ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos que se desarrollan ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
JULIO SCHERER IBARRA, Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, con fundamento en lo previsto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., segundo párrafo, 2o., fracción II, 4o., 26, 43, fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 8 y 9, fracciones I y XXII, del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; así como 1o. y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
CONSIDERANDO
Que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud, declaró la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) como pandemia global, en razón de su capacidad de contagio a la población en general;
Que ante la llegada del brote de COVID-19 a nuestro país, el Gobierno de México ha implementado diversas medidas dirigidas para controlar y combatir su existencia y transmisión, tales como la "Jornada Nacional de Sana Distancia";
Que en congruencia con lo anterior, el Consejo de Salubridad General, en su Primera Sesión Extraordinaria celebrada el 19 de marzo de 2020, reconoció la epidemia de COVID-19 como una enfermedad grave de atención prioritaria;
Que el Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado el 24 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, establece como una de ellas la relativa a suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas, y
Que en atención a las medidas implementadas en dicho Acuerdo, se requiere suspender los plazos y términos, para efectos de las diligencias o actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, con el propósito de evitar congregaciones o movilidad de personas, así como mitigar la propagación de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Se suspenden por causa de fuerza mayor los plazos y términos durante el período del 25 de marzo al 19 de abril de 2020, en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, como son la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
Como consecuencia de lo anterior y para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo precedente.
SEGUNDO. Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
TERCERO. Las actuaciones, informes, diligencias, promociones, requerimientos y actos que resulten urgentes a juicio de los Titulares de las Unidades Administrativas señalados en el artículo 3o. del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, o que no sean susceptibles de suspensión conforme a las Leyes, deberán desahogarse en los plazos que al efecto éstas señalen o conforme a las instrucciones administrativas correspondientes.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
En la Ciudad de México, a 25 de marzo de 2020.- El Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Julio Scherer Ibarra.- Rúbrica.