DOF: 18/02/2021
CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propues

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Malnor Sistemas, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito.- Expediente SNP-002/2020.

CIRCULAR No. OIC/SR/002/2021
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE DEBERÁN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA EMPRESA MALNOR SISTEMAS, S.A. DE C.V.
OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA
GENERAL DE LA REPUBLICA Y EQUIVALENTES DE LAS
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
P R E S E N T E S
Con fundamento en los Artículos 14, 16, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 18, 26, 37, fracciones XII, XXI y XXIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 14, 62 fracciones I y II de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 59 al 64 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1, 2, 3, 8, 9, 19, 73 y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 109 a 115 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 6 fracción III letra B, y 38, fracción III, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública en vigor; esta representación administrativa hace de su conocimiento que esta autoridad emitió Resolución de diecinueve de enero de dos mil veintiuno, dictada en el expediente administrativo de sanción a Licitantes, Proveedores y Contratistas SNP-002/2020, a través de la cual se impuso a la persona moral Malnor Sistemas, S.A. de C.V., una sanción administrativa consistente en una inhabilitación por 5 (cinco) meses y la sanción económica por la cantidad de $63,367.50 (Sesenta y tres mil, trescientos sesenta y siete pesos 50/100 M.N.), término que se computará a partir del día subsecuente a aquél en que se publique la circular respectiva en el Diario Oficial de la Federación; por lo que no podrán por si misma o a través de interpósita persona, presentar propuestas, ni celebrar contrato alguno con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, ni con Entidades Federativas, los Municipios o sus Entes Públicos, cuando utilizaran total o parcialmente recursos federales, conforme a los convenios que celebraran con el Ejecutivo Federal; así como contratos regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y/o Ley de Obas Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Lo anterior, en el entendido que los contratos regulados y que actualmente se tengan formalizados con la empresa Malnor Sistemas, S.A. de C.V., no quedarán comprendidos en la aplicación de esta circular, en términos del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que al día en que se cumpla el plazo de inhabilitación, la citada empresa no haya pagado la multa impuesta en la resolución en comentó, la inhabilitación subsistirá hasta que se realice el pago correspondiente de la misma, lo anterior, con fundamento en lo previsto en el artículo 60, párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de febrero de 2021. El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control, en Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito, Guillermo Antonio Flores Zárate.- Rúbrica.
 

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren correctamente debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF o el archivo PDF de la edición.
 


CONSULTA POR FECHA
Do Lu Ma Mi Ju Vi
crear usuario Crear Usuario
busqueda avanzada Búsqueda Avanzada
novedades Novedades
top notas Top Notas
quejas y sugerencias Quejas y Sugerencias
copia Obtener Copia del DOF
versif. copia Verificar Copia del DOF
enlaces relevantes Enlaces Relevantes
Contacto Contáctenos
filtros rss Filtros RSS
historia Historia del Diario Oficial
estadisticas Estadísticas
estadisticas Vacantes en Gobierno
estadisticas Ex-trabajadores Migratorios
INDICADORES
Tipo de Cambio y Tasas al 04/10/2024

DOLAR
19.4678

UDIS
8.249107

TIIE 28 DIAS
10.7437%

TIIE 91 DIAS
10.9303%

TIIE 182 DIAS
11.0748%

TIIE DE FONDEO
10.55%

Ver más
ENCUESTAS

¿Le gustó la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación?

 

0.110712001508857610.jpg 0.192286001221699769.jpg 0.821786001312920061.gif 0.475545001508857915.jpg
Diario Oficial de la Federación

Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México
Tel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

111

AVISO LEGAL | ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2024