los Gastos de Operación Local determinados en las "Reglas de Operación", en caso de que los mismos sean insuficientes "LA AEFCM" proporcionará los insumos necesarios de conformidad a lo pactado en el lineamiento SEGUNDO de conformidad con la disponibilidad presupuestaria.
Décimo Cuarto. - Mantenimiento de puestos Docentes y Directivos: "LA AEFCM" procurará mantener estables los puestos del personal docente y directivo en las escuelas donde se desarrollen los "PROGRAMAS" durante las fases de su aplicación, con la finalidad de operar con mayor éxito los mismos y en su caso, reasignará al personal que garantice su continuidad cumpliendo con el perfil requerido.
Décimo Quinto. - Modificación: Acuerdan "LA SEB" y "LA AEFCM" que los términos y condiciones establecidos en el presente instrumento, podrán ser objeto de modificación, previo acuerdo por escrito entre ellas.
Décimo Sexto. - Vigencia: Los presentes lineamientos surtirán sus efectos a partir de la fecha de su firma y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2019.
Décimo Séptimo. - Interpretación y Cumplimiento: Los asuntos que no estén expresamente previstos en estos lineamientos, así como, las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito, acorde con los propósitos de los "PROGRAMAS" y sus "Reglas de Operación", manifestando que cualquier adición o modificación al presente instrumento se hará de común acuerdo y por escrito.
Leído que fue el presente instrumento por "LA SEB" y "LA AEFCM" y enteradas de su contenido, lo firman en cuatro tantos en la Ciudad de México, el (día) de (mes) de 2019.
Por: "LA SEB"
 
Por: "LA AEFCM"
(grado académico, nombre y apellidos)
Subsecretario/a de Educación Básica
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Titular de la Autoridad Educativa Federal en la
Ciudad de México
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de ___________
 
 
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de __________
 
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de ________
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a General de _________
 
 
ÚLTIMA HOJA DE LOS LINEAMIENTOS INTERNOS DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS: (SEÑALAR LOS PROGRAMAS DEL TIPO BÁSICO), ESTABLECIDOS ENTRE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA Y LA AUTORIDAD EDUCATIVA FEDERAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CON FECHA (DÍA) DE (MES) DE (AÑO) (CONSTA DE ACUERDO DE TRASPASO).
 
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
CONVENIO DE COLABORACIÓN que celebran por una parte, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Educación Pública, en lo sucesivo "LA SEP", representada en este acto por el/la [precisar], Subsecretario/a de Educación Media Superior, asistido por el/la [precisar], Director/a del Programa de Becas de Educación Media Superior; y por la otra parte, el Gobierno del Estado Libre y Soberano de [precisar], en lo sucesivo "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA", representado por su Gobernador [grado académico, nombre y apellidos], asistido por el/la [grado, nombre y cargo]; a quienes en lo sucesivo de forma conjunta se les denominará como "LAS PARTES", de conformidad con los antecedentes, declaraciones y cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
I.     Los artículos 32 y 33 de la Ley General de Educación prevén que las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Para cumplir lo anterior dichas autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán programas con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos preferentemente a los estudiantes que enfrenten condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la educación.
II.     El [precisar] de [precisar] de [precisar] se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número [precisar] por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, mismo que entró en vigor el día [precisar], en adelante "LAS REGLAS".
       En el numeral 3.7 de "LAS REGLAS", se establece que las autoridades educativas de las entidades federativas podrán solicitar a la Subsecretaría de Educación Media Superior, que las Becas para [precisar] operen bajo un esquema conjunto de corresponsabilidad, cuyas características y particularidades se establecerán en el instrumento jurídico que para tal efecto se celebre.
DECLARACIONES
I.     De "LA SEP":
I.1.  Que de conformidad con los artículos 2o, fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública, que tiene a su cargo la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.  Que el/la [precisar], Subsecretario/a de Educación Media Superior, suscribe el presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.  Que mediante oficio [precisar número y fecha], "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA", solicitó a la "LA SEP" con base en el numeral [precisar] de "LAS REGLAS", que las Becas para [precisar], opere bajo un esquema conjunto de corresponsabilidad.
I.4.  Que con fecha [precisar] la Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior, mediante oficio de número (precisar), consideró procedente operar bajo el esquema de corresponsabilidad con el "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA".
I.5.  Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente convenio, en su presupuesto autorizado en el ejercicio fiscal [precisar], con cargo a la clave presupuestaria: (precisar clave presupuestaria correspondiente a subsidios).
I.6.  Que para los efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en calle República de Brasil No. 31, Oficina 332, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
 
II.    De "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA"
II.1  Que el Estado de (nombre del Estado) es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo (número del artículo) de la Constitución Política del Estado de (nombre del Estado).
II.2  Que su representante cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento en términos de lo señalado en los artículos (número de los artículos) de la Constitución Política del Estado (nombre del Estado) y (número de los artículos) de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado (nombre del Estado).
II.3  Que mediante oficio [precisar número y fecha], "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA", solicitó a la "LA SEP" con base en el numeral 3.7 de "LAS REGLAS", operar las Becas para [precisar], bajo un esquema conjunto de corresponsabilidad.
II.4  Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en la calle (nombre de la calle) (número), (colonia), (código postal), en la Ciudad o Municipio de (nombre de la ciudad o municipio), Estado de (nombre del Estado).
III.    De "LAS PARTES"
III.1 Que celebran el presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Planeación; 32 y 33 de la Ley General de Educación; ___ del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal [precisar] y en "LAS REGLAS".
III.2 Que se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen, y manifiestan su conformidad para sujetarse a las acciones orientadas a cumplir con los fines y objetivos de este convenio, de acuerdo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - El presente convenio tiene por objeto fijar las bases de coordinación entre "LAS PARTES", para establecer las características y particularidades del esquema de operación conjunto de las Becas para [precisar], en lo sucesivo "LAS BECAS", conforme a lo previsto en el Anexo de Ejecución, el cual debidamente firmado por "LAS PARTES" forma parte integrante de este instrumento.
SEGUNDA. - El contenido del Anexo de Ejecución a que se refiere la cláusula anterior, contendrá lo siguiente:
I.     Objetivos;
II.    Cobertura;
III.    Población Objetivo;
IV.   El tipo de beca;
V.    Beneficiarios;
VI.   Derechos y obligaciones;
VII.  Requisitos de elegibilidad;
VIII.  Criterios de selección;
IX.   Criterios de compatibilidad de becas;
X.    Montos y características de las becas (Modalidad de la beca, entrega del beneficio, periodicidad);
XI.   Operación;
XII.  Mecanismos de verificación y comprobación (Padrón, etc.), y
XIII.  Informes.
El Anexo de Ejecución constará por escrito y formará parte del presente instrumento.
TERCERA. - En cumplimiento al objeto de este convenio, "LA SEP" se obliga a:
A). - Aportar a "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA", con base en su disponibilidad presupuestaria y calendario financiero autorizado en el ejercicio fiscal [precisar], con recursos no regularizable, la cantidad de $(precisar monto en número) (precisar cantidad con letra 00/100 M.N.).
 
"LAS PARTES" acuerdan que en caso de que "LA SEP", no esté en posibilidades de cumplir con lo señalado en el párrafo anterior por causas no imputables a ella, quedará liberada de ministrar los recursos, dándose por terminado el presente convenio sin responsabilidad alguna para "LA SEP".
Dicha cantidad será transferida dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha en que "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA", comunique el nombre del banco, sucursal y número de cuenta bancaria aperturada para la recepción de los recursos a "LA SEP".
B).- Brindar la asesoría que requiera "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA" con respecto a "LAS BECAS", y
C).- Dar seguimiento a la ejecución de "LAS BECAS" materia de este instrumento, a través de los informes que requiera y le sean entregados por "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA",
D). - Las demás acciones que se requieran en cumplimiento al objeto de este convenio.
CUARTA. - "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA" en cumplimiento al objeto de este convenio se obliga a:
A). - Abrir en una institución bancaria legalmente autorizada una cuenta específica para la administración y ejercicio de los recursos financieros que reciba de "LA SEP" y los productos financieros que estos generen;
B). - Destinar exclusivamente los recursos financieros que le aporte "LA SEP" al objeto del presente convenio;
C). - Cumplir con los términos y condiciones que se establezcan para "LAS BECAS", así como lo señalado en "LAS REGLAS", el presente instrumento y su Anexo de Ejecución;
D). - Entregar a "LA SEP" los informes que le solicite, así como la documentación y/o información que le requiera en los plazos que establezca;
E). - Conservar en su poder la documentación comprobatoria original que se genere por el cumplimiento del presente convenio;
F). - Entregar a "LA SEP" la documentación comprobatoria y la información adicional que sea requerida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública y/o cualquier otro órgano fiscalizador, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Dicha documentación deberá ser identificada con un sello que indique el nombre del programa, origen del recurso y el ejercicio correspondiente;
G). - Observar lo dispuesto en el artículo 82 fracción XI de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, destinando un monto equivalente al uno al millar para la fiscalización de este instrumento; así como brindar las facilidades necesarias para que las diferentes instancias revisoras, federales y estatales, lleven a cabo la fiscalización de la adecuada aplicación y ejercicio de los recursos públicos materia de este convenio.
H). - Entregar a "LA SEP" los informes de avances físicos-financieros previstos en "LAS REGLAS";
I). - Registrar en su contabilidad los recursos federales que reciban, de acuerdo con los principios de la contabilidad gubernamental;
J). - Abstenerse de suscribir convenios o acuerdos subsecuentes a efecto de transmitir las obligaciones a su cargo establecidas en este instrumento;
K). - Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes al cierre del ejercicio fiscal correspondiente, los recursos financieros que no hayan sido devengados al 31 de diciembre de [precisar]; y los productos que hayan generado, de conformidad con lo establecido en "LAS REGLAS" y demás disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables.
L). - En el caso de existir economías, deberán ser informadas a la Subsecretaría de Educación Media Superior de "LA SEP", para que ésta determine su aplicación, mediante acuerdo por escrito,
N). - Las demás obligaciones necesarias para la eficiente ejecución de "LAS BECAS", conforme a lo establecido en "LAS REGLAS", el presente instrumento y su Anexo de Ejecución.
 
QUINTA. - Para los efectos de enlace, coordinación, desarrollo, ejecución. Evaluación y seguimiento del objeto de este convenio, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su ejecución, "LAS PARTES" acuerdan designar como responsable a:
Por "LA SEP" [PRECISAR]
Por "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD" [PRECISAR]
SEXTA. - El personal designado, comisionado o contratado por cada una de "LAS PARTES" para las actividades objeto de este convenio, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte que lo haya designado, comisionado o contratado, por lo que no se crearán nuevas relaciones de carácter laboral con la otra parte, y en ningún caso se considerarán como patrones solidarios o sustitutos.
SÉPTIMA. - Para fomentar la transparencia del ejercicio de los recursos económicos a que se refiere el presente convenio, "LAS PARTES" acuerdan que, en la papelería y documentación oficial, así como en la publicidad y promoción de las acciones que se realicen, deberá incluirse de forma clara, visible y audible, según el caso, la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa."
OCTAVA. - "LAS PARTES" acuerdan que una vez que "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD FEDERATIVA" reciba los recursos financieros objeto de este convenio, será de su absoluta responsabilidad cualquier reclamación que derive directa o indirectamente con motivo de su aplicación, control y ejercicio.
NOVENA. - "LAS PARTES" se obligan a proporcionarse mutuamente en cualquier tiempo la información que para la instrumentación y aplicación de este convenio se requiera, así como a denunciar ante las autoridades competentes, cualquier irregularidad de la que tengan conocimiento con motivo de su ejecución.
DÉCIMA. - La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de [precisar], en el entendido de que sólo se refiere a la aplicación de los recursos públicos federales extraordinarios no regularizables del ejercicio fiscal [precisar], por lo que no compromete recursos de los subsecuentes ejercicios fiscales.
DÉCIMA PRIMERA. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento, "LAS PARTES" acuerdan ajustarse a lo previsto por las disposiciones administrativas, jurídicas y presupuestarias aplicables.
DÉCIMA SEGUNDA. - "LAS PARTES" acuerdan que los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, en "LAS BECAS" y en "LAS REGLAS", así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, serán resueltas por la Subsecretaría de Educación Media Superior, manifestando que cualquier adición o modificación al presente instrumento se hará de común acuerdo y por escrito.
Leído que fue por "LAS PARTES" el presente convenio y enteradas de su contenido y fuerza legal, lo firman de conformidad en cuatro tantos originales, en la Ciudad de México, el día (día) de (mes) de (año).
Por: "LA SEP"
Por: "EL GOBIERNO DE LA ENTIDAD
FEDERATIVA"
(grado académico, nombre y apellidos)
Subsecretario/a de Educación Media Superior
 
(grado académico, nombre y apellidos)
Gobernador/a del Estado de [precisar]
(grado académico, nombre y apellidos)
Director/a del Programa de Becas de Educación
Media Superior
 
(grado académico, nombre y apellidos)
(cargo)
(grado académico, nombre y apellidos)
 
 
ULTIMA HOJA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE [precisar] EL (DÍA) DE (MES) DE (AÑO).
 
1e. Procedimiento para la asignación de las becas para que grupos en contextos y situación de vulnerabilidad realicen sus estudios de educación media superior.
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
Para las becas por registro aplica el procedimiento establecido en el numeral 3.3.2 de las Reglas de Operación. Para las becas por postulación aplica el siguiente procedimiento:

Convocatoria.
La SEP difundirá y publicará la(s) convocatoria(s) que emita para la asignación de las becas en la página electrónica del portal de becas www.becas.sep.gob.mx y en los diferentes medios físicos o electrónicos a los cuales tenga acceso, en el portal de Internet de la ejecutora www.becasmediasuperior.gob.mx, o por cualquier otro medio como son: comunicados oficiales, circulares o correos electrónicos.
Integración del Comité de Becas del Plantel.
Las instituciones de educación media superior participantes integrarán por cada plantel, un Comité de Becas formado por: 1) director/a del plantel o encargado/a de plantel; 2) subdirector/a; 3) tres docentes preferentemente que tengan bajo su responsabilidad el ofrecer tutorías, y 4) dos padres o madres de familia invitados por el/la director/a del plantel, los cuales no deberán ser docentes del mismo plantel ni tener parentesco en línea recta o colateral con los/as alumnos/as a postular.
Postulación y registro en línea de aspirantes.
Previo a la postulación, el Comité de Becas del Plantel identificará a los/as alumnos/as potenciales beneficiarios de esta beca e integrará un expediente por cada uno de ellos, conteniendo copia fotostática legible de los siguientes documentos: 1) CURP; 2) comprobante de domicilio; 3) documento(s) que acredite(n) el semestre actual y promedio inmediato anterior; 4) carta de exposición de motivos, y 5) los demás que se establezcan en las convocatorias que se emitan para tal efecto.
El acta de postulación y los expedientes de los/las beneficiarios/as deberán ser resguardados por el/la director/a del plantel, los cuales quedarán a disposición de cualquier autoridad de la SEP o de los órganos fiscalizadores, para los efectos de revisiones, auditorías o transparencia, aplicables.
Posteriormente, dicho comité sesionará para revisar los expedientes de los/as alumnos/as susceptibles de ser postulados a la beca. Una vez que determine quienes serán postulados/as, el comité deberá realizar la postulación en línea a través del llenado del Acta de Comité, disponible en el Sistema de Registro y Captura de Actas de Comité (SIREC), listando a los/as alumnos/as según el riesgo de abandono en que se encuentren (de mayor a menor riesgo). El SIREC estará disponible en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, atendiendo a la perspectiva de género y con información adecuada para el monitoreo y la evaluación.
Una vez que se completen todos los campos requeridos por el SIREC, el comité deberá imprimir por duplicado el acta y cada persona integrante deberá firmarla al margen y al calce, además será obligatorio que tenga el sello del plantel. Acto seguido, el acta deberá de digitalizarse y el archivo correspondiente deberá adjuntarse al SIREC para su envío a la CBSEMS.
 
Mientras el comité no haya enviado el acta por medio del SIREC, la CBSEMS no podrán considerar a los/as alumnos/as como aspirantes a la beca.
Verificación de requisitos y criterios de selección.
La CBSEMS revisará la debida integración de las actas del Comité de Becas del Plantel, verificará que los/as alumnos/as postulados/as cumplan con los requisitos y la aplicación de los criterios de priorización establecidos, desagregando la información por sexo de las y los postulantes.
En caso de que la propuesta de algún Comité de Becas no sea procedente (por incumplimiento de requisitos u omisiones en el acta), se notificará al correo electrónico registrado por el plantel en el SIREC la causa del rechazo, para que, dicho comité tome las medidas necesarias para corregir la situación y eventualmente apliquen las postulaciones.
Confronta de padrones.
La base de datos de los/las alumnos/as beneficiarios/as se confrontará con el padrón de beneficiarios/as de PROSPERA, con los padrones de beneficiarios/as de la SEMS y con otros padrones a los que tenga acceso, con la finalidad de evitar la duplicidad de los apoyos a quien cuenta con una beca. Los/as alumnos/as identificados/as como beneficiarios/as de cualquiera de esas becas, serán excluidos de ser beneficiarios/as de las becas contra el abandono escolar.
La CBSEMS gestionará formalmente la confronta ante las instancias correspondientes.
Verificación presupuestaria. La CBSEMS verificará la disponibilidad presupuestaria y determinará el número total de becas que serán entregadas.
Conformación del padrón.
El padrón de beneficiarios/as lo conforman aquellos/as que han sido seleccionados/as para obtener una beca conforme a este procedimiento.
Notificación y publicación de resultados.
Los resultados de la asignación de becas serán notificados por la CBSEMS a las IEMS, a través del SIPOP o vía correo electrónico a cada una de ellas. Las autoridades de cada plantel publicarán en los mismos los listados de beneficiarios. Asimismo, la CBSEMS publicará en el sitio de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx el listado de beneficiarios/as de la beca.
Entrega de apoyos.
La CBSEMS notificará a las autoridades de plantel y a cada beneficiario/a a través del SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el procedimiento que se debe seguir para la recepción de los apoyos y cómo disponer del beneficio. Los/las beneficiarios/as podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el calendario de pagos que está disponible en la sección del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o en el SIRCAD.
Validación de continuidad.
El Comité de Becas del Plantel será el encargado de validar la situación particular de cada alumno/a que haya sido beneficiario/a de la beca, en los periodos que determine la CBSEMS, para efectos de renovación de la beca. Lo anterior, para determinar si aún prevalecen las condiciones por las cuales se le otorgó la beca.
Dicha validación se realizará a través del Sistema Integral de Procesos Operativos del Plantel, confirmando para cada alumno/a, que cumple con:
a) Estar inscrito/a en el plantel en la modalidad escolarizada;
b) Haber sido postulado por el Comité de Becas del Plantel;
c) Continúa en riesgo de abandonar sus estudios, y
d) Las demás que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que se emitan.
En caso de que un/una alumno/a no haya sido validado por el Comité de Becas del Plantel, no podrá continuar recibiendo los beneficios de esta beca.
El/la director/a del plantel será responsable de supervisar la información que el Comité de Becas del Plantel proporcione a la CBSEMS y verificará que la información sea válida, a efecto de que ningún/a alumno/a quede sin el apoyo de la beca. En caso de incumplimiento a cualquiera de las obligaciones previstas en el presente anexo, los/as integrantes del Comité de Becas del Plantel y el/la director/a del plantel se harán acreedores a las sanciones que eventualmente deriven de sus actos u omisiones, conforme a las disposiciones legales aplicables.
Asimismo, cuando el Comité de Becas del Plantel, no realice la validación de los/as solicitantes y becarios/as del padrón activo, la CBSEMS notificará mediante oficio dicha omisión al Órgano Interno de Control en la SEP, a la Contraloría de la entidad federativa o su equivalente, y al o la titular del subsistema de que se trate, la relación de planteles educativos que omitieron la validación, para que en el ámbito de su competencia, tomen las medidas pertinentes conforme a las disposiciones aplicables.
No obstante, lo anterior, dicho procedimiento es congruente en lo general con lo establecido en el numeral 4.1 Proceso de las presentes Reglas.
 
ANEXO 2: BECA DE MANUTENCIÓN.
I.     Datos generales:
Nombre de la institución o unidad responsable:
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
Subsecretaría de Educación Superior (SES)
Tipo educativo:
Básico
Medio superior
Superior
 
Beca:
Beca de manutención
 
 
II.    Apartados:
1.    Población objetivo:
Estudiantes inscritos/as en instituciones del sistema educativo nacional de educación básica, media superior que provengan de hogares cuyo ingreso per cápita es igual o menor a los cuatro deciles de la distribución del ingreso mensuales (ver metodología en el documento adicional 2g), y para el caso de estudiantes de educación superior, estudiantes que estén inscritos/as en una IPES en un programa de licenciatura o TSU provenientes de hogares cuyo ingreso sea igual o menor a la línea de bienestar vigente al momento de solicitar la beca, con el fin de fomentar que continúen, permanezcan y concluyan oportunamente sus estudios de dicho nivel educativo.
Asimismo, podrán participar los/as estudiantes que se encuentren bajo los siguientes supuestos:
-      Para el caso del CONAFE, las becas serán asignadas a niños/as y adolescentes de grupos vulnerables y localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos y muy altos grados de marginación y/o rezago social, o bien niños/as y adolescentes que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, así como a los ubicados en localidades predominantemente indígenas o en campamentos agrícolas migrantes, así como aquellos/as alumnos/as transferidos a escuelas regulares que estuvieron inscritos en escuelas del CONAFE.
-      IPN: estudiantes de educación media superior o superior cuyo ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos per cápita vigentes al momento de solicitar la beca. Para el caso de la beca de transporte que ofrece el IPN, además de lo anterior, estudiantes que tengan un gasto total mensual de transporte de su domicilio a la unidad académica, igual o mayor a la cantidad que se especifique en la convocatoria respectiva.
-      SEMS: estudiantes de educación media superior o superior cuyo ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos per cápita vigentes al momento de solicitar la beca. Para el caso de la beca de transporte que ofrece el IPN, además de lo anterior, estudiantes que tengan un gasto total mensual de transporte de su domicilio a la unidad académica, igual o mayor a la cantidad que se especifique en la convocatoria respectiva.
-      SES: Los estudiantes de nivel superior provenientes o que se encuentren en el padrón del programa PROSPERA serán considerados como la población objetivo base y prioritaria de esta beca.
2.    Requisitos para ser beneficiario/a:
Generales
-      Provenir de un hogar cuyo ingreso mensual per cápita sea menor o igual a los cuatro deciles de la distribución del ingreso mensuales. Para los/as alumnos/as de educación superior, que estos provengan de hogares cuyo ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos mensuales per cápita vigentes al momento de solicitar la beca. Para el caso de la SES, se deberá considerar la Línea de bienestar.
       Para becas contra el abandono escolar de la SEMS y la beca de CONAFE no es necesario tener un determinado ingreso mensual.
 
Específicos
CONAFE
-      Para alumnos/as del CONAFE, estar registrado/a en el Sistema Único de Control Escolar.
-      Para alumnos/as que cuenten con alguna discapacidad, presentar comprobante médico que la indique, expedido por el IMSS, ISSSTE, SSA o Seguro Popular. Para quienes cursen sus estudios en planteles del sistema regular, deberán cumplir con el perfil de la población objetivo.
-      Para alumnos/as de servicios del CONAFE que fueron transferidos a escuelas regulares u otros servicios del CONAFE.
Los trámites los pueden realizar el padre, madre de familia o tutor/a quienes presentan la solicitud del/la alumno/a.
Se podrán recibir solicitudes en el transcurso del ciclo escolar, cuando:
-      Un/a alumno/a se incorpore a la escuela, una vez iniciado el ciclo escolar.
-      Se detecte y diagnostique una discapacidad en alguno de los/as alumnos/as.
-      En los casos en los que habiendo causado baja un/a alumno/a becado/a, quede vacante la beca y otro/a niño/a la requiera, siempre y cuando, cubra los requisitos señalados.
IPN
-      Ser mexicano/a.
-      Tener el promedio global mínimo que se establezca en la(s) convocatoria(s) correspondiente(s).
IPN-Bécalos
-      Estar inscrito/a en alguno de los programas académicos de los niveles medio superior o superior del IPN en la modalidad escolarizada que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
-      Ser alumno/a en situación escolar regular.
-      Cumplir con todos los demás requisitos que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
Para la aprobación
-      Estar inscrito/a en alguno de los programas académicos de los niveles medio superior o superior del IPN en la modalidad escolarizada, mixta o no escolarizada.
-      Ser alumno en situación escolar irregular con adeudo de hasta una unidad de aprendizaje. Para las modalidades mixta y no escolarizada se considerará la reprobación al término del periodo polivirtual que se señale en la (s) convocatoria(s).
-      Cumplir con todos los demás requisitos que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
Transporte
-      Estar inscrito/a en alguno de los programas académicos de los niveles medio superior o superior del IPN en la modalidad escolarizada.
-      Ser alumno en situación escolar regular o ser alumno con situación escolar irregular con adeudo de hasta dos unidades de aprendizaje.
-      Cumplir con todos los demás requisitos que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
La beca de transporte otorgada por el IPN es compatible únicamente con la beca Institucional en la modalidad escolarizada que otorga dicho Instituto en los tipos medio superior y superior; además que para obtener la beca de transporte no es necesario ser beneficiario/a de la beca Institucional.
SEMS
-      No estar recibiendo algún beneficio económico otorgado para el mismo fin por una dependencia de la administración pública centralizada.
-      Registrar su solicitud de beca o ser postulado/a por el Comité de Becas del plantel como aspirante a una beca, de acuerdo al proceso establecido en la convocatoria correspondiente.
-      Contar con CURP.
-      Los demás que se definan en las convocatorias.
 
Para los/as aspirantes a una beca contra el abandono.
-      Estar inscrito/a en una institución de educación media superior del sistema educativo nacional o en una PREFECO.
-      Ser postulado/a por el comité de becas del plantel como aspirante a una beca, por encontrarse en riesgo de abandonar sus estudios.
-      Los demás que se definan en las convocatorias.
Para los/as aspirantes a una beca de manutención de la SEMS.
-      Ser alumno/a regular (CONALEP mínimo 7.0 de promedio).
-      Estar inscrito/a en una institución de educación media superior del sistema educativo nacional o en una PREFECO.
Para los/as estudiantes que reingresan a sus estudios:
-      Haber sido aceptado/a en alguna institución de educación media superior del sistema educativo nacional o en una PREFECO.
-      Los demás que se definan en las convocatorias.
La beca de reinserción se otorgará únicamente por un periodo escolar que será establecido en las convocatorias que para tal efecto se emitan.
Para los/as aspirantes a una beca de transporte:
-      Estar inscrito/a en una institución de educación media superior del sistema educativo nacional o en una PREFECO.
-      Realizar un gasto para el traslado del hogar al plantel, que represente una fracción considerable del gasto familiar asociado a la educación del estudiante.
-      Los demás que se definan en las convocatorias.
SES
-      Ser mexicano/a.
-      Estar inscrito/a en un programa de licenciatura, licencia profesional o TSU en una IPES.
-      Postular su registro de solicitud de beca en el SUBES.
-      Las demás que se establezcan en la convocatoria correspondiente.
Ninguna persona podrá beneficiarse con más de una beca simultáneamente para el mismo fin por el periodo de ejecución de la beca, o alguna otra cuyo objetivo sea diferente, pero bajo el principio de temporalidad no sea compatible, al amparo de las otorgadas por dependencias de la administración pública centralizada. En caso de que se detecte que una persona recibe dos becas para el mismo fin, las instituciones y/o unidades responsables de los recursos, así como el Comité de Becas respectivo cancelarán la segunda beca otorgada, sin agravio del beneficiario/a.
La beca de transporte otorgada por el IPN es compatible únicamente con la beca institucional en la modalidad escolarizada que otorga dicho Instituto en los tipos medio superior y superior; además de que para obtener la beca de transporte no es necesario ser beneficiario/a de la beca institucional.
Para la educación básica la beca podrá ser otorgada a uno o más beneficiarios/as por familia; además de que considerando que la beca es exclusivamente para promover el acceso de los menores a la escuela, es compatible con otro tipo de becas, siempre y cuando no tengan el mismo objetivo.
Para la SEMS, cuando los/as alumnos/as que ya cuenten con una beca y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el mismo fin, a través del mecanismo que establezca la SEMS y sea difundido en el página web www.becasmediasuperior.sep.gob.mx.
Asimismo, para la SEMS la beca podrá otorgarse en diferentes ciclos escolares aun cuando pertenezcan al mismo ejercicio fiscal. Cuando la beca que se otorgue sea en especie, ésta podrá duplicarse con una beca económica siempre y cuando no sean para el mismo fin.
Para la SES, la CNBES señalará en las convocatorias correspondientes los casos específicos de compatibilidad de becas.
 
Los/as alumnos/as de las siguientes instituciones públicas de educación media superior podrán participar en el proceso de selección para otorgar las becas a cargo de la SEMS:
-      Subsistemas Centralizados del Gobierno de México. - Los que forman parte de la Administración Pública Federal.
o    Centralizados de la Subsecretaría de Educación Media Superior:
â   Dirección General de Educación Tecnológica Agropecuaria (DGETA): Centros de Bachillerato Tecnológico Agropecuario (CBTA), Centros de Bachillerato Tecnológicos Forestales (CBTF) y Sistema Abierto de Educación Tecnológica Agropecuaria (SAETA).
â   Dirección General de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar (DGECyTM): Centros de Estudios Tecnológicos del Mar (CETMar) y Centros de Estudios Tecnológicos en Aguas Continentales (CETAC).
â   Dirección General de Bachillerato (DGB): Centros de Estudios de Bachillerato (CEB), Preparatoria Federal Lázaro Cárdenas, el Sistema de Educación Abierta y a Distancia (SAED) y Preparatoria Abierta.
â   Servicio Nacional de Bachillerato en Línea, Prepa en Línea-SEP.
â   Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios (UEMSTIS): Centros de Estudios Tecnológicos Industriales y de Servicios (CETIS), Centros de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios (CBTIS) y Sistema Abierto de Educación Tecnológica Industrial (SAETI).
o    Desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno de México:
â   Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA).
â   Instituto Politécnico Nacional (IPN).
-      Subsistemas Descentralizados del Gobierno de México. - Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP), incluida la Unidad de Operación Desconcentrada para la Ciudad de México (UODCDMX) y la Representación del CONALEP en el Estado de Oaxaca (RCEO), Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI) y Colegio de Bachilleres (COLBACH).
-      Subsistemas Descentralizados de los Gobiernos de las Entidades Federativas. - Colegios de Educación Profesional Técnica del Sistema CONALEP, Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos (CECyTEs), Colegios de Bachilleres (COBACH), Centros de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD), Bachillerato Intercultural (BI) y otros programas de educación media superior de los gobiernos de las Entidades Federativas.
-      Subsistemas Centralizados de los Gobiernos de las Entidades Federativas. - Telebachillerato (TELEBACH), Bachillerato Integral Comunitario (BIC), Institutos Estatales de Bellas Artes y otros programas de educación media superior de los gobiernos de las Entidades Federativas.
-      Subsistemas Autónomos
o    Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
o    Universidad Autónoma de Chapingo.
o    Universidades Públicas Autónomas Estatales. - Sistemas de Bachillerato pertenecientes a las universidades públicas autónomas por Ley en la entidad federativa de que se trate.
       Los sistemas abiertos (SAETI, SAETA y SAED) solo pueden participar en la modalidad de formación educativa no escolarizada.
3.    Procedimiento de selección:
a.    Documentos requeridos
Generales
-      Para los casos (/IPN/SEMS y SES) en los que la solicitud de beca se realiza en línea, se deberá adjuntar únicamente la información que el sistema requiera y que haya sido detallada en las convocatorias que para tal efecto se emitan.
-      Solicitud de inscripción debidamente llenada y firmada (documento adicional 2b). Se deberá entregar con firma autógrafa, así como la documentación requerida en la convocatoria que se emita para tal efecto.
-      Copia fotostática de la CURP o firmar la carta compromiso temporal del CONAFE.
 
-      Copia de su comprobante de domicilio o carta de vecindad o residencia.
-      Original para cotejo y copia de la carta compromiso requisitada y firmada por el/la alumno/a. (Excepto SES).
-      Constancia de inscripción o documento equivalente, expedida por la institución donde realiza sus estudios. En caso de ser de primer ingreso presentar el certificado de estudios del tipo educativo inmediato anterior.
Específicos
CONAFE
Del/de la aspirante
-      Trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios: CONAFE-00-011 Solicitud de beca "Acércate a tu escuela".
-      Elementos o características que dan derecho a lo/a solicitante para realizar el trámite:
       Los trámites los pueden realizar el padre, madre de familia o tutor quienes presentan la solicitud del/de la alumno/a.
-      Mecanismo para realizar el trámite:
       Registro en línea de la solicitud de beca acércate a tu escuela en el link https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/acercateenlinea o bien presentar el formato correspondiente.
-      Datos y documentación necesarios para realizar el trámite:
       Del/de la aspirante
o    Copia del acta de nacimiento.
o     Carta compromiso
o    Original de la constancia de inscripción expedida con fecha actualizada por el plantel educativo donde realizará sus estudios del grado que cursará (debe contener nombre completo del/de la alumno/a, grado, clave de la comunidad, clave del centro de trabajo, sello de la escuela y firma del/de la director/a).
o    .Para alumnos/as que cuenten con alguna discapacidad no evidente, presentar comprobante médico que la indique , expedido por el IMSS, ISSSTE, SSA o Seguro Popular
o    Para los/as alumnos/as que asistan a campamentos migrantes atendidos por el CONAFE, deberán notificar y entregar original de la carta que manifieste el periodo de estancia comprometido.
       Del Padre, Madre de Familia o Tutor/a:
o    Registro en línea de la solicitud de beca acércate a tu escuela en el link https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/acercateenlinea o bien presentar el formato correspondiente.
o    Copia del comprobante de domicilio, el cual podrá ser: recibo de agua, predial y/o luz, credencial de elector, o en su caso, original del oficio o constancia de arraigo expedida por una autoridad local competente.
o    En caso de que el/la Padre, Madre de Familia o Tutor/a designe un depositario, este último debe cumplir con el requisito señalado en el inciso anterior y presentar original de la carta, mediante la cual la madre y/o el padre autoriza(n) la estancia del menor en su domicilio.
o    Identificación oficial, podrá ser: copia fotostática de la credencial para votar expedida por el INE (antes IFE) o cartilla del S.M.N. o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, o alguna credencial o documento emitido por instancias federales o estatales.
Es necesario llenar la solicitud y el convenio correspondiente por cada niño/a beneficiario/a de los apoyos económicos de "Acércate a tu escuela.
No se otorgará ningún apoyo económico si el responsable no presenta toda la documentación solicitada.
-      Plazos para la presentación de la solicitud:
       La beca se entregará a partir de la entrega de la solicitud con los documentos correspondientes
 
       Plazos para dar respuesta a la solicitud:
o    Plazo máximo de respuesta: 60 días naturales.
o    Plazo de prevención: 30 días naturales.
o    Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha respondido, se entenderá que la solicitud fue resuelta en negativo.
-      Unidades administrativas ante quienes se debe presentar los trámites: Oficinas de Operación del CONAFE en los estados.
IPN
-      Constancia de inscripción o constancia de solicitud de beca. Esta información la integrará la unidad académica al expediente del/de la aspirante y será generada por el área a la que competa la gestión escolar.
-      Formato de reporte de ingresos y egresos del/de la alumno/a aspirante y de los familiares y/o responsables de la manutención del/de la alumno/a, expedido por el sistema y debidamente requisitada, acompañado de la copia de los comprobantes de percepciones del/de la alumno/a aspirante y de los familiares que aporten al ingreso familiar, cuya expedición no sea mayor a los últimos tres meses inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud de la beca; o en su caso, carta de ingresos no comprobables emitida por el padre, madre o tutor/a del/de la alumno/a aspirante a becas con la documentación correspondiente.
IPN-Bécalos
-      Carta de obligaciones y derechos del/de la becario/a requerida por Fundación Bécalos.
-      En caso de primer ingreso en el tipo educativo superior, presentar el certificado de estudios del tipo educativo inmediato anterior.
-      Los demás que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
Para la aprobación
-      Carta compromiso del/de la aspirante debidamente requisitada y firmada.
-      Los demás que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
Transporte
-      En caso de primer ingreso, presentar el certificado de estudios del tipo educativo inmediato anterior.
-      Carta compromiso del/de la aspirante debidamente requisitada y firmada.
-      Los demás que se señalen en la(s) convocatoria(s) respectiva(s).
SEMS
Beca contra el abandono:
-      Presentar en el plantel, carta de exposición de motivos que incluya correo electrónico, número de integrantes del hogar e ingreso mensual de todas las personas que aportan recursos económicos al gasto del hogar.
-      Contar con una cuenta de correo electrónico vigente.
Beca de reinserción y formación educativa no escolarizada:
-      Presentar documentación expedida por la institución educativa de procedencia, que haga constar la fecha del último periodo escolar en el que estuvo inscrito/a.
-      Contar con una cuenta de correo electrónico vigente.
Beca de transporte:
-      Llenar debidamente el formato de solicitud de beca (ENCSEEMS).
-      Contar con una cuenta de correo electrónico vigente.
SES
-      Los documentos establecidos en la convocatoria aprobada por la CNBES.
 
b.    Criterios de priorización.
Para el CONAFE los criterios de priorización se enlistan a continuación, debido a que no se realizan estudios socioeconómicos:
1.     Niños/as y adolescentes que asisten a servicios educativos en localidades con población mayoritariamente indígena y jornaleros agrícolas migrantes.
2.     Alumnas inscritas en servicios CONAFE, con la finalidad de reducir las brechas de desigualdad de género.
3.     Niños/as y adolescentes que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, aún si este se encuentra ubicado dentro de su propia localidad.
4.     Para alumnos/as de servicios del CONAFE que fueron transferidos a escuelas regulares u otros servicios del CONAFE.
5.     Los/as niños, niñas y jóvenes que se encuentren inscritos en escuelas del CONAFE.
4.     Tipo y monto de la beca:
Institución /
UR
Monto
Periodicidad
CONAFE
El monto del apoyo económico será de acuerdo al presupuesto asignado y establecido en el instrumento jurídico respectivo.
Los/as beneficiarios/as podrán recibir el apoyo económico por un tiempo determinado, en el convenio vigente.
Mensual durante los 10 meses de duración del ciclo escolar, o lo correspondiente a partir de la firma del Convenio.
La entrega de la beca se realiza en tres exhibiciones en los meses de: Diciembre, Marzo y Junio.
IPN
La(s) beca(s) es(son) monetaria(s) y el monto será el previsto en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.
La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se emita (n) o en el instrumento jurídico respectivo.
SEMS
La beca es monetaria y el monto será el previsto en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el instrumento jurídico respectivo.
La periodicidad del pago serán las previstas en la(s) convocatoria(s) que se emita (n) o en el instrumento jurídico respectivo.
SES
El tipo, monto y concepto serán definidos en la(s) convocatoria(s) que se emita(n), o en el instrumento jurídico respectivo.
La periodicidad del pago será la prevista en la(s) convocatoria(s) que se emita (n) o en el instrumento jurídico respectivo.
 
Para el caso de las becas otorgadas, la SEMS en su carácter de ejecutor técnico del PROFORHCOM podrá cubrir estas becas con cargo al Programa Presupuestario E009, tomando en consideración la disponibilidad presupuestal de ambos programas y las instancias participantes en el PROFORHCOM. En este caso la ejecución del recurso correrá a cargo de la SEMS.
5.    Instancias adicionales:
Instancias tipo
superior
Funciones
La SEP, por conducto de la CNBES dependiente de la Subsecretaría de Educación Superior.
I.         Aportar conforme a la disponibilidad presupuestaria, los recursos que se acuerden, a través de convenios de colaboración, con los gobiernos de los Estados y con las IPES de carácter federal.
II.        Proporcionar asesoría a los responsables de la beca de Manutención de las instituciones y a los de los gobiernos de los estados sobre el SUBES para el alta de fichas académicas, así como para el registro de solicitudes de beca.
III.       Evaluar la operación del Programa en los Estados e instituciones participantes la cual incorporará la perspectiva de género.
IV.       Establecer los mecanismos de control y seguimiento para el óptimo desempeño del programa.
V.        Participar con voz y voto en los Comités Técnicos Estatales e Institucionales de Educación Superior.
VI.       Para la distribución de los recursos disponibles en un ejercicio fiscal, la CNBES en su selección de beneficiarios/as, tomará en cuenta criterios de equidad e igualdad de género que propicien el acceso y la permanencia en la educación superior de un mayor número de estudiantes de escasos recursos.
VII.      En caso de que existan remanentes del recurso federal o aportaciones que no se hubieren devengado, deberá proporcionar la línea de captura que soliciten los Estados o IPES mediante oficio. En el caso de los remanentes, deberán ser conciliados previo a la solicitud de la línea de captura.
La CNBES verificará que la instancia ejecutora haya realizado el reintegro del remanente del recurso federal o aportaciones que no hubieren devengado, y en su caso, el entero de los rendimientos financieros generados.
La CNBES notificará a los/as responsables de la beca de manutención (anexo 2 de las presentes Reglas de Operación), mediante circulares a través de SUBES cualquier información relevante.
VIII.     La CNBES, en su calidad de Instancia Normativa del Programa Nacional de Becas â en su modalidad de manutención, proporcionará al Responsable Estatal e Institucional de Contraloría Social acceso al Sistema Informático de Contraloría Social (SICS). Quienes serán los únicos responsables de su usuario y contraseña, así como de toda la información que en el mismo registre.
 
Gobiernos de los Estados/ Autoridad Educativa Local/Instancia de Educación Estatal
 
I.         Observar las RO del Programa Nacional de Becas y el presente anexo.
II.        Operar el Programa de acuerdo con lo que establece el presente anexo y la normatividad aplicable.
III.       Implementar medidas y estrategias para que las instituciones públicas de educación superior de su Estado incorporen y actualicen en el SUBES la ficha académica de los/as estudiantes.
IV.       Designar a los/as representantes ante el Comité Técnico Estatal de Educación Superior del programa en el Estado y, de entre ellos, al Secretario/a Ejecutivo/a del mismo.
V.        Asegurar la adecuada aplicación de los recursos federales para becas, asignados al Estado.
VI.       Realizar oportunamente la aportación de los recursos acordados con la SEP, en el convenio de colaboración correspondiente.
VII.      Registrar, a través del SUBES, los pagos efectuados a cada beneficiario/a, en una fecha posterior no mayor a 10 días hábiles de haberse realizado el pago.
VIII.     Promover la coordinación intersectorial para lograr el pago oportuno del apoyo económico y la atención integral de los/as beneficiarios/as, así como el ejercicio de recursos para operar la beca.
IX.       Diseñar y operar estrategias de difusión de la beca, con base en las características de la entidad y la población objetivo.
 
 
 
X.        Proporcionar la información, orientación y capacitación relacionada con la beca a los/as directivos, docentes y agentes educativos de los servicios de educación en los que cursan sus estudios los/as solicitantes.
XI.       Asegurar la rendición de cuentas sobre los recursos otorgados: subsidio para becas y gastos de operación.
XII.      Atender y garantizar la observancia de las disposiciones señaladas en las presentes RO.
XIII.     Promover mecanismos para la selección, seguimiento académico y pago de las becas, mismos que deben garantizar eficacia, eficiencia, transparencia, honradez y economía, así como el bienestar y seguridad de los/as beneficiarias/as.
XIV.     Formalizar el Convenio de Colaboración para la operación e implementación de los Programas Federales del subsector.
XV.      Corroborar la situación socioeconómica de los/as beneficiarios/as.
XVI.     Evaluar, al menos una vez cada ciclo escolar, el funcionamiento y alcance del Programa en el Estado y entregar el resultado y las recomendaciones de la evaluación al Comité Técnico Estatal de Educación Superior y a la CNBES con la finalidad de que se instrumenten las acciones para atender los aspectos susceptibles de mejora del Programa. Dicha evaluación la puede realizar un agente externo o el Órgano Interno de Control; en ambos casos el procedimiento y metodología deberá ser aprobado por el Comité Técnico Estatal, el cual deberá observar los lineamientos mínimos propuestos en su momento por la CNBES.
XVII.    Transferir en su totalidad los recursos aportados por la Federación para la operación del programa, a una subcuenta del fideicomiso, dentro de un plazo no mayor a tres días hábiles a la recepción de los recursos. Esta subcuenta será exclusiva para la operatividad de los recursos federales con fundamento en el Artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
XVIII.   Una vez que se transfieran los recursos al fideicomiso, estos no podrán ser trasladados a otra cuenta, con excepción de una cuenta dispersora que forme parte del mismo fideicomiso.
XIX.     Reportar a la CNBES la documentación soporte que acredite el pago de becas, a más tardar el décimo día hábil posterior al que concluya cada mes.
XX.      En su caso, la información comprobatoria del pago de becas, deberá ser registrada a través del SUBES y enviada a la CNBES.
 
 
La documentación para la comprobación del pago de becas contendrá:
-     Estados de cuenta bancarios completos en formato PDF.
-     Formato y tabla auxiliar del seguimiento del pago de Becas (proporcionado por la CNBES), debidamente llenado y firmado en archivo PDF,
-     Oficios de instrucción y/o dispersión de pago de becas a la fiduciaria en archivo PDF.
-     Carga electrónica en SUBES de los layouts que avalen los pagos realizados a los beneficiarios conforme a lo señalado en la convocatoria.
-     Confirmación por escrito de la fiduciaria de pago realizado en archivo PDF.
-     Oficio que contenga la relación de becas canceladas y las bajas autorizadas por el Comité Técnico.
-     Listado de casos especiales que se encuentren en proceso de atención y resolución de becas rechazadas por la cuenta bancaria, becarios/as no considerados, entre otros, en archivo PDF.
-     Enviar desglose de becas no pagadas por monto, indicando a qué recurso pertenece y el tipo de beca que se paga. (MANUTENCIÓN/Federal o MANUTENCIÓN/Estatal o IPES, TRANSPORTE /Federal o TRANSPORTE/Estatal o IPES). en archivo PDF y Excel.
XXI.     Si el monto destinado para pago de becas es mayor a la dispersión efectuada, se deberá reintegrar a la cuenta federal el recurso que no se utilizó para dicho pago.
XXII.    En caso de existir rechazos en los depósitos, el importe deberá ser reintegrado a la cuenta federal o estatal, según se trate, a excepción de que realicen reprogramaciones en el mismo mes o en el mes siguiente de que el banco reporto el rechazo.
          Es obligación del/la responsable operativo/a cambiar en el SUBES el estatus de los beneficiarios a "CONCLUIDO" cuando este haya egresado y/o el Estado/Institución haya concluido los pagos correspondientes de la beca.
XXIII.   Notificar por escrito a la CNBES, las aportaciones estatales realizadas al fideicomiso.
XXIV.   Observar en su cuenta del SUBES, y atender las disposiciones contenidas en las circulares emitidas por la CNBES.
Se promoverá la participación de la población beneficiaria del Programa a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
Para lograr lo anterior, el Programa deberá sujetarse al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 2016, para que se promuevan y realicen las acciones necesarias para la integración y la operación de la Contraloría Social bajo el esquema validando por la Secretaría de la Función Pública.
Para la integración de los Comités de Contraloría Social se promoverá la participación paritaria de hombres y mujeres.
Realizar la validación de forma masiva en el Sistema SUBES de las solicitudes de Becas.
 
Instituciones públicas de educación superior de carácter federal
I.         Observar las RO del Programa Nacional de Becas y el presente anexo.
II.        Observar en su cuenta del SUBES, y atender oportunamente las disposiciones contenidas en las circulares emitidas por la CNBES.
III.       Es obligación del responsable operativo SUBES el estatus de los beneficiarios a "CONCLUIDO" cuando este haya egresado y/o el Estado/Institución haya concluido los pagos correspondientes de la beca.
IV.       Incorporar al SUBES y hacerse responsable de la información que contiene la ficha académica de los/as sus estudiantes, actualizando la información al inicio de cada semestre, trimestre, cuatrimestre o año escolar según su plan de estudios. Utilizar este Sistema para el control de registro de solicitudes de beca, independientemente de los mecanismos propios que opere la institución.
          Ésta contendrá información sobre el número de integrantes y el ingreso total del hogar de los/as aspirantes, que permitan calcular la condición, de vulnerabilidad económica según la metodología definida por la CNBES en la que se establece que serán considerados/as alumnos/as en condiciones de vulnerabilidad económica a aquellos que presenten ingresos menores o iguales a 4 salarios mínimos mensuales per cápita por hogar (4SMMPCH) de acuerdo a la siguiente metodología:
          Para calcular la equivalencia en pesos de ingresos menores o iguales a 4 salarios mínimos per cápita por hogar, se considerará el salario mínimo diario vigente, definido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) y el promedio del tamaño del hogar reportado por el INEGI en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) más reciente.
          El cálculo para la equivalencia en pesos de ingresos menores o iguales a 4 salarios mínimos per cápita por hogar, se podrá realizar de la siguiente manera:
          Si se conoce el número de integrantes del hogar del/de la alumno/a:
          ((Salario mínimo diario vigente4) (365/12)) / (Número de integrantes del hogar).
          Si no se conoce el número de integrantes del hogar del/de la alumno/a:
 
 
 
          ((Salario mínimo diario vigente4) (365/12)) / (Promedio de integrantes del hogar reportado por el INEGI en la ENIGH).
Vgr:
((80.044) (365/12)) /3.8=2,562.65pesos
Nota:
Salario mínimo diario vigente: 80.04 pesos (Consultar en la Comisión Nacional de Salarios Mínimos; CONASAMI)
Promedio de integrantes del hogar (INEGI; Encuesta Nacional de Ingreso Gasto de los Hogares): 3.8
Para calcular el ingreso mensual per cápita vigente del hogar del solicitante, se tiene que:
El ingreso mensual per cápita del hogar se calcula dividiendo el ingreso mensual del hogar entre el número de integrantes del hogar.
Ejemplo:
En 2018, un/a alumno/a vive en un hogar con dos personas más, las cuales aportan $3,000 y $4,000 pesos respectivamente. En este caso los ingresos familiares suman $7,000 pesos.
Por lo tanto:
 
 
El ingreso mensual del hogar = $7000
Integrantes del hogar: 3
El ingreso mensual per cápita del hogar= 7000/3= $2,333.33
Dicha cantidad es menor a los 4SMMPCH:
2,333.33 < 2,562.68
Por lo tanto, ese alumno debe ser considerado en CONDICIONES DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA
Nota: Para comprobar los ingresos del hogar, las IPES podrán recibir de la persona solicitante los siguientes documentos: comprobante de ingresos expedidos por la empresa en donde se labora, talones de cheque de pagos, constancia emitida por la autoridad local/municipal de donde vive y/o carta en la que manifieste bajo protesta de decir verdad el ingreso mensual por habitante del hogar, así como las constancias que la IPES considere para tal fin. Cualquier documento que sea recibido por la IPES, no deberá de ser mayor a tres meses.
V.        Habilitar dentro del SUBES el módulo para la validación masiva de solicitudes de becas.
VI.       Operar el programa de becas de acuerdo con lo que establece el presente anexo y la normatividad aplicable, y vigilar el buen funcionamiento del proceso de asignación y seguimiento de las becas.
VII.      Diseñar y operar estrategias de difusión de la beca, con base en las características de la entidad y la población objetivo.
VIII.     Asegurar la adecuada aplicación de los recursos federales para becas.
IX.       Proporcionar la información, orientación y capacitación relacionada con la beca a los(as) directivos, docentes y agentes educativos de los servicios de educación en los que cursan sus estudios los/as solicitantes.
X.        Registrar a través del SUBES, los pagos efectuados a cada beneficiario, en una fecha posterior no mayor a 10 días hábiles.
XI.       Asegurar la rendición de cuentas sobre los recursos otorgados para becas y gastos de operación.
 
 
XII.      Atender y garantizar la observancia de las disposiciones señaladas en las presentes RO, así como de las disposiciones legales aplicables.
XIII.     Promover mecanismos para la selección, seguimiento académico y pago de las becas, mismos que deben garantizar legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, así como el bienestar y seguridad de los/as beneficiarios/as.
XIV.     Corroborar la situación socioeconómica de los/as beneficiarios/as, a través de los mecanismos que las IPES consideren apropiados de acuerdo a sus recursos y características de la población objetivo.
XV.      Informar a los/as solicitantes sobre la beca y los programas académicos que ofrece la institución para los cuales podrán solicitar becas que sean complementarias a la beca de manutención.
XVI.     Evaluar, al menos una vez cada ciclo escolar, el funcionamiento del programa en la institución y entregar el resultado y las recomendaciones al Comité Técnico Institucional de Educación Superior con la finalidad de que se instrumenten las acciones para atender los aspectos susceptibles de mejora del programa, lo anterior incluyendo una perspectiva de género. En lo particular, llevar a cabo auditorías para verificar la situación socioeconómica de los/as beneficiarios/as.
XVII.    Acordar con la SEP, la designación de los representantes en el Comité Técnico Institucional de Educación Superior de la beca.
XVIII.   Asignar un/a tutor/a académico para los/as beneficiarios/as de la beca, que se identifiquen en riesgo de abandono escolar, o con alto riesgo de caer en los supuestos de incumplimiento de requisitos para mantener la beca por adeudo de materias o no alcanzar el promedio general requerido, procurando que dicho/a tutor/ra cuente con el perfil idóneo, para coadyuvar con el/la beneficiario/a en su buen desempeño académico y terminación oportuna de los estudios.
          Asignar un/a tutor/a académico para los/as beneficiarios/as del Programa, procurando que cuente con el perfil idóneo, para coadyuvar con el/la beneficiario/a en su buen desempeño académico y terminación oportuna de los estudios.
XIX.     Informar al término de cada ejercicio fiscal sobre el desempeño académico de los/as beneficiarios/as al Comité Técnico Institucional de Educación Superior de la beca. El documento deberá contener la información necesaria para el desarrollo de las funciones del Comité.
 
 
XX.      Reportar a la CNBES la documentación soporte que acredite el pago de becas, a más tardar el décimo día hábil posterior al que concluya cada mes.
XXI.     En su caso, la información comprobatoria del pago de becas, deberá ser registrada a través del SUBES y enviada a la CNBES.
XXII.    La documentación para la comprobación del pago de becas contendrá:
-     Estados de cuenta bancarios completos en formato PDF.
-     Formato y tabla auxiliar de seguimiento del pago de Becas (proporcionado por la CNBES), debidamente llenado y firmado en archivo PDF.
-     Oficios de instrucción y/o dispersión de pago de becas a la fiduciaria en archivo PDF.
-     Carga electrónica en SUBES de los layouts que avalen los pagos realizados a los beneficiarios de manera mensual.
-     Confirmación por escrito de la fiduciaria de pago realizado en archivo PDF.
-     Oficio que contenga la relación de becas canceladas y las bajas autorizadas por el Comité Técnico.
-     Listado de casos especiales que se encuentren en proceso de atención y resolución de becas rechazadas por la cuenta bancaria, becarios/ no considerados, entre otros, en archivo PDF.
-     Enviar desglose de becas no pagadas por monto, indicando a qué recurso pertenece y el tipo de beca que se paga. (MANUTENCIÓN/Federal o MANUTENCIÓN/Estatal o IPES, TRANSPORTE /Federal o TRANSPORTE/Estatal o IPES) en archivo PDF y Excel.
XXIII.   Atender de forma expedita cualquier solicitud de información que haga la SEP, por conducto de la CNBES y el Comité Técnico Institucional de Educación Superior de la beca sobre el Programa.
XXIV.   La Instancia ejecutora se compromete a nombrar a un Responsable de Contraloría Social quien tendrá a su cargo la recepción y revisión de los documentos normativos, la elaboración de un programa de trabajo y la constitución de Comités de contraloría Social en la o las Instituciones Públicas de Educación superior (IPES) que cuenten con beneficiarios/as de la beca de Manutención, a quienes deberá brindar capacitación para que realicen actividades de contraloría social.
Aunado a lo anterior, el/la Responsable se compromete a reunirse con los integrantes del Comité para recopilar Cédulas de Vigilancia, así como dar atención a quejas y denuncias relacionadas con le ejecución de los programas federales, la aplicación de los recursos públicos asignados a los mismos y el cumplimiento de las metas. Al finalizar la dispersión del recurso a todos los beneficiarios, el/la Responsable deberá levantar un Informe Anual. Cabe mencionar que en conformidad con la documentación normativa, la Instancia ejecutora se comprometa a cargar al SICS todas las actividades de promoción de contraloría social efectuadas a lo largo del ejercicio fiscal.
 
Instituciones públicas de educación superior en los Estados
I.         Observar las RO del Programa Nacional de Becas y el presente anexo.
II.        Incorporar al SUBES y hacerse responsable de la información que contiene la ficha académica de todos/as sus estudiantes.
          Ésta contendrá información sobre la condición de vulnerabilidad económica de los/as alumnos/as (Sí o No), la cual deberá apegarse a la metodología definida por la CNBES en la que se establece que serán considerados/as alumnos/as en condiciones de vulnerabilidad económica a aquellos que presenten ingresos menores o iguales a 4 salarios mínimos mensuales per cápita por hogar (4SMMPCH) de acuerdo a la siguiente metodología:
          Para calcular la equivalencia en pesos de ingresos menores o iguales a 4 salarios mínimos per cápita por hogar, se considerará el salario mínimo diario vigente, definido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CONASAMI) y el promedio del tamaño del hogar reportado por el INEGI en la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) más reciente.
          El cálculo para la equivalencia en pesos de ingresos menores o iguales a 4 salarios mínimos per cápita por hogar, se podrá realizar de la siguiente manera:
          Si se conoce el número de integrantes del hogar del/de la alumno/a:
          ((Salario mínimo diario vigente4) (365/12)) / (Número de integrantes del hogar).
          Si no se conoce el número de integrantes del hogar del/de la alumno/a:
          ((Salario mínimo diario vigente4) (365/12)) / (Promedio de integrantes del hogar reportado por el INEGI en la ENIGH).
 
 
 
Vgr:
          ((80.044)(365/12))/3.8=2,562.68pesos
          Nota:
          Salario mínimo diario vigente: 80.04 pesos (Consultar en la Comisión Nacional de Salarios Mínimos; CONASAMI)
          Promedio de integrantes del hogar (INEGI; Encuesta Nacional de Ingreso Gasto de los Hogares): 3.8
          Para calcular el ingreso mensual per cápita vigente del hogar del solicitante, se tiene que:
          El ingreso mensual per cápita del hogar se calcula dividiendo el ingreso mensual del hogar entre el número de integrantes del hogar.
          Ejemplo:
          En 2018, un/a alumno/a vive en un hogar con dos personas más, las cuales aportan $3,000 y $4,000 pesos respectivamente. En este caso los ingresos familiares suman $7,000 pesos.
          Por lo tanto:
          El ingreso mensual del hogar = $7000
          Integrantes del hogar: 3
          El ingreso mensual per cápita del hogar= 7000/3= $2,333.33
          Dicha cantidad es menor a los 4SMMPCH:
          2,333.33 < 2,337.00.
          Por lo tanto, ese/a alumno/a debe ser considerado/a en CONDICIONES DE VULNERABILIDAD ECONÓMICA.
 
 
          Nota: Para comprobar los ingresos del hogar, las IPES podrán recibir de la persona solicitante los siguientes documentos: comprobante de ingresos expedidos por la empresa en donde se labora, talones de cheque de pagos, constancia emitida por la autoridad local/municipal de donde vive y/o carta en la que manifieste bajo protesta de decir verdad el ingreso mensual por habitante del hogar, así como las constancias que la IPES considere para tal fin. Cualquier documento que sea recibido por la IPES, no deberá de ser mayor a tres meses.
III.       Designar a su representante ante el Comité Técnico Estatal de Educación Superior de la beca.
IV.       Asignar un/a tutor/a académico/a para los/as beneficiarios/as del programa, procurando que cuente con el perfil idóneo, para coadyuvar con el/la beneficiario/a en su buen desempeño académico y terminación oportuna de los estudios.
V.        Informar al término de cada ciclo escolar sobre el desempeño académico de los/as beneficiarios/as al Comité Técnico Estatal de Educación Superior de la beca. El documento deberá contener la información necesaria para el desarrollo de las funciones del Comité.
VI.       Atender de forma expedita cualquier solicitud de información que le haga la SEP, por conducto de la CNBES, el Comité Técnico Estatal de Educación Superior de la beca o el Gobierno del Estado sobre el Programa.
 
Comités Técnicos Estatales e Institucionales de Educación Superior
I.         Vigilar el efectivo cumplimiento de todos y cada uno de los fines del Programa, en su carácter de Instancia ejecutora.
II.        Asegurar que el recurso aportado por la federación sea exclusivamente utilizado para el pago de becas.
III.       Aprobar las becas con base en los dictámenes que presente el Secretario Ejecutivo del Comité Técnico en sesión de Comité.
IV.       Instruir al fideicomisario para abrir una cuenta bancaria exclusiva a la transferencia de recursos del Programa, teniendo los recursos federales y los rendimientos financieros del mismo, separados de otros recursos o aportaciones con fundamento en el Artículo 69 de la LGCG.
V.        Reiterar que una vez realizado el depósito de los recursos, no podrán ser transferidos a otra cuenta con excepción de la cuenta a través de la cual se efectúen las dispersiones de pago a los/as beneficiarios/as.
VI.       Analizar las solicitudes de suspensión, cancelación y prórroga de becas, y en caso de autorizarlas notificar de éstas a la CNBES, con máximo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a la solicitud correspondiente.
VII.      Autorizar e instruir a la fiduciaria sobre la asignación de recursos para llevar a cabo los fines del fideicomiso de acuerdo con las instrucciones que el mismo autorice. Se elegirá preferentemente a una fiduciaria que genere cuentas de segundo piso y que no cobre comisión y que no exija saldos mínimos a los/as beneficiarios/as.
 
 
 
VIII.     Establecer los mecanismos coordinados por el Secretario Ejecutivo para evaluar las solicitudes de becas y verificar la información académica y socioeconómica proporcionada por los(as) aspirantes o instituciones; se deberán autorizar los resultados de las becas a otorgar, previa integración del padrón de beneficiarios/as en el SUBES y su notificación mediante oficio a la CNBES, con anterioridad a la publicación de los resultados.
IX.       Realizar la validación de forma masiva en el sistema SUBES de las solicitudes de las becas.
X.        Establecer los mecanismos y medios de difusión para convocar a los (as) aspirantes a obtener becas, así como para recibir las solicitudes respectivas.
XI.       Someter a la aprobación de la CNBES la expedición de la convocatoria para otorgar becas, la cual deberá observar los lineamientos generales establecidos por las presentes RO, al menos 5 (cinco) días hábiles previos a la fecha de publicación que se pretenda.
XII.      Establecer mecanismos idóneos para el seguimiento permanente del desempeño académico de los/as beneficiarios/as y para evaluar la operación de la modalidad de beca de manutención.
XIII.     Informar a la CNBES, a los gobiernos estatales, y autoridades educativas, cuando estos lo soliciten, sobre el seguimiento a los/as beneficiarios/as, el otorgamiento de becas, la evaluación del Programa y el uso de los recursos.
XIV.     Autorizar la celebración de actos y contratos de los cuales se deriven derechos y obligaciones para el patrimonio del fideicomiso.
XV.      Instruir a la fiduciaria respecto a las políticas de inversión del patrimonio del fideicomiso.
XVI.     Designar y pagar los honorarios del auditor externo que dictamine los estados financieros anuales del fideicomiso con cargo únicamente a la cuenta estatal o institucional.
XVII.    En caso de que existan remanentes del recurso federal o aportaciones que no se hubieran devengado, deberá solicitar por escrito a la CNBES la línea de captura por el importe a reintegrar. En el caso de los remanentes, el importe a reintegrar deberá ser conciliado previo a la solicitud de la línea de captura.
Una vez realizado el reintegro, deberá notificarlo por escrito a la CNBES, anexando el comprobante certificado de pago, a más tardar el segundo día hábil posterior a la realización del mismo.
De existir rendimientos financieros generados del recurso federal y que no hayan sido utilizados al cierre del ejercicio fiscal, éstos deberán enterarse a través del pago electrónico de contribuyentes (PEC) procedimiento que para dichos efectos se encuentra establecido por la SHCP.
El importe a enterar debe ser conciliado previamente con la CNBES. Una vez realizado el entero, se deberá notificar a la CNBES por escrito a más tardar el segundo día hábil posterior a la realización del mismo.
XVIII.   Reintegrar los remanentes del patrimonio de la beca y los rendimientos financieros que generen, así como toda aportación que no hubiere devengado a la TESOFE, de conformidad con la LFPRH.
 
 
En el caso de los rendimientos financieros, estos podrán ser utilizados, previa autorización por escrito de la CNBES, exclusivamente para el otorgamiento de becas, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 fracción VI de la LFPRH.
XIX.     Remitir a la CNBES, las actas derivadas de las reuniones del comité técnico debidamente formalizadas.
XX.      Cualesquiera otras obligaciones derivadas del presente anexo.
XXI.     Para efectos de cumplir con sus funciones los Comités Técnicos Estatales o Institucionales de Educación Superior, podrán utilizar hasta el 1.5% de las aportaciones estatales o institucionales, para gastos de operación y pago de auditorías y difusión de las convocatorias.
XXII.    Realizar la validación de la documentación e información que los (as) alumnos (as) postulantes a una beca provean, apoyándose en las IPES.
XXIII.   Entregar a la CNBES los informes técnico-financieros parciales detallados, de manera trimestral, que le solicite, referentes a la aplicación del Programa, que no podrá exceder los 10 (diez) días hábiles posteriores a la conclusión de cada trimestre.
XXIV.   Mismo que deberá contener la siguiente información:
-     Ingresos del periodo (trimestral).
-     Rendimientos financieros del periodo (trimestral).
-     Egresos del periodo y su destino (trimestral).
-     Disponibilidad del periodo o saldo del periodo (trimestral).
          Esta información deberá sustentarse con los estados de cuenta bancarios del trimestre a reportar
XXV.    Entregar a la CNBES, dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores al término del ciclo escolar, un informe técnico final detallado referente a la aplicación de la beca. El informe deberá contener los detalles determinados por la CNBES.
XXVI.   Notificar por escrito a la CNBES la recepción de cada depósito de recurso federal al Fideicomiso o, en su caso, a las cuentas especiales que para tal efecto se hayan constituido, dentro de los 15 (quince) días hábiles posteriores a la fecha de recepción.
XXVII.  Proporcionar a la CNBES, cuando ésta lo requiera, la información financiera y contable relacionada con la operación de los fideicomisos y con la aplicación de los recursos, en especial los estados financieros básicos (Balance General o Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y Estado de Flujo de Efectivo), así como remitir anualmente a más tardar durante el mes de abril, los estados financieros auditados correspondientes al ejercicio fiscal previo.
 
 
XXVIII. Para efecto de entregar los estados financieros auditados, los Estados e IPES podrán remitir a la CNBES el resultado de la auditoría que haya realizado el OIC en la SEP o en cada Instancia ejecutora o auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control, por la SHCP, por la ASF y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
XXIX.   Entregar por escrito a la CNBES, informe financiero trimestral referente a la aplicación de la beca de manutención dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al término del trimestre que se reporta, de conformidad con el artículo 181 del Reglamento de la LFPRH.
XXX.    Toda la información y documentación concerniente al cierre del ejercicio fiscal correspondiente, deberá ser enviada a la CNBES dentro del mes de diciembre del año en curso, misma que deberá contener:
-     Saldo inicial y saldo final del ejercicio fiscal.
-     Compromiso original de aportaciones federal y estatal.
-     Recurso ejercido.
-     Monto total de gastos de operación.
-     Número de becas proyectadas, pagadas y no pagadas.
-         Rendimientos financieros generados en el fideicomiso, mediante el cual se manejen.
 
 
Los Comités Técnicos Estatales e Institucionales de Educación Superior, conforme a lo dispuesto en el presente anexo, serán los responsables de validar la documentación comprobatoria correspondiente a la etapa de entrega-recepción del subsidio.
Por su parte, la SEP, por conducto de la CNBES, será la responsable de la asignación de los recursos financieros disponibles, de carácter federal, a los estados y a las instituciones públicas de educación superior de carácter federal, sean autónomas o dependientes de la SEP.
Asimismo, la SEP, por conducto de la SES a través de la CNBES, formalizará con los Estados o Instituciones, los convenios de colaboración a que se refiere el documento adicional denominado "2d Formato de convenios"; lo anterior, para establecer e instrumentar las Becas de Manutención, y para la debida inversión y administración de los recursos que aporten los Estados o Instituciones; estos deberán ser depositados en un fideicomiso que para dichos efectos tenga constituido o constituyan los estados o las instituciones.
Tratándose de instituciones públicas de educación superior de carácter federal en el área metropolitana de la Ciudad de México, unidades administrativas y órganos desconcentrados adscritos a la SEP, bastará la petición que por escrito realicen aquellas para que, una vez cubiertos todos los requisitos, se solicite a la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros (DGPyRF) de la SEP, a través de la Coordinación Administrativa de la SES, el inicio del trámite para el traspaso de los recursos financieros, conforme a la normatividad aplicable. Las instituciones, unidades administrativas y órganos desconcentrados a los que se hace referencia en este párrafo administrarán los recursos de conformidad con lo dispuesto en estas RO.
La SES será responsable de dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto Presidencial por el que se crea el SIIPP-G, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2006, a fin de que el enlace operativo designado de cada unidad responsable transmita la información correspondiente a la SFP.
Integración de los Comités Técnicos Estatales e Institucionales de Educación Superior SES
El Comité Técnico Estatal o Institucional de Educación Superior de la beca de manutención para el ciclo escolar correspondiente se integrará conforme a las disposiciones establecidas por la CNBES, las cuales dará a conocer mediante oficio.
SES como Instancia Ejecutora
1)    La SES, por conducto de la CNBES, podrá publicar convocatoria a nivel nacional, para otorgar, con base en la disponibilidad presupuestaria, becas conforme lo establecido en el numeral 2 y 4 del presente anexo, exclusivamente con fondos federales. En este caso, la CNBES operará e implementará la beca de Manutención, entregando las mismas a través del Sistema Integral de la Administración Financiera Federal (SIAFF), directamente a los/las estudiantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la convocatoria que para tal efecto se emita y resulten beneficiarios/as.
2)    El Comité de Becas SES analizará las solicitudes presentadas a través del SUBES para la obtención de las becas de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y en los periodos señalados en las convocatorias que para tal efecto emita la CNBES, seleccionando a los/as beneficiarios/as de entre aquellos aspirantes que cumplan con la totalidad de los requisitos y tomando en consideración los criterios de priorización, establecidos en la misma.
La SES, por conducto de la CNBES, podrá otorgar becas a estudiantes mexicanos/as de nuevo ingreso inscritos/as al primer semestre, trimestre, cuatrimestre o año de nivel licenciatura o TSU en alguna IPES del país, que sean integrantes de familias beneficiarias de PROSPERA, al momento de solicitar la beca, debiendo sujetarse al proceso de selección que lleve a cabo la CNBES conjuntamente con PROSPERA, a través de su Coordinación Nacional, y de acuerdo con lo establecido en los convenios de colaboración y/o convocatorias que para el efecto se emitan.
Asimismo, y con base en la disponibilidad presupuestaria, la SES y PROSPERA podrán celebrar convenios de colaboración para continuar otorgando la beca de manutención a estudiantes integrantes de familias beneficiarias de PROSPERA, para cursar los años subsecuentes de nivel licenciatura o TSU.
En estos casos, el Comité de Becas SES podrá contar con la presencia de un representante con voz, de la Coordinación Nacional de PROSPERA.
Instancias tipo
básico
Funciones
CONAFE
Dirección de Planeación y Evaluación (DPE)
Dirección de Educación Comunitaria e Inclusión Social (DECIS).
Padre, Madre de Familia o tutor/a.
Delegación Estatal (DE) DPE.
 
I.        Anunciar a las Delegaciones las metas y presupuesto autorizados.
II.       Identificará las localidades susceptibles de ser atendidas, (donde se albergan los niños, niñas y jóvenes que cumplen con los requisitos para ser aspirantes a la beca).
III.      Difundir la convocatoria a través de sus Delegaciones Estatales y su página institucional.
IV.      Realiza el registro en línea de su solicitud o bien llena la solicitud de beca y la entrega juntos con los documentos requeridos.
V.       Informa a los aspirantes cuando inicia el periodo de validación de acuerdo con lo establecido en la convocatoria.
VI.      Valida que la información proporcionados por los/as aspirantes cumpla con los requisitos y criterios de priorización establecidos.
VII.     Realiza la preselección de los/as beneficiarios/as y obtiene una lista de prelación de aspirantes.
VIII.    Solicitar a través de las AEL la confronta de padrones para identificar beneficiarios/as duplicados/as con el mismo fin y constar su inscripción y permanencia en el servicio educativo.
IX.      Notifica a los/as aspirantes y beneficiarios/as a través de la página web institucional, vía electrónica, vía telefónica o bien por escrito, el resultado de su solicitud de beca y de renovación de la misma en los plazos establecidos en la convocatoria en un plazo máximo de 60 días naturales.
X.       La formalización de la entrega de la beca se realiza con la firmar del convenio correspondiente al periodo: enero a junio y de septiembre a diciembre, respectivamente (Padres, Madres de Familia o Tutores(as) con el CONAFE (Delegación Estatal).
XI.      Autorizar y entregar la beca al/la beneficiario/a (Delegación Estatal). Los pagos se efectuarán por medio del Sistema Bancario: Pagos Electrónicos, Vía Tarjeta Bancaria, Cheques y Contra recibos; otros previamente autorizados conjuntamente por la Dirección de Administración y Finanzas y la Dirección de Planeación y Evaluación.
XII.     Integrar y conservar (Delegación) la documentación comprobatoria de la entrega e informa a la Dirección de Educación Comunitaria e Inclusión Social.
XIII.    La Dirección de Planeación y Evaluación informa sobre el logro de las metas a las instancias internas y externas del CONAFE de acuerdo a los reportes programados.
Documentos adicionales:
2a Formato de convocatorias.
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)
CONVOCATORIA
PROGRAMA "ACÉRCATE A TU ESCUELA"
CICLO ESCOLAR 20__-20__
I.     DEFINICIÓN DE LOS APOYOS:
Los apoyos económicos de "Acércate a tu Escuela" se otorgan a niños/as y adolescentes de grupos vulnerables preferentemente en localidades rurales e indígenas que registran altos y muy altos grados de marginación y/o rezago social, o bien niños/as y adolescentes que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, así como a los ubicados en localidades predominantemente indígenas o en campamentos agrícolas migrantes, así como aquellos/as alumnos/as transferidos a escuelas regulares que estuvieron inscritos en servicios del CONAFE.
II.    POBLACIÓN BENEFICIARIA:
Alumnos/as de: Preescolar; Primaria y Secundaria.
III.    REQUISITOS QUE DEBE CUBRIR EL/LA ASPIRANTE:
 
-     Para alumnos/as del CONAFE, estar registrado/a en el Sistema Único de Control Escolar.
-     Para alumnos/as que cuenten con alguna discapacidad no evidente, presentar comprobante médico que la indique , expedido por el IMSS, ISSSTE, SSA o Seguro Popular. Para quienes cursen sus estudios en planteles del sistema regular, deberán cumplir con el perfil de la población objetivo.
-     Para alumnos/as de servicios del CONAFE que fueron transferidos a escuelas regulares u otros servicios del CONAFE en el marco de la reorganización y consolidación de los servicios del CONAFE.
IV.   CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN:
Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una beca a todos/as los/as aspirantes, éstos serán seleccionados/as, en función del orden de los siguientes criterios:
-      Niños/as y adolescentes que asisten a servicios educativos en localidades con población mayoritariamente indígena.
-      Alumnas inscritas en servicios CONAFE, con la finalidad de reducir las brechas de desigualdad de género.
-      Niños/as y adolescentes que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, aún si este se encuentra ubicado dentro de su propia localidad.
-      Para alumnos/as de servicios del CONAFE que fueron transferidos a escuelas regulares u otros servicios del CONAFE .
-      Los/as niños, niñas y jóvenes que se encuentren inscritos en servicios educativos comunitarios
V.    DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ENTREGAR PARA OTORGAR LA BECA A LOS/AS BENEFICIARIOS/AS DE NUEVO INGRESO:
Del/de la alumno/a:
-      Trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios: CONAFE-00-011 Solicitud de beca "Acércate a tu escuela".
-      Elementos o características que dan derecho a lo/a solicitante para realizar el trámite:
       Los trámites los pueden realizar el padre, madre de familia o tutor quienes presentan la solicitud del/de la alumno/a.
-      Mecanismo para realizar el trámite:
       Registro en línea de la solicitud de beca acércate a tu escuela en el link https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/acercateenlinea o bien presentar el formato correspondiente (Documentos adicionales 2b Formato de solicitud de becas).
-      Datos y documentación necesarios para realizar el trámite:
       Del/de la aspirante
o    Copia del acta de nacimiento.
o    Carta compromiso (Documentos adicionales 2c Formato cartas compromiso).
o    Original de la constancia de inscripción expedida con fecha actualizada por el plantel educativo donde realizará sus estudios del grado que cursará (debe contener nombre completo del/de la alumno/a, grado, clave de la comunidad, clave del centro de trabajo, sello de la escuela y firma del/de la director/a).
o    Para alumnos/as que cuenten con alguna discapacidad no evidente, presentar comprobante médico que la indique, expedido por el IMSS, ISSSTE, SSA o Seguro Popular
Para los/as alumnos/as que asistan a campamentos migrantes atendidos por el CONAFE, deberán notificar y entregar original de la carta que manifieste el periodo de estancia comprometido.
Del Padre, Madre de Familia o Tutor/a:
-      Copia del acta de nacimiento.
-      Registro en línea de la solicitud de beca acércate a tu escuela en el link https://cnfsiiinafe.conafe.gob.mx/acercateenlinea o bien presentar el formato correspondiente (Documentos adicionales 2b Formato de solicitud de becas).
-      Copia del comprobante de domicilio, el cual podrá ser: recibo de agua, predial y/o luz, credencial de elector, o en su caso, original del oficio o constancia de arraigo expedida por una autoridad local competente.
-      En caso de que el/la Padre, Madre de Familia o Tutor/a designe un depositario, este último debe cumplir con el requisito señalado en el inciso anterior y presentar original de la carta, mediante la cual
la madre y/o el padre autoriza(n) la estancia del menor en su domicilio.
-      Identificación oficial, podrá ser: copia fotostática de la credencial para votar expedida por el INE (antes IFE) o cartilla del S.M.N. o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, o alguna credencial o documento emitido por instancias federales o estatales.
Para renovar el otorgamiento de la beca, el/la Padre, Madre de Familia o Tutor/a deberá entregar, entre los meses de agosto y septiembre, los documentos que acrediten la continuidad del/la beneficiario/a en el centro educativo:
-      Constancia original de inscripción.
-      Copia de la boleta de calificaciones del nivel o grado anterior.
-      Original para cotejo y copia del certificado del nivel académico inmediato anterior cursado.
VI.   FECHA PARA LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN:
Se deberá entregar la documentación necesaria en la instancia del CONAFE en el estado o en la Oficina Regional más cercana, en los meses de julio al mes de septiembre, de 08:00 a las 17:00 horas de lunes a viernes (El horario puede variar de acuerdo a lo establecido en cada Instancia del CONAFE en el estado y a los husos horarios de los Estados).
VII.  PERIODO DE VALIDACIÓN DE DATOS:
La instancia del CONAFE en el estado realizará la validación de los datos registrados por los/as aspirantes y beneficiarios/as durante el mes de octubre, revisando la información de solicitud de beca, descartando las solicitudes incompletas, verificando el cumplimiento de los requisitos, criterios de priorización establecidos en la presente convocatoria. Asimismo, solicitará a la Autoridad Educativa Local la confronta de los beneficiarios del programa, a fin de constatar su inscripción y permanencia en el servicio educativo.
VIII.  NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:
La Delegación Estatal notificará a los /as aspirantes y beneficiarios/as el resultado de su solicitud de beca y de la renovación, por cualquiera de los siguientes medios: correo electrónico, oficio publicación de resultados en el portal institucional, en las Delegaciones Estatales y/o Sedes u Oficinas Regionales.
-      Plazo máximo de respuesta: 60 días naturales.
-      Plazo de prevención: 30 días naturales.
Si al término del plazo máximo de respuesta, la autoridad no ha contestado, se entenderá que la resolución fue negativa.
IX.   TEMPORALIDAD DE LA BECA:
Los(as) beneficiarios(as) podrán recibir la beca durante 10 meses de duración del ciclo escolar y la entrega se realizará en tres exhibiciones, de acuerdo al siguiente cuadro:
Mes en que reciben los
apoyos
Periodo que abarca
Marzo
Enero a Marzo
Junio
Abril a Junio
Diciembre
Septiembre a Diciembre
X.    MONTO Y FECHA DE ENTREGA DEL APOYO ECONÓMICO:
       El monto del apoyo económico será de acuerdo al presupuesto asignado y la entrega del mismo se realizará en tres exhibiciones, de acuerdo al siguiente cuadro:
Mes en que reciben los apoyos
Periodo que abarca
Marzo
Enero a Marzo
Junio
Abril a Junio
Diciembre
Septiembre a Diciembre
 
       La entrega del apoyo económico se realizar a través de cualquiera de las siguientes modalidades: Depósito a cuenta bancaria, vía contrarecibo o cheque.
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA LA ENTREGA DE LOS APOYOS:
-      La firma del Convenio se realizará por cada niño/a o adolescente que se incorpore como beneficiario/a de los apoyos económicos de "ACÉRCATE A TU ESCUELA", con dicho documento se formaliza y regula la entrega de la beca.
-      No se otorgará ningún apoyo económico si el responsable no presenta toda la documentación solicitada.
 
XI.   DATOS DE CONTACTO DE LAS DELEGACIONES ESTATALES:
DELEGACIÓN
DIRECCIÓN
TELÉFONO
CONTACTO
E-MAIL
Aguascalientes
Av. Héroes de Nacozari Nte
No. 3001
Fraccionamiento Las
Hadas,
C.P. 20140.
Aguascalientes, Ags.
01-449-9-13-20-95
01-449-9-17-66-22
 
C.P. Melisa
Pasillas Valdivia
 
mpasillas@conafe.gob.mx
Baja California
Calafia y Avenida. Pioneros
No. 1100, 2 °. Piso,
Centro Cívico Comercial,
C.P. 21000.
Mexicali, B. C.
01-686-557-09-01
 
Lic. Lorena
Gómez Guerra
 
lgomezg@conafe.gob.mx
Baja California
Sur
Océano Atlántico No. 4796,
Entre Madre Perla y Mar
Mediterráneo,
Col. El Conchalito,
C. P. 23090.
La Paz, B. C. S.
01-612-124-20-17
01-612-124-20-18
01-612-124-20-19
Ing. Filemón
Sierra García
fsierra@conafe.gob.mx
Campeche
Calle 61 No. 37 entre 12 y
14,
Col. Centro,
C.P. 24000.
Campeche, Camp.
01-981-816-16-29
01-981-814-48-54
 
Lic. Eduardo
Manzanero Ruiz
emanzanero@conafe.gob.
mx
Coahuila
Paseo Reforma No. 1500,
Col. Provivienda,
C. P. 25020.
Saltillo, Coah.
01-844-414-87-74
01-844-414-73-89
01-844-414-91-70
Lic. Alejandra
Ramírez Veloz
 
aramirez@conafe.gob.mx
jvelazquez@conafe.gob.mx
Chiapas
Boulevard. Fidel Velázquez
No. 1471,
Fraccionamiento 24 de
Junio,
Frente a SECH,
C. P. 29047.
Tuxtla Gutiérrez, Chis.
01-961-616-20-17
01-961-616-66-32
01-961-616-66-30
Lic. Aristeo
López López
 
alopezl@conafe.gob.mx
Chihuahua
Avenida Cuauhtémoc No.
2200,
Col. Cuauhtémoc,
C. P. 31020.
Chihuahua, Chih.
01-614-415-91-23
01-614-415-68-18
01-614-415-89-11
C. Gerardo
Valenzuela de la
Rocha
 
gvalenzuela@conafe.gob.m
x
 
Durango
Ferrocarril No. 99,
Edificio Plaza Guadiana 2o.
Nivel,
Col. Bellavista,
C. P. 34070.
Durango, Dgo.
01-618-128-06-11
01-618-128-06-15
Lic. Anabell
Jaquez Castro
 
ajaquez@conafe.gob.mx
Guanajuato
Calle Nueva No. 18,
Col. Noria Alta,
C. P. 36050.
Guanajuato, Gto.
01-473-733-55-91
01-473-733-01-75
C.P. Pedro
Antonio
Rodríguez
Camacho
parodriguez@conafe.gob.m
x
Guerrero
Avenida Francisco Ruiz
Massieu No. 2,
Fracc. Villa Moderna,
C.P. 39070.
Chilpancingo, Gro.
 
01-747-472-65-87
01-747-472-65-90
C.P. Víctor Jorge
García Sevilla
vsevilla@conafe.gob.mx
Hidalgo
Libramiento Vial a Tampico
Km 3.5,
Col. Santiago Jaltepec,
C.P. 42182.
Pachuca, Hgo.
01-771-717-17-01
01-771-717-17-02
C.P. Jesús
Fuentes de la
Peña
jfuentesd@conafe.gob.mx
Jalisco
Bellavista 299,
Col. Lindavista,
C. P. 45169.
Zapopan, Jal.
01-333-641-94-13
01-333-641-15-77
Profra. Ma.
Jesús Quezada
Cárdenas
 
mcardenas@conafe.gob.m
x
Estado de
México
Teanquistengo No. 102,
Barrio la Teresona,
Col. Sánchez,
C. P. 50040.
Toluca, Edo. de México
01-722-217-50-29
01-722-217-50-31
Lic. Fernando
Miranda Plata
 
fmiranda@conafe.gob.mx
 
Michoacán
Avenida Francisco I.
Madero Oriente No. 4525,
(antes Kilómetro 1.5
Carreta. a Charo)
Col. Cd. Industrial,
C.P. 58200.
Morelia, Mich.
01-443-323-09-56
01-443-323-15-36
Lic. Julio César
Solórzano
Villafuerte
jsolorzano@conafe.gob.mx
Morelos
Privada Pericón No. 6,
Col. Miraval,
C.P. 62270.
Cuernavaca, Mor.
01-777-317-66-74
01-777-317-75-40
Lic. Said
Ocampo Jiménez
 
socampo@conafe.gob.mx
Nayarit
Avenida Insurgentes 271
Poniente,
Col. Versalles,
C.P. 63139.
Tepic, Nay.
01-311-214-04-10
01-311-214-30-69
Lic. Efrén
Cordero
Gutiérrez
 
egutierrez@conafe.gob.mx
Nuevo León
Manuel M. del Llano
No.1231 Oriente,
Entre Platón Sánchez y
Carbajal de la Cueva,
Col. Centro,
C. P. 64000.
Monterrey, N.L.
 
01-818-344-55-54
01-818-344-53-73
Prof. Juan
Antonio
Sifuentes Corona
jsifuentes@conafe.gob.mx
Oaxaca
Manuel Ruiz No. 309,
Col. Reforma,
C.P. 68050,
Oaxaca de Juárez, Oax.
01-951-51684-32
C. Gumecindo
Ermilo Rojas
Nava
grojas@conafe.gob.mx
Puebla
21 Poniente No. 3305,
Col. Belisario Domínguez,
C.P. 72180.
Puebla, Pue.
01-222-231-63-56
01-222-231-63-55
Lic. Marcos
Refugio Morales
Ramírez
mmoralesr@conafe.gob.mx
 
Querétaro
Camino a Vanegas No. 11,
Col. Emiliano Zapata,
C.P. 76900.
Querétaro, Qro.
01-442-225-40-43
01-442-225-40-44
Lic. Nicanor
Hernández
Loredo
nhernandezl@conafe.gob.
mx
Quintana Roo
Insurgentes No. 83
entre Luis Moya y Heriberto
Frías,
Col. Adolfo López Mateos
C. P 77010.
Chetumal, Q. Roo.
01-983-832-21-45
01-983-832-32-58
Ing. Salomón
Montero
Alvarado
smontero@conafe.gob.mx
San Luis Potosí
Calle Ignacio Martínez No.
680,
Col. La Ladrillera, Tierra
Blanca,
C.P. 78364,
San Luis Potosí, S. L. P.
01-444-811-75-33
01-444-811-75-48
Lic. Julio Cesar
Moreno Serna
 
jmoreno@conafe.gob.mx
Sinaloa
Juan José Ríos No. 265
Pte. Altos,
Col. Jorge Almada,
C.P. 80200,
Culiacán, Sin.
01-667-713-50-37
01-667-713-50-08
Arq. Sixto
Burgueño
Castaños
 
sburgueno@conafe.gob.mx
Sonora
Luis Donaldo Colosio No.
70,
Entre Guerrero y
Garmendia,
Col. Centro,
C.P. 83000
Hermosillo, Son.
 
01-662-262-92-32
01-662-262-11-96
C. José Alberto
Morán Aguileta
jmoran@conafe.gob.mx
Tabasco
1a. Cerrada de Sánchez
Magallanes No. 107,
Col. Nueva Villahermosa,
C. P. 86070.
Villahermosa, Tab.
01-993-314-51-64
01-993-314-05-00
Lic. Claudia
López Ramón
clopezr@conafe.gob.mx
 
Tamaulipas
Calle González, Esq. Juan
José de la Garza No. 201,
Col. Guadalupe Mainero,
C.P. 87100,
Cd. Victoria, Tamps.
01-834-312-63-87
01-834-312-99-09
Lic. Ruy Alvar
Núñez González
 
rnunez@conafe.gob.mx
Tlaxcala
Carr. Santa Ana Ocotlán
No. 21,
Col. San Gabriel Cuauhtla,
C.P. 90117,
Tlaxcala, Tlax.
01-246-46 64 986
Lic. María Lorena
Calva Rodríguez
mcalva@conafe.gob.mx
Veracruz
Boulevard Culturas
Veracruzanas S/N,
Reserva territorial,
Frente a Lomas Verdes,
C.P. 91097.
Jalapa, Ver.
01-228-819-20-11
01-228-819-20-13
Lic. Arturo
Gómez Arellano
 
agomez@conafe.gob.mx
Yucatán
Calle 58 A No. 487 , Por 25
y 27,
Col. Itzimna,
C.P. 97100.
Mérida, Yuc.
01-999-981-37-77
01-999-981-57-77
Lic. Alma Noemí
Ruiz Orozco
 
aruiz@conafe.gob.mx
Zacatecas
Elena Poniatowska No.1,
Col. Ojo de Agua de la
Palma Industrial,
C.P. 98606.
Guadalupe, Zac.
01-492-921-13-29
01-492-921-13-32
Lic. Miguel Ángel
Márquez Najera
anajera@conafe.gob.mx
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Convocatoria General de Becas
Ciclo Escolar XXXXX-XXXXX
La presente convocatoria está sujeta a lo dispuesto en las RO, el Reglamento General de Becas para Alumnos del Instituto Politécnico Nacional y los Lineamientos para la Operación de Becas en los Niveles Medio Superior y Superior del IPN.
Beca
Tipo Educativo
Periodo de
registro
Periodo de
entrega de
documentos
Fecha de publicación de
resultados
-    XXXXX
Medio Superior y
Superior
XXXXX
XXXX
XXXXXX
-    XXXXX
Medio Superior y
Superior
XXXXX
XXXX
XXXXXX
-    XXXXX
Medio Superior y
Superior
XXXXX
XXXX
XXXXXX
 
-      Población objetivo.
-      Requisitos.
-      Criterios de priorización.
-      Periodos escolares que abarca el beneficio.
-      Monto.
-      Forma de entrega de la Beca.
-      Periodicidad de entrega de la Beca.
-      Plazo máximo para capturar los datos bancarios y la consecuencia de no hacerlo.
-      Dirección electrónica en la que se podrá consultar la información sobre la convocatoria.
-     Fechas y forma para llevar a cabo el registro, entrega de documentación y publicación de resultados para cada tipo de Beca.
-      El trámite de la beca es gratuito.
-      Causas de suspensión y motivos de cancelación de las becas.
-      Consideraciones para la equidad de género.
Ciudad de México, a XX de XXXX.
Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.
Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
Consulta la página: https://www.ipn.mx/dse/becas
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
Aplica el documento adicional 1a denominado Formato de convocatorias, Subsecretaría de Educación Media Superior, además:
Formato de convocatoria, Subsecretaría de Educación Media Superior, becas por postulación
Convocatoria
BECA XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
La Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS), a través de la Coordinación de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior (CBSEMS), convoca a xxxxxxxxxxxxxxxxx de las instituciones de educación media superior a postular a xxxxxxxxxxxxxxxxxxx para obtener una beca de xxx.
MONTO Y DURACIÓN DE LA BECA:
La beca consiste en un apoyo monetario que va de xx a xx pesos xxxxxxxx, pagados de manera xxxxx, con una duración de hasta xx meses. El primer pago de la beca será efectivo a partir de la aprobación por
parte del Comité Técnico de Becas de la SEMS y por consecuente, de la publicación de resultados.
REQUISITOS GENERALES:
a)    Estar inscrito/a en una institución de educación media superior (IEMS) participante.
b)    Ser postulado por el Comité de Becas de la institución de educación media superior participante, como potencial beneficiario/a de la beca.
c)     Contar con CURP y cuenta de correo electrónico vigente.
d)    No estar recibiendo algún otro beneficio económico otorgado para el mismo fin por organismos públicos federales, ni durante el tiempo en que reciba el beneficio.
e)    ...
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
a) ...
b) ...
PROCESO DE SELECCIÓN
Para la asignación de las becas se seguirá el procedimiento siguiente:
Integración del Comité de Becas del Plantel. - Las instituciones de educación media superior participantes, integrarán un Comité de Becas con la intervención de autoridades escolares y padres/madres de familia o tutores.
Postulación de candidatos/as. - El Comité de Becas de cada institución de educación media superior participante, sesionará para revisar los expedientes de aquellos/as alumnos/as susceptibles de recibir el apoyo. Una vez que determinen quienes serán esos/as alumnos/as, se realizará la postulación de los/as mismos/as a través del Sistema de Registro y Captura de Actas de Comité (SIREC), disponible en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx.
Los/as directores/as de plantel deberán integrar y resguardar los expedientes probatorios y poner a disposición de las instancias fiscalizadoras cuando se requiera.
Verificación de requisitos y criterios. - La CBSEMS a través de la postulación que realicen las instituciones de educación media superior participantes, realizará una lista de prelación de los/as postulados/as, según los criterios de selección establecidos en las RO del PNB.
Confronta de Padrones. - El listado de los/as potenciales beneficiarios/as se comparará con otros padrones de beneficiarios/as, con la finalidad de evitar que algún/a alumno/a cuente con dos becas otorgadas al amparo del Gobierno de México. Los/as becarios/as de cualquiera de esos programas, serán excluidos de la lista de potenciales beneficiarios/as.
Verificación presupuestaria. - La CBSEMS verificará la disponibilidad presupuestaria y determinará el número total de becas que pueden ser asignadas.
Criterios de Priorización. - Cuando los recursos disponibles sean insuficientes para otorgar una beca a todos/as los/as aspirantes, serán seleccionados/as en función de los siguientes criterios:
-      ...
-      ...
-      ...
Notificación y publicación de resultados. - Los resultados de la selección de beneficiarios/as, serán notificados por la CBSEMS a las instituciones de educación media superior, a través del SIPOP o vía correo electrónico, a partir de la aprobación de resultados del Comité Técnico de Becas. Cada plantel publicará los listados de beneficiarios/as en lugares visibles. Asimismo, la CBSEMS publicará a través del SIRCAD los resultados a los/as aspirantes o a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx el listado de beneficiarios/as de la beca o a través de correo electrónico.
Entrega de Apoyos. - La CBSEMS notificará a las autoridades de plantel y a cada beneficiario/a a través del SIPOP y SIRCAD respectivamente, o vía correo electrónico, el procedimiento que se debe seguir para la recepción de los apoyos y cómo disponer del beneficio. Los/las beneficiarios/as podrán consultar la fecha del depósito de la beca en el calendario de pagos que está disponible en la sección del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Depositos o en el SIRCAD.
Validación de continuidad. - El/la director/a del plantel la llevará a cabo en el periodo comprendido del xxx al xxx a través del Sistema Integral de Procesos Operativos del Plantel (SIPOP), confirmando para cada
estudiante:
a)    XXXXXXXXX
b)    XXXXXXXX
c)    XXXXXXXX
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/AS BECARIOS/AS
Derechos
a) Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de las autoridades educativas y del plantel
b) Recibir de la CBSEMS asesoría y apoyo sobre la operación del mismo sin costo.
c) Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas respecto de las becas del Programa.
d) Recibir el comunicado por parte de la CBSEMS sobre la asignación de la beca, por el medio correspondiente en los términos establecidos en las presentes RO.
e) Recibir la beca en los términos establecidos en las presentes RO, tratándose de una beca en especie, conforme a lo establecido en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s), salvo que por causas de fuerza mayor o caso fortuito se deba reprogramar su entrega.
f) Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades extraordinarias a su condición como beneficiario/a, o bien realizar alguna contribución o donación al plantel o a otros/as educandos.
g) Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en normativa jurídica aplicable en la materia.
h) Interponer los recursos administrativos conforme a las disposiciones jurídicas aplicables que para cada caso en particular procedan, cuando se vulnere su derecho a recibir la beca.
i) Presentar cualquier tipo de denuncia, queja o sugerencia cuando considere haber sido objeto de algún trato discriminatorio o de mala atención por parte de los/as servidores públicos durante el proceso para obtener la beca.
j) Solicitar y recibir en los casos de suspensión o cancelación de la beca, la resolución fundada y motivada de la Instancia ejecutora correspondiente.
k) Realizar solicitudes de información sobre las becas a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx.
l) Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito a través del portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos, respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.
m) Cuando los/as alumnos/as que ya cuenten con una beca y soliciten otra de las becas que son responsabilidad de la SEMS, éstos podrán renunciar a su primera beca para evitar la duplicidad en el otorgamiento de becas para el mismo fin, a través del mecanismo que establezca la SEMS y sea difundido en la página web www.becasmediasuperior.sep.gob.mx.
Obligaciones:
a) Cumplir, conforme a la beca que se solicite, con lo señalado en las presentes RO, los anexos y documentos adicionales correspondientes (1-16) y en su caso en la convocatoria(s) que se emita(n) o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada instancia ejecutora.
b) Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora.
c) Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del plantel y al personal de la Instancia ejecutora correspondiente.
d) Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el(los) documento(s) que formaliza(n) el otorgamiento de la beca, conforme lo establecido en las presentes RO.
e) Realizar, en caso de decidir participar, las actividades de contraloría social que determine cada una de
las Instancias ejecutoras.
f) Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional al otorgado por la SEMS.
g) Entregar en el plantel al que esté inscrito/a su solicitud de cancelación de la beca, a través del formato escrito que la SEMS emita en el portal www.becasmediasuperior.sep.gob.mx. El plantel será el responsable de realizar la baja de manera inmediata a través del SIPOP y de resguardar el acuse correspondiente.
h) Aportar los datos e información que le sea solicitada, cuando se realice una visita de supervisión tanto en el plantel educativo o bien en el domicilio de la persona beneficiaria.
i) Dar seguimiento a su solicitud y al proceso de validación a través de la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el SIRCAD.
j) Recoger su medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la notificación por parte de la CBSEMS de que el medio de pago esté disponible.
k) Confirmar la recepción del medio de pago en un periodo no mayor a 45 días naturales contados a partir de la notificación mediante los mecanismos establecidos por la CBSEMS en las convocatorias.
l)Disponer de la beca, en cada uno de sus pagos, en un periodo no mayor a 45 días naturales, contados a partir de la notificación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad del beneficio.
m) Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica capturada en la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx, al momento de registrar su solicitud de beca. En caso de que dichos documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP a través de la SEMS cancelará la beca, sin perjuicio de dar vista a las instancias competentes.
n) Permitir visitas domiciliadas por parte de la CBSEMS para corroborar los datos declarados en la Encuesta Socioeconómica.
ñ) Observar puntualmente, cuando la beca sea en especie, las condiciones de uso del apoyo otorgado, conforme se establezca en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
Causales de cancelación:
a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las presentes RO y en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) o en el (los) instrumento(s) jurídico(s) aplicable(s) para cada Instancia ejecutora.
b) Cuando el/la beneficiario/a renuncie a la beca y lo manifieste mediante un escrito dirigido a la Instancia ejecutora.
c) Fallecimiento del/la beneficiario/a.
d) Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes (1-16) de las presentes RO.
e) De detectarse falsedad en la información exhibida por el/la beneficiario/a.
f) Cuando al beneficiario/a se le haya cubierto el total de la beca.
g) Cuando el/la beneficiario/a no recoja su medio de pago en un plazo menor o igual a 45 días naturales contados a partir de que la CBSEMS notifique que el recurso de la beca se encuentra disponible.
h) Cuando el/la beneficiario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de que la CBESMS notifique que el recurso de la beca se encuentra disponible.
i) Cuando los datos académicos de la persona beneficiaria no hayan sido validados por la persona titular de la dirección del plantel.
j) Cuando el/la beneficiario/a suspenda sus estudios temporal o definitivamente y el plantel sea quien informe de esta circunstancia a la CBSEMS.
k) Cuando el/la beneficiario/a reciba dos o más becas para el mismo fin.
 
l) A petición de la dirección del plantel por causas plenamente justificadas como son: solicitud del alumno/a, expulsión del alumno/a del plantel, haber abandonado los estudios de educación media superior, defunción, gozar de otro beneficio económico para el mismo fin otorgado por alguna dependencia federal de la administración pública centralizada. Esta cancelación deberá estar soportada con evidencia documental que acredite las causas de baja solicitadas por la dirección del plantel.
m) Por no exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca, o bien los documentos que acrediten la veracidad de la información proporcionada en la encuesta socioeconómica. La baja de los/as alumnos/as será notificada a la CBSEMS a través del módulo de bajas del SIPOP.
n) Tratándose de becas en especie, las causales de cancelación serán definidas en la(s) convocatoria(s) que al efecto se emitan o en el/los instrumento(s) jurídico(s) respectivo(s).
Causales de suspensión:
a) Por errores no imputables al/a la beneficiario/a generados durante la etapa de validación de datos a que se refiere el numeral 3.3.2. "Procedimiento de selección" de las RO vigentes.
b) Por omisiones del/de la alumno/a o de las autoridades de las IEMS que hayan sido detectadas por la CBSEMS en la solicitud de beca o durante el proceso de validación.
c) Cuando el/la beneficiario/a no disponga del apoyo posterior a los 45 días naturales contados a partir de la notificación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible.
Causales de reintegro:
a) Dependiendo del motivo de la cancelación de la beca, la CBSEMS podrá solicitar el reintegro de los pagos realizados hasta ese momento.
b) Cuando el/la beneficiario/a, en el caso de becas monetarias, no disponga del recurso de la beca, posterior a 90 días naturales, contados a partir de la notificación por parte de la CBSEMS de la disponibilidad de cada uno de los pagos.
c) Cuando el/la beneficiario/a, en el caso de becas monetarias, no recoja su medio de pago en un periodo menor o igual a 45 días naturales, contados a partir de la notificación por parte de la CBSEMS de que el recurso de la beca se encuentra disponible.
d) xxxxxxxxxxxxx
e) xxxxxxxxxxxxx
Para mayor información de la beca, de las IEMS participantes, derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos, deberá consultar las RO del Programa Nacional de Becas, disponibles en el sitio www.becasmediasuperior.sep.gob.mx llamar al teléfono 01 (55) 3601 1000, Extensiones: 60539, 60540, 60541, 60548, 60615, o al 01 800 522 67 98 (lada sin costo), o escribir a través del Buzón de Becas www.becasmediasuperior.sep.gob.mx/Contactanos
Lada sin costo 01 800 522 67 98
"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
Subsecretaría de Educación Superior (SES)
CONVOCATORIA DE BECAS DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR
La Subsecretaría de Educación _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ de la Secretaría de Educación Pública (SEP), a través de _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ .
CONVOCA(N)
A_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ El objetivo de esta beca es_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ Para obtener dicha beca, los (las) solicitantes se someterán a las siguientes:
BASES
 
Podrán participar en la beca:
-      _ _ _ _ _ _ _ _ _.
-      _ _ _ _ _ _ _ _ _.
REQUISITOS
-      _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
-      _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
DOCUMENTOS A ENTREGAR
-      _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
-      _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
CRITERIOS DE COMPATIBILIDAD CON OTRAS BECAS
Los (las) beneficiarios (as) de esta beca_ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _._ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
CARACTERÍSTICAS DE LA BECA
La SES, a través de la ________, será la instancia responsable de _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
a)    _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
b)    _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
c)    _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
d)    _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
e)    _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _.
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
Los resultados se darán a conocer_ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
DERECHOS Y OBLIGACIONES
_ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
CALENDARIO GENERAL
Actividad
Fechas
 
 
 
 
*Este programa es financiado con recursos concurrentes de la Federación y del Estado de _______o de NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN.
*Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.
En su caso, incluir la leyenda "Los recursos para la operación e implementación de esta beca corresponderán al presupuesto autorizado para cada ejercicio fiscal. Las becas otorgadas se renovarán siempre y cuando la suficiencia presupuestal lo permita y el/la alumno/a cumpla con los requisitos previstos en el numeral 2 del presente anexo".
2b Formato de solicitud de becas.
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)

SOLICITUD DE BECA ACÉRCATE A TU ESCUELA
Fecha: __________1___________
Entidad: _________2___________
 
DATOS DEL BENEFICIARIO/A
CURP: _________3____________
Nombre completo del/de la alumno/a: 4
 
 
 
 
 
 
Apellido paterno
 
Apellido materno
 
Nombre (s)
 
Sexo: H ( ) M ( ) (5)
Fecha de nacimiento: Año ____ Mes _______ Día ____ (6)
Nacionalidad: ________ (7) ________
¿Tiene alguna discapacidad? SI ( ) NO ( )        ¿Cuál? __________ (8) ____________
¿Habitas en alguna comunidad indígena? SI ( ) NO ( ) ¿Cuál? _________9______________
¿Habitas en algún campo agrícola migrante? SI ( ) NO ( ) ¿Cuál? _________10______________
¿Eres alumno/a egresado/a de los servicios del CONAFE SI ( ) NO ( )
¿De que nivel? _________11______
DATOS ESCOLARES
Marque con una x el nivel o grado en el que ingresará o en la cual está inscrito/a el/la alumno/a:
Nivel 11
Grados 11
Preescolar Comunitario
1 ° ( ) 2 ° ( ) 3 ° ( )
Preescolar Federal y Estatal
1 ° ( ) 2 ° ( ) 3 ° ( )
Primaria Comunitaria
Nivel I ( ) Nivel II ( ) Nivel III ( )
Primaria Federal y Estatal
1 ° ( ) 2 ° ( ) 3 ° ( ) 4 °( ) 5 ° ( ) 6 ° ( )
Secundaria Comunitaria
1 ° ( ) 2 ° ( ) 3 ° ( )
Secundaria Federal y Estatal
1 ° ( ) 2 ° ( ) 3 ° ( )
Promedio del último ciclo escolar cursado: _______12_______
Nombre de la escuela a la cual ingresará o está inscrito/a: ________13__________
Clave del Centro de Trabajo (CCT): __________14_______________
Estado: _____________15________________________
Municipio: _________16____________  Localidad: __________17____________
Domicilio de la escuela: __________________18__________________________
(Calle, número y colonia)
El/la niño/a cuenta con alguna beca 19:  Prospera Sí ( )   No ( )
                                                     Otra: Sí ( )        No ( ) Especifique: _________
 
DATOS FAMILIARES
CURP: ________20__________
Nombre del padre o tutor 21:
 
 
 
 
 
 
Apellido paterno
 
Apellido materno
 
Nombre (s)
 
Fecha de Nacimiento Año: __22___ Mes: _22__ Día: __22___
Ocupación: ____23_________ Ingresos: $___24_______ Nacionalidad: ____25__
CURP: ________26__________
Nombre de la madre o tutora 27:
 
 
 
 
 
 
Apellido paterno
 
Apellido materno
 
Nombre (s)
 
Fecha de Nacimiento Año: __28___ Mes: __28__ Día: __28__
Ocupación: ______29_______ Ingresos: $___30_______ Nacionalidad: ___31___
Domicilio de los padres: ___________________32_________________________
(Calle, número y colonia)
Municipio: _________33_____________ Localidad: ___________34__________
¿Cuántos hijos/as tiene? _____35_____ ¿Cuántos van a la escuela? _____36____
¿Cuántos hijos/as tienen beca Acércate a tu Escuela? ____37___________
La comunidad donde vive cuenta con: 38
Preescolar ( )           Primaria ( )       Secundaria ( )
¿Cuál es la forma más fácil de comunicarse con usted? Anotar cuenta de correo y/o teléfono: 39
Correo _____________________ Teléfono ____________________
______________40_______________
Nombre y firma del Padre, Madre de Familia o Tutor/a
Solicitante
Todos los datos de este formato deberán ser llenados por el/la interesado/a
Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general se captarán a través del Órgano Interno de Control en el CONAFE, el Órgano de Control Estatal, si es el caso el Órgano de Control Municipal, Módulos de Quejas y Sugerencias, Oficinas Delegacionales del CONAFE en las Entidades Federativas, etc., vía personal, escrita, internet (www.conafe.gob.mx/Paginas/atencion-ciudadana.aspx) por correo electrónico: ue.mt@conafe.gob.mx, quejasysugerencias@conafe.gob.mx, atención telefónica 01800-4-CONAFE (01800-4-266233) horario de 9:00 a 6:00 pm, vía Servicio Postal Mexicano a la siguiente dirección Av. Insurgentes Sur No. 421 Edificio "B", Colonia Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100 Planta Baja.
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO
 
"SOLICITUD DE BECA ACÉRCATE A TU ESCUELA"
Objetivo: tiene como finalidad conocer los datos personales del/de la solicitante, el grado escolar, si vive con sus papás o con algún familiar y si cumple con el perfil requerido.
Núm.
Concepto
Instrucción
DATOS DEL BENEFICIARIO/A
1
Fecha
Anotar claramente la fecha de llenado de la solicitud.
2
Entidad
Anotar claramente la entidad donde se aplica la solicitud
3
CURP
Anotar claramente la CURP del/de la beneficiario/a
4
Nombre Completo
Anotar claramente el nombre completo del beneficiario/a empezando por el nombre(s), primer apellido y segundo apellido
5
Sexo
Marcar con una "x" si el/la beneficiario/a es hombre o mujer.
6
Fecha de nacimiento
Anotar claramente la fecha de nacimiento en el siguiente orden: AAAA/MM/DD (Año, Mes y Día).
7
Nacionalidad
Anotar claramente la nacionalidad del/de la beneficiario/a
8
¿Tiene alguna discapacidad?
Anotar claramente si el/la beneficiario/a tiene alguna discapacidad.
9
¿Habitas en alguna comunidad indígena?
Anotar claramente si el/la beneficiario/a habita en alguna localidad indígena, si la respuesta es afirmativa anotar el nombre de la comunidad.
10
¿Habitas en algún campo agrícola migrante?
Anotar claramente si el/la beneficiario/a habita en algún campo agrícola migrante, si la respuesta es afirmativa anotar el nombre del campo agrícola migrante.
DATOS ESCOLARES
11
Nivel y Grado Escolar
Marcar con una "X" el grado escolar en el que ingresará o en el cual está inscrito, en el nivel correspondiente.
12
Promedio del último ciclo escolar cursado
Anotar con número el promedio que obtuvo el alumno en el último ciclo escolar cursado (sólo para el caso de primaria o secundaria).
13
Nombre de la Escuela
Anotar el nombre de la escuela a la que ingresará o está inscrito/a e/la beneficiario/a
14
Clave del Centro de Trabajo
Anotar la clave del centro de trabajo de la escuela a la que ingresará o está inscrito/a el/la beneficiario/a.
15
Estado
Anotar claramente el nombre del estado donde se encuentra la escuela a la que ingresará o está inscrito/a el/la beneficiario/a.
 
16
Municipio de la Escuela
Anotar el nombre del municipio en donde está ubicada la escuela.
17
Localidad
Anotar el nombre de la comunidad donde se encuentra ubicada la escuela.
18
Domicilio de la Escuela
Anotar el domicilio de la escuela, empezando por la calle, el número y la colonia.
19
El/la niño/a cuenta con alguna beca
Marcar con una "x" la opción que le corresponda y especifique si cuenta con otro tipo de beca.
DATOS FAMILIARES
20
CURP
Anotar claramente la CURP del padre o tutor.
21
Nombre Completo del padre o tutor
Anotar claramente el nombre completo del padre o tutor empezando nombre (s), primer apellido y segundo apellido.
22
Fecha de nacimiento
Anotar claramente la fecha de nacimiento en el siguiente orden: AAAA/MM/DD (Año, Mes y Día).
23
Ocupación del padre o tutor
Anotar claramente a que se dedica o en que trabaja el padre o tutor.
24
Ingresos del padre o tutor
Anotar los ingresos que recibe y especificar si es semanal, quincenal o mensual.
25
Nacionalidad
Anotar claramente la nacionalidad del padre o tutor
26
CURP
Anotar claramente la CURP del padre o tutor.
27
Nombre completo de la madre o tutora
Anotar claramente el nombre completo de la madre o tutora empezando nombre (s), primer apellido y segundo apellido
28
Fecha de nacimiento
Anotar claramente la fecha de nacimiento en el siguiente orden: AAAA/MM/DD (Año, Mes y Día).
 
29
Ocupación de la madre o tutora
Anotar claramente a que se dedica o en que trabaja la madre o tutora.
30
Ingresos de la madre o tutora
Anotar los ingresos que recibe y especificar si es semanal, quincenal o mensual.
31
Nacionalidad
Anotar claramente la nacionalidad del padre o tutor
32
Domicilio de los Padres
Anotar el domicilio de los padres, empezando por la calle, el número y la colonia.
33
Municipio
Anotar el nombre del municipio en donde está ubicada la casa.
34
Localidad
Anotar el nombre de la localidad en donde está ubicada la casa.
35
¿Cuántos hijos/as tienen?
Especificar cuántos hijos/as tiene.
36
¿Cuántos asisten a la escuela?
Especificar cuántos de sus hijos/as asisten a la escuela.
37
¿Cuántos tienen beca acércate a tu escuela?
Especificar cuántos de sus hijos/as tienen beca acércate a tu escuela.
38
La comunidad donde vive cuenta con escuela
Marcar con una "X" el servicio con el que cuenta la comunidad.
39
¿Cuál es la forma más fácil de comunicarse con usted?
Indicar con una "x" la opción que corresponda a la forma más fácil de comunicarse con usted.
40
Nombre y firma del padre, madre o tutor/a
Escribir claramente el nombre del padre, madre o tutor/a del/la solicitante (se firmará cuando se le cite en la alcaldía correspondiente).
2c. Formato de cartas compromiso.
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)

CARTA COMPROMISO TEMPORAL
Fecha: _____________________
CC. _________________________________
DELEGADO/A DEL CONAFE
 
EN EL ESTADO DE _____________________
PRESENTE
Por este conducto, bajo protesta de decir verdad, como padre, madre de familia o tutor/a del/la alumno/a:
 
 
 
 
 
Apellido paterno
 
Apellido materno
 
Nombre (s)
de sexo ________________, quien nació en ______________________________
                                                           Estado Municipio y Localidad
el día: ________ mes: _______ año: ________, me permito hacer de su conocimiento que por el momento no cuento con el (los) siguiente (s) documento (s) señalado (s):
( ) Acta de Nacimiento.
( ) Boleta de evaluación.
( ) Certificación de estudios.
( ) Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria.
( ) Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios de Educación Primaria.
( ) Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.
Asimismo, hago constar que la fecha de nacimiento y el nombre completo de mi hijo (a) o pupilo (a), son los señalados en el presente, y quedo enterado que la fecha límite para entrega del (de los) documento (s) señalado (s) como faltante (s), será el día ________ del mes de _____________________ del año 20___.
Bajo protesta de decir la verdad manifiesto que los datos aquí asentados son verdaderos
 
ATENTAMENTE
 
 
 
Nombre y firma
del
Padre, Madre de Familia o Tutor(a)
 
Líder para la Educación Comunitaria
Nombre y firma
 
 
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
CARTA COMPROMISO DEL/DE LA ASPIRANTE
A QUIEN CORRESPONDA:
EL/LA QUE SUSCRIBE xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ALUMNO/A DE (INCLUIR NOMBRE COMPLETO DE LA UNIDAD ACADÉMICA) DEL IPN CON NÚMERO DE BOLETA xxxxxxxxxxxxxxxxxx EN LA CARRERA xxxxxxxxxxxxxxxxxx.
Manifiesto que he leído y entendido la totalidad de la convocatoria, y que en esta fecha he entregado ante la oficina de becas de la Unidad Académica en que me encuentro inscrito, la solicitud del registro electrónico en el Sistema de Becas (formato de resumen de estudio socioeconómico), para concursar como aspirante a una beca en alguno de los programas que opera y administra el IPN, así como toda la documentación probatoria que hace constar que cubro íntegramente los requisitos que marcan las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas y sus Anexos correspondientes para el IPN.
ATENTAMENTE
 
 

Nombre y firma del/de la
solicitante
 

Sello de la unidad académica
 

Fecha de recepción
 
___________________
Nombre y firma del Padre, Madre
o Tutor/a (en caso de menores
de edad)
 
 
________________________
Nombre y firma de quien recibe
la documentación
De conformidad con lo establecido en el Artículo 113, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, parte de la información descrita en la presente está clasificada como CONFIDENCIAL, por tratarse de datos personales. Por ello, de acuerdo el artículo 21 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, doy mi CONSENTIMIENTO para que sea utilizada en los trámites inherentes al seguimiento de otorgamiento de beca a estudiantes: sin que esta pueda ser destinada para propósitos distintos a los aquí señalados.
Fecha y hora de impresión:
 
2d. Formato de convenios.
Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE)
Convenio para regular el otorgamiento de la beca Acércate a tu Escuela
CONVENIO PARA REGULAR EL OTORGAMIENTO DE LA BECA ACÉRCATE A TU ESCUELA: QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO EN LO SUCESIVO "EL CONAFE" REPRESENTADO POR SU DELEGADO(A) ESTATAL ___________________1___________________________ Y POR LA OTRA PARTE _____________2______________________ EN LO SUBSECUENTE "EL PADRE/LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES:
DECLARACIONES
1. De "EL CONAFE":
1.1 Que es un Organismo Descentralizado creado por el Ejecutivo Federal, que tiene por objeto el fomento educativo a través de la prestación de servicios de educación inicial y básica con Equidad Educativa e Inclusión Social a la población de tres años once meses y niñas, niños y adolescentes hasta los 16 años de edad, que habitan en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación y/o rezago social, bajo el Modelo de Educación Comunitaria, de conformidad con el Decreto
que lo rige publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2016.
1.2 Que el XX de diciembre del 20XX se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo número [precisar] por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en adelante "LAS REGLAS", las cuales consideran el otorgamiento de becas denominada "Beca Acércate a tu escuela".
1.3 Que dentro del Programa Nacional de Becas, opera las Becas Acércate a tu Escuela que tienen por objeto otorgar un apoyo a niños/as y adolescentes en edad escolar que viven en comunidades rurales y las localidades en que habiten registren preferentemente un alto o muy alto nivel de marginación y/o rezago social, o bien aquellos que padezcan algún tipo de discapacidad y asistan a un centro escolar, así como a los que vivan en localidades predominantemente indígenas o en campamentos agrícolas migrantes.
1.4 Que a través de una beca permite que niños/as y adolescentes del medio rural y suburbano marginado puedan iniciar, permanecer o concluir su educación preescolar, primaria o secundaria.
1.5 Que su Delegado/a Estatal cuenta con facultades para celebrar el presente convenio con fundamento en el artículo 25 fracciones I y XII de su Estatuto Orgánico publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de noviembre del 2016 y,
1.6 Que señala como domicilio legal, para efectos del presente convenio el ubicado en ______3______, en el Estado de _________4________.
2 De "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A":
2.1 Que para cumplir con el deber que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos les impone de educar a su hijo/a de nombre _______________5_________________, en adelante "EL/LA BENEFICIARIO/A", solicitaron a "EL CONAFE" le fuese otorgado a éste(a) una Beca, misma que fue autorizada, conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas vigentes, con objeto de que pueda cursar sus estudios de educación _______6______________ durante los meses de ____7______ a _____7_____del ___20___.
2.2 Que, bajo su responsabilidad, han elegido la escuela ____________________________8_____________________________, como el centro educativo al que "EL/LA BENEFICIARIO/A" deberá acudir a realizar sus estudios.
2.3 Que la escuela que han elegido cuenta con el nivel escolar a cursar por EL/LA BENEFICIARIO/A, y está ubicado en ____________9___________.
2.4 Que señala como su domicilio, para efectos del presente convenio, el ubicado en ____________________10_____________________________.
Dadas las anteriores declaraciones, ambas partes suscriben este convenio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA: Es objeto del presente convenio el otorgamiento por parte de "EL CONAFE" de una beca a favor de "EL/LA BENEFICIARIO/A", a fin de que éste(a) pueda incorporarse, permanecer y continuar sus estudios del nivel escolar correspondiente, durante la vigencia del presente Convenio en el Programa Nacional de Becas en su modalidad "Beca Acércate a tu escuela", en lo sucesivo el "PROGRAMA".
SEGUNDA: Para el cumplimiento del objeto del "PROGRAMA", las partes tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
De "EL CONAFE":
a)    Entregar a "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A", un apoyo económico por la cantidad mensual de $_______ (_________11__________), durante la vigencia del presente Convenio, misma que podrá ser modificada conforme a la autorización presupuestal correspondiente.
Dicha cantidad se entregará de acuerdo con las fechas y formas de pago programadas por la Delegación Estatal de "EL CONAFE" correspondiente.
b)    Solicitar a "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A" comprobante de estudios y asistencia de "EL/LA BENEFICIARIO/A".
c)    Elaborar un nuevo convenio en el caso de que "EL/LA BENEFICIARIO/A" cambie de nivel educativo y éste/a requiera de continuar con el apoyo.
d)    Observar lo dispuesto por "LAS REGLAS".
De "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A":
a)    Inscribir a "EL/LA BENEFICIARIO/A" en _______12______, donde deberá cursar sus estudios;
b)    Proporcionar la documentación requerida por "EL CONAFE";
c)    Notificar los cambios de su domicilio a "EL CONAFE";
d)    Vigilar la asistencia, comportamiento y aprovechamiento de "EL/LA BENEFICIARIO/A" en la escuela en que se encuentre inscrito(a);
 
e)    Proporcionar a "EL CONAFE" la información que le requiera, relativa al desempeño y asistencia escolar de "EL/LA BENEFICIARIO/A";
f)     Asistir y participar en las reuniones que convoque "EL CONAFE" en el lugar que éste designe para tal fin, y
g)    Renunciar a la beca dando aviso a "EL CONAFE" cuando así convenga a sus intereses.
TERCERA. - "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A" está de acuerdo en que "EL CONAFE" podrá rescindir su obligación de otorgar la beca en los siguientes casos:
a)    Cuando "EL/LA BENEFICIARIO/A" no se presente a firmar el Convenio en los periodos establecidos.
b)    Cuando "EL BENEFICIARIO/A" reciba dos o más becas para el mismo fin.
c)    Cuando "EL BENEFICIARIO/A" repruebe más de un ciclo escolar en el mismo nivel educativo.
d)    Cuando "EL BENEFICIARIO/A" no se presente a cobrar la beca, en más de una ocasión, de acuerdo al calendario establecido para el CONAFE.
e)    Cuando "EL BENEFICIARIO/A" no entregue en tiempo y forma la documentación que avale su permanencia en el plantel educativo.
f)     Cuando la información contenida en los documentos entregados a la Delegación Estatal sea falsa.
g)    Cuando "EL BENEFICIARIO/A" sea dado de baja del plantel o servicio educativo donde se encuentra inscrito/a.
h)    Cuando "EL BENEFICIARIO/A" así lo solicite.
CUARTA. - Para fomentar la transparencia del ejercicio de los recursos económicos a que se refiere el presente convenio, las partes acuerdan que, en la papelería y documentación oficial, así como en la publicidad y promoción de las acciones que se realicen, deberá incluirse de forma clara, visible y audible, según sea el caso, la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
QUINTA. - Las partes convienen que la vigencia del presente convenio durará todo el periodo establecido en el numeral 2.1, siempre y cuando no se presente ninguna de las causas de rescisión señaladas en la cláusula TERCERA.
SEXTA. - Los asuntos que no estén expresamente previstos en este convenio, así como las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación y cumplimiento, se resolverán de común acuerdo y por escrito entre las partes, acorde con los propósitos del "PROGRAMA" y "LAS REGLAS", manifestando que cualquier adición o modificación al presente instrumento se hará de común acuerdo y por escrito.
Leídas por ambas partes las cláusulas de este convenio y enteradas de su contenido y alcance legal lo firman el día __ de ___13____ de 20__, en dos tantos originales, conservando uno el/la Delegado/a Estatal representante de "EL CONAFE" y el otro "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A".
POR: "EL CONAFE" 14
 
"EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/
A" 15
 
 
 
 
NOMBRE Y FIRMA DELEGADO(A) ESTATAL
 
NOMBRE Y FIRMA
TESTIGOS
16
 
16
NOMBRE Y FIRMA
 
NOMBRE Y FIRMA
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL MODELO DE
CONVENIO PARA REGULAR EL OTORGAMIENTO DE LA BECA ACÉRCATE A TU ESCUELA
Tiene la finalidad de formalizar el otorgamiento de la beca entre el padre, madre de familia o tutor/a y "El CONAFE".
Núm.
Instrucciones ver convenio
1
Anotar el nombre completo del Delegado/a Estatal del CONAFE.
2
Anotar el nombre completo de "EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A
DECLARACIONES DE "EL CONAFE"
3
Anotar el Domicilio de la Delegación Estatal del CONAFE correspondiente.
4
Anotar el nombre del Estado donde se ubica la Delegación Estatal del CONAFE correspondiente.
"EL PADRE /LA MADRE DE FAMILIA O TUTOR/A"
5
Anotar el nombre completo de "EL/LA BENEFICIARIO/A" este debe coincidir con el acta de nacimiento.
6
Anotar el servicio educativo en el que "EL/LA BENEFICIARIO/A" desea continuar sus estudios (Preescolar CONAFE Preescolar Estatal, Primaria CONAFE o Primaria Estatal o Secundaria).
7
Anotar los meses del periodo de vigencia correspondiente según sea el caso:
 (enero-junio del 20__)
 (septiembre-diciembre del 20__)
8
Anotar el nombre de la escuela donde cursa sus estudios "EL/LA BENEFICIARIO/A"
9
Anotar el domicilio de la escuela.
10
Anotar el domicilio donde vive "EL/LA BENEFICIARIO/A"
DE "EL CONAFE"
11
Anotar con número y letra el monto de la Beca.
DE LOS PADRES O TUTORES
12
Anotar el servicio educativo en el que "EL/LA BENEFICIARIO/A" desea continuar sus estudios (Preescolar CONAFE Preescolar Estatal, Primaria CONAFE o Primaria Estatal o Secundaria).
FECHA
13
Anotar la fecha de suscripción del convenio.
FIRMAS
14
Anotar el nombre y firma del Delegado/a Estatal del CONAFE.
15
Anotar el nombre y firma del padre o madre de familia o tutor/a.
16
Anotar nombre y firma de dos testigos.
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS)
Aplica el documento adicional 1d denominado Formato de convenios, Subsecretaría de Educación Media Superior.
Subsecretaría de Educación Superior (SES)
CONVENIO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ "LA SEP", REPRESENTADA POR EL/LA SUBSECRETARIO(A) DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ________________ ASISTIDO(A) POR EL O LA __________, (GRADO, NOMBRE Y CARGO DEL/LA SERVIDOR/A PÚBLICO/A), Y POR LA OTRA PARTE, EL O LA _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"), REPRESENTADO POR EL/LA __________, EN SU CARÁCTER DE ______, ASISTIDO/A POR ______, CONFORME A LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES
PRIMERO. - La Ley General de Educación establece que el Estado promoverá y atenderá, directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros, o bien, por cualquier otro medio, todos los tipos y modalidades educativos, incluida la Educación Superior, por lo que las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias desarrollarán programas para otorgar becas y demás apoyos económicos a los (as) alumnos (as).
 
SEGUNDO. - En 2001 inició la operación del Programa Nacional de Becas y Financiamiento (PRONABES) en los treinta y un estados del país y cuatro Instituciones Públicas de Educación Superior (IPES) de la Ciudad de México, a través de los Comités Técnicos del PRONABES que, para tal efecto, se constituyeron en cada estado e institución. En el ciclo escolar 2003-2004 se integraron al programa dos IPES más; la Escuela Nacional de Antropología e Historia y la Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivonomía; en el ciclo escolar 2008-2009, se integró la Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio y, en 2009 la Dirección General de Educación Superior Tecnológica, la cual a partir del 23 de julio de 2014, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública denominado Tecnológico Nacional de México, con lo que se amplió la cobertura del PRONABES.
De tal manera, se suscribieron diversos convenios de colaboración entre "LA SEP", los gobiernos de los estados e IPES.
TERCERO.- Con el propósito de que los órdenes de gobierno e Instituciones fortalezcan sus mecanismos de coordinación e incrementen la cobertura de atención del sistema de educación superior en las entidades federativas y los recursos destinados a la educación superior pública, el Gobierno de México ha creado el "Programa Nacional de Becas" incluyendo la de Manutención" para estudios de tipo superior, destinado a fomentar que los(as) estudiantes en condiciones económicas adversas, tengan acceso a los servicios públicos de educación superior y terminen oportunamente sus estudios.
CUARTO.- Con fecha ____________ se publicó, en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo número ___ por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, en lo sucesivo "Las Reglas", el cual tiene, por objetivo general, contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas y/o apoyos a los/as estudiantes y personal académico del Sistema Educativo Nacional.. Entre sus objetivos específicos se encuentra, el de otorgar becas a estudiantes de educación básica, media superior y superior para fomentar el ingreso, permanencia, egreso y continuación de estudios de la población estudiantil, favorecer el desarrollo de las actividades académicas de los/as estudiantes de todos los tipos educativos y reducir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en el ingreso, permanencia, conclusión y continuación de los estudios de todos los tipos educativos en instituciones públicas.
DECLARACIONES
I.- De "LA SEP":
I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o, fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una Dependencia de la Administración Pública, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.
I.2.- Que él o la Subsecretario/a de Educación Superior suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 2005, y el "Acuerdo número 01/01/17 por el que se delegan facultades a los subsecretarios de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el 25 de enero de 2017.
I.3.- Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de República de Brasil No. 31, oficina 306, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.
II. De ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"):
II.1. Que __________.
II.2. Que __________.
II.3. Que __________.
Visto lo anterior, las partes acuerdan celebrar el presente convenio al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Es objeto de este convenio, la coordinación entre las partes para establecer e instrumentar el "Programa Nacional de Becas del tipo superior en su modalidad de Manutención", en lo sucesivo "El Programa", en ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"), con el fin de fomentar en la entidad que un mayor número de estudiantes en condiciones económicas adversas tengan acceso a los servicios de educación superior y terminen oportunamente sus estudios, de conformidad con lo establecido por "Las Reglas" y cualquier otra disposición aplicable.
SEGUNDA. - Para la realización de las acciones objeto de este convenio, las partes acuerdan la creación
de un fondo, para lo cual "LA SEP" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 20__, aportará la cantidad de $(cantidad con número) (cantidad con letra), para la operación de "El Programa".
Por su parte, ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") aportará la cantidad de $(cantidad con número) (cantidad con letra).
Para la operación de "El Programa" en los ejercicios fiscales posteriores, las partes establecerán, mediante oficio, el monto de sus aportaciones.
TERCERA. - Con el fin de efectuar la operación de "El Programa" y para la debida inversión y administración de los recursos que aporten las partes ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") se obliga a depositarlos en el fideicomiso que para dichos efectos tenga constituido o constituya, de conformidad con lo dispuesto por "Las Reglas", en el que se establezca una subcuenta específica a efecto de identificar y diferenciar los recursos públicos federales del resto de las aportaciones.
En la administración de los recursos se observará lo dispuesto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como las demás disposiciones aplicables en la materia.
CUARTA. - "LA SEP" y ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") se comprometen a llevar a cabo las acciones que se requieran para realizar una aportación anual en dinero al fideicomiso referido con base en la disponibilidad presupuestaria que el ejercicio correspondiente les permita.
El monto de las aportaciones deberá ser suficiente para cubrir los compromisos que se adquieran para "El Programa", con el objeto de asegurar los recursos necesarios para cubrir las becas asignadas a los(as) estudiantes durante el periodo que duren sus estudios. Para tal efecto, las partes tienen la obligación de establecer por escrito, mediante oficio, la fecha en la cual pondrán a disposición del fideicomiso los recursos debiendo cumplir al 100% el compromiso.
("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") se compromete a reintegrar a la Tesorería de la Federación, los remanentes y rendimientos financieros que generen los recursos federales asignados a "El Programa", de conformidad con lo establecido en "Las Reglas".
QUINTA. - ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") contará con un Comité Técnico, en cuya integración y funcionamiento se observará lo establecido por "Las Reglas".
SEXTA. - ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"), a través de sus respectivos Comités Técnicos estatales e institucionales, deberá enviar, a la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP", la información y documentación relativa a los informes técnicos-financieros, así como aquélla referente a la aplicación de "El Programa", en los términos establecidos en el Anexo de Ejecución y "Las Reglas".
SÉPTIMA. - ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") deberán apegarse a lo establecido en" Las Reglas" y dar cumplimiento a las funciones establecidas con respecto a Contraloría Social.
OCTAVA. - Para los efectos de enlace, coordinación, desarrollo, evaluación y seguimiento del objeto de este convenio, así como para conocer y resolver los asuntos derivados de su ejecución, "LA SEP" y ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") acuerdan designar como responsables a:
Por "LA SEP": a _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _, ________ (Grado, nombre, cargo del servidor público).
Por ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"): al _ _ _ _ _ _ _ _ _ __, _ _ _ _ _ _ _.
NOVENA. - El presente convenio no podrá interpretarse de ninguna manera como sustituto de cualquier tipo de asociación o vínculo de carácter laboral entre las partes, por lo tanto, las relaciones laborales se mantendrán en todos los casos entre la institución contratante y sus respectivos(as) empleados(as) o trabajadores(as), aún en los casos de trabajos realizados conjuntamente y que se desarrollen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de las partes.
DÉCIMA. - Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que se pudieran causar o derivar en caso de incumplimiento parcial o total de las acciones señaladas en este instrumento como consecuencia del paro de labores académicas o administrativas, caso fortuito o de fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las acciones en la forma y términos que determinen las partes por escrito.
DÉCIMA PRIMERA. - Las partes acuerdan que, en la publicidad que adquieran para la difusión y en la papelería y documentación oficial para "El Programa", deberán incluir, claramente visible y/o audible según corresponda, las siguientes leyendas:
 
"Este programa está financiado con recursos concurrentes de la Federación, a través de la SEP, y del (nombre del Estado o Institución)".
"Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
DÉCIMA SEGUNDA. - Las partes acuerdan en tratar como confidencial toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento, excepto aquella que deba considerar se pública en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública,
Por lo que se refiere al tratamiento, resguardo y transmisión de datos personales, las partes se comprometen a observar la normativa aplicable en dicha materia.
DÉCIMA TERCERA. - Las partes se comprometen a promover y realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social de "El Programa", con base en lo establecido en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en "Las Reglas" y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social
DÉCIMA CUARTA. - La vigencia de este convenio iniciará a partir de la fecha de su firma y concluirá el ___, sin que se comprometan recursos de ejercicios fiscales subsecuentes; podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes o concluido con anticipación, previa notificación que por escrito realice cualquiera de las partes con 60 (sesenta) días naturales de anticipación.
DÉCIMA QUINTA.- Las partes manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que en caso de presentarse alguna duda respecto a su interpretación o incumplimiento, ésta será resuelta de mutuo acuerdo y, en el supuesto de que no se lograra lo anterior, se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este convenio, lo firman en _______ tantos, en la Ciudad de México, el día _ _ de 20___ _ _ _ _ _ de.
Por: "LA SEP"
Por: "EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"
 
______________________
Subsecretario (a) de Educación Superior
 
______________________________
(Grado, Nombre y Cargo del Servidor Público que
asiste)
ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y (NOMBRE DE "EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"), EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS EN SU MODALIDAD DE MANUTENCIÓN." (CUENTA CON ANEXO DE EJECUCIÓN)
ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") CON FECHA _ _ DE _ _ _ _ DE 20----.
Para la realización de las acciones objeto de este convenio, "LA SEP" proporcionará apoyo financiero por la cantidad de $(número) (letra) Pesos 00/100 M.N.), y "EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN" aportará la cantidad de $(número) (letra) Pesos 00/100 M.N.), que se destinarán exclusivamente al desarrollo del "Programa" que a continuación se señala:
Título del Programa: _ _ _ _ _ _ _ _.
Unidad Ejecutora: (Nombre del "EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN").
Responsable del Programa: _ _ _ _ _ _ _.
Periodo de vigencia del Convenio: De la firma del presente instrumento al _ _ de _ _ de _ _ _ _.
Objetivo: Otorgar becas de Manutención a estudiantes de educación superior que estén inscritos/as en una IPES en un programa de licenciatura o TSU provenientes de hogares cuyo ingreso sea igual o menor a cuatro salarios mínimos per cápita vigentes al momento de solicitar la beca, según la zona geográfica a qué pertenezcan.
Beca: consiste en un apoyo que deberá otorgarse por ("EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN") a cada
beneficiario(a), conforme a los montos y periodicidad que se establezcan en la(s) convocatoria(s) que para tal efecto se emita(n).
En caso fortuito de que se presentaran eventualidades técnicas en el SUBES por un periodo superior a 48 horas, la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP" informará por escrito el proceso a seguir para continuar con la operación de la beca.
Informe técnico.
La Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de "LA SEP" establece los requisitos técnicos necesarios para la implementación de los proyectos que se acuerden por medio de convenios con el objetivo de apoyar la Educación Superior. Lo anterior en busca de establecer elementos de seguimiento, monitoreo y rendición de cuentas que sean el sustento de buenas prácticas en la entrega de recursos públicos.
Por lo antes mencionado, los Informes Técnicos deben contener lineamientos, metodologías, procedimientos, manuales, formatos y/o convocatorias definidas, mensurables y objetivos con los siguientes requerimientos:
Informe Técnico Inicial
Deberá incluir la siguiente información:
-      Nombre del convenio. Éste debe corresponder al estipulado en el documento por medio del cual se suscribe dicho convenio.
-      Año de elaboración del convenio. Fecha en que se firma el convenio.
-      Nombre del "Programa". Nombre que aparece en el convenio por el cual se suscribe el "Programa".
-      Objetivo del "Programa". Se refiere al fin, al objetivo superior a cuyo logro el "Programa" contribuirá de manera significativa. Es necesario que se incluyan los resultados esperados una vez finalizada la ejecución del "Programa".
-      Vigencia del "Programa". La duración esperada en que se ejecutará y completará el proyecto suscrito en el convenio.
-      Responsables de la operación del "Programa" junto con sus datos de contacto. Aquella persona que queda estipulada en el convenio y a quién se le solicitará información si es que la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior la requiere.
-      Los procesos operativos que describan completamente los mecanismos de selección o asignación de los recursos, con reglas claras y consistentes con los objetivos del "Programa", para ello deberán integrar la siguiente información:
â   Cobertura del "Programa". Alcance territorial del "Programa", utilizando la división política del territorio nacional se deberá especificar a nivel localidad, municipal, estatal o nacional el alcance de aplicación del "Programa".
â   Características de los(as) beneficiarios(as). Se refiere a las características socioeconómicas, profesionales, entre otras que deberán cumplir los(as) postulantes a ser beneficiarios(as) del "Programa".
â   Requisitos de los beneficiarios(as). Aquellos documentos que deberán presentar los(as) postulantes a los apoyos para comprobar que son parte del grupo de personas que el "Programa" busca beneficiar.
â   Criterios de selección de los(as) beneficiarios(as). Las valoraciones que realizarán los encargados del "Programa" para elegir a los(as) beneficiarios(as) del mismo. Estás valoraciones o criterios deberán enlistarse y ordenarse de mayor a menor importancia.
â   Los mecanismos de entrega de los apoyos. Estipular en forma de procedimiento la operación del "Programa" y la entrega de los apoyos estipulados en el convenio. En este apartado se deberá agregar un diagrama de flujo que ilustre la operación del "Programa", con el fin de transparentar y obtener información organizada del uso de los recursos.
-      Plan de Trabajo para el Ciclo Escolar, incluyendo la calendarización de las actividades a desarrollar durante la operación del programa.
-      Flujograma de los procesos relacionados con la convocatoria, selección de beneficiarios(as), dispersión de pagos, comprobación de pagos y los que se hayan acordado con la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior.
Adicional, el informe deberá contener la información que la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior, solicite.
Informe Trimestral
Deberá presentarse incluyendo la siguiente información:
 
-      Informe de resultados del "Programa", para el seguimiento y fortalecimiento en la rendición de cuentas, con base en lo requerido por la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior.
Informe Técnico Final
Deberá presentarse incluyendo la siguiente información:
-      Informe Anual de resultados del "Programa", en relación al Ciclo Escolar para el seguimiento y fortalecimiento en la rendición de cuentas, con base en lo requerido por la Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior
Así mismo se será necesario reportar las Actas de Comité, minutas de sesión o cualquier otro documento del órgano encargado de la operación del "Programa", del que deriven los acuerdos relacionados con los beneficiarios (as).
Informe Financiero
-      Constitución de un fideicomiso, en el que se establezca una subcuenta específica para la administración y ejercicio de los recursos financieros que reciba de "LA SEP", así como los rendimientos que se generen en la misma.
-      Padrón de beneficiarias(os) efectivamente pagados desglosado por mes.
-      Identificación oficial de los(as) beneficiarios(as).
-      Estados de cuenta bancarios completos en formato PDF.
-      Formato de seguimiento del pago de Becas (proporcionado por la CNBES), debidamente llenado y firmado en archivo PDF,
-      Oficios de instrucción y/o dispersión de pago de becas a la fiduciaria en archivo PDF.
-      Carga electrónica en SUBES de los layouts que avalen los pagos realizados a los beneficiarios.
-      Confirmación por escrito de la fiduciaria de pago realizado en archivo PDF.
-      Oficio que contenga la relación de becas canceladas y las bajas autorizadas por el Comité Técnico.
-      Listado de casos especiales que se encuentren en proceso de atención y resolución de becas rechazadas por la cuenta bancaria, becarios/as no considerados, entre otros, en archivo PDF.
-      Enviar desglose de becas no pagadas por monto, indicando a qué recurso pertenece y el tipo de beca que se paga. (MANUTENCIÓN/Federal o MANUTENCIÓN/Estatal o IPES, TRANSPORTE /Federal o TRANSPORTE/Estatal o IPES). en archivo PDF y Excel.
-      Aportaciones estatales realizadas al fideicomiso.
Enteradas las partes del contenido y alcance de este Anexo de Ejecución lo firman en cuatro tantos en la Ciudad de México, el día_ _ de _ __ _ _de_ _ _.
Por "LA SEP"
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __
Subsecretario (a) de Educación Superior
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
(Grado, Nombre y Cargo del (de la) Servidor(a)
Público(a) que asiste)
Por "EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"
_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ __ _ __
Representante
 
ÚLTIMA HOJA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y (NOMBRE DE "EL ESTADO" o "LA INSTITUCIÓN"), EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS EN SU MODALIDAD DE MANUTENCIÓN."
2e. Formato de estudio socioeconómico.
Instituto Politécnico Nacional (IPN)
ESTUDIO SOCIOECONÓMICO
PARA SOLICITUD DE BECA
Periodo: 20__
 
Unidad Académica:
 
Nombre:
 
Boleta:
 
CURP:
 
Teléfono:
 
Correo electrónico:
 
Estado:
 
Alcaldía:
 
Modalidad:
 
Características de la vivienda
Residencia Actual:
La casa que habitó es: ( )propia ( ) rentada ( ) pagada a crédito ...
En caso de que sea rentada o pagada a crédito, ¿cuánto se paga mensualmente?
 
¿Qué tipo de casa habito?
 
Se encuentra ubicada en:
 
¿Con qué bienes cuenta mi casa?
 
¿Con cuáles de los siguientes servicios cuenta mi casa? ( ) Agua potable ( ) Luz ( ) Drenaje ( ) Gas ( )
 
¿Mi casa cuenta con?
Sala ( ) Comedor ( ) Cocina ( )
 
¿Cuántos baños hay en mi casa?
 
¿Cuántas recámaras hay en mi casa?
 
Incluyéndome, ¿cuántas personas vivimos en mi casa?
 
Gasto familiar
 
Suma del ingreso mensual de los integrantes de tu familia (INCLUYÉNDOTE)
 
Total de integrantes de tu familia (INCLUYÉNDOTE)
 
Ingreso per cápita
 
¿Trabajo actualmente?
 
¿Con quién vivo en este momento?
 
Gasto mensual (en pesos) que generan los siguientes servicios es:
 
Alimentación:____________
Agua y luz:___________
Gastos escolares (cuotas, libros, copias):_____
Gas: ________________
Ropa y calzado:__________
Teléfono celular: _______
Crédito hipotecario: ___________
Despensa: ____________
Renta: __________
Tratamientos médicos (medicina): ___________
Predial: __________
Artículos de aseo personal: ____
Transporte familiar y gasolina: __________
Otros: ___________
¿Dependo económicamente de mis padres o tutores?
 
¿Quién sostiene mis estudios?
 
¿Cuántas personas dependen económicamente de mis padres incluyéndome?
 
Además de mis padres, ¿cuántas personas aportan económicamente al ingreso familiar?
 
¿Con qué servicio médico cuento?
 
¿Mi familia o yo somos beneficiarios del programa PROSPERA?
 
Medios de transporte
 
¿Cuántos automóviles para uso familiar hay en mi casa?
 
Cantidad de dinero que gasto al día en transporte
 
Tiempo promedio para trasladarme de mi domicilio a la escuela
 
El (los) medio(s) de transporte que utilizo para trasladarme a la escuela y el número de veces al día que hago uso de ese transporte
 
Camión:
Metrobús:
Microbús:
Combi:
Taxi:
Tren suburbano:
Automóvil propio: