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DOF: 25/01/2021 |
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propues CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Formas Eficientes, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Banco Nacional del Ejército, Fuerza Área y Armada, Sociedad Nacional de Crédito.- Expediente SNP-001/2020. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS P R E S E N T E S CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA FORMAS EFICIENTES, S.A. DE C.V. Con fundamento en los Artículos 14, 16, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, 37, fracciones XII y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59 A 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 3, 17-A, y 19 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 45, 49 fracción IX y 59 de la Ley General de Responsabilidades Administrativa; 109 a 115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 6 fracción III letra B, 8, fracción X y 38, fracción III, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaria de la Función Pública en vigor; esta representación administrativa hace de su conocimiento que esta autoridad emitió resolución de dieciocho de diciembre de dos mil veinte, dictada en el expediente administrativo de sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas SNP-001/2020, a través de la cual se impuso a la persona moral Formas Eficientes, S.A. de C.V., una sanción administrativa consistente en una inhabilitación por 5 (cinco) meses y la sanción económica por la cantidad de $63,367.50 (Sesenta y tres mil, trescientos sesenta y siete pesos 50/100 M.N.), término que se computará a partir del día subsecuente a aquél en que se publique la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no podrán por si misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, ni con Entidades Federativas, los Municipios o sus Entes Públicos, cuando utilizaran total o parcialmente recursos federales, conforme a los convenios que celebraran con el Ejecutivo Federal; así como contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y/o Ley de Obas Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Lo anterior, en el entendido que los contratos regulados y que actualmente se tengan formalizados con la empresa Formas Eficientes, S.A. de C.V., no quedarán comprendidos en la aplicación de esta circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la citada empresa no haya pagado la multa impuesta en la resolución en comentó, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, lo anterior, con fundamento en lo previsto en el artículo 60, párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Atentamente Ciudad de México, a 19 de enero de 2021.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control, en Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito, Guillermo Antonio Flores Zarate.- Rúbrica.
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