DOF: 02/08/2019
ACUERDO mediante el cual se aprueba la actualización del Padrón de personas físicas y morales que recibieron y ejercieron recursos públicos o que fueron facultados para realizar actos de autoridad, durante el ejercicio fiscal dos mil dieciocho, y se dete

ACUERDO mediante el cual se aprueba la actualización del Padrón de personas físicas y morales que recibieron y ejercieron recursos públicos o que fueron facultados para realizar actos de autoridad, durante el ejercicio fiscal dos mil dieciocho, y se determina la forma en que deberán cumplir con sus obligaciones de transparencia y acceso a la información.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/27/03/2019.05
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN DE PERSONAS FÍSICAS Y MORALES QUE RECIBIERON Y EJERCIERON RECURSOS PÚBLICOS O QUE FUERON FACULTADOS PARA REALIZAR ACTOS DE AUTORIDAD, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL DIECIOCHO, Y SE DETERMINA LA FORMA EN QUE DEBERÁN CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.
Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I, 31, fracción XII, 74 párrafo primero y 75 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I, XXXIV y XXXV, 16 fracción VI, y 18, fracciones XIV, XVI y XXVI y 24, fracción XVII del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Décimo Segundo y Décimo Sexto de los Lineamientos generales que establecen los criterios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información a cargo de las personas físicas y morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emite el siguiente:
CONSIDERACIONES
1.     Que en las Leyes General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley General) y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley Federal) se otorgan al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) atribuciones para conocer de asuntos relacionados con el acceso a la información pública de cualquier autoridad, entidad, órgano u organismo que forme parte de alguno de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que, en el ámbito federal, reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.
2.     Que el primero de febrero de dos mil diecisiete, mediante Acuerdo ACT-PUB/01/02/2017.04 se aprobaron los Lineamientos generales que establecen los criterios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información a cargo de las personas físicas y morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad (Lineamientos), mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el trece de marzo de dos mil diecisiete.
3.     Que el Décimo sexto de los Lineamientos establece que el padrón de personas físicas y morales se integrará con la información que proporcionen los sujetos obligados, en cumplimiento a los artículos 81 de la Ley General y 75 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y se actualizará anualmente de conformidad con los términos que establecen los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el Título V y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben de difundir los Sujetos Obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia y Anexos (Lineamientos Técnicos Generales), publicados en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de mayo de dos mil dieciséis, modificados mediante Acuerdo CONAIP/SNT/ACUERDO/ORD01-15/12/2017-08, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho de diciembre de dos mil diecisiete.
4.     Que el Pleno de este Instituto, en sesión de veintinuno de marzo de dos mil dieciocho, emitió el "Acuerdo mediante el cual se aprueba la actualización del Padrón de personas físicas y morales a las que se otorgaron recursos públicos o en términos de las disposiciones aplicables, se facultaron para realizar actos de autoridad al mes de diciembre del ejercicio fiscal dos mil diecisiete, en el que se determina la forma en que deberán cumplir con sus obligaciones de transparencia y acceso a la información", el cual, a su vez, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de mayo del mismo año.
5.     Que los Lineamientos Técnicos Generales, en su anexo XIV establecen que el procedimiento para determinar la forma en la que cumplirán las personas físicas y morales sus obligaciones de transparencia respecto del artículo 81 de la Ley General, establece que los organismos garantes solicitarán a los sujetos obligados el listado de personas físicas y morales que recibieron y ejercieron recursos públicos o realizan actos de autoridad tomando en consideración el formato de la fracción XXVI del artículo 70 de la Ley General, toda vez que éste refiere al listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los
términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad.
6.     Que la Secretaría de Acceso a la Información, por conducto de la Dirección General de Enlace con Autoridades Laborales, Sindicatos, Universidades, Personas Físicas y Morales, requirió a los sujetos obligados directos del ámbito federal, de conformidad con los artículos 81 de la Ley General y 75 de la Ley Federal, así como de las disposiciones establecidas en los Lineamientos Técnicos Generales; remitir el listado de las personas físicas y morales a las que otorgaron recursos públicos o en términos de las disposiciones aplicables, facultaron para realizar actos de autoridad durante el ejercicio fiscal dos mil dieciocho.
7.     Que el Décimo Segundo de los Lineamientos establece que la Secretaría de Acceso a la Información, a través de la Dirección General de Enlace con Autoridades Laborales, Sindicatos, Universidades, Personas Físicas y Morales, y la Dirección General de Evaluación, analizará la aplicación de los supuestos establecidos en los mismos y presentará la propuesta y dictamen correspondiente del padrón de personas físicas y morales que reciben y ejercen recursos públicos o realizan actos de autoridad, en la que se indique la forma en que deben cumplir con sus obligaciones de transparencia y acceso a la información, directamente o a través del sujeto obligado que les otorga los recursos o los faculta para realizar actos de autoridad, propuesta que será sometida a la aprobación del Pleno en la última sesión correspondiente del mes de marzo de cada año.
8.     Que la Secretaría de Acceso a la Información, de conformidad con el Décimo Segundo de los Lineamientos, en coordinación con la Dirección General de Enlace con Autoridades Laborales, Sindicatos, Universidades, Personas Físicas y Morales, y la Dirección General de Evaluación, presentó el Padrón de personas físicas y morales a las que se otorgaron recursos públicos o en términos de las disposiciones aplicables, se facultaron para realizar actos de autoridad durante el ejercicio fiscal 2018 el veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, mismo que se integró con la información que proporcionaron los sujetos obligados del ámbito federal.
9.     Que la Dirección General de Enlace con Autoridades Laborales, Sindicatos, Universidades, Personas Físicas y Morales y la Dirección General de Evaluación, procedieron a realizar un análisis exhaustivo de la información proporcionada por los sujetos obligados del ámbito federal, a fin de determinar el padrón definitivo y, una vez revisados y aplicados los criterios que establecen los Lineamientos, indicar la forma en que las personas físicas y morales deberán cumplir con sus obligaciones e integrar la información en los formatos aprobados para tal fin por el Sistema Nacional de Transparencia para someterlos a la aprobación del Pleno del Instituto.
10.   Que del análisis y la integración del padrón se obtuvo el siguiente dato: 65'297,675 (sesenta y cinco millones doscientos noventa y siete mil seiscientos sesenta y cinco) de personas físicas y morales que recibieron y ejercieron recursos públicos o fueron beneficiarios de recursos provenientes de programas sociales durante el ejercicio fiscal dos mil dieciocho. De éstos, se identificó una persona física y una moral que fueron reportadas como facultadas para realizar actos de autoridad.
Es importante tomar en cuenta que, del análisis y procesamiento de la información enviada por los sujetos obligados, se advirtió que el nombre de una persona tanto física como moral, se repetía en varias ocasiones, por lo que se eliminaron los datos repetidos por sujeto obligado.
La revisión de la información proporcionada por los sujetos obligados implicó un análisis minucioso y complejo debido a la gran cantidad y características de la información reportada; para la elaboración del dictamen e identificación de las personas físicas o morales que cumplirán con las obligaciones de transparencia de forma directa o a través del sujeto obligado, se llevó a cabo la revisión de los mecanismos implementados por los sujetos obligados para la rendición de cuentas por parte de las personas físicas y morales que reciben recursos públicos y/o ejercen actos de autoridad; la revisión del nivel de financiamiento anual para cada una de las personas físicas o morales reportada por los sujetos obligados; la revisión de las normas jurídicas de los sujetos obligados para la identificación de mecanismos que permitan a las personas físicas y/o morales rendir cuentas respecto a los recursos públicos recibidos y la identificación de algunas personas morales ya incluidas como sujetos obligados directos en el padrón federal o en el de los institutos locales; y además, se identificó si los recursos públicos otorgados eran provenientes de programas sociales.
Cabe señalar que, de los 281 (doscientos ochenta y uno) requerimientos enviados a los sujetos obligados del ámbito federal, mediante los cuales, les fue solicitado la remisión del listado de personas físicas y morales a las que asignaron recursos públicos o facultaron para realizar actos de autoridad, los sujetos obligados que no dieron respuesta al requerimiento de información son los siguientes: Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, Centro Regional de Alta Especialidad de Chiapas, Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Hospital Regional de Alta Especialidad del Bajío, Hospital Regional de Alta Especialidad de Oaxaca, Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, Instituto Nacional de Desarrollo Social y Partido Revolucionario Institucional.
11.   Que de conformidad con el Anexo XIV de los Lineamientos Técnicos Generales una vez aprobado el primer padrón de personas físicas y morales, éste deberá actualizarse de manera anual de conformidad con los señalado en dichos Lineamientos.
 
Por lo antes expuesto, en las consideraciones de hecho y de derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba la actualización del Padrón de personas físicas y morales que recibieron y ejercieron recursos públicos y que realizaron actos de autoridad, durante el ejercicio fiscal dos mil dieciocho, en términos del dictamen que se acompaña y que forma parte integral del presente acuerdo (ANEXO 1).
SEGUNDO. Se aprueba el padrón integrado en el formato aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia que se acompaña y que forma parte integral del presente acuerdo (ANEXO 2) y se instruye a la Secretaría de Acceso a la Información para que, a través de las Direcciones Generales de Enlace, notifique el contenido del presente Acuerdo y sus anexos, a los sujetos obligados del ámbito federal.
TERCERO. Se insta a los Sujetos Obligados que fueron omisos en atender el requerimiento de actualización del Padrón de personas físicas y morales que recibieron y ejercieron recursos públicos o realizaron actos de autoridad en el ejercicio fiscal 2018, para que cumplan con la disposición establecida en los artículos 24, fracción VIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 11, fracción VIII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
CUARTO. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que realice las gestiones necesarias, a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
QUINTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo junto con sus anexos y el padrón, se publiquen en el portal de Internet del INAI.
El presente acuerdo y sus anexos pueden ser consultados en las direcciones electrónicas siguientes:
http://inicio.ifai.org.mx/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-27-03-2019.05.zip
www.dof.gob.mx/2019/INAI/ACT-PUB-27-03-2019-05.zip
Contenido del archivo ZIP:
1.     ACT-PUB-27-03-2019.05.pdf
2.     ACT-PUB-27-03-2019.05 ANEXOS.pdf:
http://inicio.inai.org.mx/doc/resolucion/ANEXO_1_Dictamen_con_anexos.zip
ANEXO 1_Dictamen con anexos:
·  Anexo 1_PFyM-Actos de autoridad_26-03_2019.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_BIENESTAR_SEDESOL_VF.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_Concentrado.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_IMSS_1.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_IMSS_2.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_LICONSA_1.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_LICONSA_2.xlsx
·  Anexo 2_Padrón programas sociales_PROSPERA.xlsx
·  Anexo 3_Sujetos obligados directos_26-03-2019.xlsx
·  Anexo 4_Organismos internacionales.xlsx
·  Anexo 5_Plazo distinto.xlsx
·  Anexo 6_Otros supuestos.xlsx
·  Dictamen.pdf
http://inicio.inai.org.mx/doc/resolucion/ANEXO_2_Padron_PFyM _2018.zip
·   ANEXO 2_Padrón_PFyM _2018:
·  81b-LGT_Art_81-01-PF.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-02-PF.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-03-PF.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-04-PM.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-05-PF-IMSS-01.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-06-PF-IMSS-02.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-07-PF-IMSS-03.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-08-PF-IMSS-04.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-09-PF-IMSS-05.xlsx
 
·  81b-LGT_Art_81-10-PF-IMSS-06.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-11-PF-IMSS-07.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-12-PF-IMSS-08.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-13-LICONSA-01.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-14-LICONSA-02.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-15-LICONSA-03.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-16-LICONSA-04.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-17-LICONSA-05.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-18-LICONSA-06.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-19-LICONSA-07.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-20-LICONSA-08.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-21-LICONSA-09.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-22-LICONSA-10.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-23-LICONSA-11.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-24-LICONSA-12.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-25-LICONSA-13.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-26-LICONSA-14.xlsx
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·  81b-LGT_Art_81-28-LICONSA-16.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-29-LICONSA-17.xlsx
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·  81b-LGT_Art_81-41-LICONSA-29.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-42-PF-Prospera-01.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-43-PF-Prospera-02.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-44-PF-Prospera-03.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-45-PF-Prospera-04.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-46-PF-Prospera-05.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-47-PF-Prospera-06.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-48-PF-Prospera-07.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-PF-ActosAutoridad.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-PF-Reciben RP.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-PM-ActosAutoridad.xlsx
·  81b-LGT_Art_81-PM-Reciben RP.xlsx
SEXTO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Así lo acordó, por unanimidad de los Comisionados presentes, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en sesión ordinaria celebrada el veintisiete de marzo del año dos mil diecinueve. Los Comisionados firman al calce para todos los efectos a que haya lugar.
El Comisionado Presidente, Francisco Javier Acuña Llamas.- Rúbrica.- Los Comisionados: Óscar
Mauricio Guerra Ford, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Rosendoevgueni Monterrey Chepov, Joel Salas Suárez.- Rúbricas.- El Secretario Técnico del Pleno, Hugo Alejandro Córdova Díaz.- Rúbrica.
(R.- 484355)
 

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