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DOF: 10/11/2020 |
CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, las empresas productivas del Estado y alcaldías de la Ciudad de México, a CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, las empresas productivas del Estado y alcaldías de la Ciudad de México, así como con los municipios y las entidades federativas, cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre la materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que podrán aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Progress City Group, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PS/0014/2018-GACM.- Progress City Group, S.A. de C.V. CIRCULAR No. OIC/GACM/004/2020 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO CON LOS MUNICIPIOS Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL SOBRE LA MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, QUE PODRÁN ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA PROGRESS CITY GROUP, S.A. DE C.V. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o., 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII, y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; artículo 37, fracción V, del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril de dos mil veinte; 13, 77 y 78, fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 35 y 36 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, ordenamiento jurídico de aplicación supletoria a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que en acatamiento a la ejecutoria del veinte de agosto de dos mil veinte, dictada por el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en el Recurso de Revisión Fiscal número R.F. 333/2019, en el que resolvió como infundado el recurso de revisión fiscal, confirmando la sentencia recurrida; por lo que, se declaró que la sentencia definitiva del 10 de junio de 2019, causó estado, confirmando la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada recaída en el expediente PS/0014/2018-GACM, dictada por la Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la cual pone fin al Juicio de Nulidad 3084/19-17-10-3, y en su cumplimiento, ordena: "II. Se declara la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada" (sic); mediante proveído de fecha veintisiete de octubre de dos mil veinte, esta autoridad acordó dejar sin efectos la resolución de fecha diez de diciembre de dos mil dieciocho dictada en el expediente número PS/0014/2018-GACM, del Procedimiento Administrativo de Sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas, por medio de la cual se impuso a la persona moral PROGRESS CITY GROUP, S.A. de C.V., las sanciones consistentes, entre otra, la inhabilitación de un año y tres meses, y que fue dada a conocer mediante la circular número OIC/AR/GACM/008/2018. Atentamente Ciudad de México, a 27 de octubre de 2020.- El Titular del Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., Héctor Yescas Torres.- Rúbrica.
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