MODIFICACIONES y Adiciones a las disposiciones de carácter general en materia de publicidad y promoción de los sistemas de ahorro para el retiro.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE
PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, previa opinión favorable del Comité Consultivo y de Vigilancia, con fundamento en los artículos 1o., 2o., 5o. fracciones I y II, 12, fracciones I, VIII y XVI, 16, fracción XIII y 53 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; los artículos 1o., 2o., fracción III y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, ha tenido a bien expedir las siguientes:
MODIFICACIONES Y ADICIONES A LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE
PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO
ÚNICO.- Se MODIFICAN los artículos 2, fracción V, 4, fracción IV segundo párrafo, 7 tercer párrafo, 10 segundo párrafo, y 14 así como se ADICIONA el artículo 23 con un tercer párrafo, recorriéndose el actual tercero para quedar como cuarto, de las "Disposiciones de carácter general en materia de publicidad y promoción de los sistemas de ahorro para el retiro", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2017, para quedar en los siguientes términos:
"Artículo 2. ...
I a IV. ...
V. Promoción, conjunto de actividades que tienen por objeto ofrecer al público productos, bienes o servicios, en forma gratuita o participando en sorteos, concursos o eventos similares, con el fin de, incentivar el hábito de realizar Aportaciones Voluntarias descarga de la aplicación AforeMóvil, emisión del Estado de Cuenta a través de correo electrónico o prestarles diversos servicios relacionados con su Cuenta Individual, así como la actualización de datos, siempre y cuando no se condicione el registro, traspaso, recertificación, o la permanencia del Trabajador en la Administradora."
"Artículo 4. ...
I. a III. ...
IV. ...
Los Artículos Promocionales, bienes, premios o similares que se obtengan en términos de las presentes disposiciones, deberán entregarse en un plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de que se ofrezcan y en una sola exhibición.
IV Bis. a X. ..."
"Artículo 7. ...
...
"Importante: Para registrarte o traspasarte de Administradora debes tomar en cuenta el Indicador de Rendimiento Neto"."
"Artículo 10. ...
"La información presentada es una estimación realizada por esta Administradora, puede variar de conformidad con los movimientos que registren los mercados financieros, la política de inversión y la comisión de la misma"."
"Artículo 14. Cada Administradora o Sociedad de Inversión podrá elaborar contenidos materiales herramientas y actividades, haciendo uso de canales, medios y formatos diversos, para informar, asesorar, sensibilizar y hacer difusión sobre Educación Previsional con información que a su consideración resulte relevante para el Trabajador, los siguientes temas:
1. Administración y finanzas personales: Emprendimiento, planeación y control de ingresos y egresos, presupuesto personal y/o familiar, consumo responsable, control de deudas, previsión financiera, definición de metas económicas, ahorro e inversión.
2. Planeación para el retiro: Planeación, previsión y definición de acciones que incrementen la tasa de reemplazo y apoyen la toma de decisiones sobre la modalidad de pensión más favorable para el Trabajador.
3. Ahorro Voluntario: Promoción del Ahorro Voluntario como un mecanismo de inversión que permite cumplir metas de corto, mediano y largo plazo. Planeación y diseño del plan de ahorro.
4. Inversión e instrumentos de inversión: Procesos y dinámicas de inversión, distribución de recursos para invertir, productos de inversión y sus características, beneficios y riesgos implícitos (plusvalías y minusvalías).
5. Trámites del Sistema de Ahorro para el Retiro: Información detallada sobre los servicios y trámites del Sistema de Ahorro para el Retiro que ofrecen las Administradoras que permita a los Trabajadores y al público en general, comprender, realizar o solicitar cualquiera de los trámites relacionados con la Cuenta Individual."
"Artículo 23. ...
...
En el caso de los materiales publicitarios para radio y en redes sociales, podrá omitirse la leyenda anterior, siempre y cuando la Administradora mencione un medio de contacto a los Trabajadores.
En toda la Publicidad que se realice, se deberá citar la fuente de información. Aquella que se divulgue a través de Internet, deberá citar dicha fuente en cada sección donde aparezca la Publicidad."
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO. Las presentes modificaciones y adiciones, entrarán en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se abrogan todas las disposiciones de carácter general emitidas por la Comisión que sean contrarias al presente ordenamiento.
Ciudad de México, a 23 de mayo de 2019.- El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, Abraham E. Vela Dib.- Rúbrica.