ACUERDO por el que se reanudan todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.
JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 4o., 73, fracción XVI y Base 3a. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 7o., fracciones I y XV, 13, apartado A, fracciones V, IX y X, 133, fracción IV, 134, fracción II, 141, 147 y 184 de la Ley General de Salud; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Primero, fracción VII del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo del 2020, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto publicado el 27 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, declaró diversas acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19);
Que dentro de las acciones extraordinarias señaladas se contempló la necesidad de que, además de las mencionadas expresamente en el citado Decreto, la Secretaría de Salud, implemente las demás que se estime necesarias;
Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), en el cual se establece que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender dicha emergencia;
Que en ese sentido, la Secretaría de Salud publicó el 31 de marzo del 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, en el que estableció como acción extraordinaria en su artículo Primero, fracción VII la relativa a posponer, hasta nuevo aviso, todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren la movilización de personas y la interacción física (cara a cara) entre las mismas;
Que el 14 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, el cual establece la estrategia para la apertura, consistente en tres etapas, y determinando mediante colores las medidas de seguridad sanitaria apropiadas para las actividades laborales, educativas y el uso del espacio público, entre otros;
Que el 29 de mayo de 2020, la Secretaría de Salud, en coordinación con las Secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social, publicaron en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, el cual establece las medidas específicas que las actividades económicas deberán implementar en el marco de la estrategia general para la Nueva Normalidad, para lograr un retorno a la continuidad de las actividades laborales seguro, escalonado y responsable, y
Que la recopilación de información por medio de encuestas, censos y levantamiento de precios es importante para contar con información confiable y oportuna sobre el comportamiento de los precios al mayoreo en los mercados nacionales e internacionales, de productos agrícolas, pecuarios y pesqueros, por lo que se tiene a bien expedir el siguiente
ACUERDO
PRIMERO.- Se reanudan todos los censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren la movilización de personas y la interacción física entre las mismas.
SEGUNDO.- Para la realización de los censos y encuestas se deberá observar el Lineamiento general para la mitigación y prevención de COVID-19 en la generación de Información Estadística y Geográfica, mismo que puede ser consultado en la liga electrónica: https://coronavirus.gob.mx/wp-content/uploads/2020/07/Lineamiento_para_mitigacion_COVID19_InfoEyG_GENERICO.pdf
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los 15 días del mes de julio de 2020.- El Secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.