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DOF: 05/01/2021 |
CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, las empresas productivas del Estado y alcaldías de la Ciudad de México, a CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores y equivalentes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, las empresas productivas del Estado y alcaldías de la Ciudad de México, así como con los municipios y las entidades federativas, cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre la materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que podrán aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Jaguar Ingenieros Constructores, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PS/0010/2018-GACM.- JAGUAR INGENIEROS CONSTRUCTORES, S.A. de C.V. CIRCULAR No. OIC/GACM/007/2020 CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LOS OFICIALES MAYORES Y EQUIVALENTES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO CON LOS MUNICIPIOS Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, CUANDO UTILICEN RECURSOS FEDERALES CONFORME A LOS CONVENIOS CELEBRADOS CON EL EJECUTIVO FEDERAL SOBRE LA MATERIA DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, QUE PODRÁN ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA JAGUAR INGENIEROS CONSTRUCTORES, S.A. DE C.V. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1o., 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37 fracciones XII y XXIX, y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 62 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en correlación con el numeral 128 de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el catorce de agosto de dos mil veinte; 13, 77 y 78 fracción IV de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 35 y 36 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, ordenamiento jurídico de aplicación supletoria a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 37 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciséis de abril del dos mil veinte, se comunica que el veinticinco de noviembre del dos mil veinte, la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, hizo del conocimiento del Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., el contenido de la sentencia del treinta de octubre del dos mil veinte emitida con motivo del Juicio de Nulidad número 11143/19-17-09-3, en la que se reconoció la validez de la resolución del ocho de mayo del dos mil diecinueve recaída en el expediente PS/0010/2018-GACM, con la que este Órgano Fiscalizador sancionó a la citada persona moral con una multa por la cantidad de $604,500.00 (SEISCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) y una inhabilitación por el plazo de un año y tres meses para presentar propuestas y celebrar contratos con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como con las entidades federativas sobre la materia de obras y servicios relacionados con las mismas. En las relatadas circunstancias, se hace constar que la multa impuesta fue pagada ante la autoridad tributaria y el plazo de inhabilitación a que se encontraba sujeta ha concluido, en consecuencia, los Oficiales Mayores y equivalentes de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, de la Fiscalía General de la República, las Empresas Productivas del Estado y Alcaldías de la Ciudad de México, así como con los Municipios y las Entidades Federativas, cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre la materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, podrán aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Jaguar Ingenieros Constructores, S.A. de C.V. Atentamente Ciudad de México, a 2 de diciembre de 2020.- El Titular del Órgano Interno de Control en Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V., Héctor Yescas Torres.- Rúbrica.
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