ACUERDO por el que se declara la suspensión de labores los días 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 19, 20 y 21 de agosto de 2020, y se consideran como días inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las oficinas de la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Tlaxcala (Oficina de Representación), por existir causas de fuerza mayor originadas por la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
VÍCTOR MANUEL TOLEDO MANZUR, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 140 de la Ley General de Salud; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;
Que el artículo 28 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, faculta a los titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal para suspender labores por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada;
Que con motivo de la situación de emergencia derivada de la situación de salud pública que se presenta por el aumento en los niveles de propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19) y aunado al aumento en los contagios que han presentado algunos servidores públicos adscritos a la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Tlaxcala (Oficina de Representación), como medida preventiva, se estima necesario suspender las actividades en sus oficinas, a partir del día lunes 10 y hasta el viernes 21 de agosto de 2020, lo anterior, resulta de la obligación establecida en el artículo 140 de la Ley General de Salud, de cooperar en el ejercicio de la acción para combatir las enfermedades transmisibles y a efecto de evitar la propagación de la enfermedad entre el personal y la población civil que acude a la misma para solicitar la atención correspondiente;
Que la suspensión de labores que se establece, implicará que no corran los términos de ley para efecto de los trámites, diligencias y actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse conforme los Acuerdos publicados por esta Dependencia del Ejecutivo Federal en el Diario Oficial de la Federación, los días 29 de mayo y 02 de julio del año en curso, ante las oficinas de la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Tlaxcala (Oficina de Representación), ubicada en Calle 37, Número 403, Colonia Loma Xicohténcatl, C.P. 90062, Tlaxcala, Tlaxcala.
Que a efecto de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite ante la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Tlaxcala (Oficina de Representación), así como a todo el público en general, respecto de los plazos y términos relativos a los procedimientos administrativos correspondientes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES LOS DÍAS 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 19,
20 Y 21 DE AGOSTO DE 2020, Y SE CONSIDERAN COMO DÍAS INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS
ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUSTANCIADOS EN LAS OFICINAS DE LA
DELEGACIÓN FEDERAL DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES EN
EL ESTADO DE TLAXCALA (OFICINA DE REPRESENTACIÓN), POR EXISTIR CAUSAS DE FUERZA
MAYOR ORIGINADAS POR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS SARS-COv2 (COVID-19)
Artículo Primero. Por causas de fuerza mayor se suspenden labores los días 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 19, 20 y 21 de agosto de 2020 en las oficinas de la Delegación Federal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Tlaxcala (Oficina de Representación), ubicadas en Calle 37, Número 403, Colonia Loma Xicohténcatl, C.P. 90062, Tlaxcala, Tlaxcala;
Artículo Segundo. Se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos y trámites que se tramitan o deban tramitarse conforme los Acuerdos publicados por esta Dependencia del Ejecutivo Federal en el Diario Oficial de la Federación, los días 29 de mayo y 2 de julio del año en curso, ante las oficinas señaladas en el artículo anterior, como son la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a la unidad administrativa señalada en el Artículo Primero del presente Acuerdo.
Artículo Tercero. Las demás Delegaciones Federales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Oficinas de Representación), además de sus Unidades Administrativas y órganos administrativos desconcentrados, continuarán habilitadas para efecto de la presentación de trámites que se relacionan con los proyectos prioritarios que se señalan en el "Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020" mismo que publicó la Secretaría de Salud el 6 de abril de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, así como los que se relacionan con las actividades esenciales establecidas en los diversos Acuerdos publicados por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo, 6 de abril, 14 y 15 de mayo de 2020, y los que se relacionen con aquellas actividades que en su caso, la autoridad sanitaria llegue a establecer con posterioridad mediante publicación en el órgano de difusión oficial antes citado.
Artículo Cuarto. Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante la unidad administrativa señalada en el Artículo Primero del presente Acuerdo, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente instrumento jurídico, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 10 de agosto de 2020.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Manuel Toledo Manzur.- Rúbrica.