CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Proyecto AVG/OAX/M5/SEPIA, que permita dar cumplimiento a la Resolución de la Secretaría de Gobernación respecto a la Solicitud AVGM/04/2017 de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Oaxaca.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR BALBINA HERNÁNDEZ ALARCÓN, DIRECTORA GENERAL ADJUNTA DE UNIDAD DE GÉNERO QUIEN FIRMA EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DE LA PERSONA TITULAR DE LA COMISIÓN NACIONAL, Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, ALEJANDRO ISMAEL MURAT HINOJOSA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, HÉCTOR ANUAR MAFUD MAFUD, EL SECRETARIO DE FINANZAS, VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN, LA SECRETARIA DE PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROMEXICANO, TITULAR DE LA INSTANCIA ESTATAL RESPONSABLE E INSTANCIA ESTATAL RECEPTORA DEL PROYECTO EUFROSINA CRUZ MENDOZA A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, regula en su Título II Modalidades de la Violencia, Capítulo V de la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, alerta de violencia de género contra las mujeres, es de gran trascendencia para dar cumplimiento a la obligación constitucional y convencional del Estado mexicano de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, puesto que implica adoptar políticas y medidas específicas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en su contra.
Que la declaratoria de alerta de violencia de género tiene como finalidad detenerla y erradicarla, a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México, las entidades federativas y los municipios reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país; por ello, estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado Libre y Soberano de Oaxaca.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, señala en el Anexo 13, "Erogaciones de los programas para la Igualdad entre Mujeres y Hombres", una asignación presupuestal para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
De conformidad con la Solicitud de subsidio de fecha 27 de febrero de 2020, suscrito por Eufrosina Cruz Mendoza en su carácter de Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano del Estado de Oaxaca, la entidad federativa solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVG/OAX/M5/SEPIA.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2020 en lo sucesivo (Lineamientos), el Comité de Evaluación de Proyectos en lo sucesivo (Comité) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $2,974,200.00 (Dos millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N), para la ejecución del proyecto AVG/OAX/M5/SEPIA. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio número CNPEVM/231-10/2020 de fecha 24 de marzo de 2020.
La Entidad Federativa se compromete a concluir el proyecto aprobado para el Ejercicio Fiscal 2020, debiéndose apegar a los nuevos planes y Programas de Desarrollo que en su momento se publiquen.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación en lo sucesivo (RISEGOB).
I.2. De conformidad con el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.
I.3. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4. La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.
I.5. La persona Titular de la Comisión Nacional, con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio, con fundamento en los artículos 115, fracción V y 151 del RISEGOB.
I.6. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de constancia de suficiencia presupuestaria 314632.
I.7. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Abraham González 48, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca, es un Estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la Federación.
II.2. El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de lo prescrito en los artículos 66, 79, fracción XIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 9 y 15, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.3. Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3 fracción I, 15, primer párrafo, 27, fracción I y 34, fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.4. Asiste a la suscripción del presente Convenio de Coordinación el Titular de la Secretaría de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 27, fracción XII y 45, fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2, 5, 6, fracción V y 7, fracciones III y IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado.
II.5. La Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, forma parte integrante de la Administración Pública Centralizada del Estado de Oaxaca, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca. A través de su titular Eufrosina Cruz Mendoza, asiste en la suscripción del presente Convenio de Coordinación, de conformidad con los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 27, fracción X, 43, fracción XXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.6. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos de forma complementaria al proyecto materia del presente Convenio, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7. Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio legal ubicado en Carretera Oaxaca-Istmo Km 11.5, SN 7, Tlalixtac de Cabrera, Código Postal 68270, Oaxaca.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado de Oaxaca, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres la siguiente modalidad: Conformación de equipos de profesionales del derecho, la psicología y otros auxiliares de la justicia con perspectiva de género y de derechos humanos, que acompañen, representen y atiendan casos de mujeres que viven o han vivido violencia.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los Lineamientos.
III.6. Se comprometen a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado el 12 de julio de 2019.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el proyecto: AVG/OAX/M5/SEPIA, que permita dar cumplimiento a la Resolución de la Secretaría de Gobernación respecto a la Solicitud AVGM/04/2017 de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Oaxaca. Dicho proyecto se realizará de conformidad con lo especificado en el Anexo Técnico que forma parte del presente instrumento jurídico, mismo que se realiza de acuerdo a lo establecido en el Lineamiento Décimo Octavo de los Lineamientos, lo que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $2,974,200.00 (Dos millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N), para el proyecto: AVG/OAX/M5/SEPIA.
Los recursos federales se radicarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", a través de su Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria productiva específica que aperturó previamente, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la que se identifica con los siguientes datos:
Número de plaza: Oaxaca
CLABE: 014610655080568432
Cuenta Bancaria: 65508056843
Banco: Banco: Banco Santander (México), S.A Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander
A nombre de: Gobierno del Estado de Oaxaca SEFIN Proyecto AVG/OAX/M5/SEPIA
Nombre del Proyecto: AVG/OAX/M5/SEPIA
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) prevista en el lineamiento Décimo sexto de los Lineamientos.
Una vez que "GOBERNACIÓN" haya transferido los recursos a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", este deberá emitir a través de la Secretaría de Finanzas, la factura complemento CFDI en formato PDF y XML.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación 2020, por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El Comité, comunicará oportunamente a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
La "GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éstas se comprometen a sacar a "GOBERNACIÓN" de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de los previstos en los Lineamientos, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes bimestrales que se presenten respecto del avance del
proyecto AVG/OAX/M5/SEPIA.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el gobierno estatal.
c. Apegarse a lo establecido en la LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los Lineamientos, "GOBERNACIÓN", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, dentro de los treinta días naturales siguientes después de haber suscrito el Convenio de Coordinación correspondiente, y habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento.
d. Si el seguimiento al proyecto aprobado es susceptible de realizarse a través de visitas de seguimiento: Realizar las visitas de seguimiento en sitio, las cuales deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los Lineamientos: "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA y en el Anexo Técnico del presente Convenio de Coordinación.
b. Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2020.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al proyecto en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación.
d. Realizar por conducto de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano encargada de las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del proyecto, en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos y la normatividad aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento.
f. Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como de la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local,
conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el proyecto acrediten su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de proyecto a desarrollar.
j. Entregar bimestralmente por conducto de la persona Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del proyecto con su debido soporte documental. Estos informes deberán entregarse dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los Lineamientos.
l. En términos de los Lineamientos, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2021, un Acta de cierre, firmada por la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano y por el Titular de la Secretaría de Finanzas en la que se incluya los datos generales, objetivo y descripción del proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre las partes que suscriben el Convenio de Coordinación, y el reporte de las acciones administrativas que la entidad federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2020 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en el inciso o) del Lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, resultados y/o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones de la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Anexo Técnico correspondiente.
SEXTA. ENLACES. Las o los servidores públicos que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, por "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la persona que fue designada mediante el oficio número SEPIA/OS/0122/2020 de fecha 27 de febrero de 2020 signado por la Titular de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, y por "GOBERNACIÓN" la persona que fue designada mediante el oficio número CNPEVM/232-13/2020 de fecha 24 de marzo de 2020 signado por la Titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. A través de las personas enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a los funcionarios o personal del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano informará a "GOBERNACIÓN" a través de la CONAVIM, con su debido soporte documental, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada bimestre, a partir de la fecha del depósito del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación, los avances de la ejecución del proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y, en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con este instrumento y el inciso f), del lineamiento Trigésimo Primero, de los Lineamientos.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2020, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes a la conclusión del cierre del ejercicio fiscal en términos de los Lineamientos.
NOVENA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los lineamientos Sexto, Décimo cuarto, Décimo quinto, Décimo sexto, Trigésimo primero, inciso o) y Cuadragésimo de los Lineamientos.
DÉCIMA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2020 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación como lo disponen los Lineamientos.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la entidad, esta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA PRIMERA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA SEGUNDA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el lineamiento Trigésimo Tercero de los Lineamientos, procederá a dar por terminado el presente Convenio de Coordinación y ordenará al "EL GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la Tesorería de la Federación.
Lo anterior sin perjuicio de que la CONAVIM haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA TERCERA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA QUINTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SEXTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la CONAVIM en los informes que presente "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA SÉPTIMA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2020. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA OCTAVA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo.
DÉCIMA NOVENA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 29, fracción III, inciso a) del Presupuesto de Egresos de la Federación 2020.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno México a través de "GOBERNACIÓN".
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a 17 de julio de 2020.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.- De conformidad con los artículos 11, fracción II, 115 fracción V y 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, firma en suplencia por ausencia Balbina Hernández Alarcón, Directora General Adjunta de Unidad de Género, servidora pública de nivel jerárquico inferior, con fundamento en el artículo 158 del Reglamento de la Secretaría de Gobernación.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, Titular de la Instancia Estatal Responsable e Instancia Estatal Receptora del Proyecto, Eufrosina Cruz Mendoza.- Rúbrica.
Acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres En
estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2020
Entidad federativa
Estado Libre y Soberano de Oaxaca |
A) Nombre del proyecto
B) Modalidad de acceso al subsidio
Conformación de equipos de profesionales del derecho, la psicología y otros auxiliares de la justicia con perspectiva de género y de derechos humanos, que acompañen, representen y atiendan casos de mujeres que viven o han vivido violencia. |
C) fecha en que la entidad federativa solicita el subsidio
D) Instancia estatal responsable
Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano |
E) Instancia estatal receptora
Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano |
F) Monto aprobado:
$2, 974,200.00 (Dos millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N.) |
G) Aportación estatal. En caso de aportar recursos económicos, señalar el monto y el porcentaje que representa en la totalidad de la inversión. Si la aportación fuera en especie, describir dicha aportación
H) Fecha de inicio del proyecto
I) Fecha estimada de conclusión que no exceda del 31 de diciembre de 2020
J) Descripción del proyecto
I. Medida de seguridad, de prevención o de justicia, o bien la propuesta contenida en las conclusiones del informe del grupo de trabajo a la que hace referencia el artículo 37 del
Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la cual contribuirá el proyecto.
Medidas de prevención 4: el diseño de una estrategia de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas y afromexicanas al interior de sus comunidades, que tenga por objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Deberá contener el fortalecimiento y certificación de personas que traduzcan en las lenguas representativas. |
II. Objetivo general
Fortalecer el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres indígenas y afromexicanas de 30 municipios del estado de Oaxaca con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres, mediante la instrumentación de estrategias interculturales, que permitan la disminución de la violencia de género identificados en el programa Mujeres Abriendo Caminos 2019. |
III. Objetivos específicos, actividades, indicadores y medios de verificación
Objetivos específicos | Actividades | Indicadores | Medios de verificación |
Fortalecer el conocimiento de los derechos humanos fundamentales de las mujeres, a través de la integración y capacitación de promotoras comunitarias para que brinden acompañamiento a mujeres que viven o han vivido violencia, en 30 municipios con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres. | Elaboración de una guía de atención comunitaria en casos de violencia de género contra las mujeres, con perspectiva de género e interculturalidad; así como la elaboración de contenidos de formatos de entrevista para promotoras comunitarias e intérpretes, formato de seguimiento a casos de violencia de género, diagramas de flujo para la atención de casos de violencia de género y cuestionarios para identificar servicios de instituciones en las comunidades. A través de entrevistas, detectar mujeres con antecedentes de participación comunitaria para la conformación de redes de apoyo. A través de talleres, capacitar a las promotoras comunitarias sobre la guía de atención, asimismo, involucrar a intérpretes de la comunidad a esta capacitación. | Una guía de atención comunitaria en casos de violencia de género contra las mujeres. Un formato de entrevista para promotoras comunitarias. Un formato de entrevista para e intérpretes en lenguas maternas. Un formato de seguimiento a casos de violencia de género. 4 diagramas de flujo para la atención de casos de violencia de género. 1 formato de cuestionario para identificar servicios de instituciones en las comunidades. Al menos 300 entrevistas aplicadas. Al menos 90 talleres de capacitación realizados. Al menos 150 promotoras capacitadas. Al menos 60 intérpretes capacitados. | Guía de atención comunitaria. Formatos de entrevistas. Formatos de seguimiento a casos. Diagramas de Flujo. Listas de asistencia. Carta descriptiva. Memoria fotográfica y audiovisual. |
Coadyuvar en el acompañamiento de los 216 casos de violencia de género detectados en el proyecto "Mujeres Abriendo Caminos", con el apoyo de intérpretes y traductores de lenguas maternas, que favorezcan la comprensión de los casos. | Identificar las instancias que cuentan con personas intérpretes y traductoras y firmar un convenio de colaboración. Identificar personas en las comunidades indígenas que puedan fungir como intérpretes. | Un convenio de colaboración firmado con la Defensoría Pública del Estado. Atención de 100 casos en lenguas maternas, con el acompañamiento de traductores. | Convenio firmado. Relación de intérpretes y traductores identificados. |
Fortalecer la red interinstitucional de atención a los casos de violencia de género identificados en el proyecto "Mujeres Abriendo Caminos" 2019, a través de la vinculación con instituciones y el trabajo coordinado con autoridades municipales. | Convocar a mesas de trabajo a las instituciones competentes en la detección y atención de casos de violencia de género, para generar estrategias de atención y seguimiento con enfoque de género e interculturalidad. Firmar convenios de colaboración con las instituciones responsables de la detección y atención de la violencia de género. Capacitar a autoridades municipales en la atención de casos de violencia de género contra las mujeres, dotándolos de diagramas de flujo sobre la ruta de atención y seguimiento a casos. | Al menos cuatro mesas de trabajo con instituciones. Al menos cinco convenios de colaboración firmados con instituciones. 30 talleres de capacitación dirigidas a autoridades municipales. Al menos un documento con ruta de atención y seguimiento. | Listas de asistencia. 5 convenios de colaboración firmados. Cartas descriptivas. Memoria fotográfica y audiovisual. Documento con ruta de atención y seguimiento. |
Detectar servicios y datos de ubicación de instituciones que otorgan atención jurídica, médica y psicológica a mujeres en situación de violencia de género, para la integración de un directorio actualizado. | Verificar la continuidad de las instituciones incluidas en el directorio generado en el proyecto "Mujeres Abriendo Caminos" 2019, a través de la aplicación de cuestionarios a autoridades municipales. Actualizar los datos de las instituciones e incorporar la información sobre los servicios que otorgan, así como especificar su área de atención de acuerdo a las demandas de las mujeres. | Aplicación de 30 cuestionarios. Un directorio actualizado. | Cuestionarios contestados. Evidencia fotográfica Directorio actualizado. |
Realizar el seguimiento a los 216 casos de violencia de género detectados en el proyecto "Mujeres Abriendo Caminos" (2019) con abuso de primer grado, abuso severo y peligroso. | Contactar y dar seguimiento a las mujeres en situación de abuso de primer grado, abuso severo y peligroso previamente identificadas, para conocer la situación actual de su caso y brindarles asesoría jurídica y psicológica, y acompañamiento en los casos que se requiera. | 216 mujeres atendidas. 216 formatos de seguimiento y atención requisitados. Al menos 100 asesorías jurídicas. Al menos 100 asesorías psicológicas. | Formatos de seguimiento y atención requisitados. Informe de seguimiento de casos atendidos. Memoria fotográfica y audiovisual. |
Realizar informe final de los resultados obtenidos en la ejecución del proyecto. | Integración de resultados e informe final, incluyendo memoria audiovisual. | Un informe final. | Documentos probatorios de las actividades realizadas. |
IV. Conjunto de pasos para desarrollar el proyecto (metodología)
El presente proyecto, se encuentra encuadrado en el marco normativo de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, para el cumplimiento de la política pública con perspectiva de género e interculturalidad. Se aplicará de manera general la metodología de marco lógico con perspectiva de género avalada por ONU-Mujeres, integrándola con un enfoque de interculturalidad e interseccionalidad, de igual manera se aplicará una metodología cualitativa, recolectando información y mediante la observación de comportamientos naturales, discursos, respuestas abiertas para la posterior interpretación de significados. El contar con una metodología sólida de implementación es vital para llevar a cabo un proyecto de gestión integral y mejoramiento continuo en la secretaría, definiendo el alcance del proyecto, las áreas involucradas, los hitos que la institución pueda tener, así como la asignación de responsabilidades. A fin de tener una mirada más completa de su situación actual, se partió del análisis estratégico de la información oficial sobre la incidencia de casos de violencia contra las mujeres dentro de los 30 municipios con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres que cuentan con población indígena y afromexicana y con los resultados de la primera etapa de proyecto "Mujeres Abriendo Caminos" 2019 , lo que permitió la elaboración de los objetivos específicos para la ejecución del presente proyecto. En primer término se buscará la participación comunitaria visibilizando las condiciones de desigualdad en que viven las mujeres, recuperando la propia sororidad de las mujeres, sus situaciones, obstáculos, las buenas prácticas implementadas en la comunidad, y casos de éxito que se detectaron durante la primer etapa del proyecto, a fin de poder crear y fortalecer grupos de mujeres promotoras comunitarias, que cuenten con antecedentes de participación comunitaria y se les capacitará sobre los temas básicos para el acompañamiento de mujeres en situación de violencia. |
También se trabajará en la elaboración de la guía de atención comunitaria en casos de violencia de género contra las mujeres, material que será utilizado para capacitar a las promotoras comunitarias para el acompañamiento de mujeres en situación de violencia de género, mismo que podrá ser material de consulta. Del mismo modo, para dar seguimiento a la atención brindada en la primera etapa del proyecto Mujeres Abriendo Caminos 2019, se contactará a las mujeres en situación de abuso de primer grado, severo o peligroso previamente identificadas, se les entrevistará para conocer su situación actual y conforme a las necesidades, se les proporcionará asesoría jurídica y psicológica, y en caso de ser necesario, el acompañamiento; en este aspecto, se hace necesaria la intervención de instituciones responsables del acceso a la justicia de las mujeres, para la elaboración de estrategias y rutas de atención que garanticen el derecho a una vida libre de violencia, para lo cual se realizarán mesas de trabajo y convenios de colaboración para involucrarlos y generar una red de apoyo interinstitucional que puedan dar seguimiento eficaz y eficiente a los casos detectados en la primera etapa del proyecto. Además, será fundamental capacitar a las autoridades municipales como primera instancia de atención, para que de esta manera se sienten las bases en la prevención y atención de la violencia de género contra las mujeres en municipios con declaratoria de alerta de violencia de gènero contra las mujeres. Otra importante tarea que se deriva del diagnóstico del proyecto "Mujeres Abriendo Caminos" 2019, es garantizar una adecuada atención y el ejercicio del derecho lingüístico a mujeres indígenas hablantes de diferentes lenguas y sus variantes, por ello se identificarán a las instituciones y comunidades que cuenten con personas que puedan brindar el servicio como intérpretes y traductores en las comunidades. También se realizará un proceso de sensibilización y capacitación para la atención de mujeres en situación de violencia con enfoque de género e interculturalidad. |
V. Cobertura geográfica y población beneficiaria
Cobertura demográfica | Varios municipios (30) | Grupo etario Indígena y Afromexicano | 0 a 6 años 7 a 11 años 12 a 17 años ⊗18 a 30 años ⊗30 a 59 años ⊗60 años en adelante |
Nombre de los territorios | 1.Acatlán de Pérez Figueroa 2.Candelaria Loxicha 3.Santiago Pinotepa Nacional 4.Heroica Ciudad de Huajuapan de León 5. Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza 6.Heroica Ciudad de Tlaxiaco 7.Huautla de Jiménez 8. Ixtlán de Juárez 9.San Agustín Loxicha 10.Mazatlán Villa de Flores 11.Miahuatlán de Porfirio Díaz 12.Oaxaca de Juárez 13.Putla Villa de Guerrero 14.Villa de Tututepec de Melchor Ocampo 15.Salina Cruz 16.San Juan Bautista Tuxtepec 17. San Juan Bautista 18.Valle Nacional 19.San Juan Guichicovi 20.San Juan Mixtepec 21.San Pedro Pochutla 22.Santa Lucía del Camino 23.Santa María Apazco 24.Santa María Tonameca 25.Santa María Yucuhiti 26. Santo Domingo de Morelos 27. Santo Domingo Tehuantepec 28.Santo Domingo Tepuxtepec 29.Villa de Zaachila 30.Tlacolula de Matamoros |
Tipo de población que se atiende | X Población de mujeres Población de hombres X Servidoras y servidores públicos u operadores jurídicos |
En el caso de atender a población de mujeres, ¿el proyecto va dirigido para uno o varios grupos en mayor situación de vulnerabilidad? | X Niñas y adolescentes X Adultas mayores X Indígenas Migrantes y/o refugiadas X Afromexicanas Desplazadas internas Con discapacidad LBTI+ Madres jefas de familia Usuarias de drogas En situación de calle X Víctimas de violencia X Familiares de víctimas Privadas de la libertad otras (especifique) | | |
VI. Actores estratégicos
Actor | Tipo de participación |
Autoridades municipales (Instancia Municipal de la Mujer, DIF Municipal, Síndicas y Síndicos) | Convocar, promover y participar en las reuniones y talleres |
Representantes de instituciones públicas (Secretaría de las Mujeres de Oaxaca, Fiscalía General del Estado de Oaxaca, Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, Defensoría Pública del Estado de Oaxaca, Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca, Secretaría de Salud de Oaxaca. | Atender y vincular casos de violencia de género en niñas, niños y adolescentes. Acceso a la justicia de las mujeres. |
Autoridades comunitarias de los municipios mencionados en la cobertura geográfica. | Acceso de justicia comunitaria de las mujeres |
Autoridades municipales de los municipios mencionados en la cobertura geográfica. | Acceso de justicia de las mujeres |
Mujeres de los municipios mencionados en la cobertura geográfica. | Atención directa, beneficiarias del proyecto |
Población en general de los municipios mencionados en la cobertura geogràfica. | Beneficiarios del proyecto |
Sociedad civil | Vinculación para atención especializada |
Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca | Canalización para el seguimiento de casos de violencia institucional |
Secretaría de las Mujeres de Oaxaca | Canalización para el seguimiento de casos de violencia de género identificados |
Registro Civil | Canalización para atención especializada. |
Instituto Estatal de Educación para Adultos | Intervención en municipios con alto índice de analfabetismo. |
VII. Identificación de riesgos y cómo afrontarlos
Riesgo | Medidas de afrontamiento |
Excepción de actividades en espacios públicos, esto debido a recomendaciones sanitarias, por contingencia de salud debido al covid-19 | Adaptar los tiempos de las actividades, y generar estrategias de atención pertinentes. |
Conflicto intercomunitario. | Cambio de sede al lugar más próximo. |
Acontecimientos o hechos naturales (lluvia, temblores, derrumbes, etc.). | Cambio de sede y contemplar fechas alternativas. |
Falta de apoyo de las autoridades municipales y/o institucionales. | Realizar sensibilización con funcionarios y funcionarias. Trabajo directo con mujeres y/o grupos en la comunidad. Fortalecimiento de enlaces en la comunidad. |
Diversidad de lenguas y sus variantes. | Vinculación con traductoras/traductores de la comunidad. |
Condiciones orográficas y vías de acceso y comunicación. | Calendarización de actividades acorde a distancias de cada municipio. |
Dificultad para contactar a las mujeres contempladas para seguimiento. | Contactar personas de confianza o redes de apoyo. |
Lejanía de las instituciones de impartición de justicia. | Fortalecimiento de redes de apoyo interinstitucional. Fortalecimiento de la justicia comunitaria y/o estrategias de acompañamiento desde la comunidad. |
VIII. Cronograma de actividades
Actividades | Mes 1 Julio | Mes 2 Agosto | Mes 3 Septiembre | Mes 4 Octubre | Mes 5 Noviembre | Mes 6 Diciembre |
Elaboración de una guía de atención comunitaria en casos de violencia de género contra las mujeres, con perspectiva de género e interculturalidad; así como la elaboración de contenidos de formatos de entrevista para promotoras comunitarias e intérpretes, formato de seguimiento a casos de violencia de género, diagramas de flujo para la atención de casos de violencia de género y cuestionarios para identificar servicios de instituciones en las comunidades. | X | X | | | | |
A través de entrevistas, detectar mujeres con antecedentes de participación comunitaria para la conformación de redes de apoyo. | X | X | | | | |
A través de talleres, capacitar a las promotoras comunitarias sobre la guía de atención, asimismo, involucrar a intérpretes de la comunidad a esta capacitación. | X | X | X | X | X | |
Identificar las instancias que cuentan con personas intérpretes y traductoras y firmar un convenio de colaboración. | X | X | | | | |
Identificar personas en las comunidades indígenas que puedan fungir como intérpretes. | X | X | X | | | |
Convocar a mesas de trabajo a las instituciones competentes en la detección y atención de casos de violencia de género, para generar estrategias de atención y seguimiento con enfoque de género e interculturalidad. | X | X | X | | | |
Firmar convenios de colaboración con las instituciones responsables de la detección y atención de la violencia de género. | X | X | X | | | |
Capacitar a autoridades municipales en la atención de casos de violencia de género contra las mujeres, dotándoles de diagramas de flujo sobre la ruta de atención y seguimiento a casos. | X | X | X | X | X | |
Verificar la continuidad de las instituciones incluidas en el directorio generado en el proyecto mujeres abriendo caminos 2019, a través de la aplicación de cuestionarios a autoridades municipales. | X | X | X | | | |
Actualizar los datos de las instituciones e incorporar la información sobre los servicios que otorgan, así como especificar su área de atención de acuerdo a las demandas de las mujeres. | | | X | X | | |
Contactar y dar seguimiento a las mujeres en situación de abuso de primer grado, abuso severo y peligroso previamente identificadas, para conocer la situación actual de su caso y brindarles asesoría jurídica y psicológica, y acompañamiento en los casos que se requiera. | X | X | X | X | X | |
Integración de resultados e informe final, incluyendo memoria audiovisual. | | | | | X | X |
k) Perfil y experiencia que deberá acreditar la o las persona(s) físicas o morales que realizarán el proyecto, distintas a aquellas que sean personas servidoras públicas;
I. Tipo de perfil requerido:
Proveedor |
Desarrollador de contenidos |
Capacitador |
II. Áreas de especialización requerida:
Área de especialización | Años de experiencia mínima requerida | Grado o nivel de especialización |
Ciencias jurídicas | 5 años | Licenciatura |
Psicología | 5 años | Maestría |
Derechos humanos | 2 años | Maestría |
Perspectiva de género | 5 años | Diplomado |
Otra. Trabajadora Social, Capturista de Datos | 5 años | Certificación |
III. Competencias requeridas:
· Perspectiva de género e interculturalidad. · Atención y acompañamiento a mujeres en situación de violencia de género en comunidades indígenas y afromexicanas. · Trabajo comunitario y con autoridades municipales. · Detección de violencia de género contra las mujeres. · Manejo de grupos. · Asesoría especializada (área psicológica y jurídica). · Diseño, organización y sistematización de talleres, foros, capacitaciones, cursos, manuales, guías y mesas de trabajo. · Elaboración de materiales audiovisuales y fotografía. · Proveer y abastecer productos o bienes para la ejecución del proyecto. |
IV. Labores a realizar:
-Elaboración de guía de atención comunitaria en casos de violencia contra las mujeres. -Elaboración de convenios con instituciones. -Actualización de directorio de instituciones que otorgan atención jurídica, médica y psicológica. -Formar y capacitar sobre temas básicos para el acompañamiento de mujeres en situación de violencia de género al grupo de promotoras comunitarias. -Generar red de apoyo interinstitucional para dar seguimiento de casos detectados en la primera etapa del proyecto Mujeres Abriendo Caminos 2019. -Identificar a personas que fungirán como traductoras/es e intérpretes. -Capacitar y sensibilizar a intérpretes y traductoras/es para la atención a mujeres en situación de violencia de género. - Atender y acompañar a mujeres en situación de violencia de género con enfoque de género e intercultural. -Diseñar, realizar, organizar y sistematizar talleres, foros, capacitaciones, cursos, mesas de trabajo, diagrama de flujo, guía e informe final. -Desarrollar contenidos audiovisuales y fotografía. -Proveer y abastecer productos o bienes para la ejecución del proyecto. |
l). Proyección de costo del proyecto
Cronograma de actividades y gasto
Actividades | Concepto de gasto | Mes | Monto (Incluye IVA) |
Mes 1 Julio | Mes 2 Agosto | Mes 3 Septiembre | Mes 4 Octubre | Mes 5 Noviembre | Mes 6 Diciembre |
Elaboración de una guía de atención comunitaria en casos de violencia de género contra las mujeres, con perspectiva de género e interculturalidad; así como la elaboración de contenidos de formatos de entrevista para promotoras comunitarias e intérpretes, formato de seguimiento a casos de violencia de género, diagramas de flujo para la atención de casos de violencia de género y cuestionarios para identificar servicios de instituciones en las comunidades. | Servicios profesionales de 2 psicólogas y 1 abogada para la elaboración de contenidos de guías de atención, así como formatos de entrevista para promotoras y para intérpretes, formato de seguimiento, diagramas de flujo, listas de asistencia y cuestionarios para identificar servicios de instituciones locales. | x | x | | | | | $65,424.00 |
Impresión de guías de atención comunitaria, formatos de entrevista, banners y lonas. | X | X | X | | | | $144,576.00 |
A través de entrevistas, detectar mujeres con antecedentes de participación comunitaria para la conformación de redes de apoyo. |
A través de talleres, capacitar a las promotoras comunitarias sobre la guía de atención, asimismo, involucrar a intérpretes de la comunidad a esta capacitación. | Material de apoyo para 90 talleres, a realizarse en 30 municipios. | X | X | X | | | | $15,000.00 |
Refrigerio para 90 grupos de 10 personas, a realizarse en 30 municipios. | X | X | X | X | X | | $45,000.00 |
Identificar las instancias que cuentan con personas intérpretes y traductoras y firmar un convenio de colaboración. | Evento de firma de convenio. | X | X | | | | | $0.00 |
Identificar personas en las comunidades indígenas que puedan fungir como intérpretes. | | X | X | X | | | | $0.00 |
Convocar a mesas de trabajo a las instituciones competentes en la detección y atención de casos de violencia de género, para generar estrategias de atención y seguimiento con enfoque de género e interculturalidad. | | X | X | X | | | | $0.00 |
Firmar convenios de colaboración con las instituciones responsables de la detección y atención de la violencia de género. | Evento de firma de 6 convenio: impresión de convenios, carpetas, agua, café, galletas, azúcar, lona del evento y otros gastos. | X | X | | | | | $3,000.00 |
Capacitar a autoridades municipales en la atención de casos de violencia de género contra las mujeres, dotándoles de diagramas de flujo sobre la ruta de atención y seguimiento a casos. | Impresión de 1200 diagramas de flujo de 60x90 en lona, a distribuirse en 30 municipios. | X | X | | | | | $90,000.00 |
Refrigerio para 30 grupos de 15 personas, a realizarse en 30 municipios. | X | X | X | X | X | | $22,700.00 |
Verificar la continuidad de las instituciones incluidas en el directorio generado en el proyecto Mujeres Abriendo Caminos 2019, a través de la aplicación de cuestionarios a autoridades municipales. | | X | X | X | | | | $0.00 |
Actualizar los datos de las instituciones e incorporar la información sobre los servicios que otorgan, así como especificar su área de atención de acuerdo a las demandas de las mujeres. | Diseño e impresión de 1000 directorios y 50 cuestionarios. | | | X | X | | | $188,200.00 |
Contactar y dar seguimiento a las mujeres en situación de abuso de primer grado, abuso severo y peligroso previamente identificadas, para conocer la situación actual de su caso y brindarles asesoría jurídica y psicológica, y acompañamiento en los casos que se requiera. | Diseño e impresión de 300 listas de asistencia y 250 formatos de seguimiento a casos de violencia. | X | X | | | | | $3,000.00 |
7 servicios profesionales: 3 en el área de psicología y 3 en el área de ciencias Jurídicas (durante 6 meses), mismos que darán seguimiento a los 216 casos, además impartirán los 90 talleres a promotoras e intérpretes y 30 talleres a autoridades municipales, en 30 municipios del Estado con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres (DAVGM). 1 servicio profesional (durante 4 meses) para la sistematización de información de los casos y de los resultados obtenidos de los 120 talleres implementados. | X | X | X | X | X | X | $1,094,340.00 |
Gastos de traslado de las personas que implementen el proyecto en 30 municipios. | X | X | X | X | X | X | $150,000.00 |
Hospedaje y alimentos de las personas que implementen el proyecto en 30 municipios. | X | X | X | X | X | X | $470,000.00 |
Apoyo económico para traductores e intérpretes. | X | X | X | X | X | X | $200,000.00 |
Adquisición de vehículo nuevo doble cabina, motor 2.5, 4 cilindros, 16 válvulas, transmisión manual de 6 velocidades y reversa, a gasolina, Rin de 15" en acero, frenos delanteros de disco, frenos traseros de tambor, suspensión delantera tipo MC Pherson de doble horquilla, con capacidad de carga de 1211 kg. | | X | | | | | $350,000.00 |
Integración de resultados e informe final, incluyendo memoria audiovisual. | Diseño, impresión de informe final con memoria audiovisual. | | | | | X | X | $132,960.00 |
Dos millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100 M.N. | $2,974,200.00 |
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a 17 de julio de 2020.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.- De conformidad con los artículos 11, fracción II, 115 fracción V y 158 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, firma en suplencia por ausencia Balbina Hernández Alarcón, Directora General Adjunta de Unidad de Género, servidora pública de nivel jerárquico inferior, con fundamento en el artículo 158 del Reglamento de la Secretaría de Gobernación.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional, Alejandro Ismael Murat Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Héctor Anuar Mafud Mafud.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas, Vicente Mendoza Téllez Girón.- Rúbrica.- La Secretaria de Pueblos Indígenas y Afromexicano, Titular de la Instancia Estatal Responsable e Instancia Estatal Receptora del Proyecto, Eufrosina Cruz Mendoza.- Rúbrica.