DOF: 27/03/2020
ACUERDO de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores en relación con la suspensión de plazos y procedimientos relativos a obligaciones pendientes de cumplir, en virtud de las medidas sanitarias adoptadas ante la pandemia del virus denominado COVID-19

ACUERDO de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores en relación con la suspensión de plazos y procedimientos relativos a obligaciones pendientes de cumplir, en virtud de las medidas sanitarias adoptadas ante la pandemia del virus denominado COVID-19.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.- Ciudad de México.

ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE SENADORES EN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A OBLIGACIONES PENDIENTES DE CUMPLIR, EN VIRTUD DE LAS MEDIDAS SANITARIAS ADOPTADAS ANTE LA PANDEMIA DEL VIRUS DENOMINADO COVID-19
La Mesa Directiva del Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 66 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 1, numeral 2 y 275 del Reglamento del Senado de la República, y
CONSIDERANDO
I.- Que en el mes de diciembre de 2019 se registró el brote de un nuevo virus denominado COVID-19, en la ciudad de Wuhan, China;
II.- Que el 11 de marzo pasado, la Organización Mundial de la Salud consideró el brote de COVID-19 como una pandemia y pidió a todos los países: "Primero, prepararse y estar a punto. Segundo, detectar, proteger y tratar. Tercero, reducir la transmisión. Cuarto, innovar y aprender";(1)
III.- Que el 16 de marzo del año en curso, el Director General de la Organización Mundial de la Salud, Tedros Adhanom, hizo un llamado a todos los países y a todas las personas para que hicieran todo lo posible por detener la transmisión;(2)
IV. Que en nuestro país, según el reporte emitido por la Secretaría de Salud hasta el 22 de marzo de este año se tienen 2 defunciones; 316 de casos confirmados y 793 casos sospechosos en investigación en diferentes entidades de la República;(3)
V. Que, como consecuencia de ello, diversos órganos públicos federales han establecido medidas respecto a su funcionamiento en torno a la presencia de COVID-19 en el país, siendo algunos de ellos los siguientes:
a)    El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante comunicado, decidió suspender actividades jurisdiccionales del 18 de marzo al 19 de abril 2020. Durante este periodo, no se celebrarán sesiones, audiencias, ni correrán plazos procesales.(4)
b)    El Instituto Nacional Electoral,(5) a partir del próximo 23 de marzo y hasta el 19 de abril de 2020 señaló, mediante comunicado, que no correrán plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos que son competencia de los diversos órganos de este Instituto.
c)     El Tribunal Federal de Justicia Administrativa(6) emitió un Acuerdo en el que señala que, desde el primer minuto del día dieciocho de marzo al diecinueve de abril de 2020, son considerados inhábiles, en la inteligencia de que no correrán plazos ni términos procesales;
VI. Que en el ámbito de respeto de los órganos públicos y ante la posibilidad de que se dificulte la realización de los trabajos plenarios de la Cámara de Senadores, los integrantes de la Mesa Directiva suscriben el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- El Senado de la República solicita respetuosamente a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, órganos que conforman el Poder Judicial de la Federación, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, órganos constitucionales autónomos y demás órganos públicos competentes, que amplíen los plazos o, en su caso, los suspendan, en aquellos supuestos en que esta Cámara tenga que cumplir con alguna obligación frente a ellos, con el fin de que el Senado de la República esté en condiciones de atender ante esas instancias públicas sus responsabilidades constitucionales y legales correspondientes.
SEGUNDO.- En el caso particular de las solicitudes de acceso a la información turnadas al Senado de la República, como sujeto obligado en la materia, por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en concordancia con la determinación acordada por dicho órgano autónomo el pasado 20 de marzo de 2020, se suspenden los términos y plazos establecidos para que las instancias responsables al interior del Senado de la República atiendan dichas solicitudes, las de protección de datos personales y, en su caso, formulen los agravios que correspondan dentro de los recursos existentes.
TERCERO.- Respecto a aquellos asuntos pendientes de desahogar ante la Auditoría Superior de la Federación por parte del Senado de la República, en concordancia con la determinación de dicho órgano técnico especializado, que entró en vigor el 23 de marzo de 2020, se suspenden los términos y plazos establecidos para que las instancias al interior del Senado de la República den cumplimiento a las auditorías y a cualquier otro procedimiento ante dicho órgano que se encuentre sujeto a plazo perentorio.
CUARTO.- En cuanto a aquellos asuntos pendientes de atender por parte del Senado de la República, turnados por la Cámara de Diputados, que no impliquen un proceso legislativo, en concordancia con la determinación de la colegisladora del 19 de marzo de 2020, se suspenden los términos y plazos establecidos para que las instancias al interior del Senado de la República den cumplimiento a los mismos, en términos legales y reglamentarios.
QUINTO.- Para el caso de que las sesiones plenarias del Senado de la República no se realicen con la temporalidad que marca su normatividad y alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, órganos que conforman el Poder Judicial de la Federación, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, órganos constitucionales autónomos o demás órganos públicos tuvieran que presentar informes o comunicaciones que no estén sujetos a plazo perentorio, se publicarán en la Gaceta y se dará cuenta de los mismos al Pleno, en la primera sesión ordinaria siguiente.
En caso de que la presentación del informe o comunicación referido esté sujeto a plazo perentorio, el vencimiento de dicho plazo no generará consecuencia jurídica alguna en su perjuicio, se publicará en la gaceta y se dará cuenta del asunto en la primera sesión ordinaria siguiente.
SEXTO.- Los procedimientos que tenga que desarrollar el Senado de la República al interior del mismo en materia de nombramientos, expedición de ordenamientos, ejercicio de alguna facultad exclusiva o desarrollo de un proceso legislativo sujeto a plazo, quedarán suspendidos hasta en tanto existan las condiciones de salud pública necesarias que permitan celebrar sesiones ordinarias o sesiones extraordinarias que, para tal efecto, se convoquen.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- En consideración de las atribuciones previstas en los artículos 66 y 67 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el presente Acuerdo entrará en vigor y surtirá sus efectos jurídicos a partir de su firma.
SEGUNDO.- Notifíquese del presente Acuerdo al titular del Ejecutivo Federal, al Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Presidenta de la Cámara de Diputados y a las personas titulares de los órganos constitucionales autónomos.
TERCERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta del Senado, para su máxima difusión y observancia.
Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores, 24 de marzo de 2020. - MESA DIRECTIVA: Sen. Mónica Fernández Balboa, Presidenta.- Rúbrica.- Sen. Salomón Jara Cruz, Vicepresidente.- Rúbrica.- Sen. María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Vicepresidenta.- Rúbrica.- Sen. Jorge Carlos Ramírez Marín, Vicepresidente.- Rúbrica.- Sen. M. Citlalli Hernández Mora, Secretaria.- Rúbrica.- Sen. Verónica Delgadillo García, Secretaria.- Sen. Nancy de la Sierra Arámburo, Secretaria.- Rúbrica.- Sen. Primo Dothé Mata, Secretario.- Rúbrica.- Sen. Martha Guerrero Sánchez, Secretaria.- Rúbrica.- Sen. María Guadalupe Saldaña Cisneros, Secretaria.- Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbrica.- Sen. Katya Elizabeth Ávila Vázquez, Secretaria.- Rúbrica.
 
1     Organización Mundial de la Salud, Alocución de apertura del Director General de la OMS en la rueda de prensa sobre la COVID-19 celebrada el 11 de marzo de 2020, Ginebra, OMS, 2020, consultado el 20-03-2020, en línea: https://www.who.int/es/dg/speeches/detail/who-director-general-s-opening-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19---11-march-2020
2     Cfr. Organización Mundial de la Salud, Alocución de apertura del Director General de la OMS en la rueda de prensa sobre la COVID-19 celebrada el 16 de marzo de 2020, Ginebra, OMS, 2020, consultado el 20-03-2020, en línea: https://www.who.int/es/dg/speeches/detail/who-director-general-s-opening-remarks-at-the-media-briefing-on-covid-19---16-march-2020
3     Al respecto, véase Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, Comunicado Técnico Diario Nuevo Coronavirus en el Mundo (COVID-19), del 22/03/2020 a las 19:00 hrs., México, Secretaría de Salud, 2020, consultado el 23-03-2020, en línea: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/542709/Comunicado _Tecnico_Diario_COVID-19_2020.03.22.pdf
4     Cfr. Suprema Corte de Justicia de la Nación, Comunicado de Prensa No. 056/2020. El Pleno de la SCJN
suspende actividades jurisdiccionales del 18 de marzo al 19 de abril, México, SCJN, 2020, consultado el 20-03-2020, en línea: http://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6099
5     https://centralelectoral.ine.mx/2020/03/17/implementa-ine-medidas-prevenir-contagio-covid-19/
6     Tribunal Federal de Justicia Administrativa, Acuerdo SS/10/2020. Se determina la suspensión de actividades jurisdiccionales del 18 de marzo al 19 de abril de 2020, México, TFJA, 2020, consultado el 20-03-2020, en línea: www.tfjfa.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/acuerdos_sala_superior/2020/SS-10-2020.pdf

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