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DOF: 12/03/2021 |
CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores de las dependencias, Fiscalía General de la República, empresas productivas del Estado y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federa CIRCULAR por la que se comunica a los oficiales mayores de las dependencias, Fiscalía General de la República, empresas productivas del Estado y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas, que deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con la empresa ABC Servicios Integrales, S.A. de C.V. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- FUNCIÓN PÚBLICA.- Secretaría de la Función Pública.- Órgano Interno de Control en el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica.- Área de Responsabilidades.- Expediente: PS-004/2019. CIRCULAR No.: 11125/OIC/AR/041/2021 Asunto: Inhabilitación a empresa. OFICIALES MAYORES DE LAS DEPENDENCIAS, FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO Y EQUIVALENTES DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y DE LOS GOBIERNOS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS P R E S E N T E S. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 134, último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 37, fracciones XII y XXIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 2626 Bis, fracción II, 27, 28, 59, 60 fracción IV y 61 e la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 114 fracción IV y 115 de su Reglamento; 2, 3, 8, 9, párrafo primero y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 99, fracción 1, numeral 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; 19 bis del DECRETO por el que se reforma el diverso que crea el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica; 11 fracción V, numeral 2 y 49 del Estatuto Orgánico del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica; y en cumplimiento a lo ordenado en el Resolutivo QUINTO de la Resolución número 11125/OIC/AR/003/2021 del 26 de enero de dos mil veintiuno, que se dictó en el Expediente número PS-004/2019, mediante la cual se resolvió el procedimiento administrativo incoado a la persona moral ABC SERVICIOS INTEGRALES, S.A. DE C.V., esta autoridad administrativa hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación y en Compranet, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral, de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de CUARENTA Y CINCO MESES. Dicha inhabilitación subsistirá aunque el proveedor realice el pago de multa, aún y cuando el plazo de inhabilitación haya concluido, sin que sea necesaria la publicación de algún otro comunicado. En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente se tengan formalizados con la mencionada infractora, no quedarán comprendidos en la aplicación de la presente Circular. Las entidades federativas y los municipios deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como la obra pública que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. Atentamente Metepec, Estado de México, a 5 de marzo de 2021.- La Titular del Área de Responsabilidades, Lic. Benny Laura Carrasco Valdivieso.- Rúbrica.
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