EXTRACTO del Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba la implementación del uso de estrados electrónicos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
EXTRACTO DEL ACUERDO INE/JGE107/2020 DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO DE ESTRADOS ELECTRÓNICOS.
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ANTECEDENTES
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II. El diecisiete de marzo de dos mil veinte, la Junta General Ejecutiva del Instituto aprobó mediante acuerdo INE/JGE34/2020, las medidas preventivas y de actuación con motivo de la pandemia del COVID-19. En dicho documento se ordenó, entre otras cuestiones, que respecto de las comunicaciones derivadas de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos de este Instituto, se privilegiaran las notificaciones electrónicas, sobre las personales, en términos de lo dispuesto en la normativa aplicable.
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IV. El dieciséis de abril siguiente, mediante acuerdo INE/JGE45/2020, la JGE determinó modificar el diverso acuerdo INE/JGE34/2020, a efecto de ampliar la suspensión de los plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos de este Instituto, así como cualquier plazo de carácter administrativo, hasta que se acordara su reanudación, con base en la información sobre las condiciones sanitarias relacionadas con la pandemia.
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VI. El pasado 19 de junio de dos mil veinte, se aprobó el acuerdo INE/CG139/2020 por el que se implementó temporalmente la notificación electrónica para comunicar las resoluciones que recaen a los procedimientos ordinarios sancionadores.
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CONSIDERANDOS
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II. Marco normativo
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Órganos centrales del INE. El artículo 34, párrafo 1, de la LGIPE, establece que son órganos centrales del INE: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la JGE y la Secretaría Ejecutiva.
Fines del INE. El artículo 30, párrafo 1, incisos d) de la LGIPE establece que uno de los fines del INE es asegurar a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones.
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VI. Justificación de la implementación de los estrados electrónicos
Hoy en día, es necesario establecer que las comunicaciones que actualmente se fijan en los estrados físicos en las oficinas centrales del Instituto, se trasladen a un espacio electrónico para coadyuvar con las medidas sanitarias que se implementan para contener la pandemia provocada por el COVID-19 que aún persiste.
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b) Medios electrónicos como vía para notificar las determinaciones de la autoridad.
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Por tanto, la publicación en el portal de Internet del Instituto Nacional Electoral de la información contenida en los estrados de este órgano administrativo, además de ser congruente con la vanguardia tecnológica de hoy en día, también coadyuvará a maximizar el principio de máxima publicidad que debe prevalecer en el ejercicio del derecho de acceso a la información, pues
permitirá, con plena oportunidad, la consulta remota y de fácil acceso para las partes y, para cualquier interesado y la ciudadanía en general, de los acuerdos, resoluciones, oficios, determinaciones y comunicaciones relacionadas con los asuntos competencia de este Instituto, aunado al hecho de que permitirá la publicitación de los medios de impugnación.
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Con base en lo fundado y expuesto, es procedente que la Junta General Ejecutiva, emita el siguiente:
ACUERDO
Primero. Se aprueba la implementación del uso de estrados electrónicos, en el portal de internet del Instituto, como una herramienta para la publicidad y consulta de diversas actuaciones de las áreas del INE en los procedimientos de su competencia.
Segundo. Las notificaciones realizadas mediante el uso de estrados electrónicos surtirán sus efectos en los términos de la normatividad aplicable para cada tipo de determinación que se haga pública en dicho portal.
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El Consejero Presidente del Consejo General y Presidente de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, Dr. Lorenzo Córdova Vianello. - Rúbrica. - El Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva del INE, Lic. Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
El Acuerdo integro puede ser consultado en las siguientes direcciones electrónicas:
DOF: www.dof.gob.mx/2020/INE/JGEext202008_24_ap_6_2.pdf
INE Acuerdo: https://www.ine.mx/sesion-extraordinaria-de-la-junta-general-ejecutiva-24-de-agosto-de-2020/
Ciudad de México, a 24 de agosto de 2020.- El Secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.
(R.- 498012)