EXTRACTO del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueba la realización de la Consulta Infantil y Juvenil 2021, su Plan Operativo y la integración del Comité Técnico de Seguimiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.
EXTRACTO del Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprueba la realización de la Consulta Infantil y Juvenil 2021, su Plan Operativo y la integración del Comité Técnico de Seguimiento.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- INE/CG545/2020
GLOSARIO
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ANTECEDENTES
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CONSIDERANDOS
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22 La Consulta Infantil y Juvenil es un ejercicio de participación nacional impulsado por el INE con la finalidad de contribuir al fortalecimiento de una cultura política democrática mediante la apertura de espacios para que niñas, niños y adolescentes expresen sus opiniones y propuestas respecto de temas que tienen que ver con sus espacios de convivencia y las condiciones para el ejercicio de derechos, con el fin de que sean escuchadas y atendidas por la sociedad, el gobierno y sus instituciones.
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26 El 17 de marzo de 2020, la Junta General Ejecutiva del Instituto, mediante Acuerdo INE/JGE34/2020, aprobó las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19, mismo que fue modificado el 16 de abril de 2020 por la propia Junta General Ejecutiva, mediante Acuerdo INE/JGE45/2020, entre cuyas consideraciones se establece que "...las medidas dictadas por esta Junta, en el ámbito esencialmente administrativo, se plantearon en un enfoque abierto con base en una actuación responsable e informada, a fin de que, atendiendo a las circunstancias que pudieran presentarse se realicen los ajustes que resulten necesarios y que le permitan al Instituto alinear sus recursos al esfuerzo de contención del COVID-19 que coordinan las autoridades sanitarias". Derivado de ello se considera que la implementación de la Consulta Infantil y Juvenil 2021 deberá realizarse en modalidad mixta, privilegiando la participación por vía electrónica, pero considerando la importancia de instalar casillas para la atención a niñas, niños y adolescentes que no cuenten con dispositivos electrónicos con acceso a Internet. Ello de acuerdo con lo establecido en el Plan operativo de la Consulta Infantil y Juvenil 2021 que se presenta como Anexo 1 y forma parte integral de este Acuerdo.
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28 Para la integración del Comité Técnico de Acompañamiento en el desarrollo de la Consulta Infantil y Juvenil 2021, se ubicaron y analizaron instituciones públicas y académicas, así como organizaciones de la sociedad civil, cuyas semblanzas pueden consultarse en el Anexo 2 de este Acuerdo, mismas que, propondrán representantes para integrarse a sus trabajos, procurando la paridad de género. Las instituciones y organizaciones propuestas son las siguientes:
· Secretaría de Educación Pública (SEP)
· Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM)
· Programa Universitario de Estudios del Desarrollo de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUED_UNAM)
· Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA)
· Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)
· Programa Interdisciplinario sobre Política y Prácticas Educativas (PIPE) del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE)
· Pacto por la Primera Infancia
· Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM)
· Programa de Investigación sobre Infancia de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco
· Virtual Educa
· Save the Children
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[...], el Consejo General determina el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba que el Instituto Nacional Electoral, a través de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, lleve a cabo el diseño, organización, desarrollo, y difusión de resultados de la Consulta Infantil y Juvenil 2021.
El Instituto, como instancia de dirección, podrá invitar a instituciones públicas y organismos nacionales e internacionales interesados y con experiencia en la implementación de este tipo de ejercicios, a efecto de que contribuyan al desarrollo de la Consulta. En los trabajos de desarrollo, difusión y socialización de resultados, también se invitará a organizaciones de la sociedad civil comprometidas con las agendas de derechos de niñas, niños y adolescentes.
SEGUNDO. La Consulta se llevará a cabo durante el mes de noviembre de 2021 en los términos que se establecen en el presente Acuerdo.
TERCERO. Se aprueba el Plan Operativo de la Consulta Infantil y Juvenil 2021, el cual comprende, de manera general: Antecedentes, Justificación, Fundamento Normativo, Objetivo General y Específicos, Modalidades de Participación, Población Objetivo Y Meta de Implementación, Mecanismos de inclusión de la población objetivo, Coordinación institucional, Fases de implementación y un Cronograma de actividades, así como las áreas de participación de otras instituciones, organismos y especialistas. Dicho plan se presenta como Anexo 1 y forma parte integral de este Acuerdo.
El Consejo General instruye a la Comisión del ramo para que conozca y apruebe cualquier modificación al Plan Operativo de la Consulta Infantil y Juvenil 2021 (Anexo 1), así como a sus actividades en función del presupuesto aprobado para 2021, a propuesta de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
CUARTO. Se aprueba la creación de un Comité Técnico de Acompañamiento, cuyos integrantes participarán de forma honorífica, para fungir como órgano asesor de la DECEyEC para el diseño, la organización y el desarrollo de la Consulta, así como para la socialización de sus resultados. La propuesta del Comité Técnico se presenta como Anexo 2 y forma parte integral de este Acuerdo.
QUINTO. Se designa a las siguientes instituciones públicas, académicas y organizaciones de la sociedad civil como integrantes del Comité Técnico de Acompañamiento:
· Secretaría de Educación Pública (SEP)
· Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM)
· Programa Universitario de Estudios del Desarrollo de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUED-UNAM)
· Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA)
· Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)
· Programa Interdisciplinario sobre Política y Prácticas Educativas (PIPE) del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE)
· Pacto por la Primera Infancia
· Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM)
· Programa de Investigación sobre Infancia de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco
· Virtual Educa
· Save the Children
SEXTO. El Comité Técnico de Acompañamiento de la Consulta realizará las funciones contenidas en el Anexo 1. Plan operativo.
SÉPTIMO. El período de actividades del Comité Técnico de Acompañamiento iniciará con la entrada en vigor del presente Acuerdo y hasta que concluya la actividad con el diseño de contenidos, socialización, difusión y atención de los resultados de la Consulta.
OCTAVO. La DECEyEC en su carácter de instancia coordinadora, deberá convocar a las instituciones públicas, académicas y organizaciones de la sociedad civil, integrantes del Comité Técnico de Acompañamiento para celebrar una sesión de instalación, en la que además se someterá a la consideración un programa básico de trabajo.
NOVENO. La perspectiva de derechos de niñas, niños y adolescentes, serán criterios transversales y orientadores en la toma de decisiones para el diseño e implementación del ejercicio de la Consulta Infantil y Juvenil 2021.
DÉCIMO. Se instruye a la DECEyEC para que, con el apoyo del Comité Técnico de Acompañamiento, realice las acciones conducentes para implementar un mecanismo de sondeo, metodológicamente fundado y que asegure representatividad, que recabe la opinión de niñas, niños y adolescentes sobre la temática o temáticas de su interés para la realización de la Consulta
DÉCIMO PRIMERO. La organización y desarrollo de la Consulta deberá guiarse, en forma orientativa, conforme al cronograma contenido en el Anexo 1. Plan operativo del presente Acuerdo.
DÉCIMO SEGUNDO. Se instruye a la DECEyEC para que en el marco de la ENCCÍVICA y de sus atribuciones, identifique y establezca mecanismos de colaboración con instituciones públicas; organizaciones civiles, sin fines de lucro, académicas y de educación superior o especializada para que colaboren en las acciones y actividades inherentes a la Consulta.
DÉCIMO TERCERO. Para la organización y el desarrollo de la Consulta, la DECEyEC se apoyará, en función de la tarea de que se trate, en áreas de la estructura central y las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales.
DÉCIMO CUARTO. Los OPL serán convocados para participar en la implementación de la Consulta, especialmente en tareas de difusión de la convocatoria, desarrollo de la Consulta, así como apoyar y coordinar con los órganos desconcentrados del INE la instalación de las casillas, socialización y difusión de los resultados. También podrán aportar recursos materiales, humanos o financieros, atendiendo a su disponibilidad presupuestal. Para tales propósitos, la DECEyEC, con el apoyo de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, coordinará la labor de acompañamiento y apoyo que pueda construirse desde esas instituciones electorales en las entidades federativas en la difusión e implementación del ejercicio infantil.
DÉCIMO QUINTO. En todas las casillas que se instalen in situ se aplicará un protocolo de protección a la salud diseñado exprofeso que previamente será conocido por el Grupo INE-C19 y, en su caso, acompañado por el Grupo Consultivo en materia de salud.
DÉCIMO SEXTO. La definición final del alcance de la Consulta dependerá de la disponibilidad presupuestal con que cuente el Instituto Nacional Electoral y de los apoyos que brinden las instituciones invitadas a participar en la organización y desarrollo de la misma.
DÉCIMO SÉPTIMO. En su momento, el INE entregará de manera formal los resultados de la CIJ 2021 al Poder Legislativo Federal, en ambas cámaras, y a las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo que trabajan con niñas, niños y adolescentes en los niveles federal y local, de modo que la información derivada del ejercicio de participación tenga eco en las decisiones de política pública y sea un insumo relevante para la atención a este sector de la población mexicana.
DÉCIMO OCTAVO. La DECEyEC deberá presentar a la Comisión de Capacitación y Organización Electoral o la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica según corresponda los informes parciales y final sobre la organización y el desarrollo de la Consulta Infantil y Juvenil 2021.
DÉCIMO NOVENO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que comunique el presente Acuerdo a las y los integrantes de los Órganos Superiores de Dirección de los Organismos Públicos Locales.
VIGÉSIMO. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que dé a conocer el contenido del presente Acuerdo a las y los integrantes de las Juntas Locales y Distritales del INE, para su aplicación en el ámbito de su competencia.
VIGÉSIMO PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su aprobación.
VIGÉSIMO SEGUNDO. Publíquese...
El Acuerdo completo y anexos que forma parte integral del mismo, se encuentran disponibles para su consulta en la dirección electrónica: https://www.ine.mx/sesion-ordinaria-del-consejo-general-28-de-octubre-de-2020/
Página DOF: http://www.dof.gob.mx/2020/INE/CGord202010_28_ap_22.pdf
Ciudad de México, 30 de octubre de 2020.- El Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Roberto Heycher Cardiel Soto.- Rúbrica.