DOF: 24/08/2020
EXTRACTO del Acuerdo por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021 y sus respectivos anexos

EXTRACTO del Acuerdo por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021 y sus respectivos anexos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.

Extracto del ACUERDO por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021 y sus respectivos anexos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Instituto Nacional Electoral. INE/CG189/2020 de fecha 7 de agosto de 2020.
ANTECEDENTES
[...]
CONSIDERANDO
1.     El artículo 32, párrafo 1, inciso a), fracciones I, III, IV y V de la LGIPE, atribuye al INE, para los procesos electorales federales y locales la responsabilidad directa de la capacitación electoral, el padrón y la lista de electores, la ubicación de las casillas y la designación de las y los funcionarios de las mesas directivas, así como las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de impresión de documentos y producción de materiales electorales.
17.   El proceso electoral 2020-2021, representa un reto inédito en la historia de la democracia mexicana, puesto que se estima un universo de 94.98 millones de electores que podrán hacer valer su derecho a votar; asimismo, el voto de las y los mexicanos será recibido en más de 164,500 casillas aproximadamente y, se prevé contar con la participación de más de 1,400,000 ciudadanas y ciudadanos que previo a ser doblemente insaculados, capacitados y designados, fungirán como funcionarios/as de MDC.
       Por tal motivo, la ECAE 2020-2021 constituye un instrumento normativo que establece los parámetros y fija las metas esperadas en las tareas de integración de MDC, capacitación y asistencia electoral, acordes con las necesidades no solo institucionales, sino incluso de un entorno actual que ha visto afectada su normalidad a consecuencia de la pandemia del COVID-19. Desde luego, la ECAE 2020-2021 armoniza con los mandatos constitucionales y las tareas que de manera clara precisa la normatividad en el ámbito de competencia de las autoridades administrativas electorales INE/OPL.
[...]
59.   El artículo 112, párrafos 1 y 3 del RE, establece que la estrategia de capacitación y asistencia electoral contendrá las líneas estratégicas que regularán la integración de MDC, la capacitación electoral y la asistencia electoral. Asimismo, estará conformada por un documento rector y sus respectivos anexos, en donde se establecerán los objetivos específicos de las líneas estratégicas y los lineamientos a seguir, que al menos serán los siguientes:
a)   Programa de integración de MDC y capacitación electoral;
b) Manual de contratación de SE y CAE;
c)    Mecanismos de coordinación institucional;
d)   Programa de asistencia electoral;
e)   Articulación interinstitucional entre el INE y los OPL y,
f)    Modelos y criterios para la elaboración de materiales didácticos y de apoyo.
       Asimismo, en la implementación de la ECAE 2020-2021, se considerará el núcleo duro de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023, relativo a crear las condiciones para que las y los ciudadanos se apropien del espacio público en un sentido amplio y, con ello, contribuir al fortalecimiento de la cultura democrática
[...]
70.   Es un hecho conocido que con la llegada del COVID-19 a México en marzo de 2020, el INE atendiendo las recomendaciones de las autoridades federales del sector salud, implementó distintas medidas excepcionales, cuyo objetivo fue salvaguardar la salud de su personal, así como de la ciudadanía mexicana en general
 
[...]
       En ese sentido, el INE como una institución responsable privilegiará la salud de las y los mexicanos y en ejercicio de sus atribuciones podrá realizar las modificaciones a la ECAE 2020-2021 que sean necesarias para ajustarse a las necesidades de la nueva normalidad a consecuencia del COVID-19. Por tal motivo, será la DECEyEC quien en su caso pondrá a la consideración de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, o en caso, a las Comisiones Unidas de Capacitación y Organización Electoral los ajustes pertinentes, y ésta podrá aprobarlos sin necesidad de una ulterior aprobación del Consejo General, esto bajo un principio de economía procesal, siempre y cuando tales determinaciones se publiciten a través de los medios de comunicación institucionales y se hagan del conocimiento de los actores del Proceso Electoral 2020-2021.
[...]
71.   Con el propósito de contar con una ECAE 2020-2021 eficiente y acorde con las necesidades de la ciudadanía mexicana de cara al proceso electoral 2020-2021, y que atienda a la realidad democrática de nuestro país, en los anexos que la integran se incorporan elementos novedosos, con los cuales se instrumentan acciones que obedecen a los estándares de actuación esperados en la materia.
       En ese sentido, a continuación se puntualizan aquellos elementos que se destacan de la ECAE 2020-2021 y sus anexos:
   En el PIMDCyCE y derivado de las repercusiones de la pandemia por COVID-19, en las personas mayores de 60 años, como medida excepcional y temporal, se exceptuará a dicho sector poblacional, del proceso de integración de MDC. La medida que se adopta será vigente en tanto las autoridades de salud declaran concluida la emergencia sanitaria derivada del COVID-19, y tiene como finalidad salvaguardar la salud de las personas adultas mayores que se encuentran en este rango de edad. Se ha considerado que sean las personas mayores de 60 conforme a las consideraciones y recomendaciones que la Secretaria de Salud del Gobierno Federal ha emitido a través de distintos comunicados, así como las medidas excepcionales aprobadas por la JGE.(1)
[...]
   Al PIMDCyCE se incorpora un anexo denominado "Lineamiento de Control y Seguimiento a la aplicación de los procedimientos de reclutamiento, selección y contratación de las y los SE y CAE; integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral" (Lineamientos) que contempla las particularidades siguientes:
       El documento contiene los siguientes elementos de cambio:
a)   Cambio de perspectiva, se transita de las Verificaciones al Control de Calidad y Seguimiento.
b)   En cuanto a las medidas sanitarias, se dictan directrices en lineamiento y actividades de las Guías de Control de Calidad y Seguimiento.
[...]
   En el Programa de Capacitación Electoral (Estructura Curricular), se incorporan modalidades en materia de capacitación electoral con el objeto de ajustar las tareas de la DECEyEC al entorno generado como consecuencia del COVID-19, tales como:
       [...]
   En el Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, se han incorporado los siguientes elementos:
       [...]
   En el Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales y derivado de las repercusiones de la pandemia por COVID-19, en las personas adultas mayores de 60 años, como medida excepcional y temporal, se exceptuará a dicho sector poblacional, del procedimiento de reclutamiento y selección de SE y CAE. La medida que se adopta será vigente en tanto las autoridades de salud declaran concluida la emergencia sanitaria derivada del COVID-19.
       [...]
72.   Con el objeto de integrar una ECAE 2020-2021 acorde con las necesidades actuales, de manera inédita se agregan tres documentos; el primero de ellos, destinado a regular el modelo de integración de MEC y la capacitación electoral de sus funcionarios/as; el segundo de ellos, consiste en una
estrategia tecnológica que servirá de herramienta en la implementación y desarrollo de las tareas inherentes a la integración de las mesas directivas de casilla y la capacitación electoral y, finalmente, un documento que regula el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as-Asistentes Electorales Locales. En ese sentido, a continuación se enuncian las particularidades de los documentos mencionados:
   El "Programa de Integración de Mesas de Escrutinio y Cómputo, Capacitación Electoral y Seguimiento del Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero del Proceso Electoral Local 2020-2021":
[...]
   En "La Estrategia Tecnológica" como herramienta de las tareas de integración de MDC y la capacitación electoral, se considera lo siguiente:
       [...]
   En los "Lineamientos para el reclutamiento, selección y contratación de Supervisores Electorales Locales (SEL) y Capacitadores Asistentes Electorales Locales (CAEL), se considera lo siguiente:
       [...]
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 1; 5, párrafo cuarto; 35, fracción I; 36, fracción III; 41, párrafo tercero, Base V, Apartados A y B, inciso a), numerales 1 y 4, de la CPEUM; 1 párrafos 2 y 3; 2, párrafo 1,inciso c); 4, párrafo 1; 9, párrafo 2; 23, numeral 1; 24; 25, párrafo 1 y 3; 27, párrafo 2; 30, párrafo 1, incisos a), d), e), f), g) y h); 32, párrafo 1, inciso a), fracciones I, III, IV y V; 33, numeral 1; 35; 44, párrafo 1, incisos b), gg) y jj); 48, párrafo 1, inciso f); 54, párrafo 1, incisos b) y f); 56, párrafo 1, incisos a), c) e i); 58, párrafo 1, incisos e), f), g),m) y n); 59, párrafo 1, incisos a), b) y h); 60, párrafo 1, incisos c) e i); 63, párrafo 1, incisos a) y b); 64, párrafo 1, inciso h); 73, párrafo 1, incisos a) al d); 74, párrafo 1, inciso g); 79, párrafo 1, incisos c), d) y l); 82, párrafos 1 y 2; 83; 147, párrafos 2 y 3; 215; 253, párrafo 3, 4 y 5; 254; 255; 256; 258; 284, párrafos 1 y 2; 289, párrafo 2; 290, párrafo 1; 303, párrafos 1 y 2; 329, numerales 1, 2 y 3; 341, numerales 2 y 3; 343, numeral 2; 346, numeral 1, incisos a) y b), numerales 2 y 5; 347, numeral 2, inciso a) de la LGIPE; 31, párrafo 1, incisos g), h), i) y n); 47, párrafo 1, incisos a), b), c), d), k) y n); 49, párrafo 1, incisos e), w) y aa); 50, incisos b) y f); 55, incisos i) y k); 57, párrafo 1, inciso n); 60, párrafo 1, inciso n); 58, párrafo 2, incisos a) y b); 73, incisos e) y m) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; 5; 110, numerales 2 y 3; 111, numeral 1; 112, numerales 1 y 3,inciso a); 113, numeral 1; 114, párrafo 1; 115, numeral 1; 116, numerales 1 y 3; 117, numeral 1; 118 numeral 1; 119, numerales 1, 2 y 3; 182, numeral 2; 383, numeral 2 del RE, el Consejo General emite el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se aprueba la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021 y sus respectivos anexos.
Segundo. La insaculación de las y los ciudadanos que integrarán las mesas directivas de casilla en los procesos electorales locales de 2020-2021, deberá realizarse con base en el mes del calendario que el Consejo General sorteará en diciembre de 2020, junto con el que siga en el orden, así como con el sorteo de la letra que realice en el mes de febrero de 2021.
Para el sorteo del mes que se lleve a cabo para la insaculación de la ciudadanía que integrará las mesas directivas de casilla en el proceso electoral 2020-2021, deberán excluirse los meses de enero, febrero y marzo.
Tercero. En la formulación de los contenidos de los materiales de capacitación electoral, así como en la aplicación de la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para los procesos electorales locales 2020-2021, deberá considerarse el núcleo duro de la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023; asimismo, se deberán incorporar elementos de concientización para atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, la igualdad sustantiva, así como el respeto a los derechos humanos de las mujeres en el ámbito político y electoral.
Cuarto. Una vez que el presupuesto del Instituto Nacional Electoral para el ejercicio fiscal 2021 sea aprobado, el Consejo General podrá aprobar en su caso, los ajustes que sean necesarios a la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para los procesos electorales locales 2020-2021.
Quinto. El Consejo General, y en su caso, la JGE, atentos a los comunicados de las autoridades de salud relacionados con la pandemia por COVID-19 y en su ámbito de competencia, podrán determinar las medidas necesarias para salvaguardar la salud de su personal y de la ciudadanía en general. Cuando tales medidas
incidan en las tareas de integración de mesas directivas de casilla, capacitación y asistencia electoral previstas en la ECAE2020-2021, las Direcciones de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral, deberán dar puntal seguimiento.
Sexto. En caso de que las condiciones de salud derivadas de la pandemia por Covid-19, conforme a las determinaciones de las autoridades de salud, así como del INE, impidan la realización de las tareas en materia de integración de mesas directivas de casilla, capacitación electoral, así como de asistencia electoral conforme al calendario programado, las Direcciones de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral, en el ámbito de sus atribuciones, podrán proponer a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, los ajustes y modificaciones operativas necesarias a la ECAE 2020-2021.
Séptimo. Las medidas excepcionales referidas en los considerandos 69 y 70, relativas a que las personas mayores de 60 años no podrán participar en los procedimientos de integración de mesas directivas de casilla, ni podrán participar en el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de Supervisores/as Electorales y Capacitadores/as-Asistentes Electorales, así como de Supervisores/as Electorales Locales y Capacitadores/as-Asistentes Electorales Locales serán de carácter temporal y permanecerán vigentes en tanto las autoridades de salud declaran terminada la emergencia sanitaria originada por la pandemia de Covid-19.
Octavo. La Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021, será aplicable para las elecciones extraordinarias que, en su caso y por determinación de la autoridad judicial, deriven de los procesos electorales federal y locales 2020-2021, tomando como base el anexo denominado "Reposición de Procesos Electorales".
Noveno. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para que en el ámbito de su competencia, tome las medidas necesarias a efecto de que las y los Vocales Distritales del Registro Federal de Electores apoyen las actividades de capacitación y asistencia electoral, respecto de la conformación de las áreas y zonas de responsabilidad electoral y en la ubicación de los domicilios de las y los ciudadanos insaculados durante la primera etapa de capacitación electoral, así como en la entrega de listados nominales en las secciones con estrategias diferenciadas, nivel de afectación 2 y en los casos que sea necesario sustituir a las personas designadas como funcionarias de casilla una vez agotada la lista de reserva durante la segunda etapa de capacitación electoral.
Décimo. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que, tres días antes de cada pago quincenal a las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, se informe a la Comisión correspondiente sobre las acciones que, en su caso, efectuó para realizar el pago de honorarios, gastos de campo y demás retribuciones de las y los prestadores de servicios mencionados. Además, en su momento, informe de los recursos asignados a las Juntas Distritales Ejecutivas para apoyar los gastos extraordinarios que se generen para esta actividad durante proceso electoral 2020-2021, tomando en consideración la complejidad de cada uno de los Distritos y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.
Décimo Primero. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica para que en la elaboración de los materiales didácticos que se utilizarán para la capacitación electoral, tome en consideración los procedimientos establecidos en los anexos aprobados en este acuerdo.
Décimo Segundo. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que apoye a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral en la implementación de las medidas a que hacen referencia los puntos del presente acuerdo.
Décimo Tercero. Se instruye a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica, de Organización Electoral, así como a la Unidad Técnica de Igualdad de Género y No Discriminación para que, en el ejercicio de sus atribuciones, implementen las medidas necesarias para la óptima realización de las acciones que han sido referidas en este acuerdo y que tienen como finalidad la universalidad y progresividad del derecho a votar de las y los ciudadanos.
Décimo Cuarto. Se instruye a los Consejos Locales y Distritales de las Entidades Federativas, a realizar tareas de supervisión y verificación bajo los parámetros previstos en el "Lineamiento de Control y Seguimiento a la aplicación de los procedimientos de reclutamiento, selección y contratación de las y los SE y CAE; integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral" incorporado en la ECAE2020-2021, así como del Manual de Reclutamiento, Selección y Contratación de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales. De las tareas realizadas, informarán del resultado en las sesiones de los Consejos correspondientes y, en su caso, se podrán presentar observaciones.
Décimo Quinto. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, que una vez concluido el procedimiento de reclutamiento y selección de las y los Supervisores Electorales y Capacitadores-Asistentes Electorales, presente un informe sobre la asignación de dichas figuras a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.
 
Décimo Sexto. Se instruye a las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral para que de manera periódica informen a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, en el ámbito de sus respectivas competencias, sobre el avance en el cumplimiento de las tareas de integración de mesas directivas de casilla, capacitación electoral, así como de asistencia electoral.
Décimo Séptimo. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica para que en septiembre de 2021 presente a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica, la estructura y el plan de trabajo para la realización del "Estudio sobre la Calidad de la Capacitación del Proceso Electoral 2020-2021", dicho estudio será presentado ante este Consejo General a más tardar el mes de noviembre de 2022, previo conocimiento de la Comisión.
Décimo Octavo. Se instruye a las Direcciones de Capacitación Electoral y Educación Cívica y, de Organización Electoral para que a partir de la experiencia adquirida en los Procesos Electorales Locales 2019-2020, en el ámbito de su competencia, en su caso, propongan a la Comisión correspondiente los ajustes operativos a la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral 2020-2021 y sus respectivos anexos.
Décimo Noveno. La Comisión de Capacitación y Organización Electoral, informará al Consejo General sobre la verificación y supervisión del cumplimiento del presente acuerdo, una vez recibidos los avances correspondientes por parte de las Direcciones Ejecutivas de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral.
Vigésimo. En razón de que el procedimiento de reclutamiento, selección y contratación de las y los Supervisores Electorales Locales y Capacitadores-Asistentes Electorales Locales será operado por los Organismos Públicos Locales y supervisado por el INE, se instruye las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas así como a sus Consejos Locales y Distritales respectivos, para que permanezcan en constante comunicación con las y los funcionarios de dichos organismos encargados de operar el procedimiento, a efecto de verificar su avance.
Vigésimo Primero. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que instrumente lo conducente a fin de que notifique el presente acuerdo para su conocimiento y debido cumplimiento a las y los integrantes de los Consejos Generales de los Organismos Públicos Locales de las Entidades Federativas.
Vigésimo Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a las y los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas del INE, para su conocimiento y debido cumplimiento.
Vigésimo Tercero. Se instruye a las y los Vocales Ejecutivos de las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas del INE, para que instrumenten lo conducente a fin de que, en su momento, las y los integrantes de sus respectivos Consejos Locales y Distritales tengan pleno conocimiento de este acuerdo.
Vigésimo Cuarto. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo General.
Vigésimo Quinto. Publíquese...
El Acuerdo completo y anexos que forma parte integral del mismo, se encuentran disponibles para su consulta en la dirección electrónica: https://www.ine.mx/sesion-extraordinaria-del-consejo-general-07-de-agosto-de-2020/
Página DOF: www.dof.gob.mx/2020/INE/CGext202008_07_ap_3.pdf
Ciudad de México, 10 de agosto de 2020.- El Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Roberto Heycher Cardiel Soto.- Rúbrica.
 
1     Según las consideraciones de la Secretaria de Salud de gobierno federal, las personas mayores de 60 años constituyen un sector vulnerable ante el COVID-19, asimismo, la Junta General Ejecutiva ha determinado acciones tendientes a la protección de la salud de este sector de la población. Para mayor referencia, se pueden consultar las siguientes fuentes:
a) https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/113733/JGEex202003-17-ap-1-1.pdf,Acuerdo INE/JGE34/2020 de fecha 17 de marzo de 2020, aprobado por la Junta General Ejecutiva, en cuyo punto de acuerdo SEGUNDO se instruyó que se deben exceptuar de las guardias presenciales a todas las personas que presenten algún síntoma o enfermedad respiratoria, o bien formen parte de un grupo de riesgo, tales como, mayores de 60 años, con hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares o pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeficiencias; o bien, embarazadas...
 
b) https://dof.gob.mx/2020/SALUD/Acuerdo_Medidas_Preventivas.pdf Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicado en el DOF del 24 de marzo de 2020, particularmente su Artículo Segundo que establece ...Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones establecidas en la normatividad vigente indicada en el inciso c) del presente artículo...
c) https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020 Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2., publicado en el DOF del 31 de marzo de 2020, particularmente su Artículo Primero, fracción V en la que Se establece como acción extraordinaria, para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, que los sectores público, social y privado deberán implementar las siguientes medidas: (...)V. El resguardo domiciliario corresponsable se aplica de manera estricta a toda persona mayor de 60 años de edad, estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se considera esencial.

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