DOF: 12/10/2020
ACUERDO por el que el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción aprueba la celebración de sesiones a distancia

ACUERDO por el que el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción aprueba la celebración de sesiones a distancia.

Al margen un logotipo, que dice: Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.

ACUERDO POR EL QUE EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN APRUEBA LA CELEBRACIÓN DE SESIONES A DISTANCIA.
Con fundamento en los artículos 24, 25, 28 y 29 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, 17 y 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, así como 2, 9, fracción I, 12 y 13 del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, y
CONSIDERANDO
Que el 23 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como se establecen las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia";
Que el día 30 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)", emitido por el propio Consejo de Salubridad General;
Que, como consecuencia de ambas publicaciones, diversas instituciones de los Poderes de la Unión y órganos constitucionales autónomos emitieron distintos acuerdos adoptando medidas con la finalidad de mitigar y controlar los riesgos para la salud que implica la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), dentro de las cuales han destacado aquellas tendientes a evitar la concentración física y el tránsito o desplazamiento de personas;
Que la persistencia de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, producto de la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), hace necesaria la adopción de esquemas que, privilegiando el uso de tecnologías de la información y comunicación, permitan el trabajo remoto, y
Que, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de su objeto y el ejercicio de sus atribuciones, el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, en sesión extraordinaria celebrada el 24 de septiembre de 2020, ha tenido a bien aprobar por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. El Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción podrá, mediante el uso de herramientas tecnológicas, celebrar a distancia las sesiones a las que aluden los artículos 28 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, 20 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 18, fracción I, del Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y 14 del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, ante la existencia de una emergencia sanitaria, caso fortuito o fuerza mayor, que impida o dificulte su realización de manera presencial.
SEGUNDO. La asistencia a distancia de las personas integrantes del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción o, en su caso, la de sus suplentes a las sesiones de ese órgano se considerará válida para efectos de quórum, participación y votación.
TERCERO. Para las sesiones a distancia aplicarán las disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, su Reglamento, el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción y demás normatividad que regula las sesiones presenciales del Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, en lo que resulte aplicable.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Con fundamento en los artículos 35, fracciones I y III, de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 18, fracciones XI y XIII, del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, certifico que el Órgano de Gobierno de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, en su Primera Sesión Extraordinaria 2020, celebrada el día 24 de septiembre de 2020, aprobó por unanimidad el "ACUERDO POR EL QUE EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN APRUEBA LA CELEBRACIÓN DE SESIONES A DISTANCIA".
Ciudad de México, a 5 de octubre de 2020.- El Secretario Técnico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, Ricardo Salgado Perrilliat.- Rúbrica.
(R.- 499141)
 

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