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DOF: 07/04/2020
LINEAMIENTOS de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2020

LINEAMIENTOS de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.- Instituto Nacional de Desarrollo Social.

LUZ BEATRIZ ROSALES ESTEVA, Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 37, 38, 41 y 42 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social (ahora Secretaría de Bienestar); Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 7 del Acuerdo mediante el cual se regula la organización y funcionamiento interno del Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, denominado Instituto Nacional de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de julio de 2005, el diverso por el que se adicionan y derogan diversos artículos del referido Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013 y la Nota Aclaratoria a éste último, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de marzo de 2014, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar y que el Estado garantizará el respeto a ese derecho;
Que el artículo 1 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia establece la coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar, conforme a los principios de igualdad y de no discriminación;
Que, por su parte, el artículo 2 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia señala que la Federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia de conformidad con los Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano;
Que, en ese sentido, el 14 de febrero de 2020 se celebró un Acuerdo de Traspaso de Recursos Presupuestarios entre los Ramos 12 "Salud" y 20 "Bienestar", a fin de ser destinados para la asignación de subsidios para Refugios y Centros de Atención externa de Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia;
Que el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, forma parte de una política pública integral con perspectiva de género y un enfoque de derechos humanos, y
Que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, mediante oficio CONAMER/20/1288, de fecha 13 de marzo de 2020, emitió el dictamen regulatorio correspondiente, he tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO PARA REFUGIOS ESPECIALIZADOS
PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO, SUS HIJAS E HIJOS, PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2020
ÚNICO: Se emiten los Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2020.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Para mayor difusión publíquese en la página oficial de Instituto Nacional de Desarrollo Social.
Dado en la Ciudad de México, a los 3 días del mes de abril de 2020.- La Titular del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Luz Beatriz Rosales Esteva.- Rúbrica.
1.    Introducción
El marco normativo vigente en el país mandata la rectoría del Estado mexicano en materia de prevención y atención de las violencias contra las mujeres, a través de la actuación pública, para garantizar su derecho a una vida libre de violencia; en atención a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los Derechos Humanos.
Es por ello que la reforma a los artículos 1º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley General de Desarrollo Social; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y su Reglamento; la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; la Ley General de Víctimas; la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; la Ley Federal de Austeridad Republicana; la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; la Ley de Tesorería de la Federación; la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil y su Reglamento; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres; así como, la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención; establecen responsabilidades concretas en materia de atención a los distintos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, prestando especial atención a la violencia de género.
Este conjunto de normas en el ámbito nacional está en consonancia con los instrumentos y tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, particularmente a una vida libre de violencia, suscritos por el Estado mexicano como: la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, así como las recomendaciones de su Comité; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará); la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing; la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer; el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul); la Convención Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San José, Costa Rica); Convención sobre los Derechos de los Niños; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; Declaración del Milenio; la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el 5 y el 16: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres, y las niñas, en lo que concierne a la meta: eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
A fin de coadyuvar a dar cumplimiento a los compromisos emanados del marco normativo descrito, el Gobierno Federal crea el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, como parte de una política pública integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
El Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos es una respuesta específica del Gobierno Federal para el fortalecimiento de los refugios como espacios temporales, multidisciplinarios y seguros para mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia por razones de género.
Con pleno reconocimiento de que la violencia de género contra las mujeres es una violación a sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado y es resultado; entre otros, del conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en formas de muerte violenta de mujeres.
El Programa atiende de manera específica lo establecido en el artículo 8 fracción VI de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respecto a que la Federación deberá favorecer la instalación y el mantenimiento de refugios para las víctimas y sus hijas e hijos.
Asimismo, la puesta en marcha del Programa se basa en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) en 2011, a través del cual se estandarizan las condiciones básicas en que deben funcionar los refugios para garantizar la calidad de los servicios. Este modelo establece que la construcción de ciudadanía de las mujeres conlleva empoderamiento, y que los refugios pueden constituirse como un medio idóneo para facilitar la construcción de ciudadanía mediante una atención integral, cuyo propósito es, primero, sanar y revertir los daños causados por la violencia, transformar la condición de las mujeres de víctimas a sobrevivientes y fortalecer su autonomía para lograr su empoderamiento.
El Programa se encuentra alineado al punto I "Política y gobierno", libertad e igualdad; así como al punto II "Política Social", Cultura para la paz, para el bienestar y para todos, del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, y contribuye a cumplir el compromiso gubernamental de impulsar como principio rector: "la igualdad efectiva de derechos entre mujeres y hombres, y se comprometerá en la erradicación de las prácticas discriminatorias que han perpetuado la opresión de sectores poblacionales enteros".
El Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL), órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Bienestar, (BIENESTAR) tiene como uno de sus objetivos contribuir a la erradicación de las causas y todas las manifestaciones de violencia contra las mujeres, y fomentar una cultura de respeto a la equidad de género y a la inclusión social.
El Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos será operado por la Secretaría de Bienestar, por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL) como instancia ejecutora.
La instancia ejecutora, a través del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, pretende favorecer la creación y fortalecimiento de los refugios como espacios seguros para mujeres víctimas de violencia, que les brinden condiciones adecuadas para su bienestar, desarrollo humano, el ejercicio de sus derechos, el empoderamiento y su plena inclusión social, mediante la atención integral y especializada de la violencia de género, que impide el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, limita su libertad y autonomía, su acceso a la igualdad de oportunidades y su participación en los procesos de desarrollo y toma de decisiones, lo que obstaculiza el desarrollo humano sustentable y el bienestar social.
El Programa apoyará a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, a fin de que sean mecanismos seguros para salvaguardar su vida y asegurar que las mujeres cuenten con un espacio especializado que les ofrezca atención y servicios de calidad. Para ello se impulsará el establecimiento y fortalecimiento de vínculos interinstitucionales, entre los tres órdenes de gobierno y las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), en materia de atención especializada a la violencia contra las mujeres.
La problemática atendida por el Programa es compleja y de amplios alcances en el país. De acuerdo con los hallazgos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016, de los 46.5 millones de mujeres de 15 años y más que residen en el país, se estima que 30.7 millones (66.1%) han padecido al menos un incidente de violencia emocional, económica, física, sexual o discriminación en los espacios escolar, laboral, comunitario, familiar o en su relación de pareja.
Con base en las disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, misma que puede consultarse en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_130418.pdf, en torno a los tipos y modalidades de violencia de género en contra de las mujeres y de acuerdo a la ENDIREH 2016, si se analiza la situación de las mujeres que han sufrido violencia en los últimos 12 meses, se encuentra
que 25.6% de ellas ha sufrido violencia de pareja, 10.3% violencia familiar, 17.4% violencia escolar, 22.5% violencia laboral y 23.3% violencia comunitaria. Según los tipos de violencia que se presentan a lo largo de la vida de las mujeres, al menos en un ámbito y ejercida por cualquier agresor, el 49% es emocional, 29% económicapatrimonial o discriminación, 34% física y 41.3% sexual. Del total de mujeres que han experimentado violencia física y/o sexual por un agresor distinto a la pareja, el 9.4% presentó una queja o denunció ante alguna autoridad y 2.2% sólo solicitó apoyo a alguna institución, mientras que el 88.4% no solicitó apoyo a alguna institución ni presentó queja o denuncia ante alguna autoridad.
La ENDIREH 2016 también nos permite saber que el 69.1% de las mujeres que sufren violencia no saben a dónde acudir. Esta proporción es semejante tanto para mujeres casadas y unidas (70.2%) como para las solteras (70.5%). Entre las separadas y divorciadas, en cambio, la proporción que sí sabe a dónde puede acudir es del 40.6%.
En atención a esta situación, el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos busca promover el fortalecimiento de capacidades, la continuidad y la calidad en la respuesta institucional de prevención, protección y atención de las violencias contra las mujeres, así como propiciar buenas prácticas que deriven en la mejora constante de los modelos de atención integral a las expresiones de violencias contra las mujeres, por motivos de género.
A través de este Programa se apoyará, acompañará y dará seguimiento al quehacer de los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, que atienden esta problemática social; para ello el presupuesto de su operación para el ejercicio fiscal 2020, ha sido transferido, a través de un convenio de traspaso de recursos federales celebrado el 14 de febrero de 2020 entre la Secretaría de Salud R12 y la Secretaría de Bienestar R20, signado por los Titulares de cada Unidad de Administración y Finanzas con apego a lo establecido en el artículo 93, fracción I del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (Anexo 2).
Un elemento crucial y relevante es la promoción e incentivación para que los servicios de atención se encuentren más cerca de las mujeres y se garanticen servicios de calidad, ya que de acuerdo con datos de la ENDIREH 2016, aunque el 20% de las mujeres que fueron víctimas de agresiones físicas y/o sexuales por parte de su actual o última pareja, esposo o novio solicitó apoyo, denunció o emprendió ambas acciones, aún queda un 78.8% que necesita de servicios apropiados que brinden la atención necesaria para que puedan transitar hacia una vida libre de violencias, mediante la debida atención, basada en directrices como la celeridad, la certeza, la protección efectiva, la gratuidad y la confidencialidad en todo el proceso de atención, así como en apego a los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, a que hace referencia el artículo 1 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
En el Anexo 1 se presenta un glosario con los conceptos y siglas utilizadas frecuentemente en los presentes Lineamientos.
2.    Objetivos
2.1   Objetivo General
Brindar protección y atención integral y especializada a mujeres, y en su caso, sus hijas e hijos, mediante Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso, sus Hijas e Hijos y sus Centros de Atención Externa.
2.2   Objetivos específicos
Apoyar la operación de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos y sus Centros de Atención Externa, que atiendan a mujeres en situación de violencia familiar y por razones de género.
Dar seguimiento a la operación de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, en su caso sus Hijas e Hijos y sus Centros de Atención Externa apoyados por el Programa.
3. Lineamientos
 
3.1 Cobertura
El Programa tiene cobertura en 28 entidades del país; con base en la disponibilidad presupuestaria, se buscará ampliar la cobertura.
La atención prioritaria del programa considerará zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con alto o muy alto grado de marginación o zonas con altos índices de violencia, así como aquellas regiones de atención que determine la instancia ejecutora, de conformidad con los anteriores supuestos.
3.2 Población Objetivo
La población objetivo del Programa son 72 Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos.
Las mujeres en situación de violencia, que requieran atención especializada y de un lugar seguro donde puedan resguardarse para proteger su integridad, su vida y la de sus hijas e hijos, pueden acceder a los servicios gratuitos, especializados y confidenciales que se brindan en los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y sus Centros de Atención Externa que apoya el Programa, previa valoración y/o referenciación de algún Centro de Atención, sin que tengan que realizar algún trámite.
En la operación del Programa es importante el quehacer de los Módulos de Atención de la Secretaría de Bienestar, como coadyuvantes en la canalización de mujeres en situación de violencia a los Centros de Atención Externa, a fin de que se les brinde la atención requerida.
3.3 Criterios de elegibilidad y requisitos
Los Entes Públicos u Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) con experiencia comprobable que operen Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, y en su caso sus Hijas e Hijos; podrán presentar un Proyecto Anual, conforme a los siguientes criterios y requisitos:
 
Criterio
Requisitos (documentación)
Presentar un Proyecto Anual en los términos del numeral 3.4, que se enmarque obligatoriamente en el objetivo general del Programa.
El Proyecto Anual deberá garantizar la prestación de los servicios especializados de protección y atención, durante todo el periodo de ejecución, en forma gratuita.
Formular y presentar, de conformidad con los presentes lineamientos, un proyecto operativo y presupuestario anual para la prestación de servicios de Refugio y, de ser el caso, su Centro de Atención Externa, elaborado con Perspectiva de Género, Interculturalidad, respeto a los Derechos Humanos de las mujeres, niñas, niños y adolescentes. El proyecto deberá entregarse, conforme al formato estipulado en el Anexo 3 de los presentes lineamientos, mismo que se encuentra en la siguiente liga: https://www.gob.mx/indesol
Acreditar personalidad jurídica.
Las OSC deberán presentar en el Sistema del Programa, la siguiente documentación:
a)    Clave Única de Inscripción (CLUNI) en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones;
b)    Identificación oficial vigente (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte) de quien tenga la representación legal de la OSC;
c)     Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT con una vigencia no mayor a 60 días previos a la recepción de su proyecto;
d)    Constancia expedida por el SAT, de la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales de la OSC, conforme a lo establecido por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, actualizada cuando menos al mes inmediato anterior a la recepción de su proyecto;
e)    En caso de que la OSC cuente con trabajadoras o trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá adjuntar la constancia expedida por el IMSS respecto al cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social vigente al presente ejercicio, en términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y de los acuerdos ACDO.SA1HCT.101214/281.P.DIR y ACDO.SA1.HCT.250315/62.P.DJ., publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 27 de febrero y 3 de abril de 2015, respectivamente. De no contar con trabajadoras o trabajadores afiliados al IMSS bastará el envío del documento expedido por el IMSS a través de su portal electrónico http://www.imss.gob.mx/tramites/cumplimiento-obligaciones, que alude al Resultado de la Consulta al Módulo de Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social;
Los Entes Públicos deberán presentar en el Sistema del Programa, la siguiente documentación escaneada:
a)    Instrumento jurídico de creación, en el cual se encuentre establecida, dentro de sus atribuciones, la operación de Refugio cuya población objetivo sean mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos que viven violencia;
b)    Documento oficial en el cual conste la facultad de la o del servidor público que presenta el proyecto, para firmar el Convenio de Colaboración correspondiente, identificando el articulado específico y avalado por la instancia que corresponda, de conformidad con la normativa aplicable;
c)     Nombramiento vigente de la o el Titular; o documento delegatorio a quien ostente por encargo la titularidad del ente público o la representación legal.
d)    Identificación oficial vigente de la o el Titular o de quien ostente la representación legal, en su caso (credencial para votar, pasaporte o cédula profesional);
e)    Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT con una vigencia no mayor a sesenta días previos a la recepción de su proyecto;
 
 
f)     Constancia expedida por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales del ente público, conforme a lo establecido por el artículo 32-D del Código Fiscal;
g)    Comprobante del domicilio fiscal (recibo telefónico o del servicio de luz), con fecha de expedición no mayor a tres meses anterior a la fecha de recepción de su proyecto. Este documento debe coincidir con su Constancia de Situación Fiscal.
h)    En el caso de que sea la Secretaría de Finanzas u otra unidad homóloga de la propia entidad federativa, a quien, conforme a su normativa, se deban transferir los recursos de manera directa, adjuntar el documento en el que se fundamenta esta situación, que contenga la firma autógrafa de la autoridad correspondiente; así como el nombramiento e identificación oficial de los titulares que tengan facultades para suscribir convenios.
Tanto Entes Públicos como OSC deberán entregar:
Comprobante Fiscal Digital por Internet debidamente registrado conforme a la normativa vigente para el ejercicio fiscal 2020 y con la verificación de autenticidad del Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Cuenta bancaria productiva para el uso exclusivo y manejo de los recursos federales transferidos, cuyos rendimientos financieros podrán ser utilizados para los propios fines del proyecto, de conformidad al procedimiento establecido por la instancia ejecutora; o en su defecto se reintegrados a la Tesorería de la Federación en apego a la normativa aplicable;
La persona que ostente la representación legal vigente deberá contar con la firma electrónica, acreditando así su identidad, en términos de lo establecido en la Ley de Firma Electrónica Avanzada y su Reglamento;
La documentación deberá ser legible y no presentar rayaduras o enmendaduras.
De ser el caso, acreditar que ha concluido la ejecución de todas las acciones comprometidas en el Proyecto Anual apoyado con recursos federales durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, para la realización de acciones análogas a las de los presentes lineamientos o, en su caso, que ha efectuado los reintegros correspondientes a las acciones no ejecutadas y los recursos no ejercidos al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente.
Previo a la firma del instrumento jurídico, deberán presentar, cuando sea el caso, documento expedido por la Secretaría de Salud o cualquier otra dependencia federal correspondiente que las acciones comprometidas en el Proyecto Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior se han cumplido en su totalidad, que se reintegraron los recursos no ejercidos o derivados de la no ejecución de una acción, y que se reintegraron los productos financieros generados por la cuenta bancaria.
El documento deberá acreditar:
§     No tener adeudos que hayan sido notificados previamente por la instancia federal responsable, de recursos no ejercidos o no comprobados debidamente, de conformidad con las disposiciones aplicables.
§     No haber sido sancionada por incumplimiento en las acciones comprometidas en el Proyecto Anual apoyado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior.
 
3.4 Criterios de Selección de los Proyectos Anuales
·   En caso de haber sido apoyados a través de la Secretaría de Salud en años previos, deberán entregar el documento que lo acredite.
·   En caso de no haber sido apoyados en años previos por la Secretaría de Salud, deberán comprobar la prestación de los servicios por lo menos durante los tres meses previos a la recepción de su proyecto, para lo cual la instancia ejecutora podrá solicitar los elementos probatorios, físicos y
documentales que considere pertinentes, acorde a lo establecido en el apartado de lineamientos del Modelo de atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES. Asimismo, deberán ser visitados por la instancia ejecutora, previo a la dictaminación de su proyecto, a fin de acreditar lo siguiente:
Para acceder al Programa los Entes Públicos y OSC deberán acreditar experiencia comprobable de por lo menos 3 meses en la operación de Refugios Especializados para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, sus hijas e hijos, mediante la atención de los criterios siguientes:
a) Que cuenten con un Refugio en operación con infraestructura y personal especializado acorde a su capacidad operativa, para atender cuando menos a cuatro familias de manera simultánea, y que brinde servicios de alojamiento; alimentación; vestido y calzado; espacios habilitados para la atención y acompañamiento a la salud; trabajo social, atención psicoeducativa, psicológica y representación legal.
b) Cuenten con programas de capacitación para el desarrollo del empoderamiento y autonomía de las mujeres, fomentando el fortalecimiento de conocimientos y habilidades para el auto empleo, la inserción laboral y la auto gestión económica.
c) Que prestan los servicios bajo los principios de igualdad y no discriminación, por alguna situación personal de las mujeres usuarias y en su caso sus hijas e hijos; estado de salud, lugar de residencia, edad o identidad de género de la mujer usuaria y en su caso sus hijas e hijos menores de edad; grado de peligrosidad de la persona agresora; o cualquier otra circunstancia que potencialmente pueda derivar en discriminación o sea un hecho reconocido de discriminación y/o violación a los derechos humanos de las mujeres usuarias;
d) Acrediten la legal posesión del inmueble en que se encuentra establecido el Refugio y en su caso el Centro de Atención Externa, para garantizar la prestación de los servicios a las mujeres en situación de violencia de género y en su caso, sus hijas e hijos.
e) Que cuenten con un Modelo propio y específico para la atención integral de mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia, que cumpla con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES: disponible en: http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101219.pdf
f) Que cuenten con un mecanismo para el Seguimiento de Quejas, Sugerencias y Denuncias por Acontecimientos suscitados al interior del Refugio, en el que se considere la entrega de información, a las mujeres usuarias, de los derechos adquiridos por su ingreso a un Refugio y de ser el caso, la gestión y seguimiento de quejas, sugerencias o denuncias.
Todos los proyectos presentados deberán acreditar que los Refugios:
§     Operan los 365 días del año, durante las 24 horas del día.
§     Cuenten con capacidad en infraestructura y recursos humanos para brindar los servicios de Refugio, establecidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, acorde al número de habitaciones con las que cuenten.
§     Que se apegan a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en lo referente a las condiciones de operación y prestación de servicios de los Refugios para mujeres en situación de violencia.
§     Cuenten con personal de vigilancia capacitado en perspectiva de género que brinde seguridad y que cuenten con las medidas necesarias en materia de protección civil en las instalaciones del Refugio para garantizar la seguridad a la población residente las 24 horas, los 365 días del año.
§     Cuenten con la plantilla básica para la operación, de conformidad con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
§     Consideren que la dirección es el área responsable del buen desarrollo y operación del refugio, por lo que la directora deberá contar con experiencia probada en la coordinación, planificación y ejecución de estrategias para lograr una atención óptima a las víctimas de violencia en el refugio.
 
§     Cuenten con mecanismos que garanticen que en ningún caso podrán laborar en los Refugios personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo de violencia.
§     Garanticen que el personal de las áreas que otorgan atención especializada (Jurídica, Psicología y Enfermería), cuenta con la cédula profesional de licenciatura en el área en que desarrollan sus funciones.
§     Garanticen que el resto de áreas especializadas (Trabajo Social, Psicopedagogía, Pedagogía, entre otras,) cuentan con la cédula profesional de la licenciatura o se acredite la experiencia correspondiente de al menos tres años de trabajo en el área de que se trate, o bien se consideren carreras análogas acorde a la atención profesional requerida.
§     Cuenten al menos, con cuatro habitaciones designadas particularmente para el alojamiento de la población usuaria, considerando el hecho de que, a cada familia, se le designe una habitación de manera exclusiva y, en el caso de mujeres que acudan solas, se procure su privacidad.
§     Cuenten con espacios delimitados y debidamente equipados para otorgar atención individual especializada (en trabajo social, en psicología para mujeres, en psicología para niñas, niños y adolescentes, jurídica, en salud), área de capacitación, ludoteca y áreas comunes (como cocina, comedor, sala, área recreativa).
§     Cuenten en todas sus instalaciones con las condiciones de seguridad, protección civil, accesibilidad y saneamiento básico.
§     Que garantizan la secrecía de la ubicación del inmueble.
§     Que tengan la capacidad de funcionamiento y operación integral.
§     Cuenten con un reglamento interno para las mujeres usuarias del Refugio; de conformidad con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
§     Cuenten con un reglamento de trabajo para el personal que labora en el Refugio y en su caso el Centro de Atención Externa, de conformidad con lo establecido en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
§     Garanticen que cumplirán a cabalidad lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
§     Cuenten con los documentos que acrediten, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, la legítima propiedad o posesión de los inmuebles donde opera el Refugio y en su caso, el Centro de Atención Externa (Título de propiedad, Concesión, Comodato o Contrato de Arrendamiento, etc.), con una vigencia mínima del 1ero. de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020. El contrato deberá citar los datos fiscales de la persona arrendadora, y su obligación de entregar los correspondientes recibos fiscales a la persona arrendataria por concepto de pago de la renta del inmueble. En caso de que la posesión del inmueble se acredite a través de un Contrato de Comodato, éste deberá garantizar la posesión al menos hasta el 31 de diciembre de 2020.
§     Para el caso de que el inmueble en donde opere el Refugio, sea proporcionado por alguna autoridad o dependencia gubernamental a la OSC, por virtud de convenio celebrado con ella, bastará con presentar documentación en la que el ente gubernamental acredite la propiedad o posesión del inmueble, y garantice la permanencia otorgada en beneficio de la población usuaria, el tiempo requerido.
§     Cuenten con la documentación que acredite y faculte a la persona titular del inmueble para darlo en uso, arrendamiento o comodato (título de propiedad, resolución judicial, publicación en periódico oficial, documento del Registro Público de la Propiedad, entre otros).
§     Cuenten con el documento que contenga el Dictamen de Protección Civil apegado a la Ley
General de Protección Civil y a la normatividad estatal y/o local aplicable al inmueble donde se ubica el Refugio y en su caso el Centro de Atención Externa, que acredite y garantice que el inmueble cuenta con las medidas de seguridad necesarias para atender y hacer frente a riesgos relacionados con el uso de las instalaciones, y por tanto se dispone de los criterios y las medidas de seguridad necesarios para operar. Para los proyectos recibidos por primera vez, para la asignación de recursos federales orientados a la prestación del servicio de Refugio para mujeres que viven violencia, bastará con que presenten la documentación que acredite que formalmente se están realizando las gestiones necesarias para obtener el referido documento.
g)    Los proyectos que presenten los Entes Públicos y las OSC podrán incluir un Centro de Atención Externa, el cual deberá vincular de manera irrestricta su quehacer a la operación del Refugio, desarrollando acciones de detección y atención de mujeres en situación de violencia, mediante servicios de psicología, trabajo social, asesoría jurídica y, en su caso, representación jurídica, así como la canalización de mujeres, y en su caso sus hijas e hijos que se encuentran en situación de violencia de género a las instancias correspondientes; así como referir a las mujeres, en los casos que corresponda al Refugio y dar seguimiento a las usuarias egresadas del mismo.
Los Centros de Atención Externa deberán contar con un Modelo propio y específico de atención integral, y ser congruente con las características del Modelo de su Refugio; considerando que:
§     Coordinan la referencia para el ingreso de las mujeres usuarias y en su caso, sus hijas e hijos que requieren servicios de Refugio.
§     Realizan acciones de seguimiento a los casos de mujeres usuarias y en su caso, sus hijas e hijos que egresan del Refugio.
§     Deben contar con personal de las áreas que otorgan atención especializada (Jurídica, Psicología y en los casos que corresponda Enfermería), que deberán contar con la cédula profesional de licenciatura en el área en que desarrollen sus funciones.
§     Para el caso del área de Trabajo Social, se cuente con la cédula profesional de la licenciatura o se acredite la experiencia de al menos un año de trabajo en el área, o bien se consideren carreras análogas acorde a la atención profesional requerida.
§     Deben contar con espacios delimitados para otorgar atención individual y especializada (en trabajo social, en psicología para mujeres, en psicología para niñas, niños y adolescentes; y asesoría jurídica).
§     Deben garantizar en todas sus instalaciones, las condiciones de seguridad, protección civil y saneamiento básico.
h)    En caso de haber recibido recurso federal para el Refugio y su Centro de Atención Externa en años anteriores, se deberá acreditar:
§     Haber ejercido y comprobado el ejercicio de los recursos federales recibidos en los plazos y términos previstos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento y demás disposiciones aplicables;
§     No tener adeudos que hayan sido notificados previamente por la instancia federal responsable, de recursos no ejercidos o no comprobados debidamente, de conformidad con las disposiciones aplicables.
3.5 Tipos y montos de apoyo
Los apoyos que otorga el Programa son recursos federales catalogados como subsidios, que conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria no pierden su carácter federal al ser transferidos a los Entes Públicos u OSC apoyadas por lo que estarán sujetos a la normatividad federal aplicable.
El total de recursos para el apoyo del Proyecto Anual de cada uno de los Entes Públicos y OSC se basará en la disponibilidad presupuestal del Programa.
·   Para el rubro de Recursos Humanos, los montos máximos se señalan en el Anexo 4 de los presentes lineamientos, de acuerdo con la zona económica y número de habitaciones designadas exclusivamente para el hospedaje; considerando la jornada laboral, el perfil profesional y/o su función desempeñada, en apego a la plantilla y actividades establecidas en los presentes lineamientos y sus anexos;
·   Se podrá considerar la aprobación de hasta el 15% del monto total solicitado en cada proyecto, exclusivamente, para gastos de inversión (equipamiento y/o mantenimiento), con el fin de mejorar la seguridad y el funcionamiento de los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, dando prioridad a las áreas de utilización directa de la población usuaria;
·   El Programa de Inserción Laboral podrá ajustarse acorde al monto máximo que será de $260,000.00 (Doscientos sesenta mil pesos 00/100 MN);
·   El Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $120,000.00 (Ciento veinte mil pesos 00/100 M. N.), y
·   El Programa de Contención Emocional podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $112,000.00 (Ciento doce mil pesos 00/100 M.N.) para personal de Refugio y hasta $80,000.00 (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.) para personal del Centro de Atención Externa.
3.6. Derechos y obligaciones de los Entes Públicos y las OSC
3.6.1 Derechos
1.     Participar en las actividades a las que convoque el INDESOL, en el marco del Programa.
2.     Obtener información sobre la gestión de sus Proyectos Anuales en el momento que así lo requieran, por parte del INDESOL.
3.     Recibir asesoría técnica y operativa, orientación y capacitación por parte del INDESOL.
4.     Recibir un trato respetuoso, oportuno, con calidad, equitativo y sin discriminación alguna.
3.6.2 Obligaciones
Se señalan a continuación las obligaciones de los Entes Públicos y OSC apoyadas por el Programa, sin menoscabo de las establecidas en el Instrumento Jurídico.
Cabe destacar que las disposiciones establecidas en ambos documentos son complementarias y mantienen el mismo nivel de obligatoriedad.
1.     Ajustar los Proyectos Anuales presentados considerando las recomendaciones derivadas del Equipo Evaluador, así como las emitidas por el INDESOL, conforme a lo previsto en los numerales 3.3 y 3.4.
2.     Ejercer los recursos otorgados por el Programa en estricto apego a lo establecido en los presentes lineamientos del Programa, el Instrumento Jurídico, y demás normatividad aplicable. La misma se hace llegar a los Entes Públicos y OSC mediante correo electrónico.
3.     Proporcionar en tiempo y forma la información requerida por el INDESOL y proveer las facilidades necesarias para el monitoreo, seguimiento y evaluación durante todo el ejercicio fiscal. En particular, los Entes Públicos y OSC deberán proporcionar la información que les sea solicitada por parte del INDESOL para el cálculo del avance de los indicadores de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa (Anexo 7).
4.     Notificar al INDESOL cualquier asunto no previsto que altere la ejecución de las Acciones establecidas en el Instrumento Jurídico y en el Proyecto Anual, para dar una solución conjunta.
5.     Generar, promover, fortalecer y replicar mecanismos sistemáticos y permanentes de coordinación interinstitucional que mejoren cualitativamente la operación e implementación del Proyecto Anual, principalmente con las instancias que integran el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
6.     Cumplir con los plazos establecidos en los presentes lineamientos.
7.     Dar seguimiento puntual a las Acciones que impliquen la coordinación con otras instancias gubernamentales y otros actores sociales.
8.     Garantizar la existencia de personal profesionalizado y con experiencia en la materia, en cumplimiento de los perfiles definidos en el Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos, emitido por el INMUJERES.
9.     Asegurar que las o los proveedores contratados en el desarrollo de ejecución del Proyecto Anual realicen los procesos de adjudicación conforme a la normatividad establecida en estos lineamientos.
10.   Garantizar que, durante el proceso de contratación y ejecución del Proyecto Anual, el trato al personal y a las mujeres usuarias, se apegue a los derechos humanos.
11.   Asegurar el seguimiento y conclusión de las gestiones administrativas a que haya lugar, para el reintegro, a la Tesorería de la Federación, de los recursos que el INDESOL determine por observaciones a la documentación comprobatoria al cierre del ejercicio fiscal.
12.   Notificar al INDESOL sobre cualquier cambio, en la representación legal, en el domicilio de los Entes Públicos u OSC, así como en las personas responsables de la ejecución y administración del Proyecto Anual, en un plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de la modificación.
13.   Atender los requerimientos y convocatorias para reuniones de trabajo, capacitación y actualización que sean implementadas por el INDESOL, en el marco de la operación del Programa.
14.   Reintegrar los recursos no ejercidos y los productos financieros generados por la cuenta bancaria utilizada para la administración de los recursos del Programa.
15.   Utilizar las herramientas e instrumentos tecnológicos que el INDESOL disponga para el desahogo de todas las etapas de la mecánica de operación previstas en los presentes lineamientos.
16.   Garantizar el resguardo de los datos personales de las usuarias de los servicios de atención especializada que se brindan con el apoyo del Programa, conforme a los protocolos de confidencialidad y anonimato inherentes a la atención de casos de violencia de género, así como los de niñas, niños y adolescentes, en su caso; ello sin menoscabo de las disposiciones vigentes en materia de protección de datos personales.
17.   Ante un cambio de la Titular y/o la administración, hacer entrega, por escrito, de la información, los productos y los bienes generados a partir de la operación y de los apoyos brindados por el Programa, en apego a la normatividad federal aplicable.
18.   Todos los productos y acciones realizados en el marco del Programa deberán dar el crédito a éste, a través de los medios que resulten pertinentes (impresos, electrónicos, entre otros).
19.   Visibilizar el origen de los recursos con los cuales son adquiridos todos los bienes y servicios, mediante la inserción de rótulos y logotipos institucionales, en todos los materiales impresos y audiovisuales, así como el mobiliario, los equipos de cómputo, y los Centros de Atención Externa.
20.   Los Refugios y Centros de Atención Externa participantes deberán desarrollar sus actividades de manera directa, sin intermediación alguna, conforme a las disposiciones que establece la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, particularmente, cumplir a cabalidad lo señalado en el artículo 7 del ordenamiento; así como su Reglamento, y aceptar de forma irrestricta lo establecido en los presentes lineamientos, incluyendo lo referido a las acciones de seguimiento de su proyecto, por parte de la Instancia ejecutora.
21.   Los Entes Públicos participantes deberán tener establecida, dentro de sus atribuciones, la operación de Refugio cuya población objetivo sean mujeres y, en su caso, sus hijas e hijos que viven violencia.
22.   Ningún Ente Público u OSC debe ser acreedora de otro financiamiento de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal para los mismos fines de los presentes lineamientos, o de alguno de los conceptos de gasto solicitados, lo cual podrá ser verificado con otras instancias de
la Administración Pública Federal.
23.   En ningún caso podrán laborar en los refugios personas que hayan sido sancionadas por ejercer algún tipo de violencia.
24.   No se considerarán proyectos exclusivamente para Centros de Atención Externa, sin que éstos se encuentren vinculados a un proyecto de Refugio perteneciente a la misma OSC o ente público.
25.   Los recursos solicitados en los proyectos presentados para su asignación a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y, a sus Centros de Atención Externa, no podrán aplicarse en los conceptos siguientes:
a)     Temáticas que no estén orientadas al fortalecimiento de las áreas de atención a las que están dirigidas o al beneficio en la atención de la población usuaria.
b)     El objetivo no se oriente a la adquisición y desarrollo de conocimientos y herramientas teóricas y prácticas en sus respectivas áreas de atención especializada.
c)     Se beneficie a personal que no otorga atención especializada o que involucra a personal ajeno a la operación del Refugio y de su Centro de Atención Externa.
d)     No se acredite que las y/o los profesionales que otorguen las capacitaciones cuentan con la formación y/o experiencia en el tema a impartir
Restricciones
-      No podrán participar aquellas OSC que han sido sancionadas con suspensión o cancelación definitiva de su registro por la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, o se encuentren impedidas para participar acorde a la base del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
-      No podrán participar aquellas OSC que no presentaron o presentaron de manera extemporánea su informe anual de Actividades 2019, a la Comisión de Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
-      Ningún Ente Público u OSC debe ser acreedora de otro financiamiento de alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal para los mismos fines de los presentes lineamientos, o de alguno de los conceptos de gasto solicitados, lo cual podrá ser verificado con otras instancias de la Administración Pública Federal. De comprobarse este supuesto, será causal de suspensión de los recursos, conforme al numeral 4.6.4 de estos lineamientos.
-      El proyecto de Refugio y su Centro de Atención Externa, son considerados de manera independiente para fines de planeación, presupuestación y ejecución de recursos.
-      No se considerarán proyectos exclusivamente para Centro de Atención Externa, sin que éstos se encuentren vinculados a un proyecto de Refugio perteneciente a la misma OSC y ente público.
-      No se considerarán los proyectos presentados por los Entes Públicos y OSC que tengan observaciones o recomendaciones pendientes de atender y subsanar, vinculadas a la garantía del ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las mujeres y, en su caso, sus Hijas e hijos.
-      No se considerarán los proyectos presentados por los Entes Públicos y OSC que no tengan entre sus facultades, atribuciones u objetivos la atención en Refugio, de mujeres en situación de violencia.
-      En caso de haber suscrito convenio para este mismo fin con alguna de las entidades federales en años anteriores, no se considerarán aquellos Entes Públicos y OSC que tengan adeudos pendientes, notificados por la dependencia correspondiente antes de la fecha de expedición de los presentes lineamientos, respecto de recursos no ejercidos o no comprobados debidamente, sea por incumplimiento de los acuerdos suscritos en los convenios y/o de las disposiciones fiscales aplicables.
 
-      No se considerarán los proyectos de los Entes Públicos y OSC que hayan suscrito convenio para este mismo fin con otras dependencias federales en años anteriores y hayan incumplido la entrega en tiempo y forma de los informes (cuantitativo, cualitativo y de ejecución del recurso, incluyendo la totalidad de los comprobantes fiscales que acrediten el valor de los recursos ejercidos), conforme a los criterios y lineamientos establecidos por las dependencias correspondientes; así como, de ser el caso, la atención plena de los acuerdos suscritos derivados de las visitas de supervisión correspondientes.
-      Los recursos solicitados en los proyectos presentados para su asignación a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y, a sus Centros de Atención Externa, no podrán aplicarse en los conceptos siguientes:
·         Pago de multas, infracciones, recargos, actualizaciones, fianzas o intereses de cualquier tipo;
·         Pago de comisiones en caso de subrogación de servicios a terceros;
·         Pago de adquisición de inmuebles y/o construcción de inmuebles;
·         Capacitaciones al extranjero y/o solicitudes de recursos para viajes y comisiones fuera del país;
·         Pago de obligaciones o derechos de índole público propios de la organización (derechos vehiculares, verificaciones vehiculares, tenencias, predial);
·         Temáticas que no estén orientadas al fortalecimiento de las áreas de atención a las que están dirigidas o al beneficio en la atención de la población usuaria.
·         El objetivo no se oriente a la adquisición y desarrollo de conocimientos teóricos y prácticos en sus respectivas áreas de atención especializada.
·         Se beneficie a personal que no otorga atención especializada o que involucra a personal ajeno a la operación del Refugio y de su Centro Externo.
·         No se acredite que los profesionales que otorguen las capacitaciones cuentan con la formación y/o experiencia en el tema a impartir.
a)    De manera específica, las OSC no podrán aplicar los recursos federales asignados a los conceptos siguientes:
       1.         Adquisición de vehículo para el Refugio, si fue apoyado para este concepto durante el ejercicio fiscal anterior con recurso federal.
       2.         Pago para el Dictamen de la Ejecución del Recurso Asignado emitido por la persona auditora y/o despacho debidamente registrado y autorizado
b)    De manera específica, los Entes Públicos, no podrán aplicar recursos federales asignados a los conceptos siguientes:
       1. Adquisición de vehículo.
       2. Pago por servicios de personal de vigilancia. El pago por servicios de vigilancia deberá asumirlo el Ente Público correspondiente, y deberá garantizar que se cumpla con los requisitos que estipula el Modelo de Atención publicado por el INMUJERES.
Los Entes Públicos u organizaciones de la sociedad civil, que hayan suscrito convenio para este mismo fin con otras dependencias federales en años anteriores, no podrán solicitar recursos presupuestarios para lo siguiente:
§     Acciones de mantenimiento que se hayan apoyado durante el año inmediato anterior, salvo que se justifiquen plenamente y se vinculen estrictamente a las características de la zona geográfica o a motivos de seguridad.
3.7 instancias participantes
 
3.7.1 Instancias Ejecutoras
La instancia ejecutora del Programa es el INDESOL, mientras que las operadoras de los Proyectos Anuales son los Entes Públicos y OSC apoyados por el Programa.
3.7.2 Instancia Normativa
El INDESOL es la instancia normativa del Programa, la cual está facultada para interpretar los presentes lineamientos y resolver cualquier situación no prevista en los mismos.
3.7.3 Coordinación Institucional
El INDESOL establecerá los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que sus acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del gobierno federal en materia de atención especializada de la violencia de género contra las mujeres; la coordinación institucional buscará potenciar el impacto de los recursos, fortalecer y ampliar la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
Con este mismo propósito, el INDESOL podrá establecer acciones de coordinación con las delegaciones, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, las OSC, el sector privado y académico, y organismos internacionales las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones de los presentes lineamientos y de la normatividad aplicable.
4. Mecánica Operativa
4.1 Presentación de los proyectos de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y sus Centros de Atención Externa.
1.     La documentación debe ser presentada completa, en versión electrónica (formato.pdf). Los entes públicos y OSC podrán entregar documentación complementaria, siempre y cuando, la realicen dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación del acuse de recibo que se habrá de emitir por la instancia ejecutora. No se considerarán los proyectos o la documentación presentada fuera de los plazos establecidos. Los proyectos que se presenten, deben tener una programación para el ejercicio fiscal 2020.
2.     Los proyectos que presenten los Entes Públicos y OSC deberán cumplir a cabalidad lo dispuesto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, siendo su responsabilidad cualquier incumplimiento a la misma.
3.     La instancia ejecutora pondrá a disposición vía electrónica: los Formatos Únicos para la presentación de Proyectos de Refugio y los Anexos correspondientes para la elaboración de los mismos, al día siguiente de la publicación de estos lineamientos, mediante la página www.gob.mx/indesol.
4.     Los Entes Públicos y las OSC pueden presentar, además, un proyecto único para la asignación de recursos para la operación de su Centro de Atención Externa, el cual deberá estar operando por lo menos durante los tres meses anteriores a la recepción de su proyecto y vinculado activamente a su Refugio.
5.     El monto solicitado por los Entes Públicos y OSC para la operación del Centro de Atención Externa, deberá orientarse exclusivamente para:
-      Gastos de operación;
-      Recursos Humanos;
-      Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es;
-      Programa de Contención Emocional;
-      Acciones para la detección y referencia para el ingreso a Refugio de mujeres y, en su caso, sus Hijas e hijos en situación de violencia;
-      Acciones para el egreso, contra referencia y seguimiento de mujeres y, en su caso, sus Hijas e hijos que egresen del Refugio;
-      Atención y seguimiento a los casos de violencia aun cuando la mujer decida no ingresar a Refugio, y/o
-      Mantenimiento, equipamiento, seguridad, asesorías y servicios necesarios para brindar los
servicios especializados en los Centros de Atención Externa y Refugios.
6.     Los proyectos presentados deben apegarse estrictamente a lo dispuesto en los presentes lineamientos, así como a los criterios técnicos y presupuestarios que se definen en los Anexos correspondientes, mismos que se adjuntan a los presentes lineamientos y forman parte integrante de ellos.
       Los únicos rubros y conceptos de gasto que se podrán considerar para la asignación de recursos serán aquellos establecidos en los presentes lineamientos.
4.2 Recepción de Proyectos
La recepción de los proyectos deberá realizarse vía electrónica en la plataforma del programa.
El periodo para la presentación de proyectos y documentación respectiva será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de estos lineamientos. Periodo durante el cual, de ser el caso, podrá recibirse documentación en alcance a la previamente presentada, dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación correspondiente. De contar con suficiencia presupuestaria al finalizar la firma de los convenios que resulten de esta etapa, podrá abrirse un segundo periodo para la presentación de proyectos, el cual será del 5 de julio de 2020 hasta las 23:59 horas del 15 de julio de 2020.
Los proyectos se presentarán vía electrónica en la plataforma del programa ordenadamente, conforme a lo dispuesto en los presentes lineamientos.
Recibidos los proyectos y la documentación conforme a lo establecido en los presentes lineamientos, la instancia ejecutora emitirá un correo electrónico dirigido a la cuenta de correo especificada, notificándole sobre la recepción de los mismos y el folio asignado a su proyecto. Esta comunicación tiene un carácter meramente informativo. Será responsabilidad del Ente Público y de la OSC la consulta de su correo electrónico a fin de dar seguimiento de su participación.
Por ningún motivo se recibirán proyectos o documentación de manera extemporánea y se tendrán como no presentados y no serán motivo de estudio, ni consideración.
4.3 Revisión de la Documentación
La documentación recibida por la instancia ejecutora se revisará cuantitativa y cualitativamente con el objeto de verificar que cumple con lo establecido en los presentes lineamientos y el marco normativo aplicable.
Hecha la revisión total de la documentación recibida, se analizará la misma a efecto de constatar que el contenido de ésta da cumplimiento a las especificaciones establecidas en estos lineamientos. En la revisión de los proyectos presentados, ponderará en todo momento la prestación de los servicios en beneficio de las mujeres atendidas, sus hijas e hijos.
4.4 Revisión y Análisis de los Proyectos Anuales
El INDESOL constituirá Mesas de Análisis de los proyectos, conformadas cada una por un grupo colegiado de revisoras/es, con la finalidad de emitir de manera colegiada, recomendaciones para la mejora de los proyectos Anuales que presentan los Refugios y deberán operar acorde a la "Guía para la Instalación y operación de las Mesas de Análisis del Programa.
Serán elegibles aquellos proyectos que en el dictamen hayan obtenido una calificación igual o mayor a C, del total de los rubros y conceptos ponderados. El dictamen de cada proyecto será definitivo y quedará asentado en el Acta de Revisión.
Ponderaciones:
A.    El Planteamiento es sólido, congruente y completo.
B.    Proporciona la información elemental requerida, el planteamiento se puede enriquecer.
C.    El planteamiento es débil, incompleto o limitado, sujeto a un número considerable de recomendaciones.
D.    No se proporciona la información requerida o bien, no cumple con lo estipulado en estos lineamientos.
4.4.1 Integración de las Mesas de Análisis
La integración de las Mesas de Análisis es colegiada con la participación de al menos dos personas, con voz y voto, provenientes de cualquiera de los siguientes ámbitos:
·   Del Gobierno Federal, que preferentemente realice funciones en la materia y que no pertenezca al INDESOL.
·   Organismos internacionales.
·   Organizaciones de la sociedad civil.
·   Centros de investigación o instituciones académicas.
·   Especialistas en violencias contra las mujeres y perspectiva de género.
·   La composición de la Mesa de Análisis no podrá tener más de una persona participante de cada ámbito.
·   El INDESOL designará a un/a servidor/a público/a que fungirá como secretario/a técnico/a.
·   Serán invitadas permanentes, con voz, pero sin voto: El INMUJERES y La Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva.
4.4.2 Grupo Revisor de Proyectos
Las Mesas de Análisis serán integradas por un Equipo Revisor de Proyectos. La selección de las personas integrantes estará a cargo del INDESOL, quien deberá identificar los perfiles de las y los integrantes, acorde a lo estipulado en la "Guía para la Instalación y operación de las Mesas de Análisis del Programa. (Anexo 6).
Atribuciones y funciones encomendadas por la Instancia Ejecutora del Programa al Grupo Revisor de Proyectos:
1. Evaluar colegiadamente la viabilidad de los proyectos y la experiencia de los Entes Públicos y/u OSC participantes, mediante la realización de un dictamen técnico, a efecto de ponderar la elegibilidad de los mismos, con base en los criterios de selección establecidos en los presentes lineamientos.
2. Revisar la pertinencia y factibilidad de los conceptos del proyecto y materiales probatorios registrados en el proyecto, a efecto de que sean congruentes y consistentes con las líneas de acción, los objetivos específicos y las metas previstas y hacer las recomendaciones convenientes para la mejora del proyecto, de ser el caso.
3. Emitir observaciones y recomendaciones que contribuyan a mejorar la propuesta de un proyecto elegible, sin que ello implique la reelaboración del proyecto.
4. Especificar y argumentar de manera clara los criterios de selección que fueron determinantes para otorgar la calificación al proyecto revisado.
5. En el caso de los proyectos apoyados en años previos por la Secretaría de Salud tomar en cuenta dichas participaciones en cuanto al resultado de sus evaluaciones y, en su caso, otras acciones de seguimiento.
6. Suscribir el Acta de Revisión, verificando que el resultado obtenido corresponda al proyecto.
Atribuciones del Secretariado Técnico
Las personas designadas como secretarias(os) técnicas(os) de las Mesas de Análisis son representantes de la instancia ejecutora, quienes deberán salvaguardar que los dictámenes se apeguen a la normatividad y visión institucionales. Contarán con derecho a voz y fungirán como moderador/a y facilitador/a del análisis y deliberación sobre los proyectos.
El Grupo Revisor realizará el análisis de los proyectos a partir de un expediente que se integrará por cada uno de los proyectos presentados y que la instancia ejecutora entregará a cada integrante.
El Grupo Revisor llevará a cabo sesiones de trabajo presenciales con los Entes Públicos y OSC para el análisis de los proyectos previa a la evaluación de los mismos.
El Grupo Revisor estará integrado por representantes de instituciones públicas, académicas, organizaciones de la sociedad civil y en su caso de organismos internacionales, así como profesionales expertas con experiencia comprobable y conocimientos vinculados a la violencia de género y Derechos Humanos de las mujeres, quienes realizarán el análisis y la evaluación de los proyectos, con un enfoque multiinstitucional, académico e imparcial para la toma de decisiones.
No podrán integrar este Grupo Revisor representantes de organizaciones, instituciones o personas que puedan tener o tengan algún beneficio, relación o conflicto de interés en atención a los presentes lineamientos, o personas que pueden tener algún otro factor de relación que afecte la imparcialidad en la evaluación.
Las personas integrantes del Grupo Revisor emitirán sus análisis, opiniones y posiciones respecto del proceso en general, o de los proyectos en particular, en su calidad de representantes de las instituciones y organizaciones que los hayan asignado, o en su caso, como académicas, profesionales o en su calidad de personas expertas en violencia de género.
La revisión y análisis de los proyectos deberá hacerse en estricto apego a los objetivos del Programa y a los resultados del año anterior presentados por los Entes Públicos y las OSC cuando corresponda; para ello, dentro del análisis que realizará el Grupo Revisor se aplicarán los siguientes criterios para la valoración y, en su caso, ajuste o aprobación de los recursos solicitados:
·   Para determinar los montos de alimentación, vestido, calzado, uniformes escolares, se considerará la capacidad instalada, el número de mujeres usuarias, sus hijas e hijos;
·   Los proyectos que se presenten por primera vez para recibir recursos federales para la prestación del servicio de Refugio para mujeres que viven violencia, considerarán los datos que aporten en cuanto a la población atendida en el Refugio y los otros elementos que sustenten la solicitud que se realice al respecto;
·   Se considerarán como prioritarios el personal establecido en las plantillas para Refugio y en su caso, su Centro de Atención Externa acorde a los presentes lineamientos:
·   Para solicitar un incremento de personal especializado y/o personal opcional, se analizará: la infraestructura del Refugio, el número de habitaciones destinadas para el alojamiento de la población usuaria, la población atendida y reportada en el año inmediato anterior y la justificación incluida en su proyecto;
·   El personal especializado que se contrate de manera adicional a lo establecido en el Modelo deberá prestar servicios directos a la población usuaria en las áreas de: Trabajo Social, Psicología, Psicología Infantil, Enfermería, Asesoría y Representación Jurídica;
·   Para el rubro de Recursos Humanos, el Grupo Revisor podrá aplicar los montos máximos que se señalan en el Anexo 4 de los presentes lineamientos, de acuerdo con la zona económica y número de habitaciones designadas exclusivamente para el hospedaje; considerando la jornada laboral, el perfil profesional y/o su función desempeñada, en apego a la plantilla y actividades establecidas en los presentes lineamientos y sus anexos;
·   Tener disponible en el Refugio de forma permanente al personal de enfermería;
·   Se podrá considerar la aprobación de hasta el 15% del monto total solicitado en cada proyecto, exclusivamente, para gastos de inversión (equipamiento y/o mantenimiento), con el fin de mejorar la seguridad y el funcionamiento de los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, dando prioridad a las áreas de utilización directa de la población usuaria;
·   Se considerará prioritaria la asignación de recursos para garantizar la seguridad y protección de la población usuaria del Refugio;
·   El Programa de Inserción Laboral podrá ajustarse acorde al monto máximo que será de $260,000.00 (Doscientos sesenta mil pesos 00/100 MN);
·   El Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es podrá ajustarse hasta por un monto máximo de $120,000.00 (Ciento veinte mil pesos 00/100 M. N.);
·   El Programa de Contención Emocional podrá ajustarse hasta por un monto máximo de
$112,000.00 (Ciento doce mil pesos 00/100 M.N.) para personal de Refugio y hasta $80,000.00 (Ochenta mil pesos 00/100 M.N.) para personal del Centro de Atención Externa;
·   La revisión se hará con proyección al año fiscal, distinguiendo los montos y observaciones para cada rubro y concepto solicitado. El apoyo aprobado se asignará acorde al presupuesto disponible del Programa.
El Grupo Revisor analizará la justificación que se refiere a los recursos solicitados y su congruencia con el desarrollo y objeto del proyecto, así como de ser el caso, todo el soporte documental que justifique sus solicitudes y los montos de recursos.
4.4.1 Resultado de la Revisión y Análisis
El resultado de la Revisión y Análisis de los proyectos, la relación de quienes participaron en el proceso de dictaminación, y las fichas curriculares, se darán a conocer en un plazo no mayor a sesenta días naturales después del cierre de la dictaminación, a través de la página electrónica www.gob.mx/indesol. En ningún caso o momento se publicarán los nombres de las y los revisores vinculados a cada proyecto durante el presente ejercicio fiscal, por considerarse información clasificada con carácter de confidencial, al contenerse datos personales, en términos de lo que establece el Decreto por el que se expide la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017.
4.4.2 Notificación de Resultados
La notificación de resultados aprobatorios puede contener solicitudes de ajuste de montos, modificación de conceptos, información adicional y/o ampliación en la justificación de los conceptos, las cuales deberán ser atendidas en su totalidad para su integración en los proyectos, previo a la suscripción del Convenio correspondiente.
Una vez concluido el ajuste, se contará con un máximo de 10 días naturales para la suscripción del convenio.
Las solicitudes realizadas por el Grupo Revisor tendrán un carácter vinculatorio con la resolución o aprobación de los proyectos y serán informadas al momento de la notificación de resultados, por lo que deberán ser atendidas en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la notificación.
En caso de no atender las solicitudes respectivas, no se podrá llevar a cabo la suscripción del Convenio correspondiente con la OSC o ente público de que se trate y la instancia ejecutora lo hará del conocimiento al Grupo Revisor por tratarse de un proyecto aprobado.
4.5   Instrumento Jurídico
4.6   4.5.1 Suscripción del Convenio
Una vez realizado el ajuste del proyecto, y el Refugio y/o Centro de Atención Externa participante cuente con la Constancia de Conclusión del ejercicio fiscal anterior, se podrá suscribir el Instrumento Jurídico.
En caso de no contar con la Constancia de Conclusión el último día hábil de junio, el recurso asignado se disminuirá de acuerdo con el periodo de ejecución remanente, a partir de un análisis conjunto entre la instancia participante y el INDESOL.
4.5.2 Convenio Modificatorio
Se podrán suscribir Convenios Modificatorios ante cualquier cambio que afecte la estructura del proyecto (acciones, materiales probatorios y/o presupuesto), siempre y cuando sea por causas de fuerza mayor, y previa autorización de la instancia ejecutora.
Acorde a la disponibilidad presupuestaria, podrá considerarse ampliación de recursos en diferentes rubros, aun no estando considerados dentro del primer proyecto presentado.
Asignación de Recursos
Sólo se asignarán recursos en los proyectos de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y Centros de Atención Externa para los rubros siguientes:
 
Refugio: Operación; Recursos Humanos, Mantenimiento; Equipamiento; Seguridad; Programa de Inserción Laboral, Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es; Programa de Contención Emocional, y/o Servicios y Asesorías.
Centro de Atención Externa: Operación; Recursos Humanos; Programas de Profesionalización para Colaboradoras/es, y/o Programa de Contención Emocional.
Dentro de los rubros antes referidos se encuentran considerados los conceptos de gasto que podrán ser cubiertos a través de la asignación de recursos de los presentes lineamientos, los cuales se encuentran definidos en los Anexos 4 y 5, con el Desglose de Rubros y Conceptos para proyectos de Refugio y Centros de Atención Externa.
La recepción de documentación y, en su caso, el cumplimiento de los requisitos documentales no generará para la instancia ejecutora o para el Grupo Revisor la obligación de asignar recursos, ya que su aprobación depende del cumplimiento pleno de los requisitos, así como del contenido técnico y especializado de los mismos, la verificación de la operación y el contenido del proyecto.
El total de las cantidades asignadas a cada proyecto dependerá de la disponibilidad presupuestaria anual, por lo que de ser aprobado el proyecto, los montos se podrán asignar de acuerdo a las características específicas y especiales de cada uno, considerando en todo momento que la administración de los recursos públicos federales se realiza con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas, equidad e igualdad de género.
El Grupo Revisor podrá ajustar, eliminar, incorporar e incluso homologar montos y/o conceptos solicitados en los proyectos, de conformidad con los criterios de selección técnicos y presupuestarios, según estime conveniente.
4.6.1 Reorientación de Recursos
Las instancias apoyadas podrán solicitar durante la ejecución del proyecto; presentando la debida justificación, propuestas de incremento, reducción, eliminación o reorientación de acciones y recursos previamente autorizados para la ejecución del proyecto. La instancia ejecutora revisará y validará las propuestas presentadas y resolverá en un plazo no mayor a diez días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud. La reorientación no implica ampliación ni reducción de recursos.
4.6.2 Ampliación de recursos
Para potenciar el impacto del Proyecto en ejecución, los Refugios y los Centros de Atención Externa, podrán solicitar al INDESOL una mayor cantidad de recursos, siempre y cuando se plantee fortalecer las acciones y ampliar la cobertura de protección y de atención a las mujeres en situación de violencia y en su caso, sus hijas e hijos.
El INDESOL revisará y validará las propuestas presentadas y resolverá en un plazo no mayor a veinte días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud de ampliación. Ello se hará conforme a los siguientes criterios:
      La solidez y justificación de las propuestas de acciones y conceptos planteados.
      Con base en la suficiencia presupuestaria.
      El avance en la aplicación de los recursos autorizados.
      El avance y cumplimiento de la ejecución de las acciones.
      La viabilidad de la propuesta en términos de los procesos administrativos para la aplicación oportuna de recursos.
4.6.3 Recursos no Ejercidos
Los Refugios y Centros de Atención Externa, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se hubieran destinado a los fines autorizados, y aquellos que por cualquier motivo no se hayan ejercido al 31 de diciembre, a más tardar el 15 de enero de cada año. Dentro del mismo plazo, deberán remitir copia del reintegro al INDESOL para su registro correspondiente.
Asimismo, estarán obligados a reintegrar los recursos federales que le sean solicitados a partir de la verificación del informe final o de auditorías realizadas por los órganos competentes, directamente a la TESOFE.
El INDESOL estará obligado a reintegrar a la TESOFE los ahorros y economías de los gastos de operación, que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados, en los términos de las disposiciones aplicables.
4.6.4 Causales de Suspensión de Recursos
En caso de que la instancia ejecutora o algún órgano de fiscalización detecte desvíos o incumplimientos en el ejercicio de los recursos federales asignados a los Refugios, y/o a los Centros de Atención Externa, se suspenderán los apoyos y se solicitará el reintegro de los recursos otorgados y en su caso, los rendimientos financieros correspondientes, de conformidad con la normatividad aplicable. Estos recursos se reintegrarán a la Tesorería de la Federación (TESOFE).
4.7 Entrega y Ejercicio de los Recursos
Los Refugios y Centros de Atención Externa, deberán utilizar una cuenta bancaria productiva para el uso exclusivo de los recursos federales del Programa, con el fin de eficientar la aplicación de los recursos en los tiempos de ejecución establecidos. Para los Entes Públicos, en caso de que, por normatividad estatal o municipal, los recursos del Programa deban radicarse en las secretarías de finanzas u órganos administrativos equivalentes, será necesario que gestionen ante dichas instancias la apertura de una cuenta bancaria productiva para uso exclusivo de los recursos del Programa de Apoyo a Refugios.
De conformidad con el artículo 28, de la Ley General de Desarrollo Social, toda la papelería y documentación oficial del programa deberá contener la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al Desarrollo Social".
4.7.1 Entrega de los recursos
      El INDESOL entregará los recursos en una o más ministraciones. Cabe destacar que el otorgamiento de los recursos se realizará de acuerdo con la programación y suficiencia presupuestal.
      La primera ministración se otorgará en un plazo que no podrá exceder los treinta días hábiles posteriores a la firma del Instrumento Jurídico.
4.7.2 Ejercicio de los recursos
      Los Refugios y Centros de Atención Externa deberán utilizar la cuenta aperturada para tal fin.
      Ejercer los recursos durante la vigencia del Instrumento Jurídico, el cual concluirá el 31 de diciembre de 2020.
      Los Refugios y Centros de Atención Externa comprobarán el ejercicio de los recursos según lo establecido en el Instrumento Jurídico correspondiente y la normatividad federal aplicable.
La comprobación de los gastos, los materiales probatorios y la documentación derivada de la ejecución de las acciones deberán mantenerse a disposición de las instancias correspondientes, por un periodo mínimo de cinco años.
4.7.3 Informe final
El Informe final dará cuenta del proceso acumulado y global de cada una de las acciones del Proyecto apoyado.
Los Refugios y los Centros de Atención Externa, deberán garantizar que en el Sistema Integral del INDESOL esté integrada la totalidad de la información que dé cuenta del desarrollo y resultados del Programa Anual, de acuerdo con los formatos correspondientes, máximo dentro de los diez hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
A partir de la presentación completa de la documentación, el INDESOL revisará el informe final y emitirá observaciones en un plazo máximo de veinte días hábiles. Los Refugios y los Centros de Atención Externa contarán con un plazo máximo de veinte días hábiles para solventar las observaciones
 
Cabe señalar que, si durante el proceso de revisión el INDESOL detecta que el informe final está incompleto se detendrá dicha revisión y se le regresará al Refugio o Centro de Atención Externa correspondiente, para completar los requerimientos.
Este proceso podrá realizarse en repetidas ocasiones hasta que se hayan solventado todas las observaciones derivadas de las revisiones y presentado la documentación correspondiente.
Una vez realizado lo anterior, el INDESOL validará el informe y estará en posibilidad de emitir la Constancia de Conclusión.
4.7.4 Constancia de Conclusión del Instrumento Jurídico
Una vez que el informe final se considere completo y validado, y que hayan sido cubiertos los adeudos financieros, probatorios y cualitativos del ejercicio fiscal, el INDESOL emitirá la Constancia de Conclusión del Instrumento Jurídico.
Este documento constituirá el cierre formal del ejercicio fiscal, mismo que deberá presentarse para suscribir el Instrumento Jurídico del ejercicio fiscal subsecuente.
4.8 Gastos de Operación
La instancia ejecutora podrá destinar recursos de hasta el 5.27% del presupuesto asignado al Programa para gastos de operación inherentes al desarrollo del mismo.
La instancia ejecutora podrá destinar hasta el 1% del total del presupuesto autorizado al Programa de Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, como apoyo transversal para el desarrollo de conocimientos y habilidades de las instancias cuyos proyectos sean apoyados, en materia de atención especializada de las violencias contra las mujeres.
4.9 Seguimiento Físico y Operativo del Programa
El Programa deberá realizar un ejercicio de seguimiento físico y operativo de sus apoyos, acciones o servicios entregados, cuya metodología deberá poner a consideración de la Dirección General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales (DGEMPS), la cual revisará el informe final del ejercicio, analizando su consistencia, metodología y sus resultados.
La instancia ejecutora designará personal para realizar visitas de seguimiento a los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos y a sus Centros de Atención Externa con la finalidad de verificar la información reportada en los proyectos. El personal designado por la instancia ejecutora podrá solicitar el soporte documental, realizar entrevistas y recabar evidencia fotográfica.
La visita deberá quedar documentada en una Constancia de Visita de Seguimiento y una Cédula de Conocimiento Refugio y en su caso, Cédula de Conocimiento Centro Externo.
5. Evaluación
Conforme a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y con la finalidad de identificar y atender posibles áreas de mejora en el diseño, gestión y resultados del Programa, y de esta forma fortalecer su mecanismo de intervención, se deberán realizar las evaluaciones externas consideradas en el Programa Anual de Evaluación (PAE), que emitan la SHCP y el CONEVAL, conforme a la disponibilidad presupuestal. Lo anterior permitirá fortalecer la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio de los recursos ejercidos por el Programa.
Las evaluaciones externas que se realicen al Programa serán coordinadas por la DGEMPS, en conjunto con el Programa, conforme a lo señalado en los "Lineamientos generales para la evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal" (Lineamientos) publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2007 y deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en el PAE. Los Lineamientos y el PAE pueden consultarse en la página electrónica http://www.coneval.org.mx
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el PAE y conforme a lo dispuesto en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos, se podrán llevar a cabo evaluaciones complementarias que resulten apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales también serán coordinadas por la DGEMPS en conjunto con el Programa.
 
La DGEMPS publicará los resultados de las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente, a través del portal de Internet de la Secretaría de Bienestar (http://www.gob.mx/bienestar) asimismo, para el caso de las entidades sectorizadas, adicionalmente éstas deberán publicar en sus portales de internet los resultados en comento.
6. Indicadores
Los indicadores de Propósito y Componente de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del Programa están contenidos en el Anexo 7 de los presentes lineamientos. La información correspondiente a estos indicadores será reportada por el INDESOL en el Portal Aplicativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (PASH).
Los indicadores de propósito y componentes de la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) deberán de ser publicados y difundidos para su consulta en el portal oficial de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, toda vez que éstos permiten conocer cuáles son las bases para medir y valorar el progreso del presente Programa.
7.    Seguimiento, Control y Auditoría
7.1   Control y Auditoría
Los ejecutores serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que las Unidades Responsables del Programa y Delegaciones de Programas para el Desarrollo en las entidades federativas serán responsables de supervisar y verificar el avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de solicitar la comprobación documental del gasto ejercido firmada por el ejecutor en los plazos establecidos en los lineamientos, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo. Considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas o sus municipios no pierden su carácter federal al ser entregados a los mismos, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes Instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: por la Auditoría Superior de la Federación; por el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar; por la SFP en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales.
Las instancias operadoras serán responsables de la supervisión directa de las obras, proyectos o acciones, así como de verificar que en su ejecución se cumpla la normatividad aplicable, mientras que la Unidad Responsable del Programa será responsable de verificar el seguimiento al avance y la correcta terminación y entrega de las obras, proyectos y/o acciones, así como de la solicitud y resguardo de la comprobación documental del gasto ejercido, firmado por la instancia operadora, en los plazos establecidos en estos lineamientos, dejando evidencia de la confirmación de su autenticidad en los medios electrónicos implementados por la autoridad fiscal y asegurar su debido resguardo.
Considerando que los recursos federales de este Programa, ejecutados por las entidades federativas, no pierden su carácter federal al ser entregados a las mismas; su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrán ser auditados en el marco del Sistema Nacional de Fiscalización por las siguientes instancias, conforme a la legislación vigente y en el ámbito de sus respectivas competencias: la Auditoría Superior de la Federación, el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar, y por la SFP, en coordinación con los órganos de control de los gobiernos locales.
8.    Transparencia
8.1. Difusión
Estos lineamientos, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, están disponibles para su consulta en la página electrónica del Instituto Nacional de Desarrollo Social en https://www.gob.mx/indesol.
Así como el listado de los beneficiarios de este programa, se considera información pública, en términos de lo dispuesto por el inciso q), fracción XV del artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mismo que puede ser consultado en http://pub.bienestar.gob.mx/spp/spub.jsp
8.2 Protección de Datos Personales
Aviso de Privacidad
Los datos personales recabados serán utilizados con las finalidades siguientes: validar que se cumplan
con los requisitos de elegibilidad para ser beneficiario de este programa, asimismo serán integrados en los sistemas de datos personales de la Secretaría de Bienestar y podrán ser transmitidos a otros entes públicos de los tres niveles de gobierno en el ejercicio de facultades propias, compatibles o análogas, para la realización de compulsas y la integración del Padrón Único de Beneficiarios. Por lo tanto, se garantiza la protección de los datos personales que sean recabados, en cumplimiento con las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública aplicables.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales recabados se podrá realizar a través de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Social con domicilio en Av. Paseo de la Reforma No.116, piso 10, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México, en un horario de atención de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00, o bien por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia en http://www.plataformadetransparencia.org.mx.
El aviso de privacidad integral se puede consultar en el portal de Internet de la Secretaría de Bienestar en: www.gob.mx/bienestar
Lo anterior, se informa en cumplimiento los artículos 26 y 27 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
8.3 Contraloría Social
Se promoverá la participación de las personas beneficiarias del Programa, así como de organizaciones de la sociedad civil o ciudadanía interesada en monitorear el Programa. Lo anterior será a través de la integración, operación y vinculación para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el Programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.
El Programa se sujetará a los Lineamientos vigentes emitidos por la Secretaría de la Función Pública para promover las acciones necesarias que permitan la efectividad de la vigilancia ciudadana, bajo los esquemas validados por dicha Secretaría.
8.4 Padrones
El Padrón del Programa estará conformado por las Instancias operadoras del mismo.
8.5. Acciones de Blindaje Electoral
En la operación y ejecución de los recursos federales y proyectos sujetos a los presentes lineamientos, se deberán observar y atender las medidas de carácter permanente, contenidas en las leyes Federales y/o Locales aplicables, los acuerdos emitidos por las autoridades administrativas electorales tanto de carácter federal como local, así como aquellas específicas que sean emitidas de forma previa para los procesos electorales federales, estatales y municipales, por la Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia, con la finalidad de prevenir que el uso y manejo de los recursos públicos y programas sociales se vea relacionado con fines partidistas y/o político-electorales; todo ello con la firme intención de garantizar los principios de imparcialidad y equidad durante los comicios.
Con estas acciones se fomenta la cultura de la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas, se refrenda el compromiso de respetar el principio de imparcialidad y se busca prevenir e inhibir las conductas contrarias a la normatividad que regula la actuación en el servicio público, haciendo énfasis en aplicación de los principios de legalidad, honradez, integridad, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.
8.6 Transparencia, Rendición de Cuentas y Acceso a la Información
La información que se genere con motivo del proceso a que se refieren los presentes lineamientos, de la evaluación de proyectos de coinversión y asignación de recursos para los Entes Públicos y OSC que operan Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, se apegará a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en lo estipulado en el artículo 55 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La disponibilidad presupuestaria asignada al Programa está determinada en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, en virtud de lo cual, conforme a lo establecido en la normatividad aplicable, el monto es el presupuesto máximo por asignar en su totalidad y su aplicación deberá ejercerse conforme los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad republicana, transparencia, control, rendición de cuentas, equidad e igualdad de género, a que se refiere la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria vigente.
 
En este sentido los recursos asignados a cada proyecto que resulte aprobado conservan su origen público y federal, por lo que en todo momento se consideran recursos auditables y fiscalizables por las instancias de control y fiscalización que procedan de acuerdo con la normatividad aplicable.
9. Perspectiva de Género
El Programa incorporará la perspectiva de género con el propósito de contribuir al acceso de las mujeres a los beneficios de este programa en igualdad de condiciones; privilegiando, en su caso, la inclusión de medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas), para solucionar las condiciones inmediatas en la vida de las mujeres, y medidas estratégicas que tiendan a la valorización de la posición que las mujeres tienen en la comunidad, modifique los patrones culturales y destierre los estereotipos que ocasionan discriminación y violencia, así como medidas que aceleren el logro de la igualdad sustantiva para el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la inclusión productiva, en la toma de decisiones, en los procesos de implementación del Programa y en general, en el logro de los objetivos planteados en la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
Las acciones afirmativas que se desprendan del Programa, tendrán que estar plenamente identificadas, con el fin de hacer visible la estrategia transversal de perspectiva de género dentro del Programa.
10.   Enfoque de Derechos Humanos
Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad, exigibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán mecanismos que hagan efectivo el acceso a la información gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se dé únicamente con base en lo establecido en estos Lineamientos, sin discriminación o distinción alguna.
De igual manera, se fomentará que las y los servidores públicos y personal involucrado en la operación del Programa, promuevan, respeten, protejan y garanticen el ejercicio efectivo de los derechos humanos de los sujetos de derecho, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, brindando en todo momento un trato digno y de respeto a la población atendida, con apego a los criterios de igualdad y no discriminación.
11.   Casos de Emergencia o Desastre
Para facilitar la continuidad de los apoyos otorgados a las personas beneficiarias, el Programa elaboró y definió el protocolo para casos de emergencia o desastre, al que deberá dar cumplimiento el programa en los casos que lo amerite. El protocolo podrá ser consultado en la siguiente liga: https://www.gob.mx/indesol
12.   Denuncias y Solicitudes de Información
Las personas beneficiarias o interesadas tienen derecho a solicitar información relacionada con el presente Programa y sus Lineamientos de Operación, vía correo electrónico refugios@indesol.gob.mx, o al teléfono 5554 0390, extensiones 68165 y 68169, dicha solicitud deberá ser contestada en un plazo máximo de 5 días hábiles.
Tienen derecho también, a presentar denuncias en contra del personal del servicio público de la Secretaría de Bienestar, por el incumplimiento en la ejecución, operación o entrega de apoyos, ante las instancias correspondientes.
12.1 Denuncias
Las denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica o cualquier otro medio electrónico de comunicación y/o mediante comparecencia ante las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar a través de:
a)    Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar:
       Para recepción de denuncias Teléfono: 5328-5000, Ext. 51475.
       Larga distancia sin costo:
       01-800-714-8340
       Correo electrónico: organo.interno@bienestar.gob.mx
       Página Web: https://sidec.funcionpublica.gob.mx/#!/
 
       Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.
b)    En la Secretaría de la Función Pública
       Ciudad de México y Área metropolitana:
       Teléfono: 2000-3000
       Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
       Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
       Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Demarcación Territorial Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México.
       Las denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica o cualquier otro medio electrónico de comunicación y/o mediante comparecencia ante las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar a través de:
c)     Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar:
       Para recepción de denuncias Teléfono: 5328-5000, Ext. 51475.
       Larga distancia sin costo:
       01-800-714-8340
       Correo electrónico: organo.interno@bienestar.gob.mx
       Página Web: https://sidec.funcionpublica.gob.mx/#!/
       Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México.
d)    En la Secretaría de la Función Pública
       Ciudad de México y Área metropolitana:
       Teléfono: 2000-3000
       Correo electrónico: contactociudadano@funcionpublica.gob.mx
       Página electrónica: www.funcionpublica.gob.mx
       Domicilio: Insurgentes Sur 1735, colonia Guadalupe Inn, Delegación Demarcación Territorial Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México.
12.2 Solicitudes de Información
Las solicitudes de información podrán realizarse ante el Área de Atención Ciudadana, por escrito y/o vía telefónica, a través de:
a)    Secretaría de Bienestar: Área de Atención Ciudadana
       Teléfonos: 5141-7972 o 51417974
       Larga distancia sin costo:
       01-800-007-3705
       Correo electrónico: demandasocial@bienestar.gob.mx
       Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma número 116, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México.
b)    Delegaciones en las entidades federativas, a través del Área de Atención Ciudadana.
ANEXO 1: Glosario de Conceptos y Siglas
Atención integral: Conjunto de servicios brindados a las mujeres y en su caso sus hijas e hijos, de carácter psicológico, educativo, médico, legal y de trabajo social gratuitos, proporcionados por personal especializado. Las etapas de la atención integral se conforman de detección, evaluación del riesgo, diagnóstico, atención oportuna a las necesidades derivadas de la violencia, así como la referencia de casos a las instancias especializadas, cuando así se requiera.
Centro de Atención Externa: instancia vinculada a la operación de un Refugio que desarrolla acciones de
detección, atención especializada (psicología, trabajo social y asesoría jurídica y, en su caso, representación jurídica) y canalización a mujeres, sus hijas e hijos que se encuentran en situación de violencia de género; además de referir los casos de violencia al Refugio y dar seguimiento a las usuarias egresadas del mismo.
Criterios de priorización: Atender a las personas que habiten en las zonas de población mayoritariamente indígena, zonas con alto o muy alto grado de marginación o zonas con altos índices de violencia.
Delegaciones: Las Delegaciones de Programas para el Desarrollo.
Derechos Humanos de las mujeres: se refiere a la protección jurídica de los derechos de las mujeres sobre una base de igualdad con los de los hombres que garantiza, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de las mujeres contra todo acto de discriminación.
Empoderamiento de las mujeres: Proceso mediante el cual las mujeres transitan de una situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión, a un estado de conciencia, autodeterminación y autonomía, que se manifiesta en el ejercicio de sus derechos y libertades.
Enfoque de Derechos Humanos: Es aquel que reconoce las libertades y garantías fundamentales de los seres humanos que devienen de su dignidad. Tiene como principios la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Enfoque de Interculturalidad: Es aquel que reconoce la cultura y visibiliza las características y los obstáculos que excluyen a diferentes sectores de la sociedad, que permitan generar acciones para convivir y relacionarse de manera abierta, horizontal, incluyente, respetuosa y sinérgica en un contexto compartido.
Entes Públicos: Instancia de gobierno estatal o municipal con atribuciones para operar refugios para mujeres víctimas de violencia.
INDESOL: Instituto Nacional de Desarrollo Social.
Instancia ejecutora: la Secretaría de Bienestar por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social, como instancia del Gobierno Federal responsable de la operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos.
Instrumento Jurídico: Se refiere al convenio de coordinación para la distribución y ejecución de recursos del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos que suscribe el INDESOL con las Instancias participantes.
Interculturalidad: proceso de intercambio y diálogo entre actores provenientes de culturas diferentes. El enfoque intercultural en las políticas públicas contribuye a mejorar los términos de este intercambio al facilitar que los esquemas e instrumentos de políticas sean más sensibles a la diversidad cultural y estén mejor adecuados a las necesidades diferenciadas de una ciudadanía plural en términos de raza, etnia y género.
Módulos de atención: Las ventanillas de atención de los Programas para el Desarrollo y coadyuvantes de los Programas de la Secretaría de Bienestar, así como centros integradores del desarrollo para el fortalecimiento de la cohesión y participación social.
OSC: Organizaciones de la Sociedad Civil.
Perspectiva de género: Es una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la justicia y la jerarquización de las personas basada en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.
Refugio: Es el espacio temporal multidisciplinario y seguro para mujeres, sus Hijas e hijos en situación de violencia familiar o sexual, que facilita a las personas usuarias la recuperación de su autonomía y definir su plan de vida libre de violencia que ofrece servicios de protección y atención con un enfoque sistémico integral y con perspectiva de género. Los Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos deben ser lugares seguros, por lo que no se podrá proporcionar su ubicación a personas no autorizadas.
Refugio en operación: Es el espacio temporal multidisciplinario y seguro para mujeres, sus Hijas e hijos en situación de violencia familiar o sexual, en el que se brindan servicios de Refugio de conformidad con lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos publicado por el Instituto Nacional de las Mujeres, que cuenta con los recursos humanos, financieros, materiales e infraestructura suficientes y en condiciones necesarias para brindar dichos servicios a la población usuaria, las 24 horas del día durante los 365 días del año, lo cual se puede acreditar de manera fehaciente a través de registros documentales, gráficos y/o testimoniales.
ANEXO 2. Acuerdo de traspaso de recursos presupuestarios entre los ramos 12 "Salud" y 20 "Bienestar" que serán destinados para la asignación de subsidios para Refugios y Centros de Atención Externa de Refugios para mujeres víctimas de violencia.

 

 

 

 

 

 

 
Anexo 3 Formato de solicitud de apoyo económico para la Prestación de Servicios de Refugio para
mujeres, sus hijas e hijos que viven violencia extrema.
(El formato deberá enviarse con firma electrónica)
_________________________________________________________________________
IDENTIFICACIÓN
Nombre del Refugio
Indique según sea el caso, se trata de:
OSC                                    Ente público
 
Nombre de la organización/ Institución:
 
Nombre de la o el Representante legal:
Nombre de la persona a cargo:
Cargo:
Datos de contacto de la persona a cargo:
Teléfono fijo:
Celular:
Correo electrónico:
 
Domicilio Fiscal:
Calle y Número:
Colonia:
Municipio:
C.P.:
Entidad Federativa:
Si se trata de OSC indicar
# CLUNI:
Si se trata de un Ente Público
 
 
 
1. Antecedentes:
1.1 Reseñar el origen sobre la creación y el desarrollo del trabajo del Refugio, contextualizándolo en el marco legal vigente a nivel federal y estatal. (Utilizar máximo una cuartilla)
 
1.2 Colocar el objeto social que sustenta el trabajo vinculado a la operación de refugio para mujeres en situación de violencia extrema, indicando número de acta, fecha y página en la que se expone.
1.3 Puntualizar lo siguiente:
Año de inicio de actividades:
Vinculación con otras instituciones, acciones coordinadas para la atención a mujeres, niñas, niños y adolescentes en situación de violencia extrema
1.4 Describir brevemente los beneficios a la población usuaria, y el impacto de la operación del Refugio y/o en la entidad federativa; así como el avance en el cumplimiento de metas
(Utilizar máximo media cuartilla).
 
2. Fuente de Financiamiento
2.1 Indique su principal fuente de financiamiento para la operación del Refugio durante 2019
 
2.2 En caso de haber recibido recurso a través de la Secretaría de Salud en el 2019 indicar los montos autorizados y, en su caso, los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación (TESOFE).
Año
Monto
autorizado
Cantidad
reintegrada a
la TESOFE
Especificar las tres principales líneas de acción fortalecidas a través del subsidio obtenido por el proyecto y, de ser el caso, los rubros de los que se realizó reintegró.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.3 Señalar el gasto mensual aproximado por familia atendida en refugio y/o Centro de Atención Externo (considerando una mujer y tres hijos o hijas en promedio).
$
Metodología
 
3. Infraestructura
3.1 Indicar con una "x" el tipo de posesión del inmueble que ocupa el refugio.
Propio
 
Arrendado
 
Comodato
 
Otra
modalidad
 
¿Cuál?
Especificar fecha de vigencia del documento y en su caso el monto mensual de renta, incluyendo impuestos.
 
Indicar sí hubo cambio de instalaciones durante 2019, o bien, si está programado un cambio de instalaciones durante el año 2020. Describir la (s) causa (s) o circunstancias que dieron origen a dicho cambio(s).
 
 
3.2 Hospedaje. Especificar el número de habitaciones y la capacidad de las habitaciones indicando lo siguiente:
Número de habitaciones destinadas exclusivamente para el hospedaje de la población usuaria:
 
En función del número de habitaciones, indique la distribución de acuerdo a la capacidad de alojamiento de cada una, especifique las dimensiones de la habitación y el mobiliario con el que cuentan cada una de las habitaciones.
Habitaciones para mujeres en compañía de sus hijas e hijos:
 
Habitaciones para mujeres solas:
 
Habitaciones para casos especiales:
 
 
3.3 Instalaciones del Refugio (infraestructura general)
Indicar si dentro de las instalaciones del refugio cuenta o no (Si o No) con cada uno de los servicios y espacios específicos además, refiera la información adicional que se solicite en cada caso.
Servicios Básicos
 
SI /
NO
Información adicional
 
SI /
NO
Información
adicional
Agua Potable
Indicar el medio a través del cual se suministra este servicio (entubado, pipas, etc.)
Drenaje
Gas
 
Indicar si el almacenamiento de gas es estacionario o de cilindro.
Cisterna
 
Indicar el número de cisternas y la capacidad de almacenamiento.
Electricidad
 
 
Tinaco
 
Indicar el número de tinacos y la capacidad de almacenamiento.
Aire acondicionado
y/o calefacción
 
Indicar los espacios en los que se cuenta con este servicio.
Línea telefónica y
servicio de internet
 
Indicar cuántas líneas telefónicas se tienen.
Vehículo para
traslados y
gestiones
Indicar el número de vehículos disponibles para estas acciones, el modelo, año y recurso con el que se adquirió.
Otro (especificar)
 
 
Áreas de Atención
Especifique los espacios y el mobiliario con el que cuentan. En caso de que un mismo espacio sirva para más de una función, referir (SI) una sola vez, en el espacio que tenga la función más representativa, e indicar en la columna de información adicional la otra función cubre el mismo espacio.
 
SI/
NO
Información adicional
 
SI/
NO
Información
adicional
Área de Trabajo
Social
 

Área de Psicología para
Mujeres
Área de Atención
Jurídica
 
 
Área de Psicología
infantil
 
 
Área de Salud
 
 
 
Área de Pedagogía
 
 
Sala multiusos
 
 
Salón de multigrado
 
 
Otro (especificar)
 
 
 
 
Áreas Comunes
 
SI/
NO
Información adicional
 
SI/
NO
Información
adicional
Cocina
 
 
Patio
 
 
Sala
 
 
Ludoteca
 
 
Comedor
 
 
Espacio para actividad
física
 
 
Jardín
 
 
Espacio recreativo para
la población
(especificar el tipo de
espacio al que se
refiere)
 
 
Otro (especificar)
 
 
Áreas de Servicio
 
SI/ NO
Información adicional
 
SI/
NO
Información adicional
Número de baños
exclusivos para
usuarias, hijas e
hijos
 
Área de lavado
Número de baños
para el personal
 
 
Área de tendederos
 
 
Bodegas (indicar
número y los
insumos que se
almacenan en cada
una)
Caseta de vigilancia o
espacio específico para
guardia de seguridad
Indicar donde se encuentra ubicada.
Otro (especificar)
 
 
Áreas Administrativas
 
SI/
NO
Información adicional
 
SI/
NO
Información
adicional
Área de Dirección
 
 
Área de Administración
 
 
Otro (especificar)
 
 
Áreas Productivas
 
SI/
NO
Información adicional
Área para Talleres
 
Especificar los espacios destinados para los talleres del Programa de Inserción Laboral.
 
 
3.4 Seguridad
Indicar si la infraestructura del refugio cuenta o no (Si o No) con cada uno de los componentes de seguridad y protección civil que se refieren.
 
SI/ NO
Información adicional
 
SI/
NO
Información adicional
Personal de
vigilancia las 24
horas del día, los
365 días del año
 
Indicar los elementos de seguridad con los que cuenta y los turnos que cubren.
Circuito cerrado de TV
 
Indicar el número de cámaras, diferenciando interiores y exteriores
Barda Perimetral
 
 
 
Malla electrificada ubicada arriba de la barda perimetral externa
 
 
 
Alambre de
protección ubicado
arriba de la barda
perimetral externa
 
Protecciones de herrería en puertas y ventanas
 
 
Estacionamiento
interno
 
 
Registro y control de todos los usuarios y/o proveedores, y/o visitantes autorizados que accedan al refugio.
 
 
Servicio de
patrullaje
 
Indicar si es un servicio público o privado
Uso de códigos de ingreso
 
 
Programa de
seguridad para
emergencias y
desastres
 
 
Ruta de evacuación
 
 
Sistema de alarma
contra intromisión
 
 
Sistema de alarma contra incendios
 
 
Botón de Pánico
 
 
Señalamientos
 
 
Sensores de
movimiento
 
Indicar número de sensores.
Punto de reunión o encuentro
 
 
Extintores vigentes
 
Indicar número de extintores
Alarma sísmica
 
 
Salida de
Emergencia
 
 
Almacén o espacio destinado para resguardar fármacos, materiales y productos tóxicos
 
Indicar la ubicación de almacén
Detectores de
humo
 
 
Comité interno de protección civil actualizado
 
 
Dictamen de
Protección civil
 
 
Otro (especificar)
 
 
 
4. Modelo de Atención
4.1 Desarrollar el planteamiento de su modelo de atención integral bajo el cual están otorgando la atención y servicios en el refugio. (Utilizar máximo una cuartilla)
(Tomar como base para el desarrollo del Modelo, lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en apego al "Modelo de Atención en Refugios para Mujeres Víctimas de Violencia y sus Hijas e Hijos", realizado por el Instituto Nacional de la Mujeres en coordinación con las dependencias del Sistema Nacional de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Contra la Mujeres. Este Modelo debe ser planteado con enfoque de género y derechos humanos de las mujeres y de la infancia, señalando con precisión y claridad qué se pretende obtener con éste.)
Indique las características de la población que atiende.
 
4.2 Describir puntualmente el abordaje por cada área de atención para las mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia extrema, atendidas en el Refugio. Debe incluirse el o los objetivos de la atención, acciones del área y metodología de trabajo. (Utilizar máximo una cuartilla)
 
 
 
4.3 Indicar toda la plantilla con la que cuenta el Refugio, para otorgar atención especializada y de apoyo operativo y de acuerdo a su Modelo de Atención, así como la fuente de financiamiento de cada uno.
 
Área de
adscripción
Profesión o Servicio
Pago mensual
por servicios
profesionales
1
 
 
 
2
 
 
 
3
 
 
 
4
 
 
 
5
 
 
 
6
 
 
 
7
 
 
 
8
 
 
 
TOTAL:
 
 
4.4 Especificar si cuenta con voluntarias/os, practicantes y/o prestadores/as de servicios social diferentes a los considerados en el Equipo de Trabajo:
Tipo de Servicio
Área en la que
participa
Acciones que realiza
Regularidad con la que
asiste
 
 
 
 
 
Indicar de manera puntual los resultados esperados del Programa de Inserción Laboral 2020 para las usuarias.
 
5. Proyecto de Refugio 2020
5.1 Justificación.
(Describir la causa, motivo o razón que justifica tal proyecto en el marco de la problemática que aborda, así como los beneficios esperados, esto deberá resumirse en media cuartilla).
5.2 Objetivo General:
(Es aquel que define el proyecto en su totalidad e indica el fin de lo que se pretende.)
5.3 Objetivos específicos:
(Son aquellos enunciados que indican las acciones específicas que se quieren conseguir, mismos que deben ser viables, factibles y alcanzables. Deben estar vinculados a los aspectos señalados en el modelo de atención en refugio).
6. Programa de Trabajo
6.1 Programa de Inserción Laboral
Especificar el Objetivo General de su Programa de Inserción Laboral 2020
Justificación del programa y talleres programados para 2020
 
Indique todos los talleres, en caso de que solicite recursos.
Nombre del taller o
capacitación
Habilidades, capacidades y/o
competencias a desarrollar
Vinculación para la
Inserción laboral
Meses programados
para llevar a cabo el
taller y el documento
que se otorgará las
mujeres como
comprobante
 
 
 
 
Desglose presupuestal de Programa de Inserción Laboral.
6.2 Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es
Objetivo General:
Objetivos específicos:
Área beneficiada / Personal beneficiado:
 
 
Desglose presupuestal de Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es.
Modalidad de la
capacitación
(Diplomado,
Taller, Curso)
Áreas
Capacitadas de
acuerdo a la
temática
Institución,
Organización o
Profesional
acreditada/o que
imparte.
Número de
personas que
asistirán
Pago
Prestación de
servicios
Pago
Material
didáctico
Costo por
persona
Presupuesto
Solicitado
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CARTA DESCRIPTIVA (Incorporar una carta descriptiva por taller o curso)
Tipo de actividad:
 
Nombre de la actividad
 
Objetivo
 
A quién va dirigida
 
Duración de la actividad por horas:
 
Temas y/o contenidos, describa, brevemente:
 
Técnicas instruccionales:
 
Materiales:
 
# Sesiones
 
Tipo de evaluaciones a utilizar:
 
Ponente; Nombre y sexo
 
Experiencia de la persona ponente:
 
 
6.3 Programa de Contención Emocional para Colaboradoras/es
Especificar la contención que recibirá el personal con el recurso otorgado en 2020 a través del Programa de Contención Emocional para Colaboradoras/es
Personal que va a recibir la contención
Modalidad de la Contención (individual o grupal)
 
Duración
Institución u Organización que otorgó la Contención
 
 
 
 
 
Desglose presupuestal del Programa de Contención. Deberá registrar la información en el archivo
Tipo de
Contención
Institución,
Organización o
Profesional
acreditada/o
que imparte.
Número de
personas que
asistirán
Número de
sesiones
programadas
Costo por
sesión
Presupuesto
Solicitado
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7. Cronograma de Actividades
 
Actividad
Mes 1
Mes
2
Mes
3
Mes
4
Mes
5
Mes
6
Mes
7
Mes
8
1
Hospedaje
2
Atención especializada-Trabajo social
3
Atención especializada-Psicología
 
 
 
 
 
 
 
 
4
Atención especializada-Legal
 
 
 
 
 
 
 
 
5
Atención especializada-Salud
 
 
 
 
 
 
 
 
6
Atención especializada-Educativa
 
 
 
 
 
 
 
 
7
Programa de Inserción Laboral
8
Programa de Profesionalización
 
 
 
 
 
 
 
 
9
Contención Emocional
 
 
 
 
 
 
 
 
10
Servicios y asesorías
 
 
 
 
 
 
 
 
11
12
Gestión administrativa
Otros
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.4 Plan General de Trabajo
Registrar el Plan General de Trabajo basando en las siguientes conceptos
Concepto
Indicador
Meta
Actividad
Producto a entregar
Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Presupuesto
solicitado
Hospedaje
Número de Mujeres que
ingresan a refugio por
situación de violencia
extrema.
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
4.   Evidencia fotográfica
5.   Inventario
 
 
$
Atención
especializada
Trabajo social
Número de gestiones
individuales realizadas por el
área de Trabajo social.
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recuso.
 
 
$
Trabajo social
Número de talleres
impartidos por el área de
Trabajo social.
 
 
 
 
 
Psicología
Número de sesiones
individuales impartidas por el
área de Psicología Mujeres.
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
 
 
 
 
 
$
Psicología
Número de sesiones
grupales impartidas por el
área de Psicología Mujeres.
 
 
 
 
 
 
Psicología
Número de sesiones
individuales impartidas por el
área de Psicología Infantil.
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
 
 
 
$
Psicología
Número de sesiones
grupales impartidas por el
área de Psicología Infantil.
 
 
 
 
 
 
 
Legal
Número de acciones de
apoyo legal por mujer.
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
 
 
 
$
Legal
Número de sesiones
grupales impartidas por el
área Legal
 
 
 
 
 
Salud
Número de atenciones
individuales por el área
Enfermería.
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
 
 
$
Salud
Número de talleres grupales
por el área Enfermería
 
 
 
 
 
Educativa
Porcentaje de Niñas/os y
adolescentes en sistema
escolarizado
 
 
1.   Informe cuantitativo
mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
 
 
 
$
Educativa
Número de Acciones de
apoyo pedagógico y
educativo Niñas/os y
adolescentes
 
 
 
 
 
 
Programa de
inserción laboral
Porcentaje de Mujeres que
reciben los talleres del
Programa de Inserción
laboral
 
 
1.   Informe cuantitativo
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
4.   Informe final
 
 
 
$
Porcentaje de Mujeres que
ingresan al ámbito laboral.
 
 
 
 
 
Programa de
Profesionalización
Eventos impartidos del
Programa de
Profesionalización
 
 
1.   Informe cuantitativo
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
4.   Carta descriptiva
5.   Informe final.
6.   Evidencia Fotográfica
 
 
 
 
Contención
Emocional
Número de sesiones
individuales impartidas
 
 
1.   Informe cuantitativo
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
4.   Informe final.
 
 
 
 
 
$
Número de sesiones
grupales impartidas
 
 
 
 
 
 
Servicios y Asesorías
Nutrición
Menús elaborados
 
 
1.   Reporte de ejecución de
recurso
2.   Menús avalados por la/el
profesional
 
 
 
Gestión
administrativa
Informes en tiempo y forma.
 
1.   Informe cuantitativo
mensual
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de
recurso.
4.   Informe final.
 
 
$
TOTAL (total global del proyecto)
$
 
.8. Desglose de Presupuesto
 
 
POR "LA OSC /INSTITUCIÓN"
____________________________________________
(NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL)
(NOMBRE DE LA OSC/INSTITUCIÓN)
 
 
 
Anexo 3 "FORMATO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE CENTRO DE ATENCIÓN EXTERNA
FICHA DE IDENTIFICACIÓN
Nombre del Proyecto:
 
Indique según sea el caso, se trata de:
OSC                                    Ente público
 
Nombre de la organización/ Institución:
 
Nombre de la persona a cargo:
Cargo:
 
Datos de contacto de la persona a cargo:
Teléfono fijo:
Celular:
Correo electrónico
 
DOMICILIO CENTRO DE ATENCIÓN EXTERNA
Calle y número:
Colonia:
Municipio:
C.P.
Estado:
País:
INFORMACIÓN DE CONTACTO
 
Número Telefónico 1 (incluir clave
LADA según corresponda)
 
Número telefónico 2 (incluir clave
LADA según corresponda)
 
(Dirección de correo electrónico)
 
1. Antecedentes:
1.1 Reseñar el origen sobre la creación y el desarrollo de trabajo del Centro de Atención Externa contextualizándolo en el marco legal vigente a nivel federal y estatal, aun cuando éste sea de reciente creación. (Utilizar máximo una cuartilla)
 
1.2 Describir puntualmente el trabajo realizado hasta este momento en el Centro de Atención Externa con relación a la temática, señalando: año de inicio, actividades con las que se inicia el trabajo de difusión, prevención, atención, seguimiento a mujeres que egresaron de refugio, vinculación para referencia al Refugio y/u otras instituciones, etc.
 
1.3 Describir brevemente el impacto del proyecto en la población usuaria y, los beneficios de contar con el Centro de Atención Externa que opera Refugios en la comunidad. (Utilizar máximo una cuartilla)
 
 
2. Fuente de Financiamiento
2.1 Indique su principal fuente de financiamiento para la operación del Centro de Atención Externa
 
2.2 En caso de haber recibido recurso a través de esta Convocatoria Publica en años anteriores indicar los montos autorizados y, en su caso, los reintegros realizados a la Tesorería de la Federación (TESOFE) del año 2019
Año
Monto
autorizado
Cantidad
reintegrada a
la TESOFE
Especificar las tres principales líneas de acción fortalecidas a través del subsidio obtenido por el proyecto y, de ser el caso, los rubros de los que se realizó reintegró.
 
 
 
 
 
3. Infraestructura
3.1 Indicar con una "x" el tipo de posesión del inmueble que ocupa el Centro de Atención Externo.
Propio
 
Arrendado
 
Comodato
 
Otra modalidad
 
¿Cuál?
Especificar fecha de vigencia del documento y en su caso el monto mensual de renta, incluyendo impuestos.
 
 
Indicar sí hubo cambio de instalaciones durante 2019, o bien, si está programado un cambio de instalaciones durante el año 2020. Describir la (s) causa (s) o circunstancias que dieron origen a dicho cambio(s).
 
 
 
3.2 Instalaciones del Centro de Atención Externa (infraestructura general)
Indicar si dentro de las instalaciones del Centro de Atención Externo cuenta o no (Si o No) con cada uno de los servicios y espacios específicos además, refiera la información adicional que se solicite en cada caso.
Servicios Básicos
 
SI/ NO
Información adicional
 
SI/ NO
Información adicional
Agua Potable
Indicar el medio a través del cual se suministra este servicio (entubado, pipas, etc.)
Drenaje
Electricidad
 
 
Cisterna
 
Indicar el número de cisternas y la capacidad de almacenamiento.
Aire acondicionado y o calefacción
 
Indicar los espacios en los que se cuenta con este servicio.
Tinaco
 
Indicar el número de tinacos y la capacidad de almacenamiento.
Línea telefónica y servicio de internet
 
Indicar cuántas líneas telefónicas se tienen.
Otro (especificar)
 
 
 
Áreas de Atención
Especifique de los espacios y el mobiliario con el que cuentan. En caso de que un mismo espacio sirva para más de una función, referir (SI) una sola vez, en el espacio que tenga la función más representativa, e indicar en la columna de información adicional la otra función cubre el mismo espacio.
SI/ NO
Información
adicional
 
SI/
NO
Información adicional
Área de Trabajo Social
 
Área de Psicología para Mujeres
Área de Jurídico
 
 
 
Área de Psicología infantil
 
 
Sala multiusos
 
 
Otro (especificar)
 
 
Áreas Comunes
 
SI/ NO
Información adicional
 
SI/ NO
Información adicional
Recepción
 
 
Ludoteca
 
 
Sala de espera
 
Otro (especificar)
 
 
Áreas de Servicio
 
SI/ NO
Información
adicional
 
SI/
NO
Información adicional
Número de baños exclusivos para usuarias, hijas e hijos
 
Caseta de vigilancia o espacio específico para guardia de seguridad
 
Indicar donde se encuentra ubicada.
Número de baños para el personal
 
 
Otro (especificar)
 
 
Bodegas (indicar número y los insumos que se almacenan en cada una)
 
 
 
 
Áreas Administrativas
 
Si/ No
Información
adicional
 
Si/
No
Información adicional
Área de Coordinación
 
 
 
Otro (especificar)
 
 
 
3.3 Seguridad
Indicar con una Si o No según corresponda a cada uno de los componentes de seguridad y protección civil con los que cuenta la infraestructura del Centro de Atención Externa.
 
SI/ NO
Información
adicional
 
SI/
NO
Información adicional
Personal de vigilancia
 
Indicar los elementos de seguridad con los que cuenta el espacio y los turnos que cubren.
Circuito cerrado de TV
 
Indicar el número de cámaras, diferenciando interiores y exteriores
 
Barda Perimetral
 
 
Indicar altura.
Malla electrificada
ubicada arriba de la
barda perimetral
externa
 
 
Alambre de protección
ubicado arriba de la
barda perimetral externa

 
Protecciones de
herrería en puertas
y ventanas
 
 
Estacionamiento interno
 
 
Registro y control
de todas las
usuarias que
acuden a CAER.
 
 
Programa de seguridad
para emergencias y
desastres
 
 
Ruta de evacuación
 
 
Sistema de alarma
contra intromisión
 
 
Sistema de alarma
contra incendios
 
 
Botón de Pánico
 
 
Señalamientos
 
 
Sensores de movimiento
 
Indicar número de
sensores.
Punto de reunión o
encuentro
 
 
Extintores vigentes
 
Indicar número de
extintores
Alarma sísmica
 
 
Salida de Emergencia
 
 
Almacén o espacio
destinado para
resguardar
fármacos,
materiales y
productos tóxicos
 
Indicar la ubicación de almacén
Detectores de humo
 
 
Comité interno de
protección civil
actualizado
 
 
Dictamen de Protección
civil vigente
 
 
Otro (especificar)
 
 
 
4. Modelo de atención
4.1 Desarrollar el Modelo de Atención propio, vigente bajo el cual se encuentra operando. Se deben destacar los procedimientos desde una perspectiva de género y señalar con claridad los objetivos a través del cual se elaboró. (Utilizar máximo una cuartilla)
 
4.2 Especificar los resultados obtenidos con el Modelo de atención aplicado en su entidad federativa. (Utilizar máximo media cuartilla)
 
 
4.3 Indicar toda la plantilla con la que cuenta el Centro de Atención Externo, para otorgar atención especializada y de apoyo operativo y de acuerdo a su Modelo d Atención así como la fuente de financiamiento de cada uno.
 
Área de adscripción
Profesión o Servicio
Fuente de financiamiento
1
 
 
 
2
 
 
 
3
 
 
 
4
 
 
 
5
 
 
 
7
 
 
 
8
 
 
 
9
 
 
 
4.4 Especificar si cuenta con voluntarias/os, practicantes y/o prestadores/as de servicios social diferentes a los considerados en el Equipo de Trabajo:
Tipo de Servicio
Área en la que
participa
Acciones que realiza
Horario en el que otorga
servicio
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5. Programas de Trabajo 2020
5.1 Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es.
Especificar las capacitaciones del personal con el recurso solicitado para el 2020 a través del Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es.
Personal que
recibió la
capacitación
Modalidad de
la
Capacitación
(diplomado,
taller, curso,
etc.)
Nombre de la
Capacitación
Duración
Profesional, Institución u
Organización capacitadora
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.2 Especificar la contención para el personal con el recurso solicitado a través del Programa de Contención Emocional para Colaboradoras/es
Personal que recibió la
contención
Modalidad de la Contención
(individual o grupal)
Duración
Institución u Organización
que otorgó la Contención
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6. Proyecto de Centro de Atención Externo 2020
6.1 Justificación.
(Describir la causa, motivo o razón que justifica tal proyecto en el marco de la problemática que aborda, así como los beneficios esperados, esto deberá resumirse en media cuartilla).
 
6.2 Objetivo General:
(Es aquel que define el proyecto en su totalidad e indica el fin de lo que se pretende.)
 
6.3 Objetivos específicos:
(Son aquellos enunciados que indican las acciones específicas que se quieren conseguir, mismos que deben ser viables, factibles y alcanzables. Deben estar vinculados a los aspectos señalados en el modelo de atención del Centro de Atención Externa).
 
7. Programas de Trabajo
7.1 Programa de Profesionalización para Colaboradoras/es
Objetivo General:
 
 
Objetivos específicos:
 
 
Área beneficiada / Personal beneficiado:
 
 
7.1.1 Desglose Presupuestal de Profesionalización para Colaboradoras/es. Deberá registrar la información correspondiente
 
7.2 Programa de Contención para Colaboradoras/es
Tipo de Contención
(Individual y/o Grupal) y la
Institución, organización o
profesional debidamente
acreditados que impartirá
la contención
 
Enfoque Terapéutico
 
 
Metodología
 
Objetivo General
 
Objetivos Específicos
 
Duración / Periodicidad
 
 
Personal que recibirá la
contención y su función
desempeñada
 
 
 
7.2.1 Desglose Presupuestal de Programa de Contención Emocional. Deberá registrar la información correspondiente.
7.3 Plan General de Trabajo
Registrar el Plan General de Trabajo basando en las siguientes conceptos
Concepto
Indicador
Meta
Actividad
Producto a entregar
Fecha de
Inicio
Fecha de
Termino
Presupuesto
solicitado al
Atención
Especializada
Trabajo Social
Número de referencias a refugio
 
 
6.   Informe cuantitativo mensual.
7.   Informe cualitativo.
8.   Informe de ejecución de recurso
 
 
$
Trabajo Social
Número de seguimientos a mujeres
egresadas de refugio
 
 
 
 
 
Trabajo social
Número de atenciones otorgadas a
la Población abierta
 
 
 
 
 
Psicología
Sesiones individuales a mujeres de
población abierta y egresadas de
refugio
 
 
4.   Informe cuantitativo mensual.
5.   Informe cualitativo.
6.   Informe de ejecución de recurso.
 
 
 
$
Psicología
Sesiones grupales a mujeres de
población abierta y egresadas de
refugio
 
 
 
 
 
Psicología
Sesiones individuales niñas/os de
población abierta y egresados de
refugio
 
 
1.   Informe cuantitativo mensual.
2.   Informe cualitativo.
3.   Informe de ejecución de recurso.
 
 
 
$
Psicología
Sesiones grupales a niñas/os de
población abierta y egresados de
refugio
 
 
 
 
 
 
 
Legal
Número de acciones de apoyo legal
a mujeres de población abierta y
egresadas de refugio
 
 
4.   Informe cuantitativo mensual.
5.   Informe cualitativo.
6.   Informe de ejecución de recurso.
 
 
$
 
Legal
Número de sesiones grupales del
área Legal a mujeres de población
abierta y egresadas de refugio
 
 
 
 
 
Programa de
Profesionalización
 
Eventos del Programa de
Profesionalización
 
 
 
9.   Informe cuantitativo mensual.
10.  Informe cualitativo.
11.  Informe de ejecución de recurso.
12.  Carta descriptiva
13.  Informe final.
14.  Evidencia Fotográfica
 
 
 
$
Contención
Emocional
Número de sesiones individuales
impartidas
 
 
 
5.   Informe cuantitativo mensual.
6.   Informe cualitativo.
7.   Informe de ejecución de recurso.
8.   Carta descriptiva
9.   Informe final.
10.  Evidencia Fotográfica
 
 
 
$
Número de sesiones grupales
impartidas
 
 
 
 
 
Gestión
administrativa
Informes en tiempo y forma
 
 
4.   Informe cuantitativo mensual.
5.   Informe cualitativo.
6.   Informe de ejecución de recurso.
7.   Evidencia fotográfica.
8.   Inventario
 
 
 
$
TOTAL (total global del proyecto)
$
 
8. Cronograma de Actividades
 
Actividad
Mes
1
Mes
2
Mes
3
Mes
4
Mes
5
Mes
6
Mes
7
Mes
8
1
Atención especializada-Trabajo social
 
 
 
 
 
 
 
 
2
Atención especializada-Psicología
 
 
 
 
 
 
 
 
3
Atención especializada-Legal
 
 
 
 
 
 
 
 
4
Programa de Profesionalización
 
 
 
 
 
 
 
 
5
Contención Emocional
 
 
 
 
 
 
 
 
6
Gestión administrativa
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9. Desglose de Presupuesto. Deberá registrar la información correspondiente del Centro de Atención Externa.
 
10 Recursos Humanos. Deberá registrar la información correspondiente del Centro de Atención Externa.
 
 
 
POR "LA OSC/INSTITUCIÓN
_______________________________________________
(NOMBRE DE REPRESENTANTE LEGAL)
(NOMBRE DE LA OSC/INSTITUCIÓN)
 
 
ANEXO 4. Tabulador de montos máximos mensuales para el pago de recursos humanos en Refugio y Centro de Atención Externa
REFUGIO
ZONA II
ZONA III
REFUGIO hasta
5 habitaciones
REFUGIO de 6 a
10 habitaciones
REFUGIO de 11
y más
habitaciones
REFUGIO hasta
5 habitaciones
REFUGIO de 6 a
10 habitaciones
REFUGIO de 11
y más
habitaciones
Área                                          Plantilla Básica
Dirección
Dirección
$31,357.00
$36,060.00
$41,469.00
$34,493.00
$39,667.00
$45,616.00
Administración
Administración
$21,873.00
$25,154.00
$28,927.00
$24,061.00
$27,669.00
$31,820.00
Jurídica
Jurídico (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Trabajo Social
Trabajo Social (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Trabajo Social (Técnico)
$20,358.00
$23,411.00
$26,923.00
$22,393.00
$25,752.00
$29,615.00
Psicología usuarias
Psicologías usuarias
(Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Psicología infantil
Psicología infantil
(Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Enfermería
Enfermería (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Enfermería (Técnico)
$19,088.00
$21,952.00
$25,245.00
$20,997.00
$24,147.00
$27,769.00
Educativa
Psicopedagogía (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Pedagogía (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Asistente Educativo (Técnico)
$20,358.00
$23,411.00
$26,923.00
$22,393.00
$25,752.00
$29,615.00
Puericultista (Técnico)
$20,358.00
$23,411.00
$26,923.00
$22,393.00
$25,752.00
$29,615.00
Traslados- conducción
vehículo
Conducción de vehículo
$13,439.00
$15,454.00
$17,773.00
$14,782.00
$17,000.00
$19,550.00
Área                                       Plantilla Opcional
Informática
Informática (Técnico)
$13,091.00
$15,055.00
$17,313.00
$14,400.00
$16,560.00
$19,043.00
Área de cocina
Cocina
$13,439.00
$15,454.00
$17,773.00
$14,782.00
$17,000.00
$19,550.00
Área de intendencia
Intendencia
$9,992.00
$11,491.00
$13,214.00
$10,991.00
$12,639.00
$14,536.00
Traducción de Lenguas
Traducción de lengua
indígena
$8,347.00
$9,600.00
$11,040.00
$9,182.00
$10,560.00
$12,144.00
 
 
CENTRO DE ATENCIÓN EXTERNA
ZONA II
ZONA III
REFUGIO hasta
5 habitaciones
REFUGIO de 6 a
10 habitaciones
REFUGIO de 11
y más
habitaciones
REFUGIO hasta
5 habitaciones
REFUGIO de 6 a
10 habitaciones
REFUGIO de 11
y más
habitaciones
Área                        Plantilla Básica
Coordinación
Coordinación
$31,357.00
$36,060.00
$41,469.00
$34,493.00
$39,667.00
$45,616.00
Trabajo Social
Trabajo Social (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Trabajo Social (Técnico)
$20,358.00
$23,411.00
$26,923.00
$22,393.00
$25,752.00
$29,615.00
Psicología mujeres
Psicología usuarias
(Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Psicología infantil
Psicología infantil
(Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Jurídica
Jurídico (Licenciatura)
$22,612.00
$26,004.00
$29,904.00
$24,873.00
$28,604.00
$32,895.00
Área                        Plantilla Opcional
Área de intendencia
Intendencia
$9,992.00
$11,491.00
$13,214.00
$10,991.00
$12,639.00
$14,536.00
Área de Recepción
Recepción
$13,091.00
$15,055.00
$17,313.00
$14,400.00
$16,560.00
$19,043.00