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DOF: 28/12/2020 |
ACUERDO número ACDO ACUERDO número ACDO.SA2.HCT.151220/357.P.DJ, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria, de 15 de diciembre de 2020, por el que se autoriza, en el ámbito de competencia de la Dirección Jurídica, la suspensión de los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo Único del presente Acuerdo. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría del Honorable Consejo Técnico. El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 15 de diciembre del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.151220/357.P.DJ, en los siguientes términos: "Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 251, fracciones IV y XXXVII, 263 y 264, fracciones III y XIV, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; y 31, fracción XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, y de conformidad con el planteamiento presentado por el Director General, por conducto de la persona Titular de la Dirección Jurídica, en términos del oficio número 137, de 15 de diciembre de 2020, Acuerda: Primero.- Autorizar la suspensión de los trámites, procedimientos administrativos y/o procesos precisados en el Anexo Único del presente Acuerdo. Segundo.- Se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos los días comprendidos del día siguiente a la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación a aquel en que lo determine este órgano de Gobierno; periodo durante el cual no correrán plazos ni términos de conformidad con lo previsto en el Anexo Único del Acuerdo de mérito. Tercero.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Cuarto.- Se instruye a la persona Titular de la Dirección Jurídica para que ordene el despacho y realización de los trámites y gestiones necesarias ante las instancias competentes, a efecto de que este Acuerdo y su Anexo Único sean publicados en el referido órgano de difusión oficial". Atentamente, Ciudad de México, a 15 de diciembre de 2020.- El Secretario General, Javier Guerrero García.- Rúbrica. ANEXO ÚNICO Dirección Normativa | Nombre del trámite, procedimiento administrativo y/o proceso a suspender | Describir en qué consiste la suspensión | Dirección Jurídica | Quejas Médicas | Suspensión de los plazos para la resolución y el pago de las quejas. | Correspondencia | Suspensión de los plazos de respuesta de peticiones ciudadanas que se reciban. | Reclamaciones de Responsabilidad Patrimonial del Estado | Declarar días inhábiles para la realización de actuaciones y diligencias en los procedimientos, conforme al artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria en términos del artículo 9 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. | Recurso de Revisión Administrativa | Declarar días inhábiles para la realización de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos, conforme a los artículos 28 y 83, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. | (R.- 502072)
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