ACUERDO por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Al margen un logotipo, que dice: Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.
Con fundamento en los artículos 108 y 113 fracciones I y III, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, 8, 9 fracciones XI, XIII y XVIII, 48, 49 fracción I y 51 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 1, 2 fracción IV, 26, 27, 29, 32, 33, 34 párrafo tercero, y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y
CONSIDERANDO
Que el 14 de julio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer la obligación de presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, señalando:
"TERCERO.- La obligación de los servidores públicos para presentar sus respectivas declaraciones de situación patrimonial y de intereses que no se encontraba como obligatoria hasta antes del 19 de julio de 2017, fecha en la que entra en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas, será exigible a partir del momento en que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, dé a conocer de manera oficial los formatos que se aplicarán para la presentación de dichas declaraciones y éstos se encuentren operables."
Que el 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción emite el formato de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses; y se expiden las normas e instructivo para su llenado y presentación; el cual sería obligatorio para todos los servidores públicos a partir del primero de mayo de 2019.
Que el 16 de abril de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica el artículo Segundo Transitorio del Acuerdo antes enunciado, en los siguientes términos:
"SEGUNDO. Se determina que los formatos aprobados mediante el presente Acuerdo, serán obligatorios para los Servidores Públicos al momento de presentar sus declaraciones de situación patrimonial y de intereses, una vez que se encuentren debidamente integrados y correctamente segmentados, estén plenamente adecuados a las directrices establecidas en el marco jurídico aplicable y se garantice la interoperabilidad con el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses de la Plataforma Digital Nacional, a que hace referencia la fracción I del artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, situación que será formalmente informada a los involucrados mediante el Acuerdo correspondiente que, para tal efecto, emita el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y publique en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación y observancia obligatoria, lo que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2019".
Que el 23 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifican los Anexos Primero y Segundo del Acuerdo original publicado el 16 de noviembre de 2018, en los siguientes términos:
"ÚNICO. Se modifican los Anexos Primero y Segundo del "ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN EMITE EL FORMATO DE DECLARACIONES: DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES; Y EXPIDE LAS NORMAS E INSTRUCTIVO PARA SU LLENADO Y PRESENTACIÓN", que contienen los formatos de declaraciones: de situación patrimonial y de intereses, y las normas e instructivo para su llenado y presentación, respectivamente, en los términos que ordenan los artículos 29, 34 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas".
Que en la Tercera Sesión Extraordinaria 2019, celebrada el día 11 de diciembre de 2019, el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción tuvo a bien aprobar por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN
DA A CONOCER QUE LOS FORMATOS DE DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE
INTERESES SON TÉCNICAMENTE OPERABLES CON EL SISTEMA DE EVOLUCIÓN PATRIMONIAL Y
DE DECLARACIÓN DE INTERESES DE LA PLATAFORMA DIGITAL NACIONAL, ASÍ COMO EL INICIO
DE LA OBLIGACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PRESENTAR SUS RESPECTIVAS
DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES CONFORME A LOS ARTÍCULOS
32 Y 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
PRIMERO. Se determina que, a partir del 1 de enero de 2020, serán operables en el ámbito federal los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses publicados en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 2019, con el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses, a que hace referencia la fracción I del artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
SEGUNDO. Los servidores públicos en el ámbito federal que no se encontraban obligados a presentar declaración de situación patrimonial y de intereses hasta antes del 19 de julio de 2017, fecha de entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, deberán presentar su primera declaración, en el año 2020, en el periodo señalado en la fracción II del artículo 33 de la citada Ley.
TERCERO. A partir del 1 de mayo de 2021, serán operables en el ámbito estatal y municipal los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses publicados en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 2019, con el sistema de evolución patrimonial y de declaración de intereses, a que hace referencia la fracción I del artículo 49 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción.
CUARTO. Los servidores públicos en el ámbito estatal y municipal que no se encontraban obligados a presentar declaración de situación patrimonial y de intereses hasta antes del 19 de julio de 2017, deberán presentar a más tardar su primera declaración, en el año 2021, en el periodo señalado en la fracción II del artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
QUINTO. Todos los demás servidores públicos en el ámbito federal, estatal y municipal que no se encuentren en los anteriores supuestos, presentarán su declaración, conforme a los términos y plazos que establece el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, según corresponda.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con fundamento en los artículos 35 fracciones I y III de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 18 fracción XIII del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, certifico que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción en su Tercera Sesión Extraordinaria de 2019, celebrada el día 11 de diciembre del 2019, aprobó por unanimidad el "ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ COORDINADOR DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN DA A CONOCER QUE LOS FORMATOS DE DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES SON TÉCNICAMENTE OPERABLES CON EL SISTEMA DE EVOLUCIÓN PATRIMONIAL Y DE DECLARACIÓN DE INTERESES DE LA PLATAFORMA DIGITAL NACIONAL, ASÍ COMO EL INICIO DE LA OBLIGACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PRESENTAR SUS RESPECTIVAS DECLARACIONES DE SITUACIÓN PATRIMONIAL Y DE INTERESES CONFORME A LOS ARTÍCULOS 32 Y 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS".
Ciudad de México, a 12 de diciembre de 2019.- El Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Ricardo Salgado Perrilliat.- Rúbrica.
(R.- 490738)