DOF: 02/09/2020
PRIMER Convenio Modificatorio del Convenio de Coordinación No

PRIMER Convenio Modificatorio del Convenio de Coordinación No. 214/PEMC/08/2020 para el otorgamiento de recursos federales del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y los Catastros, que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y el Estado de Chiapas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- DESARROLLO TERRITORIAL.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN N° 214/PEMC/08/2020 PARA EL
OTORGAMIENTO DE RECURSOS FEDERALES DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE LOS REGISTROS
PÚBLICOS DE LA PROPIEDAD Y LOS CATASTROS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL
POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Y EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS FEDERALES DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE LA PROPIEDAD Y CATASTROS, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ARQ. DAVID RICARDO CERVANTES PEREDO, SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y AGRARIO, ASISTIDO POR LA LIC. GRISELDA MARTÍNEZ VÁZQUEZ, TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVENTARIOS Y MODERNIZACIÓN REGISTRAL Y CATASTRAL, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD FEDERATIVA" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. ISMAEL BRITO MAZARIEGOS EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, ASISTIDO POR EL LIC. MARCO ANTONIO SARMIENTO TOVILLA, SUBSECRETARIO DE SERVICIOS Y GOBERNANZA POLÍTICA, EL ING. FRANCISCO JAVIER OVANDO CRUZ, DIRECTOR DE CATASTRO DEL ESTADO Y RESPONSABLE DE LA INSTITUCIÓN BENEFICIARIA, Y EL DR. JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, SECRETARIO DE HACIENDA; Y QUIENES CUANDO ACTÚEN EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
1. Con fecha 8 de abril de 2020, el titular de "LA SEDATU" expidió los Lineamientos del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros, en lo sucesivo "LOS LINEAMIENTOS", mismos que se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril del 2020.
2. Con fecha 30 de junio de 2020, en su primer sesión, el Comité de Evaluación del Programa de Modernización de los Registro Públicos de la Propiedad y Catastros, en adelante "EL COMITÉ" aprobó el Proyecto Ejecutivo de Modernización Catastral, en adelante "EL PEMC", de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" 2020, mediante el acuerdo No. S01-20/DGIMRC/01PEMC, por la cantidad de $18'023,814.76 (Dieciocho millones veintitrés mil ochocientos catorce pesos 76/100 M.N.), de los cuales $4'935,143.11 (Cuatro millones novecientos treinta y cinco mil ciento cuarenta y tres pesos 11/100 M.N.) correspondieron al subsidio otorgado por el Gobierno Federal y $13'088,671.65 (Trece millones ochenta y ocho mil seiscientos setenta y un pesos 65/100 M.N.) correspondieron a la aportación de "EL GOBIERNO DEL ESTADO". A "EL PEMC" antes relacionado, se le asignó el número de Convenio de Coordinación 214/PEMC/08/2020.
3. Con la misma fecha y a través de medios electrónicos, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" informó a "LA SEDATU" que la radicación de los recursos del Convenio de Coordinación sería a través de la Tesorería de la entidad, en la cuenta bancaria productiva específica del Banco Mercantil del Norte S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, Cuenta número 1117535205, CLABE número 072100011175352050, Sucursal 0733, la cual se encuentra a nombre de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Chiapas.
 
4. El mismo día 30 de junio de 2020, "LAS PARTES" firmaron el CONVENIO DE COORDINACIÓN 214/PEMC/08/2020 PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS FEDERALES DEL PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE LOS REGISTRO PÚBLICOS DE LA PROPIEDAD Y CATASTROS, en adelante "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN".
5. Con fecha 02 de julio de 2020, la Dirección General de Inventarios y Modernización Catastral y Registral, área adscrita a "LA SEDATU", recibió por correo electrónico en atención a lo señalado por el "ACUERDO por el que se establecen los Lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional como media complementaria de las acciones para el combate de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19", el Oficio N° IV.410.DGPP.01911.2020, por medio del cual se informó que "...la Dirección General de Programación y Presupuesto, observa que el 01 de julio de 2020 la SHCP aplicó una reserva de recursos mediante el folio 2020-15-400-624 a su Unidad Responsable por la cantidad de $2'405,346.60 (Dos millones cuatrocientos cinco mil trescientos cuarenta y seis pesos 60/100 M.N.)...", de los cuales, la cantidad de $1'745,184.00 (Un millón setecientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) afectaron a los recursos originalmente destinados a "EL PROGRAMA", por lo que es necesario reducir un monto que asciende a $704,530.46 (Setecientos cuatro mil quinientos treinta pesos 46/100 M.N.) de la cantidad que "LA SEDATU" aportará a "LA ENTIDAD FEDERATIVA".
6. Con fecha 06 de julio de 2020, "LA SEDATU" recibió a través de la Ventanilla Única el Oficio No. SGG/UP/0150/2020, por medio del cual "LA ENTIDAD FEDERATIVA" informó que el número de cuenta bancaria que se asentó en "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN" no es el correcto, proporcionando los datos de actualización de la cuenta bancaria de la siguiente forma: Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte; No. de Cuenta 01105282690; Clabe Interbancaria 072100011052826900, Sucursal 3123, Beneficiario Gobierno del Estado de Chiapas; en el mismo correo electrónico "LA ENTIDAD FEDERATIVA" informó mediante el Oficio N° SGG/UP/0152/2020 que solicita a "LA SEDATU" "...sea autorizado la elaboración de un Convenio Modificatorio para el otorgamiento de recursos federales del Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad y Catastros 2020...". Por consecuencia, y en virtud de la solicitud relacionada, es necesario modificar el segundo párrafo de cláusula SEGUNDA "APORTACIONES" que se asentó en "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN".
7. Que es voluntad de "LAS PARTES" modificar el contenido de "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN", para quedar en los términos de las Declaraciones vertidas y Cláusulas que a continuación se relacionan:
DECLARACIONES
"LAS PARTES" DECLARAN A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES:
ÚNICA. Que se reconocen mutuamente la capacidad para celebrar el presente Convenio Modificatorio en los términos y de acuerdo con las Declaraciones que hicieron constar en "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN".
CLÁUSULAS
PRIMERA. El presente Convenio Modificatorio tiene por objeto modificar las cláusulas PRIMERA "OBJETO" y SEGUNDA "APORTACIONES" que se asentaron en "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN", por lo que en consecuencia, la redacción de las citadas cláusulas quedará como sigue:
PRIMERA. OBJETO
El presente Convenio de Coordinación, tiene por objeto fijar las bases mediante las
cuales "LA SEDATU" aporta y transfiere recursos presupuestarios federales con carácter de subsidio a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para la ejecución de "EL PEMC", con la finalidad de que los organismos encargados de la función Registral y Catastral sean más eficientes, eficaces y garanticen la actualización de la información sobre inmuebles, vinculando la información que se genera en ambas instituciones, que permita interoperar e interconectar dicha información en forma sistemática y permanente a la Plataforma Nacional de Información Catastral.
Los recursos que entrega el Ejecutivo Federal por conducto de "LA SEDATU" y las aportaciones de "LA ENTIDAD FEDERATIVA" a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento, se aplicarán a "EL PEMC", por el importe total del proyecto, que asciende a la cantidad de $17'319,284.30 (Diecisiete millones trescientos diecinueve mil doscientos ochenta y cuatro pesos 30/100 M.N.).
"LA ENTIDAD FEDERATIVA" deberá llevar a cabo el estricto ejercicio de los recursos destinados exclusivamente para "EL PEMC" en proporción a la aportación de cada uno de ellos, esto es, que en el desembolso de las cuentas se respetará el porcentaje establecido en el resumen financiero de su Proyecto.
Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se sujetarán a lo establecido en el mismo, a "LOS LINEAMIENTOS" y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
SEGUNDA. APORTACIONES
"LA SEDATU" por conducto de "LA DIRECCIÓN" y con cargo a su presupuesto autorizado, aportará en carácter de subsidio a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", recursos presupuestarios federales por la cantidad de $4'230,612.65 (Cuatro millones doscientos treinta mil seiscientos doce pesos 65/100 N.N.), a la firma del presente Convenio de Coordinación, para la realización de "EL PEMC".
Conforme a lo establecido en el artículo 82 fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, quinto párrafo del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y el inciso b) de la fracción XVII del numeral 8.1 de "LOS LINEAMIENTOS", los recursos a que se refiere el párrafo que antecede, se radicarán a través de la Tesorería de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", en la cuenta bancaria productiva específica del Banco Mercantil del Norte S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, cuenta número 01105282690, CLABE número 072 100 01105282690 0, sucursal 3123, a nombre del Gobierno del Estado de Chiapas, con la finalidad de que los recursos aportados, así como sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Por su parte, a efecto de complementar los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LA ENTIDAD FEDERATIVA" se obliga a destinar la cantidad de $13'088,671.65 (Trece millones ochenta y ocho mil seiscientos setenta y un pesos 65/100 M.N.), de sus propios recursos presupuestarios, importe que deberá destinarse de manera exclusiva al desarrollo de "EL PEMC", enviando el comprobante de dicha aportación a "LA DIRECCIÓN".
"LA ENTIDAD FEDERATIVA" deberá ejercer oportunamente los recursos federales y los
propios que complementen el financiamiento de "EL PEMC", única y exclusivamente en los conceptos aprobados, cuidando de manera especial no contravenir lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
SEGUNDA. "LAS PARTES" acuerdan que, salvo lo previsto en el presente Convenio Modificatorio, no se modifican, alteran o innovan, las obligaciones pactadas en "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN", por lo que se ratifican todos y cada uno de sus Antecedentes, Declaraciones y Cláusulas, en correlación con el contenido del presente Convenio Modificatorio.
TERCERA. El presente Convenio Modificatorio a "EL CONVENIO DE COORDINACIÓN" surtirá efectos a partir de la fecha de su firma.
Leído el presente Convenio Modificatorio y enteradas las partes de su valor, contenido y alcance legal, lo firman por quintuplicado a los 27 días del mes de julio de 2020.- Por la SEDATU: el Subsecretario de Ordenamiento Territorial y Agrario, David Ricardo Cervantes Peredo.- Rúbrica.- La Directora General de Inventarios y Modernización Registral y Catastral, Griselda Martínez Vázquez.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: el Secretario General de Gobierno, Ismael Brito Mazariegos.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Javier Jiménez Jiménez.- Rúbrica.- El Subsecretario de Servicios y Gobernanza Política, Marco Antonio Sarmiento Tovilla.- Rúbrica.- El Director de Catastro del Estado y Responsable de la Institución Beneficiaria, Francisco Javier Ovando Cruz.- Rúbrica.
 

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