DÉCIMO Primera Actualización de la Edición 2018 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General.
La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, con fundamento en los artículos 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9o. fracción III, 15 fracción II y 17 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General; Primero, Tercero fracción I, cuarto, quinto y sexto fracciones I y XIV del Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, y 1, 2, 4, 5, 7 fracciones I y II, 14 fracción I, 20 fracciones III y XIII, 26, 49, 50, y 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 24 de diciembre de 2002, se estableció que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el Cuadro Básico para el primer nivel de atención médica y para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumos, se creó el Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.
Que la Edición 2017 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos se publicó de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018 y a partir de esa fecha se efectuaron diez actualizaciones, las que se incorporan a la Edición 2018, con la finalidad de tener al día la lista de medicamentos para que las instituciones de salud pública atiendan los problemas de salud de la población mexicana.
Que para facilitar la identificación de las actualizaciones que se publicarán posterior a la Edición 2018, la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud aprobó reiniciar la nomenclatura de las actualizaciones con el primer número ordinal, haciendo referencia a la Edición 2018.
Que la aplicación del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos en la Administración Pública Federal, ha permitido contar con un sistema único de clasificación y codificación de insumos para la salud, lo cual ha contribuido a homogeneizar las políticas de adquisición de las instituciones públicas federales del Sistema Nacional de Salud.
Que conforme al artículo 51 del Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, las actualizaciones del Cuadro Básico y Catálogo, que se aprueben en las actas respectivas, surtirán sus efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Que en sesión de 21 de enero de 2020, el Comité Técnico Específico de Medicamentos de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, dictaminó la procedencia de la actualización del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud y elaboró y aprobó la cédula del insumo que se contiene en la siguiente:
DÉCIMO PRIMERA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2018 DEL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE
MEDICAMENTOS
INCLUSIONES
Grupo 16 Oncología
Catálogo
VENETOCLAX
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
010.000.6225.00 | TABLETA Cada tableta contiene: 10, 50 o 100 mg de venetoclax Excipiente cbp 1 tableta Inducción: Caja con 4 carteras semanales: Cartera con 14 tabletas de 10 mg Cartera con 7 tabletas de 50 mg Cartera con 7 tabletas de 100 mg Cartera con 14 tabletas de 100 mg Mantenimiento | Indicado en combinación con rituximab para el tratamiento de pacientes con leucemia linfocítica crónica (LLC), con o sin deleción del 17p, que han recibido al menos una terapia previa, y que no son candidatos a quimio-inmuno terapia. | Oral. Adultos: Inducción: Semana 1: 20 mg diario Semana 2: 50 mg diario Semana 3:100 mg diario Semana 4: 200 mg diario Semana 5: 400 mg diario Mantenimiento: 400 mg diario por 24 meses |
010.000.6226.00 | Caja con un frasco con 120 tabletas de 100 mg | | |
ALECTINIB
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
| CÁPSULA Cada cápsula contiene: Clorhidrato de alectinib 161.33 mg equivalente a 150 mg de alectinib. | Tratamiento para los pacientes adultos con cáncer de pulmón de células no pequeñas (CPCNP) avanzado ALK positivo previamente tratado con crizotinib. | Oral Adultos Dosis 600 mg (4 cápsulas de 150 mg), dos veces al día (dosis diaria total de 1200 mg). |
010.000.6227.00 | Caja colectiva con 4 cajas con 56 cápsulas de 150 mg |
MODIFICACIONES
(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)
Grupo 3 Cardiología
Catálogo
RIVAROXABÁN
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
010.000.5737.00 | COMPRIMIDO Cada comprimido contiene: Rivaroxabán 2.5 mg. Envase con 56 comprimidos | Prevención de muerte de origen cardiovascular, infarto de miocardio y trombosis de prótesis endovascular (stent) en pacientes que han sufrido un síndrome isquémico coronario agudo (SICA) (infarto del miocardio con o sin elevación del segmento ST o angina inestable) en combinación con ácido acetilsalicílico solo, o con ácido acetilsalicílico más tieonopiridinas como clopidogrel o ticlopidina. Prevención del evento vascular cerebral, infarto del miocardio y muerte cardiovascular, y para la prevención de la isquemia aguda de las extremidades inferiores y mortalidad en pacientes con enfermedad arterial coronaria (EAC) o enfermedad arterial periférica (EAP) en combinación con ácido acetilsalicílico (AAS). | Oral 2.5 mg dos veces al día, en combinación con una dosis diaria de ácido acetilsalicílico (75 mg a 100 mg) solo, o con ácido acetilsalicílico más una dosis estándar de tieonopiridina (75 mg de clopidogrel o una dosis diaria estándar de ticlopidina). La duración del tratamiento es de al menos 24 meses. Oral 2.5 mg dos veces al día, en combinación con una dosis diaria de 100 mg de ácido acetilsalicílico. |
Grupo 1 Analgesia
Catálogo
TAPENTADOL
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
| TABLETA DE LIBERACIÓN PROLONGADA Cada tableta de liberación prolongada contiene: Clorhidrato de tapentadol equivalente a 50 mg de tapentadol. | Analgésico narcótico. Tratamiento de dolor crónico moderado a severo de origen oncológico y no oncológico, que requiera analgesia opioide. | Oral. Adultos: Titulación: iniciar tratamiento con dosis de 50 mg cada 12 horas, incrementando en 50 mg cada 3 días hasta lograr un adecuado control del dolor. Mantenimiento: Continuar con la dosis efectiva determinada durante la titulación cada 12 horas. Dosis máxima: 500 mg/día. |
040.000.5915.00 | Envase con 30 tabletas de liberación prolongada |
| TABLETA DE LIBERACIÓN PROLONGADA Cada tableta de liberación prolongada contiene: Clorhidrato de tapentadol equivalente a 100 mg de tapentadol. |
040.000.5916.00 | Envase con 30 tabletas de liberación prolongada. |
Grupo 14 Neurología
Catálogo
CEREBROLYSIN
Clave | Descripción | Indicaciones | Vía de administración y Dosis |
010. 000.6209.00 | SOLUCIÓN INYECTABLE Cada ampolleta contiene: Cerebrolysin 215.2 mg/mL Péptido (peptidificación proteolítica derivada de la proteína de cerebro porcino) (Concentrado de Cerebrolysin). Envase de 5 ampolletas de 10 mL cada una. | Complicaciones postapopléjicas (postinfarto cerebral) | Intramuscular o intravenosa Adultos 10 a 50 mL al día, administrados en infusión intravenosa lenta después de diluirla con soluciones para infusión estándar. La duración de la infusión debe ser entre 15 y 60 minutos. El curso de una terapia óptima recomendada comprende la aplicación diaria sobre un total de 10 a 20 días. |
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2020.- La Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud acordó publicar en el Diario Oficial de la Federación, la Décimo Primera Actualización de la Edición 2018 del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos.- El Presidente de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, José Ignacio Santos Preciado.- Rúbrica.