DOF: 17/02/2021
ACUERDO por el que se declara la suspensión de labores los días 28 y 29 de enero y 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11 y 12 de febrero de 2021, y se consideran como días inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las ofi

ACUERDO por el que se declara la suspensión de labores los días 28 y 29 de enero y 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11 y 12 de febrero de 2021, y se consideran como días inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las oficinas de representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), ubicadas en las sedes de Culiacán, Mazatlán y Los Mochis, por existir causas de fuerza mayor originadas por la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

MARÍA LUISA ALBORES GONZÁLEZ, Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 140 de la Ley General de Salud; 4 y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ordena que los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos y circulares, entre otros, que tengan por objeto establecer obligaciones específicas, deben ser publicados en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan efectos jurídicos;
Que el artículo 28 de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, faculta a los titulares de las Dependencias del Ejecutivo Federal para suspender labores por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente fundada y motivada;
Que con fecha 30 de noviembre del 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal", el cual establece en su artículo 17 Bis., que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo previsto en los reglamentos interiores, podrán contar con oficinas de representación en las entidades federativas;
Que el Decreto referido en el párrafo que antecede, señala en su transitorio Décimo Tercero, que las menciones contenidas en otras leyes, reglamentos y en general en cualquier disposición, respecto de las unidades administrativas cuya denominación, funciones y estructura se hayan reformado, se entenderán referidas a las nuevas unidades, conforme a lo establecido en el mismo;
Que con motivo de la situación de emergencia derivada de la situación de salud pública que se presenta por el aumento en los niveles de propagación del virus SARS-COv2 (COVID-19) y aunado al aumento en los contagios que han presentado algunos servidores públicos adscritos a la Oficina de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), como medida preventiva, se estima necesario suspender las actividades en sus oficinas, a partir del 28 de enero de 2021 hasta el 12 de febrero de 2021, lo anterior, resulta de la obligación establecida en el artículo 140 de la Ley General de Salud, de cooperar en el ejercicio de la acción para combatir las enfermedades transmisibles y a efecto de evitar la propagación de la enfermedad entre el personal y la población civil que acude a la misma para solicitar la atención correspondiente;
Que la suspensión de labores que se establece, implicará que no corran los términos de ley para efecto de los trámites, diligencias y actuaciones en los procedimientos que se tramitan o deban tramitarse ante las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), ubicadas en las sedes de Culiacán, Mazatlán y Los Mochis, y
Que a efecto de dar certeza y seguridad jurídica a todas aquellas personas que tienen asuntos en trámite ante las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), así como a todo el público en general, respecto de los plazos y términos relativos a los procedimientos administrativos correspondientes, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA LA SUSPENSIÓN DE LABORES LOS DÍAS 28 Y 29 DE ENERO Y 1,
2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11 Y 12 DE FEBRERO DE 2021, Y SE CONSIDERAN COMO DÍAS INHÁBILES PARA
EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUSTANCIADOS EN LAS
OFICINAS DE REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES EN EL ESTADO DE SINALOA (ANTES DELEGACIÓN FEDERAL), UBICADAS EN LAS
SEDES DE CULIACÁN, MAZATLÁN Y LOS MOCHIS, POR EXISTIR CAUSAS DE FUERZA MAYOR
ORIGINADAS POR LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS SARS-COV2 (COVID-19)
Artículo Primero. Por causas de fuerza mayor se suspenden labores los días 28 y 29 de enero y 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11 y 12 de febrero de 2021, en las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), ubicadas en las sedes de Culiacán, Mazatlán y Los Mochis, mismas que se encuentra ubicadas en las siguientes direcciones:
Oficina en Culiacán, Cristóbal Colón 144 Oriente, Col. Centro, C.P. 80000, Culiacán, Sinaloa;
 
Sede regional en Mazatlán, Av. Puerto Mazatlán s/n, Col. Parque Industrial Alfredo V. Bonfil, C.P. 82059 Mazatlán, Sin, y
Sede regional en Los Mochis, Belisario Domínguez 651 Sur, Col. Bienestar, C.P. 81280. Los Mochis, Ahome, Sinaloa.
Artículo Segundo. Se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos y trámites que se tramitan o deban tramitarse ante las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), ubicadas en las sedes de Culiacán, Mazatlán y Los Mochis, como son la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y medios de impugnación, así como cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a las citadas Oficinas de Representación.
Artículo Tercero. Cualquier actuación, requerimiento, solicitud o promoción realizada ante las Oficinas de Representación de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Estado de Sinaloa (antes Delegación Federal), ubicadas en las sedes de Culiacán, Mazatlán y Los Mochis, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente en términos del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 27 de enero de 2021.- La Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, María Luisa Albores González.- Rúbrica.
 

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