DOF: 31/12/2019
ACUERDO mediante el cual se presenta al Pleno de este Instituto, el Manual de Organización y de Funcionamiento Específico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y se

ACUERDO mediante el cual se presenta al Pleno de este Instituto, el Manual de Organización y de Funcionamiento Específico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y se aprueba la modificación del Apartado VIII. Objetivos y funciones de las unidades administrativas. Órgano Interno de Control, del Manual de Organización del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

ACUERDO ACT-PUB/11/12/2019.05
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE PRESENTA AL PLENO DE ESTE INSTITUTO, EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y DE FUNCIONAMIENTO ESPECÍFICO DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL APARTADO VIII. OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Con fundamento en los artículos 6o., apartado A, fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 29, fracción I, 31, fracción XII y 35, fracciones I y V, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 6, 8, 12, fracciones I, XXXIV y XXXV, 18, fracciones XIV, XVI y XXVI, y 51, fracciones IV y V del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; y conforme a las siguientes:
CONSIDERACIONES
1.     Que el artículo 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado serán sancionados administrativamente, para lo cual los entes públicos tendrán órganos internos de control con las facultades que determine la ley para prevenir, corregir e investigar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas;
2.     Que la Ley General de Responsabilidades Administrativas (Ley General) es el marco normativo que, en términos de su artículo 1, tiene por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de las personas servidoras públicas, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que éstas incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación;
3.     Que además, conforme la fracción XXI del artículo 3 de la Ley General, los órganos internos de control son las unidades administrativas a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno en los entes públicos, así como aquellas otras instancias de los órganos constitucionales autónomos que, conforme a sus respectivas leyes, sean competentes para aplicar las leyes en materia de responsabilidades de servidores públicos;
4.     Que esa misma Ley General en sus artículos 3, fracción III y 115 disponen que la autoridad sustanciadora y, en su caso, la resolutora, deberá ser distinta a aquella encargada de la investigación;
5.     Que el 9 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expidió la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, misma que prevé en su artículo 51 al Órgano Interno de Control como un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones, el cual tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos del Instituto y de particulares vinculados con faltas graves; para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción;
6.     Que con fecha 30 de abril de 2019, la Cámara de Diputados designó al Titular del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
7.     Que con fecha 24 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACT-PUB/11/09/2019.13 por el que se aprueban diversas modificaciones al artículo 51 del Estatuto
Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales referente a las funciones del Órgano Interno de Control, mismo que establece en sus fracciones IV y V la facultad del Titular del Órgano Interno de Control de elaborar el manual de organización y de funcionamiento específico, así como el manual de procedimientos de esa Unidad Administrativa y el catálogo de descripción y perfil de puestos de la estructura orgánica autorizada;
8.     Que a efecto de que el Órgano Interno de Control ejerza las facultades que la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y otras disposiciones normativas le confieren, resulta indispensable distribuir en las Direcciones que forman parte de éste, aquellas facultades que permitan la mayor eficacia en la aplicación de las disposiciones administrativas, así como la eficiencia en el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas; mismas que se establecen en el Manual de Organización y de Funcionamiento Específico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales que se presenta, sin exclusión del ejercicio directo de las mismas por parte del Titular del Órgano Interno de Control.
Por lo antes expuesto en las consideraciones de hecho y de derecho, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, emite el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se presenta el Manual de Organización y de Funcionamiento Específico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, conforme al Anexo 1 que forma parte del presente Acuerdo.
SEGUNDO Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo se publique en el Diario Oficial de la Federación.
El presente acuerdo y sus anexos pueden ser consultados en las direcciones electrónicas siguientes:
http://inicio.ifai.org.mx/AcuerdosDelPleno/ACT-PUB-11-12-2019.05.pdf
www.dof.gob.mx/2019/INAI/ACT-PUB-11-12-2019-05.pdf
TERCERO. Se instruye a la Secretaria Técnica del Pleno para que, por conducto de la Dirección General de Atención al Pleno, realice las gestiones necesarias a efecto de que el presente Acuerdo y sus anexos, se publiquen en el portal de internet del Instituto.
CUARTO. Se instruye a la Dirección General de Administración para que, en el ámbito de su competencia, realice las adecuaciones conducentes a la normativa interna aplicable al Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
QUINTO. Se modifica el apartado VIII. OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, del Manual de Organización del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, aprobado por el Pleno del Instituto mediante el Acuerdo ACT-PUB/09/08/2017.05, en la Sesión celebrada el 09 de agosto de 2017, en términos del anexo 2 del presente acuerdo, en virtud de la entrada en vigor del Manual de Organización y de Funcionamiento Específico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
SEXTO. El presente Acuerdo, y el Manual de Organización y de Funcionamiento Específico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial del Federación.
Así lo acordó, por unanimidad, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en sesión ordinaria celebrada el once de diciembre de dos mil diecinueve. Las Comisionadas y los Comisionados presentes firman al calce para todos los efectos a que haya lugar.
Suscribe la Comisionada María Patricia Kurczyn Villalobos, en suplencia por ausencia del Comisionado Presidente Francisco Javier Acuña Llamas, con fundamento en los artículos 30, párrafo segundo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 17 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y Décimo Quinto, numeral 1 de los Lineamientos que Regulan las Sesiones del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, la Comisionada Presidente en funciones, María Patricia Kurczyn Villalobos.- Rúbrica.- Los Comisionados: Oscar Mauricio Guerra Ford, Blanca Lilia Ibarra Cadena, Josefina Román Vergara, Joel Salas Suárez.- Rúbricas.- El Secretario Técnico del Pleno, Hugo Alejandro Córdova Díaz.- Rúbrica.
(R.- 490880)
 

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