CONVOCATORIA Específica para la solicitud de apoyos del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor (MFCCV) del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.
La Comisión Nacional Forestal, a través del Coordinador General de Producción y Productividad, Mario Antonio Mosqueda Vázquez, con fundamento en los artículos 11 fracciones XII y XIII, y, 14 fracciones I, II, III, y V, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 5 de julio de 2016 y reformado el 8 y 30 de mayo de 2019, respectivamente, en el Diario Oficial de la Federación; 17 literal a, b y c, 27 fracción VI y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2020; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tiene a bien emitir la siguiente:
CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA SOLICITUD DE APOYOS DEL COMPONENTE I. MANEJO
FORESTAL COMUNITARIO Y CADENAS DE VALOR (MFCCV) DEL PROGRAMA APOYOS DEL
PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 2020
1. Personas solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, las personas físicas y morales que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos, y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación 2020 y sus Anexos.
2. Apoyos a solicitar: Las personas interesadas ubicadas dentro de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR y publicadas en su página de internet para esta convocatoria, podrán solicitar apoyos los siguientes conceptos y actividades de apoyo:
Actividades susceptibles de apoyo | Tipo de productor elegible y Conceptos de apoyo | Monto máximo ($) | Capacidad técnica requerida |
I | II | III | IV | V |
MFCCV.1 Proyectos para el desarrollo de productores potenciales | MFCCV.2 Proyectos para el desarrollo de productores dedicados a la venta de madera en pie | MFCCV.3 Proyectos para el desarrollo de productores de materias primas forestales | MFCCV.4 Proyectos para el desarrollo de productores con capacidad de transformación primaria | MFCCV.5 Proyectos para el desarrollo de productores con capacidad de aprovechamiento y transformación integral de materias primas forestales |
MFCCV.1.4 Extensionista Comunitario | √ | √ | √ | | | $120,000 | NA |
MFCCV.1.5 Extensionista Regional | | | √ | √ | √ | $280,000 | EC0217 |
MFCCV.1.6 Programa de manejo forestal maderable o Documento Técnico Unificado para el aprovechamiento forestal maderable | √ | √ | √ | | | $6,253,520 | RFN |
MFCCV.1.14 Certificación forestal nacional o internacional | | √ | √ | √ | | $240,000 | NA |
MFCCV.1.18 Transferencia de Tecnología | | √ | √ | √ | | $300,000 | Instituciones extensionistas |
MFCCV.1.19 Inversión para el abasto y la industrialización forestal | | √ | √ | √ | √ | 7,500,000 | Cadena productiva, FIRA o FND |
MFCCV.1.20 Certificación de cadena de custodia | | | | √ | √ | 105,000 | NA |
MFCCV.1.21 Asesoría especializada en administración, producción y comercialización | | | √ | √ | | 200,000 | NA |
MFCCV.1.22 Promoción y comercialización de productos y servicios de empresas forestales | | | | √ | √ | $150,000 | NA |
MFCCV.1.23 Constitución legal de empresas forestales comunitarias | | √ | √ | | | 150,000 | Cadena productiva, FIRA o FND |
MFCCV.6.1 Proyectos de escala regional | No aplica tipo de productor/MFCCV.6.Proyectos estratégicos forestales | 20,000,000 | Cadena productiva, FIRA o FND |
MFCCV.6.2 Proyectos productivos forestales no maderables | No aplica tipo de productor/MFCCV.6.Proyectos estratégicos forestales | 2,000,000 | Cadena productiva, FIRA o FND |
MFCCV.6.3 Proyectos productivos forestales para mujeres | No aplica tipo de productor/MFCCV.6.Proyectos estratégicos forestales | 2,000,000 | Cadena productiva, FIRA o FND |
La persona solicitante podrá seleccionar diferentes actividades susceptibles de apoyo conforme al tipo de productor elegible, sin exceder el número máximo de actividades a elegir por persona beneficiaria establecido
en el artículo 6 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020 y el Anexo Técnico del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor.
3. Plazos para la solicitud y obtención de apoyos: Las personas interesadas deberán presentar sus solicitudes y los requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020 y sus Anexos, en las plazos siguientes:
Actividad | Plazo |
Recepción de las solicitudes y requisitos para solicitar el apoyo | Dentro de los 25 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. |
Notificación de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta | Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día de la recepción de la solicitud de apoyo. |
Presentación de la documentación faltante por parte de la Persona Solicitante | Dentro de los 5 días hábiles, contados a partir del hábil siguiente a la notificación de la documentación faltante o incorrecta. |
Emisión de dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos | Dentro de los 20 días hábiles contados a partir del hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes de apoyo. |
Publicación de resultados de asignación de apoyos | Dentro de los 2 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la asignación de apoyos. |
Firma de convenio de concertación | Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del hábil siguiente a la publicación de resultados. |
De conformidad con el artículo 11 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
4. Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes se realizará en oficinas de las Gerencias Estatales de la CONAFOR a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria el Diario Oficial de la Federación, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, y de 16:00 a 18:00 horas, conforme a lo establecido en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020.
La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que la persona solicitante resulte beneficiaria.
5. Observancia de las Reglas de Operación 2020 y sus Anexos: La presente convocatoria, las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020 y sus Anexos son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.
6. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias señaladas en el artículo 43 de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2020.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente. Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 30 de junio de 2020.- El Coordinador General de Producción y Productividad, Mario Antonio Mosqueda Vázquez.- Rúbrica.