ACUERDO número 35/12/20 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el ejercicio fiscal 2021.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.
ESTEBAN MOCTEZUMA BARRAGÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XIV, XXI y penúltimo párrafo, 21, 27, 28, 33, 34, 36 y Anexos 13, 17, 18, 25 y 29.1 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las reglas de operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 27, primer párrafo que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquéllos señalados en su Anexo 25;
Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 35/12/20 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el ejercicio fiscal 2021, las cuales se detallan en el Anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2021.
Ciudad de México, 23 de diciembre de 2020.- El Secretario de Educación Pública, Esteban Moctezuma Barragán.- Rúbrica.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2021
ÍNDICE
GLOSARIO
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS
2.1. General
2.2. Específicos
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
3.2. Población objetivo
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
3.3.2. Procedimiento de selección
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1. Devengos, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1 Devengos
3.4.1.2 Aplicación
3.4.1.3 Reintegros
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
3.7. Coordinación institucional
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
4.2. Ejecución
4.2.1. Avance físico y financiero
4.2.2. Acta de entrega-recepción
4.2.3. Cierre de ejercicio
5. AUDITORIA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
6.2. Externa
6.3 Indicadores
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
7.2. Contraloría social
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS
Tipo Básico
Anexo 1a Carta Compromiso.
Anexo 1b Convenio para la Implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica.
Anexo 1c Lineamientos Internos para la Implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica.
Anexo 1d Avance físico y financiero.
Anexo 1e Diagrama de flujo de proceso.
Tipo Medio Superior
Anexo 2a Modelo de Convocatoria.
Anexo 2b Convenio de Colaboración.
Anexo 2c Convenio de Coordinación.
Anexo 2d Diagrama de flujo para acciones de formación exclusivamente en línea.
Anexo 2e Diagrama de flujo para acciones de formación exclusivamente presencial.
Tipo Superior
Anexo 3a Modelos de convocatorias:
I. Apoyos para estudios de posgrado de alta calidad.
II. Reconocimiento a Profesores/as de Tiempo Completo con Perfil Deseable.
III. Apoyo a Profesores/as de Tiempo Completo con Perfil Deseable.
IV. Apoyo a la Reincorporación de Exbecarios/as PROMEP.
V. Apoyo a la incorporación de nuevos/as profesores/as de tiempo completo.
VI. Apoyo para el fortalecimiento de los Cuerpos Académicos, la integración de redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos, gastos de publicación y Apoyos posdoctorales.
Anexo 3b Modelo de carta compromiso para las solicitudes de apoyo para estudios de posgrado de alta calidad.
Anexo 3c Listado de Institución(es) Pública(s) de Educación Superior (IPES) a las que se adscribe la población objetivo del Programa.
· Dirección General de Educación Superior Universitaria e Intercultural (DGESUI)
· Dirección General de Educación Superior para el Magisterio (DGESuM)
· Dirección General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas (DGUTYP)
· Tecnológico Nacional de México (TecNM)
Anexo 3d Beneficiarios/as, requisitos y procesos de selección para las convocatorias.
Anexo 3e Modelo de Convenio marco de cooperación académica.
Anexo 3f Modelo de Lineamientos Internos de Coordinación Académica.
Anexo 3g Modelo de anexo de ejecución.
Anexo 3h Carta de liberación.
Anexo 3i Modelo del Acuerdo para el Traspaso de Recursos y su Anexo.
Anexo 3j Diagrama de flujo.
GLOSARIO
Para efectos de las presentes Reglas de Operación, se entenderá por:
Acción de Formación.- Oferta de formación, actualización o capacitación para el personal docente, personal con funciones de dirección y personal con funciones de supervisión las IPEMS, en modalidad presencial, como pueden ser cursos, seminarios, talleres, coloquios, conferencias, estancias profesionales, proyectos de innovación y mejora, ponencias, exposiciones, congresos, jornadas, etc., organizadas de acuerdo a las necesidades específicas de la Subsecretaría de Educación Media Superior.
Actualización.- A la oferta de servicios para la adquisición y desarrollo del conocimiento educativo actual, con el fin de mejorar permanentemente la actividad profesional de las maestras y los maestros.
AEFCM.- Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública de la APF, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación básica, preescolar, primaria y secundaria -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación del personal educativo de educación básica en el ámbito de la Ciudad de México.
AEE.- Autoridad Educativa de los Estados y la Ciudad de México. Al ejecutivo de cada una de las entidades federativas, así como a las instancias que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa. Para efectos de las presentes Reglas de Operación, quedará incluida la AEFCM.
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.- Es un plan de acción en favor de las personas, el planeta y la prosperidad. También tiene por objeto fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad. Se reconoce que la erradicación de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para el desarrollo sostenible.
Anexo de ejecución.- Instrumento jurídico por el cual se otorga la ministración del recurso y ampara lo aprobado en las cartas de liberación.
APF.- Administración Pública Federal.
Apoyos para redacción de tesis para maestría, doctorado y especialidades médicas o tecnológicas.- Son apoyos para redactar la tesis y obtener el grado de maestría, doctorado, y especialidades médicas o tecnológicas, para profesores/as que hayan cubierto todos los cursos y créditos establecidos en el posgrado sin haber contado con un apoyo del Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
Apoyos posdoctorales.- Se otorgan a doctores/as recién graduados y que no necesariamente son profesores/as pero que están interesados/as en las líneas de investigación del Cuerpo Académico Consolidado o Cuerpo Académico en Consolidación.
Artículos arbitrados.- Textos científicos que para su publicación requieren ser aceptados por un cuerpo editorial que designa árbitros expertos en los temas específicos, quienes garantizan la calidad, actualidad y pertinencia del contenido. Además del arbitraje, las revistas en las que se publican estos textos deben contar con el Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas (ISSN), un cuerpo editorial y periodicidad específica.
Artículos indizados.- Textos científicos publicados en una revista que pertenece a alguno de los índices internacionales reconocidos para las diferentes áreas del conocimiento.
Asesor/a de tesis.- Profesor/a de la Institución de Educación Superior receptora que dirige o asesora el trabajo de tesis de un/a profesor/a beneficiario/a del Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
Asesoría.- Se concibe como un proceso sistemático de diálogo, diagnóstico y puesta en marcha de acciones colectivas orientadas a la resolución de problemas educativos asociados a la gestión escolar, así como a los aprendizajes y las prácticas educativas.
ASF.- Auditoría Superior de la Federación.
Asistencia técnica.- Es la asesoría y acompañamiento que se brinda al personal docente, directivo y de supervisión escolar para mejorar la práctica profesional.
Autoridad Educativa Federal.- Secretaría de Educación Pública de la APF.
Base de datos SCOPUS.- Base de datos de referencias bibliográficas y citas de la empresa Elsevier, la cual proporciona una visión general completa de la producción mundial de investigación en los campos de la Ciencia, la Tecnología, la Medicina, las Ciencias Sociales y Artes y Humanidades.
CA.- Cuerpo Académico: Grupos de profesores/as de tiempo completo que comparten una o varias líneas de generación de conocimiento, investigación aplicada o desarrollo tecnológico e innovación en temas disciplinares o multidisciplinares y un conjunto de objetivos y metas académicas. Adicionalmente atienden los programas educativos afines a su especialidad en varios tipos.
CAC.- Cuerpo Académico Consolidado.
CAEC.- Cuerpo Académico en Consolidación.
CAEF.- Cuerpo Académico en Formación.
Capacitación.- Al conjunto de acciones encaminadas a generar aptitudes, transmitir conocimientos o detonar habilidades específicas para el ejercicio de la función docente, técnico docente, de asesoría técnico pedagógica, de dirección y de supervisión.
Carta compromiso.- Documento dirigido a la/al Titular de la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa adscrita a la Secretaría de Educación Pública de la APF, mediante el cual la/el Titular de la Secretaría de Educación u homólogo de la Entidad, expresa su voluntad de participar en el Programa para el Desarrollo Profesional Docente- tipo básico, así como el compromiso para firmar el Convenio o Lineamientos respectivos y realizar las acciones correspondientes, sujetándose a los términos y condiciones establecidos en las presentes Reglas de Operación.
Carta de liberación.- Es el instrumento administrativo-normativo del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Tipo Superior expedido por la Dirección de Superación Académica adscrita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria e Intercultural en la que se detalla el tipo de apoyo, beneficiarios/as, períodos y montos a cubrir con cargo al fideicomiso o cuenta específica, según sea el caso, así como cualquier otra condición o término que se consideren necesarios para fines del seguimiento y control de los recursos que aporte el Programa. Este documento únicamente ampara los recursos aprobados por los pares académicos durante la evaluación.
CFDI.- Comprobante Fiscal Digital por Internet.
CIFRHS.- Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud.
CLC.- Cuenta por Liquidar Certificada. Documento único presupuestario autorizado, que se emite para comprobar cualquier erogación con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación.
CONALEP.- Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.
COMISIÓN.- Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación.
Comités de Contraloría Social.- Forma de organización social constituida por los beneficiarios de los programas de desarrollo social a cargo de las dependencias y las entidades de la APF, para el seguimiento, supervisión y vigilancia de la ejecución de dichos programas, del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en éstos, así como de la correcta aplicación de los recursos asignados a los mismos. Para el caso de las escuelas públicas de educación básica podrá ser conformado por integrantes del Consejo de Participación Escolar, con excepción de directivos, docentes, representantes sindicales y funcionarios públicos que desempeñen actividades en el mismo centro escolar.
Comité de Evaluación Académica (CEA).- Órgano conformado a nivel nacional y en cada entidad federativa encargado de apoyar la evaluación de los programas de formación continua; se integra por especialistas, académicos e investigadores con experiencia en el campo de la formación docente de personal de educación básica.
Comités de Pares.- Son investigadores/as expertos/as reconocidos/as en sus áreas y disciplinas. Son convocados específicamente en las áreas y disciplinas de las solicitudes que anualmente se presentan para ser evaluadas.
Competencia.- Es la capacidad de responder a diferentes situaciones, e implica una combinación de habilidades intelectuales, habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes y emociones que se movilizan para lograr una acción eficaz en un contexto determinado.
CONACYT.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Contexto de Vulnerabilidad.- Entorno de riesgo que enfrentan determinados grupos poblacionales ya sea por su condición económica, discapacidad, edad, sexo, u origen étnico, entre otros, que los colocan en situación de desventaja y exclusión y que al estar expuestos a la carencia o limitación de elementos básicos para el desarrollo personal restringen su acceso a mejores condiciones de bienestar. Se determinan por la afectación al acceso a derechos de bienestar, para el presente Programa en referencia directa a la afectación al derecho a la educación.
Contraloría Social.- Es el mecanismo de los beneficiarios, para que de manera organizada verifiquen el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos asignados a los programas de desarrollo social.
Convenio de Colaboración.- Instrumento jurídico a través del cual la Secretaría de Educación Pública de la APF por conducto de la Subsecretaría de Educación Media Superior, acuerda con las Instancias Formadoras, con las entidades federativas y las AEE, entre otros aspectos, la operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, la entrega de recursos, los derechos y obligaciones a cargo de cada una de ellas, en el marco de las presentes Reglas de Operación.
Convenio Marco de Cooperación Académica.- Instrumentos jurídicos que se suscriben por única ocasión entre la Secretaría de Educación Pública de la APF representado por la Subsecretaría de Educación Superior y las AEE y/o las Instituciones Públicas de Educación Superior, para la operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente y que establece, entre otros aspectos, los derechos y obligaciones a cargo de cada una de las partes, y que ampara los anexos de ejecución de los recursos y las cartas de liberación que describen los rubros y los apoyos autorizados. Para efectos de estas RO, en su caso, quedan incluidos los convenios marco de cooperación académica que fueron realizados en el marco del Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP) antes de 2014.
Convenio para la Implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica.- Instrumento jurídico a través del cual la Secretaría de Educación Pública de la APF, por conducto de la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, acuerda con los gobiernos de las entidades federativas y las AEE la implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, la ministración de recursos financieros, los derechos y obligaciones a cargo de cada una de ellas, en el marco de las presentes RO. Para el caso de la AEFCM se suscriben Lineamientos Internos para la Implementación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para Educación Básica.
COSFAC.- Coordinación Sectorial de Fortalecimiento Académico, adscrita a la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
CSPyA.- Coordinación Sectorial de Planeación y Administración, adscrita a la Subsecretaría de Educación Media Superior de Educación Pública de la APF.
Cuenta bancaria productiva específica.- Es la cuenta bancaria que se apertura para la recepción, administración y ejercicio de los subsidios del Programa para el Desarrollo Profesional Docente y en su caso la cuenta que apertura el estado exclusivamente para la administración y ejercicio de los recursos del Programa.
CURP.- Clave Única de Registro de Población.
DES.- Dependencia(s) de Educación Superior, conjunto de departamentos, escuelas, facultades y/o unidades académicas de una Institución de Educación Superior con afinidad temática o disciplinaria, que se asocian para el óptimo uso de recursos humanos y materiales.
Desarrollo de Infraestructura.- Adelanto del acervo físico y material que permite la emancipación de la actividad científica, económica y social, el cual se encuentra directamente relacionado con la investigación aplicada.
DGESuM.- Dirección General de Educación Superior para el Magisterio, adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
DGESUI.- Dirección General de Educación Superior Universitaria e Intercultural, adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
DGFC.- Dirección General de Formación Continua a Docentes y Directivos, adscrita a la Unidad de Promoción de la Equidad y la Excelencia Educativa de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
DGUTYP.- Dirección General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas adscrita a la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
Dirección Individualizada.- Es la orientación y apoyo metodológico que propone un/a profesor/a al alumno/a para llevar a cabo su trabajo de tesis.
Docencia.- Actividad de los/as profesores/as concentrada en el aprendizaje de los/las alumnos/as que implica su presencia ante los grupos en clases teóricas, prácticas, clínicas, talleres y laboratorios, que forman parte de algún programa educativo de la Institución de Educación Superior que tiene relación directa con algún tema de la especialidad o disciplina del personal docente.
DOF.- Diario Oficial de la Federación.
DSA.- Dirección de Superación Académica, adscrita a la DGESUI, instancia responsable de la operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Tipo Superior.
Educación Básica.- Tipo educativo que comprende la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria.
Educación Inclusiva.- Un proceso educativo que parte del respeto a la dignidad humana y de la valoración a la diversidad y que, en consecuencia, propicia que todas las personas, especialmente de los sectores sociales en desventaja, desarrollen al máximo sus potencialidades, mediante una acción pedagógica diferenciada y el establecimiento de condiciones adecuadas a tal diversidad, lo que implica la eliminación o minimización de todo aquello que constituya una barrera al desarrollo, aprendizaje y a la participación en la comunidad escolar.
Educando.- Es la/el niña, niño, adolescente o joven, matriculada/o en cualquier grado de los diversos tipos, niveles, modalidades y servicios educativos que se brindan como parte del Sistema Educativo Nacional.
EMS.- Educación Media Superior.
ENFC.- Estrategia Nacional de Formación Continua 2021.
Enfoque Intercultural.- Se orienta fundamentalmente por una serie de principios filosófico-axiológicos que se proponen modifiquen las formas de abordar y atender la diversidad en diferentes dimensiones de las relaciones sociales que, particularmente en la sociedad mexicana, se han visto afectadas por las condiciones históricas que determinaron la desigualdad estructural, polarizando intereses y dividiendo tajantemente a los diferentes sectores que la integran.
Entidades federativas.- Los 31 Estados de la República Mexicana y la Ciudad de México.
Equidad Educativa.- Atención con mayores y mejores recursos a grupos sociales o a estudiantes en desventaja -sea esta derivada de su origen étnico, sus condiciones socioeconómicas, capacidades individuales, género, entre otras- con base en el reconocimiento de sus características cualidades y necesidades particulares, con el fin de que alcancen el máximo desarrollo de sus potencialidades y participen en igualdad de condiciones en la vida social.
ESDEPED. Aplica sólo al Tipo Superior y es la cuota compensatoria que se otorga anualmente al/la profesor/a al evaluar su desempeño docente.
Especialidades médicas con orientación clínica en el área de salud.- Son las reconocidas por la CIFRHS y que son consideradas equivalentes a la maestría.
Especialidades tecnológicas.- Son aquellas que además de ofrecer una capacitación técnica, buscan brindar una relación con el sector productivo, la toma de conciencia de las implicaciones de la tecnología en la vida cotidiana y en las transformaciones de la sociedad, la aplicación de conocimientos y destrezas para la solución de problemas. Se consideran aquéllas cuyo programa esté inscrito en el Programa Nacional de Posgrados de Calidad de la Secretaría de Educación Pública de la APF y el CONACYT.
Estancias cortas de investigación.- Se otorgan a las personas que integran los CAC o CAEC para que realicen proyectos de investigación que complementen y fortalezcan las líneas de investigación que cultivan sus cuerpos académicos.
Estrategia Estatal de Formación Continua. Planeación anual de las acciones a implementar para la formación continua a docentes y directivos de Educación Básica de la entidad federativa, considerando el diagnóstico de necesidades de formación del personal educativo. En ésta también se deberán incluir las acciones y procedimientos para el logro de los objetivos del Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
Estrategia Nacional de Formación Continua 2021 (ENFC).- Documento a través del cual la DGFC regula la formación continua a docentes y directivos de Educación Básica, estableciendo el enfoque pedagógico y acciones, que contribuyan a la mejora de los aprendizajes de las niñas, niños y adolescentes. En ésta también se incluye la descripción de los procedimientos derivados de las presentes RO que aseguren la adecuada implementación y transparencia del Programa.
ER.- Euro.
Exbecario/a PROMEP.- Profesor/a de alguna de las Instituciones Públicas de Educación Superior que recibió un apoyo para realizar estudios de posgrado de alta calidad dentro de un programa convencional o programa de estancia reducida, o bien un apoyo para la redacción de tesis, en el marco del Programa de Mejoramiento del Profesorado o del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Tipo Superior.
Excelencia.- Criterio de la educación que se orienta al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad.
Fideicomiso o Cuenta Bancaria Específica.- Contrato de fideicomiso que se constituye, o cuenta bancaria productiva que se apertura, respectivamente por cada una de las Instituciones Públicas de Educación Superior adscritas al Programa para el Desarrollo Profesional Docente con una institución legalmente autorizada para tales efectos, con el fin de administrar los recursos que les son aportados por el Gobierno Federal, para los apoyos establecidos en el referido Programa y que estará vigente durante la participación de las Instituciones en el Programa. Para efectos de estas Reglas de Operación quedan incluidos, en su caso, los fideicomisos constituidos y las cuentas bancarias específicas aperturadas por cada una de las Instituciones Públicas de Educación Superior en el marco del Programa de Mejoramiento del Profesorado. En el caso del Tecnológico Nacional de México, éste maneja una cuenta bancaria concentradora destinada para este fin, con subcuentas específicas para cada Instituto Tecnológico las cuales son administradas por ellos mismos.
Formación.- Al conjunto de acciones diseñadas y ejecutadas por las autoridades educativas que imparten educación básica y media superior, y las instituciones de educación superior para proporcionar las bases teórico prácticas de la pedagogía y demás ciencias de la educación.
Formación Continua.- Proceso sistémico de capacitación y actualización del personal educativo para garantizar su dominio disciplinar, pedagógico y didáctico; propiciar trayectorias de experiencias y saberes a través de cursos, talleres, diplomados y otras acciones de formación, diseñados conforme a las capacidades profesionales que debe reunir el personal educativo, que aseguren la vivencia de las habilidades y valores necesarios como profesionales para interactuar con los estudiantes y sus contextos en ambientes armónicos, y de aprecio por el arte y la cultura.
Fortalecimiento de CAEF.- Son proyectos de investigación para que los CA dictaminados como en formación en el año anterior, consoliden las líneas de investigación que cultivan y avancen en su desarrollo.
FPI.- Formato Institucional del Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
Gasto comprometido.- El momento contable del gasto que refleja la aprobación por autoridad competente de un acto administrativo, u otro instrumento jurídico que formaliza una relación jurídica con terceros para la adquisición de bienes y servicios o ejecución de obras. En el caso de las obras a ejecutar o de bienes y servicios a recibirse durante varios ejercicios, el compromiso será registrado por la parte que se ejecutará o recibirá, durante cada ejercicio.
Gastos de publicación.- Son apoyos que se otorgan para fomentar la publicación de resultados recientes de investigación en revistas indizadas, preferentemente en el Índice de Revistas Mexicanas de Investigación Científica y Tecnológica del CONACYT, la base de datos SCOPUS y el Journal Citation Reports (JCR).
Gasto devengado.- El momento contable del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor de terceros por la recepción de conformidad de bienes, servicios y obras oportunamente contratados; así como de las obligaciones que derivan de tratados, leyes, decretos, resoluciones y sentencias definitivas.
Generación o aplicación innovadora del conocimiento.- Actividad de los/as profesores/as de tiempo completo que consiste en la generación, desarrollo y aplicación de conocimientos nuevos o relevantes en un campo o disciplina.
Gestión académica-vinculación.- Son las acciones que realizan las organizaciones colegiadas de una Institución Pública de Educación Superior en función de su conocimiento. Es la función que define el rumbo de la Institución Pública de Educación Superior a partir de la implantación y operación de las decisiones académicas cuyo beneficio se ve reflejado a nivel institucional y puede ser individual o colectiva.
Grado mínimo.- Es el equivalente a la maestría o, en el caso del área de la salud, aquellas especialidades médicas con orientación clínica reconocidas por la CIFRHS, las que para propósitos de enseñanza superior son consideradas por la Secretaría de Educación Pública de la APF. En el caso de las universidades tecnológicas se considerará como grado mínimo la especialidad tecnológica.
Grado preferente.- Es el doctorado en todas las áreas y disciplinas.
Grupo de investigación externo.- Conjunto de investigadores/as que participan en las redes temáticas de colaboración académica pertenecientes a una Institución Pública de Educación Superior o a instancias u organismos dedicados a la investigación que no se encuentran en la población objetivo del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Tipo Superior.
Habilitación.- Acciones encaminadas a lograr la formación académica completa de los/las profesores/as que les permitan realizar adecuadamente sus funciones con conocimientos y experiencia apropiados para atender la diversidad de requerimientos en los diferentes subsistemas y programas educativos que se ofrecen en las Instituciones Públicas de Educación Superior.
Igualdad de género.- Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar.
IMPI.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Indicadores.- Se refiere a información cuantitativa o cualitativa que relaciona dos o más datos mediante los cuales es posible dar seguimiento a un proceso y evaluar sus resultados. Un indicador representa siempre la relación entre dos o más variables.
Informe técnico.- Es un documento que describe el progreso o resultados de una investigación científica o técnica, o el estado de un problema científico.
Innovación.- Se define como la introducción de un nuevo, o significativamente mejorado, producto (bien o servicio), de un proceso, de un nuevo método de comercialización o de un nuevo método organizativo en la práctica interna de la empresa, la organización del lugar de trabajo o las relaciones externas.
Instancias Formadoras.- Instituciones públicas o privadas especializadas en la formación pedagógica o disciplinar de profesionales de la educación como son las Escuelas Normales, Universidades Pedagógicas, Centros de Investigación, Asociaciones de Profesionales y Organismos Nacionales o Internacionales dedicados a la formación profesional, inicial y continua del Personal Educativo, así como Instituciones de Educación Superior nacionales o extranjeras que participan en la impartición de la oferta de formación.
Adicionalmente, para el Tipo Medio Superior, a las Sociedades y Asociaciones Civiles sin fines de lucro cuyo objeto o fines sean exclusivamente actividades educativas, académicas o culturales.
Integración de redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos.- Son proyectos de investigación - acción enfocados a la resolución de problemáticas locales, estatales y nacionales, planteados por CAC o CAEC que interactúan con otros grupos de investigación nacionales o del extranjero para articular, intercambiar y potenciar sus capacidades y recursos físicos y humanos en la resolución de problemas comunes. El apoyo para los grupos externos se otorga para visitar a algún CA integrante de la red o para comprar reactivos y/o accesorios menores requeridos por el proyecto, y se canaliza a través de los CA de las Instituciones Públicas de Educación Superior, adscritas que participen en el proyecto y se responsabilicen de las actividades que desarrollará el grupo externo.
Investigación aplicada.- Es la investigación original realizada con el propósito de adquirir nuevo conocimiento dirigida a una finalidad u objetivos prácticos.
IPEMS.- Instituciones Públicas de Educación Media Superior.
IPES.- Institución Pública de Educación Superior. Se entenderá como aquella que se encuentra adscrita al Programa para el Desarrollo Profesional Docente, que suscribe el convenio marco de cooperación académica con la Secretaría de Educación Pública de la APF a través de las SES o los lineamientos internos de coordinación académica con la Subsecretaría de Educación Superior, el total del padrón para efectos de estas reglas se encuentra establecido en el Anexo 3c.
IPES de adscripción.- IPES donde el/la profesor/a de tiempo completo, preferentemente, presta sus servicios.
IT.- Institutos Tecnológicos Federales.
ITD.- Institutos Tecnológicos Descentralizados.
LDFEFM.- Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
LFPRH.- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
LGCG.- Ley General de Contabilidad Gubernamental.
LGSCMM.- Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
Libro.- Es toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo, o recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos. Comprende también los materiales complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico, que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no pueda comercializarse separadamente. Los libros digitales se considerarán igual que las obras impresas cuando se hayan publicado por editoriales de reconocido prestigio y que preferentemente cuenten con el aval de instituciones académicas que los hayan dictaminado.
Lineamientos internos de coordinación académica.- Instrumento jurídico que suscribe por única ocasión la IPES dependiente de la Secretaría de Educación Pública de la APF con la Subsecretaría de Educación Superior, en el marco del Programa para el Desarrollo Profesional Docente. Para el caso del Tecnológico Nacional de México es el Instrumento jurídico que suscriben los ITF con el Tecnológico Nacional de México. Para efectos de estas RO quedan incluidos los Lineamientos Internos de Coordinación que fueron suscritos en el marco del Programa de Mejoramiento del Profesorado antes de 2014.
Material didáctico.- Material de apoyo al aprendizaje en cursos, talleres, diplomados y otras acciones de formación en formato impreso, así como en dispositivos de almacenamiento electrónico: memoria USB y discos compactos (con el contenido en formato digital).
MCC.- Marco Curricular Común.
Memorias arbitradas de congresos (memorias en extenso).- Publicaciones científicas derivadas de un encuentro académico que previo a su publicación se requiere sean revisadas por un grupo de árbitros quienes garantizan la calidad, actualidad y pertinencia del contenido. Una memoria arbitrada no es equivalente a un capítulo de libro o a un artículo científico.
MIR.- Matriz de Indicadores para Resultados. Herramienta de planeación estratégica que en forma resumida, sencilla y armónica establece con claridad los objetivos del programa presupuestario y su alineación con aquellos de la planeación nacional y sectorial; incorpora los indicadores que miden los objetivos y resultados esperados; identifica los medios para obtener y verificar la información de los indicadores; describe los bienes y servicios a la sociedad, así como las actividades e insumos para producirlos; e incluye supuestos sobre los riesgos y contingencias que pueden afectar el desempeño del programa.
MML.- Metodología de Marco Lógico. Herramienta de planeación estratégica basada en la estructuración y solución de problemas, que permite organizar de manera sistémica y lógica los objetivos de un programa y sus relaciones de causalidad; identificar y definir los factores externos al programa que pueden influir en el cumplimiento de los objetivos; evaluar el avance en la consecución de los mismos, así como examinar el desempeño del programa en todas sus etapas. La MML facilita el proceso de conceptualización y diseño de programas. Permite fortalecer la vinculación de la planeación con la programación.
Modelos de utilidad.- Se pueden registrar como tales los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presentan una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en su utilidad, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: a) Novedad, y b) Aplicación industrial.
Obras artísticas.- Son el resultado de la generación y aplicación innovadora del conocimiento a partir del ejercicio de una disciplina artística, que se plasma en una obra y que cuenta con registro ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. La participación del/la profesor/a de tiempo completo puede ser como creador/a de la obra en las disciplinas de artes visuales, medios alternativos, medios audiovisuales, letras, música, teatro y danza, y/o como intérprete en las cuatro últimas disciplinas enunciadas.
ODS.- Objetivos de Desarrollo Sostenible. Son los compromisos adoptados por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, tras más de dos años de un intenso proceso de consultas públicas y negociaciones, para guiar las acciones de la comunidad internacional hasta el 2030. Los ODS están formulados para erradicar la pobreza, promover la prosperidad y el bienestar para todos, proteger el medio ambiente y hacer frente al cambio climático a nivel mundial. En su conjunto, los 17 ODS y sus 169 metas conforman la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, son de carácter integrado e indivisible, de alcance mundial y de aplicación universal, tienen en cuenta las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada país y respetan sus políticas y prioridades nacionales.
Oferta académica de formación.- Cursos, talleres, diplomados, posgrados u otros de naturaleza similar, que son impartidos por alguna Instancia Formadora como parte del Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
Oferta de formación.- Para el tipo básico los cursos, talleres, diplomados y otras acciones para la formación continua: trayectos formativos, jornadas académicas, seminarios que son impartidos al personal educativo de educación básica como parte del PRODEP.
OIC.- Órgano Interno de Control en la SEP.
Organismo Descentralizado.- Entidad paraestatal, federal o local, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que imparta EMS.
Patente.- Derecho exclusivo mediante el cual se protegen a todos los productos, procesos o usos de la creación humana que permitan transformar la materia o la energía existente en la naturaleza para aprovechamiento de la humanidad y que satisfaga sus necesidades concretas, siempre y cuando cumplan con los requisitos de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial. La patente debe estar avalada por la constancia de registro correspondiente.
PEF.- Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021.
Perfil.- Conjunto de características, requisitos, cualidades o aptitudes que deberá tener el/la aspirante a desempeñar un puesto o función descrita específicamente.
Perfil deseable.- El reconocimiento otorgado por la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF a través del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, a los/as profesores/as de tiempo completo que cumplen satisfactoriamente las funciones universitarias y dan evidencia de ello por lo menos en los tres últimos años.
Personal con funciones de dirección.- Aquél que realiza la planeación, programación, coordinación, ejecución y evaluación de las tareas para el funcionamiento de las escuelas de conformidad con el marco jurídico y administrativo aplicable.
Este personal comprende a coordinadores/as de actividades, subdirectores/as y directores/as en la educación básica; a subdirectores/as académicos, subdirectores/as administrativos, jefes/as de departamento académico, jefes/as de departamento administrativo o equivalentes en la EMS, y para ambos tipos educativos, a quienes con distintas denominaciones ejercen funciones equivalentes conforme a la estructura ocupacional autorizada.
Personal con funciones de supervisión.- A la autoridad que, en el ámbito de las escuelas bajo su responsabilidad, vigila el cumplimiento de las disposiciones normativas y técnicas aplicables; apoya y asesora a las escuelas para facilitar y promover la excelencia de la educación; favorece la comunicación entre escuelas, padres y madres de familia o tutores y comunidades, y realiza las demás funciones que sean necesarias para la debida operación de las escuelas, el buen desempeño y el cumplimiento de los fines de la educación.
Este personal comprende, en la educación básica, a supervisores/as, inspectores/as, jefes/as de zona o de sector de inspección, jefes/as de enseñanza en los casos que corresponda o cualquier otro cargo análogo, y a quienes con distintas denominaciones ejercen funciones equivalentes en la educación media superior.
Personal Docente.- El/la profesional en la educación básica y media superior que asume ante el Estado y la sociedad, la corresponsabilidad del aprendizaje de los educandos en la escuela, considerando sus capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje y, en consecuencia, contribuye proceso de enseñanza aprendizaje, promotor/a, coordinador/a, facilitador/a, investigador/a y agente directo del proceso educativo.
Personal Docente con Funciones de Asesoría Técnica Pedagógica.- Al docente especializado en pedagogía que, en la educación básica, su labor fundamental es proporcionar apoyo técnico, asesoría y acompañamiento, así como herramientas metodológicas a otros docentes para la mejora continua de la educación.
Personal educativo.- Para el tipo básico hace referencia de manera conjunta al personal docente, personal técnico docente, personal con funciones de dirección, personal con funciones de supervisión y Personal Docente con Funciones de Asesoría Técnica Pedagógica.
Personal en formación.- Personal docente, personal técnico docente, personal docente con funciones de dirección, personal con funciones de supervisión, personal docente con funciones de asesoría técnico pedagógica que accede a la oferta de formación.
Para el caso del tipo medio superior, se considera al personal docente y al personal técnico docente dentro de la misma categoría de "docente", dadas las funciones que realizan.
Personal técnico docente.- Aquél con formación especializada, que cumple un perfil, cuya función en la educación básica y media superior lo hace responsable de enseñar, facilitar, asesorar, investigar o coadyuvar directamente con los/las alumnos/as en el proceso educativo en talleres prácticos y laboratorios, ya sea de áreas técnicas, artísticas o de deporte especializado.
Perspectiva de Género.- Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.
Plantel educativo.- Es el espacio donde se presta el servicio público de educación por parte del Estado o por los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
PNPC.- Programa Nacional de Posgrados de Calidad SEP-CONACYT, administrado por la Secretaría de Educación Pública de la APF a través de la Subsecretaría de Educación Superior y el CONACYT, cuyo objetivo es impulsar la mejora continua de la calidad de los programas de posgrado que ofrecen las IPES e instituciones afines del país, reconociendo los programas de especialidad, maestría y doctorado en las diferentes áreas del conocimiento que cuentan con núcleos académicos básicos, altas tasas de graduación, infraestructura necesaria y alta productividad científica o tecnológica, lo cual les permite lograr la pertinencia de su operación y óptimos resultados. Para poder obtener un apoyo para estudios del Programa para el Desarrollo Profesional Docente es necesario que el programa de estudios elegido esté registrado dentro del PNPC.
Portal Nacional de la DGFC.- Es la página de internet http://dgfc.basica.sep.gob.mx en la que se publica la oferta académica nacional propuesta por la DGFC para el personal educativo respecto a las necesidades de formación continua.
Profesor/a de tiempo completo.- (PTC) Es el personal docente que desarrolla de manera profesional una carrera de carácter académico, y que sus actividades incluyen invariablemente las funciones de docencia, tutoría de estudiantes y la generación o aplicación innovadora del conocimiento. Debe además contar con el nombramiento que acredite su dedicación de tiempo completo a la IPES a la que pertenece.
Programa o PRODEP.- Al Programa para el Desarrollo Profesional Docente.
Programas convencionales.- Programas educativos de maestría y doctorado de alta calidad que ofrecen actualmente instituciones de educación superior de México o del extranjero, que requieren la presencia continua del/la estudiante en la sede del programa educativo durante la realización de los estudios, siendo necesario el cambio de su lugar de residencia.
Programas de estancia reducida.- Programas educativos de maestría y doctorado y maestría de alta calidad que ofrecen instituciones de México o del extranjero y que no requieren la presencia continua del/la estudiante en la sede del programa educativo por la duración del plan de estudios, por lo cual no se requiere el cambio de residencia durante la realización de sus estudios. En algunos casos, sobre todo en las maestrías, la parte escolarizada de estos programas se ofrece mediante cursos intensivos.
Programas de formación.- Son los programas para impulsar los procesos de formación continua, dirigidos al personal docente y técnico docente, personal con funciones de dirección, de supervisión y de asesoría técnica pedagógica, que participan en los distintos niveles, modalidades y servicios de la educación básica vinculados con las necesidades de la escuela pública de dicho tipo educativo. Se identifican como cursos, talleres, diplomados y otras acciones de formación ofertados tanto por las AEE como por la Secretaría de Educación Pública
Programa educativo.- Conjunto articulado de cursos, materias, módulos o unidades de enseñanza-aprendizaje cuya acreditación permite obtener un título o grado.
Programa Especial de doctorado o maestría (PE).- Es un programa de posgrado de alta calidad: a) inscrito en el PNPC; b) de algún país que hace pública su clasificación, contratado por alguna IPES para que se imparta en su entidad por una sola ocasión y dirigido, preferentemente, a los PTC.
Programa de Trabajo.- Para el Tipo Medio Superior se considera como el documento elaborado por las entidades federativas y las AEE, donde se establecen proyectos y acciones a desarrollar para el alcance de los objetivos, componentes y apoyos del PRODEP. Este documento deberá considerar las orientaciones generales y los criterios específicos que para tal efecto determine la CNSPD, en sus respectivos ámbitos de competencia y conforme al marco normativo vigente
PROMEP.- Programa de Mejoramiento del Profesorado.
Promoción.- Acceso a una categoría o nivel docente superior al que se tiene, sin que ello implique necesariamente cambio de funciones, o ascenso a un puesto o función de mayor responsabilidad y nivel de ingresos.
PRONACES.- Programas Nacionales Estratégicos.
Prototipo.- Modelo original que posee todas las características técnicas y de funcionamiento del nuevo producto y permite a las partes responsables de su creación experimentar, probarlo en situaciones reales y explorar su uso.
Reconocimiento.- Distinciones, apoyos y opciones de desarrollo profesional que se otorgan al personal que destaque en el desempeño de sus funciones.
Redes de Comunidades para la Renovación de la Enseñanza-Aprendizaje en Educación Superior (RECREA).- Son proyectos de investigación aplicada en los cuales exista vinculación entre cuerpos académicos consolidados y en consolidación en el área de innovación educativa de UPES, UPEAS y UIC y cuerpos académicos en formación o en consolidación de Escuelas Normales, buscando la formación de comunidades y redes de académicos orientadas a la innovación de las prácticas docentes, centradas en el aprendizaje de los estudiantes y en la construcción colectiva del conocimiento, además de mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje mediante la expansión del uso de las tecnologías digitales para crear y difundir nuevos materiales y cursos de aprendizaje.
Redes interinstitucionales de colaboración para el Programa de Fortalecimiento de la Investigación para el Desarrollo de la Educación y la Sociedad (PROFIDES).- Son proyectos de investigación aplicada que refieran una problemática local, regional o nacional, en la cual se manifieste la vinculación entre cuerpos académicos consolidados y en consolidación y grupos de investigación externos que participen de manera efectiva con el compromiso de convertir la investigación y/o sus procesos, soportes o resultados, en material docente - cursos, programas, recursos educativos, libros, cuadernos de enseñanza impresos o virtuales útiles para la enseñanza y los aprendizajes.
Redes temáticas de colaboración de cuerpos académicos.- Son los instrumentos de articulación, colaboración y cooperación científica y tecnológica, que permiten desarrollar mecanismos de actuación conjunta en los diferentes ámbitos de las ciencias a través de un proyecto que presentan diferentes CA de diferentes IPES y que de manera conjunta potencian sus capacidades físicas e intelectuales.
RLFPRH.- Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
RIP.- Representante Institucional ante el Programa, es la persona de la propia IES designada por el/la Titular de cada institución con la finalidad de ser el enlace entre ésta y el Programa.
RO.- A las presentes Reglas de Operación.
SEMS.- Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
SEN.- Sistema Educativo Nacional.
SEP.- Secretaría de Educación Pública de la APF.
SES.- Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública.
SFP.- Secretaría de la Función Pública de la APF.
SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público de la APF.
SIAFF.- Sistema Integral de Administración Financiera Federal.
SISUP.- Sistema unificado PRODEP, sistema informático originado desde el Programa de Mejoramiento del Profesorado, el cual conjuga elementos de dirección y procesos en una plataforma única y referencial, a la cual se tiene acceso vía red local o Internet.
SNI.- Sistema Nacional de Investigadores
Subsidios.- Son las asignaciones de recursos federales previstas en el PEF que, a través de las dependencias y entidades, se otorgan a los diferentes sectores de la sociedad, a las entidades federativas o municipios para fomentar el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias de interés general.
Subsistemas Centralizados de la SEP.- Categoría a la que pertenecen los planteles de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios, la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Agropecuaria y Ciencias y del Mar y la Dirección General del Bachillerato.
Subsistemas Descentralizados del Gobierno Federal.- A esta categoría pertenecen el Colegio de Bachilleres, el CONALEP y el Centro de Enseñanza Técnica Industrial, incluidos sus planteles.
Subsistemas Descentralizados de las Entidades Federativas.- Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos, incluye los de Educación Media Superior a Distancia, Colegios de Bachilleres, Bachillerato Intercultural, Colegios Estatales del Sistema CONALEP y otros subsistemas descentralizados.
Subsistemas Desconcentrados de la SEP.- A esta categoría pertenecen el Instituto Politécnico Nacional y sus planteles.
Subsistemas Locales.- Las dependientes centralmente de los gobiernos de los estados, incluidos entre otros los telebachilleratos comunitarios.
TecNM.- Tecnológico Nacional de México.
TESOFE.- Tesorería de la Federación.
TG.- Tipo de Gasto: Identifica las asignaciones conforme a su naturaleza de gasto, en erogaciones corrientes o de capital, pensiones y jubilaciones, y participaciones.
TG1.- Tipo de gasto 1, para efectos de estas RO corresponde a los subsidios corrientes que son otorgados a través del Programa.
TG7.- Tipo de gasto 7, para efectos de estas RO corresponde a los gastos indirectos para la supervisión y operación del Programa.
Transferencia de tecnología.- Es un mecanismo de propagación de capacidades, de conocimientos (saber qué) y de prácticas (saber cómo), de objetos, instrumentos y procedimientos, elaborados o transformados por la humanidad, usados para operar sobre la naturaleza, sociedad y seres humanos, para la satisfacción de necesidades humanas; tales conocimientos y prácticas conforman bienes y servicios que son objeto de transacciones nacionales e internacionales.
Tutor/a.- Profesor/a de la IES que asesora oficialmente a becarios/as, estudiantes y tesistas, durante la realización de sus estudios.
Tutoras/es.- Personal docente cuya función, entre otras, consiste en brindar la asesoría y el acompañamiento académico dirigido al personal de nuevo ingreso, a fin de fortalecer sus capacidades, conocimientos y competencias.
Tutoría.- Se considera una forma de atención educativa donde el/la profesor/a apoya a un/una estudiante o a un grupo pequeño de estudiantes de una manera sistemática, por medio de la estructuración de objetivos, programas, organización por áreas, técnicas de enseñanza apropiadas e integración de grupos conforme a ciertos criterios y mecanismos de monitoreo y control, entre otros.
UIC.- Universidades Interculturales.
UMA.- Unidad de Medida y Actualización. Es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores.
UPE.- Universidades Públicas Estatales.
UPEA.- Universidades Públicas Estatales de Apoyo Solidario.
UPEEE.- Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa de la Secretaría de Educación Pública de la APF.
UPT.- Universidades Politécnicas.
USD.- Dólares estadounidenses.
USICAMM. Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
UT.- Universidades Tecnológicas.
Validadores del registro.- La(s) persona(s) designada(s) por las Autoridades Educativas para comprobar que los docentes cumplan con los requisitos del Programa.
Vinculación con la comunidad.- Conjunto de actividades que supone la planeación, organización, operación y evaluación de acciones, donde la docencia y la investigación se relacionan internamente en el ámbito universitario y externamente con las comunidades, para la atención de problemáticas y necesidades específicas. Estas actividades contribuyen al desarrollo de proyectos socioeducativos, culturales y productivos y se desarrollan por medio de sus organizaciones sociales y productivas, así como organismos y/o instituciones públicas y privadas.
XML.- Formato en que se generarán los documentos tributarios.
1. INTRODUCCIÓN
El Programa es una iniciativa de la SEP que se enmarca, entre otras disposiciones, en lo establecido por los artículos 1o., 3o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la APF; 5, 8, 12, 13, 14, 15, 16,18, 37, 44, 45, 47, 53, 54, 55, 90, fracción II y VI, 91, 92, 95, 113, fracción VIII, 114 fracción V, 115 fracción IV, de la Ley General de Educación; 12, 13, 14, 15, 16, 17, 19, 20 y 21, de la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación; 14, fracción XVII y XIX, 15, fracción III, y 16, fracción III de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros;12, fracción V y 17, fracciones II y X de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; 41, fracción II y 45 fracción I y VI de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Este programa contribuye en el cumplimiento de las nuevas disposiciones federales en el tema educativo, establecidas en el artículo 3o., párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala: Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la trasformación social. Tendrán derecho de acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, para cumplir los objetivos y propósitos del Sistema Educativo Nacional.
Del mismo modo, con el PRODEP se da cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Educación, en su artículo 92, el cual establece que las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema integral de formación, capacitación y actualización para que las maestras y los maestros ejerzan su derecho a acceder a éste, en términos de lo que determine la ley en materia de mejora continua de la educación.
El PRODEP se vincula al eje 2. Política Social, del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, a través del cual se articulan las acciones del Gobierno Federal en el ámbito educativo siendo una de sus vertientes la de garantizar el acceso efectivo de las y los mexicanos a una educación de excelencia. Estas políticas buscan la reducción de brechas de desigualdad y serán diseñadas desde enfoques de interculturalidad al considerar el conocimiento, respeto y valoración de las diferencias individuales, de las diversidades sociales, culturales y lingüísticas con el fin de erradicar las relaciones asimétricas promover la igualdad de género, la inclusión y la no discriminación, en el que se respeten las diferencias étnicas, regionales, culturales, raciales, políticas, religiosas, económicas, de orientación sexual y edad, en un contexto armónico y respetuoso del territorio y el desarrollo sostenible; todo ello orientado a la búsqueda del ejercicio efectivo de los derechos humanos, bajo los principios de universalidad, progresividad, igualdad, inclusión, no discriminación y cohesión social y territorial.
Por mandato constitucional, el Estado mexicano debe garantizar a todas y todos los mexicanos una educación de excelencia bajo los principios de laicidad, universalidad, gratuidad, obligatoriedad, igualdad, democracia e integralidad; que desarrolle armónicamente todas las facultades y habilidades del ser humano y que promueva logros intelectuales y afectivos fundamentales para la vida en sociedad.
El gran desafío de la educación en México es colocar a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el centro de atención del Sistema Educativo Nacional, así como formarlos en el desarrollo de competencias que les permitan adaptarse a los cambios tecnológicos globales, a las nuevas exigencias del sector productivo y al auge del aprendizaje a través de plataformas virtuales.
Para garantizar la calidad en el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, es preciso reconocer la función del magisterio, fortalecer su formación y profesionalización, garantizar el derecho a un sistema integral de formación, capacitación y actualización del personal docente en servicio, así como otorgar estímulos que reconozcan el desempeño profesional de docentes, directivos y supervisores en su función.
En este sentido, el PRODEP tiene como fin contribuir a la excelencia y pertinencia en la educación básica, media superior y superior con programas de formación, proyectos de investigación, actualización académica y/o capacitación, dirigidos a profesores de tiempo completo, personal docente con funciones de docencia, dirección, supervisión o asesoría técnico pedagógica, que les permita fortalecer el perfil para el desempeño de
sus funciones.
El presente Programa contribuye al logro del Objetivo 3 del Programa Sectorial de Educación 2020-2024:
3.- Revalorizar a las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, con pleno respeto a sus derechos, a partir de su desarrollo profesional, mejora continua y vocación de servicio.
De manera específica a la Estrategia 3.2: Reorientar la formación continua del personal docente, directivo y de supervisión para el óptimo desempeño de sus funciones y la mejora continua del proceso de enseñanza-aprendizaje. Se atienden con el Programa las líneas de acción: 3.2.2 Garantizar la oferta de formación, capacitación y actualización profesional de docentes, técnicos docentes, asesores técnicos pedagógicos, directivos y supervisores de educación básica y media superior, con énfasis en el desarrollo de capacidades disciplinares, pedagógicas, didácticas y digitales; 3.2.6 Capacitar al personal en temas contemporáneos sobre conductas, necesidades y desarrollo socioemocional e integral de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, con la finalidad de que estén preparados para enfrentar los desafíos del siglo XXI; 3.2.7 Favorecer el intercambio de saberes y experiencias pedagógicas mediante, entre otros, la creación de redes para el aprendizaje entre pares y el desarrollo de proyectos colaborativos; y 3.2.10 Complementar los contenidos de la oferta de formación continua para brindar una educación intercultural, equitativa e inclusiva con perspectiva de género.
En particular, para el ámbito de la educación superior, deben señalarse la Estrategia prioritaria 2.7: "Garantizar el derecho de la población en México a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica, mediante el impulso a la investigación científica, humanística y tecnológica" en cuyas acciones puntuales 2.7.6 y 2.7.9 se dispone:
2.7.6 Constituir polos regionales de investigación y posgrado, laboratorios y redes de innovación social que operen como consorcios de IES, con énfasis en las zonas del país con menor desarrollo en particular las regiones Centro-Sur y Sur-Sureste.
2.7.9 Privilegiar proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico con un enfoque intercultural y de inclusión social.
Por otra parte, con el propósito de contar con un marco de referencia que permita identificar las acciones que coadyuven al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, el programa S247 "Programa para el Desarrollo Profesional Docente" se vincula al Objetivo 4 "Educación de Calidad" de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en específico a la meta 10 "Para 2030, aumentar sustancialmente la oferta de maestros calificados, entre otras cosas mediante la cooperación internacional para la formación de docentes en los países en desarrollo, especialmente los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo".
Así, el PRODEP está orientado a desarrollar en el Personal Docente, personal técnico docente, Personal con Funciones de Dirección, Personal con Funciones de Supervisión y Personal Docente con Funciones de Asesoría Técnica Pedagógica los conocimientos, capacidades, actitudes y habilidades para el eficaz desempeño de su labor en diferentes contextos y situaciones con enfoque intercultural, desde las perspectivas de género y derechos humanos.
En el tipo básico es preciso reconocer que a pesar de los esfuerzos a la fecha realizados, la oferta brindada no ha contribuido a las necesidades de los docentes, directores, supervisores y asesores técnico pedagógicos; asimismo, no se identifica la contribución de la formación docente en la mejora de las prácticas de enseñanza en el aula, por lo que es necesario el desarrollo de programas formativos para el personal que labora en contextos de vulnerabilidad, atendiendo a criterios de excelencia y equidad, a fin de atender necesidades académicas de maestras y maestros a partir de la realidad heterogénea educativa del país.
Durante 2019, el Programa benefició a 73,368 educadoras y 31,529 educadores, con el siguiente desglose por función:
FUNCIÓN | Mujer | Hombre | Total |
Docente | 59940 | 24830 | 84770 |
Técnico Docente | 453 | 212 | 665 |
Personal con Funciones de Asesoría Técnico Pedagógica | 2634 | 1287 | 3921 |
Personal con Funciones de Dirección | 8682 | 4261 | 12943 |
Personal con Funciones de Supervisión | 1659 | 939 | 2598 |
Total | 73368 | 31529 | 104897 |
La información del personal formado es pública y se puede consultar en la página electrónica http://dgfc.basica.sep.gob.mx.
En este sentido el Programa deberá seguir atendiendo en igualdad de oportunidades la formación del personal educativo.
El PRODEP, en el marco de las directrices de la Nueva Escuela Mexicana (NEM), busca contribuir a la equidad, la excelencia y la mejora continua en la educación, colocando al centro de la educación el máximo logro de aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Para ello se impulsa a través de la formación de las y los maestros el desarrollo humano integral para contribuir: al desarrollo del pensamiento crítico enfatizando el trabajo en equipo y el aprendizaje colaborativo; al diálogo continua entre las humanidades, las artes, la ciencia, la tecnología y la innovación; a fomentar la honestidad y la integridad; a combatir las causas de discriminación y violencia y a la construcción de relaciones sociales, económicas y culturales con base en el respeto a los derechos humanos.
Del mismo modo se fomenta a través del Programa una educación basada en la identidad, el sentido de pertenencia y el respeto desde la interculturalidad; la responsabilidad ciudadana, la participación activa en la transformación de la sociedad; el respeto y cuidado del medio ambiente con orientación hacia la sostenibilidad.
Para el Tipo Medio Superior, el PRODEP tiene como propósito proporcionar ofertas de formación, capacitación y actualización que se centren en la mejora continua de las maestras y los maestros para fortalecer el aprendizaje de las y los adolescentes y jóvenes, propiciando la excelencia de la educación que imparta el Estado de conformidad al artículo 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación. Al respecto, la NEM ofrecerá una educación humanista, integral y para la vida, en la que no sólo se enseñen asignaturas tradicionales, sino también el aprendizaje de una cultura de paz, activación física, deporte escolar, arte, música y, fundamentalmente, civismo e inclusión.
Con base en lo anterior, el/la docente deberá reconocer el contexto, condiciones y características del/la estudiante y dirigir su aprendizaje no sólo hacia lo disciplinar; sino también hacia lo ético, lo cultural y lo cívico, con la finalidad de formar ciudadanos/as con sentido de pertenencia histórica y social.
Por otro lado, el Programa considera importante reconocer la formación profesional y las fortalezas disciplinares que tienen los/las docentes, mismas que se deben fortalecer con programas de formación, actualización y capacitación en conocimientos, pedagogía, didáctica y tecnología para las asignaturas que imparten y su interacción con las/los estudiantes.
Para favorecer que las/los docentes promuevan y logren un aprendizaje de excelencia en sus estudiantes, se les brindarán los materiales pertinentes, la preparación y la capacitación necesarias para propiciar acciones que mejoren el proceso de la enseñanza.
Los apoyos que se otorgan contribuyen a lograr la participación de las mujeres y los hombres en todas las áreas del conocimiento, incluyendo las que se relacionan con las ciencias y la investigación.
En el anterior contexto, el presente Programa representa una iniciativa para el fortalecimiento de los esquemas de formación desarrollo profesional del personal docente, técnico docente con funciones de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica.
En materia de EMS, México enfrenta desafíos que podrán ser atendidos sólo si este tipo educativo se desarrolla con una identidad definida que permita a sus distintos actores avanzar ordenadamente hacia objetivos concretos, acorde con el MCC.
En este sentido y conforme al MCC, los contenidos de la EMS se organizan bajo competencias genéricas, disciplinares y, en su caso, profesionales que conforman el perfil del/a egresado/a de EMS, por lo que, para el desarrollo del mismo, se requiere que tanto su personal docente como directivo cuenten con una serie de competencias y habilidades específicas.
La SEP y las AEE han definido que el perfil del/a docente de la EMS requerido para el desarrollo del MCC conste de ocho competencias previstas en el "Acuerdo número 447 por el que se establecen las competencias docentes para quienes impartan educación media superior en la modalidad escolarizada", mismo que fue reformado mediante el diverso 488, ambos publicados en el DOF, el 29 de octubre de 2008 y el 23 de junio de 2009, respectivamente.
Asimismo, se ha definido que el perfil del personal directivo de la EMS requerido para el desarrollo del MCC conste de las 6 competencias establecidas en el "Acuerdo número 449 por el que se establecen las competencias que definen el Perfil del Director en los planteles que imparten educación del tipo medio superior", publicado en el DOF el 2 de diciembre de 2008.
El PRODEP se fundamenta en líneas de acción de relevante importancia tales como:
1. Construcción de un MCC con base en la enseñanza por competencias. Este marco curricular está orientado a dotar a la EMS de una identidad clara que responda a sus necesidades presentes y futuras.
2. Definición de las características de las distintas opciones de oferta académica de formación de la EMS, en el marco de las modalidades que contempla la Ley General de Educación, de forma que puedan ser integradas de manera efectiva al SEN y, específicamente, al Sistema Nacional de Educación Media Superior.
Tocante al Tipo Superior, fue hasta el año 2013 cuando se autorizaron en el PEF recursos para la habilitación y fortalecimiento de la planta docente de instituciones públicas de educación superior en el marco del PROMEP, creado en diciembre de 1996 como respuesta a la Recomendación relativa a la situación del personal docente aprobada el 5 de octubre de 1966 por la Conferencia Intergubernamental Especial sobre la Situación del Personal Docente en el marco de los trabajos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en ellas se menciona que el país necesitaba crear un sistema de profesionalización docente con las capacidades de investigación-docencia típicas de la educación superior en el mundo.
A partir de 2014, entra en vigor el programa que articula acciones de los tres tipos de la educación con el fin de potenciar los esfuerzos del Gobierno Federal en materia de profesionalización de la planta docente. El Tipo Superior retoma los apoyos y reconocimientos que se otorgaban a través del PROMEP.
Las acciones del PRODEP dan cumplimiento a lo señalado en los artículos 13, fracción VI, 39 y 42 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
El PRODEP fortalecerá y promoverá la habilitación de docentes para lograr los perfiles óptimos en los subsistemas que integran el sistema público de educación superior del país, además, se buscará la integración y desarrollo de cuerpos académicos que generen investigaciones de impacto regional y nacional, de esta forma se busca mayor calidad en el profesorado para beneficio de los/las alumnos/as y la sociedad.
Para el tipo superior al corte del 31 de agosto de 2020, el número de profesores de tiempo completo registrados en el Sistema Unificado PRODEP (SISUP) fue de 70,711 de los cuales 27,374 son mujeres (38.7%) y 43,337 son hombres (61.3 %). Del total del PTC, 59,284 (83.8%) cuentan con un posgrado y de ellos 24,021 son mujeres (40.52%) y 35,263 son hombres (59.48%).
Las presentes RO se encuentran en el marco de lo establecido en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para incorporar la perspectiva de género en las Reglas de Operación de los programas presupuestarios federales, publicado en el DOF el 29 de junio de 2016.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 179 del RLFPRH, se verificó que el Programa objeto de las presentes RO no se contrapone, afecta ni presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, así como que se cumplen las disposiciones aplicables.
2. OBJETIVOS
2.1. General
Fortalecer el perfil necesario para el desempeño de las funciones de las y los profesores de tiempo completo, personal docente y personal con funciones de dirección, supervisión o asesoría técnico pedagógica de las instituciones de educación públicas, a través de programas de formación, actualización académica, capacitación y/o proyectos de investigación en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.
2.2. Específicos
TIPO BÁSICO
a) Contribuir al desarrollo de, capacidades disciplinares, pedagógicas, didácticas y digitales del personal docente, técnico docente y personal con funciones de dirección, de supervisión y de asesoría técnico pedagógica de educación básica que labora en contextos de vulnerabilidad, a través del desarrollo de cursos, talleres, diplomados y otras acciones de formación bajo los principios de inclusión con equidad y excelencia, para mejorar los procesos de aprendizaje de los estudiantes.
b) Contribuir al desarrollo de capacidades disciplinares, pedagógicas, didácticas y digitales del personal docente, técnico docente y personal con funciones de dirección de supervisión y de asesoría técnico pedagógica en la función que desempeñan en el aula, la escuela y/o la zona escolar, a través del desarrollo de cursos, talleres, diplomados y otras acciones de formación, para contribuir al fortalecimiento de las capacidades del personal educativo conforme a las nuevas perspectivas y avances actuales de su ámbito profesional, considerando el aprendizaje colaborativo y metodologías participativas.
TIPO MEDIO SUPERIOR
a) Contribuir al fortalecimiento de los conocimientos y habilidades para el desempeño de las funciones del personal docente, personal con funciones de dirección y personal con funciones de supervisión de las IPEMS; a través de la Oferta Académica de programas de formación continua.
b) Coadyuvar con las IPEMS, en el seguimiento del personal docente, personal con funciones de dirección
y personal con funciones de supervisión en los programas de formación continua, a través de medios informáticos.
TIPO SUPERIOR
a) Profesionalizar a las/los PTC otorgando apoyos -en un esquema en el que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades-,