MODIFICACIÓN al Transitorio Primero de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCFI-2018, Aparatos electrónicos-Requisitos de seguridad y métodos de prueba (cancela a la NOM-001-SCFI-1993), publicada el 17 de septiembre de 2019.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.
ALFONSO GUATI ROJO SÁNCHEZ, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía, con fundamento en el artículo 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 38, fracción II, 39, fracción V, 40 fracción I, 41, y 47, fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 36, fracciones I, IV, IX, X y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el día 17 de septiembre de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana "NOM-001-SCFI-2018, Aparatos electrónicos-Requisitos de seguridad y métodos de prueba (cancela a la NOM-001-SCFI-1993)".
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias competentes de la Administración Pública Federal, la aplicación y vigilancia de dicho ordenamiento.
Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 38, fracción II y 39 fracciones V y VI de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 34, párrafo primero de su Reglamento, corresponde a las dependencias expedir normas oficiales mexicanas en las materias relacionadas con sus atribuciones y determinar su fecha de entrada en vigor.
Que la NOM-001-SCFI-1993 cuenta con más de 30 Organismos de Evaluación de la Conformidad acreditados y aprobados, mientras que la proyección realizada por las autoridades competentes para la entrada en vigor de la NOM-001-SCFI-2018 contempla 3 Organismos de Certificación y 3 Laboratorios de Pruebas acreditados y aprobados, lo que representa aproximadamente el 18% de la capacidad instalada en la actualidad, estimándose insuficiente para la adecuada implementación de la NOM referida, se considera necesario extender el plazo de la entrada en vigor de la NOM-001-SCFI-2018 a efecto que la infraestructura de la evaluación de la conformidad nacional pueda robustecerse para atender adecuadamente la demanda de servicios de pruebas de laboratorio y certificación en el país.
Por lo anterior, se expide la siguiente:
MODIFICACIÓN AL TRANSITORIO PRIMERO DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-SCFI-
2018, APARATOS ELECTRÓNICOS-REQUISITOS DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA
A LA NOM-001-SCFI-1993), PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 17 DE
SEPTIEMBRE DE 2019
ÚNICO.- Se reforma el Transitorio Primero de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCFI-2018, Aparatos electrónicos-Requisitos de seguridad y métodos de prueba (cancela a la NOM-001-SCFI-1993), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de septiembre de 2019; para quedar como sigue:
"Primero. Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor el 14 de agosto de 2020."
TRANSITORIO
Único. La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 12 de mayo de 2020.- El Director General de Normas, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.